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RAFAELA GUANES DE LAÍNO

  FAMILIAS SIN TIERRA EN PARAGUAY - Por RAFAELA GUANES DE LAÍNO - Año 1993


FAMILIAS SIN TIERRA EN PARAGUAY - Por RAFAELA GUANES DE LAÍNO - Año 1993

FAMILIAS SIN TIERRA EN PARAGUAY

 

Por RAFAELA GUANES DE LAÍNO

 

Ñanduti Vive/ Intercontinental Editorial

Diseño de tapa: Any Ughelli

Fotografía: Cristian Ronebeck

Asunción – Paraguay

1993 (143 páginas)

 

PRÓLOGO

 

En este libro se presentan y analizan conflictos que enfrentaron, básicamente, a campesinos y latifundistas; y en los cuales tomaron inter­vención reparticiones estatales, favoreciendo frecuentemente a los propie­tarios de grandes fracciones conservadas con fines especulativos.

El estudio de casos presentado por Rafaela Guanes de Laíno, se basa en conflictos que estaban siendo atendidos por el Comité de Iglesias a principios de la década pasada.

La circunstancia señalada en nada resta actualidad a la discusión, que comprende precisamente el problema social de nuestra sociedad, que tiende a agravarse en la medida que se va agotando la expansión de la frontera agrícola, y permanecen los sectores orientados a un orden oligárgico. En ese sentido resultan ilustrativas las informaciones del Censo Agropecuario de 1991, que dan cuenta de la existencia de unas 116.000 familias que detentan parcelas de menos de 5 has., con un tamaño medio que se aproximaria a las 2 has.

En el análisis de los antecedentes, la autora parte de la época prehispánica y del orden colonial. Esta perspectiva, sin duda, enriquece el trabajo, ya que la experiencia colonial es importante, no sólo por estar en la base de nuestra constitución como sociedad, sino por la notable pervivencia, hasta nuestros dias, de las instituciones propias de la colonia. Así, el Dr.Carlos Pastore sugería, en uno de sus trabajos, la hipótesis que los descendientes de los yanaconas son los que enajenaron las tierras públicas a inversores extranjeros -y sostienen hoy que toda inversión extranjera es siempre benéfica, agregariamos nosotros- y que fueron los que descendían de los mitayos los que se opusieron a aquellos.

En relación a la consistencia de la hipótesis del Dr. Pastore debe tenerse en cuenta que la relación servil de los yanaconas, ya sin vínculos con sus comunidades, se proyectó en el comportamiento de aquellos, quienes como los renegados-a la fuerza-de la nación guaraní, que se incorporaron a los ejércitos jesuíticos, acabaron frecuentemente adheridos a las propues­tas del colonizador. En la otra configuración, si bien es cierto que los litayos a veces se yanaconizaron, los mismos alimentaron los reductos de indios libres o yara'y.

También las «reducciones», con sus sistemas de apropiación y de ocupación económica del espacio, explotando la yerba mate y la ganadería, y sus sistemas de dominación, tuvieron influencia fundante en la formación social paraguaya y en las tensiones que permanecen sin solución.

La autora, igualmente, incorpora en el análisis la explotación de la yerba mate, que ciertamente se constituyó en uno de los ejes de nuestra historia social, tanto por las altas tasas de explotación que comportaba su corte y acarreo, lo cual diezmó a nuestra población indígena, como por las formas de resistencia que generaron. La yerba mate, que marcó a sangre y fuego nuestra configuración mestiza, estuvo asociada al monopolio de la tierra y a las relaciones compulsivas de los obrajes, que contaron con la carta blanca de los gobiernos.

En este punto es importante consignar, que la perspectiva de Rafaela Guanes de Laíno permite percibir como la lucha por la tierra evoca la pervivencia del sistema nativo de apropiación de la tierra, basada en la idea del destino universal de los recursos naturales y en su posesión y uso por parte de comunidades de cultivadores. Estas ideas desplazan en la confi­guración mestiza a las normas que prescriben formas de apropiación apoyadas por la administración colonial primero y neocolonial después, así como la mandioca desplaza al pan de trigo en la mesa del campesino mestizo.

El recuento de los antecedentes de nuestra legislación agraria, enca­rado en el trabajo, muestra cómo desde el estado, con frecuencia, fueron ignoradas las demandas campesinas. De esta parte del trabajo se deriva la necesidad de modificaciones substanciales de las normas que regulan la explotación.

El estudio de casos muestra las formas empleadas por los latifundistas para burlar las normas que favorecen a los ocupantes, y posibilitan el remate posterior de las parcelas familiares. En algunos casos, como el de Itaverá, una vez lograda la solución, ya el tamaño medio de las parcelas familia­res era de aproximadamente 3 has.

La violencia que implica para el campesino acceder a la tierra, se ilustra con los intentos de desalojo, quema de ranchos y desalojo de los ocupantes de Carrera'i, en los que interviene el general Otello Carpinelli; en esas circunstancias «se produce el apresamiento, desaparición y posterior asesinato de Doroteo Brandel, activista campesino defensor de los derechos de sus hermanos».

Otro conflicto no resuelto, pero si agravado, es el de Ytaypyté, también documentado en el libro. Diez años después, los ejecutivos de la gran firma transnacional preparan sus maletas cuando el irracional monocultivo me­canizado de la soja, en grandes extensiones, comienza a proyectarse en el rendimiento decreciente. Puede suponerse que plantearán una reconversión a la ganadería, y que las 500 familias asentadas en el lugar desde décadas, seguirán sus vicisitudes. De haberse atendido las demandas de los culti­vadores, la agricultura campesina hubiera mantenido el alto potencial productivo de estos suelos, y posibilitado la expansión de prósperas colonias.

Una circunstancia que destaca el libro se debe a su autora. Rafaela Guanes de Laíno es una luchadora genuina -hecho que debe énfatizarse porque «después de la batalla, todos somos valientes»- que participó activamente en la resistencia que desgastó el orden autoritario, y hoy, con su libro, contribuye a construir la democracia. En este sentido, debe tenerse presente que ciertamente la transición a la democracia sólo se consolidará si se elimina la actual disociación entre demandas campesinas y funciona­miento de las instituciones republicanas de representación de interés.

RAMÓN FOGEL

 

 

A MODO DE INTRODUCCIÓN

 

El trabajo fue escrito en el año 1982. Se trata de un estudio referente a conflictos de tierra, que en ese momento acuciaban a centenares de familias campesinas.

Los papeles y documentos vinculados a esos hechos, sirvieron de base para la elaboración del trabajo y sus conclusiones ofrecemos en este libro.

Es importante señalar que buscamos dar al tema una introducción histórica al problema de la tierra, para la cual nuestro libro principal de consulta fue «La lucha por la tierra en el Paraguay» del Dr. Carlos Pastore. Numerosas citas de esta obra fueron de gran valor para abordar un tema de por sí atrayente y delicado.

Además de otros textos de consulta, fueron muy importantes las entrevistas mantenidas con personas que de un modo u otro estaban muy relacionadas con nuestro tema.

En cuanto a los conflictos analizados, se trata de los casos de tierra que por ese entonces obraban en la gestión del Comite de Iglesias.

El objetivo del estudio fue, y sigue siendo, dar a conocer las situaciones concretas, y el terrible drama que afectaba a millares de hogares campesinos de nuestro país.

Para una mejor comprensión de las afirmaciones que transcurren en el libro, recordemos que los casos seleccionados se verificaron en un período en que, con dureza extrema, el aparato represivo castigaba en particular a los campesinos y a las clases marginales en general. Toda una campaña de tergiversación desinformaba a la opinión pública y era difícil conocer los hechos en su verdadera dimensión.

Esto hacía que los caminos que se vislumbraban hacia un futuro mejor, fueran pocos, como escasas las opciones de lucha de ese sector tan perseguido y oprimido.

Hoy vivimos tiempos nuevos. Existen más posibilidades para que sus voces se escuchen. La apertura del presente permite lograr una mayor comprensión a su dura realidad. Pues la dura realidad es la que sigue vigente, sin mayores cambios en el Paraguay del presente.

Y ahora, que estamos en tiempo de transición política, es preciso que juntos busquemos llegar a una situación de vida mejor para todos los paraguayos, sin distinción.

Pensando que este trabajo podría ser útil en tal sentido y que aún tiene vigencia la opresión social a pesar de los años, me decidí a publicarlo.

RAFAELA GUANES DE LAÍNO.

Diciembre, 1992

 

 

FAMILIAS SIN TIERRA EN PARAGUAY OBJETIVO DE ESTE TRABAJO

 

El objetivo fundamental de este trabajo es dar a conocer al público el problema de la tenencia de la tierra en el Paraguay, tomando como base los casos conocidos por el Comité de Iglesias. Y hacerlo con el firme propósito de crear conciencia sobre la injusta distribución de la tierra y sobre la apremiante situación por la que atraviesan miles de agricultores, cuyo trabajo es el primer eslabón de una cadena que sustenta la economía nacional.

Otro propósito es evidenciar la absoluta falta de apoyo del campesino, para quien el problema de la tierra, si bien es determinante, es uno más entre la cantidad de fuerzas adversas que debe enfrentar.

Es importante comprender la gravedad de esta situación y la urgente necesidad de que se logre una solución final.

Asimismo, consideramos interesante poner a disposición de los estudiosos del tema los casos y datos consignados en este trabajo, a modo de pequeña colaboración para una evaluación e interpretación de las causas profundas de esta realidad, que conducirá a soluciones valederas y serias para la gran mayoría de la población económicamente activa del país: los campesinos y agricultores.


-I-­

ANTECEDENTES HISTORICOS DE LA SITUACION DE LA TIERRA EN PARAGUAY

 

1. EPOCA PRE-COLONIAL

 

Antes de la llegada de los españoles a estas tierras de América, habitaban en la zona que luego sería el Paraguay, especialmente en la que hoy conocemos como su Región Oriental, indígenas guaraníes organizados en "comunidades errantes", pero, en cierta medida, "más estables" que las demás tribus de la zona del Río de la Plata. "La fertilidad de la tierra, el clima templado, la abundancia de animales y frutas silvestres" hacían de este trozo de mundo "el ideal para la conservación y el desarrollo de una civilización primitiva". (1)

Los guaraníes vivían entonces de la caza, la pesca, la miel y los productos de la agricultura de consumo que realizaban. Tenían cultivos de maíz, maní, poroto, mandioca y otros vegetales.

Sobre el número de indígenas que habitaban estas tierras, nos refiere Carlos Pastore en su libro "La lucha por la tierra en el Paraguay", pág. 8, que no hay coincidencia entre historiadores y hombres de ciencia, todos dan cifras diferentes basadas en hipótesis o en cálculos de los cronistas de la era colonial. Y sigue diciendo que lo mismo sucede con el estado de civilización en que se encontraban los guaraníes a la llegada de los españoles. Mientras unos los ubican en las escalas más bajas de la evolución humana, otros piensan que habían alcanzado estadios de civilizaciones muy avanzadas. En esta disyuntiva es razonable manejarse con los datos que se cuentan; rastros de civilización avanzada precisamente no han dejado, pero es innegable que constituían la nación más evolucionada de la cuenca del Río de la Plata y que habían realizado interesantes progresos en la producción agrícola.

Su unidad social básica era la familia y los distintos grupos familiares hacían un razonable uso de la tierra, de acuerdo a su exacta capacidad de utilización. La tierra era propiedad comunitaria y estaban unidos a ella por un sentimiento incluso religioso, derivado del hecho de que en ella

descansaban sus antepasados. Extensos bosques de árboles frutales los proveían de frutas y, en cuanto a la caza, la pesca y la miel, ellos conocían bien la naturaleza y emigraban a distintas zonas, de acuerdo a las buenas épocas de cada una.

En los ilimitados territorios y en las cristalinas aguas vivían y se multiplicaban los animales que constituían su alimentación. La relación entre los indígenas y la tierra, daba tiempo a la naturaleza a restablecer su equilibrio y esto es importante señalar, pues, la verdad es que, si vamos a remontarnos al momento exacto y real en que comenzaron los problemas de tierra para el hombre americano, debemos decir que fue cuando desembarcaron los blancos, sea con la espada o la cruz.

 

2. LLEGADA DE LOS ESPAÑOLES

 

La llegada de los españoles a América significó "la anulación de los derechos absolutos de los guaraníes sobre las tierras que ocupaban" desde tiempos inmemoriales.(2) Trajeron las leyes de España y, a partir de allí, cambió totalmente la posesión de la tierra, que pasó a ser en su totalidad de la Corona española. Y esto en razón de que el "Sumo Pontífice, Alejandro VI, cuya jurisdicción universal sobre todos los seres y bienes de la creación en su carácter de representante de Dios, jurisdicción reconocida y acatada en el mundo cristiano, otorgó a los soberanos españoles el derecho de propiedad sobre las tierras descubiertas o por descubrir en América, por sus súbditos o representantes".(3)

Una vez reglamentado este primer paso, "fueron dictadas órdenes reales, capitulaciones y ordenanzas" que establecían que dichas tierras eran de los "primeros españoles" que las ocuparon.(4) Este derecho absoluto sobre las tierras que tenían en un principio los conquistadores, fue limitándose apreciablemente con el tiempo. Lo cierto es que, a partir de esta primera "dueña", la Corona española, la posesión de la tierra fue extendiéndose de una u otra forma y fue desarrollándose una suerte de repartición en la que, por cierto, los indígenas no tuvieron participación alguna.

A lo largo de la era colonial se pasó por diferentes formas de posesión y explotación de la tierra. De la que mayores noticias se tiene, es de la que constituían las comunidades de indios organizados en encomiendas; las comunidades eran propietarias de determinadas tierras y el indio tenía sobre ellas el derecho de cultivarlas para beneficio y transmitirlas en herencia.

Refiere Pastore que estas comunidades se agrupaban en lugares con mucha agua, buenas tierras y bosques, y estaban formadas por voluntad de los indios, en teoría, pero sometidos a los españoles, en realidad. El derecho de encomienda consistía en la autorización concedida por reyes a sus súbditos peninsulares y sus herederos a cobrar tributo de los indios encomendados. (5)

El indio encomendado pagaba tributo con dos meses de servicio personal al año, en un principio y más adelante con especies o en moneda. El encomendero, por su parte, quedaba obligado a enseñar a los indios la religión cristiana y a defenderlos y ampararlos en sus personas y en sus bienes.

En lo que concierne a la distribución de las tierras, "las leyes de Indias se inspiraban en la idea de que un reparto justo de las tierras de América aseguraría una vida feliz a sus habitantes".(6) Y queda esto palpable en uno de los principios que regían la legislación indiana: "todos los habitantes de América tenían derecho a poseer tierras para cultivo, habitación y pastoreo".(7) Con el paso de los siglos, las excesivas ambiciones, la creciente injusticia social y otros factores, impidieron que este principio se hiciera realidad.

En la parte de América que hoy es Paraguay, "las tierras fueron divididas en tierras de españoles y tierras de los indios y éstas, a su vez, en tierras de la comunidad y en tierras del dominio privado".(8) Pero no todos los indios formaron parte del sistema de encomiendas implementado por los españoles; muchas tribus se alojaron hacia zonas donde no llegaba el poder de éstos. Y nos dice Pastore en la obra mencionada antes, que utilizamos co­mo principal fuente de consulta para este capítulo, que algunas lo hicieron en actitud de combate y otras lo hicieron con temor; temor causado por la práctica de los recién llegados con relación a sus territorios, alimentos y sus mujeres. Con algunas de estas tribus por mucho tiempo perdidas, formaron años más tarde los jesuitas, seis de los treinta pueblos de las Misiones.

Es imposible numerarlas en este trabajo, pero a lo largo de los años fueron muchas las normas y ordenanzas dictadas, tanto con referencia a las tierras, como a la regulación de las relaciones entre los guaraníes y los españoles. Sólo vamos a mencionar las Ordenanzas de Alfaro, por ser ellas un paso importante con relación a los indígenas. En ellas se defendía la libertad de los indios guaraníes y se declaró injusto y contrario al derecho el servicio personal impuesto a los nativos, que fueron declarados libres.

"El licenciado y oidor de Su Majestad en la Real Audiencia de la Plata, Francisco de Alfaro, fue nombrado Visitador de las Provincias del Paraguay, Río de la Plata y Tucumán. Fijó residencia en Asunción donde, el 11 de octubre de 1611, dictó y sancionó las célebres ordenanzas que llevan su nombre. Estas adaptaron las Leyes de Indias a las necesidades de la naciente nación hispano-guaraní, incorporando a ellas disposiciones de las Ordenanzas de Irala, Ramírez de Velasco y Hernandarias. Sus normas rigieron durante siglos el proceso de ocupación y distribución de tierras en el Paraguay. Y aún en las modernas legislaciones se aprecian reminiscencias del espíritu que las inspiró".(9)

 

3. LA COMPAÑIA DE JESUS

 

Un sistema de utilización de la tierra, distinto al de los conquistadores españoles, fue desarrollado por los sacerdotes de la Compañía de Jesús, que dominaron gran parte del territorio paraguayo por ciento cincuenta años.

El régimen de reparto de tierras de los Jesuitas "promovía la supresión de la propiedad individual de los indios" y la "consolidación de la propiedad privada de la Compañía de Jesús, declarada representante y defensora de los intereses colectivos de las naciones nativas.(10)

La división principal consistía en las tierras de Dios o Tupámbae, que eran las mejores, y en las tierras de indios o Avámbae, que eran de inferior calidad para el cultivo. Y en líneas generales, todas pertenecían, al menos en teoría, a la comunidad, aunque la verdad es que los indios no tenían ningún derecho sobre las tierras y éstas pertenecían de hecho a la Compañía de Jesús.

El acaparamiento de tierras e indios realizado por los jesuitas iba en directo perjuicio con los intereses de españoles, criollos y mestizos y este hecho, unido a otros, motivaron la expulsión de la Compañía de Jesús. Incluso los problemas internos que la Compañía tenía dentro de la Iglesia, hicieron crisis poco después de que los Reyes de España y Francia ordenaran su expulsión de todos sus territorios.

 

4. FORMACIÓN DE POBLACIONES RURALES

 

En medio de las diferentes formas de posesión y explotación de la tierra, más o menos por el año 1600, empiezan a surgir grupos de personas que, con un motivo u otro, van a establecerse en el campo, alejados de los centros urbanos, y van formando poblaciones con características rurales. Eran agricultores, pequeños hacendados, etc.

Como factores históricos determinantes de estos asentamientos poblacionales, podríamos señalar: a) La necesidad de organizar la pro­ducción económica, cuya unidad básica era la chacra guaraní. Con posterioridad aparecen los pequeños hacendados y se inicia la explotación del principal producto agrícola de la colonia (que siguió siéndolo por muchos años): la yerba mate. De esta manera, en torno a cada unidad productiva, se fue formando una unidad poblacional. b) La necesidad de formar fuertes defensivos; dentro de esta línea surgen poblaciones en el litoral del río Paraguay, como, por ejemplo: Villeta, Pilar, Concepción, San Pedro, etc., que, de meramente defensivos, pasan a responder a la política de "defender poblando". c) La llegada de elementos evangelizadores, que formó en torno a ellos, poblaciones con características particulares de organización. d) Y, por último, cabe mencionar la paulatina distribución de la población en diferentes estratos.

 

5. INDEPENDENCIA DEL PARAGUAY: SITUACIÓN DE LA TIERRA

 

La división, ocupación y el reparto de las tierras había seguido a lo largo de la era colonial un lento y natural desarrollo. En el lapso de treinta años anteriores a la Independencia del Paraguay, producida el 14 y 15 de mayo de 1811, no habían llegado nuevos inmigrantes ni estallado movimientos sociales que introdujeran alguna variante en dicho desarrollo.(11) Se llegó incluso a la formación de un tipo de población, con caracteres españoles y guaraníes. Los españoles y sus descendientes formaban la clase dominante y eran propietarios de las mejores tierras. Mestizos e indígenas se encargaban de las faenas agrícolas, ganaderas, forestales y domésticas, en abierta violación a una ley existente. Los negros y mulatos no tenían derecho alguno sobre las tierras que ocupaban .(12)

Los españoles y sus descendientes seguían sin respetar los derechos territoriales de los pueblos de indios, desconociendo la existencia de las Ordenes Reales. Es decir que, la colonización del Paraguay por parte de los españoles continuaba siempre afirmándose sobre la negación de la libertad y derechos de los nativos.(13)

Los bosques, las aguas y los frutos silvestres eran propiedad de todos los habitantes de la provincia y todos los pueblos, villas y ciudades tenían un campo comunal de una legua y más de superficie, reservado al uso común de sus habitantes.

Diversos factores, económicos y políticos, fueron favoreciendo al fenó­meno de concentración en la tenencia de la tierra y ya desde esas lejanas épocas, la organización de la propiedad territorial del Paraguay, estuvo signada por un formal defecto que, con el correr del tiempo, tendría serias y muchas veces irreparables consecuencias: la falta de documentación que ampare el derecho a la tierra que tenía una comunidad o un particular; en general, no poseían los documentos que los acrediten como propietarios de las tierras que ocupaban y les habían sido adjudicadas. Y aunque las leyes amparaban sus derechos, en la práctica no siempre esto se cumplía.

 

6. FRANCIA Y SU POLITICA DE AISLAMIENTO

 

Luego de la Independencia del Paraguay, en 1811, comienza una época interesante de la vida económica del país. La política de aislamiento del Dr. José Gaspar Rodríguez de Francia, que gobernó al país desde 1814 basta su muerte en 1840, hizo que el Paraguay rompiera todos sus vínculos con España y con los demás países vecinos encabezados por Buenos Aires. De manera tal que se volcó de lleno a una política de autoabastecimiento.

La agricultura, las industrias manufactureras y la ganadería pasaron a producir únicamente para consumo interno. Con la consecuencia de que los que habían sido rubros de exportación, como la yerba mate y la madera, fueron sustituidos en el mercado internacional por productos brasileros. Con relación a este tema, no todos los estudiosos están de acuerdo y hay algunos que sostienen que aunque el objetivo primordial era el autoabastecimiento, se continuó exportando algunos ítems, como la yerba mate y la madera.

Con relación a la tierra, vemos que en 1826 el Estado era dueño de la totalidad de las tierras del Chaco y de más de la mitad de las tierras de la Región Oriental; esto quedó claro luego de que en setiembre del año anterior, por decreto, Francia había ordenado a todos los propietarios del país a que, en el plazo de tres meses, presentaran los documentos que los acreditaban como dueños de sus tierras. Todas las tierras sobre las que sus dueños no pudieron presentar documentos, pasaron a manos del Estado.

El Gobierno arrendaba las tierras en fracciones a los particulares con la condición de que fueran destinadas al cultivo o a la producción ganadera. En la Región Oriental, las tierras que no eran del Estado, eran por lo general de núcleos poblacionales de indígenas o de españoles, que tenían una política de autoconsumo. El Gobierno de Francia respetó siempre los derechos de

propiedad sobre las tierras, de los pueblos y de las comunidades nativas. También era respetada la inviolabilidad de los campos comunales.

Las tierras aptas para producción ganadera fueron ocupadas por el Gobierno, que organizó en ellas grandes Estancias de la Patria, con producción vacuna y caballar, que abastecían de carne, montados y equipos al ejército, de cueros a la industria de la curtiembre y de la yerba mate y de ganado, que era distribuido entre la gente sin recursos económicos.

 

7. EL CONSULADO

 

A la muerte de Francia, un Consulado pasó a dirigir los destinos del país, siguiendo en cierta medida la línea anterior, pero con algunas variantes. En el año 1843 y con relación a la organización de las tierras públicas, ante la necesidad de poblar territorios discutidos al Paraguay por Brasil y Argentina en las fronteras Norte y Sur, se dictan disposiciones en virtud de las cuales el Gobierno forma villas y pueblos, que incluso tienen exención de impuestos por un cierto tiempo. Como con este sistema no se transfería al ocupante el dominio directo o la posesión de la tierra, no se producían en ella mejoras significativas. Esto hizo que se pasara al sistema de ventas y arrenda­mientos que, además de proporcionar una renta fija, dejaba en manos del Estado la propiedad de la tierra.

 

8. GOBIERNO DE CARLOS ANTONIO LOPEZ

 

Durante el Gobierno de Carlos Antonio López se inicia una apertura selectiva al comercio exterior, pero la agricultura sigue siendo factor dina­mizante de la economía y sus pilares son los pequeños y medianos produc­tores.

"Por decreto del 2 enero de 1846 se declaran propiedad del Estado, las plantaciones de yerba mate y explotaciones madereras, independientemente de la propiedad de la tierra".(14) Este decreto es completado por el de 1848, por el que se declaran propiedad estatal todas las principales fuentes de riqueza del país, incluidos los bienes, derechos y acciones de los pueblos indígenas. Con este decreto comienza una nueva etapa entre los conquistadores europeos y sus descendientes y los guaraníes y sus descendientes, con relación a la lucha por la tenencia de la tierra. Por el mismo, los nativos eran confirmados ciudadanos de la patria; aunque poco tiempo pasó antes de que comprendieran que "poco valía el nombre si ya no poseían sus tierras y ganados".(15)

Por esta misma época, junto a las estancias estatales, empiezan a aparecer las estancias particulares y se va formando una incipiente diferen­ciación social en el campo.

El ferrocarril y el telégrafo se constituyen en elementos determinantes en la formación y desarrollo de las poblaciones.

Con el objeto de aumentarla población y mejorarla agricultura se forma, por decreto de 1855, una colonia de franceses llamada Nueva Burdeos, en Villa Hayes; por diversos factores fracasa y pasa a ser poblada por paraguayos.

 

9. GOBIERNO DE FRANCISCO SOLANO LÓPEZ

 

El Gobierno de Francisco Solano López continúa con similares carac­terísticas a los anteriores y manteniendo siempre cierta independencia con relación a cambios externos. Pero, con relación a la distribución de la tierra sí hubieron hechos sin precedentes en los gobiernos anteriores y tenían relación con la venta de tierras a familiares del gobernante. Vemos que, desde 1865 hasta enero de 1870, el Mariscal López ordenó la venta a la señora Elisa Alicia Lynch, de 437.500 hectáreas de campos y bosques del Estado ubicados entre los ríos Pilcomayo y Bermejo; la venta de "33.175 kilómetros cuadrados de bosques, yerbatales y campos ubicados al norte del río Apa"; y la venta de "3.105 leguas cuadradas de campos, bosques y yerbatales ubicados entre los ríos Apa y Jejuí".(16) Estas operaciones originaron duros reproches y reacciones. Y en el proceso de distribución de tierras del Paraguay, estas ventas de tierras del Estado, ordenadas por López, constituyen el primer paso en la liquidación del patrimonio territorial estatal.(17) Y refiere finalmente Pastore que desde ese momento se inicia el proceso de apropiación de tierras que fueran del Estado, por parte de particulares pero no precisamente nativos, sino compradores reclutados en mercados internacionales.

En líneas generales, durante el Gobierno de los López, sólo una limitada parte de la población poseía en propiedad tierras rurales, el resto de los habitantes del país ocupaban las tierras en carácter de arrendatarios del Estado. Los bosques y las aguas ya no eran propiedad común de los habitantes. La yerba mate paraguaya había vuelto a los mercados internacionales y se había convertido en la principal fuente financiera del Estado. Aunque la población no veía con mucho agrado algunas medidas, sus reclamos tenían poca chance de ser escuchados, pues de hecho significaban la pérdida de las principales fuentes de recursos del Estado.

 

10. POST-GUERRA DE 1870

 

Podemos afirmar sin equivocarnos que la invulnerabilidad e independencia de la economía paraguaya, a pesar de sus defectos en el plano interno, fue una de las causas desencadenantes de la Guerra de la Triple Alianza. La metrópoli londinense y el comercio inglés veían con preocupa­ción y desagrado el desarrollo y afianzamiento del modelo independiente de la economía del Paraguay. Se desata la guerra, el Paraguay es vencido, pierde su independencia económica y pasa a girar en la órbita de los satélites y sub-satélites de la metrópoli.

Y aquí ingresamos a un período muy especial de la historia económica paraguaya: período en que no sólo se sentaron las bases de una injusta distribución de la tierra, sino que se abrieron de par en par las puertas a la extranjerización de su economía y enajenación de su riqueza.

Al término de la guerra, el Estado era dueño del 97,8% del territorio nacional y sólo el 2,2% era propiedad privada. Partiendo de aquí comienza un proceso acelerado de venta de las tierras al mejor postor, que muchas veces fue un extranjero. Las tierras del Estado se constituyeron en impor­tantes garantías para los empréstitos contratados y en una fluida fuente de ingresos para las arcas fiscales.

 

11. "ESTRANGEROS, CONTAD CON VUESTRO AMIGO..."

 

"El (refiriéndose al Paraguay) necesita de paz que traiga capitales y brazos industriosos para esplotar la inmensa riqueza de su suelo".

"El Gobierno, que comprende los destinos a que está llamado el país y los medios de realizarlos, hace un llamamiento a esa inmigración y muy especialmente, al inmigrante europeo. Ofreciéndoles todas las ventajas que le permiten sus atribuciones...".

"Conciudadanos: No nos hagamos ilusiones, queriendo escluir a los estrangeros...".

"Compatriotas: Contad con vuestro Presidente. Estrangeros, contad con vuestro amigo, como yo cuento con todos, nacionales y estrangeros para hacer la felicidad común...".

Palabras dichas por Cirilo Antonio Rivarola y Carlos Loizaga, titulares del Gobierno Provisorio, a los habitantes de la República en mayo de 1870, que explican por qué fue tan rápida y extendida la enajenación de las tierras que hasta ese entonces habían sido del Estado. Y por qué fue tan alto el porcentaje de la inversión extranjera.

En 1870 se promulga la nueva Constitución y el 11 de agosto del año siguiente se sanciona la primera ley que autoriza al Poder Ejecutivo para que "proceda a la venta en pública subasta, a la más alta postura, o que ofrezca mayores ventajas, propiedades del fisco ubicadas en el territorio de la República, hasta la cantidad de 500 mil pesos". El subrayado nuestro indica que, si bien se daba la luz verde para la venta de tierras, se ponía una restricción con relación a la cantidad.

Las tierras fiscales, además de constituirse en garantía para los empréstitos solicitados, fueron también utilizadas como fuente de ingresos para los pagos de intereses y amortizaciones de dichos empréstitos. Así vemos que, el 8 de marzo de 1872, se sanciona una nueva ley que, además de establecer un contrato de préstamo en Londres, creaba una Junta en dicha ciudad con el objeto de promover la venta de tierras pertenecientes al Estado, cuyo producto total se destinaría a la amortización e intereses del empréstito adquirido en virtud de la misma ley.

 

12. FERROCARRIL, MADERA Y YERBA MATE

 

A fines de los años 1874 y 1875 seguían las autorizaciones al Poder Ejecutivo para que proceda a la venta de propiedades fiscales con el fin de pagar amortizaciones e intereses.

El 20 de enero de 1874 se da al Poder Ejecutivo la autorización para enajenar el ferrocarril de Asunción a Paraguarí con la condición de que los compradores se obliguen a prolongarlo hasta Villa Rica. En la mis­ma autorización se señala también que se otorgará al comprador una le­gua de tierras fiscales a cada lado de las vías, con la aclaración de que se harían las correspondientes compensaciones donde las tierras fueren particulares.

Por Decreto de 1879 se establece la libertad de explotación de la yerba mate y la madera por parte de particulares. Hasta ese momento sólo eran explotadas por el Estado. En junio del mismo año se hace la primera concesión, que fue a Patricio Escobar y Cía., y las dimensiones enmarcadas fueron de tal magnitud que puede decirse se constituyeron en elemento base en el origen y evolución de los posteriores grandes latifundios.

 

13. LEYES DE 1883 Y 1885

 

"En el año 1883, en lo referente a legislación sobre tierras, se cierra un periodo de la historia nacional conocida como Constitucional, iniciado con la Constitución Nacional de 1870.(18) Etapa en que se cimentó la nueva línea económica que tendría el Paraguay; etapa en que el Estado puso al alcance de terceros, nacionales y extranjeros, las fuentes de producción y las tierras del fisco.

"En 1883 se inicia el alambramiento de las tierras privadas"(19) y, a fines de ese año, existían ya en la campaña pequeños agricultores y hacendados que habían perdido sus tierras y se encontraban asentados en tierras que pasaron a ser propiedad privada de terceros; ellos, hasta ese momento, no habían pagado ningún tipo de arrendamiento, que desde ese entonces les fue exigido por los propietarios.

Y llegamos así a la sanción de la ley del 2 de octubre de 1883, por la que se autoriza al Poder Ejecutivo a vender tierras públicas por valor de 150.000 pesos fuertes. Dentro del proceso de legislación agraria, esta ley significa un paso al frente en la posibilidad del Estado de vender tierras fiscales. Y esto ocurría en un momento en que repuntaba el valor de la propiedad inmobi­liaria en Paraguay, en razón de que comisionistas del capitalismo extranjero visitaban el país y adquirían tierras con praderas para ganadería y bosques para explotación forestal e importación de maderas. Es evidente que sólo los extranjeros estaban en condiciones de ajustarse a las nuevas exigencias del Estado con relación a la venta de tierras, razón por la que es dable señalar que los gobernantes del momento mejor sirvieron a los intereses del capital extranjero que a los del pueblo paraguayo.

El promotor político de esta nueva orientación, Presidente de la Repú­blica, General Bernardino Caballero, decía entre otras cosas en su mensaje anual al Congreso reunido en 1884: "La ley de tierras públicas que habéis sancionado el año pasado facilita su adquisición en condiciones muy ven­tajosas..."; "El ministro del ramo os informará que se hallan en tramitación numerosas solicitudes sobre enajenación de campos fiscales...".

"Antes de un año había sido cubierto casi en su totalidad el monto señalado en la ley del 2 de octubre de 1883"(20), que de paso "enseñó a los capitalistas locales que no siempre el capital extranjero es aliado de sus intereses económicos; en este caso concreto, de venta de tierras, más bien era un competidor (21) cuyas" ofertas siempre triunfaban.

El 9 de junio de 1885, la autorización se ampliaba para la venta de los yerbales del Estado; y la posibilidad de enajenar tierras fiscales se liberaliza aún más por ley de fecha 16 de julio de 1885, por la cual el Congreso autorizaba al Poder Ejecutivo a "enajenar todas las tierras públicas. A los efectos de la venta, dividía las tierras en cinco clases”(22) para el establecimiento del precio. En líneas generales, esta ley no hizo sino completar la de 1883, inspirada en el mismo criterio económico y social, favoreció la formación de grandes latifundios, la introducción de capital extranjero y dificultó la formación de la mediana y pequeña propiedad.

No es necesario abundar en detalles sobre los efectos que estas leyes tuvieron en la economía en general y en los campesinos en particular. Son tan claras las intenciones que basta leer sus enunciados para comprenderlas. La mayoría de los compradores no fueron agricultores paraguayos ni pioneros extranjeros que venían al Paraguay con el propósito de afincarse en forma definitiva; eran representantes del capitalismo internacional, ávidos de las ilimitadas ganancias que sus empresas podían conseguir al amparo de leyes sancionadas por el Congreso, o simples especuladores que llegaban atraídos por el bajo precio de las tierras.

Numerosos campesinos, agricultores, quedaron de un día para otro, sin tierras y sin posibilidad de adquirirlas. Pasaron obligadamente a trabajar por un salario, con lo que solucionaron otro problema de las empresas de explotación forestal, ganadera y yerbatera, que era la creciente necesidad de mano de obra. El capital internacional pasó a controlar las fuentes de riquezas del país.

Con las leyes de ventas de tierras públicas de la post-guerra, especial­mente las de 1883 y 1885, se afianza definitivamente el ingreso del capital extranjero en el sistema económico paraguayo. Se trata preferentemente de capital argentino y anglosajón, que acapara los rubros con mayores y mejores posibilidades de mercado internacional, como el tanino, madera, yerba, aceites vegetales y carne vacuna.

La injerencia inglesa se realizaba fundamentalmente a través de empresas argentinas, que lograron adquirir grandes extensiones de tierra y formaron unidades de explotación de distintos recursos naturales.

Con referencia a la distribución de la tierra, se inició la formación de grandes latifundios por un lado, así como también de minifundios y extensiones medianas, de tipo familiar en su explotación. Las grandes extensiones se encontraban especialmente en las zonas de Itapúa, Alto Paraná, San Pedro, Misiones, Paraguarí y en el Chaco. Y las extensiones pequeñas y medianas de tierra, con estructura agraria prácticamente familiar, se extendieron por la zona de la Cordillera, Guairá, Caazapá, Paraguarí y Central.

Fueron determinantes en la formación de unidades poblacionales, la línea del ferrocarril y la ubicación de las empresas extractivas de recursos, como los yerbales, obrajes, empresas tanineras, etc. Alrededor de estos puntos iban creciendo los asentamientos estrechamente ligados a ellos. Los ríos constituían también elementos aglutinantes, aunque en la mayoría de los casos llegaron a ser más bien embarcaderos que poblaciones.

 

14. LEY DEL 28 DE MAYO DE 1872: ADJUDICACIÓN GRATUITA

 

Paralelamente a los que hemos descrito sobre leyes y ventas de tierras públicas, tuvo lugar un fenómeno interesante que merece nuestra atención y se relaciona con la cesión gratuita de la tierra.

Siempre de acuerdo a lo que relata Pastore en su obra "La lucha por la tierra en el Paraguay", al finalizar la Guerra de la Triple Alianza, la superficie total del Paraguay era de 16.590 leguas cuadradas, de las cuales 16.329 eran propiedad del Estado. El 97,8% de su superficie era del poder público y, aunque en apariencia la capacidad de distribución de la tierra por parte del gobierno era amplia, estaba determinada por numerosos factores que imposibilitaron una aplicación adecuada. La falta de capital, el desorden administrativo, la influencia ejercida desde Río de Janeiro y Buenos Aires, la situación especial de la post-guerra y especialmente la ideología de la clase dominante en el momento, hicieron que las cosas se desarrollaran como lo hicieron.

En este contexto y en medio de este clima, fueron promulgadas las leyes de ventas de tierras. Como consecuencia de la destrucción de los archivos del país, quedaron sin sus derechos de propiedad la gran mayoría de los habitantes. Quienes no pudieron probar la posesión y titularidad de sus tierras, quedaron como meros ocupantes, luego de años de haberla trabajado. Ante esta situación, el Estado promulgó, el 28 de mayo de 1872, una ley, comprometiéndose a adjudicar gratuitamente, a ciudadanos nacionales y extranjeros, lotes fiscales de 12 varas de lado en los pueblos del interior, con el sólo compromiso para la escrituración de que en el plazo de un año el adjudicatario tuviera construida una vivienda; de no cumplirse ello, la tierra pasaría de nuevo a ser del Estado.

Lamentablemente, la dificultad en acceder a la información, así como el nivel de instrucción de la mayoría de los habitantes, hizo que el alcance de esta disposición fuera muy limitado. Sólo quienes vivían en los alrededores de la capital y pudieron informarse, se beneficiaron con esta medida, que fue derogada en el año 1883.

Además de la cesión gratuita, fue establecido un régimen combinado que consistía en la entrega por parte del Estado, sin cobro alguno, de 1/4 parte de lote fiscal, quedando las 3/4 partes restantes para ser pagadas en plazos de hasta 5 años.

A raíz de que en regiones accesibles y fértiles del litoral y provincia de Buenos Aires, en la Argentina, y de los Estados de São Paulo, Santa Catarina y Río Grande do Sul, en el Brasil, se estaban vendiendo extensiones considerables de tierra, podemos señalar que hasta 1883 no habían sido aún muy significativas las compras hechas por extranjeros, de tierras fiscales paraguayas. Sorprende comprobar que el número de cesiones gratuitas superaba al de ventas; aunque en términos de extensión de la tierra, la cosa cambiaba.

En el período comprendido entre los años 1880 y 1883, el total de compradores fue de 181, mientras que los beneficiarios gratuitos fueron 400. Sin embargo, la primera cifra (181) correspondió a un total de 93,8% de la tierra adjudicada a través de la venta; mientras que la segunda cifra (400) fue adjudicataria, en forma gratuita, del 6,2% restante de la tierra. Estas cifras nos muestran que los que accedieron al beneficio de la tierra gratuita fueron pocos, por diversas razones, entre las que figuran necesidades más apremiantes que un título de propiedad y esos pocos no pudieron disponer de extensiones grandes; sería interesante investigar si habrán o no satisfecho sus necesidades económicas familiares.

Aunque apenas se iniciaba la distribución de la tierra, era ya muy mar­cada la diferencia entre los caminos seguidos por el latifundio y el minifundio.

 

15. LA PRESCRIPCIÓN

 

En el Código Civil estaba también prevista la prescripción, por la que se reconocía como propietario a quien estuviera en posesión de un inmueble en forma continuada por 10, 20 o 30 años. Pero esta legislación fue poco aplicada por razones variadas, como ser el nivel de instrucción de los campesinos que desconocían sus derechos, la dificultad de llegar hasta las instancias judiciales para finiquitar dichas situaciones, etc.

Y vale la pena mencionar también una razón de fondo: el gobierno, en ese momento, representaba a los grupos dominantes y no a los campesinos. Y el capital extranjero y nacional, de la clase que se estaba formando, necesitaba en forma urgente fuerza de trabajo para sus estancias, yerbales, obrajes, saladeros y empresas tanineras. La forma más fácil de conseguirla era encaminando la economía nacional hacia sus intereses, estableciendo, por ejemplo, políticas agrarias que produjeran una población rural marginal, económicamente rentable, pues el precio lo fijaban los empresarios, a la que no quedara otra forma de subsistencia que la de vender su fuerza de trabajo.

 

16. ADQUISICIONES A PARTIR DEL AÑO 1883

 

A partir de las leyes de 1883 y 1885, el proceso de extranjerización de las tierras paraguayas se aceleró notablemente. Capital argentino y los famosos tenedores de Bonos de Londres, tomaron bajo sus dominios leguas y leguas de territorio nacional.

El año 1886, por citar uno, fue sumamente pródigo en grandes inversiones y las más importantes empresas latifundistas iniciaron sus actividades en dicho año. La familia Casado adquiere 100 leguas cuadradas en el Chaco. Se funda La Industrial Paraguaya (cuyas bases estaban desde años antes) que más adelante llegó a tener un total de 2.647.727 hectáreas.

Entre tantas y frecuentes concesiones hechas en este periodo, vamos a señalar una nueva ley, sancionada el 13 de abril de 1888 por obra y gracia de los empréstitos y por la que se autorizaba al Poder Ejecutivo a "incluir la Isla de Yacyretá en las 500 leguas de tierras que deben entregarse a los tenedores de bonos de la deuda inglesa...". ¡Hasta las islas se extendían los dominios!

En el último decenio del siglo pasado, se establecen en el país empresas ganaderas que también adquieren inmensas extensiones de tierra. En 1893 se instala la "Societé la Fonciere du Paraguay", que llegó a tener 477.500 hectáreas. En el año 1898, la compañía inglesa Liebig's ingresa al país adquiriendo su primera estancia: "Yacaré"; su directorio, con sede en Londres, había considerado conveniente ampliar sus actividades en el Paraguay, razón por la que pronto adquirió más tierras, tanto en la Región Oriental como en el Chaco.

Para el año 1897, casi fines del siglo, se habían registrado unos 27.407 fundos, tanto urbanos como rurales.

 

17. PRINCIPIOS DEL SIGLO XX

 

Ya en el presente siglo, vemos que, por "ley sancionada en 1904, se autorizaba la formación de colonias agrícolas y de pastoreo en tierras sobrantes del Estado o en tierras de particulares adquiridas por permuta o expropiación. Se mencionaba el especial interés de que fueran sobre la línea férrea o ríos navegables". (23)

Estas medidas estaban, al parecer, destinadas a contrarrestar la disconformidad de la población con la creciente enajenación de las tierras, pero ellas siguieron marginando a la gran masa campesina, que era la que mayor necesidad de tierra tenía.

Ese mismo año, 1904, sube al poder el Partido Liberal, con intenciones de realizar una reforma agraria más radical y mejor orientada. Pero la avalancha de capital que venía del exterior era fuerte y difícil de frenar. Y siguieron, por cierto, instalándose grandes empresas en el país.

En 1905 se funda el establecimiento ganadero de Sir Cooper Baronet, que llegó a poseer unas 176.250 hectáreas de tierra. Dos años después se constituye la "Rural Anglo Paraguaya S.A.", que se adueñó de una extensión aproximada de 17 leguas cuadradas.

En el año 1907 se realiza un inventario de la existencia de tierras fiscales y sus lamentables resultados muestran los efectos y alcances de las leyes sancionadas años atrás (en especial 1883 y 1885), que con tanta eficacia facilitaron la enajenación de los recursos naturales y la formación de latifundios. Dentro de la Región Oriental y con respecto a 48 pueblos, se comprobó que en "21 de ellos habían sido vendidas la totalidad de las tierras fiscales de sus respectivas jurisdicciones; en 22 quedaron fracciones me­nores de hasta 1.875 hectáreas y sólo en las jurisdicciones de cinco pueblos quedaron fracciones de superficies mayores".(24)

Mientras tanto, siguen llegando los compradores extranjeros. En 1910 se afianza la "Rural Argentino Paraguaya S.A." de los hermanos Patri, que llega más adelante a tener unas 160.000 hectáreas, en su mayoría de las mejores de la Región Oriental.

 

18. LA SITUACIÓN EN EL CHACO

 

En la Región Occidental o Chaco, que representa poco más del 60% de la superficie nacional total, las tierras pasaron también a marcos de grandes, medianos y pequeños propietarios extranjeros.

Vamos a hacer una breve reseña de quiénes eran los principales latifundistas:

* Carlos Casado, con la superficie récord de: 5.625.000 hectáreas,

* El Banco Inglés de Río de Janeiro, con: 168.750 hectáreas,

* The American Quebracho Company, con 412.500 hectáreas,

* Pinasco Busaferri y Otros, con: 468.750 hectáreas,

* Sociedad de Tierras y Maderas, con: 468.750 hectáreas,

* La Asociación Patriótica Española, con: 318.750 hectáreas,

* Estanislao Zeballos, con: 351.562 hectáreas,

* Quebrachales Puerto Sastre, con: 225.000 hectáreas,

* Hope Gibson y Ctes., con: 270.000 hectáreas.

Y muchos otros con dimensiones parecidas de tierras.

Existía un grupo de personas y empresas con superficies inferiores a 200 mil hectáreas, como, por ejemplo:

La River Plate Quebracho, con: 187.500 hectáreas,

* El Banco Inglés de Río de Janeiro, con: 168.750 hectáreas,

* Guillermo Nelson, con: 163.125 hectáreas,

* J. Dickinson, con: 185.625 hectáreas.

Y otros con extensiones similares.

Encontramos también gran cantidad de extranjeros propietarios de fracciones de más o menos 1.875 hectáreas.

Es notable comprobar que no sólo grandes extensiones de tierra pasaban a manos extranjeras, sino también medianas y pequeñas superficies.

 

19. LEY DE HOMESTEAD: 1918

 

El daño había sido tan grande que, con la intención de repararlo, el Gobierno sancionó el 5 de octubre de 1918, una ley conocida con el nombre de Ley de Homestead, por la que se proyectaba la devolución a los campesi­nos de las tierras vendidas en los años 1883 y 1885, cediéndoles en forma gratuita lotes de 10 hectáreas en la Región Oriental y de 20 hectáreas en la Occidental. Estarían afectadas tierras fiscales solicitadas por más de 100 pobladores. Si las mismas fueren propiedad privada, serían permutadas o expropiadas. Los solicitantes no podrían ser propietarios de tierras urbanas ni rurales y los lotes no podrían ser vendidos, gravados en hipoteca ni transferidos a un tercero (a menos que muera el propietario inicial). Los adjudicatarios quedaban obligados a construir una casa habitación en el plazo de 2 años y a cultivar la tierra, según lo establecido por el Poder Ejecutivo, de acuerdo a la zona y al caso concreto.

Esta Ley de Homestead había echado sus bases en el año 1910, en que los diputados nacionales Cleto de J. Sánchez y Carlos Pastore presentan a la Cámara de Diputados un Proyecto de Ley, que fue más tarde actualizado por el diputado Modesto Guggiari y sancionada la ley con dicho nombre en 1918. Su objetivo fundamental, como indicamos, era la devolución de las tierras a los campesinos.

Eran las épocas en que Eligio Ayala afirmaba que "el latifundio en el paraguay tiene un poder despótico, es la más poderosa defensa del régimen económico feudal y su existencia evita que todas las familias posean tierras para cultivar".

Entre las intenciones de dicha ley no sólo estaba asegurar al campesino la posesión de un pedazo de tierra, sino también proteger su propiedad privada poniéndola fuera del alcance de factores que podrían provocar la pérdida del derecho a la propiedad.

Y, como última disposición, esta ley derogaba todas las leyes contrarias a sus propósitos, dejando así sin efecto aquellas dictadas e inspiradas por una política económica de corte feudal. Tiene la importancia de ser el primer intento legislativo de devolver a las masas rurales paraguayas, las tierras que les fueron sacadas en el pasado.

La aplicación de esta ley fue ordenada y relativamente eficaz y si no alcanzó a cumplir plenamente con sus objetivos fue porque había sido dictada en condiciones políticas, económicas y financieras que dificultaron su aplicación. No obstante, fueron muchas las colonias asentadas al amparo de esta ley y con sus respectivos títulos de propiedad. Pero la profundidad del problema de tierra se aprecia observando unos cálculos aproximados válidos para el primer cuarto de siglo: el 70% de los agricultores seguía ocupando y trabajando tierras ajenas.

 

20. POBLAR EL CHACO

 

Llegamos de esta manera a una época durante la cual disminuyen notablemente las inversiones de empresas extranjeras; ya no se aprecia la masiva instalación de latifundistas y empresas extractivas, aunque las ya instaladas siguen funcionando.

Por aquel entonces empieza a perfilarse más nítidamente la posibilidad de un conflicto por el asunto de límites con Bolivia. Tanto el gobierno como el pueblo paraguayo tienen puesta su preocupación en lo que se avecina. Se aceleran las gestiones pertinentes para una satisfactoria preparación.

Y nuevamente queda postergado el ideal de devolver al pueblo campe­sino lo que le fue arrebatado, porque más que nunca el Paraguay comprende que está sometido a los dictados del mundo capitalista del que participa. En ese mundo, que maneja en gran medida los hilos de nuestra economía, está al menos uno de los muchos factores determinantes de una guerra o una victoria. La solución al problema de la tierra, la recuperación de las fuentes de riqueza debían, indudablemente, efectuarse, pero sin exponer a la nación a riesgos que pudieran ser irreparables.

La fuerte presión del mundo capitalista se da aún en situaciones normales; y las circunstancias graves y excepcionales por las que atrave­saba el Paraguay, significaban una mayor dependencia de las situaciones internacionales.

Tanto por la inminencia del conflicto como por un interés anterior, era importante para el país el poblar el Chaco.

El primer grupo humano llegado con deseos de colonización fue el de los menonitas y, con relación a ellos, se sancionó en fecha 26 de julio de 1921 la Ley 514, que acordaba una serie de disposiciones especiales, como, por ejemplo: exoneración del servicio militar, libertad de culto, derecho de fundar y administrar libremente establecimientos docentes para su religión y su idioma, derecho a introducir libremente por el plazo de 10 años los elementos necesarios para su instalación, exención de impuestos nacionales y municipales por el mismo plazo, etc.

Más tarde, en agosto de 1927, estos privilegios, derechos y concesiones fueron extendidos, por Ley 914, a toda comunidad no combatiente y descen­dientes, religiosa o no, americana o europea, que se estableciese en el Chaco.

Vamos a detenernos un poco en las gestiones que rodearon a la llegada de los menonitas con el fin de mostrar cuál fue la actitud del más grande latifundista extranjero establecido en el Paraguay. En el año 1921, seis integrantes del Comité Central Menonita visitaron el Chaco con la intención de elegir las tierras para su futuro asentamiento. Así lo hicieron, pero el traslado se demoró hasta 1926 por varias causas, como ser la crisis econó­mica del Canadá, donde ellos debían previamente vender sus propiedades. Pero lo notable es que, a estas dificultades, se sumaron otras, referentes al precio de las tierras puestas por el propietario, señor Carlos Casado. Hasta tuvo que intervenir el Gobierno paraguayo para facilitar el acuerdo; vemos, por ejemplo, que el Ministro del Paraguay en Washington escribía al Presidente de la República en abril de 1925, que se había conseguido la financiación para el plan de colonización, pero que `había surgido una grave dificultad con Casado en cuanto al precio de las tierras y a su cooperación"; dice también: "Mi impresión es que Casado obra en este asunto con un interés puramente comercial y no ha puesto el interés que era de esperar. También me parece que está haciendo un cálculo erróneo acerca de la situación y no se da cuenta de la dificultad que se presenta para encontrar el dinero".

Finalmente, el Comité Central Mennonita adquirió de Carlos Casado Limitada, tres fracciones de tierras, de 7.403, 6.117 y 42.306 hectáreas, respectivamente, divididas en lotes. El primer grupo llegó en 1926, pero recién dos años después se establecieron en trece comunidades en condiciones de producir. En los siguientes años se establecieron tres comunidades más. En 1930 llegaron familias de mennonitas rusos a las que más tarde se agregaron otros grupos. En el mismo año llegaron al Chaco 67 mennonitas polacos. En 1937 se trasladaron ala Región Oriental, Departamento de Villa del Rosario, 700 mennonitas rusos que fundaron la colonia "Friesland".

 

21. LEY SOBRE PEQUEÑA PROPIEDAD AGROPECUARIA

 

Siguiendo con el tema de las legislaciones, vemos que en el "mes de agosto de 1924, el Partido Liberal, entonces en el gobierno; designó una comisión encargada de realizar un informe sobre la distribución de la tierra en el país y de realizar un proyecto de ley sobre tenencia de tierra" .(25)Basado en el informe de esta comisión, fue presentado al Congreso Nacional un proyecto, sancionado el 15 de junio de 1926 como Ley de la República, y conocida como "Ley de creación, fomento y conservación de la pequeña propiedad agropecuaria".

En esta ley se consignaba que las pequeñas propiedades no debían tener menos de 6 hectáreas ni más de 20. Se encargaba al poder Ejecutivo la obligación de "fomentar la creación, multiplicación y conservación" de las mismas, utilizando para ello tierras fiscales aptas para la producción. En el caso de tierras del dominio privado, pobladas en proporción de 30 familias de agricultores por cada 600 hectáreas, el Gobierno debía iniciar trámites para la expropiación o, en su defecto, gestionar la adquisición o la permuta por otras de propiedad fiscal. En caso de compra, el precio no debía, bajo ningún aspecto, exceder la capacidad económica de los compradores. Se otorgaba el título de propiedad luego de cuatro años de ocupación y residen­cia, de haber edificado una casa habitación y de haber cultivado no menos de tres hectáreas.

 

22. DEPARTAMENTO DE TIERRAS Y COLONIAS

 

El cumplimiento de las disposiciones de la ley de 1926 fue encomendado al Departamento de Tierras y Colonias, al que previamente se otorgó personería jurídica, bienes y gobierno propio. En efecto, por Ley N-° 832 del 30 de junio de 1926, quedó el mencionado Departamento, organizado sobre la base de la Oficina de Tierras y Colonias, encargado del cumplimiento de la ley sobre "creación, fomento y conservación de la pequeña propiedad agropecuaria", (26) así como también de la administración de las colonias nacionales y de los bienes inmobiliarios privados del Estado, con la facultad de realizar operaciones que promuevan la división de las grandes propie­dades y la formación de pequeñas propiedades. La creación de este Depar­tamento, con administración autónoma, es uno de los aspectos más intere­santes, con relación a la ley de 1926, pues se constituyó en el instrumento necesario para su cumplimiento. Con ello se buscaba que la ley no pasara de ser letra muerta.

 

23. BREVE COMENTARIO SOBRE LA LEY DE 1926

 

Esta ley superaba en muchos aspectos a la que había sido dictada en 1918, en lo que se refiere a la protección del campesino y poblador. Son varios los ítems de corte legal en los que se ve dicho progreso, pero vamos a señalar sólo algunos, en base a lo que menciona Pastore en su libro.

Con relación a la dimensión de la tierra, aumenta a 60 hectáreas la superficie total factible de ser adquirida del Estado por cada agricultor; del mismo modo, limita a 6 hectáreas el mínimo de las parcelas con el claro fin de impedir la formación de minifundios. Pero el aporte principal de esta ley se refiere al enfoque que da a los ocupantes de tierras fiscales y privadas, que hasta ese entonces habían sido considerados intrusos, atropelladores, etc., que actuaban al margen de la ley. Desde ese momento, y por mandato de esa ley, fueron considerados arrendatarios, y con amparo del Estado, que fijaba el precio del arrendamiento. Durante varios años se logró que ningún agricultor fuera desalojado de su rancho o su chacra por la simple decisión de un latifundista. Al amparo de esa ley estaban protegidos y tenían sus derechos.

En líneas generales, la ley de 1926 completa a la de 1918, legislando incluso sobre casos no previstos en la anterior y recogiendo las experiencias de la aplicación anterior.

 

24. ÉPOCA DE GUERRA

 

La guerra con Bolivia se llevó a cabo por una antigua cuestión de límites y por obra y gracia de la Standard Oil of New Jersey, empresa transnacional de capital norteamericano, dedicada inicialmente a la explotación de hidro­carburos y más tarde a la de petróleo y dirigida por el imaginativo John Rockefeller. Esta guerra concentró la atención del gobierno y el pueblo en una misma dirección, que condujo al Paraguay a la victoria. Y esta victoria, como dice Carlos Pastore, selló con sangre el derecho del pueblo a participar en la distribución de la riqueza del país. En 1934, el senador Eladio Velázquez presentó al Parlamento un proyecto de ley de colonización,(27) por el cual una extensión de tierras chaqueñas serían distribuidas entre jefes, oficiales e individuos de tropa del Ejército. No llegó a convertirse en ley por múltiples razones.

Terminada la guerra, "el Poder Ejecutivo presentó al Parlamento un proyecto, convertido en ley el 28 de noviembre de 1935, denominada Ley de Colonización, por la cual se ampliaban las facultades del Departamento de Tierras y Colonias.(28) Tuvo algunos progresos, con relación a las anteriores, consistentes, por ejemplo, en la afectación de toda extensión de tierra mayor a 1.000 hectáreas, apta para cultivo, con agua, y que no esté razonablemente explotada, a la reforma agraria y, por tanto, factible de ser colonizada. Otro ítem interesante es el que coloca a excombatientes, mutilados, viudas y húérfanos de combatientes en lugar preferencial para las adjudicaciones.

Era justo que esas tierras vayan a las manos de quienes las habían conquistado con su sangre. Y sus disposiciones, en forma general, serían regidas de acuerdo a la ley de "creación, fomento y conservación de la pequeña propiedad agropecuaria".

 

25. REVOLUCIÓN DEL 17 DE FEBRERO DE 1936

 

La Revolución del 17 de febrero de 1936, generó una nueva fuerza política, formada bajo el nombre de Unión Nacional Revolucionaria; en octubre de 1945 se llamó Concentración Revolucionaria Febrerista y, finalmente, en Convención realizada en Buenos Aires en diciembre de 1951, se constituyó en Partido Revolucionario Febrerista. En su ideario y declara­ción de principios, afirma, entre otras cosas, que "el campesino sin tierra es un absurdo económico, un contrasentido social y un crimen político". Y se compromete a dar a los trabajadores campesinos, tierras con títulos, con la obligación de cultivarlas.

Por esta época se sanciona una ley sobre tenencia de tierra, conocida como Decreto-Ley N-° 1.060, de Reforma Agraria, que en cierta medida incorpora a la legislación nacional la expresión "Reforma Agraria". Esta nueva ley tiene innovaciones y repeticiones de las anteriores. Algunas como, por ejemplo: las atribuciones fundamentales, que por ley de su creación y posteriores tenía el Departamento de Tierras y Colonias, son transferidas a un Consejo de Reforma Agraria; la facultad de dicho Departamento de emitir Bonos es traspasada al Banco Agrícola; con relación al orden de preferencia en la cesión de parcelas de tierra, siguen teniendo prioridad los ocupantes y los excombatientes, pero son excluidos los mutilados, las viudas y los huérfanos de guerra; se aumenta a 100 hectáreas la superficie máxima de los lotes agrícolas; se ordena la expropiación de grandes extensiones de tierra para colonización (aunque en lugares en los que no había posibilidades de hacerlo enseguida) y otras más.

"La reacción del capital internacional, aliado con latifundistas locales y con el militarismo, no se hizo esperar".(29) Con el enunciado de que los problemas de tierra se irían solucionando solos, en forma lenta y por acción natural del "libre juego de la oferta y la demanda” (30), forzaron "en fecha 11 de diciembre de 1937 la sanción del Decreto N°- 2.898, que deroga muchas disposiciones anteriores, tanto del Decreto-Ley N-° 1.060 como de leyes, Ley de 1935".(31) Fue, en gran medida, como desandar lo andado.

 

26. INMIGRACIÓN JAPONESA

 

Por Decreto N-° 1.026 del 30 de abril de 1936, el Gobierno autoriza la inmigración de 100 familias japonesas, con la obligación de que se dediquen preferentemente a trabajos agrícolas para exportación y de que introduzcan nuevos rubros al cultivo nacional, como: té, tung, yute, etc. Más adelante, el número de familias se aumentó a 1.000. Se establecieron en la colonia "La Colmena", ubicada en el Departamento de Ybytymí, en 8.493 hectáreas, divididas en solares urbanos y lotes agrícolas.

 

27. ESTATUTO AGRARIO DE 1940

 

En medio de un ambiente cruzado de diferentes clases de presiones, que siguió a la firma del Tratado de Paz con Bolivia, fue elaborado, presentado a la Cámara de Diputados y finalmente sancionado, el Estatuto Agrario de 1940, que consolida en forma clara los derechos del pueblo campesino sobre la tierra. Este Estatuto tuvo como fuente las anteriores disposiciones legales existentes al respecto, así como también legislaciones y experiencias de otros países, como México y Argentina. Su sanción se produjo en momentos en que las cifras indicaban la gravedad del problema de tierras en el Paraguay: en la Región Oriental, 14 propietarios poseían 7.000.000 de hectáreas, y en la Región Occidental o Chaco, 11 propietarios poseían 5.000.000 de hectáreas; en todos estos lugares existía una estricta prohibición de sus dueños, en el sentido de levantar ni siquiera un rancho.

Este Estatuto Agrario estuvo rodeado de las más conflictivas situacio­nes y vale la pena esbozar a grandes rasgos los argumentos de sus defensores y detractores, para tener una visión aproximada de la época sobre el problema de tierra.

Según sus detractores, dicho Estatuto era de claro corte "socialista", basada en principios doctrinarios contrarios al liberalismo económico, protestaban también ante las atribuciones que otorgaba a una institución, en el sentido de distribuir la tenencia de la tierra, cosa que de hecho limitaba el derecho a la propiedad y contrariaba principios consagrados en la Constitución Nacional. Incluso, años después, un conocido jurista paraguayo se refirió a las disposiciones del Estatuto del 40, señalando que son de "evidente inspiración de un socialismo de izquierda que en 1940 logró embaucar al Poder Ejecutivo para la aprobación de dicho Estatuto".

Ahora bien, sus defensores, que eran mayoría, tenían argumentos más convincentes y menos temerosos con respecto a la posible "socialización" de la propiedad rural. Sostenían que, además de tener la virtud de unificar la dispersa legislación agraria existente, estaba realmente inspirado en las necesidades del pueblo paraguayo; sin intentar ajustarse a tal o cual doctrina, buscaba dar al pueblo la legislación que reclamaba; entre sus propósitos fundamentales estaba el de defender la vida y el trabajo del campesino, que era, a fin de cuentas, quien producía la riqueza del país. De acuerdo a lo dispuesto por este Estatuto Agrario, la Reforma Agraria debía realizarse sobre la base de ciertos conceptos como, por ejemplo: "el dominio eminente del Estado sobre el suelo del territorio nacional", "la tierra es el instrumento de una función social" y especialmente "todo hogar paraguayo debe estar asentado sobre un pedazo de terreno propio que le produzca lo necesario para la vida"(32). El Estatuto da al Departamento de Tierras y Colonias el carácter de Instituto Superior de Reforma Agraria, con personería jurídica y patrimonio propio y le acuerda facultades necesarias para una redistribución de la tierra en el Paraguay. En líneas generales sus disposiciones significaban avances en la defensa de los intereses campesinos y algunas disposiciones inspiradas en las leyes de 1918 y 1926, eran más audaces, como, por ejemplo, la que señalaba que eran declaradas de utilidad pública y sujetas a expropiación, todas las tierras del dominio privado ocupadas por núcleos de población formados por más de 20 beneficiarios de la ley. Otra disposición, de carácter especial y digna de ser mencionada, es la que señala que "las tierras rurales pertenecientes a extranjeros, cuyos propietarios o accionistas residan habitualmente fuera del país, que no sean racionalmente explotadas y que adeuden impuesto inmobiliario por cinco años, pasarán al dominio del Estado, previos los trámites pertinentes legales, quedando afectadas al patrimonio del Departamento de Tierras y Colonias y a los fines de la Reforma Agraria". Esta disposición tenía la clara intención de contrarrestar los nefastos perjuicios causados por las grandes inversiones extranjeras en rubro tierras. Mediante ella, los que debían impuestos se pusieron al día y muchos perdieron o negociaron sus tierras, que pasaron a manos de paraguayos.

Con la intención de impedir la posesión o concentración de fuentes de riqueza en manos de particulares, paraguayos o extranjeros, o bajo dominio de unos pocos, "quedan excluidas de los fines de este Estatuto, las tierras pertenecientes al Departamento de Tierras y Colonias que tengan yerbales, sal, salitre, nitro, hulla, petróleo, oro, plata, cal, cobre, hierro, manganeso, plomo, zinc, piedras preciosas y útiles y fuentes de aguas minerales".(32)

Los beneficiarios de la reforma agraria eran: todos los paraguayos mayores de 18 años.

Y, finalmente, mencionaremos una interesante y acertada disposición de este Estatuto: entre los beneficiarios de la reforma agraria, figuran entre otros, la mujer paraguaya, soltera o viuda a cuyo cargo se encuentre la obligación de satisfacer sus propias necesidades o las propias y las de su familia a la vez (sin mención de edad mínima), cosa que sin duda respondía plenamente a una situación de hecho creada a la mujer, por uniones no legalizadas y nacimientos fuera del matrimonio; son muchas las jóvenes paraguayas menores de 18 años, las solteras con hijos, etc., que tienen sobre sí la responsabilidad de criar solas a sus hijos.

 

28. LA CONSTITUCIÓN DEL 40

 

La Constitución Nacional, promulgada por Decreto-Ley N° 2.242, sancionada el 10 de julio de 1940, expresa, en Declaraciones Generales, artículo 7°: "La igualdad es la base de la carga pública. El Gobierno provee a los gastos del Estado con el producto de los impuestos, contribuciones y tasas creados por la ley; la venta y locación de tierras públicas, la explotación de minas, las utilidades provenientes de los servicios públicos y monopolios a cargo del Estado, y los empréstitos y otras operaciones de crédito".

En la parte de Derechos, Obligaciones y Garantías, expresa el artículo 21: "La Constitución garantiza la propiedad privada cuyo contenido y límites serán fijados por la ley, atendiendo a su función social. Nadie puede ser privado de su propiedad sino en virtud de sentencia fundada en ley. La propiedad de toda clase de bienes podrá ser transformada jurídicamente mediante la expropiación por causa de utilidad social definida por la ley, la que determinará asimismo la forma de indemnización. La ley podrá fijar la extensión máxima de tierras de que puede ser dueño un solo individuo o sociedad legalmente constituida y el excedente deberá venderse en subasta pública o expropiarse por el Estado para su distribución". Expresa el artículo 22: "Todos los habitantes de la República están obligados a ganarse la vida con su trabajo lícito. Todo hogar paraguayo debe asentarse sobre un pedazo de tierra propia".

La Constitución del 40 tiene en varios aspectos evidentes progresos con relación a la de 1870. Con referencia a la expropiación de tierras del dominio privado, da prioridad a la "causa de utilidad social"; limita por ley la extensión máxima de tierras de que puede ser dueño un individuo o una sociedad, ítem éste de gran importancia si consideramos que gran parte del territorio nacional estaba en manos de unos pocos y, por último, dispone que todo hogar paraguayo debe estar asentado sobre tierra propia.

 

29. HIGINIO MORINIGO Y SUS MEDIDAS DE GOBIERNO

 

A lo largo de los años en los que se fue progresando en disposiciones favorables al interés campesino, "los deseos de una contrarrevolución en lo referente a reforma agraria, se mantuvieron latentes"(34); pero lograron salir a superficie con la asunción al mando, a fines de 1940, del General Higinio Morínigo. Continuando en la práctica las ideas de José Segundo Decoud, que en el siglo pasado abrieron las puertas al capital extranjero(35) y ayudado por J. Natalicio González, continuador de esas ideas en la década del 40, logró eficazmente llevara cabo un notable retroceso en el camino conquistado por el agricultor paraguayo; así como ayudó a latifundistas a avanzar varios metros al frente.

Su política de gobierno (cuyas ideas inspiradoras se mantuvieron vigentes hasta mucho tiempo después con un paréntesis entre 1950 y 1953) se tradujo de hecho en el desmantelamiento de la institución encargada de la reforma, la sustitución de sus funcionarios por otros de menor capacidad, la supresión del carácter de ente autónomo del Departamento de Tierras y Colonias que, sin directorio, bienes y elementos de trabajo, se convirtió en una oficina burocrática más. Y, por último, se procedió a la derogación de las disposiciones del cuerpo de leyes del Estatuto Agrario del 40 que consagraban conquistas sociales y económicas para la población campesina del país.

El "intruso, paraguayo sin tierra, ubicado con su chacra y su rancho(36) en tierras ajenas, fruto de la economía feudal, había perdido su carácter de tal en 1926, año en que adquiere derechos de ocupante y obligaciones de arrendatario. Y se debe al régimen de Morínigo su reaparición en la historia nacional; el 16 de marzo de 1944 se firma el Decreto N°- 2.947 que niega al `intruso' los derechos sancionados en leyes agrarias desde 1918""(37); dos meses después, el cuadro se completa con la firma del Decreto Nº 3.790, por el cual se deja sin efecto la obligación impuesta al Departamento de Tierras y Colonias por el artículo 129 del Estatuto Agrario del 40, de ubicar a los campesinos desalojados de predios privados; sustituye esta obligación por la "facultad" de hacerlo o no. Se multiplicaron, pues, las arbitrariedades y volvió a aparecer la figura del "intruso", que constituye alrededor del 50% de la población rural.

Con relación a las colonias ganaderas, el régimen de Morínigo sustituyó el de arrendamiento de las tierras del Estado por el de venta de las mismas, con lo cual limitó el acceso a la tierra sólo a quienes estaban en condiciones de realizar inversiones grandes; se inició entonces la formación de nuevos latifundios y de nuevo quedaron abiertas las puertas para la liquidación del patrimonio inmobiliario del Estado.

 

30. STICA

 

"En el año 1944, el Servicio Técnico Interamericano de Cooperación Agrícola (STICA), realizó un censo agrícola, el más completo realizado hasta ese momento, con datos obtenidos en los tres últimos años, y las cifras que arrojó mostraron, en términos claros y terminantes, el problema de distri­bución de tierra en el Paraguay"(38).

Según datos referidos por Pastore de 94.498 productores agrícolas tensados en el país, sólo 15.080 eran propietarios; 6.130 eran arrendatarios, 70.247 eran ocupantes y 3.038 tenían otra forma de relación con los dueños de la tierra.

Los instrumentos de producción agrícola eran en esa época el arado de hierro, el arado de madera, la carreta, bueyes y otros elementos menores. Según los datos del censo, el 71,8% de los agricultores no tenía arado de hierro, el 54,7% no tenía alguno, y el 48,6% no tenía arado ni carreta.

Cuando a toda esta situación se agregaba la inseguridad y el miedo al desalojo, es comprensible ver que al campesino paraguayo no le quedó sino el camino del éxodo que, además de llevar nuestra fuerza de trabajo a otras naciones, acrecentó el patrimonio de los latifundistas.

 

31. DÉCADA DEL 50

 

Luego del régimen de Higinio Morínigo, se turnan en la Presidencia cinco magistrados y, por último, bajo el gobierno de Federico Chavez, representante del sector más democrático del Partido Colorado, el joven diputado Roberto L. Petit logra reivindicar algunas medidas en favor de la reforma agraria. Petit logra la sanción de un decreto del Poder Ejecutivo que devuelve su autonomía al Departamento de Tierras y Colonias que, por cierto, y por sanción de ley de 1951, "cambia su denominación por el de Instituto de Reforma Agraria".(39)

Otro logro de Petit es la reglamentación dictada en octubre de 1950 sobre las tierras situadas en las fronteras del país (cuyos límites no sean ríos navegables); según la misma, se fija una franja de veinte leguas desde la línea de frontera, de territorio en el que se formarán colonias exclusivamente de ciudadanos nativos; en el caso de que dichas tierras fueren del dominio privado, podrían ser declaradas de utilidad pública y expropiadas.

Pero, lamentablemente, esta medida no logró impedir la masiva infiltra­ción en nuestro territorio de ciudadanos brasileños, en la frontera noreste, que se adueñaron de grandes extensiones de tierra. Precisamente, alrededor del año 1954, empieza a comprar tierras el más grande latifundista brasileño de la zona fronteriza, Lunardelli, que representaba a su grupo familiar. Los Lunardelli llegaron a tener casi medio millón de hectáreas en los departamentos de Amambay, Canindeyú y Alto Paraná. Este caso muestra con claridad la clara intención especulativa de estos empresarios extranjeros, pues, algún tiempo después, esas tierras fueron loteadas, parceladas y vendidas nuevamente a brasileños; y en esta operación inmobiliaria no tiene participación alguna el Estado paraguayo. Luego de realizada su reventa, Lunardelli conservó un remanente que dedicó a la ganadería.

También por la misma época, año 1955, se inicia el cultivo empresarial del café en la zona fronteriza con Brasil. Surgieron, pues, varias empresas de todo tipo, sociedades y firmas unipersonales, que vinieron a iniciar los cultivos de café. Obviamente, adquirieron cientos de miles de hectáreas de tierra.

En interesantes datos contenidos en el libro de Pastore vemos que en 1956 se realiza un Censo Agropecuario, con asesoramiento técnico de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), que completa al realizado por STICA en 1944 y muestra el poco progreso habido en lo referente al problema de tierra. A modo de ilustración vamos a consignar algunos resultados: de 149.614 explotaciones agrícolas y ganaderas censadas, 48.650 estaban en poder de sus propietarios, y 65.863 en poder de simples ocupantes. Para hacer una comparación, sobre 65.863 productores, según el censo de 1944,  22.917 eran simples ocupantes de tierras fiscales y esa cifra sube a 33.783, según el realizado en 1956. Vemos también que, aunque la población había aumentado en un 36%, la superficie de tierra destinada a la agricultura se mantuvo prácticamente igual. Otro dato interesante es el que se refiere a la dimensión de los predios; por ejemplo: de la superficie total de explotaciones censadas, vemos que 1.549 productores eran dueños de predios mayores de 1.000 hectáreas y, por otra parte, 144.674 productores trabajaban en predios de superficie inferior a 100 hectáreas.

Ahora bien, dentro de este cuadro no dejó de progresar la situación de algunos, como, por ejemplo, la de la Compañía "Liebig's Extract of Meat Company Limited", que en 1918 tenía 228.887 hectáreas de tierra y según el censo del 56, había alcanzado ya la cantidad de 451.287 hectáreas.

En líneas generales, el problema de la tenencia de la tierra se había agravado en esos últimos años.

 

32. "PRIMER SEMINARIO NACIONAL SOBRE REFORMA AGRA­RIA EN EL PARAGUAY"

 

Al parecer, preocupadas por los desalentadores resultados del censo agropecuario del 56, las autoridades organizaron el "Primer Seminario Nacional sobre Reforma Agraria en el Paraguay"(40), que se realizó en la capital, del 24 de junio al 24 de julio de 1958, con la asistencia técnica de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO).

Participaron del mismo representantes administrativos, judiciales y parlamentarios del Estado, de otras organizaciones económicas y privadas y de las principales firmas latifundistas del Paraguay, como Fassardi Ltda. Forestal y Agropecuaria, la Industrial Paraguaya S.A.; lo notable es que no fueron invitados los afectados principales del problema, así es que el Seminario no contó con la representación de las cooperativas ni de otras organizaciones campesinas.

Entre las propuestas del Seminario estaban: "Promover un ambiente de investigación de los programas y problemas resultantes de la Reforma Agraria, colonización, inversión de capital extranjero en colonias particulares, utilización de la tierra, crédito agrícola y del desarrollo de comunidades rurales en el Paraguay"; "Aclarar el concepto de Reforma Agraria"; "Formar criterios sobre latifundio y minifundio en el Paraguay", y otros. Pero la secuela fundamental de este Seminario fue la incorporación de un concepto tan subjetivo como "Bienestar Rural" a la legislación nacional, en oposición a la idea de "Reforma Agraria", vigente hasta ese momento. Obviamente, es mucho menos comprometedor el concepto de Bienestar Rural, además de estar sujeto a muchas interpretaciones.

En líneas generales, fueron muchas deliberaciones con pocos resultados positivos. Pero tuvo sí otras consecuencias negativas para la lucha por la tierra del paraguayo. Porque era evidente que una de las intenciones del Seminario era limpiar obstáculos, y uno de ellos era el Estatuto Agrario del 40. De una u otra forma y bajo diferentes pretextos se inicia el estudio de una posible derogación del mismo. El alegato contra dicho Estatuto fue presentado por Eduardo Lavigne quien, alegando defectos de fondo y forma, aconseja su modificación o su sustitución por otro nuevo; sus planteamientos respondían claramente al movimiento de contrarreforma agraria.

 

33. DECADA DEL 60

 

Bajo la inspiración de las ideas predominantes en el Primer Seminario Nacional de Reforma Agraria, de 1958, fueron dictadas por el Parlamento, en agosto de 1960, las leyes N°- 622, de "Colonización y Urbanización de Hecho", y la N-° 662, de "Parcelación Proporcional de Propiedades Mayores". Ambas siguen vigentes hasta hoy, por lo que serán comentadas en el capítulo siguiente.

En mayo de 1960 se suscribe el Acta Fundacional y Declaración de Principios del Movimiento Social Demócrata Cristiano del Paraguay sobre cuyas bases se forman el partido político del mismo nombre el 14 de junio de 1965. Días después de su constitución como partido, publica un manifiesto afirmando que "el problema rural paraguayo es uno de los más escandalosos de la América Latina" por varias razones, entre ellas: La concentración de la tierra en manos de unos pocos que, generalmente, viven fuera del país. El Partido Demócrata Cristiano planteó la necesidad de incorporar al desa­rrollo nacional a las grandes masas rurales mediante "una verdadera reforma agraria, que sea radical, y al propio tiempo integrada en un plan general de reestructuración de la vida rural".

En el año 1963 es sancionada la Ley N-° 854, que establece el Estatuto Agrario, que pasa a sustituir al Estatuto Agrario de 1940, y en razón de que está vigente hasta hoy, será comentado en el capítulo siguiente.

En el mismo año, 1963, se sanciona la Ley N°- 852, que crea el Instituto de Bienestar Rural, que pasa a operar en sustitución del Instituto de Reforma Agraria. También continúa vigente y haremos los comentarios pertinentes en el capítulo siguiente.

Y, finalmente, vamos a mencionar que, en mayo de 1966, el Poder Ejecutivo convocó a la Asamblea Nacional para que se pronuncie sobre la necesidad de la reforma de la Constitución vigente. La Cámara de Representantes autorizó al Poder Ejecutivo a convocar a elecciones de 120 convencionales titulares y 40 suplentes para integrar la Convención Na­cional Constituyente que dictaría la nueva Constitución.

No vamos a entrar en detalles sobre las circunstancias que rodearon a esas elecciones y sólo diremos que de ninguna manera pueden ser conside­radas como fruto de la "voluntad popular" y sus resoluciones deberán ser revisadas algún día por una verdadera y libremente integrada Convención, que delibere con libertad y garantías, sin poder policial alrededor.

La nueva Constitución de la República, sancionada por la Convención Nacional Constituyente de 1967, fue promulgada por el Poder Ejecutivo de la Nación el 25 de agosto de 1967. Rige basta hoy y será comentada en el capítulo siguiente.


-II-

­ARGUMENTOS CONSTITUCIONALES Y DEL ESTATUTO AGRARIO QUE RESPALDAN

EL DERECHO A LA TIERRA DE TODO AGRICULTOR

 

Con el objeto de dejar sentado el derecho del agricultor paraguayo a poseer un trozo de tierra, vamos a consignar en este capítulo los argumentos constitucionales y legales que así lo prescriben. Y queda claro que no sólo por respeto al derecho del hombre campesino a vivir y subsistir, sino por lo que señala la Carta Fundamental de la Nación, hay que enfocar este grave problema con sentido de justicia y procurar su solución. La tierra es de quien la trabaja y de quien la ha defendido, pero éste no es solamente un enunciado idealista, sino que se ubica perfectamente en el marco del derecho.

 

1. CONSTITUCIÓN NACIONAL DE 1967

 

La Constitución Nacional, sancionada por la Convención Nacional Constituyente del año 1967 y promulgada por el Poder Ejecutivo de la Nación el 25 de agosto de 1967, inspirada "en los más puros sentimientos de amor a la Patria, conscientes del deber de consagrar los Derechos Humanos,  y de asegurar la libertad, la igualdad, la justicia y el orden, la paz interior, la defensa nacional, el desarrollo económico y el progreso social y cultural...", expresa en el Capítulo I, Declaraciones Fundamentales, Artículo 2: "La soberanía de la República del Paraguay reside esencial y exclusivamente en el pueblo que la ejerce por medio de los Poderes del Estado, conforme a lo que dispone esta Constitución"; y, asimismo, en el Artículo 5: "Los idiomas nacionales de la República son el español y el guaraní. Será de uso oficial el español". En estos dos artículos se admite en la Constitución Nacional, la existencia de un pueblo con un idioma propio, el guaraní; y ese idioma pertenece más que a nadie al campesinado paraguayo. Y señala también que la soberanía de la República reside única y exclusivamente en el pueblo, indicando pues que los intereses principales deben ser los de ese pueblo y es su voluntad la que hay que respetar.   

En el Capítulo V, Derechos, Garantías y Obligaciones, 2. Derechos socia­les, a) Familia, expresa el Artículo 83: "Toda familia tiene derecho a un hogar asentado sobre tierra propia, para lo cual se perfeccionarán las instituciones y se dictarán las leyes más convenientes a fin de generalizar la propiedad in­mobiliaria urbana y rural, y promover la construcción de viviendas econó­micas, cómodas e higiénicas, especialmente para trabajadores asalariados y campesinos". Si el Gobierno nacional, encargado de hacer respetar la Constitución, hiciera un chequeo por todo el país, encontraría un elevado número de situaciones que están lejos de ajustarse al enunciado anterior.

Siempre en el capítulo V, vemos en el punto 3. Derechos Económicos, lo expresado por el Artículo 94: "El Estado promoverá el desarrollo económico mediante la utilización racional de los recursos disponibles con el objeto de impulsar el crecimiento dinámico de la economía nacional, crear nuevas fuentes de trabajo y de riqueza, y asegurar el bienestar general. El desarrollo se fomentará sobre la base de programas globales fundados en principios de justicia social que aseguren a todos una existencia compatible con la dignidad humana". Y dice el artículo 96: "Se garantiza la propiedad privada, cuyo contenido y límites serán fijados por la ley, atendiendo a su función económica y social. Nadie puede ser privado de su propiedad sino en virtud de sentencia judicial, pero se admite la expropiación por causa de utilidad pública o de interés social definida en la ley que también garantizará la justa indemnización".

En el Capítulo VI, De la Reforma Agraria, establece el Artículo 128: "Esta Constitución consagra la Reforma Agraria como uno de los factores fundamentales para lograr el bienestar rural, que consiste en la incorporación efectiva de la población campesina al desarrollo económico y social de la Nación. A este efecto se adoptarán sistemas justos de distribución, propiedad y tenencia de la tierra, se organizarán el crédito y la asistencia técnica y social; se fomentará la creación de cooperativas y de otras asociaciones similares; y se promoverá el incremento de la producción, su industrialización y la racionalización del mercado, de modo que permita a la población campesina lograr su mejoramiento económico, como garantía de su libertad y dignidad, y como fundamento del bienestar nacional". Y dice el Artículo 129: "La ley fijará la extensión máxima de tierra de que puede ser propietaria una persona natural o jurídica. La relación de la superficie territorial del país con el número de sus habitantes, la aptitud natural de las tierras y las necesidades y previsiones aconsejables para el desarrollo equilibrado de las actividades agrícolas, pecuarias, forestales e industriales, serán elementos de juicio para establecer aquella limitación. Las áreas en exceso serán consideradas latifundios y deberán venderse a plazos y en condiciones especiales que se establecerán por ley, cuando se trate de tierras incultas necesarias para la explotación agropecuaria o para la fundación o ampliación de poblaciones estables. El latifundio será objeto de un sistema impositivo progresivo que contribuya a su extinción." Por último consignaremos lo expresado en el Artículo 131, del mismo capítulo, que es particularmente interesante: "El Estado fomentará el interés de la juventud en las tareas agropecuarias, especialmente entre los ciudadanos que, al término del servicio militar, se incorporen a la población rural".

Para finalizar lo concerniente a los argumentos constitucionales del derecho a la tierra de todo agricultor paraguayo, vamos a consignar algunas disposiciones, también de la Constitución Nacional, que aunque no se refieran en forma directa al problema que nos ocupa, tienen estrecha relación con él y es imposible no reflexionar sobre sus alcances.

En el Capítulo V, Derechos, Garantías y Obligaciones, en el punto 6. Obligaciones, dice el Artículo 124: "En ningún caso el interés de los particu­lares privará sobre el interés general de la Nación. Todos los habitantes deben colaborar en bien de ella, y están obligados a prestarle los servicios y a desempeñar las funciones que la ley determine como cargas públicas". Obviamente, en numerosos casos de conflictos de tierra, el interés de algún particular ha primado por encima del interés de la Nación, considerando como tal al interés de la mayoría y al que mejor afecta al ordenamiento social y económico de una nación. Dentro del mismo punto, expresa el Artículo 127: "Las obligaciones que corresponden al Estado en cuanto a la asistencia, educación y bienestar del pueblo, no excluyen los deberes que, en virtud de la solidaridad social, incumben a los particulares según su capacidad. La ley podrá establecer, de acuerdo con las necesidades, el sistema al que habrá de ajustar el cumplimiento de estos deberes." Con lo que queda claro que "en virtud de la solidaridad social" todos tenemos una cuota de responsabilidad en lo que se refiere al bienestar general del pueblo.

Para completar este concepto de responsabilidad colectiva sobre los problemas de un pueblo, vemos en el Capítulo VII, Del Poder Legislativo, punto 3. Atribuciones del Congreso, que dice el Artículo 149: "Son Atribu­ciones del Congreso: ... 2) Velar por la observancia de la Constitución y las leyes;..."; y asimismo, en el Capítulo VIII, Del Poder Ejecutivo, punto 4. Del Consejo de Estado, que expresa el Artículo 189: "Integrarán el Consejo de Estado: ... 6) Dos Miembros por las actividades agropecuarias, uno por la agricultura y otro por la ganadería; ...".

Si este miembro fuera un auténtico representante de la actividad agrícola del país, seguramente defendería los intereses de una clase determinada de trabajadores.

Todo lo expuesto sobre las disposiciones de la Constitución Nacional, que deben regir el funcionamiento general de un país, nos faculta a expresar que son las situaciones injustas las violatorias de normas constitucionales; son quienes tienen la obligación de velar por su cumplimiento y no lo hacen, quienes atentan contra ella. Y no quienes piden o exigen justicia con los medios que estén a su alcance, y a quienes tantas veces se presenta en sistemas injustos, como "anárquicos" y violadores de leyes y preceptos constitucionales. La situación real es exactamente a la inversa.

 

2. LEY 854, QUE ESTABLECE EL ESTATUTO AGRARIO

 

El 26 de marzo de 1963, la Honorable Cámara de Representantes de la Nación paraguaya sanciona la Ley 854, Que Establece el Estatuto Agrario. Vamos a consignar a continuación algunas disposiciones interesantes de esta ley.

En el Capítulo I, Disposiciones Generales, Título I, De la Función Social y Económica de la Tierra, expresa el Artículo 2: "El Bienestar Rural, a los efectos de esta Ley, consistirá en la transformación de la estructura agraria del país, obtenida con la incorporación efectiva de la población campesina al desarrollo económico y social de la Nación, mediante un sistema justo de distribución de la tierra, asistencia técnica y social, adecuada organización del crédito, de la producción y su colocación de modo tal que permitan al productor rural lograr su estabilidad económica, como garantía de su libertad y dignidad y fundamento del bienestar social".

Dentro del mismo Capítulo, en el Título II, Del Latifundio, dice el Artículo 4: "Se considera latifundio a los efectos de esta Ley todo inmueble de más de 10.000 hectáreas, ubicado en la Región Oriental, o de más de 20.000 hectáreas en la Región Occidental, que no esté racionalmente explotado". En el Título III, Del Minifundio, dice el Artículo 8: "Las pro­piedades rurales tendrán un área mínima, a determinarse en cada Depar­tamento por el Instituto de Bienestar Rural, atendiendo a la densidad de la población, a la capacidad de producción por hectárea y a la posibilidad de su explotación intensiva". Dice el Artículo 10: "Los lotes agrícolas no podrán tener un área menor de dos hectáreas dentro de las zonas suburbanas y de siete hectáreas fuera de ella, de acuerdo con las normas que fijará el Instituto de Bienestar Rural".

Otro enunciado interesante de señalar es el del Artículo 16 del Capítulo II, Título Único, De los Beneficiarios del Estatuto Agrario, que dice: "Los núcleos sobrevivientes de las parcialidades indígenas que aún existen en el país serán asistidos por el Instituto de Bienestar Rural para su organización en Colonias. Con ese objeto afectará las tierras necesarias para su asenta­miento y colaborará en la medida de sus posibilidades con los organismos estatales y las entidades privadas pertinentes, para promover la progresiva incorporación de dichos núcleos al desarrollo económico y social del país".

Según las informaciones que hemos conseguido para esta investigación, uno de los problemas del Instituto de Bienestar Rural es su incapacidad de acción; sus resoluciones deben necesariamente ir a otras instancias que dan la última palabra y colaboran con la ejecución. En el análisis de los casos hemos visto con mucha frecuencia la injerencia militar en los atropellos a campesinos y prácticamente no hemos hallado un sólo caso en que la fuerza militar haya intervenido en defensa de los agricultores agredidos por supuestos dueños. A raíz de lo antedicho, no pudo menos que sorprendernos lo señalado en el Capítulo V, Título Unico, Del Instituto de Bienestar Rural y las Fuerzas Armadas, Artículo 21: "El Ministerio de Defensa Nacional acordará con el Instituto de Bienestar Rural las disposiciones necesarias para dar cumplimiento a las previsiones de este Capítulo y la colaboración de las Fuerzas Armadas para los fines del Bienestar Rural".

En el Capítulo IX, Título Unico, De la Colonización, dice el Artículo 38: "La colonización tendrá por objeto poblar el interior del país, transformando las tierras incultas en explotaciones racionales, para lograr la mejor distribución de la población rural y su mayor bienestar económico y social, así como el aumento y mejora de la producción agropecuaria". Dentro del mismo Capítulo, señala el Artículo 79, del Título IV, De la Preferencia: "Las adjudicaciones serán realizadas en el siguiente orden de preferencia: a) A los que se encuentran en posesión pacífica de la tierra que cultivan; y b) A los demás beneficiarios de la presente ley que reúnan las calificaciones más altas, en consideración a los siguientes factores: 1. Número de miembros de la familia a su cargo. 2. Méritos por sus actividades agropecuarias. 3. Calidad de excombatientes de la Guerra del Chaco. 4. Calidad de repatriado, y 5. Grado de instrucción general.

Más adelante, en el Título VI, De las Adjudicaciones Gratuitas, se expresa en el inciso a) Un lote de cuarenta hectáreas, a todo lisiado o mutilado de la Guerra del Chaco con un déficit mínimo de treinta por ciento de capacidad para el trabajo de acuerdo con las prescripciones de esta ley; y b) Un lote de hasta veinte hectáreas, a todo padre de familia con siete o más hijos menores que vivan bajo su cuidado y manutención".

En el Capítulo XIII, De la Colonización Privada, Título II, De las tierras colonizables, señala el Artículo 108: "El Instituto de Bienestar Rural podrá declarar colonizables las tierras que no estuvieren racionalmente explota­das y fueren aptas, por su ubicación y condiciones agrícolas, para la ejecución de su política colonizadora. La declaración será precedida de un estudio técnico completo para determinar las condiciones de clima, suelo, agua, topografía y accesibilidad de la zona, a fin de establecer que son aptas para una explotación económica".

Llegamos así a un capítulo en el que se señalan disposiciones, que en elevado porcentaje han sido reiteradamente violadas o dejadas de lado. En el Capítulo XVI, Título Unico, Del Régimen de los Inmuebles Rurales, expresa el Artículo 135: "Los que ejerzan la ocupación pacífica y de buena fe de inmuebles rurales privados o fiscales que no sean arrendatarios o aparceros por contrato, serán considerados como arrendatarios por anuali­dades de la extensión con sus casas y plantaciones". Artículo 136: "Para la iniciación de toda demanda de desalojo contra ocupantes pacíficos y de buena fe, a cualquier título, de inmuebles rurales privados, el propietario requerirá la intervención del Instituto de Bienestar Rural, a fin de buscar un acuerdo entre las partes. En caso de no llegarse a solución alguna dentro de los sesenta días, a contar desde la intervención del Instituto, el propietario podrá recurrir a la justicia ordinaria. Los jueces y tribunales no darán curso a ningún juicio de desalojo sin la comprobación de haberse agotado el procedimiento indicado en este artículo. Podrán, sin embargo, adoptar las medidas precautorias admitidas por el derecho común".

El Artículo 146, del Capítulo XVII, Título Unico, De la Expropiación, expresa: "Decláranse de utilidad social, sujetas a expropiación, las tierras del dominio privado siguientes: "a) Las que no estén racionalmente explotadas y sean aptas para la formación de colonias agropecuarias; b) Las declaradas colonizables, de acuerdo con lo dispuesto por el Capítulo XIII, Título II de la presente ley; c) Las que sirven de asiento a las poblaciones estables contempladas por la Ley 622 del 19 de agosto, de Colonizaciones y Urbani­zaciones de Hecho; d) Las que estén ocupadas pacíficamente y de buena fe por suficiente número de pobladores con menos tiempo de ocupaciones que el requerido por la Ley 622 del 19 de agosto de 1960, y sean necesarias para la solución de un problema de carácter social; e) Las fracciones destinadas a parques nacionales y para colonias indígenas; f) Las que se encuentran en los casos contemplados por el artículo 11 de la presente ley". Y dentro de este mismo capítulo de título único, nos encontramos con lo que con anterioridad señalamos, con relación a la incapacidad de accionar directamente que tiene el Instituto de Bienestar Rural. El Artículo 150, dice: "Como resultado de las diligencias prescriptas en el artículo 148, el Poder Ejecutivo, a petición del Instituto de Bienestar Rural, podrá decretar la expropiación de las tierras sobre la base de la calificación constitucional contenida en esta ley". Y el siguiente, Artículo 151, dice: "El Poder Ejecutivo, a petición del Instituto de Bienestar Rural y cuando sea necesario dar solución inaplazable a problemas de orden colectivo, podrá disponer la ocupación inmediata de las tierras sujetas a expropiación. En estos casos la expropiación deberá formalizarse en el plazo perentorio de noventa días". Y dice más adelante el Artículo 158: "Considérase que un inmueble cumple con la función socio-económica de la explotación racional cuando en él se encuentra asentado un establecimiento que puede ser indistintamente agrícola, ganadero, forestal, industrial o mixto, cuyas mejoras permanentemente representan por lo menos el cin­cuenta por ciento del valor fiscal de la tierra".

Y, finalmente, vamos a consignar lo expresado por el Artículo 175, del Capítulo XIX, Título Unico, Del Régimen Hereditaro, que es el ultimo: "Deróganse todas las leyes y decretos-leyes opuestos a la presente ley, y en particular el Decreto N-° 120 de fecha 29 de febrero de 1940".

De esta forma y luego de su estudio en la Honorable Cámara de Representantes de la Nación, esta ley pasó a recibir al pie la firma de Alfredo Stroessner y Ezequiel González Alsina.

 

3. LEY 852, QUE CREA EL INSTITUTO DE BIENESTAR RURAL

 

En el mes de marzo de 1963, la Honorable Cámara de Representantes de la Nación paraguaya sanciona con fuerza de ley, la denominada Ley N-° 852, QUE CREA EL INSTITUTO DE BIENESTAR RURAL, que tiene por objeto "transformar la estructura agraria del país y la incorporación efectiva de la población campesina al desarrollo económico y social de la Nación, mediante soluciones legales que permitan eliminar progresivamente el latifundio y el minifundio, sustituyéndolos por un sistema justo de propie­dad, tenencia y explotación de la tierra". Esta ley tiene en su texto cosas interesantes de señalar, cosa que haremos a continuación.

En el Capítulo II, De las Autoridades, Título I, Del Consejo, señala el Artículo 6: "No podrán ser Presidente ni Miembros del Consejo los propietarios de latifundios ni sus mandatarios, ni los miembros de Directores y asesores, consejeros o empleados de sociedades o empresas que poseen latifundios. Tampoco podrán serlo quienes desempeñen cargos en Administración Pública". Este punto es sumamente clarificador en cuanto al espíritu del Instituto de Bienestar Rural y tiene la intención de salvaguardar por encima de todo, el interés del campesino paraguayo y evitar toda posible injerencia de "otros intereses" no precisamente coincidentes con el del campesino. Por lo general es el propietario de mucha tierra el principal perseguidor de agricultores y, al prohibir el ingreso de latifundistas al Consejo Directivo, este Instituto define al lado de quién está su política.

En el Título II, Atribuciones del Consejo, expresa el Artículo 10 en su inciso f): "Solicitar del Poder Ejecutivo la expropiación de los inmuebles necesarios para el cumplimiento de sus fines acompañando el plan de indemnización"; esta dependencia del Instituto es, en gran medida, un flanco débil, que disminuye los efectos del Artículo 6 arriba mencionado, pues abre la posibilidad de otras presiones.

Dice el inciso h) del mismo artículo: "Preparar el presupuesto anual del Instituto y someterlo a la aprobación del Poder Ejecutivo". Inciso m): "fomentar el cooperativismo rural en todas sus formas, de acuerdo con el organismo especializado del Ministerio de Agricultura y Ganadería"; ñ) "Adoptar planes regionales para la creación de industrias transformadoras en las colonias y conceder créditos a tal efecto, de acuerdo a las reglamentaciones que dictará el Poder Ejecutivo"; o) "Fomentar la redistri­bución de la población conforme a las necesidades económicas y sociales del país"; w) "Adoptar los programas adecuados para la asistencia técnica, económica y social de los beneficiarios del Estatuto Agrario"; y) "Organizar la prestación de servicios de mecanización agrícola", y, finalmente, el inciso z) del mismo artículo: "Promover la solución conciliatoria de todos los conflictos relacionados con la adjudicación, tenencia, posesión o propiedad de los inmuebles rurales, en que sean parte o tengan interés los beneficiarios del Estatuto Agrario". No queremos pasar a otro capítulo sin señalar antes lo mencionado en el inciso s) del capítulo recién consignado, pues nos obliga en cierta manera a extender nuestra lectura a otras leyes referentes al mismo tema, aparte de las más conocidas 854 y 852, que dice: "Poner en ejecución las disposiciones establecidas en el Estatuto Agrario por las leyes N-° 622 de fecha 19 de agosto de 1960, de Colonización y Urbanización de Hecho, y N-° 662, de fecha 27 de agosto de 1960, de Parcelación Proporcional de Propiedades Mayores y demás leyes".

En el Capítulo III, Título I, De su Patrimonio y Fuentes de Recursos, expresa el Artículo 15: "Los bienes y fuentes de recursos afectados al patrimonio del Instituto de Bienestar Rural no podrán ser destinados al cumplimiento de otros objetivos que no sean los indicados en la presente ley". En la investigación realizada hemos hallado datos en el sentido de que el ex dictador nicaragüense, Anastasio Somoza Debayle, habría comprado varias miles de hectáreas en el Chaco al Instituto de Bienestar Rural; sería interesante averiguar los motivos que movieron a los miembros del Consejo del IBR a considerar sujeto de reforma agraria al mencionado General, dándole la oportunidad de adquirir tierras que, por cierto, mucha falta hacen a campesinos paraguayos e indígenas.

Los restantes artículos de esta ley se refieren específicamente al manejo administrativo de la institución y consignan muchos datos técnicos y administrativos. Solo vamos a señalar un artículo, el N° 29, del Capítulo V, Disposiciones Generales, que dice: "Los funcionarios y empleados públicos cuya colaboración fuese requerida para el cumplimiento y ejecución del Estatuto Agrario y que consignen datos e informes falsos, serán pasibles de suspensión sin goce de sueldo, hasta el término de dos meses, sin perjuicio de otras sanciones que les sean aplicables por las leyes civiles o penales. En caso de reincidencia serán sancionados con la pena de destitución". De acuerdo a lo recabado en nuestra investigación de los casos conflictivos conocidos, no podemos menos que pensar en la frecuencia con que el Instituto de Bienestar Rural habrá recurrido a este artículo, al menos si su funcionamiento interno pretende regirse por la ley, pues en muchos conflictos el papel del representante o enviado del Instituto ha sido opuestamente el que debiera, llegando incluso en algunos casos a constituirse en el elemento generador de las discordias; siempre, por supuesto, con intereses bien adentrados en la situación.

Luego de su paso por la Honorable Cámara de Representantes de la Nación, esta Ley recibió al pie la firma de Alfredo Stroessner y Ezequiel González Alsina.

 

4. LEY 662, DE LA PARCELACION PROPORCIONAL DE PRO­PIEDADES MAYORES

 

En el mes de agosto de 1960, la Honorable Cámara de Representantes de la Nación paraguaya sanciona con fuerza de ley la llamada Ley N- 662, De la Parcelación Proporcional de Propiedades Mayores, que tiene relación con la superficie de las propiedades.

Consta de un capítulo único que expresa en su Artículo 1: "Las propie­dades que tengan una superficie de diez mil hectáreas o más de tierras aptas para la agricultura quedan sujetas al régimen de parcelación proporcional establecido en esta ley". Dice el Artículo 3: "La extensión de los lotes en la parcelación que se realice en cumplimiento de esta ley, no podrá ser menor de veinte hectáreas, no mayor de 200 y sólo podrán ser compradores los sujetos de la reforma agraria y aquellos agricultores que sean propietarios de menos de 10 hectáreas". Al pie de esta ley, el 27 de agosto de 1960, pusieron su firma Alfredo Stroessner y Edgar L. Ynsfrán.

 

5. LEY 622, DE COLONIZACIONES Y URBANIZACIONES DE HECHO

 

Esta ley fue aprobada por la Honorable Cámara de Representantes tam­bién en el mes de agosto de 1960 y consta de un capítulo único que expresa en su primer artículo: "Las poblaciones estables asentadas en tierras de propiedades privadas, sean dichas poblaciones rurales o urbanas, siempre que tengan 20 años o más desde su fundación y que no se hayan originado en razón de las actividades de los propietarios ni respondiendo a planes de éstos, se conocerán como colonizaciones o urbanizaciones de hecho, según los casos, y quedarán sujetas a las disposiciones de esta ley". Artículo 2: "A cada colonización o urbanización de hecho, corresponderá una extensión media de tierras que será de diez hectáreas por familia estable en el caso de las primeras y de cuatrocientos cincuenta metros cuadrados en el caso de las segundas, más las superficies indispensables para caminos o calles, según se trate de unas u otras". Expresa el Artículo 5: "Independiente de lo estable­cido en el artículo primero, respecto de la antigüedad de la colonización de la urbanización de hecho, se entenderá como poblador estable, a los efectos de lo dispuesto en el artículo precedente, todo jefe de familia u ocupante prin­cipal que tenga su casa habitación en las tierras afectadas y cuyas actividades se desenvuelvan directamente relacionadas con las mismas o con el núcleo de población de que forma parte". Una cuestión importante para el desarrollo de una colonia agrícola está cubierta por lo señalado en el Artículo 18: "Para los fines de esta ley sólo serán consideradas colonizaciones de hecho aquellas que tengan asiento en tierras aptas para la agricultura, tanto desde el punto de vista agronómico como desde el de su seguridad respecto de las inundaciones periódicas por las crecientes estacionales de ríos y arroyos".

Luego de la aprobación de la Honorable Cámara de Representantes, el 19 de agosto de 1960 estamparon su firma al pie de esta ley Alfredo Stroessner, Ezequiel González Alsina y el Secretario General del I.R.A., Jorge C. Frutos Pane.

 

6. LEY 418, QUE CREA RECURSOS ADICIONALES PARA LA FINANCIACION DE LA REFORMA AGRARIA

 

Esta ley dice en su primer artículo: "Créanse los recursos adicionales que se especifican en esta ley, cuyo producido se afectará al patrimonio del Instituto de Bienestar Rural, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 13, inciso g) de la Ley 852 del 22 de marzo de 1963, para ser destinados a la financiación de la Reforma Agraria".

En los artículos siguientes están especificados los gravámenes, sus características y otros datos técnicos aplicables a las evaluaciones y tasa­ciones de las tierras, etc.

Y otro artículo interesante de señalar, sin que esto signifique que los que se refieren a especificaciones técnicas y económicas no lo sean, es el 4-°, que dice: "A los efectos de esta ley, son consideradas tierras incultas u ociosas aquéllas no explotadas con actividades agrícolas, ganaderas, forestales o mineras y de reforestación, conforme a los Reglamentos que dicte el Poder Ejecutivo, a propuesta de una Comisión Técnica Nacional integrada por el Poder Ejecutivo, con representantes del Ministerio de Hacienda, Ministerio de Agricultura y Ganadería, Instituto de Bienestar Rural, de la Secretaria Técnica de Planificación de la Presidencia de la República, de la Asociación Rural del Paraguay y de Sociedad Nacional de Agricultura. La Comisión será presidida por el representante del Ministerio de Agricultura y Gana­dería.

"Dicho Reglamento deberá determinar las mejoras que deben ser calificadas como permanentes y los procedimientos para el cómputo de valores de las mismas, para cada clase de actividad".

Esta ley fue sancionada por el Congreso Nacional y finalmente aprobada como tal por el Poder Ejecutivo en diciembre de 1973; lleva la firma de Alfredo Stroessner, Presidente de la República, y Hernando Bertoni, Minis­tro de Agricultura y Ganadería.

 

7. OTRAS LEYES

 

Además de las mencionadas, existe también una Ley Forestal del año 1972 que establece el régimen de explotación de los bosques, y la Ley N-° 904 de 1981, que se refiere a las tierras para las comunidades indígenas; se vincula a la propiedad de la tierra, pero específicamente para dichas comunidades.

 

 

 

- III -

EXPOSICION DE LA SITUACION ACTUAL SOBRE LA BASE DEL ANÁLISIS

DE CASOS CONOCIDOS POR EL COMITE DE IGLESIAS

 

1. UBICACIÓN GEOGRÁFICA Y ELEMENTOS DE ANÁLISIS DE LOS CASOS

 

En este capítulo vamos a intentar exponer la situación actual del campesino agricultor paraguayo y los problemas de tierra. Tomaremos como base los casos de conflictos de tierra conocidos por el Comité de Iglesias para Ayudas de Emergencia. Haremos, por consiguiente, un resumen de todos los casos y un posterior análisis porcentual de los aspectos resaltantes de los mismos.

Para agilizar la presentación de todos los casos y lograr cierta centrali­zación en el interés por cada uno, vamos a hacerlo tomando varios que tengan algún rasgo común alrededor del cual agruparlos para luego proce­der al relato de cada uno. Hemos visto la posibilidad de hacerlo teniendo en cuenta coordenadas que podrían resultar más interesantes, pero ellas traían consigo ciertas dificultades que en cierta medida podrían dar resultados no reales; por ejemplo, tomar como punto de referencia la naturaleza de la contraparte, si es nacional o extranjero, es algo importante, pero en algunos casos difícil de determinar, por tratarse de sociedades; asimismo, otro ítem importante, como la antigüedad de ocupación, no puede ser utilizado en forma general, pues la situación varía de un Departamento a otro; por ejemplo: para la zona del Alto Paraná, 15 años pueden ser considerados muchos, no así para otros lugares. Tampoco es posible decidir si es mayor o menor el derecho a la tierra sobre la base de los años de ocupación, pues, fuera del campo meramente legal, partimos de la base de que es un derecho de todo agricultor paraguayo, sea cual fuere su situación. Lo señalado hizo que nos decidiéramos a encontrar otros ítems, no menos interesantes, alrededor de los cuales agrupar los casos y proceder a su presentación. Finalmente, y teniendo en cuenta la totalidad de los casos presentados, haremos un análisis porcentual que arroje resultados concretos sobre los problemas de tierra en el Paraguay.

Antes de entrar en lo referente a análisis de los casos, vamos a hacer una presentación y ubicación geográfica de los mismos.

En el Departamento de Alto Paraná tenemos los casos de: Itaipyté, Colonia Boquerón, Itutí, Pengo San Miguel del Monday, Acaray, y un caso urbano del Barrio San Miguel de Puerto Presidente Stroessner.

En el Departamento de Caaguazú: Santa Ana, Yacaré-caí, Ex­Cofhipa, Tarová-í, Kurupikay, Ñembiará, Mbocayá-í, Jahapé y Toro Blanco. En el Departamento de Canendiyú (o Canindeyú): Yepopehy y Cerrito.

En el Departamento de Itapúa: Arroyo Frazada. En el Departamento de Caazapá: Cuatí.

En el Departamento de la Cordillera: Santa Rosa.

Y en el Departamento del Guairá: 3 de Noviembre, Colonia Carlos Pfannl, Rincón Rojas Potrero y Perulero.

Además de los mencionados tenemos dos casos que, por sus característi­cas peculiares, serán relatados pero no entrarán en un análisis más de fondo ni en el análisis porcentual final. Se trata del caso Cambá-cuá o Loma Campamento, dentro del Departamento Central y del único caso ubicado en la Región Occidental o Chaco, que es Aguada Lidia.

 

2. RELATO Y BREVE ANÁLISIS DE LOS CASOS

 

Como señalábamos antes, vamos a hacer un breve análisis y presenta­ción de los casos agrupados en torno a un denominador común, de manera a lograr cierta concentración de interés en sus características.

* Colonia Boquerón e Itaverá:

En los casos de Colonia Boquerón e Itaverá, ubicados ambos en el Departamento del Alto Paraná, encontramos un punto interesante refe­rente a la contraparte. En uno de ellos el problema es de ocupación de la tierra y en el otro la posibilidad de ejecución de una hipoteca, pero lo notable es que, en los dos casos están actuando las mismas personas en la contraparte. En uno de los casos, la firma Río Paraná es la propietaria de las tierras y la colonizadora Tierra Roja la que se ocupó de la venta a los campesinos, con el financiamiento del Banco Exterior S.A. El que encabezó las gestiones en nombre de la colonizadora es el Ing. Pedro Jorba, quien más adelante y ante los problemas surgidos, se desentendió de dicha firma, afirmando pertenecer a la empresa Río Paraná (al parecer, ambas están bien ligadas entre sí).

En el otro caso sucede lo mismo. La firma Río Paraná aparece como propietaria y la colonizadora Tierra Roja como intermediaria. Y lo destacable es que en ambas operaciones se plantea la intervención del Banco Exterior S.A. para el financiamiento.

Ante estas coincidencias sólo podemos pensar que quienes se dicen propietarios de la tierra han ideado un esquema particular destinado, obviamente, a conseguir un precio elevado y rápido por las tierras, dejando de lado las posibilidades o situación concreta del campesino. A continuación haremos un breve relato de lo sucedido en ambos casos.

Colonia Boqueron: Se encuentra en la jurisdicción de Domingo Martínez de Irala, Alto Paraná, y unos 21 agricultores estan en una dimensión no precisada de tierra. Inducidos por la loteadora Tierra Roja deciden solicitar al Banco Exterior S.A. un préstamo para la compra de sus tierras, dejando los títulos en poder de la firma colonizadora. Luego de varios meses del vencimiento del primer documento y ante el riesgo de perder sus tierras, los campesinos acuden al Banco Exterior S.A. donde se enteran de lo sucedido. Las tierras serían de la firma agroindustrial Importadora y Exportadora Río Paraná, la encargada de la venta la loteadora Tierra Roja, con financiamiento del Banco Exterior, que a su vez lo haría a través de un Proyecto Especial para Desarrollo Agrícola, con fondos de A.I.D. destinados a cultivos, asesoramientos técnicos, abonos, etc. Pero el hecho es que ese dinero no podía ser utilizado para compra de tierras. En este momento, Tierra Roja ya había descontado del crédito para los campesinos el precio de la tierra más otros gastos y éstos quedaban con más o menos 20.000 guaraníes para responder por los documentos. Descubierta la maniobra, fue llamado el Dr. Benjamín Socolosky, que había actuado como garante de los agricultores, para que cumpla el compromiso, cosa obviamente muy difícil. El Banco Central del Paraguay interviene finalmente para ver la solución posible y, en ese momento, el Ing. Jorba, que había actuado al frente de Tierra Roja, se abre del asunto diciendo que él pertenece a la empresa Río Paraná. Por un lado han recibido la seguridad de la intervención y colaboración del Banco Central, pero por otro tendrán que hacer frente a compromisos bancarios, cosa absoluta imposible para ellos.

Itaverá: Ubicada también en el distrito de Domingo Martínez de Irala, Alto Paraná. Unas 67 familias de la localidad ocupan una extensión de 1.000 a 1.400 hectáreas. Habían iniciado la ocupación entre los años 1977 y 1978, encontrando las tierras despobladas y, en la creencia de que eran del IBR, que a su vez las habría expropiado de su antiguo propietario, el señor Martín Venialgo, perseguido político fallecido en el exilio. Poco después de la instalación de la empresa Fiduciaria Transatlántica Alemana, aparecieron los supuestos propietarios: la empresa Río Paraná, con su gerente, el Dr. Benjamín Socolosky que, al encontrarse con el desinterés de la empresa alemana para la adquisición, conformaron la loteadora Tierra Roja y ofrecieron las tierras a los ocupantes. El precio y las condiciones, intereses y plazos estaban muy por encima de las posibilidades de los campesinos y ellos rechazaron las propuestas. Las negociaciones siguieron y en un momento dado la loteadora planteó un financiamiento del Banco Exterior S.A., que los agricultores, conociendo lo sucedido en la Colonia Boquerón, rechazaron de inmediato. Durante las gestiones, los agricultores se reunieron para buscar una solución al problema y, finalmente, el IBR tomará cartas en el asunto decidiendo si es o no posible la colonización.

* Santa Ana y Yacaré-caí:

En estos casos figura la misma persona como contraparte, aunque en forma personal en uno y en una sociedad industrial en el otro. Se trata de la firma Industrial Mbarakayú S.A., cuya propietaria sería la familia Fer­nández. El señor Alberto Fernández es el litigante en el otro caso con la posterior participación de un Coronel (SR) que habría adquirido en un momento las tierras. A continuación, un resumen de ambos casos.

Santa Ana: Se encuentra en el límite del Departamento de Caaguazú con el de Alto Paraná. Es una antigua comunidad poblada desde fines del siglo pasado y hoy viven en ella 68 familias en una extensión aproximada de 2.000 hectáreas, supuestamente propiedad de la Industrial Mbarakayú S.A., de la familia Fernández; la población de esta comunidad ha estado siempre ligada a la explotación de la yerba mate y la madera. Son antiguos jornaleros de la Industrial Paraguaya y ex obrajeros de empresas madereras. Independientemente al trabajo asalariado, siempre ha sido fuente principal de sustento el cultivo de las tierras y la ganadería.

Este es un caso claro de explotación irracional de la tierra con un posterior uso especulativo de la misma; su propietario antiguo era Manuel Fernández Abelenda; a su muerte pasó a serlo su yerno, Alberto Fernández Valenzuela, quien, junto con Alberto Jaegly y Alberto López, pasa a formar la Industrial Mbarakayú S.A., dedicada a la explotación forestal-maderera; muchos pobladores fueron por largos años carreros, rolliceros, dejando de lado el uso de la tierra. Una vez liquidadas las posibilidades forestales de explotación, conforman una loteadora que ofrece las tierras a los ocupantes, algunos con 60 años de ocupación, a precios y condiciones inaccesibles. Las alternativas son pocas: pagan o se van. Al principio, los pobladores tenían esperanzas en la expropiación que pudiera ordenar el IBR, pero fueron perdiéndolas ante la impunidad con que, durante 10 años, la firma fue parcelando, vendiendo y alambrando las tierras y chacras de los campesinos; esto ha creado divisiones y problemas sociales internos entre los que han pagado algo y los que no lo han hecho.

Dentro de la misma localidad, existe otro núcleo familiar de 36 familias ubicadas en 110 hectáreas, cuyos supuestos propietarios serían brasileños, que los han obligado a disponer con celeridad de sus productos y enseres, "porque en breve entrarán los tractores".

El caso de Santa Ana es muy complejo y conlleva increíbles injusticias y atropellos a los derechos de antiguos pobladores y, en opinión del Dr. Giménez Andrashko, la única solución es la expropiación de 3.000 hectáreas en favor de los ocupantes.

Yacaré-caí: Ubicada en Santa Ana, Yhú, Caaguazú; unas 10 familias ocupan desde 1976 una propiedad de 380 hectáreas, de Alberto Fernández, el mismo de la Industrial Mbarakayú S.A. En un momento dado hubo un contrato verbal entre el supuesto propietario y los ocupantes y éstos empezaron a hacer entregas de dinero por sus lotes. Más adelante, Fer­nández habría transferido la propiedad al Dr. Fulgencio Yegros, quien a su vez vendió de nuevo unas 1.000 hectáreas al Coronel (SR) José de Jesús González. Finalmente, Fernández habría despojado nuevamente de estas tierras a González. Este militar se presentó en el lugar, hizo talar dos hectáreas y retirar la madera, inició alambradas y la construcción de una casa, sin que nadie conozca qué derechos tiene. Es un caso confuso en el que los pobladores son continuamente intimidados por personal del supuesto propietario.

* Ituti, Pengo San Miguel del Monday, Yepopyhy y Cerrito.

En estos cuatro casos, ubicados en los Departamentos de Alto Paraná y Canendiyú (o Canindeyú) se puede apreciar una serie de características comunes referentes a la disputa por la tierra, al atropello al derecho de los campesinos y al interés en la explotación y extracción de madera por parte de quienes realizan las persecuciones. En la contraparte se ven relaciones de alguna clase con autoridades policiales o militares.

Itutí: Está ubicado en Puerto Presidente Franco, Alto Paraná, y es confusa la delimitación de los supuestos propietarios. Las tierras en cuestión tienen un total de 21.000 hectáreas, de las que 964 serían de un brasilero, Pedro Joáo Hermann. Uno de los núcleos poblacionales está formado por unas 300 familias que desde 1978 y enteradas de que eran fiscales, ocuparon un predio de más o menos 6.000 hectáreas. La reacción vino en forma inmediata por parte del Intendente Municipal y el presidente de la Seccional Colorada de Puerto Presidente Franco, Edgar Linneo Giménez Ronquetti; éste último, con respaldo del Juez de Paz, Otto Galeano, y el Delegado de Gobierno de Alto Paraná, comienza una intensa persecución a los ocupantes. La ocupación vino a perjudicar el "negocio" de las mencionadas autoridades, consistente en extraer rollizos de las tierras y bosques. En este caso se da un hecho casi único, en el sentido de la negativa, por una parte, de un militar, Mayor Rivet, Comandante del Batallón de Fronteras, a participar en el acuerdo, enviando incluso un piquete de soldados a pedido de los agricul­tores, que sorprendió a quienes sacaban rollos "por orden del Intendente de Franco". Los colonos defendieron sus derechos agotando todos los trámites legales y se han organizado para ello; han sido muy perseguidos, apresados muchos en varias oportunidades, desalojados por la fuerza, y otras intimi­daciones. La intervención del IBR, al parecer, sirvió para demostrar las formas de reprimir los derechos agrarios sin violencia a la vista, pues, en todo momento la institución actuó con total indolencia en el cumplimiento de órdenes judiciales. Puede decirse que la voluntad férrea de los colonos conquistó un resultado positivo y hoy cubren las tierras en litigio con plantaciones de algodón, yerba mate, tabaco y mandioca, hechas sin crédito alguno.

Pengo San Miguel del Monday: Son tierras ubicadas en la jurisdicción de Puerto Irala, en el Alto Paraná; unas 62 familias están desde años atrás asentadas en unas 830 hectáreas. Desde 1974 vienen realizando gestiones para legalizar la ocupación, sin resultados aparentes. Pero, en un momento dado, la institución decide expropiar la propiedad en beneficio de sus ocupantes, para lo que realiza una permuta con el propietario de parte del inmueble, Mauss Zinner, Pero, cuando debían haberse solucionado los problemas, empieza la aparición de un contingente de personas al mando de Ogilio Bento, hijo del Coronel Bento, quien, armado y amenazante, dice a los campesinos que él había adquirido esas tierras del IBR, y procede, impune­mente, a sacar rollizos. Los atropelladores de Bento iban vestidos de militares y su capataz y seis hombres iban armados. La persecución fue violenta; hubo presos y en este caso se ven dramáticos testimonios de la violencia utilizada contra los agricultores, buscando despojarlos de sus tierras; "no podemos denunciar ni oponernos; si lo hacemos, lo dejarían por el momento, pero a la noche vendrán a nuestras casas a garrotearnos, tienen apoyo de las autoridades". La solución sería, al parecer, lograr la adjudicación definitiva de los lotes y frenar los atropellos de Ogilio Bento, contra quien han radicado una querella.

Yepopyhy: Se halla en la jurisdicción de Curuguaty, Departamento de Canendiyú (o Canendeyú). Desde 1965, unas 35 familias ocupan un predio de 617 hectáreas, pertenecientes a Ramón Moreno Sartorio. En 1967 y 68, un sacerdote del Verbo Divino adquirió del propietario unas 400 hectáreas para los ocupantes, advirtiendo a éstos que esas tierras estaban pagadas; pero, una vez ido el sacerdote, Moreno Sartorio inició una persecución a los campesinos, pidiendo dinero por las tierras y logrando que varios de ellos paguen de nuevo. Además de que los precios solicitados son muy elevados, los ocupantes dudan de la legalidad del título de Moreno Sartorio. La propiedad pasó por varias etapas y fraccionamientos y, al parecer, continúa hipotecada hasta la actualidad. Los campesinos están en reuniones permanentes y demuestran una total voluntad de arreglar la situación de manera justa.

Cerrito: Se trata de una propiedad de 1.151 hectáreas, ocupadas por 92 familias. Los hermanos Luis y Ramón Alderete, siendo propietarios de un total de 1.814 hectáreas, dieron al IBR en el año 1977 unas 663 hectáreas para colonización. En 1978, unos agricultores inician la ocupación de un predio de 1.151 hectáreas, en la creencia de que la totalidad era fiscal. Los Alderete reaccionan denunciando la ocupación y el IBR da a los ocupantes garantías para seguir trabajando hasta tanto se solucione la situación. Se intenta un arreglo conciliatorio sin resultados, pues los campesinos se niegan a abandonar las tierras y los propietarios se niegan a venderlas. Los agricultores hacen todo lo que está en sus manos, desde organizarse, hasta viajar a la capital para denunciar su caso a la prensa y al Presidente de la República, pero es poco lo que consiguen. El problema que acucia a los agricultores, imposibilitándolos para adquisiciones, es la comercialización de sus productos, en especial del algodón, que han tenido que vender a 42 guaraníes el kilo. El caso tiene también ribetes amargos: una propiedad contigua a la que ocupan es de una empresa brasileña que está trayendo colonos del Brasil. "Cuando a nosotros nos echen, también nuestro sitio será ocupado por los brasileños", dijeron amargamente los colonos.

* Tarova-í y Ex-COFHIPA(Sánchez-cué,Duarte-cué, San Carlos, Cañadita)

En estos casos encontramos en el fondo a la tristemente célebre Compañía Forestal Hispano Paraguaya (COFHIPA), cuyas tierras parecen estar signadas por la tragedia campesina. Tanto la misma compañía como muchos de los posteriores propietarios han estado siempre en virtual guerra con los agricultores paraguayos. Son grandes extensiones de tierra, que de ninguna manera debían haber estado nunca al servicio de intereses extranacionales, y que hubieran podido solucionar en gran medida los problemas sociales y económicos de muchos campesinos; hubieron reivindicaciones, pero a costa de mucha sangre.

Las tierras de la Compañía Forestal Hispano Paraguaya se extendían desde el sureste de Yhú hasta el norte de Campo 9, en el distrito de Yhú, Departamento de Caaguazú. Según nuestros informes, la Compañía como tal, luego de muchos y serios conflictos por razones de tierras, se disolvió y sus posesiones pasaron a manos de particulares, en especial de sus ex accionistas e inversionistas españoles. En esas tierras se encuentran hoy día asentadas unas 5.000 familias campesinas, socialmente estructuradas en unas 20 nucleaciones, ocupando ininterrumpidamente unas 45.000 hectá­reas. La fuente, casi única, de recursos monetarios es el cultivo del algodón y el tabaco y, ocasionalmente, la producción de carbón.

La gran mayoría ocupa en forma precaria la tierra que trabaja que, por cierto, sigue estando en poder de antiguos accionistas de la compañía. La forma en que hoy se halla dividida la propiedad y los ocupantes que tiene es, aproximadamente, como sigue: Mateo Pignataro dice tener unas 16.000 hectáreas, casi en su totalidad ocupadas; en sus tierras está el núcleo conocido como Sánchez-cué y se calcula que viven en ellas unas 1.500 familias campesinas. Estas tierras comienzan a ser ocupadas en 1973 y 74, cuando aún eran de la Compañía; en ese momento, Pignataro recurre al General Otello Carpinelli, Jefe de la II División de Infantería, con asiento en Villarrica, quien, en forma violenta, procede al desalojo de los campesinos, quemando ranchos y expulsando a todos. La presión se concentra en una fracción conocida como Carrería-í, que Pignataro había ofertado a colonos brasileros a un precio mucho más elevado que el que los campesinos criollos podían pagar; y de estas circunstancias deriva el apresamiento, desapari­ción y posterior asesinato de Doroteo Brandel, activista campesino defensor de los derechos de sus hermanos. Paralelamente, los brasileros se niegan a adquirir las tierras en esas condiciones. Todo el caso es denunciado a la prensa; y del mismo se hacen eco en muchos campos; en ese momento se decide el retiro del Destacamento Militar y la disolución de la Compañía, que es fraccionada entre los socios Tomás Mateo Pignataro y Pedro Jorba Gallart. Unas 10.000 hectáreas son vendidas a inversionistas españoles y el más conocido es Benito Fernández. De ahí en adelante, cada uno procede en forma harto conocida con los campesinos; utilizando distintos modos de presión, pretenden la firma de boletos de compra-venta, con precios y condiciones totalmente inaccesibles para ellos. Pignataro toma esta medida cuando aún el Destacamento Militar estaba presente, por lo que las firmas se hacen en presencia de los militares. Jorba y Fernández, sin embargo, optan por recurrir a las autoridades partidarias y policiales de Yhu, quienes se encargan de convocar a los campesinos e informarles que deben comprometerse al pago o seran desalojados. De ahí en más, personal "especial", entre ellos un ex policía, son los encargados de los cobros a los campesinos. La población existente en las tierras de Pignataro es la que ha sufrido los procedimientos más violentos; en la actualidad siguen pacien­temente reuniéndose y tratando de formar una comisión vecinal que se encargue de los trámites para la solución de sus problemas.

Pedro Jorba Gallart dice tener 22.000 hectáreas, también ocupadas. Los pobladores de estas tierras, al igual que los otros, vienen gestionando ante el IBR la regularización de su situación desde el año 1975. En estas tierras se encuentran los núcleos poblacionales conocidos como Cañadita, San Carlos, San Rafael y Duarte-cué, de los que, por Resolución N-° 813, de fecha 28 de abril de 1982, el IBR ha expropiado unas 12.000 hectáreas en favor de los campesinos. En estas poblaciones se han formado comisiones vecinales, aunque aún no está representada la totalidad de la misma.

Benito Suárez Fernández, inversionista español ausente del país, habría adquirido unas 10.000 hectáreas de la Compañía. En sus tierras se encuentra el núcleo poblacional denominado Tarová-í, ocupando unas 4.000 hectáreas, con un total de 2.000 familias. Este supuesto propietario ausente tiene como apoderado y administrador a una persona llamada De Jesús Texeira, que se encarga de los cobros, las amenazas y las intimidaciones. La confusa situación referente a la propiedad de la tierra, da lugar a la aparición de otros señores, que también dicen ser propietarios de fracciones y aportan su cuota de amenazas y exigencias. Los ocupantes se han reunido y han solicitado la intervención del IBR; socialmente, es el núcleo mejor preparado para defender sus derechos y reivindicaciones, lo que desemboca en el hecho de que puede ser considerado uno de los casos jurídicamente mejor atendidos por el IBR. Demás está decir que los precios y las condiciones en nada se relacionan a las reales posibilidades del agricultor paraguayo.

En líneas generales, los conflictos de tierras acaecidos en propiedad que fuera de la Compañía Forestal Hispano Paraguaya, han sido muy duros: persecuciones violentas, además de los años de incertidumbre, intimidaciones y amenazas han tenido que soportar los ocupantes.

En esa lucha por la tierra y por la vida han habido muchas víctimas, pero podemos decir que el dirigente campesino Doroteo Brandel, cobardemente asesinado, sin que sus matadores hayan purgado nunca por semejante crimen, ha quedado como un símbolo y una bandera para tantos otros que siguen incansables por el mismo doloroso camino de reivindicación de sus derechos.

* 3 de Noviembre, Colonia Carlos Pfannl, Rincón Rojas Potrero, Perulero, Jahapé, Mbocaya-í

Estos seis casos tienen características tipo muy similares entre sí. Cuatro se encuentran en el Departamento del Guairá y dos en el Departa­mento de Caaguazú. En todos podemos ver, en mayor o menor grado y distintas modalidades, la total ineficacia del IBR para la solución positiva de conflictos, así como su participación incluso en la creación de situaciones confusas. En uno han aparecido dos expedientes más solicitando las mismas tierras ya pedidas con anterioridad; en otro, ha sido la propia institución la que ha creado el conflicto al hacer una mala y repetida adjudicación de las derecheras; en otro se ve la aparición "repentina" de "nuevos propietarios" de tierras sobre las que la propia institución había conformado una colonia; y, finalmente, en otros se tiene la intervención de ex funcionarios de la institución, por supuesto, en favor propio y contra los intereses campesinos.

Es decir que, la institución oficialmente encargada de la administración de cuestiones de tierra, ha dejado en estos casos, y también en otros, pruebas palpables de su ineficacia y de la dudosa intención final de su proceder.

3 de Noviembre: Se encuentra en el límite de los Departamentos de Guairá y Caaguazú, a 260 kms de la capital. Fue habilitada en el año 1974 por el Instituto de Bienestar Rural y hoy día unas 450 familias ocupan una extensión de 20.000 hectáreas. Desde los inicios de su asentamiento los colonos han tratado de seguir los trámites para la consecución de los títulos de propiedad y se les dijo entonces que aún no era el momento. Durante años insistieron ante la institución sobre el mismo tema, y no hallaron eco. La preocupación se acentúa cuando empiezan a circular rumores referentes al verdadero propietario de dichas tierras que, al parecer, no serían del IBR sino de la empresa Madimpa; el IBR habría prometido a la empresa un canje de esas tierras por otras e, incluso, se cree que hoy ya están hipotecadas a un Banco. Ante esta situación, los colonos comienzan a organizarse en el año 1981, pero las autoridades de la zona ponen trabas a esta gestión. El propio alcalde policial tiene un lote en la colonia, pero teme igual las reuniones con funcionarios del Comité de Iglesias, pues, aunque allí no rige el Estado de Sitio, "teme ser llevado maniatado si permitía esas reuniones sin permiso de sus superiores". Entre sus temores fundamentales está también "la infiltración comunista que, según dicen, penetra hasta en la Iglesia".

Es así que esta colonia, habilitada por el IBR, está sufriendo problemas derivados de la incertidumbre y las gestiones de las autoridades locales.

Colonia Carlos Pfannl: En los lugares denominados Arroyo Itá, Caamindy y Rancho Cuñá, de la Colonia Carlos Pfannl, distrito de Mboca­yaty, Departamento del Guairá, en una fracción de 700 hectáreas se establecieron a partir de 1971 unas 30 familias de excombatientes de la Guerra del Chaco y un grupo de indígenas de la parcialidad Mbyá-Guaraní. En el año 1973, inician en el IBR gestiones para conseguir la adjudicación de las tierras que ocupan, basados también en su condición de veteranos. Desde ese momento empiezan las presiones y persecuciones de las autori­dades de Caaguazú, que llegan hasta a quemar el rancho de un colono de apellido Fernández. Otros problemas serios aparecen en 1977, cuando en el IBR se conoce la existencia de dos expedientes más solicitando las mismas tierras. Uno es de la empresa Interchase Corporation, que alega que las tierras son suyas; y otro es de la firma Zúñiga & Company Inc. Sistemá­ticamente, en la misma época, "se extravía" el expediente de los colonos. Sin estar aún esclarecido el problema, estas empresas proceden a realizar alambradas, con ranchos y chacras dentro, con la colaboración de las autoridades policiales de Villarrica, el alcalde Rogelio Moroni Duarte y autoridades militares locales, entre quienes se destaca el Mayor Miranda Torres, que es de Asunción y arrienda parte de esas tierras para sacar madera. Las firmas en cuestión, cuyo propósito es "la explotación agrícola a nivel empresarial", proponen al IBR un cambio de tierras, pero nada se sabe de la respuesta. En 1981 se hace cargo del caso el Dr. Digno Brítez Pérez, abogado del Comité de Iglesias, quien de inmediato solicita al IBR una solución rápida y definitiva al problema de la colonia.

Rincón Rojas Potrero: En esta localidad, jurisdicción de Borja, Departamento de Guairá, el propietario original, Emilio Ayala, oriundo de Mbuyapey, dona, en 1968, al Obispado de Villarrica una extensión de 2.100 hectáreas. Diez años después, el Obispado transfiere, con títulos, 600 hectáreas del total a 57 familias ocupantes de dicha fracción. Y entrega las 1.500 hectáreas restantes al IBR para su adjudicación a otros agricultores del lugar. En carta agradeciendo al Monseñor Felipe Santiago Benítez la entrega de la tierra, el titular del IBR, Dr. Juan Manuel Frutos, dice: "Hemos tomado nota de sus buenos deseos al respecto y ofrecemos la seguridad de que los cumpliremos estrictamente, poniendo en ello la mejor de nuestra responsabilidad". Esta, al parecer, no fue suficientemente buena, porque a partir de la intervención de esa institución, comenzaron los problemas. Al realizarse las nuevas adjudicaciones, el IBR consigna equivocadamente la ubicación de los lotes y entrega tierras que con anterioridad habían sido transferidas por el Obispado. Da la casualidad que esas dobles adjudicaciones favorecen a 17 personas, entre las que se encuentren miembros activos de la Seccional Colorada, poderosos económicamente. Los antiguos propieta­rios nada pueden hacer y ni siquiera ha sido respetado el campo comunal; los agricultores afectados se han organizado para su defensa y el caso está a cargo del Dr. Digno Brítez Pérez. El IBR, causante del problema, aún no se ha manifestado al respecto.

Perulero: En las estribaciones del Ybyturuzú, en una zona bañada de arroyos, se encuentra esta localidad, a unos 7 kms. del pueblo de Guairá, en la jurisdicción de Ñumí, Departamento de Guairá. En una fracción originalmente de 351 hectáreas, propiedad de Escolástica Patiño (fallecida), se encuentran instalados campesinos descendientes de los primeros pobladores del año 1910. La propietaria, en vida nunca demostró interés en desalojarlos ni en vender la propiedad, que hoy se reduce a 260 hectáreas; se han sumado otros pobladores en 1970. Los problemas comienzan cuando hacen su aparición los supuestos nuevos "dueños", los hermanos Giménez Longino, de Villarrica, que, amparados por la Jefatura Policial de la Dele­gación de Gobierno, procedieron a atropellar a los campesinos y a desalojarlos en forma violenta, sin exhibir papeles ni orden judicial alguna. Los agricul­tores decidieron formar una comisión para la defensa de sus derechos y la respuesta de las autoridades fue apresar a todos los integrantes y remitirlos a la penitenciaría local. Los colonos no saben dónde se origina la supuesta propiedad de esas tierras que alegan los Giménez Longino. Durante el año 81 continúan las gestiones ante el IBR para la búsqueda de una solución.

Jahapé: Esta localidad está asentada 10 kilómetros al oeste de Yhú, jurisdicción de San Joaquín, Departamento de Caaguazú, junto con otros núcleos poblacionales, en una extensión de 11.000 hectáreas sobre cuya titularidad existen muchas dudas. Según los agricultores que en ella viven, unas 600 familias, esas tierras habrían sido de la empresa FINAP y fueron expropiadas por el IBR para ser transferidas a los actuales ocupantes. Los primeros ocupantes son de la década del 30 y los últimos del año 1970. Nadie se presenta como dueño ni a reclamar pago alguno, pero los problemas surgieron a raíz de las mensuras hechas en varias oportunidades, que crearon confusión y dejaron a algunos campesinos sin derecheras. Estas mensuras fueron pagadas, aunque ninguno de los agrimensores dejó planos ni recibos por el dinero recibido. Los colonos no quieren intentar desplazarse hacia sectores vecinos porque se trata de "reservas" del agente departamen­tal del IBR, quien a su vez es vicepresidente 3°- de la Seccional Colorada de San Joaquín. En el Departamento de Colonias informaron a la Dra. Cristina Vila, del Comité de Iglesias, encargada del caso, que las tierras eran del IBR; pero los problemas siguen sin solución.

Mbocayá-í: Esta localidad, cuyo nombre fue acuñado por indígenas de la parcialidad Mbyá, se encuentra a 20 kms de Yhú, Departamento de Caaguazú y es una bien integrada y homogénea comunidad de 80 familias que ocupan unas 2.000 hectáreas. Desde julio de 1980 empiezan a vivir en la inseguridad ante la aparición de un tal Rolón Castelví, agrimensor entrado en años y aparentemente ex funcionario del IBR, que dice ser dueño de 5.000 hectáreas en la zona. Sin documentos que lo acrediten como tal, exige dinero y amenaza con desalojos; ha conseguido agregar al problema otros de connotación social, pues algunos campesinos, temerosos de ser echados, han pagado por las tierras, pasando a ser dueños de las derecheras de amigos y parientes. Tanto en éste como en otros núcleos poblacionales de los alrededores, existen muchos conflictos y confusiones sobre la propiedad de las tierras, en razón de que han ido pasando de mano en mano. Parece ser que el tal Rolón Castelví habría conseguido la titulación de 4.148 hectáreas a su favor, con la promesa de entregar 2.000 hectáreas para los pobladores, promesa que, obviamente, no cumplió; incluso ha vendido a terceros parte de la tierra. Luego de la intervención del IBR, se logra una solución aparente al problema. Se establece un precio y condiciones fijadas por el IBR para que los campesinos paguen por las tierras que ocupan, pero sucede que el tiempo pasa y éstos están cada vez más desesperados ante la certeza de que no podrán cumplir con los compromisos acordados. Ni con la venta de sus animales y de su precaria producción podrán hacerlo y están pensando buscarse un sub-empleo para intentar algo. Este es un caso típico que muestra el fondo social y económico que tiene el problema de tierras, porque ni condiciones de negociaciones con pleitos en apariencia solucionados, es real la accesibilidad del campesino a la tierra; son demasiados los factores que tiene en contra.

* Itaipyté

Este es un caso en el que la contraparte es una empresa extranjera, subsidiaria de una transnacional importante. Se trata de la Agriex S.A., subsidiaria de la Gulf & Westerns Co., compañía norteamericana con intereses en varios países del mundo. La empresa Agriex S.A. es la sucursal en Paraguay de la Agriex CV, con casa matriz en Curação, Antillas Holandesas, que a su vez es el resultado de la asociación entre una compañía de la Gulf & Westerns denominada Aros NV y la Tecniques de Avant Garde, de Luxemburgo, igualmente dirigida por la Gulf. También existe, al parecer, una asociación de la Gulf con la empresa árabe Agyr, que habría puesto el capital para el cultivo de soja, trigo y maíz en gran escala.

Las tierras en litigio son unas 4.000 hectáreas, ocupadas por 500 familias, que forman parte de una extensión de 54.000 hectáreas, que a principios de siglo pertenecían a la familia Barthe. Van desde el río Monday hasta cerca de Capitán Meza, en la zona de Paranambú, Departamento de Alto Paraná. Esas tierras se fueron vendiendo y entre los compradores figura el brasilero João Musffel, quien a su vez habría vendido sus tierras a varias empresas, como la fiduciaria Transatlántica Alemana, la Gulf & Westerns, etc. Una parte habría incluso pasado a poder del Banco de Asunción, por una cuenta pendiente del señor Musffel con esa institución. En 1974, la Gulf adquirió esas tierras con pobladores de hasta 40 años de antigüedad en ellas. Se dedican a la agricultura de subsistencia, porque sólo cuentan con el río Paraná para la comercialización de sus productos. La finalidad de la Gulf es utilizar grandes capitales y tecnología moderna para la explotación de recursos naturales y la producción e industrialización de productos agropecuarios destinados a la exportación; la empresa inicia entonces el trabajo de rosado, limpieza de montes y preparación de las tierras para el cultivo, prohibiendo terminantemente y bajo fuertes amenazas a los agricultores hacer lo mismo y realizar sus cultivos. En diciembre de 1979, la prensa destaca "la importante inversión de la multinacional" que invertirá unos 46 millones de dólares en una explotación agroindustrial que permitirá la ocupación de 977 personas. Se informa que "cultivará 30.000 hectáreas de soja, 25.000 hectáreas de trigo y criará 10.000 novillos al año"; "Aproximadamente 15.000 hectáreas serán dedicadas a reserva forestal natural, para la protección de la ecología y el medio ambiente de la región. Tiene esta multinacional un proyecto de colonización dentro de las 60.000 hectáreas que posee en el Alto Paraná".

Paradójicamente, la cesión de esas tierras las habría hecho presionada y en un intento por sacarse un problema de encima; se trataría de 3.000 hectáreas ofrecidas al IBR para la ubicación de los colonos, aun cuando "este proyecto es totalmente extraño a sus intereses de empresa y lo realiza sí a efecto de resolver un problema social". Los colonos consideran insuficiente esa cantidad de tierra y solicitan al IBR una respuesta justa a sus requeri­mientos. El problema es sumamente complejo porque, aparte de no querer ceder tierras compradas con ocupantes dentro, la empresa multinacional estaría muy necesitada de mano de obra.; de ahí que su interés sería reclutar entre gente de la zona el personal que necesita para sus emprendimientos. Este es un factor más que desvirtúa la relación entre el agricultor y la tierra. En vista de que el precio y las condiciones de pago no eran del agrado de los campesinos, la Dra. Noymi Yore, abogada del Comité de Iglesias, encargada del caso, hizo a la empresa una contrapropuesta, pero hasta último momento la empresa continuaba en su postura sin variante alguna.

* Barrio San Miguel

Es este el único caso urbano que tenemos para nuestro análisis, en el que sucesivas adjudicaciones han ido ahondando una de por sí confusa situación. Este barrio se halla ubicado en Puerto Presidente Stroessner y comienza a ser poblado merced a un permiso de ocupación otorgado a los primeros vecinos por la oficina administradora de los lotes. En 1974 llegan unas 160 familias, que para 1977 pasan a ser 355. Ellos tienen la certeza de que las tierras son fiscales, porque hace unos años iniciaron las gestiones para la adquisición de sus lotes en la Municipalidad de Puerto P. Stroessner. Inicialmente los pobladores tenían entre 15 y 20 hectáreas cada uno, pero con el tiempo se sucedieron fraccionamientos que disminuyeron la extensión de tierra de cada uno. Ya formada la comisión vecinal reciben en el año 1977 los documentos de adjudicación de la Municipalidad. Pero los problemas se inician después cuando la misma Municipalidad, desconociendo los antiguos permisos de ocupación, vende las tierras a terceros. Una fracción es adjudicada a la empresa Bussines Company S.R.L. (al parecer integrada por los propios funcionarios municipales), que a su vez la transfiere al brasileño Guido Pulleti, quien vuelve a transferirla a Oscar Ovelar y otros. Otra fracción es adjudicada a los señores Rubín y Nader y una tercera parte a un señor desconocido. Cuando los pobladores plantearon el problema al Intendente de Stroessner, Carlos Barreto Sarubbi, éste respondió que no podía hacer nada, pues la Municipalidad ya no era dueña, pero que trataría de que los dueños la vendieran a precios razonables.

La situación varía entre una fracción y otra; en uno de los casos, haciendo cálculos a partir del precio inicial, sobre la base de 215 lotes, se comprueba que los vendedores quieren ganar el 1.023% a costa de los pobladores. Finalmente se logró una solución satisfactoria en dos de los casos y el tercero se halla estancado, sin acuerdo entre las partes. El caso está a cargo del Dr. Portillo, del Comité de Iglesias.

* Ñembiará

Es una comunidad campesina situada al este del distrito de Yhú, Caaguazú. Son unas 22 familias que ocupan 950 hectáreas del señor Máximo Benítez Dammler, con quien iniciaron en 1977 gestiones para regularizar su situación. En noviembre de 1980 se produce el desborde del arroyo Piray, afluente del Monday-mí, como consecuencia de una represa hidroeléctrica construida por la ANDE para alimentar las aguas del Acaray en época de sequía. Se inundan chacras y ranchos y los pobladores deben refugiarse en casas vecinas. Ante este hecho, dejan de pagar las cuotas al propietario de la tierra, con lo que pierden sus derechos, según se estipula en el contrato de compra-venta. Los campesinos solicitan a la ANDE el pago de una indemnización y la reubicación en lugares seguros. La abogada de los pobladores, Dra. Cristina Vila, del Comité de Iglesias, solicita dichos puntos a la ANDE; por su parte, el propietario Benítez Dammler solicita lo mismo a través de la misma abogada.

* Toro Blanco

Este caso trata concretamente de un incumplimiento de la obligación de entregar títulos de propiedad a los compradores. En el año 1966, Juan V. Rivaldi y su esposa María Luisa Gallardo de Rivaldi, inician la venta de lotes en un total de 113 hectáreas de tierra, situadas en la Compañía Toro Blanco, del Departamento de Caaguazú. Los compradores son doce agricultores del lugar, quienes, una vez cancelado el pago, reciben el compromiso de que en breve tiempo recibirían los títulos. El tiempo pasa y algunos pobladores, desalentados, vuelven a vender sus lotes a terceros. Al parecer, la señora de Rivaldi se niega a entregar los títulos y a conceder validez a los recibos firmados por ella y su marido, porque tiene la intención de volver a vender las tierras a un precio mucho más elevado. La mencionada señora es supervisora de escuelas primarias y hermana del Intendente Municipal de Caaguazú. Otro hermano suyo tiene un problema similar con dos personas, cuyos derechos desconoce luego de haber recibido el dinero, pretendiendo más dinero por las mismas tierras. Las informaciones sobre las tierras son variadas y existe la posibilidad de que las mismas estén hipotecadas. El Dr. Digno Brítez Pérez, abogado del Comité de Iglesias, ha presentado contra la señora de Rivaldi una Demanda Ordinaria por Obligación de Hacer Escritura Pública.

* Arroyo Frazada

Este es un caso en que la contraparte de los agricultores es extranjera e incluso lo han sido los anteriores propietarios de las tierras. En el lugar denominado Arroyo Frazada, jurisdicción de San pedro del Paraná, Departamento de Itapúa, existe un inmueble de aproximadamente 1.200 hectáreas, que eran anteriormente de Wolfang Roessner, de quien la habrían adquirido otros compradores. Hoy día, aparecen como propietarios la Fundación Wilke, con 500 hectáreas, sobre las que se asientan 22 lotes, y el ciudadano japonés Koshi Yiyenti y otros conciudadanos de la Colonia Fram, con 700 hectáreas, sobre las que se asientan 51 lotes con el mismo número de familias. Los agricultores asentados en tierras que eran de la Fundación Wilke han pagado por ellas y no tienen problemas. Pero, los asentados en tierras que Yiyenti reclama como propias sin presentar título alguno, son permanentemente perseguidos e incluso han sido detenidos en grupo unas 6 a 10 veces. El Dr. Darío Portillo se encarga del caso e inicia los trámites en el IBR. En una oportunidad y como señal de su buena disposi­ción, directivos de la Cooperativa Fram, Agrícola Limitada, invitan a los campesinos a una reunión a la que asistirán "el senador Dr. Ramón E. Reverchón, el Comandante del Batallón de Frontera N-° 2, Cnel. Mario Escobar, el Agente Departamental del IBR, Lic. Carlos Matiauda, y el vicepresidente de la Seccional Colorada de Juan León Mallorquín, señor Celio López". Aparentemente, la solución final fue la venta a los colonos de los lotes que ocupaban.

* Santa Rosa

En Santa Rosa, a 13 kms de Tobatí, Departamento de la Cordillera, existe un campo comunal de 75 hectáreas que desde mucho tiempo atrás es usado por los agricultores de la zona para el pastaje de sus animales. Está regado por el arroyo Piribebuy, que en épocas de sequía pasa a ser la única reserva de agua de la zona. En el año 1979, los vecinos se enteran asombrados de las intenciones de algunos personajes influyentes de la ciudad, de lotear en su beneficio 35 de esas hectáreas. El gestor de la solicitud de adjudicación, que perjudicaría a los intereses de la comunidad agrícola, es el propio administrador local del IBR, Wilfrido Martínez. Entre los beneficiados por la solicitud se encuentran el Intendente Municipal de Tobatí, el vicepresi­dente de la Seccional Colorada de Tobatí, otro miembro de la misma Seccional, y otros. El interés sería, al parecer, la extracción de arcilla, pues algunos tienen olerías en los alrededores. Los agricultores formaron una comisión vecinal y denunciaron el caso al Comité de Iglesias, haciéndose cargo del mismo la Dra. Noymi Yore. El panorama confuso favoreció las especulaciones y en ese lapso fueron estafados 10 colonos. Ante la intervención del IBR, las autoridades respondieron que las tierras eran para gente muy necesitada, cosa absolutamente falsa. Aparentemente, aún no se vislumbra una solución satisfactoria.

* Acaray, Cuatí, Kurupákay y otros

Estos son casos en los que la lucha por la defensa de sus derechos ha llevado a los campesinos a enfrentamientos violentos. Han sido perseguidos, amenazados y apresados por sus perseguidores y es común una dudosa y confusa propiedad de la tierra, lo mismo que una abierta y violenta intervención policial o militar en favor de los atropelladores y en contra de los colonos. Han habido presos, golpeados, ranchos quemados, amenazas y hasta hoy sigue un grupo de campesinos recluido en el Penal de Tacumbú como consecuencia de estos acontecimientos.

Acaray: Esta zona del Alto Paraná empieza a poblarse en 1972 con la llegada de unas 50 familias de colonos. Dos años después llegan unas 112 familias que ocupan un predio de 2.220 hectáreas y reciben seguridades del IBR en el sentido de que su caso está contemplado en el Estatuto Agrario. A excepción de 10 familias brasileras, las demás son todas paraguayas. En 1976, los colonos inician ante el IBR las gestiones para la consecución de la documentación legal de sus tierras y es en este momento donde se inician las confusiones. Al parecer habría existido un compromiso de canje de tierras entre la institución y la señora Olga Mendoza de Ramos Giménez, conocida como Ña Muki, y esposa del Gral. Leopoldo Ramos Giménez, por el cual la señora entregaría a la institución 500 hectáreas en San Bernardino a cambio de las tierras que ocupan los colonos de Acaray. De todos modos, la señora de Ramos Giménez no presenta títulos legales de ninguna clase y a nadie le consta su posesión. A partir de ese momento se desata contra los colonos una de las represiones más fuertes que han habido en la historia de esta lucha por la tierra. Fuerzas policiales y militares, camiones cargados de soldados arremeten a golpes contra los colonos, golpeándolos, destruyendo casas y chacras, intimidándolos con armas de fuego y llevando a algunos presos. Algunos campesinos optaron por abandonar el lugar, pero muchos queda­ron. Los colonos hicieron cuanto pudieron por denunciar los atropellos y defender a sus hermanos presos. En junio de 1979, el Dr. Digno Brítez Pérez se hace cargo del caso y continúan las gestiones ante el IBR, lo que no impide que la señora de Ramos Giménez continúe con sus amenazas y violenta arremetida contra los colonos.

Toda esta angustiosa situación desemboca en un hecho de público conocimiento, cuyas consecuencias siguen hasta hoy. En la madrugada del 8 de marzo de 1980, a la altura del Km. 37 de la ruta Stroessner-Asunción, un grupo de 12 a 20 colonos de la zona de Acáray (Nueva Esperanza) sube a un ómnibus de la empresa Rápido Caaguazú; armados proceden a tomar los pocos objetos de valor que tenían los pasajeros, en su mayoría campesinos; en el transcurso de una hora de viaje hieren también a dos funcionarios de la Comisión de Represión al Contrabando, que seguían al ómnibus en una camioneta. Kilómetros antes de llegar a Campo 9, descienden del ómnibus, en el lugar denominado Altona y se internan en el bosque hacia el norte, con dirección a la colonia Tobatí; pero, previamente, exponen ante los pasajeros la situación por la que atraviesan y el despojo de sus tierras de que son objeto. De inmediato se desata una ola represiva de fuerzas policiales y militares, con la colaboración- de milicianos voluntarios de las seccionales coloradas y del Partido Colorado, que en forma salvaje proceden a una verdadera y sangrienta cacería humana por los bosques y las colonias de la zona, varias de las cuales quedan aisladas por varios días. El saldo fue un alto número de heridos y presos y una cantidad imposible de precisar de muertos. El líder del grupo, Victoriano Centurión, logra escapar y hoy vive en el extranjero. Este acto de desesperación fue llevado a cabo por los colonos cuyas tierras están en litigo entre ellos y la conocida Ña Muki. Hasta hoy siguen en el Penal de Tacumbú un grupo de ellos.

Pero, al parecer, estos hechos no mellaron el espíritu de la mencionada Na Muki, que en el año 1981 continuó con su persecución alegando que "nada ni nadie podrá contra ella". En una de sus arremetidas va acompañada de 9 personas, entre las que están el Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Villarrica, Dr. Bareiro, un abogado de apellido Figari, y su capataz de apellido Santos. Ante estos hechos, el Dr. Brítez solicita al IBR las garantías necesarias para sus mandantes, hasta la solución definitiva del problema. Toda esta lucha, con tan elevado costo para los colonos, parece tener una solución favorable hacia el mes de junio de 1982, en que el Dr. Diógenes Latorre, del IBR, plantea a la señora de Ramos Giménez un canje de las tierras de Acaray por otras en el Chaco; ella acepta, pero, fiel a su temperamento combativo, insiste en quedarse con una parte supuesta­mente desocupada de las tierras de Acaray.

Kurupikay y otros: Kurupikay, Candelaria, Para'í-cué, Maracaná, Guayayví y Depósito-cué son compañías que forman una herradura entorno a Yhú, en el Departamento de Caaguazú. Unas 900 familias de campesinos agricultores y 100 familias de indígenas Mbyá, ocupan una extensión de 13.600 hectáreas; la mayoría procede de Repatriación, llegadas a principios de la década del 30, y su único sustento inicial era la caza; posteriormente, las armas fueron confiscadas en el post-Somozaso. Los ocupantes tienen la creencia, apoyada por las autoridades, de que las tierras serían loteadas por propia iniciativa del dueño. La confusión existente con relación a la pro­piedad de estas tierras es grande y sólo existen supuestos. Al parecer, una antigua propietaria seria la viuda de Barreto, más adelante habría pasado a ser de un tal Omar, de Rabi, del Dr. Vasconsellos, de la firma Menno Tour, del Gral. Andrés Rodríguez y como último dueño, aparece en diciembre de 1980, el señor Eugenio Sanabria, Auditor Mayor de Aduanas y presidente de la Seccional Colorada de Nueva Italia. Cuando se presenta a informar a los ocupantes que las tierras son suyas, lo hace acompañado de gendarmes de la Alcaldía Policial. El nuevo propietario se dedica a hostigar y perseguir a los colonos, quemando incluso un rancho y desalojando violentamente a 9 familias. El IBR resuelve la expropiación de 5.600 hectáreas para asiento definitivo de los campesinos, pero esta cantidad es insuficiente y sólo agrega problemas al ya existente: los que quedaron fuera de la fracción temen el desalojo y los que quedaron dentro temen ver disminuídas sus derecheras en un intento por reubicar a mayor cantidad de familias. La Dra. Idalina Gómez Hansen, del Comité de Iglesias, presenta al IBR su oposición a esta medida, "por cuanto que encara una solución parcial al problema social existente en la zona y nunca una solución definitiva, cual sería el mensuramiento de la totalidad de la fracción ocupada por todos y cada uno de los colonos..."; gracias a la lucha de los colonos es factible que se llegue a una solución positiva, pero siguen habiendo problemas con relación al precio y a la cantidad de tierra que será destinada a la colonización.

Cuatí: El señor Carlos Francisco Plate López compró una propiedad de más o menos 6.000 hectáreas en la localidad de Cuatí, a orillas del Capiibary, jurisdiccion de Abaí, Departamento de Caazapá, de la señora María del Carmen Brítez de Khon, cuyo hermano Esteban Brítez Martínez tiene una propiedad lindante con esa. En el momento de la venta, las tierras estaban pobladas por unas 40 familias de agricultores, desde unos 30 años atrás.

Desde principios de 1980, el Dr. Plate inicia una serie de violentos atropellos con el fin de desalojar a los colonos: procede a hacer amenazas, intimidaciones, presentarse armado y disparando, quemar ranchos, intentar atropellar otro con un tractor y amenazar con apresamientos: llegando a concretarse en una oportunidad la detención de tres campesinos. Parale­lamente a los atropellos, el Dr. Plate plantea a los agricultores el traslado a las tierras lindantes, según él abandonadas, e iniciar sobre ellas un juicio de prescripción. Los colonos reiteran al Dr. Digno Brítez Pérez su posición al respecto: no se niegan a salir de las tierras de Plate, siempre que tengan la certeza de poder ocupar las de al lado. El interés principal del Dr. Plate parece ser la extracción de madera, que luego vendería a la Maderera Translumper S.R.L., de Caaguazú. En un momento dado se tuvo incluso la intervención de Monseñor Benítez, quien instó a los colonos a abandonar las tierras de Plate e instalarse en los lotes provisorios con que cuentan. En reunión de vecinos, Plate manifestó una vez: "Yo estuve en Asunción conversando con altas autoridades (nombró algunas); estuve además en la Junta de Gobierno y todas estas autoridades se enteraron de todo lo que pasa acá por las publicaciones que se hizo y en este momento quieren que se solucione de una manera inmediata; así que cuanto antes tienen que mudarse al lugar de la prescripción". Pero la situación empeoró radical­mente cuando, acompañado de policías, hizo su aparición el dueño de las tierras de al lado e informó a los agricultores que no permitiría la ocupación de su propiedad y que estaba gestionando la venta de la misma al señor Pastor Coronel, Jefe de Investigaciones. Esto fue confirmado por un oficial de esa repartición policial, que dijo textualmente a los agricultores: "Si van a ser garroteados por ocupar tierras ajenas, más les conviene que los garroteen en las tierras de Plate, donde tienen ciertos derechos, y no en estas otras, que van a ser de mi jefe". Jurídicamente hablando, los campesinos tienen derechos posesorios sobre las tierras que ocupan, debido a los años de ocupación y a las mejoras hechas; también tienen derecho a retenerlas en tanto no sean indemnizados. La alternativa de la mudanza era desde todos los ángulos muy vidriosa, porque mal hubieran podido reclamar derechos sobre tierras no ocupadas por ellos.

Se han presentado varias alternativas de solución, pero, a pesar de que Monseñor Benítez anunció que estaba todo "asegurado", no hay perspectivas claras de resultados positivos.

Sobre los casos relatados, haremos más adelante un análisis porcentual.

A continuación, consignaremos el relato de otros dos casos que, por tener características muy peculiares, no entrarán en el análisis porcentual final a riesgo de obtener cifras poco ciertas en los resultados. Uno es en la Región Occidental o Chaco y el otro afecta a descendientes de los originarios pobladores de raza negra.

* Aguada Lidia

Esta es la denominación específica con que se conoce la cabecera de la laguna más importante de la zona: Pitiantuta, que casi nunca se seca y alrededor de la cual gira la vida de una población de campesinos, cazadores y macateros, quienes, a principios de la década del 60, se instalaron como cazadores de gatos onzas y tigres. Al norte de Filadelfia y más allá de Teniente Montanía, está una propiedad de 90 leguas, de la firma Productos Paraguayos, cuyos accionistas serian Teodoro Neufeld, Hains Hahn y J. E. Gorostiaga.

Esas tierras habían pertenecido a la firma Carlos Casado y en ella vivían unas 20 familias que se vieron obligadas a abandonar las tierras por presiones de la empresa, que no tiene la menor intención de venderlas a paraguayos, sino a alemanes que implementarían en el lugar estancias modelos. La táctica empleada por la empresa es el "desalojo pacífico", comprando ganado y pagando al contado. Con esto consigue varios propósi­tos: desaloja a los pobladores, incrementa su hacienda y consigue mano de obra, porque los ex pobladores pasan a ser asalariados y jornaleros de quienes los despojaron de sus tierras y ganado.

Los campesinos desean abandonar el lugar, incluso estarían dispuestos a aceptar una reubicación, pero tampoco ofrecen resistencia organizada, sino en forma individual. La empresa, por su parte, no tiene inconvenientes en abonar las mejoras, siempre que los pobladores abandonen las tierras. Es este el único caso que hemos encontrado en la Región Occidental, o Chaco, cosa que atrajo nuestra atención. Al parecer, el Chaco cuenta con varios factores negativos para la instalación de agricultores, entre los que estarían: falta de caminos, falta de agua, dificultad para llegar a los medios de comercialización; todo esto hace que el costo de una inversión en rubros agrícolas sea muy elevado. Esta parece ser la razón por la que no se verifican conflictos de tierra con agricultores en la zona chaqueña.

Por ser el único en su tipo, incluso en la particular modalidad del desalojo, no incluiremos este caso en nuestro análisis porcentual final, porque podríamos concluir en resultados no muy ciertos. Lo consignamos a modo de relato, por ser interesante y formar parte de una situación muy extendida en una época, en el sentido de ventas de tierras realizadas e incluso publicitadas en el exterior, muy especialmente en Alemania. Esto se hace con fines exclusivamente especulativos y comerciales y son un factor más que atenta contra el interés de quienes realmente sustentan la econo­mía nacional. Insertamos al final de estos puntos un mapa demostrativo de la publicidad de tierras paraguayas en el extranjero.

* Cambá-cuá

En el lugar conocido como Cambá-cuá, o Loma Campamento, jurisdicción de San Lorenzo, Departamento Central, unas 120 familias ocupan más o menos 7 hectáreas. La historia de estas personas está avalada por docu­mentos históricos y por testigos; son descendientes de antiguos pobladores de raza negra que, en el año 1821, acompañaron al General Gervasio Artigas, a quien Francia dio asilo en el Paraguay. Mientras Artigas era confinado a la Villa San Isidro Labrador, de Curuguaty, sus 400 acompañan­tes se dividen en dos grupos: uno se asienta en Cambá-cuá, y otro en Laurelty; eran labradores de la tierra y bajo ningún concepto podían integrarse a la comunidad, so pena de muerte. Este marginamiento ha hecho de ese núcleo una comunidad unida que ha desarrollado y transmitido pautas y costumbres muy propias a sus descendientes, que son los actuales pobladores, la mayoría de color. La comunidad tiene un club de foot-ball, el "6 de Enero", afiliado a la Liga Paraguaya de Foot-ball, y un oratario con la imagen de San Baltazar. Además de los documentos históricos, hay testimonios que avalan la presencia de esa población en el lugar desde hace 147 años. Entre sus antepasados, que por cierto participaron en nuestras guerras, se encuentra el legendario Sargento Silva, trompa de Curupaity. El historiador Hipólito Sánchez Quell menciona en una nota que, junto a Herib Campos Cervera y Augusto Roa Bastos, fue en 1946 a la fiesta de San Baltazar, de cuya visita surgió el poema "San Baltazar", al que Mauricio Cardozo Ocampo puso música. Don Julián Rejala dice haber jugado foot-ball en la cancha un 6 de enero de 1924. Hay otros testigos que avalan la existencia antigua del poblado y, paradójicamente, es don Leopoldo Ramos Giménez quien se encarga de enviar a favor de la comunidad un informe del Archivo General de la Nación confirmando lo dicho por los testigos; y decimos paradójicamente, porque se trata del marido de la célebre doña Muki Mendoza de Ramos Giménez, de conflictiva actuación en otro caso.

Los problemas empiezan cuando, en 1974, la señora María Clotilde Ferrari de Ríos entabla una demanda sobre reivindicación del terreno donde se halla asentada la comunidad. Los vecinos responden con una contrademanda por prescripción treintenaria, a la que el juez no da lugar; más adelante, el representante legal consigue la anulación de dicha sen­tencia. La señora de Ríos es heredera de Nicanor Ferrari, quien supuesta­mente habría adquirido esas tierras fiscales en 1934. Antes de entrar en trámites legales, habríanse incluso iniciado hostigamientos hacia la po­blación por parte del Capitán de Ejército, Gabriel Coronel, a quien Nicanor Ríos Ferrari, hijo de la supuesta propietaria, habría cedido una parte del inmueble en la esperanza de que éste lograra el desalojo.

En este caso ha habido una antigua e ininterrumpida ocupación por parte de los mencionados colonos, sin que en ningún momento, fuera de lo relatado, los supuestos propietarios hicieran acto de posesión; y menos aún presentaran documentación de ninguna clase. Y aunque así fuere, no tendría validez alguna sobre los incuestionables derechos de la comunidad, que siempre ha trabajado esas tierras y habitado en ellas. No conocemos el desarrollo de los acontecimientos, pero lo suponemos favorable a la población.

 

3. ANÁLISIS PORCENTUAL SOBRE LA BASE DE LAS CARAC­TERÍSTICAS DE LOS CASOS RELATADOS

 

Vamos a hacer, a continuación, un análisis porcentual, teniendo en cuenta algunas de las características más interesantes de los casos que hemos relatado. Como dijimos antes, dos de ellos fueron sólo relatados y no entrarán en este análisis, en vista de lo cual nos quedan 25 casos a ser estudiados.

Los ítems observados serán referentes ala naturaleza de la contraparte, antigüedad de ocupación, situación geográfica, cantidad de hectáreas en conflicto, número de familias, reacción de los agricultores, comportamiento general del IBR y de las autoridades, intervención policial o militar, grado de violencia de la persecución, y otros.

Los resultados obtenidos, así como las publicaciones y denuncias de los periódicos y un conocimiento mínimo del funcionamiento general de nuestro país, nos hacen pensar que esta muestra, si bien pequeña, es perfectamente válida para lograr tener un panorama bastante claro y acabado de los problemas de tierra en el Paraguay.

Vamos a comenzar por referir lo concerniente a la situación geo­gráfica de los casos: El 36% de los casos conflictivos se ubica en el Departamento de Caaguazú; ésta es una zona tan interesante que valdría la pena hacer un trabajo solamente dedicado a ella; ha sido siempre la zona de grandes bosques y rica en madera buena, pero eso ha ido acabándose y en los últimos años ha sido constante el flujo de rollizos al Brasil; esta zona se ha quedado sin bosques grandes y explotables y sólo quedan islas de árboles más bien raquíticos. Lo grave es que, una vez terminada la depredación, las empresas madereras se encargan de implementar loteadoras o inmobiliarias para dedicarse a la venta de la tierra que ya no les sirve; pero lo hacen desconociendo la existencia de anteriores colonizaciones que, si bien carecen de títulos, tienen derechos de ocupación. Vemos también en esta zona la presencia de muchos colonos brasileros.

El 28% de los casos se sitúa en el Departamento del Alto Paraná cuyos montes hasta hace poco tiempo eran vírgenes y no habían sido penetrados por el hombre. Este Departamento, en razón de lo escasamente explotado y de la cantidad de tierras sin dueño que tenía, posee desde hace un tiempo un gran atractivo, tanto para los grandes inversionistas como para los agricul­tores que emigran de los departamentos superpoblados, como los de la Cordillera, Central Paraguarí, etc. En el Departamento de Alto Paraná no existen ocupaciones muy antiguas como en otros, porque prácticamente hace dos décadas comenzó su explotación; por lo general, los agricultores allí asentados han sido con anterioridad expulsados de otras zonas; se han ubicado en restos de tierras fiscales o en grandes latifundios no enteramente explotados. Realizan la limpieza, el desmonte e inician los cultivos; pueden pasar años sin que el propietario, si existe, se percate o le interese asumir una actitud con relación a la población. Casi siempre el interés es en la madera, o especulativo, para la venta a grandes firmas, nacionales o extranjeras. Por lo general, los conflictos son siempre en medianas extensiones de tierra.

El 16% de los casos se ubica en el Departamento del Guairá. El 8% de los casos se sitúa en el Departamento de Canendiyú (o Canindeyú). El 4% se sitúa dentro del Departamento de la Cordillera. También un 4% sucede dentro del Departamento de Itapúa y, finalmente, otro 4% de los casos se da en el Departamento de Caazapá.

Vamos a pasar ahora a señalar lo referente a la extensión de la propiedad en conflicto, de manera a agregar otro dato específico sobre la propiedad misma.

En el 12% de los casos, la tierra en conflicto tiene una extensión que va entre 100 y 400 hectáreas, y es importante señalar que, en la totalidad de estos casos, la contraparte es paraguaya, lo que demostraría en cierta forma que a las empresas extranjeras les interesan principalmente las grandes extensiones. En un 16% de los casos, la extensión de la tierra oscila entre 400 y 1.000hectáreas. En el 36% de los casos vistos, las tierras tienen entre 1.000 y 4.000 hectáreas, y la mayoría se ubica en el Departamento de Caaguazú. En el 8% de los casos la extensión es de 6.000 hectáreas y en todos la represión ha sido dura y violenta. En e1 20% de los casos, se trata de grandes extensiones de tierra, que van desde 11.000 a 45.000 hectáreas; se han dado represiones fuertes, con abierta intervención policial y militar, en varios de ellos. Existe un pequeño número de casos, de los que desconocemos la extensión de tierra en conflicto.

Veremos ahora los datos correspondientes al número de familias involucradas en los conflictos de tierra.

En el 12% de los casos, menos de 10 familias son la asentadas en las tierras en conflicto; en la totalidad de los casos, el que reclama las tierras como suyas es de nacionalidad paraguaya. En el 48% de los casos el número de familias va entre 10 y 120, que en su mayoría ocupan extensiones de tierra superiores a 1.000 hectáreas. En un 20% de los casos, el total de familias asentadas oscila entre 120 y 600; se dan preferentemente en Caaguazú y el Alto Paraná. Y en el 12% de los casos, la cantidad de familias es superior a 680 y llega incluso a alcanzar cifras más altas, como 2.000y 3.000. También en este rubro desconocemos la totalidad de las cifras, pues hay casos, como el referente a un predio comunal, en los que no se menciona la cantidad de familias involucradas.

A continuación, vamos a ver las cifras concernientes a la antigüedad de la ocupación. En el 28% de los casos, los colonos asentados en una determinada tierra tienen entre 30 y 70 años de ocupación, algunos en forma personal y continuada, y otros son herederos de personas que ya vivían desde tiempo atrás en las tierras. Hallamos que en la mayoría de éstos, dentro del porcentaje mencionado, las persecuciones se han realizado en un clima de gran violencia, con ranchos quemados y apresamientos de campesinos.

En el 16% de la totalidad de los casos, el tiempo de ocupación es inferior a 6 años y en gran medida se ubican en el Alto Paraná. Y en un 36% restante (excluyendo siempre unos pocos de los que no conocemos el dato) el tiempo va entre 6 y 30 años, aunque podemos decir que en su mayoría se ubican concretamente alrededor de los 10 años. Es interesante notar que este término medio de ocupación parece darse en varios Departamentos, pues estos casos se ubican en Caaguazú, Itapúa, Alto Paraná, Canendiyú (o Canindeyú) y Guairá; esto puede significar que es una fecha tope, luego de la cual, sea por injerencia de los supuestos propietarios, por el desarrollo de la zona o por otros motivos, se ven obligados a emigrar e instalarse en otro lugar a reiniciar el ciclo.

Pasamos ahora a ocuparnos de la naturaleza de la contraparte, es decir, ver si son paraguayos o extranjeros. En el 60% de los conflictos de tierra, quienes se enfrentan a los agricultores son paraguayos y otras características notables son el hecho de que se relacionen en su mayoría con asentamientos de una antigüedad promedio de 10 años, sobre extensiones de tierras de medianas y pequeñas dimensiones. En un 28% de los casos, la contraparte es extranjera y se trata de empresas y de ciudadanos españoles, brasileros o japonés, en un caso. En la generalidad de ellos están en juego propiedades grandes o medianas y la represión se ha caracterizado por su dureza, llegándose incluso a una abierta intervención del sector militar y policial de la zona. En el 12% restante de los casos, podíamos haber mencionado a la contraparte como nacional, pero pensamos que valía la pena mencionar el hecho de que en ellos es la propia institución "encargada de administrar" las cuestiones de tierra, la causante directa de la situación conflictiva; en efecto, en ellos ha sido una ineficacia del IBR o un intento de mejor negocio, el que ha motivado el conflicto que, por cierto, tiene como eje extensiones medianas y grandes de tierra.

Además de las consideraciones que haremos al final, hemos estipulado otro renglón referente al grado de violencia de las persecuciones a los agricultores, tendientes a obligarlos a abandonar sus tierras. Aunque parezca increíble, vamos a consignar que en el 36% de los casos estudiados, la represión a los campesinos ha estado signada por una grande y extendida violencia: esto significa que, además del clima de intimidaciones e inseguridades, se ha llegado a golpear a campesinos, apresarlos, engrillarlos, incendiar sus ranchos y sus cultivos, atropellar alambradas y derecheras, amenazarlos con disparos de armas de fuego y, por último, se ha llegado al punto de asesinar a campesinos paraguayos en los bosques nativos para intentar acallar el grito de sus denuncias y sofocar reacciones a las que fueron empujados por la desesperación y la injusticia.

Finalmente, hemos encontrado tres aspectos que se repiten en la totalidad de los casos en forma casi matemática, conformando un cuadro general de total coherencia con el manejo todo de nuestro país.

La actitud y el comportamiento ineficaz, negativo y anodino del Instituto de Bienestar Rural, con pequeñas variaciones en grados y modalidades. No encontramos un solo conflicto donde se haya dado una enérgica y clara intervención de la institución en favor de los colonos atropellados. Donde no ha tenido una postura negativa, ha imprimido retraso a los trámites o ha alentado una solución intermedia. Está claro que, aunque dentro de la institución existan personas con intenciones positivas hacia los problemas agrarios, todo desenvolvimiento en tal sentido será posible mientras no estén en juego los intereses de la clase dominante o de grandes empresas extranjeras. El IBR, además de los problemas de fondo que dejamos para la conclusión final, tiene varios frenos negativos: no puede accionar por sí mismo (en el caso de que quisiera hacerlo), depende de otras fuerzas que, por lo general, son las que accionan contra los campesinos y, por último, está viciado de una gran corrupción en todos sus niveles, que imposibilita el correcto cumplimiento de sus funciones; prueba palpable de esta corrupción es el hecho de que existen funcionarios latifundistas, integrantes de inmobiliarias, loteadoras, etc. Luego de todo esto, resulta claro que es bien pequeño el margen de acción favorable al agricultor.

Otro punto común en todos los casos es la colaboración de las autoridades, sean policiales, civiles o militares, con el atropellador de los derechos del colono. De una manera u otra y en mayor o menor grado, siempre están defendiendo los intereses de la contraparte y conformando la fuerte persecución y represión del campesino. La autoridad civil oficialista y la policial están presentes siempre; pero la aparición de la autoridad militar se relaciona, por lo general, con casos donde la extensión en conflicto es grande.

La intimidación se da en muchas formas, desde cerrar caminos y cortar alambradas, hasta enviar hombres armados, apresar colonos y quemar ranchos. No hemos visto un solo caso en el que la autoridad del lugar, sea de la naturaleza que fuere, cumpliera su misión de defender los derechos de la mayoría y se constituyera en garantía para la misma; muy al contrario, en la totalidad de ellos ha estado al servicio de los atropelladores, sean nacionales o extranjeros, latifundistas o loteadoras.

Y, por último, el aspecto más importante de toda esta cuestión: la reacción de los campesinos atropellados en sus derechos; ha sido, en la totalidad de los casos, serena, con intenciones legalistas y en base a una organización estipulada incluso en los Estatutos del IBR, como es la formación de comisiones vecinales. En un solo caso hemos visto una reacción enérgica de colonos, empujados por la desesperación y las fuertes presiones, pero no pasó de un hecho que conllevó más bien el deseo de la denuncia de su problema, y por el que, por cierto, pagaron con cárcel y sangre un precio mil veces superior. La reacción de los campesinos es siempre pacífica: se reúnen, hablan del problema y de inmediato forman una comisión vecinal que se encarga de las gestiones pertinentes y a partir de ahí se atienen totalmente a las respuestas y soluciones del Instituto de Bienestar Rural, a las propuestas de los supuestos propietarios y a establecer una verdadera resistencia a los ataques, amenazas, intimidaciones y atropellos de que antes, durante y a veces hasta después de todo proceso conflictivo, son objeto. A esta actitud, se ha sumado en los últimos años la realización de denuncias en la prensa, a los organismos que defienden sus intereses y en algunos casos a las instituciones religiosas.

El camino del campesino paraguayo es siempre legal y limpio. No he conocido un solo caso donde la violencia haya empezado en ellos o en el que los colonos obligaron a las autoridades a actuar; por lo general podríamos incluso afirmar que el grado de aguante y resistencia es increíble, porque a veces, luego de años de atropellos, el problema sale a luz cuando la alternativa que queda es defender la supervivencia.

Si como parte de los objetivos de este trabajo, pudiéramos hacer conocer esta naturaleza ancestralmente pacífica de la lucha por la tierra del agricultor paraguayo, consideraríamos cumplido un compromiso importante. Porque, por tan largos años y tantas veces han sido acusados de "usurpa­dores, intrusos, asaltantes, atropelladores de la propiedad privada y viola­dores de la ley", que más de un lector de periódicos tendrá una apreciación totalmente equivocada de la situación y una imagen distorsionada del "poblador clandestino".

Los campesinos paraguayos tienen derechos sobre las tierras que trabajan y son absolutamente pacíficos en la lucha por sus reivindicaciones. Violentos y terroristas son quienes atropellan esos derechos por medio de la fuerza, las armas y la prepotencia.

 

 

 

ANEXO

 

LISTADO DE CONFLICTOS DE TIERRA, PUBLICADOS DURANTE LOS AÑOS 1980, 1981 Y 1982

 

A continuación vamos a consignar una lista de los conflictos de tierra que han sido publicados durante los años 1980, 1981 y 1982. En la misma haremos un brevísimo resumen de cada uno, poniendo los datos principales. El objetivo de esta lista es aportar un nuevo elemento que avale nuestra posición con relación a la gravedad del problema de tenencia de tierra en el Paraguay, pues, ubicando ello en un cuadro porcentual, podemos ver la frecuencia con que la prensa se ha hecho eco de este tipo de problemas. Lo cual no descarta la posibilidad de que el número de conflictos que no llega a conocimiento público sea también muy elevado. Vamos a hacer el listado en forma ordenada, de acuerdo al año de publicación, tratando en lo posible de seguir un orden cronológico.

AÑO 1980

1. Anastasio Somoza Debayle habría comprado en el Chaco paraguayo una fracción de tierra de 25.000 hectáreas, financiada a cinco años de plazo, para ganadería y pasturas. Dicha fracción estaría ubicada en las cercanías del Centro Experimental La Patria, donde el Instituto de Bienestar Rural (IBR) tiene una reserva de tierras, dedicada a colonizaciones. (Ultima Hora, 22 de marzo de 1980).

2. La Villa "23 de Octubre", de Ciudad Presidente Stroessner, está ubicada en una fracción que queda a 2 kms. del área habitacional número 1, de Itaipú; sobre el "tapé tuyá", camino que debía llegar en forma directa a los Saltos del Monday; fue fundada, según trazados de un plano del año 1965, por iniciativa del Delegado de Gobierno de Alto Paraná, Tte. Cnel. Antonio Oddone Sarubbi, y del padre Guido Coronel, para reubicar a unas 23 familias del que era Puerto Embalse, que quedó cubierto por las aguas del Acaray; hoy día son 43 viviendas. En un momento dado, aparecieron operarios de la Municipalidad para medir y amojonar las tierras, que serían destinadas a una urbanización. Los pobladores están asustados y no saben si tendrán cómo pagar. Según el Intendente de Ciudad Stroessner, Carlos Barreto, serán respetados los antiguos y legales ocupantes y los ilegales y recientes tendrán que arreglar su situación. (ABC, 22 de febrero de 1980).

3. En el barrio Ysaty, jurisdicción de Lambaré, más o menos 36 personas que ocupan 24 casas, fueron desalojadas de sus viviendas. El lugar fue comprado hace 40 años de Anastasio Valenzuela y José del Carmen Va­lenzuela, cuya hija estaba en trámites de sucesión y dispuesta a entregar los títulos; los papeles correspondientes están en poder de un abogado. Pero apareció Rosa Agüero Wagner con policías y, sin exhibir documento alguno, hizo tirar las pertenencias de los pobladores a la calle, diciendo que ella había comprado esos terrenos al Banco. Luego del hecho, policías quedaron montando guardia permanente. (Ultima Hora, 3 de marzo de 1980).

4. En Ysaty, localidad de Ñemby, 50 familias asentadas en un predio comunal, fueron reubicadas. Están en desacuerdo con el monto establecido para indemnización. Según el Mayor Peralta, uno de los responsables del operativo reubicación, las evaluaciones se hicieron de acuerdo a lo que tenían. Pero dicen los pobladores que no se tuvieron en cuenta los cultivos ni los años de permanencia. (Hoy, 4 y 5 de marzo de 1980).

5. En Coronel Oviedo, una mujer vive con su hijo y su madre de 93 años en un predio de seis hectáreas, que ocupa desde hace 32 años y del que dice tener título de propiedad. Durante un trámite sucesorio, un tío suyo alquiló una parte del predio a un aserradero brasilero, que a su vez la vendió a otros brasileros y éstos a unos argentinos. Consultado el Juez de Paz, dijo haber obrado por orden del Tribunal Penal de Villarrica y que la tierra era de la Maderera Caaguazú S.R.L., que las vendió a la empresa argentina Hachege Maderas S.R.L. (1980, ilegible la fecha exacta).

6. Presunta estafa a casi 2.000 colonos de Caaguazú. La Policía encontró en poder de Alcibiades Domínguez, uno de los implicados, un formulario de permiso de ocupación del IBR, que presumiblemente fue falsificado para ofrecer a los colonos 40 hectáreas a Gs. 5.000 cada hectárea. (Ultima Hora, 8 de marzo de 1980).

7. Un núcleo de personas vive desde hace varios años en un sector del barrio "Las Mercedes", de la segunda compañía de Luque, a orillas del arroyo Itay. Aparecio el dueño, Clarencio Espínola Romero, con títulos y documentos, pero no habló de desalojarlos, sino de llegar a un acuerdo. (ABC, 16 de marzo de 1980).

8. Once habitantes de Fernando de la Mora fueron recluidos en la Penitenciaría Nacional, acusados de usurpar propiedades ajenas en forma violenta y cortando alambradas. La denuncia fue hecha por los seis su­puestos propietarios afectados. (Hoy, 30 de abril de 1980).

9. En Bruno Guggiari y Pirizal, unas 10 familias ingresaron en un predio, de casi una manzana, cuando el lugar era un zanjón que tuvo que ser rellenado para ser habitado. Habrían sido instaladas por miembros de la Seccional 12 y no se conocían nombres de posibles propietarios. Estos aparecieron luego de una sucesión y son los hermanos Villalba, que proce­derán a hacer desalojar el predio. El Juez de Paz de Lambaré con oficiales de la Comisaría 14 procedió a expulsar a una familia y el resto corre el mismo peligro. (ABC, 27 de abril de 1980).

10. En el barrio Villa Elisa, en un predio de 24 por 35 metros, viven aproximadamente 40 personas; según ellos, el terreno es fiscal y nunca nadie presentó títulos. Fueron puestas en la calle con sus enseres, y el subcomisario Néstor Silguero, de la Comisaría de Tres Bocas, Nº 53, Arroyo Seco, fue el encargado de hacer cumplir la orden de desalojo. El supuesto propietario es el Mayor Julián Galeano. Consultado el Intendente de la Municipalidad de Villa Elisa, Cayo Roberto Gwinn, dijo que la Municipalidad no tenía conocimiento de ningún propietario de la tierra en cuestión. (Hoy, 12 y 24 de abril de 1980).

11. Pabla Amarilla y familia, moradores de una vivienda ubicada en Arecayá; camino a la ruta Transchaco, en Mariano Roque Alonso, fueron puestas en la calle por orden judicial. Es un problema familiar de sucesión y la acción fue promovida por Eusebia Castelví de González y Marciana Castelví de Sánchez. (Ultima Hora, 19 de mayo de 1980).

12. En Ysaty, jurisdicción de Villa Elisa, están siendo objeto de ciertas maniobras para ser despojados de sus tierras, Juan Félix Otazo, lisiado y viudo de Ruperta Gómez, Felicita Riveros viuda de Gómez, de 105 años, y sus hijos, Felipe y Agustín Gómez y Gumersinda Gómez viuda de Gomez. La Dra. María Elvira Aquino de González se presentó mencionando los derechos que sobre la sucesión de Pedro Gómez tiene supuestamente Francisco Campuzano como comprador de los mismos. La misma operación realiza con Otazo, a quien el mismo Campuzano habría comprado los derechos de su finada esposa. (Hoy, 2 de mayo de 1980).

13. Martín Ramón Insfrán Aveiro, lisiado mutilado con carnet N-° 13.599 - Serie K6, fue sacado de su casa, donde vive desde 1938, sin ningún tipo de orden judicial ni título de propiedad. (Hoy, 1º de junio de 1980).

14. En Ñemby, sobre la ruta 11 que va a esta localidad y con relación a un terreno de 460 metros cuadrados frente a un predio municipal, Milán García, intermediario y concesionario del Dr. Vasconsellos, dice que el terreno es chico para viviendas precarias y que se proyecta construir en el mismo una estación de servicio. (Hoy, 1° de junio de 1980).

15. En una carta, el Dr. Enrique Strubing hace algunas aclaraciones sobre su propiedad en conflicto, ubicada en Yataity. (ABC, 9 de enero de 1980).

16. En el año 1978, el Instituto de Bienestar Rural (IBR) expropió 1.500 hectáreas de la Azucarera Iturbe, en beneficio de algunos pobladores. Luego de varios problemas, por disposición gubernamental, fue anulada la expropiación y las tierras volvieron a su dueño. Más tarde, la empresa propietaria donó al Estado una fracción y 60 familias se asentaron en 60 lotes adjudicados. Pero, en este momento el problema lo crea el adminis­trador del IBR de la colonia Tacuare'é, que ubica, desaloja y anula adjudi­caciones a su total arbitrio. (Hoy, 2 de junio de 1980).

17. En el barrio General Nicolás Delgado, conocido también como 6º Línea, o Nueva Frontera, de Repatriación, unos 10 hombres armados, policías y civiles, entre los que se encontraban Arquilino del Puerto, su padre, Rodolfo y Justo González, rodearon a las 4 de la madrugada la casa del colono Ulpiano Fleitas, lo balearon en su lecho, hirieron gravemente en la cara a su mujer y aterrorizaron a sus hijos de 21, 14 y 12 años de edad. Luego, inmovilizaron a la población y el subalcalde Francisco Vera, señalado como responsable, procedió a quemar los colchones ensangrentados y a mantener como rehenes a los menores. A la tarde pusieron los restos, la señora herida y los hijos en un cachapé rumbo a Paso Yobái. En este operativo intervinieron el Juez, el presidente de la Sub-Seccional, el alcalde y 4 personas más. En el fondo de la cuestión hay un problema de tierras. Según vecinos y autoridades de Repatriación, el alcalde quería las tierras de Fleitas y quería pagar menos de lo que valían. Fleitas se resistía a vendérse­las. (Hoy, 29 de junio de 1980).

18. En la localidad de Guarambaré, Casimiro Cuenca Riveros heredó dos fincas, pero nunca había abierto la sucesión de su madre. En la campaña colorada de la Seccional de Guarambaré, conoció a Reinaldo Zayas, quien, informado de la situación, le pidió a Cuenca una autorización que solucio­nara el problema. Junto con el abogado Luis Martínez Vega, pidió su libreta de baja a Cuenca y con ella maquinaron un poder para Martínez; y el que más adelante se presentó a firmar con la baja era otro sujeto. Gravaron la propiedad en hipoteca al usurero Del Rosario Melgarejo, pero luego se descubrió todo y los estafadores fueron a parar a Tacumbú. (ABC, julio de 1980, día ilegible).

19. En el lugar denominado San Blas, Vaquería, en el término municipal de Yhú, en las colonias Curupicay, Paraí-cué y Candelaria están asentadas unas 300 familias, en tierras de un señor que a través de un Capitán les hace decir que entreguen 15.000 guaraníes como primera cuota y 80.000 guara­níes anuales durante 3 años para entrar en posesión de las tierras. Los colonos no tienen ni para la primera cuota. A los pobladores de Curupicay les dice que en breve serán desalojados porque las tierras serán vendidas a un mennonita. (Sendero, 4 de julio de 1980).

20. Un inmueble de Lambaré, está ocupado desde hace más de 40 años por una familia: Andrea Figueredo viuda de Giménez, Elisa Zárate de Giménez y Felicita Giménez de Iara. Hace mucho tiempo, un pedazo de tierra habría sido cedido por un antepasado de las mencionadas propietarias al padre del Dr. Juan Félix Morales, sin títulos, en concepto de pago por trabajos profesionales. Y ahora la familia Morales pretende la propiedad de la totalidad de la tierra. Alberto Giménez, esposo de Elisa Zárate y padre de 7 hijos, está preso desde hace 10 meses acusado de usurpar propiedad ajena. (ABC, 15 de julio, 1980).

21. En el barrio Santa Rosa, Fredesvinda Araújo de Lugo es propietaria de un terreno de 20.000 (ó 2.000 metros cuadrados, ilegible). Un año antes de esta noticia, la mitad de su inmueble había sido ocupada por más de 50 familias. Y ahora, Rubén Amado Alvarez, Juan y Luciano Florentín y Octaviano Candia, pretendieron ocupar el lugar restante, donde ella tiene su casa. Ella los acusó de usurpación de propiedad y amenazas de muerte y los hizo detener. (Ultima Hora, fecha ilegible).

22. En Pasaje Paredes entre Surbarán y Sol, Josefa Casiana Amarilla y su hijo vivían desde hace 30 años en un terreno fiscal, sin títulos. Luis Jara, capataz del Sportivo Ameliano, se presentó un día con un oficial uniformado de la Comisaría 19, echaron abajo la casita y alambraron el terreno. Al parecer el problema es así: Aurelio Paredes entregó el terreno a su hija Mirtha Paredes, casada con Leoncio Jiménez. Estos lo vendieron al Dr. Gustavo Bedoya, quien procedió al desalojo. Josefa tiene 58 años, le han prometido dinero que no le dan y quisieron obligarla a firmar un papel, pero no lo hizo. Ella sabe que tiene derechos y no se mueve de la calle, adonde fue a parar con sus cosas luego del desalojo. (Hoy, 17 de agosto de 1980).

23. Jorge Ramírez Alcaraz fue desalojado de su domicilio en la Avenida Fernando de la Mora y Cedro, con orden del Juzgado en Primera Instancia en lo Civil del Séptimo Turno. Tres efectivos policiales violentaron la ventana y tiraron los enseres a la calle. Al parecer, detrás está el usurero Carlos Ildefonso Insfrán, a quien Ramírez debe 350.000 guaraníes, que es mucho menos que el valor de la propiedad. (Hoy, 9 de agosto de 1980).

24. En la zona de la colonia Itakyry, compañía Tapé Yeré, jurisdicción de Hernandarias, cinco familias ocupan un predio de 100 hectáreas; dichas personas denuncian las persecuciones del titular de la Seccional Colorada de Itakyry, Rogelio Melgarejo, quien en una desatada acción contra quienes no lo acompañaron en la última campaña electoral, intenta apoderarse del predio con el argumento de que le habría sido obsequiado por el Presidente del IBR, Nicanor Recalde, uno de los colonos perseguidos estuvo incluso pre­so en la alcaldía de Itakyry por orden de Melgarejo, quien, por cierto, ofrece garantías a los brasileños que llegan al lugar. (ABC, 8 de agosto de 1980).

25. Los hijos del colono asesinado en Repatriación, Ulpiano Fleitas, informan que la esposa del mismo también murió. (ABC, 7 de agosto de 1980).

26. Un colono de Repatriación informó a un diario por teléfono que el subalcalde Francisco Vera, asesino de Ulpiano Fleitas y su esposa, fue trasladado con familia y bienes a la localidad de Santa Rosa, Misiones, sin castigo alguno. (Hoy, 8 de agosto 1980).

27. En el barrio Vista Alegre, un enredado problema de titulación con relación a 100 propiedades. Salustiano Sanabria, que habría iniciado pleitos por tierras fiscales, las loteó y vendió sin poder entregar los títulos. El proceso está lleno de irregularidades, como ser la no correspondencia de datos entre los lotes, una cuenta catastral no corresponde a la propiedad sino a otra de Trinidad y otras. Irma de Sanabria, esposa del vendedor de lotes, exige ahora que los pagos se le hagan a ella, pero tampoco concede títulos y se sospecha que no los tiene. Los compradores se preguntan si en realidad tiene o no la facultad de vender los lotes. (Hoy, 7 de setiembre de 1980.

28. En Lambaré, Angela Jacquet vive en un terreno fiscal y está en trámites de conseguir la propiedad. La Municipalidad le pidió 5 metros de patio para camino vecinal y luego le sacaron 8 metros más. Cuando ella quiso impedir la entrada del tractor, los curiosos que rodearon la escena fueron disueltos por la Policía. Según la directora de las obras de empedrado de la calle Cacique Lambaré y Hernán Cortés, arquitecta Baequert, ese terreno es fiscal y por tanto de la Municipalidad. (Hoy, 6 de setiembre de 1980).

29. En el barrio Ybapubúrundy de San Lorenzo, una familia de seis personas es desalojada por segunda vez, con muebles y utensilios. Se trata de Rubén Ferreira, Petrona Selva y cuatro hijos. Sería a raíz de un litigio en Tribunales por cobro de guaraníes, en el expediente "Elíseo Silva el Rubén Ferreira". (Ultima Hora, 1 de setiembre de 1980).

30. En un terreno de Areguá se instalaron varios agricultores con sus familias, que habrían hecho un contrato verbal con la propietaria, Amanda Sosa. Cuando ya habían echado árboles e iniciado cultivos, se enteran de que la propietaria había entregado el predio a una loteadora, que está proce­diendo a abrir calles y mensurar. Los agricultores quieren indemnizaciones o tiempo. (Ultima Hora, 27 de octubre de 1980).

31. En ItáYbaté, Marciano Bordón fue desalojado debido a que el terreno donde vivía fue vendido por un sobrino suyo a Julián Gómez Fleitas. Una semana después llegó el Juez de Villeta y procedió a reintegrarlo, diciendo actuar por orden del Ministro de Justicia y Trabajo. Gómez Fleitas expresa su extrañeza de que el Ministro mencionado haya anulado una medida judicial; dice que Bordón no vive en el lugar, que siempre fue capataz de estancia y que se negó a escuchar propuestas suyas para arreglar el pleito. (Hoy, 12 de enero de 1980).

32. En la compañía Cerrito, de Ypacaraí, sobre la calle Presidente Sánchez, el veterano de guerra Críspulo Figueredo es propietario de dos hectáreas. En vista de que había perdido los documentos pertinentes, reinició los trámites con la ayuda de Eleuterio Leguizamón, quien aprove­chándose de la ignorancia de Figueredo, le hizo firmar papeles que lo despojaron de su propiedad. Luego lo puso en venta en 200.000 guaraníes. (Hoy, 24 de octubre de 1980).

33. En la compañía Potrerito, a 5 kms de Itauguá, Benigno González se asentó con su familia en casi una hectárea de tierra fiscal. En el año 1978 1o quisieron desalojar y el IBR, por Resolución N° 620, le autorizó la ocupación gratuita. Poco después, título en mano apareció su prima como propietaria, Solana Flor de Lezcano. Luego de muchos ajetreos, "apareció" la Resolución Nº 737 del año 1975, que la declara con mayores derechos sobre la tierra de González. Más tarde aparecieron incluso otras resoluciones anulando la N° 620 y autorizando la venta a Solana F. de Lezcano. Esta aún no echó al ocupante, pero lo hará porque "él la reta todo el día". Y él se pregunta: "Si ocupé el terreno durante 40 años, ¿por qué ella tiene más derechos?". (ABC, 16 de octubre de 1980).

34. En el barrio Loma de Caacupé, Jaime Aníbal Chaparro compró un terreno a Eleuterio Martínez, en 250.000 guaraníes. Ahora está siendo perseguido por Hipólito Matiauda, cuyo personal destruyó la casa de Chaparro y procedió a hacer mediciones. Matiauda dijo que le pagaría por el terreno, pero no lo hace. (Hoy, 3 de noviembre de 1980).

35. En las avenidas Uruguay y Playa, Tuyú-cuá, barrio San Pedro, 16 familias deberán abandonar sus casas por la urgencia de la planta asfáltica de la Municipalidad de la Capital en ampliar su predio. Serían reubicadas en Ñemby, con títulos. Ellos no quieren irse, hace 20 años que viven en lo que era una zanja que tuvieron que rellenar con tierra traída en carretillas. El Intendente les dijo que estén tranquilos, que nadie los sacará de allí. (Hoy, 8 de noviembre de 1980).

36. En Posta Ybycuá, Capiatá, Augusto Efraím Ochoa vive en un predio desde hace más de 30 años, con su familia. En su ausencia, Lorenzo Miranda Torres, al frente de tres hombres, procedió a amenazar a su esposa con un arma, echar alambradas, talar 10 árboles, levantar una casa de madera e instalarse allí. Echaron también a otra gente que vivía en la propiedad y exhiben un título que dicen es legal. (Hoy, 30 de noviembre de 1980).

37. En Ybypé, José León Torres contrató a ocho personas para que le limpien un terreno destinado al cultivo de algodón. Esos ocho horqueteños fueron detenidos por el comisario Ramón Matiauda, de Santa Rosa, acusados de comunistas y de atropello a la propiedad. Otro comisario, Rubén Darío Pedrozo, hizo firmar a los hijos del propietario una denuncia contra las ocho personas, entre quienes estaba incluso un yerno del propietario. Más tarde fueron liberados. (ABC, 4 de diciembre de 1980).

38. En Surubi-y, Jesús Osorio Gill dice ser dueño de 11 hectáreas, recibidas en forma gratuita del IBR por ser lisiado del Chaco, con grado de Coronel. Juan Bosh y Luis Fernando Castagnino dicen haber adquirido las mismas tierras de la compañía Liebigs's, que a su vez las habría comprado de Sacarello. Estos dos últimos presentan títulos y Bosh "manu militari", acompañado de un grupo armado, procedió a echar alambradas. (ABC, 6 de diciembre de 1980).

39. En la Compañía Alfonso Tranquera, localidad de Caraguatay, varias familias ocupan 87 hectáreas. La supuesta propietaria, Dora Andrea Ba­rrios, desea alambrar las tierras y presenta los títulos de propiedad en el que consta incluso que a través del IBR habría donado 16 hectáreas para campo comunal. La información no es muy clara en los datos, pero al parecer los pobladores querrían todo (o mayor extensión) para campo comunal. (Ultima Hora, 9 de diciembre de 1980).

40. En el barrio Santa María, Aquilina Riveros viuda de Cabrera, excombatiente, fue desalojada por el señor Rodolfo Vera, un oficial de justicia y una cuadrilla de obreros. Ella dice tener títulos, pero su hijastro Benigno Cabrera, mediante procedimientos judiciales en los que ella no participó, vendió la propiedad sin su autorización. Ella acudió a la asesoría del Ministerio de Justicia y Trabajo, donde le autorizaron verbalmente a ocupar de nuevo su casa. Pero volvió el mismo Vera, acompañado de dos policías y procedió a desalojarla sin orden alguna. Vera, el nuevo comprador, es Presidente de la Seccional Colorada de la localidad de Bernardino

Caballero y luego del desalojo abordó un coche con chapa Honorable Junta Municipal, Bernardino Caballero. (Hoy, 31 de diciembre de 1980).

41. En la colonia Itaipyté, jurisdicción de Itakyry, más de treinta familias están teniendo problemas con sus tierras, debido a procedimientos no muy claros de los administradores de la zona del IBR. Existe incluso la posibilidad de que hubieran vendido las tierras a terceros. (ABC, 17 de octubre de 1980).

42. San Miguel está ubicado entre Ciudad Stroessner y Presidente Franco, a orillas del Paraná, 355 familias ocupan un predio municipal, con permiso de ocupación otorgado por la Honorable Junta Municipal de Puerto Presidente Stroessner; algunas familias tienen más de 15 años de anti­güedad de ocupación y otras entraron en enero de 1977. Pero, desde unos tres años antes de esta publicación, soportan problemas de incertidumbre, pues al parecer el Intendente habría vendido esas tierras a la Bussines Company, que a su vez las habría vendido al Sr. Puliette. (ABC, 4 de diciembre de 1980).

43. Colonos de Itutí y Puerto Ordóñez, jurisdicción de Irala, Alto Paraná, tienen serios problemas de tierras y conflictos con el que pretende ser propietario de las que ellos ocupan, el brasilero Pedro João Hermann. (ABC, 17 de diciembre de 1980).

AÑO 1981

1. Colonos de Caaguazú fueron estafados por Regalado Aguilar, Geró­nimo Vázquez y Alcibíades Domínguez Taboada, quienes, con la promesa de entregarles 40 hectáreas, les cobraron 5.000 guaraníes a cada uno, mostrándoles incluso la boleta de adjudicación del IBR. Más adelante, los colonos se enteraron de que nunca el IBR había otorgado derechos ni títulos de ocupación sobre esa propiedad. En el proceso seguido, los acusados se defendieron y uno de ellos negó haber recibido 200.000 guaraníes para puentes y caminos, diciendo que su firma había sido falsificada. (Ultima Hora, 3 de enero de 1981).

2. En el barrio Campo Grande, fue desalojada Francisca Gómez de Medina, viuda, quien al querer resistirse, fue sacada a empujones y recibió heridas. La orden fue cumplida por el oficial de justicia Nolazco Florentín, con 8 acompañantes, que dejaron a la señora tirada en el suelo e impidieron que los vecinos se acercaran a auxiliarla. Los posibles responsables serían el padre y el hermano de su fallecido marido, que quieren quedarse con la casa. (Hoy, 12 de enero de 1981).

3. En la localidad de Ayolas, Departamento de Misiones, y luego de que sus tierras hayan sido expropiadas para Yacyretá, 200 familias se asentaron en 30hectáreas alambradas, gentilmente cedidas por su propietario, Leandro Areco. Un lunes de enero se presentó Matías Villalba con autoridades locales y un tractor, dispuesto a derribar alambradas y exigiendo pagos diciendo ser propietario de esas tierras. Areco insiste en que esas tierras fueron de su abuelo y su padre y que hoy día son suyas, pero que se le perdió el título. Nada pudieron hacer en la Comisaría, porque el Presidente de la Seccional y el Juez de Paz son amigos de Villalba. Los colonos vinieron a Asunción y fueron a la Presidencia de la República con un cartel: "Señor Presidente, pueblo de Ayolas pide apoyo", pero vino un oficial de Investigaciones y les ordenó retirarse, romper el cartel, informándoles que no podrían ver al Presidente. (Hoy, 23 de enero de 1981).

4. En el barrio San Miguel, ubicado entre Ciudad Stroessner y Presi­dente Franco, se agravan los problemas de más de 300 familias asentadas en predios de la Comuna con autorización. Sin atender reclamos vecinales y en contraposición a la Ley Agraria, la Municipalidad vendió a la firma Bussiness las tierras por no más de 5 millones de guaraníes. Esta las volvió a vender a Guido Puliette en no más de 1.500.000 guaraníes. Y ahora, éste pretende vender a los pobladores cada parcela en 1.200.000 guaraníes. Quisieron dialogar con representantes del supuesto nuevo propietario, pero no acudieron a la reunión convocada. (ABC, 31 de enero de 1981).

5. En la localidad de Santa María, Misiones, en octubre de 1972, Felipa Valois de Fernández y Epifanio Rotella compraron 4 y 6 hectáreas, respectivamente, de Eduardo Rodas. La titulación debía hacerla el escri­bano Adolfo Giménez Uriarte, quien en el año 1977 y por mediación de un abogado, entregó su título a Rotella. Sigue sin entregárselo a la Sra de Fernández y lo grave es que el antiguo dueño quiere vender de nuevo la misma fracción a Francisco Amarilla y dijo haber entregado 50.000 gua­raníes al escribano para recuperar el título. El escribano no niega, pero tampoco entrega el título. (Hoy, 2 de febrero de 1981).

6. En el barrio Las Mercedes, segunda compañía de Luque, mil metros al sur del monumento a Las Residentas y al costado del arroyo Itay, viven 10 familias en una manzana y tienen entre 6 y 20 años de ocupación. Tienen contraseñas y comprobantes de gestiones hechas en la Municipalidad de Luque y en el IBR, pero aparecen supuestos propietarios, que exigen altas sumas de dinero o procederan al desalojo. (ABC, 10 de marzo de 1981).

7. En las colonias Perulero Guazú y San Luis, Ñumí, Guairá, 150 familias, algunas de las cuales ocupan las tierras desde los primeros años de este siglo, están siendo perseguidas por civiles y soldados armados, enviados por los supuestos dueños Enrique y Julio Giménez, que tendrían el respaldo de las autoridades departamentales. Los colonos ya ni tienen esperanzas en el IBR, porque un funcionario les dijo en una oportunidad que debían tener mucho dinero para ganar el pleito. (ABC, 14 de marzo de 1981).

8. En Ciudad Stroessner, en un terreno del barrio Remansito, 20 familias de precarios ocupantes están allí desde hace más de 12 años. Iniciaron ante el IBR gestiones que no prosperaron porque las tierras estaban destinadas a un aprovechamiento industrial. Pero luego apareció una persona, a quien le habrían sido vendidas, que con topadoras y obreros, procedió a desmantelar linderos y cultivos. Esta gente decía proceder por orden del Presidente de la Seccional Colorada de Ciudad Stroessner, Juan Pereira. Ante denuncias a las autoridades partidarias, fueron acusados de "usurpadores de propiedad ajena". (ABC, 16 de febrero de 1981).

9. En la jurisdicción de barrio Stroessner, 30 y algo más de hectáreas ubicadas en la villa Nuestra Señora de la Asunción, fueron ocupadas hace 5 años por varias familias. El supuesto dueño, José Tomás Brizuela Fleitas, quiere venderles las tierras, pero ellos temen la aparición del verdadero propietario. (ABC, 3 de marzo de 1981).

10. En el Departamento del Guairá, jurisdicción de Ñumí, unas 150 familias viven desde hace más de 50 años en las colonias Perulero y San Luis. En los primeros años de este siglo, la auténtica dueña, doña Escolástica Patiño, habría vendido esas tierras a Ernesto Fernández y ahora aparecen reclamando derechos de posesión los hermanos Enrique y Julio Giménez, que quieren desalojar a los colonos. Varios de éstos fueron incluso llevados a la cárcel de Villarrica. En setiembre de 1980, unas 80 personas, de las cuales 19 eran soldados armados, procedieron a alambrar las tierras plantadas, en medio de disparos. Los colonos intentaron conversar con el Delegado de Gobierno de Guairá y Caazapá, pero no fueron recibidos. El Delegado era Virgilio Ramón Legal. Acudieron al IBR, donde un funcionario de menor rango les advirtió que "deben contar con mucho dinero para agilizar los trámites". Son 200 hectáreas en total y ellos están dispuestos a pagar un precio razonable, como 13.000 guaraníes la hectárea, pero no 35.000 guaraníes, como se les pide. (ABC, 11 de marzo de 1981).

11. En el distrito de Colonia Falcón, por disposición judicial se había decretado la subasta de más de 20 hectáreas. En el acto, el terreno fue comprado por Humberto Domínguez Dibb. Pero luego se comprobó que la compra del mismo inmueble había sido antes peticionada por Francisco y Antonio Esteche Fanego, a quienes se había dado título por vía del Distrito de Villa Hayes. Domínguez Dibb promovió una demanda contra el IBR y los Fanego y el fallo de la Cámara de Apelaciones fue favorable a Domínguez Dibb. (Ultima Hora, 11 de marzo de 1981).

12. En Canendiyú, lugar conocido como la Biquina o Km. 32, a 32 kilómetros de Salto del Guairá (capital del Departamento), sobre la ruta 10 Residentas, viven desde hace más de 10 años unas 18 familias de colonos. Llegaron cuando era monte y fueron autorizados por Pablino Benítez, agente del IBR, a ocupar el lugar. Luego de unos años, acompañado de sus peones, llegó un brasilero con interés en comprar las tierras. Volvió luego acompañado del Juez de Paz de Salto del Guairá. José de Assumção, brasilero que vino a afincarse en el Km. 32, compró de un japonés 978 hectáreas, de las que 300 están ocupadas por los colonos mencionados. "No tengo una sola cuarta de terreno para los paraguayos", es su respuesta ante las propuestas de compra. Amenaza con matones armados para desalojarlos. Lo grave es que el Decreto N-° 8.958 por el que se expropian esas 300 hectáreas para colonización, ya fue promulgado el 3 de agosto de 1979. El IBR arregló el problema en apariencia, pero los colonos están ahora rodeados de alambradas, sin medios de subsistencia, sin poder cultivar ni sacar madera. (Ultima Hora, 20 de marzo de 1981).

13. En Pozuelos, 50 kms al este de Katueté, la Cooperativa "1°- de Mayo" adquirió en enero de 1974, 200 hectáreas de la firma "Tacurú Pucú Agrope­cuaria y Comercial S.A." en guaraníes 500.000 y en operación concretada con el gerente, Dr. Guillero Peroni. Esta firma vendió luego 27.000 hectáreas a Primo Zampieri, domiciliado en Rolandia, Estado de Paraná, dentro de las que estaban incluidas las anteriores 200 hectáreas. Zampieri se comprome­tió a otorgar el título a la Cooperativa, pero no lo hizo. Luego de varios años, aparecieron funcionarios de Indesa a realizar censos para las indemniza­ciones de Itaipú. A los colonos de la Cooperativa sólo le reconocerán las mejoras, pero no la tierra de la que no tienen título. Ellos volvieron a insistir con Zampieri, pero sólo obtienen promesas y temen que éste haya cobrado ya la totalidad de la indemnización. Tampoco pueden hacer nada legal contra Zampieri, pues el problema es con la firma que les vendió la tierra. Funcionarios de Indesa se presentaron con efectivos militares a exigirles que acepten la liquidación hecha, sólo por mejoras, y tuvieron que hacerlo por temor a quedar sin nada. (ABC, 2 de abril de 1981).

14. En la jurisdicción de Hernandarias, se encuentra la Colonia J. Eulogio Estigarribia, más conocida como Mbaracayú, en la que 13.000 personas ocupan 30.000 hectáreas. Tienen una producción agrícola estimada en 25.000 toneladas de soja, 7.000 toneladas de maíz, y otros rubros como arroz, trigo y algodón. Poseen 30 aserraderos cuya producción es totalmente destinada a la exportación. La Colonizadora Industrial Mbaracayú S.A. nunca otorgó títulos de propiedad a quienes ya tienen abonada la totalidad de su tierra y por esta razón siempre temieron que tuviera algún embargo encima. Ahora están preocupados porque ha salido en los periódicos un aviso de remate, citando a los acreedores embargantes. (ABC, 3 de abril de 1981).

15. En la compañía Itápúa-mí, de Luque, fue desalojada María Liboria Rojas de Ruiz, quien dice tener documentación en forma. Su marido, Pedro Ruiz Espínola, lisiado de la guerra con carnet N-° 11.583, fue detenido el 1-° de marzo por efectivos policiales de Luque, desde donde y luego de 6 días, fue remitido a la cárcel, acusado de atropello de domicilio de un tal Centurión. Aparecen como dueños de esa finca de 16 hectáreas, Eulalio Modesto Centurión, Eligio Centurión Ocampos y Oscar Mauricio Alvarenga Colmán. Efectivos policiales de Luque procedieron al desalojo invocando orden para ello, demolieron luego la casa y prendieron fuego a todo. (ABC, 7 y 8 de abril de 1981).

16. En la localidad de Ñemby, desde hace más de 35 años, Florencio Leiva, lisiado con carnet N°- 36023 y su esposa Benigna Ovelar, ocupan una hectárea en la que tienen una casa y cultivos. Hace más de un año solicitaron al IBR la adjudicación del lote y los trámites del expediente, que lleva el N° 2170/80, no prosperan. Siempre le dicen: "Venga la próxima semana", y en vista de que Leiva es ciego se le hace muy difícil cada viaje. (ABC, 9 de abril de 1981).

17. En Vaca-y, Itapúa, 25 familias están asentadas desde hace 10 y 20 años en un predio de 15 hectáreas cada una. El supuesto propietario es Francisco Baase, cuyo apoderado pide a los colonos 100.000 guaraníes por hectárea y el precio fijado por el IBR para la zona es de 23.000 la hectárea. Por ResoluciónNº 681, el IBR emplaza a Baase a presentarse. (Hoy, 13 de abril de 1981).

18. En la calle 9 casi 25 del barrio Sajonia, Antoliano Caballero y su esposa Isabel Sanabria de Caballero, con sus nueve hijos y cuatro nietos, fueron desalojados en forma violenta por oficiales de justicia y policías. Explicaron que viven ahí desde hace 30 años. El desalojo fue ordenado por el propietario, Oscar Sapena Pastor, sin previo aviso; ellos quieren comprar el terreno, pero Sapena pide 600.000 guaraníes al contado, y eso es imposible para ellos. (Hoy, abril de 1981, fecha ilegible).

19. En el distrito de Igatimí, Caaguazú, existe un conflicto sobre 10.000 hectáreas de tierra. Son reclamadas por los señores Ihunis Mussi Prieto y Hamilton Boneto Schinko al IBR, pues según ellos esas tierras fueron adjudicadas en noviembre de 1973, por cancelación de obligaciones, a la firma inglesa B. Ashwordh Oversea & Company Limited. Se supo luego que 45 días después y por Resolución N°- 461, de fecha diciembre de 1973 el IBR decidió habilitar una colonia en el mismo lugar. Sigue el pleito. (Ultima Hora, 20 de abril de 1981).

20. En la colonia 3 de Noviembre, de Colonia Independencia, 400 familias que ocupan un predio de 20.000 hectáreas, desean conversar sobre asuntos de interés común. El comisario Fulgencio Bogado les prohíbe reunirse para tratar su caso. (Hoy, 26 de abril de 1981).

21. En la jurisdicción de Villa Curuguaty, en la fracción denominada Horqueta, José Dolores Cañete compró a la Industrial Paraguaya el 20 de enero de 1974 una propiedad de 5.000 hectáreas. Varios desconocidos armados desalojaron a su personal que estaba haciendo trabajos de des­monte. (Ultima Hora, 27 de abril de 1981).

22. En la colonia Juan E. O'Leary (antes Juan León Mallorquín), en el Alto Paraná, Jacinto Cañete adquirió del IBR en 1966 un lote de 20 hectáreas. Como no lo pagó ni cultivó, en 1965 vendió sus derechos y acciones en 30.000 guaraníes y transfirió el lote a Nazario Yegros, excombatiente con carnet Nº 450 de la Asociación de Artilleros Licenciados de Paraguarí y carnet Nº 04031 del Ministerio de Defensa Nacional; en trámite realizado en la administración del IBR, solicitó que el lote fuera inscripto a su nombre, pero éste no prosperó. Al cabo de un tiempo vino Cañete, pagó y obtuvo el título de las 20 hectáreas, que más tarde parceló y vendió. Como la tierra no es para esto, Yegros denunció a Cañete y el IBR presentó contra él una demanda para anular el título, pero el juez falló a favor de Cañete. (Ultima Hora, 27 de abril de 1981).

23. En una fracción ubicada en el Km. 8 de Acaray, se ubicaron Herminio Villar y su concubina, Veronica Larrea, quienes llegaron a un acuerdo con el propietario Juan Rodríguez, sobre la base de que una vez hechas ciertas mejoras y limpieza, éste les cedería una parte de la tierra para su vivienda. Más adelante, el propietario quiso exigir a Villar que abandone el lugar y éste se negó a hacerlo por existir el mencionado acuerdo. El jueves 23 de abril (1981), Villar y su concubina fueron llevados con destino desconocido por un oficial de Policía y dos gendarmes armados; se presume que hay de por medio un juicio de desalojo. Quedaron solos y sin comida los hijos menores, de 8, 6, 4 y 2 años y otro de pocos meses, que fueron recogidos por los vecinos. (ABC, 1 de mayo- de 1981).

24. En la localidad de Pykysyry, 56 kms al norte de Stroessner, un colono brasilero, Augusto Faustino Núñez compró de Italo Díaz Caputo, de la colonia Paraguasil, una fracción de 50 hectáreas con título otorgado que identifica el inmueble como Finca N-° 7 A, fracción 5, colonia Paraguasil, Hernandarias. En una oportunidad, él hipotecó la propiedad al Banco de Fomento, quedando aún un saldo de deuda de 1.100.000 guaraníes. En compañía de un supuesto ingeniero, llegó un día Albino Torres, quien dijo ser Coronel del Ejército paraguayo, y procedió a intimarlo a que abandone esas tierras, amenazándolo con apresarlo y echarlo del país; llegó incluso una vez a arar una parcela como si fuera suya. (Hoy, 19 de mayo de 1981).

25. En Itutí y Puerto Ordóñez, Alto Paraná, 300 familias están asentadas en 6.000 hectáreas que creían fiscales. Posteriormente, tuvieron que so­portar un conflicto con el brasilero José Pedro Hermann, consiguiendo que, por Resolución N°- 1.117 del IBR, las tierras fueran declaradas colonizables. Pero, además de los incidentes con el brasilero, soportan también ahora la persecución del Intendente de Puerto Presidente Franco, Edgar Giménez Ronquetti, que dice que parte de las tierras son de su hermano, el Ing. Agrón. Angel Diosnel Giménez. (Sendero, 22 de mayo de 1981),

26. En la jurisdicción de Hernandarias, el colono brasilero Marcolino Reinke ocupaba terrenos de Benito Ovelar Ledesma, Presidente de la Seccional Colorada de Hernandarias, Saturnino Mancuello, alcalde de la colonia Santa Fe, y Maximino Argüello. Había hecho mejoras y cultivos pagando una suma mensual en concepto de arrendamiento. Cuando Itaipú indemnizó a Reinke por las mejoras y cultivos, por un monto total de 926.887 guaraníes, los tres mencionados le despojaron de más de 500.000 guaraníes. Al parecer Reinke tuvo que huir del país por temor a represalias. (ABC, 27 de mayo de 1981).

27. En Santa Ana, Caaguazú, 68 familias ocupan, algunas desde hace 60 años, un predio que comprende tres barrios: Santa Ana, Potrero Gullón (¿o Ullón) y Centro. Ahora y luego de las consabidas depredaciones, la propietaria Industrial Mbaracayú S.A., en gran parte de los hermanos Fernández, pretende vender la tierra a los colonos a un precio inaccesible con amenaza le desalojo. En una oportunidad, los colonos consiguieron que el IBR hiciera la promesa de expropiar 2.000 hectáreas, pero el asunto no prosperó y nunca se hizo eso. (Sendero, 19 de junio de 1981).

28. En los lugares denominados Arroyo Itá, Caamindy y Rancho Cuñá (colonia Carlos Pfannl) del distrito de Mbocayaty, Guairá, colonos excombatientes están siendo perseguidos por cuestiones de tierra. Las tierras que ocupan habrían sido en principio de la Interchase Corporation, pero más tarde apareció un expediente a nombre de García de Zúñiga que indica como supuestos propietarios a H. Simonin A.G. y Zúñiga y Cía. Inc. Los colonos poblaron esas tierras con autorización del IBR, que haría en la brevedad posible las mensuras correspondientes. Luego de 10 años seguían sin soluciones y ahora paralelamente a la aparición de otros expedientes, se produce la desaparición del expediente de los colonos. (ABC, 24 de junio de 1981).

29. Sobre la información anterior (número 28) siguieron informando con más detalles. La propiedad total es de 4.051 hectáreas y están ocupadas por excombatientes más o menos 2.200 hectáreas. Estos solicitaron las tierras al IBR el 30 de junio de 1973, bajo expediente caratulado 5785/73 y durante diez años no tuvieron ningún resultado. En 1977 apareció el Expediente N-° 7867/77 de la Interchase Corporation solicitando las mismas tierras y el mismo año apareció otro N-° 2215 de la firma García de Zúñiga con la misma intención. Al mismo tiempo desaparecía el expediente de los colonos. Estos mientras tanto son víctimas de amenazas, apresamientos y trabajos forza­dos por parte de autoridades civiles y militares y de un tal Lorenzo Miranda Torres, que actúa como capanga de los supuestos dueños H. Simonin y Zúñiga & Company Inc., aunque éste se presentó luego al diario ABC a negarlo. (ABC, 25 y 26 de junio de 1981).

30. En la jurisdicción de Tobatí, Santa Rosa, agricultores del lugar solicitaron en el año 1963 una fracción de 73 hectáreas y se les contestó que estaban destinadas a campo comunal. El 25 de marzo de 1981, el IBR, por Resolución Nº 555 determinó la venta de los lotes a 80.000 guaraníes la hectárea y la adjudicación fue hecha a favor de 11 personas de Tobatí, de encumbradas posiciones políticas y económicas. Entonces los primeros solicitantes procedieron a quitar los mojones y ocupar unos 22 lotes de 1,6 hectáreas cada uno. Como consecuencia, el presidente del IBR se dirigió al Jefe de Policía de la Capital solicitándole "se sirva disponer por conducto de la autoridad policial de Tobatí se adopten las medidas". Los colonos son los únicos ocupantes y primeros solicitantes y lo vienen haciendo desde 1963, en expedientes Nº 6286/63, 2014/66, 1246/71 y 4744/73. Las tierras tienen como uno de sus linderos el río Piribebuy y las mismas son ricas en arcilla y aptas para la industria olera, cosa que puede ser de interés de quienes buscan conseguirlas (Hoy, 24 de junio de 1981).

31. En la colonia Acaray (donde ya se produjeran incidentes y el asalto al ómnibus de la Empresa Caaguazú) fueron atropellados colonos que habitan en un predio de 2.000 hectáreas de lo que era una impenetrable selva a 40 kms de Ciudad Presidente Stroessner. El operativo con armas incluso, estaba dirigido por el Juez de 1º Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo en Villarrica, Pedro C. Bareiro, secundado por el abogado Hugo César Figari también de Villarrica, y quien dice ser propietaria de las tierras, Olga Mendoza de Ramos Giménez (célebre Ña Muki). En el año 1972 entraron 50 familias y dos años después 112 familias más, y desde ese momento están a la búsqueda de una solución a su problema vía IBR. (ABC, 22 de octubre de 1981).

AÑO 1982

1. Al suroeste del centró urbano, a 32 kms., aproximadamente, de San Cosme y Damián y 30 kms de Ayolas, está la estancia San Rafael. En ella, una finca de 8 hectáreas fue cedida por el propietario Francisco Bordón, fallecido en 1973, como recompensa por 38 años de trabajo en su estableci­miento a Ponciano Pereira, excombatiente de 74 años de edad. El hijo de Francisco Bordón, Guillermo Bordón López, lo persigue con intención de sacarle la documentación de la tierra; ya le robó 14 vacunos y un caballo que llevan la marca PP con boleta N-° 110.670. En un momento de necesidad, Pereira faenó una vaquilla y Bordón lo hizo apresar por 35 días, acusándolo de abigeato. A su regreso encontró todo alambrado y el acceso al camino público con portón y candado. (ABC, 4 de enero de 1982).

2. En la compañía de Pirapó-í, jurisdicción de San Pedro del Paraná, 208 familias ocupan 20 hectáreas cada una; tienen más de 1.000 hectáreas de cultivos y han construido viviendas, escuela y un puente. Desde hace 6 años están siendo perseguidas por René Aurón, que reclama como suya gran parte de la tierra ocupada. Aparece acompañado por agentes del orden; han derribado cinco viviendas y llevado maderas; obligaron a 65 familias a abandonar el lugar; algunos pobladores fueron detenidos y obligados a dejar sus mejoras. Solicitaron la presencia de un funcionario del IBR y están dispuestos a un arreglo amistoso legal, siempre que se les reconozca el derecho a la tierra que ocupan. (Hoy, enero de 1982, fecha ilegible).

3. Sobre el caso anterior, número 2, continúan las informaciones. El alcalde de la localidad de Perlita, Andrés Benítez, es el instrumento de la persecución, realiza campañas de amedrentamiento con hombres armados y a punta de pistola, aún enfrente de niños. A 9 kms. de donde están los colonos vive un francés, Pierre Bonhaure, de quien se cree quiere comprar las tierras de Aurón. El Delegado de Gobierno de Itapúa, Sergio Enrique Dacak, pasó por el lugar y, refiriéndose al puente, dijo: "Había sido bueno el trabajo de ustedes", señalando que si el IBR ganaba, ellos podrían quedarse en las tierras. En una oportunidad, el francés les habría dicho que se retiraran, pues nadie podía oponerse a Aurón, porque era amigo del Presi­dente de la República. (Hoy, 19 y 20 de enero de 1982).

4. Siempre sobre el caso anterior: "Estamos cansados de trabajar la tierra para otros", dicen los colonos y expresan también que no confían en las autoridades de la zona, ya que no actúan como tales. Las alcaldías son elementos de presión e intimidación, y no defensoras de la población. Incluso, en un tiempo los ejecutores de los desalajos eran de la Delegación de Gobierno de Encarnación y decían venir por orden del Delegado. Luego de un violento desalojo, fueron llevados a punta de pistola a la Alcaldía, frente a sus niños, Clementino Enrique y Patricio Benítez, que estuvieron 25 días en la cárcel. "Es triste comprobar esto, mi jefe, cuando día a día estamos escuchando pregonar a la Radio Nacional ZP1, que todos los paraguayos asentados en un pedazo de tierra tienen el mismo derecho. Y yo soy paraguayo, mi amigo". Por su parte, el francés Bonhaure niega que quiera comprar las tierras de René Aurón; no ha mostrado nunca los títulos y tiene un sobrino, Carlos Aurón que también procede como dueño. (Hoy, 21, 23 y 25 de enero de 1982).

5. En la jurisdicción de Horqueta, 3.500 hectáreas fueron compradas en 1973 por Jonás Rodríguez, brasilero, con documento de identidad Nº 384.923, a la Empresa Mate Larangeira Mendes S.A. Sorpresivamente, empezó a oír rumores de que el nuevo propietario se haría cargo de la tierra. Viaja a Asunción y comprueba que en el Registro General su propiedad figuraba como finca vendida en pública subasta en un juicio ejecutivo que por cobro de una supuesta deuda de 45.000.000 de guaraníes le siguiera Marina Catalina Gill de Portillo, a quien él ni conoce, en el año 1980 y ante tribunales de la capital. En diciembre de 1981, la misma propiedad fue transferida a Corina Alum, pero nadie se presentó nunca a pretender tomar posesión ni crear problemas. El expediente está perdido y él quiere saber cómo fue posible semejante juicio sin su conocimiento ni participación; al parecer habrían maniobras similares con compatriotas suyos. Su título de propiedad fue hecho en la escribanía de Carlos Alberto Scolari y la propiedad, de 3.586 hectáreas, fue inscripta a su nombre en el Registro General de la Propiedad como Finca Nº 969 de Horqueta, bajo el N°o 1 y al Folio 1 y siguientes. Denuncia también la pérdida del expediente del supuesto juicio que estaba en una de las secretarías de Carlos Raúl Noguera, de la jurisdicción comercial. Si es necesario, solicitará la intervención de la Embajada brasi­lera. (ABC, 10 y 15 de febrero de 1982).

6. En Itaypyté, jurisdicción de Hernandarias, Alto Paraná, Hermenegildo Maldonado presenta una denuncia contra Cacho Rojas, funcionario del IBR que se desempeña como administrador de la colonia. Maldonado es adju­dicatario de los lotes 21 y 22 de la manzana LL de la Colonia Itaypyté, por Resolución Nº 2114 del 12 de diciembre de 1974 con número de expediente 59839/74. En ausencia suya, Rojas tiró abajo el rancho y los alambrados y

dice reservar esa propiedad para su hermano. Maldonado solicita al IBR se le restituya su propiedad. (Ultima Hora, 11 de febrero de 1982).

7. San Carlos es una población situada a 170 kms. en línea recta, al norte de Concepción y a 2 kms al sur del río Apa. Viven en ella alrededor de 100 familias, cuyos antepasados eran oriundos del lugar y trabajaban en las estancias de la zona. Está rodeada por las estancias de la familia Antebi, que tienen un total aproximado de 400 mil hectáreas. En los primeros años de la década del 60, se firmó un decreto por el cual se expropiaba a Antebi 5.000 hectáreas para la población y este es el momento en que no pueden ocupar la totalidad de lo que legalmente les pertenece. Son unos 1.000 habitantes en más o menos 1.000 hectáreas y es ya poco lo que pueden hacer con tan poca tierra para cultivar. Denuncian también hechos personales, como cuando el agrónomo Juan Carlos Villalba, quien fue por 29 años mayordomo en una estancia de Antebi, fue despedido sin indemnización; Dominga Ortiz viuda de Morínigo, con 18 hijos y que ocupa cuatro hectáreas, entregó el 30 de abril de 1977, a un tal Argüello, agente del IBR en Bella Vista, todos los documentos de su tierra y 1.500 guaraníes con la promesa de que éste le conseguiría la ampliación de su tierra, pero Argüello desapareció. Durante la reunión mantenida, hasta el Presidente de la Seccional Colorada mani­festó su inquietud ante el hecho de no poder disponer ni de las 5.000 hectáreas que legalmente les pertenecen. (ABC, 15 de febrero de 1982).

8. En la compañía Caaguy Cupé, en Itacurubí de la Cordillera, 200 familias están asentadas en 776 hectáreas. Motivó la intranquilidad del poblado un aviso en los periódicos informando que el 12 de febrero de 1982, a las 9 horas, se iniciaría el trabajo de mensura, deslinde y amojonamiento con partición de condominio de un inmueble ubicado en Itacurubí de la Cordillera, lugar denominado Cariy, inscripto en el Registro General de la Propiedad como Finca Nº 25, bajo el Nº61, al folio 150 y siguientes de fecha 11 de enero de 1982. La comisión de mensura fue conferida por el Juez de Primera Instancia en lo Civil del Sexto Turno, Dr. Rodolfo Irún Alamani. Firma la comunicación el Ing. Virgilio Medina. La compañía está a la altura del Km. 95 de la ruta II, sus habitantes están ahí desde hace años y son descendientes de Bernardo Franco, primer propietario. Algunos vendieron sus derechos a terceros y esto podría originar confusiones. Temen que se les prive de 200 hectáreas de uso común sobre el arroyo Cariy, de donde sacan agua. Según nota del IBR a la Delegación de Gobierno de la Cordillera, la mensura fue promovida por Heriberto Bordaberry. (ABC, 13 de febrero de 1982).

9. En el distrito de Santa Elena, Atilio Zanelatto, brasilero, posee 458 hectáreas con un valor estimado en 37.000.000 de guaraníes. Zanelatto dio un poder a Miguel José Guida para vender a un tercero la propiedad o comprarla él mismo. La venta debía hacerse ante escribano y el dinero debía ser depositado en la cuenta corriente de Zanelatto, en el Banco do Brasil, de Asunción. El 28 de junio de 1979, Guida se presentó ante un escribano con César de la Cruz Mendoza Arrieta, quien a su vez tenía un poder extendido por Guida (cosa que éste no podía hacer) y de esa forma, en nombre del dueño, transfirió la propiedad a Guida y declaró haber recibido la suma de 1.328.000 guaraníes. El pago fue a través de un cheque de Mendoza Arrieta a Zanelatto, depositado en el Banco do Brasil, que resultó carecer de fondos (librado contra el Banco Itaú del Brasil, en Sáo Paulo). (ABC, 16 de febrero de 1982).

10. Con relación a una acusación hecha por un poblador de la Colonia Itaypyté, el administrador de la misma, del IBR, refuta las acusaciones diciendo que él llevados años en el cargo y ni conoce al acusador Maldonado. El Estatuto Agrario dice que en un plazo de 6 meses] os adjudicatarios deben presentarse a tomar posesión de la tierra y Maldonado no se ha presentado ni hecho alambradas. Sobre lo mismo, en carta abierta al director de Ultima Hora, Cayo Rojas Martínez, con cédula de identidad Nº 266977, refuta con iguales argumentos las acusaciones de Maldonado. (Ultima Hora, 22 de febrero del 82).

11. En Pacbeco, más de 300 personas poseen 800 cabezas de ganado que pastan en el lugar que el IBR adjudicó para campo comunal. De pronto aparecieron soldados armados que rodearon el campo con los animales dentro y no permitieron el acceso durante 15 días. Se retiraron luego por gestiones hechas por la Senadora Páez de Virgili ante los comandos de Caballería y Artillería; ellos están muy preocupados, pues quitarles el campo comunal es quitarles un medio de vida. (Hoy, 25 de febrero de 1982).

12. Alrededor de 10 familias de Luque están ocupando un sector de la calle Valois Rivarola, que será utilizada para la conexión entre Luque, Patiño e Ypacaraí. Dichas familias serán reubicadas en una urbanización ya lista y existen posibilidades de que cuenten incluso con títulos otorgados por la Comuna. (ABC, 8 de marzo de 1982).

13. Eliodoro Aquino Burián intentó estafar a su coheredero, Juan Bautista Aquino Burián, tratando de quedarse con tres terrenos ubicados frente al Yacht Club, en Lambaré. En el intento, el estafador hizo incluso declarar a su padre muerto hace 27 años. (ABC, 8 de marzo de 1982).

14. En la compañía Aquino Costa, distrito de Félix Pérez Cardozo, un vecino alambró el lugar por donde otros agricultores van a sus chacras. Estos hicieron la denuncia en la Delegación de Gobierno de Villarrica y esperan intervención de las autoridades. (ABC, 10 de marzo de 1982).

15. A la altura del Km. 13, en Luque, unas 13 familias fueron desalojadas por autoridades de la Municipalidad, sin orden escrita. El terreno es municipal y ellos exigen una reubicación, para lo cual les dicen que deben llegar al Intendente. (Hoy, 14 de marzo de 1982).

16. En la zona sureste de Ayolas, unas 300 familias se asentaron en 1980 en un predio de 12 hectáreas plagado de yuyos. Ahora aparecen tres

supuestos propietarios que piden por las tierras un precio muy elevado y amenazan con expulsar a quienes no paguen, sin ofrecer a su vez indemnización alguna por las mejoras. (Hoy, 22 de marzo de 1982).

17. En Santa Rosa, jurisdicción de Yuty, volvió a reactivarse un antiguo pleito sobre un campo comunal de 70 hectáreas, que el señor Humberto Zarza, dueño de una extensa propiedad en la zona, dice que es de él. En el pleito se ordena la detención de 31 pobladores. (Hoy, 22 de marzo de 1982). 18. Unas 1.000 familias de la localidad de Yhú, recibieron la promesa del IBR de que sus problemas de tierra serían solucionados con la expropiación de más de 8.000 hectáreas para el asentamiento de 800 familias. (Hoy, 29 de marzo de 1982).

19. Una propiedad del brasilero Jonás Rodríguez fue rematada por una supuesta deuda suya a Marina Catalina Gill de Portillo por un monto de 45 millones de guaraníes. El brasilero niega esa deuda y dice que los documentos son falsificados. El caso está en instancias judiciales. (ABC, 23 de marzo de 1982).

20. Denuncian dificultades de colonos brasileros para conseguir la documentación de sus tierras en zonas fronterizas, como Matto Grosso, Rondonia, Roraima y Acre. Se han hecho eco de esta situation "Folha de Londrina", diario de Paraná, así como el presidente de la Comisión Justicia y Paz, de Curitiba, abogado Wagner D'Angelis, quien dijo incluso: "Siempre que existe interés de grandes empresarios o políticos influyentes, el IBR procura no envolverse en la cuestión". (ABC, 29 de marzo de 1982).

21. Unas 1.000 familias ocupan en Yhú unas 13.000 hectáreas inexplotadas y estaban recibiendo amenazas de desalojo. Autoridades del IBR les prometieron que serian expropiadas unas 8.500 hectáreas en el lugar denominado ex-Vaquería para asentar a más o menos 800 familias. (Hoy, 29 de marzo de 1982).

22. La población de San Carlos está próxima al Brasil, al norte de Concepción; se halla encajonada por el río Apa, el arroyo Blandengue, el arroyo Toro Paso y la propiedad de la familia Antebi, de unas 400.000 hectáreas de extensión. San Carlos tiene sólo 4.000 hectáreas y por su ubicación específica no puede expandirse. A los pobladores la tierra no les alcanza ya ni para agricultura de subsistencia. Hace 18 años se logró que el IBR expropie a Antebi unas 6.000 hectáreas, pero de éstas sólo se pudo disponer de 1.000. (Ultima Hora, 23 de marzo de 1982).

23. En la jurisdicción de Tobatí, unas 30 familias asentadas en un predio de 73 hectáreas, están viviendo un clima de tensión, a raíz de que 10 personas, nuevas en el lugar, habrían conseguido en el IBR supuestos títulos por esas tierras. Ocho de las 30 familias tienen 15 años de asentamiento; los nuevos pretendientes están comandados por el ex presidente de la Sectional Colorada del lugar, señor Tomás Bolaños. (Hoy, 31 de marzo de 1982).

24. En San Lorenzo fue desalojado, junto con su familia, el excombatiente

y lisiado de guerra Gregorio Cuellar, quien permanece en la calle con sus enseres cubiertos por una carpa. El lote de terreno sería del fallecido señor Soanne y los que efectuaron el desalojo, sus supuestos administradores. (Ultima Hora, 24 de marzo de 1982).

25. El IBR resolvió solicitar al Poder Ejecutivo autorización para la ocupación de unas 1.500 hectáreas de tierras privadas, ubicadas en Catu­pyry, jurisdicción de Pirapó, Departamento de Itapúa; las tierras eran de René Aurón y los vecinos ocupantes habían solicitado la intervención del IBR. (Hoy, 1 de abril de 1982).

26. Representantes de 70 familias campesinas denunciaron al titular del IBR el despojo de que fueron objeto en tierras que dicen ocupar desde hace 50 años, ubicadas en la Colonia Santa Ana, distrito de Yhú; también campesinos de San Joaquín denunciaron problemas referentes a ocupacio­nes precarias y colonizaciones clandestinas, de gente que procede a lotear y vender en condiciones no muy claras. (La Tribuna, 6 de abril de 1982).

27. Natividad Molinas, en una solicitada, hace la siguiente denuncia: ella, sus hermanas y un hermano lisiado de guerra, poseen en Laureles una propiedad menor de 1.000 hectáreas. Cuatro personas pidieron la propiedad en prescripción treintenaria y perdieron el pleito; pero unas 13 personas, patrocinadas por el diputado Bader Rachid Lichi, solicitaron la expropiación so pretexto de ocupación. El IBR, a espaldas de los propietariosy sin mayores informaciones, obtuvo el decreto de expropiación. (ABC, 20 de abril de 1982).

28. En la localidad de Mbocaya-í, a 20 kms de Yhú, Caaguazú, unas 800 familias están asentadas en un predio desde hace muchos años. El supuesto dueño, Rolón Castelví, hace periódicas apariciones diciendo que se le paguen las derecheras o él las venderá a otros; este señor es presumiblemente ex funcionario del IBR y dice ser propietario de 5.000 hectáreas; los ocupantes están dispuestos a pagar precios justos y razonables. Los pocos que accedie­ron a los pagos requeridos sólo generaron problemas sociales, pues pasaron a ser dueños de las derecheras de parientes y amigos. (Sendero, 7 de mayo de 1982).

29. Con mucha dificultad se logró la habilitación de la Colonia San Blas y los problemas siguen, porque el ex dueño, de quien fueron expropiadas las tierras, sigue en la zona y los colonos aún no saben el precio que pagarán por las tierras. (ABC, 15 de mayo de 1982).

30. En la Colonia Ape-Aimé, jurisdicción de Itapúa, funcionarios del IBR entregaron 182 títulos de propiedad. (Hoy, 16 de mayo de 1982).       .

31. En el barrio Santa Rosa, jurisdicción de Lambaré, 20 familias ocupan una parcela de 99 lotes; la ocuparon hace 3 años en la creencia de que eran predios municipales. Ahora aparece el supuesto propietario, un coreano de nombre Rank Soom Chee, intentando desalojar a las familias y exigiendo sumas elevadas que ellos no pueden pagar. (Hoy, 21 de mayo de 1982). 32. Cincuenta y ocho familias ocupan 783 hectáreas de tierras del IBR,

en Tava-í, Caazapá, situadas a 12 kms al sureste de Tava-í. Desean la ocupación definitiva e iniciaron gestiones en el IBR en el año 1980; un primer expediente de su caso se halla "extraviado". Ahora aparece un interesado, Carlos Augusto Sanabria, que habría hecho pagos de mensura y logra un desalojo violento, que se realiza al mando del Jefe de la Guarnición Militar de Tava-í, con soldados y brasileros también interesados en las tierras; en el procedimiento destruyeron viviendas, quemaron una y se llevaron he­rramientas de trabajo. (ABC, 2 de julio de 1982).

33. En la compañía Mbocayá-í, de Yhú, agricultores están preocupados por la depredación que causan en las plantaciones unos búfalos de la estancia del Cnel. Sosa Gauto. La preocupación se acrecienta por el hecho de que esos daños impedirán que ellos puedan cumplir compromisos que tienen con los dueños de las tierras que ocupan. (ABC, 8 de julio de 1982).

34. En Potrero Angelito, jurisdicción de Itacurubí de la Cordillera, unas 120 familias están asentadas desde hace 20 y 30 años en un predio de 1.200 hectáreas. Los problemas comenzaron con la aparición de los supuestos propietarios; iniciaron entonces los trámites en el IBR. En una reunión reciente el Dr. Juan Manuel Frutos les informó que por Resolución N-° 1.434, solicitaba al Poder Ejecutivo la autorización para la ocupación de esos inmuebles de propiedad privada. (ABC, 10 de julio de 1982).

35. En la compañía Mbatoví, jurisdicción de Paraguarí, 11 familias ocupan un predio desde hace aproximadamente 35 años. Están peleando para evitar ser desalojados y solicitaron la intervención del IBR. (Ultima Hora, 9 de julio de 1982).

36. César Augusto Udrízar Ruiz Díaz, acompañado del Cnel. (SR) Luis A. Ramírez, se presentó a la redacción de Ultima Hora, a desmentir declaraciones hechas por una señora con relación al problema de tierras en Mbatoví, Paraguarí, que afecta a 11 familias. Ellos dicen ser los verdaderos propietarios, que los pobladores son solamente arrendatarios y niegan que estén allí desde hace 35 años. (Ultima Hora, 12 de julio de 1982).

37. Fue condenado a 6 años de cárcel Alcibiades Domínguez Taboada, hallado culpable del delito de falsificación de instrumento público y estafa en perjuicio de numerosos colonos de Caaguazú y otras localidades. (Ultima Hora, 12 de agosto de 1982).

38. En Ka'aguy Kupé, 8 kms al oeste de Itacurubí de la Cordillera, unas 500 personas ocupan un predio de 776 hectáreas desde hace años, algunos incluso llegan a los 60 años. Ahora aparecen supuestos propietarios que, acompañados de soldados, intentan mensurar las tierras. Los campesinos están dispuestos a ir a las armas por defender las tierras que ocupan. (Hoy, 16 de agosto de 1982).

39. En Puerto Península, jurisdicción de Presidente Franco, Alto Para­ná, 300 familias ocupan precariamente una propiedad privada desde hace más de 12 años. En ocasión de una visita hecha al lugar por el Dr. Juan Manuel Frutos, los ocupantes le pidieron sean garantizadas sus ocupacio­nes, hasta tanto se resuelva la situación. (Hoy, 18 de agosto de 1982).

40. En la colonia Félix de Ázara, jurisdicción de Hernandarias, Rufino Sosa Farías, oriundo de Ybycuí, denunció la apropiación ilegítima de su propiedad cometida por el brasilero Joáo Soares de Agrial, quien procedió con apoyo de las autoridades policiales de Hernandarias. Sosa Farías presenta documentos que confirman que la propiedad le fue adjudicada por Resolución del Consejo del IBR, de fecha 5 de setiembre de 1980. (ABC, 18 de agosto de 1982).

41. En Yataity, jurisdicción del Guairá, un predio en condominio entre varios vecinos era utilizado como campo comunal. Imprevistamente, algu­nos resolvieron alambrarlo. En vista de esto los vecinos decidieron recurrir al IBR, para la solución del problema. (La Tribuna, 20 de agosto de 1982). 42. En la compañía de Itaybumí, la señora Eugenia Ayala de Ayala, heredó de su marido un terreno de 4 hectáreas. En el año 1979 contrató los servicios del abogado Hugolino Bogado Medina, para que pusiera el terreno a su nombre en el Registro General de la Propiedad y él, aprovechándose de la ignorancia de la señora, lo traspasó a su nombre. (Ultima Hora, 6 de setiembre de 1982).

43. A partir de 1973, Saltos del Guairá fue erigida en capital del Canendiyú y está situada en tierras de la colonizadora Saltos del Guairá S.A., propiedad privada de varios "visionarios" que, a fines de la década del 50, compraron al IBR 20.000 hectáreas, ubicadas en el ángulo formado por el río Paraná, Saltos del Guairá y frontera seca con el Brasil. Este hecho plantea problemas muy especiales como, por ejemplo: el que la Municipalidad no posee tierras. (ABC, 9 de setiembre de 1982).

44. En la colonia Paraguay Pyajhú, 60 kms al norte de Hernandarias, a orillas del río Paraná, Silvino Strada y Elio Singer, brasileros, denuncian haber sido despojados de tierras ya pagadas al Instituto de Bienestar Rural. (ABC, 14 de setiembre de 1982).

45. Denuncian atropello de propiedades de paraguayos, brasileros, argentinos e italianos en la zona del distrito Domingo Martínez de Irala, al sur del río Monday. Soldados al mando del capitán Rubén Velázquez, por orden del Inspector Mayor José Ignacio Irrazábal, que dice tener instrucciones del Ministro Sabino Montanaro, proceden a hacer picadas y amojonar tierras; dicen tener órdenes de mensurar 85.000hectáreas en la zona. (ABC, 16 de setiembre de 1982).

46. Existe un problema con relación a unas tierras que al parecer corresponden a un inmueble de gran extensión, perteneciente a la herencia de la sucesión de Benjamín Fontao, quien falleció en 1922. El procedimiento afecta a muchas propiedades, como, por ejemplo, la Estancia Marangatú, una propiedad de 100 hectáreas adquiridas por la familia brasil era Dalazen, y muchas otras. Entre las personas que adquirieron supuestamente derechos

sobre las tierras de Fontao están el Gral. Tomassone, el Delegado de Gobierno del Alto Paraná, Cnel. (SR) Antonio Oddone Sarubbi, y el Director Administrativo del Ministerio del Interior, Guillermo Gómez Garcete, este último propietario de 8.000 hectáreas. (ABC, 18 de setiembre de 1982).

47. Treinta y cinco familias de Saltos del Guairá, Departamento de Canendiyú, fueron indemnizadas por Itaipú porque vivían en un predio que iba a ser afectado por el embalse. Fueron ubicadas en otro predio, conseguido por Decreto del Poder Ejecutivo, que resultó ser parte de la reserva de Itaipú. La duda que tienen es entonces si serán indemnizadas por segunda vez. Conocedores del tema lo dudan, y suponen que quienes deben hacerlo son las autoridades de la Municipalidad de Saltos del Guairá. (Sendero, 17 de setiembre de 1982).

48. Unos 500 colonos de Santa Rosa, Puerto Presidente Stroessner, carecen de documentación; son, en su mayoría, brasileros productores de soja y menta. Igual problema tienen colonos brasileros de Gleba, en Hernandarias. Esta situación les acarrea numerosos problemas. (ABC, 26 de setiembre de 1982).

49. El IBR inicia juicio de nulidad de título de Benjamín Fontao, en vista de que numerosas colonias están teniendo problemas ante la aparición de supuestos herederos de los derechos de dicha sucesión. Se trata de 68.000 hectáreas, pretendidas por la sucesión de Fontao, fallecido hace 60 años. Luego de numerosos traspasos, dichas tierras fueron reivindicadas por el Estado, que instaló allí a numerosas colonias. (Hoy, 28 de setiembre de 1982).

50. El Poder Ejecutivo promulgó el Decreto N-° 35.776 por el cual autoriza al IBR la ocupación inmediata, mensura y loteamiento de tierras en Santa Ana, Yhú, donde viven numerosas familias de agricultores desde hace unos 40 años. Las tierras eran propiedad de la Industrial Mbaracayú S.A. y sucesores. (Ultima Hora, 27 de setiembre de 1982).

51. El Juzgado en lo Criminal del Sexto Turno solicita la captura de cuatro implicados en una estafa a agricultores con relación a 212 hectáreas ubicadas en Potrero Garay, Ybytymí. En 1952 se habían reunido más de 100 personas para realizar la compra de la tierra, pero el vendedor, en compli­cidad con uno de los compradores, omitió el nombre de todos los otros en la escritura. Posteriormente se comprobó que incluso habían vendido el predio a terceras personas. (Hoy, 8 de octubre de 1982).

52. Santa Teresa es una colonia ubicada en Caaguazú, con estrechas relaciones con la zona del Alto Paraná; está habitada por unas 750 familias de brasileros descendienes de alemanes y en su mayoría provenientes del Estado de Paraná. Los colonos han pagado por las tierras que ocupan, pero no tienen títulos y en apariencia todo está embargado y no existen mensuras ni planos del loteamiento. Los últimos diez años han tenido muchos proble­mas creados por el griego Efthymios o Timios Ioannidis en sociedad anónima con la hija de un ministro. El mencionado griego comete toda clase de atropellos. (Sendero, 8 de octubre de 1982).

53. En la colonia Palmita] fue muerto un colono brasilero, Teodoro Martens, de un tiro dado por un conscripto que formaba parte del grupo de civiles, policías y militares, enviados al distrito de Domingo Martínez de Irala para mediciones de tierras. El hecho tuvo relación con una denuncia presentada por Wilfrido Cañete en estado de ebriedad. Según declaraciones del propio comisario del lugar, en vez de actuar como correspondía, las autoridades de El Naranjal intervinieron con las trágicas consecuencias citadas. (ABC, 8 de octubre de 1982).

54. Según informaciones del diario brasilero "O Paraná", editado en Cascavel: "Paraguayos amenazan expulsar a brasileros". Reproduce decla­raciones de Pedro Farber, colono brasilero propietario de 60 hectáreas en El Naranjal, distrito de Domingo Martínez de Irala, Alto Paraná, que sostiene que 1.000 familias brasileras estarían siendo amenazadas con la expulsión por parte de autoridades paraguayas. Al parecer, unas 167.000 hectáreas serían ocupadas por grupos de paraguayos que aparecieron con soldados, miembros del Ejército y agrimensores y procedieron a demarcar, presen­tando títulos del año 1911. Los brasileros compraron las tierras a la Colonizadora Naranjal y tienen títulos expedidos por el IBR. Les causó sorpresa ver que un ministro y un vice-delegado eran los supuestos propie­tarios y saber que si querían quedarse debían abonar nuevos precios. (Ultima Hora, 21 de octubre de 1982).

55. En la localidad de Yacaré-kaí, Santa Ana, distrito de Yhú, unas 10 familias de campesinos ocupan un predio de 380 hectáreas desde 1979 por medio de un contrato verbal y la entrega de una suma de dinero, al señor Alberto Fernández, de La Industrial Mbaracayú. Habían sido mensuradas unas 10hectáreas para cada familia. Más adelante, Fernández desapareció y, al parecer, transfirió la propiedad a un abogado de nombre Fulgencio Yegros, quien a su vez las habría vendido a un militar retirado, Cnel. (SR) José Jesús González; los supuestos dueños han iniciado construcciones y desmontes sin escuchar a los colonos. (Sendero, 22 de octubre de 1982).

56. En la colonia Mandijhó, jurisdicción de San José de los Arroyos, unos 200 pobladores ocupan un predio desde hace 30 años. Las tierras habían sido expropiadas por Decreto N-° 32.849 de fecha 24 de mayo de 1973 y pertenecen al IBR. Ahora se presenta el Cnel. Federico Rubén Campos, con varios soldados, y procede a alambrar todo el predio. (Ultima Hora, 27 de octubre de 1982).

57. En tierras ubicadas en el distrito de Yhú, Caaguazú, se hallan pobladores, algunos desde hace 40 años. Denuncian persecuciones de supuestos propietarios que siempre aparecen acompañados de soldaditos. (Hoy, 28 de octubre de 1982).

58. Con relación a la sucesión Fontao, Francisco R. Jara Irala dirige una

carta al director del diario Hoy, en la que afirma que la extensión es de 68.000 hectáreas y que las colonias Naranjal, Santa Rosa, Formosa y Domingo Martínez de Irala no están ubicadas en ellas. Dice que sólo existen allí 20 familias con documentos a su vez cedidos por otros colonos. Por último, sostiene que ellos tienen documentos en forma y los problemas surgidos se deben a que hay gente que alega derechos sobre las tierras, sin tenerlos. (Hoy, 30 de octubre de 1982).

59. En la compañía Depósito-cué, de Ybú, varios pobladores enfrentan problemas con el presidente de la sub-Seccional, Concepción Cristaldo y su esposa, Teodosia Duarte de Cristaldo, que dicen ser dueños de las tierras de la familia Bogarín y hostigan a dicha familia y a todas las otras; llegaron a cerrar el portón de salida a Yhú. Las tierras eran del Dr. Sanabria y, según el Dr. Juan Manuel Frutos, ya estaba por salir el decreto de expropiación. La Sra de Cristaldo llegó a hacer amenazas de muerte y hacer disparos al aire cuando el agrimensor Fleitas, del IBR, estaba mensurando los lotes de los colonos. (Hoy, 29 de octubre de 1982).

60. Hermes Ríos, funcionario del IBR en Caaguazú, y Casto Portillo, funcionario del IBR en Yhú, son denunciados por pobladores de la compañía Kurupikay, por vender lotes ya cultivados y por exigir precios muy elevados por las parcelas. (Hoy, 30 de octubre de 1982).

 

-IV-­

EL INSTITUTO DE BIENESTAR RURAL.

AUTORIDADES NACIONALES. OTRAS INSTITUCIONES. POLITICA AGRARIA DEL GOBIERNO.

 

1. SE ACABAN LAS TIERRAS FISCALES

 

Con su advenimiento al poder, a mediados de la década del 50, el régimen actual se encontró con una gran cantidad de tierras fiscales, tanto en la Región Oriental como en el Chaco. Sumado a este hecho, las grandes empresas latifundistas, de ambas regiones, no habían accedido aún a una explotación intensa y mecanizada de las tierras, razón por la que núcleos poblacionales podían asentarse por largos años en parcelas de tierras sin que los propietarios crearan problema alguno.

Por otra parte, la población se hallaba muy concentrada en torno a la capital, en áreas de minifundios y en vista de las grandes extensiones fiscales existentes en sectores más alejados, el Gobierno inició una campaña de colonizaciones y ubicaciones de núcleos poblacionales. Amas de solucionar problemas sociales que, por cierto, aún no constituían una presión fuerte, la idea era en cierta medida descongestionar las zonas aledañas a Asunción.

Se inició la parcelación de las tierras fiscales y la adjudicación de los lotes. Este proceso se desarrolla durante las décadas del 50 y 60 sin mayores dificultades y desde fines de 1970 se empiezan a plantear problemas más serios que acarrean consigo la necesidad de una definición de la política del gobierno con relación a la cuestión agraria. Hasta ese momento, el trabajo no ofrecía mayores inconvenientes porque, más que de Reforma Agraria, se trató de un desplazamiento poblacional desde zonas de minifundio hasta sobrantes de tierras fiscales existentes en el interior del país. Además de éstas, existía incluso una famosa reserva en la zona del Monday de más de 100 mil hectáreas de tierras que eran prácticamente las mejores del país; en torno a éstas se elaboró un programa de desarrollo que contó con el financiamiento del Banco Mundial; el proyecto era para un área de 100 mil hectáreas y fue publicado en tres volúmenes, costó millones de dólares y se elaboraron colonias modelo, redes camineras e infraestructura en general. En el año 1965 se veían en el IBR las fotos aéreas de la zona de este proyecto que, lamentablemente, no se concretó.

La extensión de 100 mil hectáreas fue loteada en lotes ganaderos, que en la Región Oriental pueden tener desde 300 hasta 1.500 hectáreas y, en su mayoría, fueron adjudicados a militares. Se perdió la oportunidad de dar excelente ubicación a una inmensa cantidad de familias de agricultores. Hasta hace poco la cuestión relacionada con la escasez de tierras era privativa de la Región Oriental; se tenía un poco la idea de que a pesar de los latifundios y a pesar de los grandes establecimientos ganaderos, en la Región Occidental quedaban grandes extensiones de tierra. Hay varios factores que hacen que una ubicación en el Chaco no sea precisamente la mejor para un agricultor: la calidad de la tierra no es óptima para varios rubros comerciales, los caminos y vías de comunicación son más difíciles, los centros de comercialización quedan a grandes distancias, la falta de agua requiere una inversión monetaria alta y, en líneas generales, tanto para el cultivo como para el transporte y comercialización, se necesitaría mucho dinero y una fuerte inversión. Pero, ¿qué ha sucedido en los últimos años? Observando mapas del Instituto de Bienestar Rural, se llega a la conclusión de que tampoco existen ya las grandes reservas mencionadas. De acuerdo al Estatuto Agrario, el Instituto de Bienestar Rural puede adjudicar y titular hasta 8.000 hectáreas por persona en esa región y últimamente se han venido realizando parcelamientos a nivel de gabinete. Los responsables de ese trabajo, que aún no fue completado en el mismo terreno, dicen trabajar con mucha precisión sobre fotos aéreas y referencias; son, en especial, hitos muy bien fijados que figuran en los planos que la firma Casado tiene de sus tierras. Estos lotes han sido en su mayoría adjudicados a militares en planos de los loteamientos y existen incluso muchas fracciones ya tituladas y sobre las que nadie fue todavía a establecer lo mojones.

Otras tierras, que también en su mayoría fueron adjudicadas a milita­res y personas que ocupan altos cargos a nivel nacional, son las situadas al norte del Cerro Chovoreca; se ha, incluso, constituido una cooperativa, prácticamente de militares.

La conclusión de cuanto hemos señalado es que, a partir de los fines de la década del 70, empiezan las trabas para ese proceso migratorio interno porque se acaban las tierras fiscales y se inicia una explotación mecanizada

y toda una corriente especulatoria con relación a las tierras. En razón de ello, el Instituto de Bienestar Rural se encuentra en un momento de real definición de su política agraria y ante la imperativa necesidad de proceder a las expropiaciones de latifundios. Es la única salida que le queda si desea consolidar su papel de responsable de la Reforma Agraria.

 

2. EL INSTITUTO DE BIENESTAR RURAL

 

De esta forma, entramos en el tema de lo que es el Instituto de Bienestar Rural, más conocido como IBR. En sus orígenes fue el Departamento de Tierras y Colonización, que en el año 1956 pasó a llamarse Instituto de Reforma Agraria y, según Decreto del Poder Ejecutivo y en virtud de la Ley 852 del año 63, se convirtió en lo que es hoy, Instituto de Bienestar Rural. Es una entidad autárquica, con recursos propios; es la encargada oficial de la Reforma Agraria en nuestro país y es la principal y con mayor fuerza entre las que operan en el sector agrario. Las leyes pertinentes fueron sancionadas como para ser implementadas por esta institución.

En líneas generales, la política del IBR es ambivalente, porque alterna una suerte de apoyo al campesino, aunque en mucho menor escala de la necesaria, con posturas adoptadas por presiones externas ejercidas. Dentro de la institución existen diferentes corrientes: algunas con mayor interés en el agricultor, otras sensibles a las presiones sufridas y otras que directa­mente sólo buscan ventajas personales.

La institución siempre tuvo un manejo muy particular con las fuerzas militares, que le proporcionaban un cierto respaldo, tal vez porque fueron los más favorecidos; este respaldo otorga al IBR un margen de operaciones, aunque en algunos casos conflictivos, estas mismas fuerzas han sido usa­das para la persecución a los campesinos, sin que el IBR haya tenido la menor intervención.

Otro factor que incide negativamente en el desarrollo de los fines de la institución, es la excesiva corrupción existente en ella y en medio de la cual hay que ir elaborando y rescatando medidas favorables al agricultor. Deben ser mencionados algunos casos conflictivos en los que, cuando el problema desbordaba en forma total y definitiva la capacidad de los agricultores agredidos, el IBR decidió intervenir a favor de éstos; no siempre la solución fue la mejor y casi siempre hizo concesiones, pero al menos intervino para cierta protección. El trabajo de colonización de Oyopoy contó con el apoyo de la institución sin el que dicha experiencia no se hubiera podido desarrollar.

El trabajo del IBR está, pues, lejos de responder realmente a los intereses del agricultor y, menos aún, de llevar a cabo Reforma Agraria alguna; pero, ya sea por evitar presiones demasiado fuertes o porque dispuso en cierta época de extensiones de tierra fiscal, se puede decir que algo hizo por solucionar el problema de tierra para un reducido número de agricultores y campesinos. En este momento se enfrenta ya a serios problemas que van a requerir una definición radical de su postura.

 

3. EL IBR Y LAS AUTORIDADES NACIONALES

 

Esta institución fue creada por el régimen actual. Sus directivos son adictos, al menos en algún porcentaje, al mismo, y su política general está, en última instancia, supeditada al funcionamiento total del país. Dentro de este cuadro, es difícil determinar con precisión y mayores detalles y exactitud si las relaciones del IBR con las autoridades son buenas, regulares o malas.

Por un lado, tienen cierto respaldo de los militares, sobre todo de los sectores favorecidos, y en las decisiones finales el Consejo termina alineándose a la presión externa recibida por parte de algún funcionario influyente del gobierno, aunque queden de lado los intereses del agricultor. Pero, por otro lado, hay un hecho que ubica a la institución en un lugar muy especial y es que, la mayoría de los personajes oficialistas que ocupan cargos políticos en el gobierno, están ligados a grandes empresas, nacionales o extranjeras, en forma de socios, asesores, accionistas o miembros de directorios. Esto hace que sus intereses sean incompatibles con los de la institución y ésta no sea bien vista en dichos círculos. Se ha llegado a mencionar la posibilidad de "infiltrados con tendencia izquierdista" que han logrado ocupar un puesto preponderante dentro de ella.

Suponemos que otro motivo de la desconfianza puede ser el temor al manejo que esa institución tiene posibilidades de dar a los problemas campesinos, cosa muy ligada a futuras presiones de orden social, económico y político. Reiteramos que también en este campo se dan las ambivalencias de la institución, pues, si bien no existe una relación de confianza total, la corrupción institucionalizada ha llegado hasta ella y que, de una forma u otra, ha favorecido a personas ligadas al régimen, o a intereses ajenos a los del campesino.

 

4. EL IBR Y LA REPRESIÓN DE MILITARES

 

Hemos visto en páginas anteriores la frecuencia con que las fuerzas militares han intervenido y lo siguen haciendo en conflictos sobre tenencia de tierras, y lo han hecho siempre a favor del explotador y en contra del agricultor paraguayo. Tampoco en este campo podemos determinar una línea de conducta clara por parte del IBR. En pocas situaciones muy conflictivas ha adoptado una postura favorable al colono, respondiendo en cierta medida a los llamados de éste; otras veces se h a interesado y resuelto, demostrando al menos definirse en favor de los agredidos, aunque casi siempre su intervención ha sido para tranquilizar un determinado ambiente y hacer concesiones al otro sector. Pero hay casos, y no pocos, en los que la institución ha dejado pasar los problemas como si no hubieran existido, sin interesarse ni intervenir para nada.

 

5. NECESIDAD DE UNA REGLAMENTACIÓN

 

Sabemos que la Constitución Nacional y en especial el Estatuto Agrario establecen delineamientos claros con relación a la tenencia de tierra y programas de colonización; es evidente que, si ellos se cumplieran a cabalidad, otra sería la situación del país, aunque ello no significa que no haya mucho que mejorar. Como ejemplo de esto y por su estrecha conexión con las adjudicaciones y colonizaciones, vamos a señalar el hecho de que, si existen algunos artículos del Estatuto Agrario que deben ser reglamentados, existe uno que estipula que la extensión máxima de que puede ser propietaria una persona en cada región, se establecerá de acuerdo a la densidad poblacional y a la superficie total del área, pero no han sido dictados reglamentos que contribuyan a mejores resultados.

En estos momentos, en Paraguarí se está tratando de desarrollar un proyecto regional y los estudios previos demuestran que más o menos el 90/0 de las tierras está en poder del 10% de la población, vale decir que, el 90% de la población se las arregla con el 10% de la tierra. Este es un buen trabajo del que se podrían extraer bases para una reglamentación de algunos artículos del Estatuto Agrario, algunos de los cuales también son de la Constitución Nacional, pues, como la ley es anterior a la Constitución, varios de sus artículos tuvieron más tarde consagración Constitucional.

En 1980 hubo en el IBR un Seminario sobre Desarrollo Rural por Areas y Explotación Agrícola Asociada, y uno de los principales pedidos formulados y que figuró entre las conclusiones, fue precisamente que se proceda a las mencionadas reglamentaciones; pero, hasta hoy día no existe nada al respecto y en distintas zonas del país como, por ejemplo, Misiones, Ñeembucú, Concepción, siguen conviviendo latifundios y extensos campos ganaderos con pequeñas áreas agrícolas minifundiarias.

 

6. TRÁMITES PARA EXPROPIACIONES

 

Muy ligado al punto anterior y con relación a lo que señalábamos sobre la imperiosa necesidad del IBR de proceder a expropiaciones para lograr solucionar los múltiples problemas sociales generados por la falta de tierra, está el tópico de las expropiaciones.

Con un gobierno cuya tendencia oficial es una excesiva y marcada protección a la propiedad privada, es desde luego muy difícil llevar a cabo una reforma agraria, que debe necesariamente contar con la realización de expropiaciones.

A modo de ilustración vamos a consignar lo referente a un aspecto, que es el de lograr una determinada expropiación. De acuerdo al Estatuto Agrario, se establecía un mecanismo relativamente ágil para el proceso de la expropiación de una determinada extensión de tierra: los trámites se iniciaban ante el IBR, una vez cumplidos los requisitos por intermedio del Ministerio de Agricultura y Ganadería, se solicitaba al Poder Ejecutivo el Decreto de Expropiación y, una vez conseguido éste, el IBR se encargaba de la aplicación del mismo y el asunto estaba concluido; si había ya una suerte de apoyo por parte de la institución, era un procedimiento expeditivo y había posibilidades mayores de éxito. Pero, sucede que la Constitución Nacional de 1967 impuso una variante que no sólo alarga los trámites, sino posibilita la injerencia de mayores elementos negativos para un final positivo.

En el artículo que regula las funciones de la Honorable Cámara de Senadores, se confiere a ésta la facultad exclusiva de iniciar todos los procesos que guarden relación con el régimen de modificaciones de la propiedad inmobiliaria; vale decir que, de acuerdo a la Constitución, el proceso de una expropiación debe necesariamente iniciarse en la Cámara de Senadores. Administrativamente, el pedido debe ser hecho al IBR; una vez que la institución dé un dictamen favorable, ella misma debe encargarse de plantear el hecho a la Cámara de Senadores y solicitar la sanción de una Ley de Expropiación. Ha quedado de lado el trámite anterior de Decreto del Poder Ejecutivo. No es necesario recalcar demasiado el hecho de que han surgido más trabas aún para que un proceso de esa naturaleza progrese hacia su objetivo final.

Ahora bien, este nuevo trámite ha acarreado consigo algunas dificultades, sobre todo derivadas del hecho de que el Estatuto Agrario es anterior a la Constitución y todavía no hay una jurisprudencia uniforme sobre si es constitucional o anticonstitucional un decreto de expropiación dictado con . anterioridad a la Constitución Nacional. La opinión de los agraristas en general es de que para los casos incluidos en los contemplados por el Estatuto Agrario como tierras expropiables, no es necesaria la sanción de la ley de expropiación; se trata de tierras ocupadas, tierras necesarias para resolver problemas de tipo social, tierras para asentamientos indígenas, etc., para las que sólo debería ser necesario el trámite del decreto promulgado por el Poder Ejecutivo. Y consideran necesaria la sanción de una ley para aquellos no contemplados en el Estatuto Agrario, como, por ejemplo: las tierras que serían inundadas por Itaipú u otros casos de tierras no previstas como expropiables.

Otro inconveniente surgido es el que se refiere al hecho de que, como el Estatuto Agrario y su trámite de decreto es anterior a la Constitución Nacional, de quererse continuar con la vigencia del mismo, debería sancionarse otra ley que convalide y dé plena validez a dicho trámite.

Lamentablemente y por uno u otro motivo, el criterio fuerte y posiblemente el que prevalecerá es el que sostiene que hay que ir ala Cámara de Senadores y no parecen haber indicios de otra solución mejor y más práctica.

 

7. OTRAS INSTITUCIONES

 

Vamos a hacer una breve mención de otras instituciones que, de una u otra forma, operaron en el sector rural; algunas lo siguen haciendo a través de programas iniciados hace años, pero que en general sus actividades son limitadas.

El Crédito Agrícola de Habilitación es una institución oficial, autár­quica, autónoma, que tiene un Consejo presidido por el Ing. Esteban Medina; otros de los seis miembros del Consejo son representantes de entidades como el Ministerio de Agricultura y Ganadería, el Banco Nacional de Fomento, el Banco Central, el Instituto de Bienestar Rural, etc. Tiene su ley orgánica y sus propias fuentes de recursos. Esta institución opera en el sector rural, pero preferentemente en forma de créditos, es decir, asistencia crediticia para la fase de habilitación de una colonia. En sus inicios, esta institución trabajó con programas de colonización, pero hoy día su vinculación con las colonias es ya escasa y sólo se relaciona con la recuperación del precio de la tierra.

Su vinculación con el Poder Ejecutivo es a través del Ministerio de Agricultura, aunque no esté íntimamente ligado a éste.

El Crédito Agrícola de Habilitación ha trabajado en varios sectores, como, por ejemplo, Valenzuela y Piribebuy, donde tienen varias colonias establecidas; las tienen también hacia la zona sur de Misiones. En el eje norte forma parte de programas integrados de desarrollo agrícola, que son programas donde están varias instituciones, como: el IBR, el Banco Nacional de Fomento, algunos Ministerios, como el de Salud, Educación yAgricultura. Asimismo, tiene un programa en común con la Universidad Católica. Esta institución, pues, que tuvo su fase de colonización sin entrar en plantea­mientos relativos a reforma agraria, sigue hoy sus vinculaciones con el sector agrario para trabajos de administración y recuperación del precio de la tierra.

Otra institución que trabaja en el campo es el Servicio de Extensión Agrícola; es un servicio del Ministerio de Agricultura, al que se encuentra estrechamente ligado. Se ocupa exclusivamente de proveer de asistencia técnica a los agricultores.

 

8. POLÍTICA AGRARIA DEL GOBIERNO

 

El Paraguay es un país fundamentalmente agrícola-ganadero; esto significa que éstos rubros, y en especial el agrícola, deben ser los mejor apoyados por una política económica de gobierno que apunte a los intereses nacionales y de cada uno de sus habitantes y sea coherente con una línea trazada para el mundo exterior y a través de la que consigue créditos y ayuda económica y técnica. Pero pareciera que, en vez de tener en su mira el sector agrario, la política nacional está signada por un desarrollismo acelerado, dentro de cuyo programa el mediano y pequeño agricultor es más bien una traba.

Hay desde luego mucha gente que sostiene que la humanidad debe marchar siempre adelante, dejando atrás a los débiles, que no han podido sobresalir, invocan también las etapas del desarrollo productivo: caza y pesca, ganadería y agricultura y ahora una agricultura mecanizada, como ineludibles y en las que forzosamente ciertos renglones deben ir desapareciendo.

Los programas de desarrollo necesitan de grandes empresas agrícolas con sistemas mecanizados, cuya productividad es elevada y su explotación de la tierra es intensa y total. Naturalmente, en este esquema es difícil ubicar al mediano y pequeño agricultor, que de inmediato y para "beneficio global" del país pasan a ser estorbos en vías de desaparición.

Dentro de esta línea se admite y recibe con total beneplácito a las grandes empresas latifundistas o multinacionales que de inmediato arrasan con medianos y pequeños cultivos, y con los bosques, y cubren la tierra de cultivos destinados a exportación. No se puede dejar de mencionar la suerte de los bosques, de los que sólo importa la rentabilidad y van desapareciendo aceleradamente de nuestro suelo. Son estas empresas y las que se encargan de la exportación de los productos las que, de una u otra forma, reciben el apoyo del gobierno y sólo así se explica la increíble polarización que se ve en dos sectores supuestamente relacionados entre sí: por un lado, agricultores con un nivel de vida bajísimo y una ganancia económica cero y, por otro lado, exportadores multimillonarios en dólares.

Finalmente, cuando el uso y abuso de la tierra ha sido total, aún sigue siendo más importante utilizarla como factor de especulación, que permitir su utilización por parte del sector agrario y campesino. Surgen así las "loteadoras" y colonizadoras, cuyo interés es meramente comercial y cuyas condiciones nada tienen que ver con las posibilidades reales del campesino paraguayo.

A nivel campesino se habla mucho de nacionalismo y de protección al campesinado, pero nada de esto se traduce en hechos concretos, muy al contrario. No existen medidas mínimas que permitan al campesino superar la situación en que vive. Ni siquiera se cumplen las leyes existentes, con lo que por lo menos existiría una aproximación a una distribución y utilización justa de la tierra.

La política agraria del gobierno y las estructuras económicas sobre las que se sustenta, no tienen entre sus prioridades el interés del sector rural. En líneas generales no hay mucho que agregar sin caer en repeticiones, pero es interesante consignar hechos concretos que demuestran lo señalado.

En la adquisición de la tierra, por ejemplo, los cálculos de las posibilidades económicas referentes a la fijación de los precios y los plazos de pago, no tienen en cuenta la situación del agricultor; tan escaso es el apoyo recibido que a la larga la manutención familiar termina consumiendo lo que tiene y pocas veces está en condiciones de devolver los créditos recibidos o de hacer entregas por la tierra ocupada. Demás está decir que la tierra no es el único problema y sin créditos no puede producir. El riesgo es que nuevamente el campesino sea alejado de la tierra, en el sentido de que un fenómeno muy visto en los últimos tiempos es el del agricultor que, habiendo adquirido una parcela, se ve obligado a volver a vender una parte de ella para cumplir obligaciones o sanear el título del resto. Esto desvirtúa el sentido productivo de la tierra y la convierte en un bien rentable y negociable, cosa que aunque en apariencia solucione un problema coyuntural, significa una frustración más y a la larga sólo va en desmedro del mismo agricultor.

Existen varias zonas de colonizaciones que han experimentado retroce­sos, debido a que algunas familias de la misma comunidad, o a veces ajenas al lugar, han comprado parte de la tierra a un agricultor necesitado.

Otro problema que puede ser considerado determinante es el de la comercialización y es en estafase final donde se define la real situación que ocupa la agricultura en el esquema nacional. En una etapa productiva hay varias fases: la tierra, la asistencia técnicay crediticia y, por último, el precio pagado por el producto. En las fases iniciales hay formas de arreglarse: el campesino paraguayo tiene muchas nociones de técnica y muy rica expe­riencia; con un mínimo de asesoramiento puede llegar a niveles elevados de productividad; en lo referente a créditos: puede acceder a ellos, no en todos los casos, por supuesto, pero estamos haciendo lineamientos generales, porque el Banco Nacional tiene casi siempre excedentes de créditos que podrían ser otorgados a los agricultores. Pero, ¿qué pasa? que todo el incentivo otorgado en los inicios del proceso, quedan en la nada en el momento final, que es el de la comercialización. Técnicos y asesores visitan y enseñan a los agricultores a producir más y más, pero lo dejan solo con su carreta y sus bueyes en el momento de la comercialización, que es cuando él recogerá el fruto de su trabajo y de esa forma reiniciará el ciclo de producción.

El cuadro negativo de la comercialización es total, desde problemas de transporte y acceso a los centros de consumo, hasta el precio final pagado por el producto. El productor es el sector más castigado y, sin embargo, es quien debe ceder ante los regateos de que es objeto. Cada renglón tiene caracte­rísticas peculiarias; por ejemplo, el algodón es preferido por la facilidad de la comercialización: el acopiador va a la casa a llevar el producto; los productos hortícolas son perecederos. y etc.

Podemos concluir entonces en que la comercialización es la fase final de una cadena de injusticias que comienza con la falta de tierra.

 

 

 

-V-

­CONCLUSIONES FINALES

 

En un intento de arribar con cierta lógica y mayor claridad a nuestras conclusiones finales, vamos a hacerlo a través de análisis parciales de determinadas situaciones que definen los contornos de este problema dentro de un marco económico nacional.

Para ello vamos a partir de informaciones que, aunque no correspondan al material ya utilizado, hacen en forma indiscutible a la misma cuestión. Y sobre estos análisis previos iremos elaborando el análisis final.

 

1. CON RELACIÓN A LA TIERRA

 

"En cada una de las comunidades estudiadas hemos hallado un único problema de fondo, de cuya solución dependen todas las demás dificultades que enfrenta la comunidad: el problema de su tierra. Cuando carecen de tierra donde vivir en plenitud, todo tiende a desmoronarse: la economía, el orden social, las artes, las celebraciones religiosas. Las culturas indígenas están inseparablemente relacionadas con la tierra".

Nuestra Ficha I tiene como Fuente: el dramático llamado de misio­neros indigenistas: "Sin tierra no cabe la esperanza de vida"; ABC, 13 de setiembre de 1983. Tiene unas referencias directas al problema de la tierra para los indígenas, que tiene características similares al problema del campesino.

Ficha II: "Según los indígenas, la FUNAI (Fundación Nacional del Indio del Brasil) está queriendo expulsar del asentamiento indígena a aquellas familias que cuestionan la venta de la madera de la reserva, hechas por funcionarios de la misma FUNAI. Los indígenas son pagados con víveres por la extracción de su madera, mientras que los funcionarios del ente estatal brasileño se llevan el importe en efectivo".

"Los que se dedican a este menester están apoyados por el Asesor Jurídico de Itaipú, quien entrega bienes materiales a las familias indígenas para que sigan dejando que se explote la madera. Además de sus `regalos', `trota tablas' que fueron utilizadas en la obra de la represa de Itaipú por madera de la reserva indígena Ocoi".

"Un grupo de por lo menos tres familias Chiripá-Guaraní de la reserva indígena Ocoi del Brasil estarían por ser expulsadas del sitio y deportadas al Paraguay por oponerse a la venta de maderas de la reservación. Mas, la colonia indígena Kiritó Nuevo (Alto Paraná, Paraguay), lugar donde se piensa serían deportadas las familias mencionadas, ya se encuentra sobre­poblada con aproximadamente 80 familias, en una extensión de apenas 1.012 hectáreas. Esta cantidad de familias está muy por encima de lo estipulado en el Instituto de Bienestar Rural (IBR), en el que se establece que cada familia debe contar por lo menos con 20 hectáreas de tierra, para vivir holgadamente, concluyeron las fuentes señaladas". Fuente: Deportarían a Indígenas del Brasil al Paraguay", ABC, 13 de setiembre de 1983. También se refiere a la situación de los indígenas dentro de una situación válida para nuestro país por tener relación con un determinado modelo económico.

Ficha 111: "Desde el año 1974 viene generándose en lo que fuera parte de la propiedad de la Compañía Forestal Hispano-Paraguaya, graves problemas de orden social, a raíz del problema de la ocupación y la tenencia de la tierra. Estos inconvenientes llegaron a afectar aproxima­damente a 5.000 familias". Fuente: Denuncian irregularidades en Colonizadora Yhú. Por el abogado Digno Brítez Pérez; ABC, 28 de julio de 1983.

Ficha IV: "Representantes de 551 familias, ocupantes de las tierras de la Industrial Paraguaya en la zona de Hernandarias, Alto Paraná, presentaron a dicha empresa una propuesta para la adquisición de las parcelas en las cuales desde hace años están asentadas de manera pública y pacífica. Este es el primer paso tendiente a regularizar la ocupación y, con ello, sentir deseos más vigorosos para producir la tierra, que sigue siendo ajena". Fuente: "Propuesta campesina a la Industrial Paraguaya". De Alcibiades González Delvalle; ABC, 21 de julio de 1983.

Análisis crítico: Las fichas anteriores demuestran el drama y la necesidad de tierras seguras, tanto de los indígenas como de los campesinos; así como la existencia de latifundios, minifundios y mala distribución de la tierra. Demuestra que el negociado y la explotación, que son parte del modelo económico del sistema vigente (y en razón de ello hemos consignado una situación válida también para nuestro país y relacionada con él) expulsan a indígenas y campesinos que defienden sus tierras. Vemos también como sigue siendo el derecho de propiedad parte esencial del modelo, ese derecho no es respetado cuando se trata de indígenas o campesinos,

y no de latifundistas y militares. La represión no opera en contra de quienes atropellan las propiedades de los indígenas, sino nuevamente contra los "propietarios" indígenas y en favor de los atropelladores. Contradicciones del propio sistema, que clarifican el destino final de los intereses. Asimismo, se consigna una situación contraria a lo estipulado por el propio IBR, lo cual indica que una ley no está siendo cumplida; sin embargo, nada se hace por su cumplimiento; otra hubiera sido la situación si el perjudicado hubiera sido un latifundista; las leyes no se cumplen porque se trata de indígenas y campesinos sin tierra, cuyos intereses no están representados por el Estado.

 

2. CON RELACIÓN A LA ASISTENCIA

 

Ficha I: "Los cañicultores de Carapeguá desde hace 10 meses procuran, hasta hoy sin resultado, cobrar al ingenio azucarero `María Auxiliadora'. Momentos difíciles viven cientos de familias campesinas". "Ante los hechos que vienen soportando injustamente los cañeros de Carapeguá, la Pastoral Social de la Diócesis hace las siguientes sugerencias que puedan permitir afrontar con seriedad los problemas existentes: 1. Que todos los asociados se empapen del espíritu del estatuto vigente de la asociación y de toda la legislación que garantice los derechos de los productores de caña de azúcar. Esto supone elaborar un plan de formación y educación que redundaría en beneficio de todos los cañicultores y de la industria azucarera; 2. Asegurar una asistencia técnica conveniente para un mejor rendi­miento y para una mayor producción; 3. Implementar un programa que ayude a despertar la posibilidad de autoabastecimiento, eliminando de esta manera los males del monocultivo...". Fuente: "Cañeros de Carapeguá con problemas. Pronunciamiento de la Pastoral Social"; ABC, 8 de julio de 1963.

Ficha II: "El motivo principal de que muchos hayamos llegado al Alto Paraná es que la agricultura se ha convertido, para los pobres, en una actividad arriesgada y poco rentable. Muchos venimos de la zona de Caaguazú. Para que hagamos un cultivo más o menos, importante, necesitamos que el Banco Nacional de Fomento nos ayude con créditos oportunos y satisfactorios. Necesitamos que los técnicos del Ministerio de Agricultura nos enseñen a mejorar nuestro método de cultivo. Necesitamos también que los precios que al comienzo nos fijan, sean mantenidos hasta el final de la cosecha. Creemos que los técnicos hacen muy mal en entusiasmar a los agricultores con determinado rubro, y luego se les abandona en el momento de la cosecha. En el Banco a nadie le importa si hemos vendido o no el fruto de nuestra cosecha. Confiamos en que, de conseguir tierra, seremos agricultores que vivan de ese trabajo. La Industrial Paraguaya posee mucha tierra ociosa. Con un poquito que

nos venda, saldremos de esta situación que nos está resultando muy penosa. Hay demasiada tierra sin cultivar en nuestro país. Con un poco de esas tierras, miles de familias van a llevar una vida más digna". Fuente: "Pobladores de Franco en busca de tierra". De Al cibiades González Del valle; ABC, 19 de julio de 1983.

Análisis crítico: En la sugerencias de la primera ficha encontramos cierto enfoque que no creemos muy justo: sugerir a los perjudicados campesinos que se empapen del espíritu del estatuto vigente y de toda la legislación, como plan de formación y educación; sin desmerecer en absoluto la importancia de ello y del conocimiento de los derechos, consideramos que este enfoque no apunta a las causas reales ni al fondo del problema, por lo tanto su contribución a la solución no es tan sólida ni enérgica como pudiera haber sido. Vemos también las permanentes referencias a problemas como: créditos, técnicos, precios, etc., todos ítems ligados a una determinación final del Estado. En razón de que éste maneja intereses de una minoría, ¿cómo sería posible que realice una política contraria a sus intereses y favorables a los agricultores? Creemos que es en este plano donde deben manejarse las posibles soluciones: llegando a las causas; porque, perdiéndose en los efectos, se estaría atacando mal el problema y haciendo diagnósticos deficientes, que no llevarán a la solución final.

Para probar en cierta manera nuestra hipótesis, vamos a consignar más abajo otras informaciones, en la tercera ficha.

Ficha III: "La Cooperativa Chortitzer Komitee, constituida por menno­nitas del Chaco, concretó la venta al exterior de una partida de 4 mil toneladas de maní descascarado. Los mennonitas del Chaco cuentan con las más modernas máquinas para la siembra y la cosecha del maní, cuya superficie de siembra se ha incrementado considerablemente con relación a años anteriores. Es posible que el próximo año aumente el volumen de la exportación del producto. El programa de incremento de siembra de maní en el Chaco está siendo financiado en parte con créditos del Banco Nacional de Fomento y asistido técnicamente por el Ministerio de Agricultura y Ganadería". Fuente: "Mennonitas embarcan maní con destino a Rotter­dam"; ABC, 3 de julio de 1983.

Análisis crítico: Esta es una de la cooperativas más prósperas del país; tiene recursos millonarios y pertenece a extranjeros que tienen todo el control de la comercialización de sus productos a países industrializados, con obvios buenos niveles de rentabilidad. No se trata de pobres campesinos sin tierra, sino que cuentan con las más modernas máquinas. Sin embargo, sus trabajos son financiados con créditos del Banco Nacional de Fomento y asistidos técnicamente por el Ministerio de Agricultura y Ganadería. En

este caso, las instituciones del Estado, con el crédito y la técnica, operan con toda eficacia porque se trata de extranjeros con máquinas modernas y mucho capital. He aquí una cuestión fundamental: el Estado al servicio de los propietarios de los medios de producción, que a su vez, en forma directa o indirecta, controlan el mismo Estado.

 

3. CON RELACIÓN A LA REPRESIÓN

 

Ficha I: "En los años que corren entre 1974 y 1977, soldados armados pertenecientes a la 2ºDivisión de Infanteria, bajo el mando de un Sargento de apellido Colmán, procede al desalojo y a la quema de ranchos campesinos en el lugar conocido como Carrería-í y parajes circunvecinos. Por espacio de 4 años, el Destacamento Militar apostado en tierras de la empresa, pasa a convertirse en su brazo armado, para desalojar campesinos, impedir nuevas ocupaciones y reprimir intentos de negociación colectiva por la tierra. Después de 4 años de permanente hostigamiento y despliegue de soldados armados entre la población campesina, el Destacamento Militar abandonó la propiedad (...) pero antes de ello, los propietarios del latifundio reunieron a los campesinos delante del Destacamento y les impusieron la firma de contratos con precios y condiciones previamente establecidos. Los campesinos, con la voluntad secuestrada, firman". "Contrato en mano y pistola a la cintura comenzaron a realizar verdaderas `razzias' entre los campesinos para hacer efectivo el pago de las tierras". Fuente: "Denuncian irregularidades en colonizadora de Yhú". Por el abogado Digno Brítez Pérez; ABC, 28 de julio de 1983.

Ficha II: "Simón González Ramírez, excombatiente de la Guerra del Chaco, paraguayo y agricultor de la Colonia Tabapy, Alto Paraná". "Los detenidos estuvieron en un camión de carga, tipo transganado, todo el sábado sin comer ni beber. El domingo fueron trasladados a una chacra que sería propiedad de un señor Bentos, hijo del Coronel Bentos, muy amigo del Presidente Stroessner, siendo obligados a realizar tareas agrícolas. De los 40 detenidos, el más perjudicado resultó ser el señor Simón González Ramírez, excombatiente como la mayoría de los apresados. Una de sus casas fue quemada y la otra fue destechada. En el camión-prisión estuvo con las manos atadas y hasta ayer se encontraba en un improvisado calabozo (...). Una mujer, esposa de uno de los detenidos, nos dijo: `He visto al señor Ramírez ser apuntado con un fusil por un brasileño, mientras lo ataban. Es vergonzoso, (por qué brasileño? ¿Cómo es que tiene armas?'. Echó a llorar". Fuente: "Paraguay: Represión, Estafa y Anticomunismo". Domingo Laíno. Ediciones Cerro Corá. Asunción, 1979, págs. 35 y 36.

Ficha III: "Doroteo Brandel, agricultor, asesinado el 28 de agosto de 1978, pocos días luego de haber salido en libertad de una institución militar con asiento en Villarrica, donde estuvo recluido por más de 2 años. Fue líder de su comunidad, la Colonia Yhú, lugar donde se destruyeron e incendiaron más de medio centenar de ranchos campesinos".

"... el día 27 de mayo de 1976 fui sacado de mi celda y alzado a las ramas altas de un árbol en paños menores y a una baja temperatura atmosférica. Allí permanecí durante 49 días con sus noches y sólo podía ingerir bocado cuando algún guardia me tiraba galletas duras. En la mañana del 12 de junio me volvieron a rapar el cabello y me castigaron duramente con machete, estando yo totalmente desnudo. A partir de ese día, persistiendo en mi negativa en firmar ninguna declaración, fui castigado todos los días. El 13 de julio de 1976 fui sacado de mi celda 5 veces para ser castigado con sable (...) me pegaron con un arreador, tiras de cuero con argollas de metal, durante 10 veces, desgarrándome la piel con cada golpe.... Fuente: Declaraciones de Doroteo Brandel. Ver: "Paraguay: Represión, Estafa y Anticomunismo", citado. Págs. 36 y 37.

Ficha IV: "Eulalio Gómez, agricultor, amigo de Doroteo Brandel, de la compañía Yhú. Vengo a denunciar por esta nota a la supuesta empresa Hispano Paraguaya S.R.L. que dice ser propietaria de la colonia que ocupamos más de 1.000 familias paraguayas, que después de desalojarnos sin orden judicial alguna, quemaron casas y en especial mi modesta casita, con techo de paja, pared de madera...". Fuente: "Paraguay: Represión, Estafa y Anticomunismo", citado. Pág. 37.

Análisis crítico: Hemos consignado estos dramáticos testimonios como una prueba más de que las instituciones castrenses y policiales dependientes del Estado operan sin piedad contra los campesinos que se resisten a abandonar las tierras que están trabajando. Aquí sí opera el Estado, porque está al servicio de los latifundistas. Y lo hace en forma de represión brutal, para que abandonen las tierras. Porque los supuestos propietarios tienen el poder político. Deducimos que la única verdadera solución del problema es la búsqueda de poder político por parte de los , campesinos.

 

4. CON RELACIÓN A LAS LEYES

 

Según las informaciones que hemos recabado, las leyes existentes en nuestro país sobre situaciones agrarias constituyen un cuerpo aceptable; la Constitución Nacional, pese a algunas trabas, define claramente los derechos del hombre campesino.

El estatuto del IBR es claro y preciso, con defectos, pero superables. Pero el problema fundamental radica en que no es aplicado por los organismos encargados de hacerlo; más bien sucede que las autoridades son las primeras en evitar el cumplimiento de lo mismo, de acuerdo a lo que expresa la Constitución Nacional y las leyes referentes a cuestiones agrarias. Con relación a esto queremos hacer el comentario siguiente: Hemos leído en muchas oportunidades que la solución radica en el conocimiento de sus derechos que deben tener los campesinos; asimismo, en el conocimiento que deben tener de las leyes y en la vital importancia de la formación.

Es innegable que ello constituye un factor importante en el cuadro global, pero atendiendo a lo que hemos visto en el transcurso del trabajo, de que las leyes no se cumplen para nada, no podemos menos que preguntarnos: ¿Para qué conocerlas tan a fondo? Naturalmente, la pregunta es audaz, pero lo que queremos significar es que es más importante una concientización clara y real sobre las verdaderas tusas de su problema, yendo al fondo del mismo y no quedándose en apreciaciones superficiales que de poco pueden servir.

Las leyes existentes son en apariencia buenas, pero no se aplican; la solución está en hacer que se apliquen. El campesino conoce sus derechos más de lo que suponemos, por ello la resistencia que opone a los desalojos, demostrando una convicción de que, a pesar de las quemas y los golpes, está en el camino acertado. Todo esto nos hace pensar que con sólo informar, no terminará el problema. Hace falta una concientización de los ribetes políti­cos del problema.

 

5. CON RELACIÓN AL IBR

 

El IBR es una institución política del gobierno. Sigue los trazados de la política partidaria, convertida en política de gobierno. Está claro que hasta hoy no ha podido realizar la muy mentada reforma agraria y ni siquiera ha contribuido en forma substancial a la desaparición de conflictos de tierra. Los latifundios siguen tan vigorosos como antes y las transnacionales siguen llevando divisas fuera del país. Es evidente que las autoridades nacionales no tienen los mismos conceptos que otros compatriotas nacionalistas de lo que es reforma agraria. Tampoco vamos a creer que las autoridades desco­nozcan la situación del agricultor paraguayo. Sólo queda afirmar que la política agraria, en líneas generales está destinada a favorecer a una minoría, latifundista o extranjera. Y lo que ocurre no es casual, forma parte de los lineamientos de la política agraria del gobierno.

 

6. CONCLUSIÓN GENERAL FINAL

 

A través de las estadísticas nacionales se advierte la gran concentración de ingresos que caracteriza al sistema económico vigente en el Paraguay. El poder económico se encuentra concentrado en pocas manos: su riqueza se multiplica sobre la base del trabajo y la explotación de la inmensa mayoría del pueblo. Es as¡ que el poder político, el poder del Estado, está también en manos de esa minoría que controla un elevado porcentaje de la propiedad de los medios de producción. De esto deriva que el Estado, por sus caracterís­ticas, formule políticas que favorezcan a los grandes propietarios de tierras, a las industrias y a las empresas extranjeras o nacionales con mucho capital. Sus instituciones manipulan las leyes de acuerdo a estos intereses. Si las leyes favorecen a las mayorías y éstas se manifiestan en la búsqueda de sus reivindicaciones, se valen de crueles represiones para acallar sus voces.

El problema de la tierra está íntimamente ligado al modelo político y económico vigente en el país. Hay veces en que han salido en apariencia victoriosos en una demanda judicial, pero en la práctica los propietarios o latifundistas han ganado con creces la batalla.

El Estado no representa los intereses del campesino. El Estado está al servicio de los intereses de la minoría. ¿Cuál es, pues, la solución?

La solución está en la estructura del poder, en la estructura del Estado. En el Paraguay no rige un Estado de Derecho, así que poco se puede hacer con el sólo conocimiento de las leyes. El campesino sin tierra, el pequeño agricultor rural, que conforma la inmensa mayoría de la población econó­micamente activa del país, debe luchar por un espacio político, debe acceder al poder, para así presionar en favor de una política económica justa, que tienda a distribuir igualitariamente los medios de producción, entre los que se encuentra la tierra. Los campesinos deben buscar el poder político, deben estar representados a nivel de Estado y de gobierno. Creemos que es la única y verdadera solución final del problema de tierra. Por medio de sus autén­ticos representantes lograrán implementar políticas que en realidad res­pondan a sus legítimos intereses. Y es importante que los campesinos lo comprendan.

 

 

FUENTES CONSULTADAS

 

1. "La lucha por la tierra en el Paraguay". Carlos Pastore. Editorial Antequera, Montevideo, Uruguay, 1972.

2.      "Paraguay: De la Independencia a la Dependencia". Domingo Laíno. Ediciones Cerro Corá. Asunción, Paraguay, noviembre 1976.

3.      "Paraguay: Fronteras y Penetración brasileña". Domingo Laíno. Edi­ciones Cerro Corá. Asunción, Paraguay, noviembre 1977.

4.      "Orígenes, evolución y estado actual del latifundio y minifundio en el Paraguay". Carlos Pastore. Estudios Paraguayos. Revista de la Univer­sidad Católica. Volumen III, N° l, 1975. Págs. 115-121.

5.      "Constitución de la República del Paraguay". 1940. Imprenta Nacional. Asunción, Paraguay.

6. "La Nueva Constitución de la República". 1967. Subsecretaría de Informaciones y Cultura de la Presidencia de la República. Asunción, Paraguay.

7.      "La Reforma Agraria. Recopilación de las principales leyes vigentes". Editado por el Instituto de Bienestar Rural. Asunción, Paraguay, 1981.

8.      Trabajos varios, como: a) Informe de Tierra del Comité de Iglesias, junio, 1980; b) Evaluación 1981 del Comité de Iglesias; c) Proyecto de Tesis sobre la cuestión agraria paraguaya, junio, 1981.

9.      Publicaciones de conflictos de tierra, de periódicos actuales, durante los años 1980, 1981 y 1982. Boletines del Banco Paraguayo de Datos, correspondientes a esos años.

10. "Paraguay: Represión, Estafa y Anticomunismo". Domingo Laíno. Edi­ciones Cerro Corá. Asunción, Paraguay, 1979.

11. Entrevista con el Dr. Digno Brítez Pérez, abogado del Comité de Iglesias, quien tuvo a su cargo muchos de los casos estudiados.

12. Entrevista con Roque González Vera, periodista conocedor de proble­mas de tierra en nuestro país.

13. Entrevista con la Dra. Mirna Vázquez, miembro del Equipo Nacional de Misiones de la Conferencia Episcopal Paraguaya; miembro del Centro de Estudios e Investigaciones de Derecho y Reforma Agraria de la Universidad Católica, en el cual es directora de un proyecto de Reforma Agraria en Areas de Minifundio, conjunto entre la Universidad Católica y el Instituto de Bienestar Rural.

14. "Descripción e Historia del Paraguay y del Río de la Plata". Por Félix de Azara. Tomo I. Nueva edición. Librería y Casa Editora de A. de Uribe y Cía. Asunción del Paraguay. 1986. Págs. 105 y 110.

15. Informaciones varias publicadas en periódicos.


INDICE

-        Prólogo

-        A modo de introducción

- FAMILIAS SIN TIERRA EN PARAGUAY

Objetivo de este trabajo

CAPITULO I

ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE LA SITUACIÓN DE LA TIERRA EN PARAGUAY

1.      Epoca pre-colonial

2.      Llegada de los españoles

3.      Misiones jesuíticas y su régimen de tierras

4.      Formación de poblaciones rurales

5.      Independencia del Paraguay: situación de la tierra

6.      Francia y su política de aislamiento

7.      El Consulado

8.      Gobierno de Carlos Antonio López

9.      Gobierno de Francisco Solano López

10.    Post-guerra de 1870

11.    "Estrangeros, contad con vuestro amigo..."

12.    Ferrocarril, madera y yerba mate

13.    Leyes de 1883 y 1885.

14.    Ley del 28 de mayo de 1872: Adjudicación gratuita

15.    La Prescripción

16.    Adquisiciones a partir del año 1883

17.    Principios del siglo XX

18_   La situación en el Chaco

19.    Ley de Homestead

20.    Poblar el Chaco: 1918

21.    Ley sobre pequeña propiedad agropecuaria

22.    Departamento de Tierras y Colonias

23.    Breve comentario sobre la Ley de 1926

24.    Epoca de guerra

25.    Revolución del 17 de febrero de 1936

26.    Inmigración japonesa

27.    Estatuto Agrario de 1940

28.    La Constitución del 40

29.    Higinio Morínigo y sus medidas de gobierno

30.    STICA

31.    Década del 50

32.      "Primer Seminario Nacional sobre Reforma Agraria en el Paraguay"

33.    Década del 60     

 

CAPITULO II

ARGUMENTOS CONSTITUCIONALES Y DEL ESTATUTO AGRARIO QUE RESPALDAN EL DERECHO A LA TIERRA DE TODO AGRICULTOR

1.      Constitución Nacional de 1967

2.      Ley 854, Que establece el Estatuto Agrario

3.      Ley 852, Que crea el Instituto de Bienestar Rural

4.      Ley 662, De la parcelación proporcional de propiedades mayores

5.      Ley 622, De Colonizaciones y Urbanizaciones de hecho

6.      Ley 418, Que crea recursos adicionales para la financiación de la Reforma Agraria

7.      Otras leyes

 

CAPITULO III

EXPOSICION DE LA SITUACION ACTUAL SOBRE LA BASE DEL ANALISIS DE CASOS CONOCIDOS POR EL COMITE DE IGLESIAS

1.      Ubicación geográfica y elementos de análisis de los casos

2.      Relato y breve análisis de los casos

3.      Análisis porcentual sobre la base de las características de los casos relatados

 

ANEXO

LISTADO DE CONFLICTOS DE TIERRA, PUBLICADOS DURANTE LOS AÑOS 1980, 1981 y 1982

Año 1980

Año 1981

Año 1982

 

CAPITULO IV

EL INSTITUTO DE BIENESTAR RURAL. AUTORIDADES NACIONALES. OTRAS INSTITUCIONES. POLITICA AGRARIA DEL GOBIERNO

1.      Se acaban las tierras fiscales

2.      El Instituto de Bienestar Rural

3.      El IBR y las autoridades nacionales..

4.      El IBR y la represión de militares

5.      Necesidad de una reglamentación

6.      Trámites para expropiaciones

7.      Otras instituciones

8.      Política Agraria del gobierno

 

CAPITULO Y CONCLUSIONES FINALES

1.      Con relación a la tierra

2.      Con relación a la asistencia

3.      Con relación a la represión

4.      Con relación a las leyes

5.      Con relación al IBR

6.      Conclusión general final

-        Fuentes consultadas

 -       Indice

 

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