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  EL PUEBLO GUARANI COLONIAL - INDIO LIBRE Y EL MESTIZO - Por BRANISLAVA SUSNIK


EL PUEBLO GUARANI COLONIAL - INDIO LIBRE Y EL MESTIZO - Por BRANISLAVA SUSNIK

EL INDIO COLONIAL DEL PARAGUAY

Por BRANISLAVA SUSNIK

 
Asunción-Paraguay, 1965. 243 pp.
 
Versión digital:
 


 

 

CONTENIDO DEL LIBRO

INTRODUCCIÓN

1 – El primer servicio y el yanaconato.

2 – El mitazgo.

3 – Extracción de indios. Oficios. Salarios.

4 – El pueblo guaraní colonial.

a) Formación

b) Tierras, bienes comunales y potencialidad económica de los pueblos

c) Las inquietudes de los pueblos guaraníes por las hostilidades "guaycurúes"

d) Particularidades de algunos pueblos y los Guaraníes monteses.

e) Indio libre y mestizo

f) El gobierno del pueblo.

5 – La resistencia activa de los guaraníes.

APÉNDICE:

Decreto declarando ciudadanos libres a los Indios naturales de toda la República. 7 de Octubre de 1848.

Indice de citas

Abreviaciones

 

EL PUEBLO GUARANI COLONIAL.

a) Formación

b) Tierras, bienes comunales y potencialidad económica de los pueblos

c) Las inquietudes de los pueblos guaraníes por las hostilidades "guaycurúes" 

d) Particularidades de algunos pueblos y los Guaraníes monteses.

 

 


e) Indio libre y el mestizo.

En los documentos del siglo XVIII se mencionan con frecuencia "indios libres", o también, indios misioneros, indios marianos, indios de las doctrinas, o con el apelativo generalizado de Tapés. La población india libre se componía de desertores guaraníes de las misiones, del núcleo poblador traído de las Misiones por los jesuitas para fundar los nuevos pueblos norteños, y de tapés, los que luego de la derrota en Tebicuary fueron por Antequera esparcidos por la provincia o agregados, a veces, a algunos pueblos, especialmente a Ypané por ser este pueblo poco numeroso (543). El status del guaraní libre implicaba que no fue encomendado ni en calidad de mitayo ni de yanacona, siendo su sola obligación pagar la tasa de tributo, lo que le permitía eludir también la vida comunal en los pueblos; quedaban libres de la comuna los que "... afianzen el tributo que deben pagar a S.M. conchabándose con amo conocido..." (544), actuando éste como garante para el cumplimiento del tributo; si faltaba dicha fianza, quedaban los indios incorporados a un pueblo guaraní; una situación parecida valía también para los pardos libres, aunque a falta del pueblo instituyóse la ley de amparo como garantía para el pago de tributos. Esta libertad permitía a los guaraníes usufructuar el rancho y la chacra fuera del pueblo y constituir su economía familiar (545); pocos eran los guaraníes pueblerinos declarados libres a título de "premios". El status de indio libre era hereditario; las reclamaciones por la libertad de encomienda y comunal de los hijos nacidos en uniones de las guaraníes del pueblo o yanacona con los indios libres, misioneros o tapés eran frecuentes, según ya hemos hablado al tratar los padrones de los pueblos. Los guaraníes, tributarios libres, eran preferentemente braceros, remeros, conductores de jangadas (546) o artesanos, muy buscados por los criollos; esta vida de conchabo les igualaba en realidad con la peonada mestiza y criolla; el mismo pago del tributo era, al parecer, más teórico que real, debido a los propios intereses de los que los conchababan. Hacia fines del siglo XVIII, la no incorporación de los indios tributarios libres a los pueblos comenzaba a crear el problema de "indios vagos", inestables, peones nómadas, acusados por los administradores de los pueblos como perniciosos para la comunidad india pueblerina, debido a los contactos que mantenían con ellos.

El problema del mestizamiento se estudiará en un trabajo aparte; en este contexto solamente se indicará la situación de los mestizos nacidos bajo la obligación de mita, yanaconato y régimen comunal de los pueblos. Si el siglo XVI aún significaba un mestizamiento libre e intenso, la segregación de los guaraníes en los pueblos administrados indudablemente limitó dicha libertad; nacían hijos mestizos cuando se dispersaban las mujeres pueblerinas por las casas de los criollos en busca de conchabos y las jóvenes servían a los criollos a título de doctrina y educación; más intenso fue el mestizamiento en la clase de los yanacona-originarios; dado el apremio de las condiciones de vida, la lucha de los indios para que los hijos fueran declarados "mestizos libres" era más consciente y frecuente; a esto hay que agregar un gran número de mestizos que no fueron declarados como tales, siguiendo el status social del indio. La declaración de "mestizos libres" se efectuaba generalmente en ocasión de las visitas de los gobernadores o a pedido explícito de los protectores de los naturales; tales declaraciones dejaban al mestizo libre de cualquier obligación de servicio propio de indios y también de la vida comunal y de tributo específico que correspondía al status socio-racial de indios libres y pardos libres. "... Así por el de su rostro y cuerpo, como en el pelo y demás facciones (manifiestan) de ser hijos de español, los declaraba y declara por mestizos libres habidos en la dicha india..." (547), así solían rezar las atestiguaciones. El mestizo Ventura Cuyurí de Yaguarón declara que "... debo gozar excepción de los trabajos comunes como hijo de español reconocido por tal para la paga de tributos en los padrones..." (548); en este caso, el pueblo de Yaguarón trataba de retener al mestizo por ser carpintero y por ende útil al pueblo. La fórmula declaratoria esencial confería dos derechos: "para que goze de toda libertad y use traje español" (549); los mestizos no declarados oficialmente quedaban en su status de indio tributario, encomendado y comunal; esencialmente se trataba del status social y no de diferencias raciales en su neto sentido de la palabra. Había casos de retroceso del mestizo libre al status de indio comunal, pero librado del mitazgo; en Caazapá, por ejemplo, un mestizo se casó con una guaraní del pueblo; los hijos fueron, según el padrón, clasificados como "indios sueltos", incorporados a las obligaciones comunales (550) y perdiendo el derecho de usar el traje español. Los mestizos siempre preferían el trabajo de chacras y estancias a los conchabos de peones; solían mencionarse como arrendatarios de las tierras de los pueblos guaraníes, como por ejemplo en Yuty; sus asientos numéricamente fuertes se hallaban en el partido de Cordillera, Pirayú y Cango o Bopy (552).
 

NOTAS:
 

543) Documentos del Archivo Nacional de Asunción. Sección: HISTORIA-109; Nº. 2.

544) Documentos del Archivo Nacional de Asunción. Sección: NUEVA ENCUADERNACIÓN-76; f. 3.

545) Documentos del Archivo Nacional de Asunción. Sección: HISTORIA-359; Nº. 9; f. 1.

546) Documentos del Archivo Nacional de Asunción. Sección: HISTORIA-143; Nº. 11.

547) Documentos del Archivo Nacional de Asunción. Sección: HISTORIA-118; Nº. 12; f. 9-12.

548) Documentos del Archivo Nacional de Asunción. Sección: HISTORIA-169; Nº. 7; f. 1.

549) Comp. padrones del pueblo.

550) Documentos del Archivo Nacional de Asunción. Sección: NUEVA ENCUADERNACIÓN-392; f. 21 ctd.

551- [Nota sin referencia en el texto] Documentos del Archivo Nacional de Asunción. Sección: NUEVA ENCUADERNACIÓN-14; f. 93.

552) Aguirre, Juan Francisco: "Diario del Capitán de Fragata de la Real Armada"..., en RBNB; ts. 18 y 19; año 1949, 1950. Buenos Aires. II; tabela 1785.

 
 

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