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  ESTADO, MERCADO Y DERECHOS HUMANOS. EL CASO CASA GRÜTTER (MILENA PEREIRA FUKUOKA y RAÚL LEZCANO)

ESTADO, MERCADO Y DERECHOS HUMANOS. EL CASO CASA GRÜTTER (MILENA PEREIRA FUKUOKA y RAÚL LEZCANO)

ESTADO, MERCADO Y DERECHOS HUMANOS.

EL CASO “CASA GRÜTTER”

MILENA PEREIRA FUKUOKA

RAÚL LEZCANO

 

BASE Investigaciones Sociales

Asunción, mayo 2010

 

Documento de Trabajo Nº 130

ISSN 1810-584X

 

CONTENIDO

INTRODUCCIÓN

1. LOS HECHOS PUBLICADOS

2. EL ESTADO Y LOS GREMIOS EMPRESARIALES

3. EL ESTADO PARAGUAYO: NI REPÚBLICA, NI ESTADO SOCIAL DE DERECHO

4. LA ACTUACIÓN DEL ESTADO EN EL CASO “CASA GRÜTTER”

5. DERECHOS HUMANOS AFECTADOS: EL DERECHO A LA ALIMENTACIÓN ADECUADA Y A LA CALIDAD DE VIDA

6. A MODO DE CONCLUSIÓN: LAS OBLIGACIONES INCUMPLIDAS DE LOS TRES PODERES DEL ESTADO PARAGUAYO

INSTRUMENTOS NORMATIVOS CONSULTADOS

ANEXO 1. ALGUNAS MARCAS QUE DEJARON DE PROVEERSE A CASA GRÜTTER

ANEXO 2. LISTA DE DISTRIBUIDORES Y PRODUCTOS QUE NO PROVEEN A CASA GRÜTTER.

BIBLIOGRAFÍA

 

 

INTRODUCCIÓN

 

En abril de 2010 la empresa Casa Grütter hizo público un comunicado en el que denunciaba presiones de proveedores para la suba de precios de productos, en su mayoría productos alimenticios y de higiene personal; clarificándose luego que eran los grandes supermercadistas los que presionaban a los proveedores para que fuercen a las casas comerciales mayoristas-minoristas a elevar sus precios de venta.

En el siguiente trabajo, tomando como caso testigo el suscitado en torno a Casa Grütter, se estudia el problema que representan las prácticas oligopólicas empresariales, agravadas por la renuncia del

Estado a su deber de regulación; y la lesión que ello produce al derecho humano a la alimentación adecuada y a la calidad de vida, así como al principio de libre concurrencia prescrito constitucionalmente.

Luego de un análisis del marco jurídico vigente en el Paraguay, se concluye que, si bien el Poder Legislativo posee una responsabilidad central en el desamparo actual de los comercios afectados y de la población, por su doloso bloqueo de una Ley de Competencia desde hace nueve años; también el Ministerio de Industria y Comercio posee facultades legales que no ha ejercido. La ley que establece las funciones del MIC determina que corresponde a este órgano reglar y proteger el comercio de bienes y servicios en el territorio nacional, autorizándole a aplicar sanciones administrativas. Por ende, -cuanto menos vía decreto reglamentario del Poder Ejecutivo- el MIC debería haber cumplido su obligación de garantizar en la práctica los derechos que la CN reconoce y que el Poder Legislativo se niega a desarrollar en su debida forma.

Es de suma importancia, a su vez, el rol que puede asumir el Poder Judicial en este conflicto en el que dos poderes del Estado abdican de sus obligaciones de regular el mercado y garantizar los derechos humanos de la población, lesionando así la Constitución Nacional vigente.

Este trabajo forma parte de un programa de investigación de BASE. Investigaciones Sociales sobre soberanía alimentaria que está integrado –entre otros- por los autores. El proyecto está apoyado por Observatorio DESC de España.

 

 

 

Nº 130. Estado, Mercado y Derechos Humanos. El caso “Casa Grütter” - Milena Pereira Fukuoka, Raúl Lezcano -... by portalguarani

LIBRO DIGITAL

Fuente digital : http://www.baseis.org.py

Registro: Setiembre 2011

 







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