CREACIÓN DE BANCOS : 1877 - BANCO ANGLO PARAGUAYO
Por ARTURO RAHI
CREACIÓN DE BANCOS : 1877 - BANCO ANGLO PARAGUAYO
En Junio de 1877 se realizó un nuevo esfuerzo por parte de los tenedores de bonos de los empréstitos de Londres de 1871 y 1872. En representación de éstos, un señor Alejandro Baillie presentó una nueva propuesta al gobierno paraguayo sobre la creación del Banco Anglo Paraguayo, cuyo capital mÃnimo inicial serÃa de L 100.000 que deberÃa ser aumentado a la suma de L 300.000 en el término de tres años. Con esto ya se está diciendo que el capital deberÃa ser aportado por inversores interesados en adquirir esas acciones, es decir que los impulsores del pedido carecÃan del dinero necesario para enfrentar el compromiso.
El banco realizarÃa operaciones de depósitos, préstamos, giros y naturalmente emisión monetaria. En el proyecto presentado se prometÃa la apertura de sucursales en diversos puntos del litoral y del interior del paÃs. Todo esto sujeto a la concesión por parte del gobierno paraguayo, de diversos privilegios que se le otorgarÃa:
1) Tener preferencia en los contratos de obras públicas que se emprendan por el gobierno.
2) De ser en igualdad de términos, preferencia en cualquier negociación de operaciones financieras y bancarias con el gobierno.
3) Gozar de los mismos privilegios que el gobierno, en casos de acciones judiciales similares.
4) Exención del impuesto en papel sellado y estampillas para los documentos emitidos por el banco, como ser acciones, letras de cambio, pólizas y demás documentos.
5) Exención del pago de patentes nacionales y municipales, y de impuestos aduaneros para la introducción de mercaderÃas que el banco llegare a necesitar, aunque no se especifique cuáles mercaderÃas ni tampoco la cantidad de las mismas.
6) Exoneración de cualquier tipo de contribución directa, sean nacionales o municipales.
7) Exoneración a los empleados del banco, de prestación de servicios obligatorios, empréstitos forzosos y pago de contribuciones personales.
Tal como ya se dijo, el banco gozarÃa del privilegio de la emisión monetaria. Al efecto debÃa tener permanentemente una garantÃa o encaje de la tercera parte de la emisión en metálico, mientras que las dos terceras partes restantes deberÃan estar respaldadas por documentos con un vencimiento no mayor a los ciento ochenta dÃas.
Esta graciosa concesión, no muy diferente a la del Banco Nacional del Paraguay de un año antes, no tuvo acogida. Se diferencia del anterior en que, en el pedido aparentemente no participaron representantes del gobierno paraguayo, directamente por lo menos. De cualquier manera, tanto Juan Bautista Gill como Cándido Bareiro que apadrinaron el anterior pedido, seguÃan ocupando sus cargos en el Poder Ejecutivo. Es evidente que la sombra de la intervención brasilera, que hizo abortar el anterior intento, seguÃa afectando sus decisiones.
Naturalmente que el Proyecto, una vez más, fracasó por falta de dinero para integrar el capital del banco, ya que el solicitante señor Baillié no ofreció un solo centavo para el efecto, y su intervención, como la de otros muchos, era la de simple intermediario para obtener los aportes de los verdaderos inversionistas.
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LA MONEDA Y LOS BANCOS EN EL PARAGUAY
Obra de ARTURO RAHI
 Ediciones Comuneros. Asunción – Paraguay,
1997 (253 páginas)
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