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CARLOS A. PUSINERI SCALA (+)

  HISTORIA DE LA MONEDA EN PARAGUAY - SIGLO XVI (CARLOS A. PUSINERI SCALA)


HISTORIA DE LA MONEDA EN PARAGUAY - SIGLO XVI (CARLOS A. PUSINERI SCALA)

HISTORIA DE LA MONEDA EN PARAGUAY - SIGLO XVI

Por CARLOS A. PUSINERI SCALA

 

Desde el comienzo de la conquista del Río de la Plata, el sistema monetario de estas regiones, fue diferente del de las otras de América, porque ya el primer gobernador, Domingo Martínez de Irala, en 1541, crea en Asunción una moneda de hierro en forma de cuñas, y por esta razón las denominaron cuñas de hierro de Irala. Al respecto, el distinguido investigador argentino, capitán Humberto Burzio, ya desaparecido, dice en su Diccionario Numismático: (Burzio, Humberto – “Diccionario de la Moneda Americana”, Tomo II Santiago de Chile, 1958) "Puede ser considerado como el embrión de una casa de moneda o taller monetario, ya que las piezas que se elaboraba tenían una finalidad monetaria", y realmente era así, porque en la herrería de esta ciudad se originó un “taller monetario", donde con la fragua, corta hierro y martillo, se fabricaron las monedas de hierro, con las que se hizo toda clase de operaciones mercantiles. Además, se dictaron ordenanzas dando valor a los efectos que se utilizaron como medios de cambio y el valor de cada uno de ellos.-

El Paraguay colonial no necesitó moneda metálica, porque se empleaban para todas las transacciones las cuñas de Irala y las llamadas monedas de la tierra, de rescate, pesos huecos o provincial.-

Pudimos conocer cómo se desenvolvían económicamente estas regiones en la primera época de la conquista y colonización, gracias a la inmensa cantidad de documentos que se conservan en nuestro rico Archivo Nacional de Asunción, y que algunos creen que se quemó en el incendio que arrasó las tres cuartas partes de esta ciudad, el año 1543, pero afortunadamente no ocurrió tal desgracia, de modo que hoy pueden leerse documentos desde el año 1534, y muchos de ellos fechados en Buenos Aires anteriores a 1541, año en que Irala ordena la despoblación de aquella ciudad, y desde entonces la Asunción fue   la capital de la   conquista de las inmensas tierras de la provincia gigante de Indias.-

Es justo reconocer que también una de nuestras fuentes de información, fueron los escritos de don Juan Francisco Aguirre quien llega a América poco después de Félix de Aza­ra, (1781), como demarcador de límites entre España y Por­tugal. Ambos se dedican a anotar todo lo que veían y escu­chaban en los lugares que recorrían.-

Aguirre investiga en nuestro viejo archivo, que ya en aquel entonces tenía más de doscientos cincuenta años, y de acuerdo a lo que transcribe en sus libros, (Aguirre, Juan Francisco) leía documentos del siglo XVI, y por lo tanto era un excelente paleógrafo.-

Varios estudiosos ya escribieron sobre la moneda, la eco­nomía y las finanzas en el Paraguay, todos importantes para hacer un trabajo completo sobre este tema. Nosotros hacemos un estudio, desde el punto de vista histórico y numismático y comenzaremos con los antecedentes de la moneda de Indias, los efectos que se utilizaron como medio de cambio desde el inicio de la conquista. Después hablaremos sobre las monedas que circularon en la época colonial e independiente, desde la primera de cuño nacional, con fecha 1845. Este trabajo lo ire­mos publicando en varios números de "CUADERNOS REPU­BLICANOS".-

Cuando nos dispusimos a estudiar la moneda paraguaya independiente, hace ya varias décadas, nos encontramos con que prácticamente no había nada escrito al respecto. Lo pri­mero que leímos fue en la "Revista del Instituto Paraguayo", un trabajo titulado "Monedas y Medallas Paraguayas" (Peña, Enrique – “Monedas y Medallas Paraguayas”) que era tan solo un catálogo de las monedas y medallas, con foto­grafías y pocos datos. El segundo trabajo se publicó en el "Álbum Gráfico de la República del Paraguay" en 1911, y dice que fue un extracto del anterior, (Peña, Enrique – “Numismática Paraguaya”. Álbum Gráfico de la República del Paraguay – Director: Arsenio López Decoud – Buenos Aires, 1911) por lo tanto era lo mismo.-

En el año 1950 teníamos ya reunidos varios documen­tos del Archivo y estudiadas algunas monedas paraguayas, pero nada habíamos publicado. Mas para ser designado Miembro de Número del Instituto de Numismática y Antigüedades del Paraguay, nos obligaron entonces a presentar un trabajo, y lo hicimos en una sesión de la nombrada corporación, y lo titulamos: "LOS TRUEQUES COLONIALES Y LA PRIMERA PRENSA ACUÑADORA", siendo éste el primer ensayo sobre numismática paraguaya. Posteriormente seguimos reuniendo más datos y aumentando la colección de monedas, billetes y medallas.-

El título de este trabajo, "Historia de la Moneda Paraguaya", que iremos desarrollando en varios capítulos, es un poco pretencioso. Más podríamos llamarlo Ensayo sobre la Moneda Paraguaya. Esperamos que aquellas personas que tengan interés en este tema, les sirva de guía, para luego ir completando con mayores informaciones.

 

ANTECEDENTES DE LA MONEDA DE INDIAS:

Descubierto el nuevo mundo, al que llamaron Indias, España, expandió su fe católica, su idioma, su cultura, la legislación y su moneda. Creó virreynatos, audiencias y capitanías generales; cabildo, diócesis, universidades y otras Instituciones que fueron necesarias. También nació la moneda americana En la primera época del descubrimiento corrieron algunas pocas monedas de la metrópoli, hasta que el emperador Carlos V, dotó a las Indias de sus propias cecas.-

España implantó sus leyes en las Indias, rigiendo el derecho público y privado, pero por las condiciones diferentes que existían en toda forma, peculiares de un nuevo continente, se vieron en la necesidad de dictar Reales Cédulas, Reales Provisiones, ordenanzas y determinadas normas acordes a la época y lugar, llamadas Leyes de Indias, originándose así el Derecho Indiano. Tantas fueron estas disposiciones, que se llegó a la confusión de algunas de ellas. Se vio entonces en la necesidad de reunir todas estas leyes, para saber lo que se había dispuesto. Por esto, el Real Supremo Consejo de Indias, recomendó a Diego de Encinas, - dice el especialista en Derecho Indiano - García Gallo, (cita del profesor Alfredo Viola), la recopilación de todas las resoluciones dictadas, pu-blicándose en el año 1596 (5).-

En el año 1680, el rey Carlos II ordenó una nueva recopilación, que fue llamada "Recopilación de Leyes de los Reinos de las Indias" y que fuera la fuente del derecho público en América. En la Legislación de Indias, también se contempla todo lo relacionado con las minas, acuñaciones de monedas y el oficio de joyero, que es lo que nos interesa.-

Más tarde, en el siglo XIX cumpliendo "lo resuelto por S. M. (Carlos IV) en su Real Decreto de 2 de junio, inserto en cédula de 15 de julio de 1805" para el ordenamiento y publicación de una nueva Recopilación de Leyes, que la denominaron "Novísima Recopilación de las Leyes de España" (6) que lo realizó Julián Viena Razóla, y recién salió a luz en Madrid en 1829, por los varios trastornos que había sufrido la metrópoli.-

Esta recopilación "contiene sus tres índices generales y el suplemento correspondiente a los años 1805 y 1806". También tiene el interesante índice por orden alfabético del contenido de los XII libros que comprende esta recopilación, donde fácilmente se encuentra la ley que guarda relación con la materia que uno desea.-

No menos interesante es otro "índice cronológico de todas las pragmáticas, decretos, órdenes y resoluciones reales", desde el año 1302 hasta 1805.-

De esta "Novísima Recopilación" extrajimos las leyes que se refieren a Miñas, Monedas y Plateros que las describiremos más adelante, cuando lleguemos a comienzos del siglo XIX.-

El sistema monetario colonial estuvo basado directamente, en los primeros tiempos, en varias pragmáticas reales, una de ellas es la del 20 de febrero de 1475, de Enrique IV, que "el castellano de oro tenía el valor de 435 maravedís de cobre11 (7). Al año siguiente, al castellano de oro le dieron la equivalencia de 440 maravedís; el 28 de enero de 1480, su valor era 480; el 19 de marzo de 1483 era de 485 y el 27 de marzo de 1490, según carta de Vizcaya, mantienen su valor de 485 maravedís. Más tarde, según la pragmática dada por los Reyes Católicos en Medina del Campo, el 13 de junio de 1497, su valor era de 375 maravedís, y se redujo el castellano a la nueva especie llamada ducado o medio excelente. Con esta reforma se introdujo en Castilla el peso y ley del ducado y entra en América en la ordenación monetaria los términos de castellano, maravedí, y ducado w. Siguieron otras leyes monetarias, la de Carlos V, de 1535, de Felipe V., de 1728, de Carlos III, de 1761, todas fundamentales para el conocimiento de la amonedación americana.-

Es interesante conocer que el ducado fue la unidad monetaria con la que se financió el descubrimiento de América, las aportaciones de santángel, los préstamos de los Reyes Católicos (9) y con el maravedí castellano se efectuaron las cuentas aritméticas en las operaciones preparatorias del primer viaje de Colón. Los pagos a las gentes de esta hazaña, se hicieron en ducados y maravedís (10), por lo tanto, fueron las primeras monedas llegadas a América.-

El 13 de junio de 1497, Colón fue autorizado por los Reyes Católicos en su tercer viaje a las Indias a llevar monedero para acuñar monedas (11), pero según los estudiosos de la materia, "se carece de más noticias sobre el particular".-

El 27 de septiembre de 1501 vuelven los Reyes a nombrar a otro fundidor y marcador mayor de oro en las Indias, recayendo la designación en Rodrigo de Alcázar.-

El investigador don Tomás Dasi en un trabajo publicado en Valencia en 1950 (12) dice: "El 29 de marzo de 1503 fue dada la Real Cédula para que se hiciesen dos casas de fundición de oro: una en Árbol Gordo, a una legua de las minas de San Cristóbal, y otra en la Concepción, a seis de la de Cibao, en las que había de fundirse y afinar el metal amarillo.-

En ese mismo año de 1503, según el nombrado don Tomás Dasí, "se labró el oro traído de la isla Española a Tierra firme del Mar Océano como de la Berbería e otras partes de allende en la ceca de Sevilla".-

Los pagos de los tributos se hacían en la Caja de la Real Hacienda, y todo era anotado en unos libros especiales. En el Archivo Nacional de Asunción se conservan varios de estos libros de Caja, donde puede leerse las anotaciones de los pagos que generalmente eran en especie, y de esto hablaremos más adelante.-

Los contadores mayores y menores eran los encargados de la administración de la Real Hacienda, y para estos señores se dictaron ordenanzas, indicando de todo cuanto era concerniente a la materia. Los Reyes Católicos dictaron en 1476, una que dice así: "Ordenanzas y tasas que han de guardar los contadores mayores y sus oficiales —Ley 2—. Todos los días, excepto los domingos, se junten los contadores mayores y menores y sus oficiales a tener Audiencia desde las nueve a las doce en el invierno, y de siete a diez en el verano, en casa de un contador menor, una semana y en la de otro, otra, y el que faltare pague 1 maravedí, para la cámara y los oficiales el sueldo de aquel día, salvo si estuvieren ocupados en cosas del Real servicio"... Más adelante decía que "los contadores mayores y menores se junten a lo menos martes y viernes, a las tres de la tarde así para despachar las cosas que con los primeros se hubieren de comunicar, como para señalar las cartas de merced y justicia que el Rey hubiere de firmar", etc. (13).-

Descubierta ya América, los contadores que se nombraba para las "Cuentas Reales en Indias", tenían que jurar "antes de ejercer sus empleos". En la Recopilación de Indias de 1680, el Rey Carlos II ordena lo siguiente: "Los contadores de cuentas que fueren nombrados por el Rey para los Tribunales de Lima, México y Santa Fe, antes de ejercer sus empleos hagan juramento conforme a la ley 2 art. Audiencia de la Casa de Contratación y los de Resultas y Ordenadores lo hagan del mismo modo según derecho y la obligación impuesta por sus títulos". (14).-

En el "Boletín Interamericano de Contabilidad", publicado en  México en mayo-julio de 1972, con motivo de la "Conferencia Interamericana de Contabilidad", en la página 11 se lee: "Se dice que en 1556, por primera vez se imprimió en América un tratado de contabilidad, se le denominó "Sumario compendioso de las cuentas de plata y oro, que en los reinos del Perú son necesarios a los mercaderes y todo género de tratantes, con algunas reglas tocantes a la Aritmética. Su autor: don Juan Diez Friele".

En 1504 los Reyes Católicos, "declararon y mandaron que a todos se les permitiese buscar, catear y labrar las minas de oro y plata donde quiera que las hallaren, con condición que hubiesen de pagar a Sus Majestades y a los Señores Reyes sus sucesores precisamente la quinta parte de todos los metales que se sacaren y verificaren, y que no pudiesen usar de ellos sin que primero se les hubiese hecho el sello o marca Real, que llaman el quinto, por donde constase que ya se habían pagado en la Caja Real más cercana del mineral, el cual se debe pagar neto y sin descuento de costas puesto en poder de los Oficiales Reales y se debe en conciencia y las personas que lo defraudaren quedan ligados con el cargo de restitución aunque no se les pida y como quiera que ni esta consideración ni la de las personas impuestas contra los defraudadores de tan justa y natural de derecho". Más adelante decía que será aprehendido el oro sin la marca Real, y el castigo para los dueños" (15). Este mandato regía tanto en España como en América.-

Antonio Vives, en un trabajo sobre "Reforma Monetaria de los Reyes Católicos" (16), dice que en 1505 se labró moneda para la Española, de medio de plata y medio de vellón, y agrega "que los reales labrados para Indias llevarán la divisa "F", que no tienen los de Castilla".-

 

LA MONEDA HISPANO—AMERICANA:

La única moneda autorizada a circular en América, fue la Real, en razón de que la acuñación era privilegio de la Corona, y atributiva del Rey. También se acuñaron monedas al margen de las ordenanzas reales, y toleradas por las autoridades, debido a la falta de la moneda oficial y corriente. También se cortaron monedas a falta de moneda menuda.-

En las ordenanzas monetarias españolas, no se indicaba el peso y el titulo de la moneda en gramos o milésimos, sino su talla y su ley en kilates o dinero.-

El patrón monetario para la unidad de peso de las monedas de oro y plata era el marco de Castilla o media libra, y para el fino, el dineral, equivalente a mil milésimos (24 kilates para el oro y 12 dineros para la plata).-

En América Española la equivalencia de las distintas monedas de cuenta, era determinada en relación a los valores efectivos de las monedas corrientes. Fueron de uso entre otras, las siguientes: Peso Oro — Equivalía a un castellano de 22 1/2 kilates = Peso oro ensayo — tenía un valor de 450 maravedí = Peso sencillo de oro — equivalía a 15 reales de vellón. El ducado de plata — representaba un valor de 375 maravedí.-

También se dictaron ordenanzas, principalmente en Asunción, reglamentando el uso de los efectos que se utilizaron como moneda y el valor de ellos, porque en la época colonial, en muchas partes de América fue preciso recurrir al trueque.-

Las monedas que circularon en América, deben dividirse en dos períodos: los de la época colonial, y los de la independencia.-

La época colonial se vuelve a dividir en monedas de la metrópoli y de las cecas americanas; y las del período independiente circularon en el Paraguay, primero la de otros países ya emancipados, y recién en 1847 se pone en circulación la primera moneda de cuño nacional, con fecha 1845.-

El distinguido numismático español Mateu y Llopis, en su trabajo ya nombrado, dice: "Se tiene noticia que en 1514 existía una Casa de Moneda en Santa María de la Antigua, en Nueva Castilla del oro en Tierra Firme, cabeza de una Gobernación". En otro párrafo dice que "Alvares Rubiano Pablo en un trabajo publicado en Madrid en 1944, anota que el Rey, el 19 de junio de 1519, dio instrucciones para desempeñar el oficio de Veedor del oro de Tierra Firme a favor de Fernández de Oviedo, y que el 5 de julio del mismo año, el Rey ordena que los oficiales de Castilla del Oro, marcasen los lingotes del metal amarillo que se trajesen a la metrópoli y que sean las marcas y cuño de la divisa del Rey que es la banda de Castilla con las columnas de Hércules".-

Los cuños para estampar monedas en América, al principio eran traídos de España, con la inscripción "Castilla del Oro Plus Oultre" (18).-

En 1522, Hernán Cortés fue acusado de haber acuñado moneda en Nueva España, según declaración de Bernardino Vázquez de Tapia (19). Sin embargo, Kurt Prober en su libro sobre la "Historia Numismática de Guatemala" (20) dice que "No poseyendo México hacia 1522 un sistema monetario propio y siendo muy complejo el uso del oro en polvo, los negociantes resolvieron mandar a fundir ese oro en pequeños discos, en los cuales marcaban los respectivos pesos". Esto generó falsificaciones, que llamaron los nativos "oro tepuzque" u oro bajo. En otro párrafo, el citado autor, dice que para zanjar la difícil situación monetaria, y para cobrar mejor el "Quinto" impuesto regio creado por Fernando e Isabel el 5 de febrero de 1504, resolvió el gobierno español, autorizar la instalación de una Casa de Moneda en la ciudad de México, dando una Cédula Real, del 11 de mayo de 1535, y que al año siguiente, gran cantidad de oro tepuzque había sido convertida en moneda.-

La ceca de Lima fue creada por Cédula Real del 21 de agosto de 1565, después la de Potosí, en 1574-1575; más tarde fueron creadas las de Cuzco, Santa Fe, Popayán, Guatemala, Santiago de Chile y otras, por la gran cantidad de oro y plata que se fue encontrando en este continente, y que motivó la codicia de otros países del viejo mundo, por las inmensas riquezas que se llevaban a la metrópoli, proliferando con este motivo los famosos piratas que atacaban las embarcaciones españolas. Al respecto dice Pedro Valle en su libro "Historia del Comercio" (21) "Al principio el nuevo continente no suministró más que una clase de artículos de capital importancia: los metales preciosos. En los primeros años de la conquista, los españoles consiguieron grandes cantidades de oro, pero hacia el año de 1545, el descubrimiento de nuevos yacimientos argentíferos en México y Perú, y con el empleo del procedimiento de la amalgamación, la producción de plata superó enormemente a la del oro. Hasta esa fecha, Europa y África producían más cantidad de metales preciosos que el Nuevo Mundo, pero a partir de entonces se invirtieron los términos, y durante el siglo XVII, la cantidad de metales preciosos suministrados por América, superaba en cinco veces a la obtenida en el mundo antiguo. Tal hecho motivó una revolución monetaria en Europa".-

En la revista sudafricana “Panorama” (22), en un artículo sobre "La industria minera del oro en la República de Sudáfrica" se lee que "Decididos súbditos del Rey de España, que le siguieron a Cortés, Pizarro y otros al Nuevo Mundo, convirtieron a España en el más acaudalado proveedor de oro de Europa durante el siglo XVI" —y agrega el artículo— que "hasta fines del siglo XVII, España fue durante cien años el principal proveedor de oro europeo". Más adelante se refiere a la producción de oro de Sudáfrica, y expresa: "Actualmente (1980), proporciona el 60% del oro del mundo libre".-

Todas las monedas que se acuñaban debían llevar varias marcas, como dijimos, que indicaban ceca, valor, marca Real y del ensayador, título, etc. De todos los metales extraídos de las minas se debía pagar “el derecho del quinto al Rey". Según Cédula Real de 1504, de la que ya hablamos, y sobre las marcas, el Virrey Toledo dicta una ordenanza en el Cuzco, el 28 de julio de 1572, que dice: "Tendrán la marca y punzones con que se echen las leyes de oro y plata y las contramarcas se guardarán en un cofresillo y la llave de él la tenga el corregidor, que es o fuere y que no anden las marcas y punzones fuera de dicho cofresito, so pena de muerte y de perdimento de todos sus bienes aplicados para la cámara de Su Majestad" (23).-

Antes de acuñar las monedas se hacían unas "pruebas de cuño”  para comprobar si las leyendas, figura, y demás características eran perfectas. Actualmente se denomina "Muestra".-

Carlos Pereira, (24) dice en su libro ya citado: "El Perú con su fabuloso Potosí como argentífero que empezó a ser beneficiado en 1544, y que pocos meses después era el asombro del mundo", y añade más adelante, que en Potosí "llegó a formarse un núcleo artificial de 150.000 habitantes". También México fue grande en plata, creando juntamente con el Perú una nueva economía y una revolución en los precios en los mercados europeos.-

En América, desde los primeros años de la conquista, para la "purificación y beneficio de metales preciosos" se utilizó el mercurio o azogue, mineral que se encontró en un lugar de México y que llamaron Nueva Almadén, en homenaje a la ciudad de Almadén, de España, que era de donde se extraía el mercurio; también se encontró en el Perú, en el lugar llamado Huancavélica.-

Se escribieron varios tratados sobre el beneficio de los metales de oro y plata y de la "purificación y amalgamación". Uno de los primeros que tal vez se haya escrito al respecto, pertenece al licenciado Alvaro Alonzo Barba, "obra clásica y maestra de la azoguería" (25). Otro trabajo sobre lo mismo, publicó don José Garcés, bajo el título: "Nueva teoría y práctica del beneficio de los metales de oro y plata por fundición y amalgamación", impreso en México en el año 1802, y otro, acaso el más interesante, es el "Tratado de la Amalgamación de Nueva España", escrito en América por don Federico Sonneschmid, quien presentó para su publicación en México al tribunal de minería, pero no se imprimió, según se dijo, por falta de papel. Entonces más tarde, en 1825 se publica en París en la imprenta de David (2). El autor prologa este libro en la siguiente forma: "Hace más de dos siglos que la América española posee el secreto de reducir mediante una ingeniosa operación, las pintas nobles de la mayor parte de los minerales de plata a plata blanca y facilitar con esto su combinación con el azogue”.-

"Todos los demás métodos de beneficiar minerales de plata por azogue, deben respetar a esta primera y original amalgamación como a su madre y origen".-

"Conviene por tanto que se extienda su conocimiento en la Europa, para hacer justicia a este sobresaliente método que la preocupación europea ha tratado con bastante despreció". Este señor Sonneschrnid había trabajado en América por más de diez años y había hecho varias pruebas con distintos métodos, para purificar los metales, y el que mejor resultado le dio fue con el azogue (mercurio), y aseguraba que era mucho mejor del método utilizado en Europa, por el barón de Born, célebre consejero áulico del emperador de Alemania.-

Sobre el azogue, Carlos Pereira, en su libro "Breve Historia de América" (27), escribe lo siguiente: "Uno de los hechos más importantes para las sociedades hispanoamericanas, fue la revolución operada en el tratamiento de los metales argentíferos a mediados del siglo XVI".-

"Bartolomé de Medina introdujo el beneficio de patio con el empleo del azogue para la reducción. Este sistema llamado de amalgamación, que sustituía al vigente de fusión en plomo, pasó de Pachuca, donde lo ensayó Medina, a España y al Perú. Esto produjo dos ventajas de grandísima importancia, la una para México, y la otra para el Perú: se sacaba provecho de los metales de ley muy baja y se economizaba combustible.-

"Después de hacerse satisfactoriamente las pruebas de Medina en 1554, la invención fue perfeccionada por Juan Capellán, minero de Tasco, importante centro mexicano, y así llegó al Perú, donde lo implantó Pedro Hernández de Velazco."-

"La innovación dio un impulso extraordinario a la extracción metalífera del Perú, pues con el mercurio de Huancavélica, Potosí centuplicaba su valor".-

En el Paraguay, según Héctor José Tanzi, en un interesante trabajo publicado en Buenos Aires en 1965, dice lo siguiente: "En la provincia del Paraguay, en 1779, se descubrieron minas de azogue a distancia de 40 leguas al sur de Asunción. Analizada la muestra, no resultó mala, pero los yacimientos no se explotaron. Se conocieron también minas de cal y yeso" (28). En otro párrafo, el mismo autor dice: "que en las Misiones guaraníticas existían algunas minas de este valioso metal, —se refería al azogue—, pero su producción era insignificante".-

 

PRIMERAS MONEDAS LLEGADAS A LO QUE HOY ES PARAGUAY

No creemos que en 1524 - 1525 Alejo García, quien fuera el primero en llegar a estas tierras, que más tarde serían el Paraguay, haya tenido moneda alguna, ya que era uno de los once náufragos de la expedición de Solís (1516), y que con seguridad perdió todo en el naufragio en las costas de la isla de Santa Catalina (Brasil). A los dos años, 1527 -1528, llega Sebastián Gaboto con algunos compañeros, remontando el río Paraguay, y quizás haya sido el primero entre esos expedicionarios que haya tenido algunas monedas, y que hubiese dejado algunas haciendo trueque con los indios, y es posible, porque según Aguirre: "Gaboto llegó a un lugar llamado Nembí, en castellano Frontera, donde trató pacíficamente con sus naturales guaraní, de quienes hubo algunos bastimentos y alhajitas de oro y plata. Creyó con estas muestras que el país contenía minas de estos metales". Agrega más adelante: "Por este acaecimiento tomó el río de Solís el nombre de Río de la Plata, -y añade seguidamente-. Se supo que estas alhajas provenían del Perú, de donde los trajeron los guaraníes en una feliz expedición que hicieron el año 1526, acompañando a cuatro portugueses, de cuyos despojos se aprovecharon" (29).

De lo que estamos seguros es que con el primer adelantado del Río de la Plata, don Pedro de Mendoza, quien firmó una capitulación con Carlos V, en 1534 y llegó a las costas americanas a fines de 1535 con aguerridos capitanes, como Juan de Ayolas, Domingo Martínez de Irala, Juan de Salazar de Espinoza, y otros estos sí traerían algunas monedas.

El 15 de agosto de 1537 se fundó Nuestra Señora de la Asunción y recién a los dos años inició el gobierno Domingo Martínez de Irala, quien instaló allí la capital del Río de la Plata o la capital de la Provincia Gigante de Indias, de las tierras que el Rey Don Carlos V le dio para gobernar a Don Pedro de Mendoza en 1534 (30).

Cuando Irala ordenó la despoblación de Buenos Aires, Corpus Christi y Buena Esperanza, Asunción se convirtió en el centro político y de la conquista. Se fundó astillero, herrería, repartió solares, estableció la encomienda y construyó la primera iglesia, la primera escuela, e instituyó el primer cabildo el 16 de setiembre de 1541 (31). Es importante destacar que Irala fue el creador del primer sistema monetario del Río de la Plata, dictando una ordenanza al respecto.

Asunción ayudó en toda forma a fundar ciudades y pueblos con hombres, pertrechos de guerra, como armas, "cueros de anta que abundaban en el Paraguay, rodelas y adargas confeccionadas con cuero doble, escarpines que son como armaduras de algodón" (32), cabos de caraguatá, llamada antiguamente garabatá, y que "en esta provincia habían las mejores", también ayuda con carretas, canoas y balsas, naves que se construían en Asunción ya en 1544; con una embarcación que se hizo en esta ciudad, que la llamaron Comuneros se lo mandó preso al II Adelantado, Alvar Núñez. También contribuyó con alimentos, como harina de mandioca, llamada "harina de guerra", maíz, poroto, maní, trigo, azúcar, vino, yerba, carne de animales salvajes y después de 1570 con animales vacunos, caballar, caprino, y ovino, además con sebos y cera, y para el vicio, no faltó el tabaco. No podemos dejar de reconocer el gran esfuerzo de los indígenas que contribuyeron en todas las empresas expedicionarias de expansión colonial y luchando contra otros grupos indígenas y contra los usurpadores portugueses, llamados bandeirantes, mamelucos o paulistas.

(28) Tanzi, Héctor José - "Noticias sobre la Economía del Virreinato del Río de la Plata en la Época de los Virreyes Loreto y Arredondo, 1784 - 1794" - Buenos Aires, 1965.

(29) Aguirre Juan Francisco -"Discurso Histórico"- Espasa Calpe, S.A. Colección Austral -Volumen Extra Páginas 24 y 25      Buenos Aires, 1947.

 

LOS DOCUMENTOS MAS ANTIGUOS DEL ARCHIVO DE ASUNCIÓN Y LAS PRIMERAS CARTAS OBLIGACIONES

Los documentos más antiguos de nuestro Archivo Nacional de Asunción datan de 1534. En él se conserva el "Título de Gobernador y Capitán General para Don Pedro de Mendoza", que fuera el Primer Adelantado del Río de la Plata y fue dado en Valladolid a diez y nueve días del mes de julio, año del nacimiento de Nuestro Salvador Jesucristo de mil quinientos treinta y cuatro años". Este documento es copia auténtica de la época (1534). En esta capitulación se detallaron todas las cláusulas de la expedición y le da "como salario por cada año, dos mil ducados y de ayuda de costa otros dos mil, que sean por todo cuatro mil ducados que cuestan un... e quinientos mil maravedíes, y tenía que correr el salario desde el día que partían del puerto do Sanlucar de Barrameda. En este título, entre otras cosas habla del Tesorero y las obligaciones de éste" (33).

Otro documento interesante es el nombramiento del tesorero Gonzalo de Alvarado, porque Rodrigo de Villalobos había renunciado y fue "dada en la villa de Madrid a veinte días del mes de agosto de mil e quinientos e treinta y cinco años" (34).

Se le daba las instrucciones de cómo se debe hacer, "igual a los tesoreros de las islas españolas, San Juan y Cuba y provincias del Perú". Fue este señor Gonzalo de Alvarado, tesorero de la expedición de Don Pedro de Mendoza y quien se entendía con todo lo referente a los gastos del viaje y de las necesidades.

En los primeros años de la fundación de Asunción (1537) notamos por los varios documentos de nuestro Archivo que no corría moneda. En las "cartas de obligaciones", también llamadas "conocimiento" que se hacían ante escribano, en lo referente al pago, en casi todos los escritos se lee lo siguiente: "Nos Obligamos dar y pagar en cualquiera parte y lugar de esta provincia del Río de la Plata o doscientas leguas de costa del mar del Sur anexos a esta conquista el primer repartimiento de oro e plata e perlas y piedras preciosas y otras riquezas que en esta dicha provincia y su tierra se hicieren entre la gente de esta armada de las entradas que en ellas se hubieren hecho e hicieren de que sea ya oro o plata y las dichas riquezas". Sigue más adelante diciendo que si no alcanzaba de lo que le hiciese en el primer pago se haga de lo segundo o si no del tercero, hasta que se pague toda la deuda (35). Es digno de transcribir una de estas obligaciones, que dice así: "Obligaciones entregadas por Juan de Salazar de Espinoza a Gregorío de Leyes - En el puerto de Nuestra Señora de la Asunción Conquista del Río de la Plata a nueve días del mes de septiembre de mil quinientos e treinta y nueve años en presencia de mi, Juan Valdez de Palenzuela, escribano por sus Magestades e testigo de y uso escriptos, el señor Capitán Juan de Salazar de Espinoza (fundador de Asunción) dijo que por cuanto estando en este puerto, por Capitán e alcalde de la fortaleza e puerto, fallecieron en esta provincia Sancho de Ubasco, vecino de Estrella de Navarra al cual mató un tigre y asimismo falleció Juan Mescia vecino de Yepesal cual dicen que mataron unos indios en la comarca de Gualcaní y que hizo poner por inventario de bienes que quedaron de ellos y donde se pudieron haber, y nombró por tenedor de ellos a Rodrigo Gómez, vecino de Gibraltar e porque los dichos bienes se perdían, los mandó vender a ciertos soldados a pagar en esta conquista o en España e que sobre ello las personas que los compraron hicieron dos obligaciones, la una de treinta y seis mil y ochocientos e ochenta maravedís que están sobre Andrés Fernández e Juan Cobo y Francisco de Almaraz e Melchor Bazan e Francisco de Coymbra e Cristóbal de Aramayo, los cuales se obligaron de mancomún, y la otra obligación de cuantía de cinco mil e novecientos e sesenta e siete maravedís sobre Alonso Cantero e Baltazar de Sebilla e Sancho de Salinas, los cuales se obligaron de mancomún e que por descargarse su md. ante mí el dicho escribano entregó luego las dichas dos obligaciones a Gregorio de Leyes, tenedor de bienes de difuntos de esta conquista", etc. y firman los presentes con testigos (36).

Posiblemente el primer remate que se hace en el Río de la Plata, fue en Asunción el 4 de setiembre de 1539, y dice: "Venta de una ballesta en Pública almoneda", y comienza: "En el puerto de Nuestra Señora de la Asunción", etc., agregando más adelante: "Gregorio de Leyes, tenedor de bienes de difuntos en esta Conquista puso en pública almoneda un ballesta con sus gafas de Juan de Morales, difunto en esta conquista con la que la persona en quien se rematare tiene de pagar en el primero repartimiento desta conquista y no habiendo repartimiento paguen la sexta parte en España y no más, y luego con las dichas condiciones se puso e nalmoneda en la plaza pública de este Puerto y se pregonó por los de Peñaloza, pregonero y Bartolomé de Moya vecino de Mensilba, dió por ella trece pesos de oro que vale cada un peso cuatrocientos y cincuenta maravedís pagados en el primer repartimiento", etc. y sigue: "y si no los hubiere dentro de cada año y medio que pagara en España", etc. (37).

En un documento que también se conserva en nuestro Archivo, pero fue hecho en Buenos Aires, el 28 de noviembre de 1538 en una carta obligación, figura un tal Velázquez, platero, y Hernán Báez, maestro de hacer navíos; creemos que tal vez sean los primeros maestros en platería y construir navíos (38).

El primer capellán que tuvo la iglesia de Asunción, según Aguirre, fue "el presbítero Francisco de Andrada, natural de Sevilla, y empezó a 11 de agosto de 1539", y el 22 de noviembre le dieron el título de capellán los oficiales reales, "y su paga por año se estipuló a 20 fanegas de maís, 10 de frijoles, 30 pollos, 50 panacus de raíz de mandioca". Sigue narrando Aguirre, y dice: "En el referido acuerdo con Irala, de 10 de junio, se nombra otro capellán, que lo fue Gabriel Lascano, y con él y Andrada se celebró asiento por la paga referida. Se asalarió también a un sacristán y se ordenó el cuidado de las temporalidades del divino culto. El primer ornamento que se hizo en la tierra, fue de 4 varas de lienzo, que constaron en 1°- de agosto, de 394 fanegas de maíz" (39).

Aguirre dice en otro párrafo que el II Adelantado el 12 de enero de 1543 crea el cargo de "Superior eclesiástico y primer cura", añadiendo: "que en vista de la necesidad de que haya quien tenga especial cuidado del culto divino en la iglesia de Nuestra Señora de la Asunción de este puerto e cuidado de las ánimas de los cristianos", etc. nombra al que ya lo había sido designado por Irala, y le "dió el título de cura a Juan Gabriel Lascano, inserto el capítulo de S.M. al contador para que cuide de los cristianos y recién convertidos, con 16.000 maravedís de salario, 20 fanegas de maíz, 10 de porotos, 50 panacues de raíz de mandioca y 30 pollos" (40).

(31) Idem, Idem. (Página 58).

(32) Garavaglia Juan Carlos - "Mercado interno Colonial del Paraguay", Torino, 1978.

(33) Archivo Nacional de Asunción - Vol. 64, No 1

(34) Archivo Nacional de Asunción - Vol. 63, N° 1 y publicado en la Revista del Archivo en 1900.

(35) Archivo Nacional de Asunción - (Papel suelto) 28 de noviembre de 1538 - Publicado en la Revista del Archivo, 1° de octubre de 1900.

(36) Archivo Nacional de Asunción - (Papel suelto) Publicado en la Revista del Archivo, 1° de octubre de 1900 - Año I, Nº II.

(37) Archivo Nacional de Asunción - (Papel suelto) Publicado en la Revista del Archivo, 1º de octubre de 1900 - Año I, No II.

(38) Archivo Nacional de Asunción - (Papel suelto) Publicado en la Revista del Archivo, 1 Q de octubre de 1900 - Año I, NQ II.

(39) Aguirre, Juan Francisco —Discurso Histórico"-Colección Austral- Espasa Calpe, S.A. -Volumen Extra - Buenos Aires, 1947 - Pág. 56.

(40) Idem, Idem, páginas 67 y 68.

 

CREACIÓN DE LAS CUÑAS DE HIERRO POR DOMINGO MARTINEZ DE IRALA - ORDENANZAS DICTADAS EN ASUNCIÓN REGLAMENTANDO EL USO DE LOS EFECTOS QUE SE UTILIZARON COMO MONEDA Y VALOR DE ELLOS

Los efectos que se utilizaron como moneda para las transacciones fueron: el hierro o cuñas de hierro, cuchillos, anzuelos, escoplos, lienzo, algodón, azufre, plomo, cera y, más tarde, yerba y tabaco. A medida que escaseaban algunos productos, éstos eran reemplazados por otros, y estaba en manos del Cabildo dictar los valores, y decían: "para la buena gobernación de todas las actividades".

La primera que conocemos y que la transcribe Juan Francisco Aguirre en su libro "Discurso Histórico" (41), dice así: "En el puerto e ciudad de Nuestra Señora de Asunción, en tres de octubre de 1541 años, los señores Domingo de Irala, teniente Gobernador de estas provincias del Río de la Plata por su Majestad e Garci Venegas, tesorero, e Alonso Cabrera, veedor e Carlos Doubrin factor, oficiales de S.M. de la dicha provincia, en presencia de mi, Juan Valdés de Palenzuela, escribano de S.M. estando en su acuerdo según lo han de uso y costumbre de se juntar para entender en las cosas tocantes al servicio de Dios Nuestro Señor y de S.M. y para la buena población e pacificación de esta provincia dijeron que: visto que no hay oro ni plata ni otras cosas en la tierra para poder contratar en manera de moneda e que por esta causa se dejan de vender e contratar la hacienda de S.M. que en esta tierra se cobra, así cochinos, maís, frijoles, mandioca y aves y otras cosas que se cobran de los diezmos y quintos a S.M. pertenecientes, y no se halla por ello precio ninguno de oro y plata, porque en la dicha tierra de presente no hay e por esto e porque las dichas cosas se ven vendidas al fiado y las deudas no se cobran por no haber moneda con que se puede pagar y así mismo el bastimento que hay de S.M.", etc, y más adelante dice: "e porque no haya engaño e cada uno sepa como contrata e los precios porque compran e venden, habiéndolo bien mirado, dijeron que moderaban y moderaron que de aquí adelante valga un anzuelo de malla, un maravedí e un anzuelo de rescate valga cinco maravedíes, e un escoplo valía 16 maravedíes, una cuña de la marca que aquí se acostumbra hacer valga cincuenta maravedíes y una cuña del ayunque de las que aquí se acostumbran hacer valga cien maravedíes lo cual dijeron que mandaban e mandaron que todo lo que se vendiese e contratase de aquí adelante y se debiere de cochinos y de otras cualquieras deudas que en esta tierra se hiciesen, hasta que haya oro o plata se contrate e pague en las dichas cosas en lugar de moneda y que ninguno las pueda desechar por los dichos precios". Finalmente, este documento concluye ordenando "que se mandase fijar en las puertas de la iglesia de esta ciudad para que vengan a noticia de todos".

Aguirre, en otros párrafos de su libro recuerda a Irala, y dice: "Una operación que acredita el bello ingenio de Irala, y del acuerdo de la buena gobernación, es la creación de monedas de hierro y la moneda de rescate o de la tierra y que esta última era su mayor consumo entre los naturales" (42).

Las cuñas se cortaban en distintos tamaños. En algunos documentos hablan de "cuñas grandes" y "pequeñas", otras que servían para labrar y cortar madera, también se utilizó como hachas, algunas eran marcadas, y las llamaron "de marca", otras de "ayunque". En el documento ya citado, de 1541, a la "cuña de marca" le dieron un valor de 50 maravedíes, y a la cuña del "ayunque" 100 maravedíes. En otros documentos se leen que tenían nueve onzas, otras ocho, otras siete y hasta de cinco onzas, y esto seguramente de acuerdo al tamaño. También se lee en otros documentos: "cuñas de la mala moneda" que costaba "cada una tres cuchillos de rescate encabado" (43).

En el año 1973, cuando se hacían las excavaciones para la colocación de caños para los desagües pluviales en varias calles de nuestra ciudad capital, recorríamos frecuentemente para obtener los distintos objetos de interés que se encontraban, y recogimos grandes puntas de lanza, hachas de abordaje, balas, herrajes de puertas y de caballería, y varios objetos más, pero uno de ellos nos sorprendió, cuando se encontró a unos cinco metros de profundidad un pedazo de hierro en forma de cuña, con uno de los extremos doblados a fuerza de golpes, y al otro extremo con filo. Posiblemente fue una cuña de lasque se utilizaron como moneda de las que llamaban "para labrar y cortar madera", que circularon en los siglos XVI y XVII (ver foto).

Anzuelo de malla llamaban a los que se hacían de las mallas que algunos españoles tenían y que habían traído desde la metrópolis. Los diccionarios dicen de la malla: "formada de anillos de acero con que se hacían las cotas y otras armaduras" (44).

(41) Aguirre, Juan francisco – “Discurso Histórico – Espasa Calpe, S.A. – Colección Austral – Volumen Extra – Buenos Aires, 1947

(42) Idem, Idem.

(43) Archivo Nacional de Asunción - Publicado en la Revista del Archivo - 14 de noviembre de 1901 -Año I, No XIII (bis).

(44) Dicccionario Larouse Ilustrado - París, 1948.

 

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También en los antiguos documentos se lee "anzuelo de rescate". Estos los hacían con elementos apropiados, y seguramente con la fragua, martillos y pinzas. En un remate de los bienes de Francisco Vázquez, que se efectuó el "domingo 17 de abril de 1547, se anotó lo siguiente: "Vendiose a Sebastián de León, cirujano, todo el aparejo de hacer anzuelos que está inventariado, y aceptó una lima que pareció ser de Ruy García en treinta cuchillos encabados que son diez cuñas de la mala moneda" (45). En el mismo remate del que hablamos también se vendieron "anzuelos de dorados, de armados y de palometas". En la ordenanza de 1541, vimos que el anzuelo de malla fue utilizado como unidad monetaria, y cuyo valor era de un maravedí, y un anzuelo de rescate, 5 maravedíes.

En el largo proceso sobre el valor de unas mangas de malla, "de lasque se hacían anzuelos", un señor Ino Rodríguez Descobar apeló ante el alcalde mayor y dijo: "que apelaba y apelo de la sentencia contra él dada e pronunciada por el dicho señor alcalde mayor, para ante el muy magnífico señor Alvar Núñez Cabeza de Vaca, Gobernador en esta provincia del Río de la Plata". El alcalde mayor dijo que no daba curso a su apelación, y que dentro del "tercer día averigüe si las mangas de malla en que por la dicha sentencia le condenó, valen seis mil maravedís e demande conforme a ley, para que la dicha apelación haya lugar. Pedía además el alcalde presente testigos; al tercer día, el lunes tres de julio de 1542, presentó a Hernando de la Guardia de quien el alcalde tomó juramento y le dijo que "declare lo que las dichas mangas de malla valen o pueden valer en esta provincia a justa e común estimación". La Guardia dijo que "el dicho señor Rodrigues le mostró una manga de malla para que viese lo que podría tener poco más o menos", y agregaba más adelante "que le parece e cree que tiene ocho mil mallas, mil más o menos, e que en el Río Paraguay es costumbre dar a hacer anzuelos de la dicha malla a medias, en tal manera, que si dan cuatro mil mallas dan hechos dos mil anzuelos, los cuales valen e están tasados conforme a la tierra de maravedí cada uno", y que por eso podría valer ocho mil maravidíes la dicha manga de malla (46).

Cuchillos. También se utilizaron como medio de cambio, "cuchillos", o "cuchillos de rescate" o "cuchillos de rescate encabados". En el documento arriba citado, vemos que treinta cuchillos encabados equivalían a "diez cuñas de la mala moneda". Otro documento dice que "una cuña de la mala moneda" equivalía a "tres cuchillos de rescate encabado".

En la ordenanza del 12 de febrero de 1545, dice que "un cuchillo de los que al presente corre valga cada uno 25 maravedí", el mismo valor de la ordenanza de 1541. En el remate o almoneda de los bienes de un criado de Ruy García llamado Luis, difunto, que se efectuó el 27 de setiembre de 1545, todo lo que fue a subasta se cobró en cuñas y cuchillos. En uno de los párrafos dice: "A Jacome Golo, e-a Jacome Coudovero, compañeros del dicho Luís, dos panyanes en doce cuchillos de los cuales se le quitaron cuatro cuchillos por cierto rescate que le había dado el dicho Luís" (47).

Escoplo. En el inventario de los bienes de Francisco Vázquez, del 16 de abril de 1547, entre los objetos figura "un escoplo pequeño e dos anzuelos de palometa, etc" (48). En todos los documentos que tuvimos ocasión de leer, raras veces hemos encontrado escoplos.

Aguirre relata en su libro "Discurso Histórico", que desde el 23 de julio de 1539 hasta el 28 de enero de 1541, habían cobrado "en especies los diezmos" y que su compañía de "319 panacus de raíz de mandioca, 12 pollos, 80 fanegas de maís, y 65 fanegas de frijoles" (49).

Irala remite al soberano "las primicias del Río de la Plata que su real acuerdo consiguió a los oficiales reales de Sevilla como muestras de los productos de la tierra. Consistían en panes de azúcar, ici o trementina de la tierra, cueros de anta, de tigre y venado, unos crudos y otros adobados, que costaron 2.628 cuñas y en 3.786 varas de lienzo de algodón que importaron 60.846 cuñas" (50). Más adelante dice: "Las cuñas de monedas de que se habla en la anterior relación de lienzos, eran de las que se llamaron de mala moneda y también moneda común: 14 valían una de las buenas o del ayunque o 100 maravedíses, y por consiguiente valía una de las malas 7 1/7 maravedises. El origen de estas monedas con el nombre de cuñas, se debió al uso de ellas como para hachas". Concluye así: "Lo que me consta es que una onza de hierro o el metal de dos cuñas estaba dispuesto así porque terminantemente he leído (decía Aguirre) en los documentos se labraba para cortar. Y de aquí es visto que sería lo propio con la onza o metal de la cuña (51).

Irala había recibido de Juan de Ayolas y Francisco Ruiz Galán "diferentes haciendas y rescates pertenecientes al Gobernador Don Pedro de Mendoza, y nos consta por confesión de Irala que todo lo había gastado en la jornada que hizo la tierra dentro en busca de Ayolas y en sostener y adelantar la conquista que a más había gastado de su hacienda propia en el tiempo que fue teniente de los expresados jefes a quienes correspondía los gastos de la conquista, 50 rosarios de margaritas (supongo no serían de las del Evangelio), 23 rosarios de abalorios verdes, 3.000 anzuelos de rescate de todas suertas, 10 pares de tijeras, 24 cuchillos de España, 2 actras, 26 chelises, 23 Cascabeles, 12 quintales de hierro que compró a León Palcaldo, 300 cuchillos que compró al citado Ruiz Galán; 24 varas de lienzo para velas y más de 400 cuñas de hierro, allende de otras que parecerán en el libro de cuentas (52).

El pensamiento de los españoles del Río de la Plata era hallar el camino más corto al Perú, porque sabían que existía mucho oro y plata, y quesería importante para esta provincia la comunicación con aquel Reino (53).

Varios habían intentado encontrar oro y plata; en 1524 y 1525, Alejo García; en 1537, Juan de Ayolas, mandado por Don Pedro de Mendoza; el II Adelantado, Alvar Núñez, antes de partir de España, pensando ya en las minas de oro, trató con el licenciado Cristóbal Vaca de Castro, quien también vendría a América, a la Capitanía de Perú. Poco tiempo de la llegada del II Adelantado, "dispuso que saliera Domingo Martínez de Irala por el Río con 300 hombres y orden de que navegase 100 leguas arriba del Puerto de Juan de Ayolas, y viese si se podía emprender la comunicación al Perú. Partió Irala por noviembre de 1542, descubrió las 100 leguas arriba, hasta el puerto que llamó de los Reyes el cual existía en los Xarayes, indios benéficos y grandes chacareros. Cumplió Con los re... que venía por tierra (56). Llegaron luego hasta el puerto de los conocimientos, trató con diversas naciones, y puesto río abajo regresó a la Asunción el 15 de febrero del 543" (54).

Prosigue Aguirre: "Sabemos por el mismo Irala, que costeó esta expedición comprando los bastimentos necesarios para la sustentación de la gente, etc.", y agrega: "Gastó en la jornada 100 cuñas grandes y 6 pequeñas, 300 cuchillos de rescate, 500 anzuelos de palometas y dorados, 4000 anzuelos de malla, 3 docenas de cascabeles, 6 campanillas, 6 pares de tijeras y otras menudencias, que todo podía valer 1.500 cuñas del ayunque" (55).

Aguirre dice que [rala le pasó la cuenta de los gastos al II Adelantado, y éste nunca le pagó.

El 18 de setiembre de 1543 partió Alvar Núñez en busca de "abrirse" camino para llegar al Perú para tener comunicación. Partió con 400 españoles, una parte por tierra, y él por agua, "alcanzando a subir hasta frente al cerro Pan de Azúcar, a los 21º 22' donde esperó y recibió a bordo la columna Reyes. Mandó a dos españoles con indios Orejones para explorar, quienes estuvieron de vuelta a los pocos días, asegurando que habían llegado al país de los Jarayes. Entonces Alvar Núñez emprendió camino hacia el oeste, pero fracasó y tuvo que volver a Asunción" (57).

Cuando ya Alvar Núñez había sido remitido preso a España, e Irala nombrado nuevamente Gobernador, unos años después, en agosto de 1548 se dispuso atravesar el Chaco, hasta llegar al Perú. Llegó hasta Pan de Azúcar, luego se dirigió hacia el noroeste, sufriendo grandes males. "Irala fue avisado de lo que había sucedido en el Perú con el alevoso Pizarro. Tuvo especial cuidado de no penetrar más con su expedición, resolviendo regresar" (58).

Varias expediciones más cruzaron el Chaco, con intenciones de llegar al Perú; Ñuflo de Chávez, que fundó Santa Cruz de la Sierra, y otros fueron también como Diego de Mendoza.

Castro Boedo, en su libro publicado en 1873 (59), dice "que con la llegada de Chávez al Paraguay por aquel camino, el Obispo, el Gobernador, Felipe de Cáceres, el Proveedor Fiscal del Paraguay y otros muchos, emprendieron viaje por el Chaco hasta el Perú el año 1564, regresaron en el Paraguay en 1569". Decenas de expediciones más cruzaron el Chaco.

Tan importante era el hierro, porque como dijimos, Irala había hecho las "cuñas monedas" que se dispone el 10 de enero de 1544, que las personas que tengan hierro debían declarar, con testigos, y ante escribanos. El documento dice así: "Yo, el Capitán Juan de Salazar de Espinoza, teniente de Gobernador e Capitán General en esta provincia del Río de la Plata por el Ilustrísimo y muy magnífico señor Alvar Núñez Cabeza de Vaca Gobernador Adelantado e Capitán General en esta dicha provincia... por su Magestad, digo que por cuanto por cosas que convienen a la ejecución de la Real Justicia e al servicio del dicho Gobernador, es necesario que no se labre hierro alguno en la fragua desta ciudad de la Asunción, sin que primero se manifieste ante Francisco Galán, a quien el dicho señor Gobernador dió poder e comisión para ello e sin que las personas que manifestasen el dicho hierro den información de testigos como es suyo el dicho hierro e de quien lo han habido". A continuación de este documento ya se lee algunas personas que declaran. Por ejemplo, uno que tenía "un pedazo de cañón de cámara de lombarda sin argollas que podía pesar una arroba más o menos, etc." Otro, "un pedacito de hierro más o menos cortado de ancho, que dijo que le dió Gaspar Cordón, etc." (60).

Lo notable es otro documento del 7 de junio de 1544 en el que se lee todo un proceso porque un individuo roba un clavo de hierro de la cruz de la ermita de Nuestra Señora de la Vega que estaba junto a una roca y que era del capitán Francisco Ruiz (61).

En la ordenanza del Cabildo, del 26 de julio de 1544, en parte decía: "Por ningún esclavo se hallan arriba de treinta cuñas y esto ha de ser escogido y las dichas cuñas son siete onzas de hierro que la moneda que agora de presente corre que vale cada cuña a real de plata y oro y aún más" (62).

Lo notable es la ordenanza sobre fundición de metales tan tempranamente, y que dice así: "En la ciudad de Asunción que es en el río del Paraguay de la provincia del Río de la Plata, viernes veinte y nueve días del mes de agosto, año del nacimiento de

Nuestro Salvador Jesucristo de 1544 años, este dicho día el muy magnífico Señor Domingo Martínez de Irala, Tte. Gobernador y Cap. General en esta dicha provincia y los magníficos señores Pedro de Molina y Domingo de Peralta y Felipe de Cáceres, contador de su Magestad en esta dicha provincia y Regidores, estando en la Iglesia Mayor de esta dicha ciudad en su Cabildo y Ayuntamiento según que lo han de uso y de costumbre y en presencia de mi Bartolomé González, escribano de su magestad e público del número e del Cabildo e Regimiento en esta dicha provincia hicieron la ordenanza siguiente en la que toca a la fundición del metal y hechura de las plantas que se hacen en esta ciudad.

Ordenamos y mandamos, que agora o de aquí en adelante, la persona o personas que fundieren metal para hacer planchas, no sean osadas de llevar ni lleven por hechura de una plancha que sacaron fecha de fundición más de una cuña y media de la yunque de cada libra de metal que les diesen para meter o fundir, e hacer las dichas planchas hayan de descontare descuenten dos onzas por la quiebra e mermas que hace el dicho metal en la dicha fundición e la persona que más precio llevase o más quiebra de la susodicha descontare haya de pagare porque porcada una vez que en ello incurriese seis cuñas de la yunque de pena aplicada la tercia parte para el denunciador e las dos tercias parte para obras públicas de esta ciudad e lo firmamos de nuestros nombres e mandamos que se fije un traslado de esta dicha ordenanza en una parte pública de esta ciudad porque venga a noticia de todos, etc." Firman: Domingo de Irala - Pedro de Molina - Domingo de Peralta - Felipe de Cáceres (63).

El 7 de noviembre de 1544 el Cabildo reglamentó los precios de los siguientes víveres:

“2 gallinas caseras a 3 cuchillos de marca;

8 huevos, 1 cuchillo;

3 libras de pescado de espinel, 1 cuchillo; y

2 libras de pescado de red, 1 cuchillo" (64).

"El 12 de febrero de 1545, Irala y los oficiales reales acordaron que por ser público y notorio no había de presente oro ni plata para correr en monedas y que habiéndose establecido las de rescate por el Teniente Gobernador, oficiales reales, justicia y regimiento que una cuòa de hierro a 7 onzas valga 100 maravedís y lo mismo 4 cuchillos de los que al presente corren cada unos 25 maravedís y que mediante esto se compra, viste, contrata, paga jornales de trabajadores y vende los bastimentos y otras cosas que de presente hay en la tierra y que aún los diezmos, quintos y penas de cámara se vendían a las dichas monedas de rescate, acordaban, hasta tanto que Dios sea servido de dar oro y plata que el factor presente los precios y se carguen por el contador tesorero en la dicha moneda y en la misma se hagan los libramientos" (65).

En 1545, una ordenanza decía que el precio de dos peines equivalía a un cuchillo, pero Antonio Trinidad vendía un peine por un cuchillo. Enterado uno de los regidores, el 10 de junio de 1545, Don Domingo Zimbrón de Peralta denunció que Antonio Trinidad vendía peines "a un peine porcada cuchillo y tenía que ser dos peines por un cuchillo". Con este motivo, el Alcalde Mayor Díaz del Valle " lo condena a la mitad de la pena contenida en dicha ordenanza" (66).

No sólo se compraba, vendía, o se contrataba con los valores ordenados, sino también se cobraban las multas.

El 27 de agosto de 1545, entre otras cosas se ordenaba, "que no vayan fuera de la ciudad a ninguna casa de indio sin expresa licencia, so pena de diez cuñas para obras públicas de esta ciudad, y además 6 días de cabeza en el cepo" (67).

Otro documento del 22 de setiembre de 1545 dice: "El muy magnífico señor Domingo Martínez de ^rala, Teniente Gobernador y Capitán General en esta provincia, a nombre de S.M. por ante mí Bartolomé González, escribano público del número y Cabildo, dijo, etc... hizo los bandos y ordenanzas siguientes.

La primera ordenaba que todos los españoles y conquistadores estaban obligados a tener el arcabuz de día y de noche, "la mecha en el brazo y frasquillo y bolsa de pelotas y el ballestero la gafa en la cinta so pena que el que así no lo cumpliere y trajere pague de pena 3 cuñas del ayunque, etc... e más de estar y esté dos días en el cepo". Otra orden decía "que ninguna persona sea osado de ir ni pasar a la otra banda del Río a cazar ni pescar en ningún tiempo que sea etc... so pena de que el que así lo guardase y cumpliese caiga e incurra en pena de 6 cuñas del ayunque aplicados por tercias partes como dicho es e mas se le corte un dedo del pie y así puestos dos horas a la vergüenza pública, etc.".

En otra ordenanza se prohibía ocupara los indios "para ningún trabajo o servicio, ni tengan con ellos contratación alguna". Más adelante decía que si los indios amigos de su propia voluntad se ofrecían y como convenía para la pacificación, da a entender que estos podían ser contratados, de lo contrario "incurrirían en la pena de 10 cuñas de ayunque, además de estar 15 días en prisión o lo que quiera el Gobernador" (68). Las misas también se cobraban en cuñas de hierro. El 3 de octubre de 1545, Don "Francisco de Andrada, clérigo, presbítero capellán de la Iglesia de Nuestra Señora de la Asunción desta ciudad, recibió de vos Ruy García, 6 cuñas de la yunque, las cuales son por razón del oficio divino que se dijo por el ánima de Luis, las cuales recibo por my e en nombre de mis compañeros y por que es verdad lo firmé de my nombre. Francisco de Andrada" (69).

 

(45) Archivo Nacional de Asunción -Publicado en la Revista del Archivo - 1° de noviembre de 1901 -Año I, N° XIII (bis).

(46) Archivo Nacional de Asunción - Publicado en la Revista del Archivo - 15 de marzo de 1901 - Año I N4 X.

 (47) Archivo Nacional de Asunción - Publicado en la Revista del Archivo – 1º de noviembre de 1901 - Año I, N4 XIII (bis).

(48) Idem, Idem.

(49) Aguirre, Juan Francisco -"Discurso Histórico"- Espasa Calpe, S.A.-Colección Austral-Volumen Extra - Buenos Aires, 1947.

(50) Idem, Idem. (51) Idem, Idem. (52) Idem, Idem.

(53) Idem, Idem. (54) Idem, Idem. (55) Idem, Idem.

(56) Castro Boedo, Emilio - "Estudios sobre la navegación del Bermejo y Colonización del Chaco en 1872" - Buenos Aires, 1873.

(57) Idem, Idem. (58) Idem, Idem.

(59) Idem, Idem.

(60) Archivo Nacional de Asunción - Publicado en la Revista del Archivo - 15 de marzo de 1901 - Año I, N4 X.

(61) Idem, Idem.

(62) Garay, Blas - "La Moneda en el Paraguay" - Revista Guarania - Asunción, 22 de junio de 1935 - Año II, N° 20.

(63) Archivo Nacional de Asunción - Vol. 307 Nueva Encuadernación - F. 150.

(64) De la Fuente Machaín - "El Gobernador Domingo Martínez de ^rala", Editorial La Facultad - Buenos Aires, 1939.

(65) Aguirre, Juan Francisco-"Discurso Histórico"- Colección Austral - Espasa Calpe S.A.-Volumen Extra - Buenos Aires, 1947.

(66) Archivo Nacional de Asunción - Publicado en la Revista del Archivo - 15 de abril de 1901 - Año I, N4 XII.

(67) Idem, Idem.

(68) Aguirre, Juan Francisco- "Discurso Histórico"- Colección Austral –Espasa Calpe S.A.-Volumen Extra - Buenos Aires, 1947.

(69) Archivo Nacional de Asunción - Publicado en la Revista del Archivo – 1º de mayo de 1901 - Año I - No XIII.

 

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El escribano público Don Juan de Valderas cobra también una cuña por los derechos "del inventario e almoneda de los bienes de Luis", y le da recibo a Ruy García "de una cuña de la yunque en cuarenta". Lleva fecha 3 de octubre de 1545 (70).

Se vende una propiedad en 20 cuñas, y el documento dice así: "A primero día del mes de setiembre de 1546 años ante el señor Alcalde Mayor par°- Tristán de Vallarta e presentó el conocimento siguiente: Digo yo Jaime Rasquín estante en este puerto de Asunción que es en la provincia del Río de la Plata, que es verdad que vendí a vos Tristán de Vallarta estante en el dicho puerto un solar que yo tengo en este puerto... por razón de veinte cuñas de a siete onzas, el cual solar tiene sesenta pies de ancho y de largor como my casa y corral" (71).

El 9 de octubre de 1553, el tesorero Andrés Hernández hace un requerimiento por un cuarto de yegua al teniente de Gobernador Don Domingo Martínez de Irala, y le dijo en la nota que "el Contador Felipe de Cáceres sentenció ciertas penas de cámara y los vendió, y el precio de ello entregó a Peró Antonio Genovés yendo contra la que S.M. compete". Más adelante le pide Hernández que se le entregue "el valor de los dichos bienes tenga quien tenga". De acuerdo a lo que se lee en el documento, el importe de la pena de cámara era de un cuarto de yegua, y que se tenía que reducir a moneda y el que debía pagar era Francisco Pérez Leiton (72).

Un documento de nuestro Archivo, desgraciadamente sin fecha, pero sabemos que es de la época de Irala, porque es quien firma esta orden de sentencia a Rodrigo Gómez por herida que cometió a Nicolás Florentín en el brazo, a pagar costas y 50 cuños de multa, "de la moneda corriente aplicada a las obras públicas de esta ciudad" (73).

El maestro entendido en minas Diego Barba le pide al Capitán General y Justicia Mayor, Domingo Martínez de Irala, que le ayude "a beneficiar e sacar plata de las dichas minas, en tal manera que se pueda labrar e aprovechar, etc.". El nombrado maestro Barba dijo que "había descubierto en las sierras de Acahay e Ybyturuzú que son en la comarca de esta ciudad de Asunción". Con tal motivo se labra un acta en Asunción del 17 de octubre de 1553 ante el escribano público y del Cabildo Bartolomé Gómez y testigos Alonso Riquelme de Guzmán, Adamo de Olabarriega y el alguacil José Gallego, donde se impone una serie de condiciones para poder extraer la plata, primero "como descubridor el maestro Barba e benficiador de las dichas minas sacando de ellas la dicha plata que se labre e beneficie cierta y verdaderamente como en otras partes de las Indias os de e señale la primera mina e otra salteada como se dan e acostumbran dar e señalar en los Reinos del Perú". Más adelante decían: "que la plata que fundiereis e beneficiareis dentro de cinco meses primeros siguientes que se cuenta e han de contar desde el día de la fecha desta en adelante sea para vos el dicho maestro Diego, por nuestra propia hacienda e aprovechamiento pagado el quinto a Su Majestad".

Irala se comprometía a darle 300 indios de la nación Carios, también seis cabrillas hembras y un macho, para su multiplicación. También pedía el maestro, "fuelle e yunque e macho e dos tenazas e cuartillo e otros aparejos comunes de la dicha fragua".

Irala decía que le daría también "catorce hombres de los conquistadores que entienden de aquellas cosas", y que si sacara la dicha plata de las minas y pudiera labrar plata fina, que sea para servir a su Magestad y para que aprovechen los conquistadores de esta provincia.

Terminaba diciendo Irala que si cumplía con los "seis capítulos" él también se obligaba a cumplir, y de no hacer así podía demandarlo "ante su Magestad o ante los muy poderosos señores presidente e oidores de su Real Consejo de Indias".

Firmaron Irala, el escribano, testigos y el alguacil (74).

Con respecto a las minas, dice Aguirre en uno de los párrafos de su libro, lo siguiente: "Las minas, remedio de los males políticos, nunca se hallaron en el Río de la Plata". Explica el citado autor que varios han hecho muchos esfuerzos para descubrir minas, que en tiempo de Vergara consta que se buscó en el interior a su provincia, Hernán Gallego buscó en costa arriba; por otra parte Francisco Leiton con el P. González y en Acay investigó Juan Vázquez, además un indio llamado Gaspar, estuvo mucho tiempo buscando, y decía que había visto sacar metales en setiembre de 1561, pero dice Aguirre, "nunca se halló cosa con que pudiésemos ser remediados" (75). Más adelante, Aguirre vuelve a hablar sobre minerales y dice que "el señor Flores, queriendo averiguar si en la cordillera de Amambay o tierras altas de Xerez tenían minerales, consultó diversas memorias antiguas del Archivo de Asunción, la tradición y la observación con los portugueses en la demarcación, pero no pudo hallar luz ni fundar sospecha de que hubiese mineral de oro, plata o piedras preciosas" (76).

Sin embargo, veremos más adelante que Ruy Díaz de Melgarejo informa el 3 de setiembre de 1575, "haber hallado minas de metal" en Villa Rica del Espíritu Santo (77).

De la Fuente Machaín, en su libro "El Gobernador Irala", dice así: "El propósito de realizar una entrada hasta la región de los metales" (78), etc. En abril de 1554 el factor Dorantes volvió a salir para el Acay con esperanzas de éxito ante el resultado de las exploraciones realizadas el año anterior. Llevó consigo a Pedro Solares, Hernán y Juan Gallego y otros a quienes se creía hábiles para todo lo referente a minas. La campaña duró año y medio más o menos, durante el cual recorrieron las regiones del Paraná, Yguazú, Piquirí e Ygatú, sin que los resultados respondieran a los trabajos pasados y mucho menos a las ilusiones que les movió a ir. El ensayador Gallego halló una veta de cobre en las regiones del Paraná; luego remontaron el Piquirí y el Ygatú en busca de minas de oro y plata. Poco después un indio les dio una plancha de cobre traída del río Ypirirí en la cual había un poco de oro, según la opinión del platero Velázquez. La mitad fue dada a Jácome Luis, quien la llevó a España en 1556.

Algunos documentos eran notables, pero hay que ubicarse en el tiempo, además que son interesantes por el valor que den a los objetos o animales.

Dice Aguirre que un criado de Irala, llamado Alejandro y que era hijo del conquistador Anse de Brumbergue, le había dejado una herencia, de la que se compró un caballo, "que costó 1500 cuñas, que entonces eran 300 varas de lienzo, valor de 100 pesos oro" (79).

El gobernador Domingo Martínez de Irala, creador de las cuñas de hierro, poco antes de morir hizo su testamento el 13 de marzo de 1556, "en memoria secreta". El documento comienza así: "En nombre de Dios Todopoderoso y de la gloriosa Virgen Santa María, y de todos los santos y santas de la corte celestial. Sepan cuanto esta carta de testamento vieren como yo, Domingo Martínez de Irala, Gobernador de esta provincia del Río de la Plata, por S.M. estando sano y con salud y en mi buen seso, juicio, memoria y entendimiento tal cual Dios Nuestro Señor quiso y tuvo por bien de me dar temiéndome de la muerte que es cosa natural, y deseando poner mi ánima en carrera de salvación, etc.". Después se encomienda a todos los santos y ordena se dé "a todas las iglesias, monasterios y ermitas de esta ciudad a cada una, dos cuñas de la yunque para alumbrar las lámparas y mando a la fábrica de la Iglesia mayor de esta ciudad doze varas de lienzo de manteles para servicio de altar, etc. Después dice: "declaro que demás de lo que pareciere de verme por los libros y cuentas que dejo e gastado en servicio de Don Pedro de Mendoza y de Juan de Ayolas todo el tiempo que tuve cargo de su lugarteniente cincuenta rosarios de margarita y veinte y tres rosarios de abalorios verde y tres mil anzuelos de rescate de todas suertes y dos pailas de latón y diez pares de tijeras y veinte y cuatro cuchillos despaña y dos hachas y treinta y seis chilises y veinte y cuatro cascabeles y más de doce quintales de hierro que compró a Pancado y trescientos cuchillos bohemios que compró del dicho Francisco Ruiz y veinte y cinco varas de lienzo de algodón que gasté en las velas y más de cuatrocientas cuñas de hierro lo cual todo gasté en servicio del dicho señor Don Pedro, y de su lugarteniente Juan de Ayolas y desta conquista, etc."

Después de varios mandatos, dice: "Digo que Su Magestad me hizo merecedor de me librar a razón de doscientos mil maravedíes cada año del tiempo que tuve el cargo y oficio de lugarteniente del dicho Juan de Ayolas, que fueron dos años y nueve meses que montaron cerca de seiscientos mil maravedíes, la cédula de lo que trayéndola el contador Felipe de Cáceres se perdió cuando se trastornó la galera a cuya causa no pude cobrar los dichos maravedíes mando a los dichos mil albaceas lo cobren de los bienes y hacienda pertenecientes a Su Magestad en esta provincia". Agregaba además que había gastado "harta cantidad de moneda" en construcción de navíos "socorrer a cierta gente" y "descubrimiento del Puerto de los Reyes a que yo por él y en su nombre fu í gaste de mucha cantidad de rescates y fui a mi costa y misión sin darme ayuda ninguna de rescate ni otra cosa en cual viaje gasté cuatrocientas cuñas grandes y seis planchas y trescientos cuchillos de rescate grande y quinientos anzuelos de palometas y dorados y cuatro mil anzuelos de malla y tres docenas de cascabeles y seis campanillas y seis pares de tijeras, cuentas menudas y otras cosas que todo ello podía valer más de mil cuñas de ayunque, y otro si lleve y comprado a mi costa todos los mantenimientos necesarios para sustentamiento de la gente, gastos y dádivas con indios". Decía también que fue a " la guerra de taberé y a pacificar la tierra... en lo cual gasté cuatrocientos cuñas", y agrega que hizo "una barca a su costa y misión y gastó en ella más de diez quintales de hierro". Da también el nombre de sus "hijas e hijos que yo tengo y Dios me ha dado en esta provincia". Habla asimismo que ha casado "a ley y a bendición, según lo manda la santa madre iglesia". Nombra a "tutores e curadores de los dichos hijos y manda le de sus bienes y hacienda", y termina diciendo que "en firmeza de lo cual lo firmo de mi nombre y a mi ruego y por testigo Juan de Valderas, escribano público" (80).

Aguirre en su "diario", refiriéndose al testamento de Irala, dice: "Las tierras y animales que tenía, se dió el valor en varas de lienzo y cada vara de lienzo valía 10 cuñas, y se supone, -decía- que 14 cuñas eran 100 maravedíes, que es casi el valor de 68 maravedís de plata". Prosigue el mismo autor "que el Adelantado Juan Ortiz de Zárate dió en acuerdo de Real Hacienda para los pagos de diezmos y pagos Reales" los dichos valores (81).

Por "riña" de dos personas, se los ponen en prisión y se les castiga a pagar mil cuñas. El documento dice así: "En un pueblo que se llama Quypecicosi, que es de la nación y lengua de los orotoquys, viernes veinte y ocho días del mes de octubre año del Señor de mil quinientos cincuenta y ocho así este dicho día el muy magnífico Señor Ñuflo de Chavez, Capitán y Justicia Mayor en nombre de Su Magestad, habiendo venido a su noticia que entre Francisco Rengifo, Regidory Francisco Díaz hubo cierto ruido y cuestión ayer jueves en la noche, para inquerir y saber la verdad y proveer lo que fuere justicia por ante mí el escribano público de suyo escrito tomó la pesquisa en información siguiente".

Se les hace declarar a estas personas y encontrándolas culpables de haberse agredido "con botes (recipientes) y lanzas" aunque no hubo heridas, los ponen presos, además, y de acuerdo al bando sobre "los que riñen y que hechan mano a las armas", Ñuflo de Chaves ordena se castigue y condene "a cada uno de ellos por si en las mil cuñas contenido en dicho bando segundo e como están aplicadas, además aplicaba y aplico a quien de derecho le pertenezca y en las costas derechos más hechos", y finalizaba diciendo que tenía que "purgar e pagar", antes de salir de prisión. Firman: Diego de Mendoza, Pedro Méndez y Baltasar García. Ñuflo de Chaves. Por ante mi Bartolomé González, escribano público y del Cabildo (82).

En una nota dirigida al señor Tristán de Irrazábal, leemos lo siguiente: "En 16 días del mes de abril de 1566, Antonio Roberto, teniente de Alguacil mayor, como albacea que soy de Pedro Portillo, difunto... ante V.M. en la mejor vía e forma... e digo que las cuentas que los bienes del dicho Portillo yo di como albacea del dicho difunto ante muy reverendo Padre Francisco González Paniagua, provisor e vicario general de ciertos bienes que al dicho difunto se le entregaron de la orden de San Gerónimo fue alcanzado al dicho Portillo en tres mil setenta y siete cuñas, etc. -Firma- Antonio Roberto".

El señor Tristán de Irrazábal ordena se entregue las cuñas de acuerdo a las cláusulas del testamento del dicho difunto (83).

Cuenta Aguirre que "los españoles fundadores, los únicos animales que subieron al Paraguay, fueron los perros, en cuya conservación cuidaron como era regular". Con los años, había tantos perros que Felipe de Cáceres, el 7 de enero de 1570, dictó una ordenanza que decía: "Ninguno quedase con más de dos perros, uno en su casa y otro en la heredad, ni se tengan más de 4 leguas a la redonda, so pena de 50 varas de lienzo, porque matan cabras, ovejas, puercos, aves, y aún de día arremeten a la gente" (84).

Ruy Díaz de Melgarejo escribió un informe "Al Ilustre Señor Pedro Serrano de Sevilla, desde Asunción, el 3 de setiembre de 1575", donde le hablaba de la Ciudad Real que él lo había fundado, también la de Espíritu Santo, de San Francisco, recuerda a los señores Felipe de Cáceres, a Ortiz de Zárate y otros, también algunos acontecimientos del Río de la Plata. También decía "haber hallado minas de metal" y refiriéndose a esta ciudad, dice así: "Ciudad de Asunción, que es en el Paraguay cabeza de estas provincias" y se lee en otro párrafo: "Vuestra Merced ha de saber que estando yo en un pueblo que se dice Ciudad Real, que había que lo fundé veinte y dos años, acabado de poblar otro pueblo sesenta leguas de allí, que se llama Espíritu Santo, donde hallé ciertas minas de metal colorado que lo llevaron al Perú y hallaron tener mucho oro, y después acá se han hallado muchas minas de plomo y se cree haber plata y por no haber quien lo sepa sacar ni beneficiar, no se ha sacado, porque los que trajo el Adelantado Juan Ortiz de Zárate que lo sabían sacar todos, se los mataron en ciertas refriegas, etc.". Decía también que para ir a poblar el puerto de mar de San Francisco, porque así convenía a Su Magestad, "tomó como avío cien ducados en lienzo de esta tierra que la presente lleva el cual me ha hecho muy buena obra, y no solamente en esta sino en otras que he tenido necesidad" (85).

El 27 de noviembre de 1571, le remiten una cédula Real a Juan Ortiz de Zárate, donde le facultan a abrir marcas, y el documento dice así: "Por que podais y pueda mandar abrir marcas Reales y punzones para que se marquen y pinten los metales de oro y plata y se cobren los quintos y derechos reales que nos pertenecieren y poner las otras marcas y punzones Reales en las ciudades y pueblos y asientos, etc.', (Archivo Nacional, Volumen 1, Sección Historia, Folio 25).

El pedagogo Ramón I. Cardozo, en su libro "El Guairá", con respecto a este hallazgo de las minas de hierro en Villa Rica, dice: "En Villa Rica empezó la explotación y fundición de hierro bajo la dirección del mismo Capitán Melgarejo, como se verá más adelante: con él se fabricaron algunas herramientas y las cuñas para uso monetario". Más adelante, al referirse a las riquezas minerales, expresa lo siguiente: "Los primeros conquistadores del Guairá tuvieron también su El Dorado local, que les infundió ánimo y fuerza para realizar expediciones, conquistas y fundaciones. Tres cosas rutilantes se les presentaron: la Peña Pobre, los famosos cocos y las minas de oro y hierro de Cuaracy-Berá. La Peña Pobre es un peñón situado, como hemos dicho, en la desembocadura del Yguazú. Por el brillo deslumbrante que despedía a la luz del sol, creyeron ser algo como un "pan de oro", hasta que bien estudiado, encontraron no ser tal cosa, por lo que le apellidaron de "pobre". Eran simplemente unos cuarzos y amatistas comunes de las rocas ígneas del Paraná y las minas de oro y metales Coracy-Berá (Cuaracyberá) hubieran tenido casi igual destino, convertirse en pura ilusión si no fuera el empeño de Melgarejo" (86).

Este nombrado capitán se dedicó de tal forma a la búsqueda de oro, y al parecer no se encontró oro sino hierro, "y lo fundió él personalmente, a pesar de ser hijodalgo y no artesano para poner remedio a la pobreza de aquellas ciudades y sus moradores que carecían de cuñas para sus operaciones mercantiles, como se practicaban en la Asunción y de cuchillos y otros instrumentos de hierro, tan necesarios para la vida, así como para aumentar el patrimonio real" (87). Decía, además, que "esta fatigosa faena se empeñó cerca de los años 1577 y 1578". Sin embargo, Melgarejo, como vimos más adelante, le escribió a Pedro Serrano ya en setiembre de 1575, informándole que había hallado "minas de metal", y también decía haber hallado "ciertas minas de metal colorado que lo llevaron al Perú y hallaron tener mucho oro".

Para dejar testimonio de haber hallado metal, Ruy Díaz de Melgarejo mandó levantar una información sumaria ante el alcalde ordinario de la Villa Rica del Espíritu Santo y el escribano público de la misma, García Vázquez de Valdez y Alonso de  Ontiveros, respectivamente, también varios testigos y antiguos vecinos del Guairá, fundadores y cofundadores, y todos declararon más o menos lo mismo, "que lo que sabe es que tiene al dicho capitán Ruy Díaz de Melgarejo por hijodalgo e no lo tienen por herrero ni fundidor y que sintió siempre del no sabía más de fundición ni ensayador, ni otro oficio tocante a metales". Y seguía diciendo después que vio que trabajaba "en la fragua de esa Villa, traficando con gran cuidado y asistencia, y en fundir y ensayar el metal de hierro para sacarlo a luz". Decían también los testigos que tienen esperanza de descubrir oro y plata, y que vieron se había sacado "cuarenta hasta cincuenta libras de una fundición" (88).

Se cree que el Adelantado Juan Ortiz de Zárate fue el que introdujo las "monedas nobles", que así llamaban a las monedas de oro y plata. En acuerdo del 14 de diciembre de 1575, dice entre otras cosas: "que la onza de plata de quinto sea valor igual al de cuatro varas de lienzo, y el oro, cada ducado cinco varas y cada vara de lienzo 2 reales, declarándose que si quisieran hacer las pagas en los metales, que les es libre. Después de esta declaración se hizo el lienzo, la moneda de comparación o única a la cual se arregló no solamente el quinto de los metales que había en la Asunción, sino también todas las demás cosas". Lo importante es lo que anota Aguirre con respecto a las cuñas, y dice: "Se dejó ya la cuña que era el nombre de la moneda que hacía antes el mismo oficio y en adelante se redujo al lienzo bajo de 68 maravedíes de plata la vara" (89).

Con esta reglamentación, el Gobernador sucesor Zárate Mendieta, en acuerdo del 9 de marzo de 1576, "estableció los valores siguientes de los frutos: una fanega de maíz, media vara de lienzo; la fanega de frijoles, una vara; un quintal de algodón en cuesco, ocho varas; dos cochinos, una vara; y cuatro pollos, una vara" (90).

En otro acuerdo, del 18 de agosto de 1577, del alcalde mayor Luis Osorio con los oficiales reales Izaguirre y Olavarriaga, acordaron que "una fanega de maíz, una vara de lienzo; una fanega de frijoles, una y media varas; el quintal de algodón en cuesco, once varas; dos cochinos, una vara; y cuatro pollos, una vara" (91). Más tarde se sigue con lo acordado anteriormente, con diferencias de reducir los maravedíes a varas de lienzo, manteniendo su valor de 2 reales de plata la vara.

Un documento en que el Maestre Miguel pide al alcalde Don Adame de Olaberriega para vender unas cabras que eran de un menor Alonso, hijo del difunto Bernabé Muñoz y el alcalde dice que se venda en almoneda como mejor pudiese, y que están al precio de "cabras buenas preñadas a dos varas y media de lienzo de algodón". Firman este escrito, a más de Adame de Olaberriega, el escribano público y de Cabildo Bartolomé González (92).

 

(70) Idem, Idem.

(71) Idem, Idem - 14 de enero de 1902 - Aòo I, N° XIV.

(72) Archivo Nacional de Asunción - Vol. 298. Nueva Encuadernación.

(73) Idem, Idem.

(74) Archivo Nacional de Asunción - Vol. 308. Nueva Encuadernación.

(75) Aguirre, Juan Francisco - "Discurso Histórico" - Colección Austral - Espasa Calpe S.A. - Volumen Extra - Buenos Aires, 1947.

(76) Idem, Idem.

(77) Archivo Nacional de Asunción - Vol. 227, Sección Historia, NI 28.

(78) De la Fuente Machaín - "El Gobernador Domingo Martínez de ^rala" - Buenos Aires, 1939.

 (79) Aguirre, Juan Francisco - "Diario del Capitán de Fragata" - Tomo 11 - 2a parte - Buenos Aires, 1950.

(81) Aguirre, Juan Francisco - "Diario del Capitán de Fragata" - Tomo 11 - 212 parte - Buenos Aires, 1950.

(80) Archivo Nacional de Asunción -Vol. 658- Propiedades y Testamento (Apartado) Documento publicado por De la Fuente Machaín.

(81) Aguirre, Juan Francisco - "Diario del Capitán de Fragata" - Tomo 11 - 212 parte - Buenos Aires, 1950.

(82) Archivo Nacional de Asunción - Vol. 7, Sección Copias.

(83) Archivo Nacional de Asunción - Vol. 8, Sección Copias.

(84) Aguirre, Juan Francisco - "Diario del Capitán de Fragata" - Tomo 11 - 2a parte - Buenos Aires, 1950.

(85) Archivo Nacional de Asunción - Vol. 227, Sección Historia.

(86) Cardozo, Ramón I. - "La Antigua Provincia del Guairá y la Villa Rica del Espíritu Santo"- Librería y Casa Editora de Jesús Menéndez - Buenos Aires, 1938.

(87) Idem, Idem. (88) Idem, Idem.

(89) Aguirre, Juan Francisco - "Diario del Capitán de Fragata" - Tomo I I - 2a parte - Buenos Aires, 1950.

(90) Idem, Idem. (91) Idem, Idem.

(92) Archivo Nacional de Asunción - Vol. 9, Sección Copias.

 

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El 22 de mayo de 1585, en esta ciudad de Asunción, el capitán Alonso de Vera y Aragón compareció ante el magnífico señor Juan de Torres de Navarrete y testigos Juan Barúa de Añazco y Andrés Lobato, y dice que vino de España en un navío con religiosos y pobladores, por orden de su Magestad, en salvamento de la ciudad de la Trinidad y del Puerto de Buenos Aires, y por socorrer la armada de Don Alonso de Sotomayor se le perdió el navío. Después de un tiempo vino a Asunción y en 1584, empezó a construir un navío, por orden y mandato del señor Adelantado Juan de Torres de Vera y Aragón. Para esta construcción se vio en la necesidad de sacar del depósito de los bienes de difuntos, la cantidad de diez y seis quintales y veinte y tres libras de hierro, con orden de la Justicia; dice después: "Pido y suplico mande se me modere el precio de buena moneda en reales por cuanto en esta tierra la moneda que corre es yerro, acero, garabata, lienzo, plomo, y esta moneda no es buena". Decía también que estaba dispuesto a pagar lo que se le mandara, o devolver el hierro a la vuelta de su viaje al Brasil.

El magnífico señor Juan de Torres Navarrete ordena se haga la tasación del hierro en buena moneda, o devolver el hierro a la vuelta de su viaje al Brasil al depositario de los bienes de difuntos.

Los tasadores dijeron que "en esta ciudad de Asunción, vale cada libra de hierro comúnmente una vara de lienzo, y cada onza de plata en reales cuatro varas de lienzo, digo cinco varas de lienzo, cada real de a ocho y suman los dichos diez y seis quintales y veinte y tres libras de hierro tres mil y cuatrocientos y treinta y seis reales y dijeron que es el valor y apreciamiento del dicho hierro" (93).

Desde los primeros años de la conquista, en toda América, y por lo tanto también en el Río de la Plata, los españoles buscaron afanosamente metales, principalmente oro y plata. Ya vimos que algunos dijeron haber encontrado en estas regiones, aunque no tenemos un dato positivo de hallazgo alguno; sin embargo, ya en 1587 se reglamenta, obligando a las personas, manifestar los que encuentren alguna mina. El documento dice así: "En la ciudad de Asunción a veinte y siete días del mes de mayo de mil quinientos y ochenta y siete años, el muy Ilustre Señor General Juan de Torres Navarrete Teniente de Gobernador y Capitán General y Justicia Mayor en todas estas provincias del Río de la Plata por el muy Ilustre señor Adelantado, el licenciado Juan de Torres de Vera y Aragón, Gobernador y Capitán General y Justicia Mayor de estas dichas Provincias por su magestad, etc.". Más adelante expresa: "que algunas personas andan y han andado buscando minas de oro, plata, perlas e otros metales de oro de que se deve quinto a su Magestad, los cuales por no saber el orden que se ha de tener en el manifestar y registrar las dichas minas y metales, etc.". Agregaba después que desde el día que se registraba se tenía 30 días para ensayar y luego declarar " la mina y veta de donde la sacó". Firman esta orden el Teniente Gobernador (93) Archivo Nacional de Asunción - Vol. 312 - Nueva Encuadernación.

Navarrete y el Escribano Francisco Pérez. A continuación, ya el mismo día 27 de mayo ante el dicho Gobernador, escribano, y testigos, compareció Francisco G... de esta ciudad y manifestó que tenía una piedra con metal, y dijo hacer el ensayado dentro de los 30 días y traerlo a registrar ante su merced (94).

Don Diego Núñez del Prado mandó el 2 de abril de 1594, en nombre de Don Hernando Zárate, "que nadie saque oro ni plata que está por quitar y marcar, hasta que venga el Gobernador u otra cosa que provea". Aguirre, en su libro (95), dice que en América había bastante cantidad de oro y plata que se trajo del Perú, y se traía por el comercio que se había establecido.

En el acta capitular del Cabildo del 29 de mayo de 1595, entre otras cosas se indicaba que Juan Pérez de Godoy, "quien remató la renta del Peso de esta ciudad, debía pagar de la dicha renta, 30 pesos al año, en terciado, lienzo, hierro y acero (96).

En otra acta capitular del 12 de junio de 1595, se especificaba "Que en esta ciudad hay extrema necesidad de lienzo, por lo cual las rentas reales de S.M. y demás ventas y compras que se hacen vienen en gran disminución por defecto de pedir el tercio en lienzo, atento a lo cual mandaban y mandaron que desde el día que fuere pregonado públicamente este su auto y proveimiento en adelante y valgan y se guarden y usen las monedas siguientes:

hierro, a 1/2 peso cada libra; acero, a 2 pesos cada libra; cerca, a 6 tomines;

garabata, a 1/2 peso cada libra; algodón, cada quintal 12 pesos; lienzo, 1 vara = 1 peso;

las cuales dichas monedas, ninguna persona de ningún estado las pueda desechar, sino que en todos los tratos que se hicieren valgan tanto la una como la otra, no obligando a nadie a que pueda ni deba dar lienzo sino lo tuviere" (97).

Este documento, que encontramos en el Archivo Nacional de Asunción, Aguirre lo transcribe así: "La primera vez que he visto introducidos de monedas es en un acuerdo de la ciudad del 12 de junio de 1595; presidido por el Justicia Mayor y Alcalde Ordinario Juan Caballero de Bazán = Dicen en él: Que conforme a la Real Provisión para que la ciudad señale monedas hicieron para adelante las siguientes, para que nadie pida conchavos ni se trate ni haya ningún contrato sino por los precios de ella, una libra de hierro, medio peso; una de acero, dos pesos; 1 libra de cera, 6 tomines; una libra de garabata, medio peso; cada quintal de algodón, 12 pesos y una vara de lienzo, un peso" (98). Añade aún: que se arreglaron los oficios y que siguiendo este sistema de monedas Se tomó la razón de los géneros que vendían los mercaderes y se les señaló lo que debían ganar al vender las mercaderías".

"Vemos que la vara de lienzo venía por moneda de plata, que era igual a 2 reales ó 68 maravedíes, y luego se estableció un peso de 8 tomines y 8 reales y se lo llamó peso municipal de 8 reales, que en plata física son 2 reales, y con este valor quedó nombrado hueco o de la tierra, o sea dos reales física son el peso provincial, dividido en 8 reales, también huecos" (99).

A fines del 1500, según algunos documentos que transcribe Aguirre, quedaron establecidos "los ricos frutos" como moneda en los siguientes: "Una arroba de tabaco, 12 pesos (por supuesto huecos) y cada una de hierba y algodón seis pesos. Para el cabal conocimiento del patacón, peso y moneda de la tierra, añadiremos que el patacón y el peso los dividían en 8 reales, y comparados ambos pesos imaginarios con el físico de a 8 reales acuñado que es el corriente del día, eran el patacón sus 3/4 y el hueco 1/4. La libra de tabaco equivalía a un real de plata sellada y cada una de algodón y hierba, medio real de la misma plata" (100).

En el acta del Cabildo, del 26 de junio de 1595, se acuerda que Antonio de la Vega haga una fianza acostumbrada, y fijaban el precio de la carne de 1 peso de 8 reales por 45 libras y entregará 4 reses grandes cada sábado (101).

El lienzo fue decayendo de valor, a tal punto que el 27 de mayo de 1597, se mandó "que el lienzo no valga la vara, sino un peso de 8 varas, así el de Tucumán como el de la tierra" (102).

El procurador de esta ciudad de Asunción se quejaba en el año 1597, y decía que se perdió mucho vino de la cosecha de 1596, por falta de vasijas, porque los mercaderes llevaban "fuera de la tierra, fuera del Paraguay, pagando a los toneleros, oro, plata y lienzo, que es lo que apetecían", y anota más adelante Aguirre: "Se les señaló el precio de un peso por cada 3 arcos de barril, y peso y medio por arroba de buena vasija" (103).

En el acta capitular del 28 de julio de 1597, se refiere entre otras cosas al salario por su trabajo, que debe percibir Julio de Rojas, cuidador de los caballos y potros en el cercado de Lambaré... "y que le den por enlazar cada caballo o potro que tomase en el dicho cercado para entregar a su dueño dos tomines o un pollo, lo que él quisiere y que por su trabajo de guardar, por cada cabeza lleve de premio y paga un peso corriente de a ocho reales en la moneda de la tierra, y que si algún caballo o potro tuviese gusanos, que sea obligado a curarlo, pagando por la curados tomines, o tomar el animal y enviar a su dueño" (104).

Tomín, palabra originada en el árabe "timin", octava parte, tuvo en España y América dos acepciones: una ponderal y otra monetaria. “Tomín ponderal, división del marco castellano o media libra, -y- tomín monetario, sinónimo de real. El uso de tomín como fracción de peso fue general en América" (105).

Durante el gobierno de Hernandarias, dicta éste una ordenanza del 1°- de enero de 1598, con respecto a la abundancia del vino que había en Asunción, y dice: "Es mucha la desvergüenza que hay y mala la fama que tiene la tierra (se refiere al Paraguay), porque se ven muchos borrachos de vino, tendidos por las calles, que infaman la nobleza de la República" (106).

En el acta capitular del 27 de abril de 1598, se lee lo siguiente: "Ayer domingo llegaron en las barcas cierta cantidad de plomo y azufre, lo cual es cosa muy conveniente para la guerra de los indios alzados que se están habiendo... se partió entre los soldados que han de ir y quedar a la guerra en defensa de esta ciudad... que alcance a todos y no se lleve más de premio ni paga de por cada libra de cada cosa 2 pesos corrientes en las monedas de la tierra señaladas y nombradas por este Cabildo, so pena de 50 pesos". Firman los cabildantes y luego se lee los siguientes precios:

"lienzo, vara a 1 peso;

acero, libra a 2 pesos;

hierro, libra a 1/2 peso;

garabata, 2 libras 1 peso;

1 libra de cera limpia, 6 tomines".

Firma: "El escribano público y del Cabildo - Juan Cantero" (107).

Son dignas de citarse las ordenanzas de Don Francisco de Beaumont y Navarra, del 17 de julio de 1599, y que reza así: "Que en adelante ningún mercader forastero viniese a comerciar a la ciudad de la Asunción ni a las demás del Paraguay a buscar azúcar, tabaco, hierba y los demás frutos sin traer por lo menos la tercera parte de su caudal o empleo en moneda de plata sellada para comprar los referidos frutos, bajo la pena de no dejársele vender nada, y de perdimento de todo lo que hubiese vendido y comprado". Otra ordenanza dice: "Que ningún forastero venda ni saque cosa alguna sin registro y licencia de la justicia Real, pena del perdimiento del todo aplicado en cuatro partes para la Real Cámara para el Juez de la Causa para el denunciador y para la obra y casa de huérfanos y recogidas, y en las demás ciudades para las obras pías que señalase el juez". Otra ordenanza prohibía sacar moneda sin licencia expresa de la Justicia mayor, so pena de perder todo lo que sacare (108).

Es importante averiguarlo que dice Aguirre con respecto a "El peso que es el que llamaban de monedas y desde luego se conoce ser el provincial o hueco, o el de la tierra. Para nuestro intento de deducir las cantidades, nada importa sea de la especie que fuere el peso; solo para la comparación de sus valores con los del día, sería necesario como los de los frutos asignados en monedas, fuesen los de la común estimación". Para entender mejor, dice Aguirre, "hablaremos de los pesos y monedas de la provincia, en lo que hay bastante confusión. Cuando se introdujo el peso de moneda, no consta si bien fue por los años de 59 al 1600. Este fue peso que consta usó la caja Real y el público, no obstante, las leyes que no lo citan y prefijan el valor del peso corriente de la provincia en géneros que vendidos a la común estimación valgan 6 reales de plata, este se llamó patacón y valía 3 de los huecos, los que conservó y aún conserva (1781-1800) el uso interior de la provincia. Valía y vale por consiguiente el peso hueco 2 reales de plata". Recuerda también que cuando llegó al Paraguay el visitador Don Francisco de Alfaro, se dictó una ley en la que se arreglan y determinan "varios frutos como moneda en reales de plata de los que 6 hacen el peso corriente de la Provincia y 8 el general y legítimo de su valor" (109).

En el acta del Cabildo, del 22 de setiembre de 1599, dicen que se tiene una real provisión, por lo cual "S.M. le da poder para hacer ordenanzas, y dar cuenta a S.M. de ello y se ha visto el de haber tenido hasta aquí por moneda el hierro y acero ha sido y es de gran daño y perjuicio de esta dicha ciudad y de los vecinos de ellos, a causa de que siendo mercadería traída de España y otras partes muy distantes de esta Gobernación no puede así pretender un mismo valor, sino conforme a la abundancia o falta que de ello viniese de afuera, por lo cual está a muchos días de esta ciudad, está con mucha falta y necesidad del dicho hierro y acero que no se puede hallar". Con este motivo, se ordena que de aquí en adelante no sea tenido por moneda el dicho hierro y acero, sino por mercadería. "Pero los que tienen oculto que lo pagaron a 1/2 peso cada libra, no lo vendan como mercadería ni después de esta publicación se pueda vender a más precio del que lo pagaron, so pena de los que vendieran a más precio lo pierdan y paguen otro tanto de su valor" (110).

Gracias a la colaboración del paleógrafo del Archivo Nacional de Asunción, señor Aníbal Solis, quien nos informó de un documento que allí se conserva, pudimos tomar nota de una carta dirigida a Hernandarias, y que fuera escrita en Asunción, aunque desgraciadamente sin fecha (creemos que es de fines del siglo XVI) y que en parte dice lo siguiente: "El escribano mayor de Minas de la Gobernación desta provincia del Río de la Plata, Don Martín de Orué, etc.". Más adelante decía, que el fundidor, señor... González que había firmado un contrato en España, y "convino y concertó con el Escribano de Sevilla, señor Melchor de Portes para fundir y labrar metales, y que este quería eximir del contrato". Decía el escribano Orué que varias veces lo había hecho llamar para que vaya a su casa, "que le daría un aposento convenible y de comer", pero no quiso el fundidor González (111). Lamentablemente no pudimos saber cómo finalizó este incumplimiento del maestro fundidor, pero lo interesante de esta nota es que el nombrado señor fue contratado en Sevilla y vino a esta ciudad de Asunción.

Una carta obligación de "Juan Fernández Villalobos, vecino de Asunción, y estando en la ciudad de Nuestra Señora de la Concepción de Buena Esperanza", se comprometía a pagar al capitán Gabriel Mocera, doscientos setenta pesos corrientes, los cuales tenía que pagar la mitad en vino bueno y del agrado del que recibe, a nueve pesos la arroba por embarrilar, y la otra mitad en azúcar blanca, también a gusto del que reciba a mismo peso la libra, los cuales doscientos setenta pesos son por ropas de Castilla y lienzo de algodón que compró del dicho capitán Gabriel Mocera, se comprometía pagar dentro de un mes, cuando vaya a Asunción. Esta obligación fue firmada por el señor Juan Fernández Villalobos, y refrendada por el escribano público y del Cabildo, el 27 de febrero de 1600 (112).

"En la ciudad de Asunción, en veinte y nueve días del mes de mayo del año mil seiscientos años, la Señoría de la Justicia y Regimiento que de y uso firmaron sus nombres por ante mí, el presente escribano, dijeron que por el Cabildo ppdo. pareciéndoles y deseando ilustrarle, procurando de aquí adelante hubiese monedas de plata del cuño del Rey Nuestro Señor, como en las demás provincias de sus reinos, pareciéndole que con mandar que se redujesen todas las compras ventas y pagos a razón de reales y se diesen a la mitad menos de lo que suena (lo que vale) en la cuenta de los pesos de la tierra que son de cosas de ellas que no pueden servir de moneda de ninguna otra fuera de esta (esta provincia), para obligar a los mercaderes, que para sus empleos trajesen las dichas monedas de plata, pronunció un auto en virtud de una Cédula Real que tiene para poder hacer los que viesen convenía a esta república en que mandaba que la cuenta de las dichas compras ventas pagas y arrendamientos fuesen a precio de reales como por el dicho auto consta a que agora se refiere y hasta agora no ha entrado en esta ciudad ninguna de las dichas monedas de plata, y en el interín que no las hay, es de gran perjuicio el valiar las cosas a precio de reales y hay alguna confusión en la mayor parte de la gente, por la (roto) costumbre y antigua que tienes del precio a que antes corrían, e por todo lo cual, la Señoría del Cabildo, acudiendo a proveer lo que conviene, dijeron que mandaban y mandaron que en el interín que no corre en esta ciudad la dicha moneda de plata, se guarde en todo la costumbre antigua que se guardaba antes que se proveyese el dicho auto y de como ansi lo proveyeron y acordaron y mandaron lo firmaron de sus nombres Don Frances de Beaumont y Navarra - Juan Resquín - Juan Bautista Corona - Francisco González de Santa Cruz - Juan Rosado - Luis de Peralta - Juan Cavallero de Bazán - Bernardino de Espínola - Juan de Vallejos.

Ante mí - Juan Cantero

Escribano Público y Cabildo" (113).

En nuestro Archivo, de la Sección Propiedades y Testamentos, tomamos dos recibos por misas y novenarios, de dos sacerdotes, de los cuales uno de ellos es San Roque González de Santa Cruz. Expresan los documentos citados: "Decimos, el tesorero Don Hernando Lacarsel Valero y Pedro González de Santa Cruz, cura de esta santa iglesia Catedral, que recibimos de Miguel Méndez, albacea de Doña Francisca de Ribera, difunta, cuarenta y seis pesos corrientes en la moneda de la tierra, es a saber de la parte que nos vino del entierro, misas y novenarios y demás exequias, que por la dicha difunta se hicieron, y por verdad lo firmamos de nuestros nombres, fecha a veinte y uno de mayo de 1600 años" (114).

Otro interesante documento firmado por el Padre Roque González de Santa Cruz dice así: "Digo yo, el Padre Roque González de Santa Cruz, que recibí de Miguel Méndez, albacea de Doña Francisca de Ribera, difunta, cinco pesos de limosna de cinco misas que recé por la Doña difunta, y por verdad lo firmo de mi nombre. Roque González de Santa Cruz" (115).

(99) Idem, Idem. (100) Idem, Idem.

(101) Archivo Nacional de Asunción - Vol. 12, Sección Historia - Fol. 9.

(102) Aguirre, Juan Francisco - "Diario del Capitán de Fragata" - Tomo II - 2a parte - Buenos Aires, 1950.

(103) Idem, Idem.

(104) Archivo Nacional de Asunción - Tomo I - Actas Capitulares.

(105) Burzio, Humberto -Diccionario de la Moneda Hispano-Americana"-Tomo ll-Letras MaZ-Santiago de Chile, 1958.

(106) Aguirre, Juan Francisco - "Diario del Capitán de Fragata" - Tomo II – 2º parte - Buenos Aires, 1950.

(107) Archivo Nacional de Asunción - Volumen 12, Sección Historia - F. 109.

(108) Archivo Nacional de Asunción -Volumen 2, Sección Historia-Publicado por Juan Francisco Aguirre.

 (109) Aguirre, Juan Francisco - "Diario del Capitán de Fragata" - Tomo II - 2a parte - Buenos Aires, 1950.

(110) Archivo Nacional de Asunción - Volumen 12, Sección Historia.

(111) Archivo Nacional de Asunción - Vol. 298 - Nueva Encuadernación.

(112) Archivo Nacional de Asunción - Vol. 14, Sección Copias.

(113) Archivo Nacional de Asunción - Vol. 12, Sección Historia.

(114) Archivo Nacional de Asunción - Vol. 710 - Sección Propiedades y Testamentos.

(115) Idem, Idem.

 

 

ENLACE INTERNO A DOCUMENTO RELACIONADO:

 

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Fuente: HISTORIA DE LA MONEDA PARAGUAYA - SIGLOS XVI AL  XIX

CARLOS A. PUSINERI SCALA

EDITORIAL DON BOSCO

ASUNCIÓN - PARAGUAY

1992 (192 páginas)





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