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ALCIBÍADES GONZÁLEZ DELVALLE

  NO SIEMPRE ES LA CONSTITUCIÓN - Por ALCIBÍADES GONZÁLEZ DELVALLE - Domingo, 28 de Junio de 2020


NO SIEMPRE ES LA CONSTITUCIÓN - Por ALCIBÍADES GONZÁLEZ DELVALLE - Domingo, 28 de Junio de 2020

NO SIEMPRE ES LA CONSTITUCIÓN

 

 

Por ALCIBÍADES GONZÁLEZ DELVALLE


alcibiades@abc.com.py

La Constitución Nacional acaba de cumplir 28 años. Nació con los mejores auspicios, en tiempos de la libertad recuperada y las ganas del país por disfrutar de una larga vida democrática. Se incorporaron nuevas instituciones para mejorar las condiciones de vida, material y espiritual, de la ciudadanía. No todas esas instituciones cumplen con la expectativa que pusieron en ella los convencionales constituyentes. ¿Cuáles? A mi juicio, entre otras, la vicepresidencia de la República, el Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.

El resultado de una encuesta callejera revelaría el conocimiento que se tiene de las funciones del ministerio de Salud, de Educación o del Interior. Donde los encuestados tropezarían con la respuesta es sobre la Vicepresidencia de la República. ¿Alguien sabe para qué sirve? ¿para qué está? ¿cuáles son sus obligaciones? ¿cuáles son sus aportes para el funcionamiento del país? Sin embargo, tiene un presupuesto para este año de 13.631.582.545 de guaraníes (trece mil seiscientos treinta y un millones quinientos ochenta y dos mil quinientos cuarenta y cinco). ¡Una fortuna para un país cada vez más endeudado!

El artículo 227 expresa: “Habrá un vicepresidente de la República quién, en caso de impedimento o ausencia temporal del Presidente o vacancia definitiva de dicho cargo, lo sustituirá de inmediato, con todas sus atribuciones”. Es toda su obligación: esperar la “vacancia definitiva”. El expresidente francés, Charles De Gaulle, se oponía a un vice porque, decía, “no quiero trabajar con mi viuda”.

El otro asunto –en el que nada tiene que ver la Constitución– es la tradicional mala relación entre el Presidente y su segundo. Los actuales se llevan bien porque todavía no llegaron a la mitad del mandato. Los anteriores no pudieron pasar 30 meses “abrazados como hermanos”.

En rigor, la Constitución nada tiene que ver con muchas otras cuestiones que ya son parte de nuestra vida cotidiana. Los convencionales tuvieron una intención muy distinta de los resultados que se dieron.

La duración del mandato: El artículo 229 ordena que el Presidente de la República y el Vicepresidente “no podrán ser reelectos en ningún caso”. El atropello a esta disposición por parte de un grupo de senadores costó la vida de un joven político y casi la de un diputado. Frente a esta tragedia los cartistas retrocedieron, pero antes hicieron un gran daño al país. En castellano “en ningún caso” quiere decir en ningún caso.

Jurado de Enjuiciamiento: El artículo 253 dice: “Los magistrados judiciales sólo podrán ser enjuiciados y removidos por la comisión de delitos, o mal desempeño de funciones definidos en la ley, por decisión de un Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados...”. Está integrado por dos ministros de la Corte, dos miembros del Consejo de la Magistratura, dos senadores y dos diputados.

El convencional Evelio Fernández, dijo: “...un jurado de Enjuiciamiento que tiene una relación con varios Poderes (…) De esa manera se evita que los integrantes de un mismo poder sean exclusivamente los que juzguen a sus pares”.

¿Creen ustedes –por dar un ejemplo– que la juez de Ciudad del Este, que anuló las pruebas contra los Zacarías Irún, será removida del cargo?

Consejo de la Magistratura: El artículo 262 crea el Consejo de la Magistratura con un miembro de la Corte Suprema de Justicia; un representante del Poder Ejecutivo; un senador y diputado; dos abogados de la matrícula; un profesor de las Facultades de Derecho de la UNA; un profesor de derecho de las universidades privadas.

El convencional Eusebio Ramón Ayala saludó este nuevo organismo. Entre otras palabras, dijo: “Una de las conquistas mayores dentro del constitucionalismo es la creación del Consejo de la Magistratura, un consejo compuesto de forma plural y participativa que va en consonancia con los principios fundamentales...”.

Sí, esta era la intención en 1992. Y vean ustedes en qué se ha convertido el Consejo de la Magistratura, una de cuyas funciones es “proponer la terna de candidatos para integrar la Corte Suprema de Justicia, previa selección basada en su idoneidad...”. El último miembro de la Corte estaba en la lista de candidatos en el número 17. Por esas artes mágicas de la política, saltó entre los tres “mejores”. Como ya todo estaba dispuesto muy de antemano, le hicieron ministro.

Los desastres no son, entonces, por culpa de la Constitución. Tuvo la mala de suerte de caer en manos de políticos indecentes que asaltaron las instituciones.  

 

Fuente: ABC Color (Online)

www.abc.com.py

Sección: OPINIÓN

Domingo, 28 de Junio de 2020

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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