MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MRE
EL MINISTERIO
Artículo 2°.- El Ministerio de Relaciones Exteriores es el órgano que planifica, coordina y ejecuta la política exterior bajo la dirección del Presidente de la República.
Artículo 3°.- Todo órgano del Estado, cuando deba realizar alguna gestión de carácter oficial en el exterior, coordinará sus acciones con el Ministerio de Relaciones Exteriores.
MISIÓN INSTITUCIONAL
Planificar, coordinar y ejecutar, una política exterior orientada a la promoción y defensa de los intereses del Estado paraguayo, y velar por el respeto y protección de sus nacionales en el exterior, con vocación, eficiencia y patriotismo.
VISIÓN INSTITUCIONAL
Ser un Ministerio eficiente, profesional y transparente, que conduce la inserción internacional del Paraguay y promueve sus intereses, a través de estrategias dinámicas e innovadoras, que lo posicionan como un actor fiable en las relaciones internacionales, para beneficio de su población, tanto en el país como en el exterior.
RESOLUCIÓN N.º 1136/2023 — MISIÓN Y VISIÓN
FUNCIONES Y COMPETENCIAS
ARTÍCULO 4.º DE LA LEY N.º 1635/2000 — TEXTO DE LA LEY N.º 6928/2022
El Ministerio de Relaciones Exteriores tiene como funciones:
ORGANIZACIÓN INSTITUCIONAL
Artículo 5°.- Para el cumplimiento de sus funciones, el Ministerio de Relaciones Exteriores se integra con:
CANCILLERÍA
Artículo 6°.- La Cancillería es el órgano central del Ministerio de Relaciones Exteriores. Dirige y coordina la actividad de las misiones diplomáticas, las representaciones permanentes, las delegaciones y las oficinas consulares. Sólo a ella compete pronunciarse sobre temas de política internacional del Paraguay.
AUTORIDADES
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Rubén Darío Ramírez Lezcano
Embajador
PERFIL Y FORMACIÓN — EXTRACTOS DEL CURRÍCULUM OFICIAL
Economista de formación y diplomático de carrera por vocación
TRAYECTORIA — DATOS DEL CURRÍCULUM OFICIAL
CURRÍCULUM OFICIAL — EMBAJADOR RUBÉN DARÍO RAMÍREZ LEZCANO
VICEMINISTERIOS
VICEMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Embajador Víctor Alfredo Verdún Bitar
Artículo 19.- El Viceministro de Relaciones Exteriores asiste al Ministro en la planificación, dirección y ejecución de la Política Exterior y en la atención de las relaciones internacionales y propone acciones en la esfera de su competencia.
VICEMINISTERIO DE RELACIONES ECONÓMICAS E INTEGRACIÓN
Embajadora Patricia Frutos Ruíz
Artículo 22.- El Viceministro de Relaciones Económicas e Integración asiste al Ministro en la planificación, dirección y ejecución de las relaciones económicas internacionales, la política comercial internacional y la participación en sistemas de integración. A tales efectos, propone acciones de política exterior relativas a las materias de su competencia.
VICEMINISTERIO DE ADMINISTRACIÓN Y ASUNTOS TÉCNICOS
Abogado Miguel Ángel Aranda Daroczi
Artículo 25.- El Viceministro de Administración y Asuntos Técnicos asiste al Ministro en la organización, la coordinación, la administración y la supervisión de los recursos humanos, materiales y financieros, de los servicios y de las funciones de apoyo necesarios para el cumplimiento de las funciones del Ministerio.
ORGANIGRAMA INSTITUCIONAL
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REPRESENTACIONES DEL PARAGUAY EN EL EXTERIOR
Artículo 31.- Las misiones diplomáticas, representaciones permanentes, delegaciones y oficinas consulares representan al Estado Paraguayo en el exterior o en organizaciones internacionales cuya sede se encuentre en el territorio de la República, y dependen jerárquicamente del Ministro de Relaciones Exteriores.
ASUNTOS CONSULARES, TRÁMITES Y SERVICIOS
Artículo 28.- La Dirección General de Asuntos Consulares tiene a su cargo la orientación operativa de las oficinas consulares, el control de su funcionamiento y la coordinación de sus servicios con dependencias de la Cancillería u otras instituciones públicas. Asimismo, le compete la atención de las relaciones con las oficinas consulares extranjeras acreditadas en el país.
SERVICIOS CONSULARES
SERVICIO DIPLOMÁTICO Y CONSULAR
Artículo 1°.- El objeto de la presente Ley es regular el Servicio Diplomático y Consular; y el Servicio Administrativo y Técnico del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay.
Artículo 6°.- Los funcionarios del Servicio Diplomático y Consular, del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República del Paraguay, son los encargados de la ejecución y coordinación de la política exterior del país, así como la protección de los intereses del Estado y de los paraguayos en el exterior.
ACADEMIA DIPLOMÁTICA Y CONSULAR
Artículo 64.- La Academia Diplomática y Consular, tiene a su cargo la organización e impartición de cursos de formación, perfeccionamiento y actualización, de los funcionarios del Servicio Diplomático y Consular, así como de cursos, seminarios, conferencias de capacitación y la enseñanza especializada de idiomas, que serán dirigidos al personal del Ministerio de Relaciones Exteriores y a los Senadores y Diputados de la Nación, quienes podrán incorporarse en forma regular en cualquiera de ellos y en casos especiales, por medio de resolución fundada, a funcionarios vinculados con otros servicios del Estado y a personas afines al tema de las relaciones internacionales, protocolo y ceremonial.
LEY N.º 6935/2022 — SERVICIO DIPLOMÁTICO Y CONSULAR; SERVICIO ADMINISTRATIVO Y TÉCNICO
MARCO NORMATIVO
LEY N.º 1635/2000 — ORGÁNICA DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
LEY N.º 6928/2022 — MODIFICACIÓN Y AMPLIACIÓN DEL ARTÍCULO 4.º
CONTROL INTERNO Y GESTIÓN INSTITUCIONAL
RESOLUCIÓN N.º 334/2026 — PLAN DE TRABAJO MECIP 2026–2027
RESOLUCIÓN N.º 333/2026 — PLAN DE MEJORAMIENTO INSTITUCIONAL 2026
TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS
RENDICIÓN DE CUENTAS AL CIUDADANO — SEGUNDO TRIMESTRE DE 2026
BALANCE ANUAL DE GESTIÓN PÚBLICA
BALANCE ANUAL DE GESTIÓN PÚBLICA — 2025
BALANCE ANUAL DE GESTIÓN PÚBLICA — 2024
PALACIO BENIGNO LÓPEZ
De estilo neoclásico, este edificio es uno de los más representativos de las obras arquitectónicas concretadas durante el gobierno de Carlos Antonio López.
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES - MRE
DATOS DE CONTACTO
ATENCIÓN CONSULAR Y SERVICIOS
CORREOS Y TELÉFONOS INSTITUCIONALES POR DEPENDENCIA
TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA
REDES SOCIALES OFICIALES