El Gobierno decreta la igualdad con otros estados, la libertad de ingresar al país y de comerciar. Igualmente decreta la excepción del servicio militar, la libertad de cultos y la libre disposición de bienes de los extranjeros residentes en el país.

El 22 de mayo de 1845, durante el gobierno de Carlos Antonio López, se promulgó el Decreto de Protección a los Súbditos Extranjeros en el Paraguay.

 

La medida fue dictada con el propósito de promover la amistad, la buena inteligencia y la armonía con las naciones extranjeras.

 

El decreto buscaba fomentar la llegada de inmigrantes, comerciantes y personas dedicadas a actividades productivas, garantizando su libre residencia, circulación y ejercicio del comercio dentro del país.

 

También reconocía derechos civiles importantes, como la protección de la propiedad privada y la libre disposición de sus bienes.

 

Además, los extranjeros quedaban eximidos de ciertas cargas públicas extraordinarias, como el servicio militar obligatorio.

 

Esta disposición representó un paso relevante en la apertura del Paraguay hacia el exterior y en el fortalecimiento de sus relaciones comerciales y diplomáticas.

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