MARCO NORMATIVO DEL DERECHO LABORAL
SOBRE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
TOMO II
Compiladora: MARÍA TERESA SALDÍVAR GONZÁLEZ
Arandurã Editorial
Asunción - Paraguay
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PRESENTACIÓN
La iniciativa de elaborar este compendio surge a instancias de la propuesta de una compañera de trabajo, Gloria Cañete, del Vice Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, quien plantea publicar las nuevas legislaciones producidas por la Dirección de Higiene y Seguridad Ocupacional, lo cual me parece interesante y responde a la necesidad de divulgación y de relevar la complejidad del derecho laboral referido a la seguridad y salud en el trabajo y sobre todo aportar elementos para instalar lo relacionado al tema, en los diversos sectores involucrados.
Ya en pleno proceso de elaboración, vislumbré como más relevante la sistematización de las legislaciones abordadas en el marco de los cinco años de gestión y de las actividades interinstitucionales desarrolladas de agosto de 2008 a noviembre de 2013, lapso en el que ocupé el cargo de Directora. Y aquí corresponde abrir un paréntesis para mencionar especialmente y manifestar mi agradecimiento a Gloria Cañete y Filemón Delvalle, quienes ocuparon la Dirección General del Trabajo, y con los cuales compartí momentos difíciles, con quienes sostuve discusiones, muchas veces telefónicas, robando preciados minutos al descanso, realizando el esfuerzo de sustraernos a las actividades cotidianas, intentando desarrollar la capacidad de abstracción que nos permitiera formular legislaciones adecuadas a los nuevos tiempos y a las necesidades detectadas en nuestras respectivas gestiones, desde la perspectiva del derecho laboral.
Por otra parte, el cuerpo normativo referido a la seguridad y salud en el trabajo se encuentra diseminado en varias instituciones e incluso con superposición de funciones, en muchos casos, como ser: el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPBS), la Secretaría del Ambiente (SEAM), el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) y el Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (SENAVE) para los productos químicos utilizados en la agricultura, en el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) lo relacionado a combustibles y dependiente de dicha cartera ministerial, las normas técnicas en el Instituto Nacional de Tecnología y Normalización (INTN), en el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) lo relacionado a transporte de mercancías peligrosas, y en la Dirección Nacional de Transporte (DINATRAN), las habilitaciones de los conductores de vehículos y l Ministerio de Relaciones Exteriores (MRE), órgano encargado de la presentación de informes internacionales, como en el caso del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, cada cuatro años.
En ese sentido puede catalogarse como ambiciosa a esta publicación, ya que constituye una primera aproximación –sin desestimar los esfuerzos realizados por un sinnúmero de personas tanto en forma individual y colectiva–, para reunir en un solo cuerpo la legislación laboral vigente en el Paraguay relacionada a los riesgos laborales. En la misma, se agrupa dicha normativa considerando las fundamentales que establecen la seguridad y salud en el trabajo como derecho laboral, siguiendo con mujeres y adolescentes; quienes, por circunstancias de pobreza, origen étnico, estado de salud, edad, género o discapacidad, se encuentran en una situación de mayor indefensión para hacer frente a los problemas que plantea la vida y no cuentan con los recursos necesarios para satisfacer sus necesidades básicas, padeciendo una situación de desventaja en el ejercicio pleno de sus derechos y libertades; el sector de transporte porque los riesgos a los que se exponen los trabajadores también pueden afectar a los usuarios; así como también otras legislaciones clasificadas según tipo de riesgo y algunas complementarias.
Los criterios adoptados para agrupar, extractar o incluir in extenso se basan en la relevancia de las mismas, desde la óptica y la experienciade la compiladora y se presentan en carácter extensivo aunque no exhaustivo, debido al volumen del cuerpo normativo existente en el país.
La publicación se divide en 10 partes y en dos tomos. Para agrupar se han adoptado varios criterios, basados en la relevancia de la legislación desde la óptica y la experiencia de la compiladora, que se explicitan más abajo, en cada parte. En algunos casos se incluye la legislación in extenso, señalando con corchetes a los lados, la específica referida a la seguridad y salud en el trabajo y en otros se presenta extractada. Los convenios ambientales se incorporan al compendio, ya que contemplan la protección de la salud, y para adoptar las consideraciones necesarias para la prevención de riesgos laborales inherentes a la manipulación, almacenamiento, transporte de sustancias químicas, así como la toxicidad de sus residuos sólidos o líquidos. También se presentan, listados de normas y recomendaciones temáticas complementarias, según los temas enfocados en dichos apartados. En cada una de las partes, se estructura la legislación en orden cronológico, y no la prelación. En ese sentido:
En la Parte I se incorporan la Constitución, extractada y la legislación internacional en toda su extensión, por constituir legislaciones fundamentales, en las que se establece el derecho laboral a la seguridad y salud en el trabajo. También, Ley Nº 5115/13 de creación del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, en la que constan la naturaleza, los objetivos y las competencias de dicha cartera.
En la Parte II, se incorpora in extenso el Código del Trabajo, la ley de la Función Pública, el Procesal del Trabajo y la ley de Mediación y Arbitraje, en los ámbitos Administrativo y Judicial, los derechos y obligaciones de los sectores del ámbito tripartito, los litigios y sus procedimientos.
En la Parte III, se presenta el extracto de los Códigos Sanitario y Penal, por regular la competencia referida a la salud laboral y establecer las configuraciones y estipulaciones de delitos antes de ser cometidos (como lo es la exposición de personas a lugares de trabajo peligrosos), las sanciones y penas ante los incumplimientos.
En la Parte IV, el decreto N° 14390/92, por el cual se aprueba el Reglamento General Técnico de Seguridad, Higiene y Medicina en el Trabajo, por tratarse del cuerpo normativo central que contiene los requerimientos mínimos que deben cumplirse.
En la Parte V, las leyes específicas referidas a las mujeres trabajadoras, niños, adolescentes y menores adultos, trabajos peligrosos, además del sector transporte: colectivo, de carga, carga peligrosa, nacional e internacional.
En la Parte VI, se clasifican las legislaciones por riesgo laboral: químicos (residuos peligrosos, plaguicidas), físicos (ruido, radiaciones ionizantes y no ionizantes), biológicos (VIH/SIDA, residuos hospitalarios) y sicosociales (mobbing o acoso laboral, acoso y chantaje sexual), incorporándose los convenios ambientales con sus anexos, en los que se listan los químicos.
En la Parte VII, se incorpora la legislación del Instituto de Previsión
Social, y sus modificaciones, ya que por medio de la misma, los trabajadores del sector privado inscriptos, acceden a las coberturas jubilatoria, de salud y de riesgos laborales.
En la Parte VIII, se incorpora el decreto Nº 5649/2010, que lista las enfermedades profesionales.
En la Parte IX, las ordenanzas de prevención de incendios, dictadas por los municipios, cuyos órganos aprueban planos y sus correspondientes inspecciones finales que indican que lo proyectado ha sido instalado.
Debido a la extensión de este apartado se incluyen sólo algunas Ordenanzas. Resaltando, que en general las capitales departamentales son las que disponen de este tipo de regulaciones.
En la Parte X, se incluyen algunas legislaciones complementarias y listado de referencia de otras.
María Teresa Saldivar
Master en Seguridad y Salud en el Trabajo
otorgado por el Instituto Argentino de Seguridad
ÍNDICE
Prólogo
Un aporte para los trabajadores
Presentación
Introducción
Algunas definiciones
PARTE VI
RIESGOS LABORALES
RIESGOS QUÍMICOS
Ley Nº 42/1990
Que prohíbe la importación, depósito, utilización de productos califi cados como residuos industriales peligrosos o basuras toxicas y establece las penas correspondientes por su incumplimiento.
Ley Nº 123/1991
Que adoptan nuevas Normas de Protección Fitosanitaria
Ley Nº 294/1993
Evaluación de Impacto Ambiental
Ley Nº 345/1994
Que modifica el Artículo 5 de la Ley Nº 294 del 31 de diciembre de1993, evaluación de impacto ambiental.
Resolución N° 440/1994 Ministerio de Agricultura y Ganadería
Por la cual se establece la clasificación toxicológica de los productos fitosanitarios
Ley Nº 567/1995
Que aprueba el Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos
transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación
Decreto Nº 18.969/1997
Por el cual se reglamenta la Ley Nº 42/90 “Que prohíbe la importación, depósito, utilización de productos califi cados como residuos industriales peligrosos o basura tóxica y establece las penas correspondientes por su incumplimiento”.
Decreto Nº 20.261/1998
Residuos peligrosos – Constitución del Comité Nacional Ejecutivo para la
implementación del Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos
transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación, adoptado en
Basilea el 22/03/89.
Ley Nº 1.262/1998
Que aprueba la enmienda al Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos tóxicos peligrosos y su eliminación
Decreto Nº 15.124/2001
Por el cual se declara obligatoria la aplicación de las normas técnicas paraguayas INTN referentes al fraccionamiento, distribución, transporte y comercialización de gas licuado de petróleo, en sus últimas ediciones.
Ley N° 2.135/2003
Que aprueba el Convenio de Rotterdam sobre el procedimiento de consentimiento fundamentado previo aplicable a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de comercio internacional.
Decreto N° 1.825/2004
Por el cual se designa a la Dirección de Defensa Vegetal (DDV) dependencia del Ministerio de Agricultura y Ganadería, como autoridad nacional en materia de plaguicidas a los fines del “Convenio de Rótterdam sobre el procedimiento de consentimiento fundamentado previo aplicable a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de comercio internacional”.
Ley N° 2.333/2004
Que aprueba el Convenio de Estocolmo sobre contaminantes orgánicos persistentes
Decreto Nº 12.064/2008
Por el cual se amplía el Artículo 86 del Decreto Nº 5213 del 6 de mayo de 2005, “Por el cual se actualiza la Lista de las sustancias estupefacientes y drogas peligrosas, por mandato del Artículo 1º de la Ley 1340 del 22 de noviembre de 1988, y se establecen normas para su manejo y comercialización”, y se crea el Registro de Pequeños Usuarios de Precursores y Sustancias Químicas Controladas dependiente del Departamento de Registro y Fiscalización de la Secretaría Nacional Antidrogas (SENAD).
Ley Nº 3.742/2009
De control de productos fitosanitarios de uso agrícola Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas senave
Ley Nº 3.956/2009
Gestión integral de los residuos sólidos en la República del Paraguay
Decreto N° 453/2013
Por el cual se reglamenta la Ley N° 294/1993 “De evaluación de impacto ambiental” y su modificatoria, la Ley N° 345/1994, y se deroga el Decreto N° 14281/1996.
RIESGOS FÍSICOS
Ley Nº 1.100/1997
De prevención de la polución sonora
Decreto N° 10.754/2000
Por el cual se adopta el Reglamento nacional para la protección contra las radiaciones ionizantes y para la seguridad de las fuentes de radiación como instrumento único que permita normatizar, notificar, registrar, licenciar, inspeccionar, autorizar, controlar y sancionar a personas físicas o jurídicas que utilizan equipos de energía ionizante y/o fuentes radiactivas
Reglamento nacional de seguridad para la protección contra las radiaciones ionizantes y para la seguridad de las fuentes de radiación
Decreto N° 10.071/2007
Por el cual se aprueba la Norma que fi ja los Límites Máximos Permisibles (LMP) para la exposición de las personas a las Radiaciones No Ionizantes (RNI)
Decreto N° 9.507/2012
Por el cual se modifica el artículo 7° del Reglamento Nacional para la seguridad de las fuentes de radiación como instrumento único que permita normatizar, notificar, registrar, licenciar, inspeccionar, autorizar, controlar y sancionar a personas físicas o jurídicas que utilizan equipos de energía ionizante y/o fuentes radiactivas, adoptado por Decreto Nº 10. 754/2000.
RIESGOS BIOLÓGICOS
Ley Nº 3.940/2009
Que establece derechos, obligaciones y medidas preventivas con relación a los efectos producidos por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (vih) y el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA).
Resolución N° 730/2009 - Vice Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Por la cual se releva la fe de erratas del Reglamento General Técnico de Seguridad, Higiene y Medicina en el Trabajo, aprobado por el Decreto 14390/92, en el cual consta que el examen médico admisional, test de Elisa, es obligatorio. Asimismo se reglamentan disposiciones referentes al test de Elisa en el lugar de trabajo, observando las recomendaciones prácticas de la oit, y la declaración de compromiso UNGASS 2001.
Recomendaciones prácticas de la OIT sobre el VIH y el Sida y el mundo del trabajo
Actas Provisionales 13A Conferencia Internacional del Trabajo 99.a reunión, Ginebra, 2010
Resolución N° 437/2013 - Ministerio de Justicia y Trabajo
Por la cual se establecen las directrices para fomentar acciones sobre el VIH y el SIDA al nivel de las empresas del sector transporte terrestre en el Paraguay.
Decreto N° 6.538/2011
Por el cual se reglamenta la Ley N° 3361 de Residuos generados en los establecimientos de salud y afines.
RIESGOS SICOSOCIALES
Resolución N° 472/2012 - Vice Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Por la cual se reglamenta el procedimiento de Inspección de Seguridad y Salud en el Trabajo y se sanciona la Violencia laboral, el mobbing o Acoso laboral y el Acoso sexual en los lugares de trabajo en empresas y dependencias del Estado.
PARTE VII
SEGURIDAD SOCIAL
COBERTURA DE RIESGOS LABORALES
Ley Nº 375/1956
Por el cual se aprueba el Decreto-Ley Nº 1860 del 1º de diciembre de 1950, por el cual se modifi ca el Decreto-Ley Nº 17071 de fecha 18 de febrero de 1943 de creación del Instituto de Previsión Social.
Decreto Ley N° 1.860/50 (Ley N° 375/56)
PARTE VIII
ENFERMEDADES PROFESIONALES
Ley Nº 873/1980
Que aprueba el acuerdo sobre higiene y seguridad del trabajo aplicable a los trabajadores de la Entidad Binacional Yacyreta del 30 de julio de 1980
Glosario temático de la salud del trabajador en el MERCOSUR 2009
CMC/Reunión de Ministros de Salud (RMS)
Reunión XXVII. Anexo III/B. Acta Nº 2/09. Declaración de las Ministras y
Ministros de Salud del MERCOSUR sobre Silicosis. Montevideo 2009
Decreto N° 5.649/2010
Por el cual se adopta el Listado de enfermedades profesionales, acorde al Convenio 121 de la Organización Internacional del Trabajo relativo a las prestaciones en caso de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, y a la Recomendación 194 de la Conferencia General de la oit, referente a la Lista de enfermedades profesionales y el registro y notifi cación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.
PARTE IX
PREVENCIÓN DE INCENDIOS
ASUNCIÓN
Ordenanza Nº 25.097/1988
Ordenanza que regula los requisitos exigidos en las edifi caciones estableciendo normas generales, y particulares de seguridad y prevención contra incendios.
Ordenanza Nº 388/2009
Establece normas de seguridad y prevención contra incendio, alternativas
adecuación de edificios.
ENCARNACIÓN
Ordenanza N° 469/2000
Por la cual se establece normas de seguridad y prevención contra incendios en las edificaciones de la ciudad de Encarnación.
LUQUE
Ordenanza N° 07/2006
Por la cual se establece Normas de seguridad y prevención contra incendios en las edificaciones de la Ciudad de Luque
FERNANDO DE LA MORA
Ordenanza Nº 032/2008
Por la cual se establece normas de seguridad y prevención contra incendios en las edificaciones de la ciudad de Fernando de la Mora
PARTE X
LEGISLACIÓN COMPLEMENTARIA
Ley Nº 3206/2007
Del ejercicio de la Enfermería
Resolución N° 876/2012 - Vice Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Por la cual se reglamenta el sistema de registro y los requisitos para la inscripción de profesionales, personas físicas y/o jurídicas e instituciones que desempeñan funciones en el área de la salud y seguridad en el trabajo, los conocimientos mínimos que deberán acreditar, las atribuciones en consecuencia y el formato de registro.
Decreto N° 1.1171/2013
Por el cual se prohíbe el consumo de tabaco o sus derivados y se declara aéreas libres de humo de tabaco, el Palacio de Gobierno, la Residencia Presidencial – Mburuvicha róga, y los locales de los organismos y entidades que conforman la administración pública, dependiente del Poder Ejecutivo, como medida de protección a la salud pública.
Normas de seguridad INTN referidas a la SST
Listado de algunas legislaciones complementarias
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