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ANTONIO SALÚM FLECHA (+)

  HISTORIA DIPLOMÁTICA DEL PARAGUAY DE 1869-1938 - Por ANTONIO SALUM-FLECHA - Año 1983


HISTORIA DIPLOMÁTICA DEL PARAGUAY DE 1869-1938 - Por ANTONIO SALUM-FLECHA - Año 1983

HISTORIA DIPLOMÁTICA DEL PARAGUAY DE 1869-1938

Por ANTONIO SALUM-FLECHA

TERCERA EDICIÓN – CORREGIDA Y AUMENTADA

INSTITUTO PARAGUAYO DE ESTUDIOS GEOPOLÍTICOS E INTERNACIONALES

Impreso en Talleres Gráficos de la

EDITORA LITOCOLOR

Asunción – Paraguay

1983 (257 páginas)



EL AUTOR

Antonio Salum-Flecha nació en Asunción, el 16 de noviembre de 1927. Estudió en los colegios Internacional y de Goethe, egresando con el título de Bachiller en Ciencias y Letras. De la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales egresó con el título de Abogado. Su tesis doctoral versó sobre "La Corte Interamericana de Justicia como Complemento del Sistema Jurídico Americano", su primera publicación.

Fue profesor del Colegio Militar "Mcal. Francisco Solano López" y actualmente lo es en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la UNA, en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Diplomáticas y Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores y en el Colegio de Policía "Gral. José E. Díaz".

En la Administración Pública actuó desde 1947 hasta 1979. En la Policía de la Capital fue Director de los Departamentos Judicial y de Informaciones. En el Ministerio de Relaciones Exteriores, donde ingresó en 1952, desempeñó sucesivamente la Dirección de los Departamentos de Tratados, Organismos y Actos Internacionales (DOTAI), Relaciones Culturales y Política Internacional. Fue asimismo Director General, Sub-Secretario de Estado interino y Director de la Academia Diplomática y Consular.

En el exterior, ejerció las funciones de Primer Secretario de Embajada y Encargado de Negocios a.i. del Paraguay en el Perú, Cónsul General del Paraguay en Hamburgo (RFA), Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Paraguay en la República Francesa y en la República Federal de Alemania respectivamente, así como Representante Permanente del Paraguay ante la Oficina europea de las Naciones Unidas en Ginebra, Suiza.

Recibió invitaciones para visitar oficialmente la República Federal de Alemania, la República Francesa, los Estados Unidos de América, el Reino de Bélgica y el Estado de Israel.

Pronunció conferencias en centros culturales y universitarios de Asunción, Lima, Hamburgo, Bonn, Münster, París y Viña del Mar.

Siendo funcionario superior del Ministerio de Relaciones Exteriores integró las siguientes comisiones: la Comisión Nacional de Becas, la Comisión Mixta Paraguayo-Americana de Financiamiento e Intercambio Educacional; Consejo Nacional de Comercio Exterior; Presidente de la Sección Paraguaya en la Comisión Mixta Paraguayo-Japonesa de inmigración; y Presidente de la Comisión de Cooperación con la OEA.

En 1949 incursionó en el periodismo como colaborador del Semanario "Jornada" y llegó a desempeñarse como Director de la "Revista de Policía del Paraguay". Fue miembro del Consejo de Dirección del Semanario "El Colorado” y jefe de su Página Internacional. Actualmente es columnista del diario "ABC Color" y colaborador de la "Revista de Policía del Paraguay".

Milita desde 1947 en la A.N.R. (Partido Colorado) y fue Vice Presidente del Consejo de Abogados Colorados. Actualmente es Miembro del Consejo Directivo del Instituto Paraguayo de Derecho Internacional, Director del Departamento de Relaciones Internacionales del Instituto Paraguayo de Estudios Geopolíticos e Internacionales, Presidente del Instituto Sanmartiniano del Paraguay y Presidente de la rama paraguaya de la International Law Asociación y Miembro del Comité Paraguayo del Consejo Latinoamericano de Cultura. Asimismo pertenece a las siguientes entidades: Instituto Cultural Paraguayo-Alemán, Instituto Cultural Paraguayo-Chileno, Alianza Francesa del Paraguay, Instituto Paraguayo de Cultura Hispánica, Colegio de Abogados del Paraguay, Asociación Nacional de la Prensa del Paraguay, Prensa Paraguaya y socio vitalicio del Club Centenario.

Fue distinguido con las siguientes condecoraciones: Gran Cruz de la Orden de Mayo de la República Argentina; Gran Cordón de la Orden de la Estrella Brillante de la República de China; Gran Oficial de la Orden Cóndor de los Andes de la República de Bolivia; Cruz de Gran Oficial de la República Federal de Alemania; Gran Oficial de la Orden Nacional del Mérito de la República de Chile; Comendador de Número de la Orden Isabel la Católica de España; Gran Oficial de la Orden Nacional del Mérito de la República Francesa; Gran Cruz de la Orden Nacional del Mérito de la República Federal de Alemania; y Encomienda con Placa de la Orden Alfonso el Sabio de España.

En la actualidad es Asesor Jurídico del Deutsche Bank AG - Sucursal Asunción; y Director de la Financiera Ercole S. A.



PRÓLOGO

Esta obra no tiene otra pretensión que la de facilitar el estudio de la Historia Diplomática del Paraguay en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la UNA y de la Academia Diplomática y Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores, considerando la necesidad de llenar el vacío bibliográfico que corresponde al tiempo comprendido entre 1869 y 1938.

En ella no existe investigación propiamente dicha, tarea ya ampliamente cumplida por eminentes historiadores nacionales, sino la recopilación de datos dispersos sobre las negociaciones diplomáticas cumplidas con los países vecinos en un periodo difícil de nuestra historia, los que comentamos o interpretamos cuando creemos que así es mejor para la orientación del lector. Al mismo tiempo, para conocer el sentido o las motivaciones de dichas negociaciones en las diversas épocas, creímos indispensable dar a conocer brevemente algunos aspectos de la política interna.

Se incluye, además, en esta tercera edición, aunque rebasa el marco del programa oficial de estudios antes mencionado, hechos recientemente registrados que tienen que ver con los originarios problemas de límites con Argentina y Brasil, como el desvío del río Pilcomayo y el Tratado de Itaipú, respectivamente, por constituir una derivación de los mismos. Así como los Tratados de Navegación y de Yacyretá, de marcada trascendencia en la historia de las relaciones paraguayo-argentinas.

Por último, incluimos un epílogo para tratar de obtener de nuestro estudio las conclusiones que surgen, a nuestro entender, de las ya mencionadas épocas de nuestra historia diplomática.



INDICE

Prólogo

PRIMERA  PARTE - La Diplomacia Restringida

Capítulo Primero - La Ocupación  Extranjera   

a) Ambiente de la época;

b) Desaveniencias aliadas. Exigencias de Paranhos y respuesta de Varela;

c) El Gobierno Provisorio;

d) El problema de la Villa Occidental;

e) El Protocolo de Paz;

f) La Constitución de 1870.

Capítulo Segundo – Negociaciones de Límites con Brasil

a) Negociaciones en Buenos Aires;

b) Negociaciones en Asunción. Cotegipe y Quintana no pueden llegar a un acuerdo;

c) El Brasil se desliga de su compromiso de no negociar por separado; Tratado Loizaga-Cotegipe;

d) La discusión sobre el Arroyo Estrella;

e) La propiedad del Salto del Guaira;

f) Las negociaciones paraguayo- brasileñas;

g) Acta de Foz de Yguazú;

h) El Tratado de Itaipú.

Capítulo Tercero — Bolivia ante los  Aliados

Las reversales de los Aliados y las gestiones de Reyes Cardona en Buenos Aires y Río de Janeiro.

Capítulo Cuarto — Relaciones con el Uruguay

Tratado Miranda-Sienra Carranza de paz, Amistad, Comercio y Navegación.

Capítulo Quinto — Negociaciones de Límites con Argentina

a) Misión Mitre al Brasil;

b) Misión Loizaga a Buenos Aires;

c) Misión Mitre a Asunción;

d) Misión de Jaime Sosa a Río: sus instrucciones;

e) El Tratado Sosa-Tejedor cede Villa Occidental; su desaprobación por el Congreso paraguayo;

f) Tratado Machaín- Irigoyen;

g) Laudo Arbitral del Presidente estadounidense Rutherford B. Hayes;

h) Retiro de los últimos invasores.

Capítulo Sexto — Relaciones con Bolivia

a) Traído Decoud-Quijarro;

b) Fin de la primera década de la guerra.

 

SEGUNDA PARTE — Del Ochenta al Novecientos

Capítulo Primero — La Reconstrucción Nacional

a) Progreso material;

b) Fundación de la Universidad;

c) Tratado de Comercio con el Brasil de 1883;

d) Uruguay renuncia al cobro de los gastos de guerra y devuelve los trofeos;

e) Tratado de Comercio con Argentina de 1885;

f) Tratado Aceval-Tamayo    

g) Nota Centurión de 1889 que define la actitud del Paraguay a raíz de los sucesos de "Puerto Pacheco"

h) Tratado Benítez-Ichazo

i) Resalva Queirolo de 1900 relativa a los derechas del Paraguay sobre "Puerto Quijarro";

j) Resalva Hecha de 1901 relativa a los derechos del Paraguay sabré las lagunas Cáceres, Mandioré Gaiba y Uberaba; Resalva; Irala de 1904 relativa a los derechos del Paraguay en ocasión del Tratado de Petrópolis;

l) Plan de Irala de 1904 para la defensa del Chaco.

 

TERCERA PARTE — Del Novecientos a la Paz del Chaco

Capítulo Primero — Nuevas Negociaciones con Argentina

a) Protocolos de 1905 y 1907 sobre la formación, de una comisión que defina cuál es el brazo principal del Pilcomayo;

b) La Comisión Mixta presenta su informe pericial en 1909;

c) Incidente Martínez Campos de 1912;

d) Tratado de Comercio de 1916;

e) Solución de la cuestión del Pilcomayo;

f) Tratado Complementario de Límites Definitivos en el río Pilcomayo el 1º de junio de 1945;

g) Extinción de la deuda de guerra;

h) Devolución de trofeos de guerra

Capítulo Segundo — Relaciones con el Brasil

a) Tratado Complementario Ibarra-Mangabeira de 1927;

b) Protocolo Sapena Pastor-Azeredo Da Silveira;

c) Adjudicación de islas al Paraguay;

d) Extinción de la deuda de guerra.

Capítulo Tercero — Hacia la guerra con Bolivia

a) Nota protesta de 1905 contra la fundación de los fortines Guachalla y Ballivián;

b) Convenio Soler-Pinilla de 1907;

c) El statu-quo pactado es confirmado en los protocolos Ayala-Mujía de 1913, Moreno-Mujía de 1915, 1916, 1917 y 1918 e Ibarra-Mujía Fernández de 1921;

e) Conferencia de Buenos Aires de 1927-28;

f) Incidente de Vanguardia de 1928,

g) Constituyese en Washington una Comisión de Conciliación y Arbitraje; Conferencia de Washington de 1931 para el estudio de un Pacto de no Agresión;

i) Acción boliviana del 15 de junio de 1932, que da comienzo a la guerra del Chaco;

j) La Conferencia de Mendoza;

k) La Declaración Continental del 3 de Agosto de 1932;

l) Declaración del estado de guerra con Bolivia;

ll) Acta de Río de Janeiro;

m) Comisión Internacional de Encuesta enviada por la Liga de las Naciones;

n) El Paraguay frente a la Liga de las Naciones;

o) Retiro del Paraguay de la Liga.

Capítulo Cuarto — Resumen de las campañas

Ofensiva boliviana. Nueva Ofensiva paraguaya. Nanawa y Toledo. Retroceso del Ejército paraguayo. Herrera. Segundo ataque a Nanawa. Gondra. Ofensiva paraguaya. Pampa Grande y Pozo Favorito. Batallas de Zenteno (Aliguatá) y Campo Vía. Continúa el avance paraguayo. Golpe de Estado en La Paz. Picuiba. Ataque a Villa Montes. Última etapa de la guerra.

Capítulo Quinto — Primera etapa de las Negociaciones de Paz

a) Protocolo Riart-Elio de 1935;

b) Fin de la lucha;

c) El Protocolo del 12 de junio en el Parlamento Paraguayo;

d) Acta Protocolizada Zubizarreta-Elio de 1936.

Capítulo Sexto — Intermezzo Político

a) La Revolución del 17 de Febrero de 1936. Caída del Partido Liberal;

b) Repercusión en el exterior;

c) Protocolo Stefanich- Alvestegui.

Capítulo Séptimo — Última etapa de las Negociaciones de  Paz

a) Los Cancilleres de Paraguay y Bolivia en Buenos Aires;

b) Protocolo Báez-Diez de Medicina;

c) El Protocolo de Paz en la Unión Panamericana;

d) El Plebiscito en el Paraguay;

e) Laudo Arbitral

f) La normalización institucional;

g) El Protocolo de Paz en el Congreso Nacional;

h) Fallo sobre la ubicación del vértice (Cerro Chovoreca).

Epílogo



PRIMERA PARTE

LA DIPLOMACIA RESTRINGIDA

 

CAPITULO PRIMERO

LA OCUPACIÓN EXTRANJERA

 

a)      AMBIENTE DE LA EPOCA

Aunque la guerra contra los aliados proseguía con toda intensidad y el Mariscal López iniciaba una nueva etapa de la indómita resistencia en la campaña que se denominó de Pikysyry, las tropas brasileñas de desembarco ocuparon la abandonada Asunción luego de un intenso bombardeo, el 1º de enero de 1869. De inmediato fue sometida a un escandaloso saqueo.

Para entonces López había trasladado la Capital del Paraguay a Luque y cuando esta plaza comenzó a correr peligro de ser ocupada, se constituyó la tercera en Piribebuy y por cuarta y última vez en Villa de San Isidro de Curuguaty.

En la Asunción ocupada, Caxías hizo cantar solemne Tedeum y declaró terminada la guerra. Después se retiró del comando de las tropas, sustituyéndole un joven príncipe, el Conde D‘Eu. (1)

Los paraguayos que entraron en Asunción tras los ejércitos aliados, convencidos también del fin del ejército de López, creyeron llegado el momento de constituir un gobierno provisorio para asumir la administración del devastado país. Para el efecto, nombraron una comisión representativa compuesta de los señores Carlos Loizaga, Bernardo Valiente, José Díaz de Bedoya y Félix Egusquiza, a fin de gestionar ante los gobiernos aliados la organización del mencionado gobierno.

La tarea, sin embargo, no se presentaba fácil, pues entre los paraguayos se habían constituido dos tendencias bien determinadas: una, encabezada por los hermanos Decoud, conocida como la de los “legionarios”, integrada por los baqueanos de los ejércitos aliados que alentaban el propósito de obtener el concurso de los pocos hombres llegados del exterior después de la ocupación de Asunción; y la otra, encabezada por don Cándido Bareiro, que había sido alto exponente de la administración de López y arribó a la capital en los primeros meses de 1869. A éste último se unieron rápidamente los antiguos funcionarios en el extranjero, como don Félix Egusquiza, don Carlos Saguier; ex-estudiantes y becados en Europa como los hermanos Cayo y Fulgencio Miltos, Juan A. Ayala y hermano, F. Rivas, etc., con quienes había mantenido anteriormente estrechas vinculaciones personales y oficiales; y por último, también contaría posteriormente con los ex-jefes y oficiales del Mariscal. El grupo de los Decoud no pudo obtener la adhesión de estos mismos compatriotas, así sea por la persuasión como por la intimidación.

Trazados estaban, desde ya, los dos grupos de opinión que constituirían con el tiempo nuestros partidos tradicionales. Los “legionarios” de los Decoud constituyeron el “Gran Club del Pueblo” y los seguidores de Bareiro el Partido Popular, del que fue jefe, o “Club del Pueblo” (2). A ello debemos agregar que, mientras los primeros respondían a los argentinos, los segundos se apoyaron en los brasileños. Siendo así era natural que el Ministro Paranhos alentara el propósito de que se constituyera un gobierno de coalición entre ambas tendencias. Sin embargo, debió resignarse a la formación de un gobierno totalmente legionario.

Finalmente la Comisión, reducida a Valiente, Díaz de Bedoya y Egusquiza, por renuncia de Loizaga, se trasladó a Buenos Aires. Allí presentó un petitorio suscrito por los vecinos de Asunción, acompañado de una nota que lleva fecha 29 de abril de 1869, en la que solicitan “de los excelentísimos gobiernos aliados el acuerdo necesario para la organización popular de un gobierno provisorio de la República del Paraguay”. Además, decía la nota: “Los objetivos de este gobierno deben ser tan especiales como la situación que atraviesa, y limitarse por consiguiente sus facultades, a cooperar inmediatamente a la más pronta conclusión de la guerra: atender entre tanto, a las apremiantes necesidades administrativas y preparar después a la reorganización política de la República creando los poderes permanentes que han de celebrar los tratados necesarios o conducentes a restablecer las buenas relaciones con las naciones aliadas, bajo el pie de la amistad más fraternal e inalterable”.

¿Cuál era entonces el ambiente de la época? En la atmósfera que se respiraba en la abandonada y saqueada ciudad, se percibía ya la corriente nauseabunda del colaboracionismo que incidiría de manera considerable a transformar la mentalidad del pueblo paraguayo, antes constructiva y creadora, en dependiente y derrotista. A esta corriente se opondría, sin embargo, la que con el tiempo habría de operar en nosotros la maravillosa transformación de la resurrección espiritual y de la reconstrucción material.

 

b)      DESAVENENCIAS ALIADAS. EXIGENCIAS DE PARANHOS Y RESPUESTA DE VARELA.

Para considerar el asunto planteado por la Comisión Paraguaya se reunieron en Buenos Aires: por el Brasil, el Consejero José María da Silva Paranhos; por la Argentina, el Ministro de Relaciones Exteriores, Dr. Mariano Varela; y por el Uruguay, el Dr. Adolfo Rodríguez.

Paranhos era de opinión de que el futuro gobierno provisorio del Paraguay tendría capacidad para celebrar tratados de paz. En ese sentido dirigió a los gobiernos aliados un memoramdum (30 de Abril) en el que sostiene que el Gobierno Provisional “debe aceptar desde luego las condiciones de paz determinadas por el tratado del 1º de mayo de 1865” ... “La guerra actual fue obra de un gobierno que debía la vida a su propia voluntad y que por eso no tenía más norma de conducta que esa misma voluntad”.

El Canciller argentino no compartió la opinión de Paranhos, pues estimaba que el momento de la organización del Paraguay, previsto por el tratado, aún no había llegado, antes debía ser vencido López, que todavía organizaba resistencia: "No podemos hoy exigir de aquel (gobierno) que nosotros hemos nombrado, la celebración de tratados que comprometen los derechos e intereses permanentes del país y que sólo deben negociarse por los poderes constituidos por la ley fundamental o por una soberanía del pueblo... Casi todas las naciones de la tierra han mostrado horror a la guerra del Paraguay, por desconfianza de nuestras intenciones. No debemos, por tanto, dar pretexto de que tales recelos se confirmen” (Memorándum del 8 de Mayo).

Los referidos puntos de vista fueron consignados en un protocolo (2 de Junio). Allí encontramos que el plenipotenciario argentino dijo que su gobierno había considerado los memorándum del señor Paranhos, “pero que sus escrúpulos respecto a las cuestiones de principios y de conveniencias manifestados en el Memorándum del 8 de mayo, no habían sido desvanecidos por aquellos documentos”. Empero, que estaba dispuesto a concurrir para el establecimiento de un gobierno paraguayo provisorio, que la divergencia en el modo de considerar las relaciones de los gobiernos aliados con dicho gobierno, “pide que no se atribuya sino a un verdadero celo por el crédito e intereses comunes de la alianza”.

El plenipotenciario uruguayo compartió esta posición y rechazó la idea de aceptar el compromiso de celebrar con el gobierno paraguayo provisorio los ajustes definitivos de paz.

El plenipotenciario brasileño, haciendo “plena justicia a las intenciones de los gobiernos aliados”, se reafirmó en sus anteriores conclusiones.

 

c)       EL GOBIERNO PROVISORIO

Evidente era que la alianza, por los intereses opuestos encontrados, estaba lejos “en reconocer que no era posible crear de la nada el derecho de mandato, como tampoco la paz auténtica, la paz duradera, puede ser impuesta por la fuerza; el uno y la otra requieren el consenso”.

Previas las discusiones pertinentes, se acordaron las condiciones bajo las cuales reconocerían al Gobierno Provisorio el derecho a instalarse en el Paraguay. El 2 de junio de 1869 se suscribió el protocolo respectivo, en el cual consideran “que el establecimiento del gobierno paraguayo amigo, no altera, ni los propósitos ni los fines de la alianza, y deja subsistentes, y con la misma fuerza los derechos de los beligerantes”; por tanto resuelven autorizar el establecimiento del gobierno provisorio, reconocer y tratarlo como amigo, bajo las siguientes condiciones:

“1º — El Gobierno Provisorio que se establezca en el Paraguay, debe ser libremente nombrado por los ciudadanos paraguayos, que se hallan en el territorio libertado del dominio del Mariscal López.

2º — Este gobierno debe constituirse en forma y con personas que den garantías de estabilidad, paz y perfecta inteligencia con los gobiernos aliados. ..

3º — Ligados estos gobiernos por un Tratado de Alianza, que es hoy del dominio público, en el que se consignan los propósitos y fines de la guerra, a que las tres Potencias que lo firmaron, fueron arrastradas por el Dictador López; el Gobierno Provisorio que ahora se establezca en el Paraguay, sin dejar de tener la libertad en el ejercicio de su soberanía nacional por lo que respecta a la guerra, se obligará a proceder de entero acuerdo con los Aliados hasta la terminación de la guerra con arreglo a las prescripciones del referido Tratado.

4º — El Gobierno Paraguayo, por consecuencia, no podrá tratar con el Mariscal López, así como con persona que lo represente, o sobre quien él influya: porque del mismo modo procederán los Gobiernos Aliados, y sus representantes Diplomáticos y Militares.

5º — La acción de los Generales aliados quedará enteramente libre e independiente del Gobierno Provisorio en lo que respecta al ejercicio de su jurisdicción militar y a las operaciones contra el enemigo común. Ellos podrán ocupar los puntos que juzguen necesarios y aprovecharse de todos los recursos del país, salvo la propiedad particular, neutra o amiga, cuyo uso dará derecho a indemnización.

6º — El Gobierno Provisorio, a más de su acción política y administrativa, prestará todo el concurso que le sea posible para las operaciones Militares de los Aliados, ya en personal y material de guerra, ya en víveres y forrajes.

7º — La jurisdicción civil y criminal del Gobierno Provisorio no se extenderá a los cuarteles, campamentos e individuos pertenecientes a los ejércitos aliados. Dado algún delito entre un militar o empleados de dichos ejércitos y persona que los sea extraña se preferirá la jurisdicción militar salvo si la autoridad militar competente entregase al delincuente al juicio de la autoridad paraguaya.

8º — Todos los individuos, navíos, víveres, forrajes y demás material de cualesquiera especie pertenecientes a los ejércitos Aliados, o a sus proveedores, tendrán entrada y salida por el territorio de la República, con excepción de todo y cualquier gravamen, y sin más fiscalización que la que fuese acordada con los Generales o los Representantes diplomáticos de los Gobiernos Aliados...

Convinieron además: 1º Que esa declaración de los "Gobiernos Aliados será hecha por medio de una nota colectiva dirigida por los tres Plenipotenciarios a la Comisión Paraguaya, acompañada de copia del presente Protocolo, y de la del Pacto de Alianza, a que se refieren las expresadas condiciones, en razón de ser éste ya del dominio público.

2º — Que la Comisión declarará por nota reversal si acepta las condiciones del reconocimiento que le es ofrecido por los Aliados; y que, constituido el Gobierno Paraguayo Provisorio, confirmará en la forma oficial más conveniente aquel recuerdo previo, que desde entonces tendrá pleno y entero vigor”.

La Comisión Paraguaya naturalmente aceptó las condiciones precedentemente transcriptas y, con la autorización aliada, se reunió en Asunción el Colegio Electoral el 5 de agosto de 1869, compuesto de 21 electores, eligiendo un Triunvirato integrado por los señores Cirilo Antonio Rivarola, Carlos Loizaga y José Díaz de Bedoya. Este Gobierno tomó posesión de sus funciones el 15 de agosto. Antes, presentaron al Plenipotenciario argentino en Asunción, Dr. José Roque Pérez, una declaración conjunta de aceptar “entera y plenamente” las condiciones del 2 de junio.

 

d)      EL PROBLEMA DE LA VILLA OCCIDENTAL

El primer decreto de este gobierno, de fecha 17 de agosto, constituyó una verdadera afrenta al heroísmo del pueblo paraguayo. Decía así: “El primero de los deberes indeclinables de todo buen paraguayo en estos momentos supremos de la patria, es contribuir cuanto esté de su parte para la completa victoria de la República y de los gobiernos aliados acreedores a nuestro cordial agradecimiento, etc.” ... y que quienes continuasen sirviendo “a la ominosa tiranía de Francisco Solano López, serán considerados y punidos con todo rigor, como traidores a la nación y enemigos de la humanidad”. Un segundo decreto de la misma fecha, consignaba en su artículo primero: “El desnaturalizado paraguayo Francisco Solano López, queda fuera de la ley y, para siempre, arrojado del suelo paraguayo, como asesino de su patria y enemigo del género humano”. . .

El triunvirato, por otra parte, a más de dictar algunas medidas de carácter urgente, pronto tuvo su primera seria dificultad con la Argentina. Fue a raíz de la actitud de un señor de nombre Eduardo A. Hopkins que explotaba una industria de madera en Villa Occidental, quien para evadir el pago de impuesto a las autoridades paraguayas, recurrió al general Emilio Mitre, Comandante del Ejército Argentino expresándole que de acuerdo al Tratado de la Alianza su industria estaba asentada en territorio argentino.

El general Mitre, de acuerdo con su Gobierno, pasó al Gobierno Provisorio, con fecha 17 de noviembre de 1869, la siguiente comunicación:

“Habiendo el señor Hopkins recibido una intimación, por la cual se le da conocimiento de una resolución de la Capitanía del Puerto de esta ciudad, ordenandolé que saque patente para el establecimiento que tiene en el Chaco, debo dirigirme a V. E. para hacerle presente que el Chaco es exclusivamente argentino, y que en él, nada tienen que hacer las autoridades paraguayas. Muy pronto mandaré por tanto a la Villa Occidental, una guarnición y un jefe a fin de que enarbole allí la bandera, y establezcan nuestra jurisdicción”.

Así surgió el problema de la Villa Occidental con la República Argentina, litigio que sólo sería resuelto en 1878 mediante el arbitraje del Presidente de los Estados Unidos de América.

El 21 de noviembre el general Mitre ocupó con sus tropas la Villa Occidental e izó la bandera argentina. La comunicación al Gobierno Provisorio del Paraguay llegó tres días después. La respuesta de éste tiene fecha 25 del mismo mes, expresando entre otras cosas lo siguiente:

El Gobierno Provisorio no invoca las estipulaciones contenidas en el Tratado de la Triple Alianza, sin embargo creía y cree que, en cuanto a cuestiones de límites y a otros puntos, ese tratado no establece sino condiciones que dependen de ajustes ulteriores entre todas las partes interesadas; ajustes a los que se opone el Gobierno Argentino, remitiéndonos al período del Gobierno Permanente. Entendía por tanto que, si no en todo, a lo menos en lo que respecta al Chaco desde el Bermejo, no quería el Gobierno Argentino alterar el estado ante bellum, en cuanto no se entrase a los ajustes que se refiere el mismo tratado ...

En esta inteligencia no podía el Gobierno Provisorio persuadirse de que le sería recusado el derecho de ejercer jurisdicción de una antigua población, frontera de la Capital de la República, creada por los esfuerzos y capitales de la Nación Paraguaya y de la cual tiene mucha necesidad para dar abrigo y alimento a una parte de las infelices familias llegadas del más cruel destierro y que se encuentran acumuladas en esta capital con peligro de la salud pública y sin más medios de subsistencia que los que le puede ofrecer el Estado o la caridad particular.

No fue con el intento de asegurar derechos que siempre juzgó seguros en la justicia de los aliados, sino para fines de interés público y urgente que el Gobierno Provisorio resolvió establecer agente suyo en Villa Occidental, haciendo efectivas en aquel territorio, que siempre fue del dominio de la República, las disposiciones legales que hoy rigen a los demás puntos...

El Gobierno Provisorio espera que los Aliados petarán bien si es justo y político el acto que así le priva de una jurisdicción tan antigua como el mismo Paraguay, llamando desde ya la atención de los Gobiernos Aliados sobre lo que deja expuesto, y además de eso, sobre los peligros que las poblaciones de la margen oriental del Paraguay han de correr si se hiciese efectiva la negación de su jurisdicción en el otro lado llamado Chaco”.

Expresa, finalmente, “que espera del Gobierno Argentino resolviera el incidente, de acuerdo con lo expuesto en ella”.

También el Canciller argentino, Dr. Mariano Varela, a quien se hizo llegar casi simultáneamente una copia de la mencionada nota durante su permanencia accidental en Asunción, creyó conveniente contestar desde Buenos Aires al Gobierno Provisorio en fecha 27 de diciembre, expresando que “el proceder del brigadier general D. Emilio Mitre, ha sido aprobado plenamente” y que, “la República Argentina cree y sostiene, apoyada en títulos incontestables, que el territorio que se cuestiona le pertenece exclusivamente, y que su posesión por parte del Paraguay, ha sido una usurpación a nuestros derechos. Decidiendo la suerte de ese territorio por la victoria de las armas aliadas, su ocupación ha sido un hecho natural y lógico. Sin embargo, el Gobierno Argentino ha sostenido, hace muy poco tiempo, en discusiones con el representante de S. M. el Emperador del Brasil, que la victoria no da derecho a las naciones aliadas, para declarar por sí límites suyos, los que el tratado señala. Cree mi Gobierno, hoy como entonces, que los límites deben ser discutidos con el Gobierno que se establezca en el Paraguay, y que su fijación será establecida en los tratados que se celebren después de exhibidos por las partes contratantes, los títulos en que cada uno apoye sus derechos. Así al ocupar el Chaco, la República Argentina no resuelve la cuestión de límites: toma por el derecho de la victoria lo que cree ser suyo, dispuesto a devolverlo si el Paraguay presenta pruebas que venzan a las nuestras, cuando la cuestión de derecho se trate”.

Pocas veces habrase visto tamaña contradicción en un documento diplomático, pues mientras por un lado se afirma que “la victoria no da derecho, por el otro se afirma que toma lo que “cree ser suyo” por “el derecho de la victoria” ...

A pesar de todo, el triunvirato trataría de encontrar una válvula de escape al compromiso que había asumido al aceptar el Tratado secreto de la Triple Alianza, sea para ganar una consideración que nunca había alcanzado en el pueblo, sea por salvar lo que si podía del territorio nacional que anticipadamente había renunciado. Ese empeño notaremos en las tratativas sostenidas en Asunción, del 24 al 31 de mayo de 1870, con los representantes de Argentina y Brasil, general Julio de Vedia y Consejero Paranhos respectivamente. Lo primero que correspondía, pues, era modificar el protocolo del 2 de junio de 1869, en un nuevo protocolo que se utilizaría como preliminar de la paz a celebrarse entre las naciones aliadas y el Paraguay.

Y como los señores Carlos Loizaga y Cirilo Antonio Rivarola (3) fueron “invitados” a proponer las alteraciones que juzgaren convenientes al artículo 2º que expresa la aceptación de las cláusulas del Tratado del 1º de Mayo de 1865, propusieron y felizmente fue aceptado por el Plenipotenciario del Brasil y de modo ad referéndum por el argentino el artículo 2º (sustitutivo) que dice así:

“Art. 2º (substitutivo). — El Gobierno Provisorio de la República ratifica una vez más las declaraciones que hizo al aceptar el Protocolo del 2 de junio del año próximo pasado, y por consiguiente acepta en el fondo el Tratado de la Triple Alianza celebrado en Buenos Aires el 1º de mayo de 1865, reservándose para los arreglos definitivos con el Gobierno Permanente, las modificaciones de este mismo Tratado, que pueda proponer el Gobierno Paraguayo en el interés de la República”.

Los Miembros del Gobierno Provisorio dijeron que, por el citado artículo segundo substituido, entendían dejar al Gobierno Paraguayo plena libertad para proponer y sustentar relativamente a los límites, cuando se tratare de los ajustes definitivos, lo que estime conforme con los derechos de la República, no pudiendo de la aceptación general, que consagra el mismo artículo, deducirse que queda resuelta esta importante cuestión territorial en los términos del Tratado de la Triple Alianza”.

“El Plenipotenciario Argentino convino en esta salvedad, declarando que las intenciones rectas y amigables de su Gobierno, no podrían ser mejor manifestadas de lo que estaban en sus notas relativas a la ocupación de la Villa Occidental. Que allí estaba bien y terminantemente explicado que el Gobierno Argentino no quería usar de su derecho de vencedor para resolver la cuestión de límites, y sí ventilarla por un acuerdo amigable y en vista de los títulos de una y otra parte”.

“El Plenipotenciario brasilero confirmó por su parte la inteligencia dada al artículo segundo substitutivo, no siendo intención de los Gobiernos Aliados conquistar territorios por el derecho de la victoria, sino exigir solamente lo que es de su perfecto derecho, respetando igualmente la integridad territorial de la República, como solemnemente declararon en su mismo Tratado el 19 de mayo de 1865”.

“No habiendo podido el Plenipotenciario Oriental, Dr. Adolfo Rodríguez, asistir a las conferencias del Acuerdo a que se refiere este Protocolo, y no obstante haber prestado su adhesión previa a lo que se estipulase en la Asunción, de conformidad con las bases antes adoptadas por los Representantes de los Gobiernos Aliados, se ha convenido en solicitar del Gobierno Oriental la confirmación de aquel acto de adhesión, al dársele conocimiento de dichos arreglos por nota singular de cada una de las partes signatarias”.

La redacción de este documento descubre la influencia del Brasil cuyas relaciones con la Argentina comenzaban a adquirir contornos graves, sin duda debido al objetivo que se había impuesto de frenar la expansión territorial argentina hasta sus fronteras al norte del río Apa.

 

e)       EL PROTOCOLO DE PAZ

Las tratativas argentino-brasileño-paraguayas culminaron, finalmente, con la firma del Protocolo respectivo el 20 de junio de 1870, “declarando solemnemente terminada la guerra” y modificando las estipulaciones del protocolo del 2 de junio de 1869 en los términos siguientes:

“Art. 1º — Queda establecida la paz entre la República del Paraguay y la República Argentina, el Imperio del Brasil y la República Oriental.

Art. 2º — El Gobierno Provisorio de la República ratifica una vez más las declaraciones que hizo al aceptar el Protocolo de dos de junio del año próximo pasado, y por consiguiente, acepta en el fondo el Tratado de la Triple Alianza celebrado en Buenos Aires el 1° de mayo de mil ochocientos sesenta y cinco, reservándose para los arreglos definitivos con el Gobierno permanente las modificaciones de este mismo Tratado que pueda proponer el Gobierno paraguayo en el interés de la República.

Art. 3° — En consecuencia de lo declarado en el artículo anterior, el Gobierno Paraguayo se reconoce obligado a la celebración de los Tratados a que se refiere el de 1º de mayo, entendiéndose establecido, desde ahora, que la navegación del Alto Paraná y del Río Paraguay, en las aguas territoriales de la República de este nombre, queda franqueada a los buques de guerra y mercantes de las naciones aliadas, libre de todo y cualquier onus, y sin que pueda impedirse o estorbarse de ningún otro modo la libertad de esta navegación común.

Art. 4º — Los Poderes Aliados se comprometen a no influir directa ni indirectamente en la organización y elección del Gobierno Permanente del Paraguay, debiendo tomar consiguientemente las disposiciones convenientes, de inteligencia con el Gobierno Provisorio si al tiempo de dicha elección existen todavía fuerzas aliadas en el territorio paraguayo.

Art. 5º — Queda entendido que mientras permanezcan fuerzas aliadas en el territorio paraguayo, continuarán subsistiendo las condiciones cinco y siete del citado acuerdo relativa a la jurisdicción militar de los Generales Aliados así como la octava solamente en cuanto a los artículos destinados al consumo de los ejércitos.

Art. 6º — Los Tratados, a que se refiere el de 1º de mayo de 1865, serán celebrados tan luego como se elija el Gobierno Permanente de la República del Paraguay y el Gobierno Provisorio promete que esa elección se verificará a más tardar en el término de tres meses contados desde la fecha del presente Acuerdo, según las disposiciones decretadas.

Art. 7º — En caso de demorarse la elección del Gobierno permanente de la República del Paraguay, por más de tres meses, los Gobiernos Aliados se entenderán entre sí sobre la resolución que deban tomar para concluir los ajustes definitivos de paz, los cuales en el interés de todos, no pueden quedar aplazados por mucho tiempo”.

“El artículo 2º de este acuerdo — dice Amarilla Fretes — fue la primera victoria paraguaya en el terreno jurídico: por él se le autoriza a discutir el Tratado de la Alianza, ya no se impondrían al Paraguay sus cláusulas sin oírlo, el Paraguay podría discutir los límites prefijados en el art. 16, podría oponer a las pretensiones de los Aliados, sus títulos. El Paraguay vencido, comenzaba a erguirse contra los Aliados”.

 

f)       LA CONSTITUCION DE 1870

Entre las medidas adoptadas por el Gobierno Provisorio se cuenta el decreto por el cual se convoca una Convención Nacional para laborar la nueva Constitución paraguaya. Ya con anterioridad, en ocasión de la muerte del mariscal López en Cerro Corá, había lanzado un manifiesto afirmando que “pronto llegará el momento en que por elección libre de mandatarios dignos e inspirados en nuestras desgracias, nos demos una Constitución”.

Acorde con tales propósitos, se procedió a la elección de los diputados para la Convención Nacional en comicios relativamente libres, la que inició sus deliberaciones el 15 de agosto de 1870 en el Cabildo de Asunción. Los diputados, que pertenecían a los dos grupos de opinión ya conocidos, correspondían a las parroquias de la Capital y departamentos de la campaña.

El 18 de noviembre fue sancionado con algunas modificaciones un proyecto de Constitución presentado por el convencional José Segundo Decoud, fijándose el 25 del mismo mes para la ceremonia de su juramento.

Nuestra nueva Carta Magna estaba inspirada en la Constitución de la República Argentina, consagrando sus mismos principios liberales. El preámbulo declaraba que el Paraguay es y será siempre libre e independiente, se constituye en República una e indivisible y adopta para su gobierno la forma democrática representativa”.

Sus características esenciales fueron las siguientes: el Poder Ejecutivo, a cargo de un Presidente de la República que duraba cuatro años en su mandato; el Poder Legislativo, con una Cámara de Diputados y otra de Senadores; y el Poder Judicial, con un Superior Tribunal de Justicia y Juzgados inferiores.

“Constitución de tipo individualista — dice Vicente A. Zayas —, no estuvo en consonancia con la hora histórica que vivió la nacionalidad. Estructuró un gobierno leseferista, proclamó el indeferentismo estatal, precisamente cuando el momento exigía la intervención del Estado en las relaciones de todo orden a fin de levantar al país de la postración a que lo condujo la guerra”.

Para el nombramiento del primer Presidente Constitucional de la República, la Convención se constituyó en Cuerpo Electoral recayendo la designación en Cirilo Antonio Rivarola (4). Este juró la nueva Constitución el 25 de noviembre, asumiendo entonces sus funciones el primer gobierno constitucional de la post-guerra.

Finalmente, el 10 de diciembre, la Convención celebró su última sesión y se consideró disuelta.



CAPITULO SEGUNDO

NEGOCIACIONES DE LIMITES CON BRASIL

“Constituido el país y dotado de su gobierno regular —escribe Sienra Carranza—, llegaba el momento de las más graves cuestiones, esto es, de la celebración de los tratados con las potencias de la alianza, firmándose definitivamente la paz, para el cese de la ocupación de los ejércitos extranjeros”.

Efectivamente, para el Paraguay comenzaba la etapa más difícil de su historia diplomática, cual era hacer frente a las demandas territoriales ya estipuladas en el Tratado del 1º de Mayo de 1865.

Este Tratado, sin embargo, tiene sus antecedentes y, de revisarlos, es casi seguro que comprenderemos mejor las posteriores desinteligencias que se produjeron entre argentinos y brasileños en el momento de la repartición del botín.

Ya en 1865, apenas producida la derrota paraguaya en Uruguayana, el Ministro del Brasil José Antonio Saraiva se había dirigido por nota al Consejero Octaviano de Almeida Rosa, firmante del Tratado de la Triple Alianza, para determinar la suerte del Paraguay y su Gobierno al que se impondría, no solamente las cláusulas allí estipuladas, sino la neutralización de todo el territorio de la República.

Por su parte, el Gobierno argentino llegó a proponer al Gobierno del Brasil un proyecto de tratado de paz que se impondría al Paraguay en la creencia seguramente de que la guerra no duraría tanto. En él, “el territorio de la República Argentina se dividirá del de la República del Paraguay por la mitad del canal principal de los ríos Paraná y Paraguay, y desde los límites de la República Argentina con el Imperio del Brasil en la margen izquierda del Paraná hasta los límites con el mismo Imperio en la margen derecha del Paraguay, que son la Bahía Negra” ... Las islas de Apipé y del Atajo son reconocidas ya como pertenecientes a la República Argentina y la de Yacyretá a la del Paraguay” ...

Como el Gobierno del Brasil lo sometió para su consideración a dictamen de la Sección de Negocios Extranjeros del Consejo de Estado, éste se expidió sobre el particular el 30 de Noviembre de 1865, confirmando la política del Brasil en el Río de la Plata. En lo que a límites respecta, decía el dictamen: “fuese cual fuese su gobierno (de Argentina), siempre abrigó la Confederación el propósito de anexionarse el Paraguay, ya por pacto federativo, ya por alianza, o de cualquier otra manera. Evitarlo fue el pensamiento provisional, constante, previsor del Brasil, para quien era importantísimo no sólo el mantenimiento de la independencia del Paraguay, sino que éste tuviese el territorio necesario para impedir el contacto inmediato entre nuestra frontera occidental y la Argentina ... Lo que en verdad produce intensa pena es lo pactado en el artículo 16 (de la Alianza). Queda la Confederación Argentina dueña de toda la margen izquierda del Paraná hasta el Yguazú, y lo que es aún más, de toda la margen derecha del río Paraguay hasta Bahía Negra, próximo al fuerte Coímbra... se atribuye a la Confederación una gran parte de la América del Sud, que ambicionó siempre, sin atreverse nunca a manifestar abiertamente sus aspiraciones... Ningún título valioso podía alegar la Confederación en favor de pretensión semejante. .. Nunca le reconoció el Paraguay derecho alguno sino hasta el Bermejo ... Además del perjuicio que la pérdida de la importancia e independencia efectiva del Paraguay ocasiona al Brasil sentirá éste daño en otros conceptos. .. Nuestra frontera de Coímbra y Miranda sólo tenía que temer la invasión paraguaya; de ahora en adelante temerá también la Argentina... Lo que al Brasil convenía, aunque por necesidad consintiese en la cesión de la margen izquierda del Paraná, es que la Confederación no tuviese ni un palmo de costa en el Paraguay más arriba del Pilcomayo; que desde ahí hasta el Pan de Azúcar, perteneciese al Paraguay y que más arriba de este punto fuese atribuida a Bolivia, no porque ésta cuenta con mejor título, sino porque así lo exigen los intereses de la navegación, comercio y seguridad del Brasil”.

"Queda así definida la acción futura del Imperio respecto del Chaco —escribe Marco Antonio Laconich—; después de servirse del Gobierno de Buenos Aires para destruir al Paraguay, la intención es atraer a Bolivia para contrarrestar las concesiones hechas a Argentina. En ambos casos, el precio ofrecido son tierras paraguayas”.

 

a) NEGOCIACIONES EN BUENOS AIRES

Los representantes de los gobiernos aliados se reunieron en Buenos Aires, en Diciembre de 1870, para discutir las bases de los ajustes de paz y límites con el Paraguay.

El Brasil estuvo representado por da Silva Paranhos, la Argentina por el Dr. Tejedor y el Uruguay por el Dr. Rodríguez. “Las discusiones — dice Amarilla Fretes — fueron prolongadas, no llegándose a acuerdo concreto sobre los dos puntos que dividía la opinión de los plenipotenciarios, cuales eran, la cuestión de límites y la demolición de las fortificaciones de Humaitá”. (5)

Por último, lograron coincidir en los siguientes puntos:

1º) que los gobiernos aliados irían a negociar con el Paraguay los ajustes de paz de acuerdo con el convenio preliminar del 20 de Junio de 1870.

29) Respecto a la cuestión de límites y la demolición de las fortificaciones de Humaitá, resolver en definitiva después de conocer las pretensiones y títulos invocados por el Paraguay, según quedó establecido en el acuerdo preliminar citado.

 

b) NEGOCIACIONES EN ASUNCION. COTEGIPE Y QUINTANA NO PUEDEN LLEGAR A UN ACUERDO

En cumplimiento de lo resuelto en Buenos Aires, los representantes de los gobiernos aliados se trasladaron a la Asunción, donde las conferencias se reiniciaron recién en Noviembre de 1871. Esta vez, al Brasil representó Juan Mauricio de Wanderley, Barón de Cotegipe, y a la Argentina el Dr. Manuel Quintana. Paranhos había recibido en Río de Janeiro el encargo de organizar el nuevo Gabinete y el Dr. Tejedor quedó en Buenos Aires para integrar el Gobierno en el carácter de Ministro de Relaciones Exteriores (6).

Respecto al proyecto definitivo del Tratado de Paz, los representantes aliados llegaron a un acuerdo; la divergencia se mantuvo en lo referente a la cuestión de límites. En este terreno, la Argentina buscaba que el Brasil no se inmiscuyera en la cuestión de límites con el Paraguay de modo a imponerle los que ya estaban fijados por el Tratado de la Alianza. Con ello pasaba definitivamente a olvido la mentada frase de Varela de que “la victoria no da derecho”.

En lo que al plenipotenciario uruguayo respecta, éste declaró que a él no le competía inmiscuirse en los arreglos de límites de la Argentina y el Brasil, y que sus instrucciones limitaban sus funciones a ofrecer buenos oficios si los otros no pudieran concurrir a una conciliación amigable.

 

c) BRASIL SE DESLIGA DE SU COMPROMISO DE NO NEGOCIAR POR SEPARADO; TRATADO LOIZAGA - COTEGIPE

El Barón de Cotegipe soslayó todas las divergencias sostenidas con el plenipotenciario argentino y, a pesar de su oposición, que pretendía sostener con la fuerza colectiva de la Alianza sus pretendidos derechos sobre los territorios paraguayos reclamados, continuó adelante sus negociaciones con el Paraguay. Lamentó no poder aceptar la sugestión de su colega de trasladar las negociaciones a Buenos Aires y declaró, finalmente, que “en la situación que no deseó y mucho menos provocó, sólo le quedaba el arbitrio de iniciar con el Gobierno paraguayo si éste conviniera, los ajustes de los Tratados peculiares al Brasil, en los cuales no tenían que intervenir” ...

El plenipotenciario argentino respondió que “mientras la disidencia pendiente no sea previamente saldada, se niega a la apertura de las negociaciones con el Gobierno paraguayo. Que desconoce formalmente a su colega el derecho de abrir aisladamente esas negociaciones. Que reserva a su Gobierno toda libertad de acción para el caso en que las abra sin su consentimiento. Que inmediatamente se retiraría de Asunción para dar cuenta a su gobierno de todo lo obrado”.

Efectivamente, el Dr. Quintana se retiró y el Barón de Cotegipe inició inmediatamente las negociaciones con el Paraguay. El 4 de Enero de 1872 tuvo lugar la conferencia preliminar y el 9 estaban ya concluidos los Tratados que, en número de cuatro fueron firmados: el 9 de Enero el Tratado definitivo de Paz y el de Límites; el 16 de Enero el Tratado de Extradición y el 18 del mismo mes el Tratado de Amistad, Comercio y Navegación.

El Tratado de Paz, que consta de 23 artículos, legisla sobre paz y amistad perpetua entre ambos países; determina que los límites serán ajustados y definidos en Tratado especial; reconocimiento por parte del Paraguay de la indemnización de los gastos de la guerra del Imperio; la libertad de navegación de los ríos desde su boca hasta los puertos habilitados, para navíos mercantes y de guerra de países ribereños; respeto perpetuo de la independencia, soberanía e integridad del Paraguay; restitución recíproca de los prisioneros de guerra, etc.

El tratado de Límites consta de cinco artículos. El primero de ellos expresa textualmente lo siguiente: “La República del Paraguay, y su alteza la Princesa Imperial del Brasil, Regente en nombre del Emperador Señor Don Pedro II, estando de acuerdo en señalar sus respectivos límites convinieron en declararlos, definirlos y reconocerlos del modo siguiente:

El territorio del Brasil se divide con el de la República del Paraguay por el cauce o canal del río Paraná, desde donde comienzan las posesiones brasileñas en la boca del Yguazú hasta el Salto Grande de las Siete Caídas del mismo río Paraná.

Del Salto Grande de las Siete Caídas continúa la línea divisoria por la cumbre de la sierra Mbaracayú hasta donde ella concluye.

De ahí sigue en línea recta, o que más se le aproxime por los terrenos más elevados a encontrar la sierra de Amambay.

Prosigue por lo más alto de esta sierra, hasta la naciente principal del río Apa, y baja por el canal de éste, hasta su boca en la margen oriental del río Paraguay.

Todas las vertientes que corren para el Norte y Este pertenecen al Brasil, y las que corren para el Sud y Oeste pertenecen al Paraguay”.

Cuando llegó a Buenos Aires la noticia de la firma de los tratados con el Brasil, el gobierno argentino se sintió no solamente desairado sino humillado. La opinión pública no fue menos sensible. “La Nación” de Buenos Aires renovó sus críticas a la doctrina Varela en los siguientes términos: “Tomó en serio (el Gobierno) una doctrina buena como arma de oposición, pero inadmisible como base de una política sabia y patriótica; reconoció al Paraguay para discutir cuestiones resueltas por el Tratado de la Alianza; consintió que los aliados tratasen separadamente, y adoptó otros principios tan peligrosos y arriesgados como esos”.

El Gobierno argentino pretendió que el Emperador no ratificara aquel tratado que a su juicio estatuía un verdadero protector unilateral sobre el Paraguay. Entonces, haciéndose eco del sentir general, el Ministro Tejedor dirigió al Brasil su nota del 15 de Febrero de 1872 en la que le acusa de “violación flagrante del texto del Tratado del 1º de Mayo”... por cuyo artículo VI los aliados se comprometieron solemnemente a “no negociar con el enemigo común separadamente, ni firmar tratados de paz, tregua, armisticio ni convención alguna, para poner fin, o suspender la guerra, sino de perfecto acuerdo de todos”.

También sostuvo, que la ocupación militar después de la guerra, por el Imperio sólo, no podía garantizar bien la existencia de la República ayudándola a salir del abismo en que había caído. El protectorado en tal caso sería en otros términos la absorción; y de este modo la República Argentina aparecía a los ojos de las naciones haciendo la alianza y la guerra para el engrandecimiento del Imperio.

El Brasil contestó en términos mesurados pero enérgicos. Y haciendo caso omiso de sus exigencias, ratificó el Tratado de Asunción. La nueva réplica de Tejedor adquirió entonces un tono de gran violencia. En la nota anterior el Brasil había hecho un intencionado recuerdo de Caseros; en ésta replicaba Tejedor con la mención de Ituzaingó. La guerra de notas contribuyó a caldear el ambiente. La prensa argentina, sin excepción, predicó la guerra al Brasil; los diarios de Río hablaron de aplastar a la Argentina. Ambos países realizaron apresurados preparativos bélicos y algunas naciones ofrecieron su mediación, considerando inminente la guerra. Pero ésta, que sería la consecuencia más lógica, no vino porque ambas potencias se habían desgastado considerablemente en la campaña contra el Paraguay.

Empero, la Argentina, que era el aliado agraviado por el Brasil, reaccionó contra el Paraguay. El 31 de Enero de 1872, el Presidente Sarmiento nombró al general Julio de Vedia, Gobernador de los territorios del Chaco, con retención de su cargo de Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas Argentinas, durante su permanencia en Paraguay. Al conocerse en Asunción la mutilación de hecho de que era objeto la mitad de su territorio, el Gobierno paraguayo elevó inusitadamente el tono de su protesta anterior en su nota del 18 de Febrero, expresándose como sigue:

“El Gobierno de la República del Paraguay —decía—, en el deber de salvar los legítimos derechos de la patria, usurpados por un acto arbitrario del Gobierno Argentino, en que, por medio de un Decreto, se apodera del territorio del Chaco, apelando a la fuerza de las armas que emplea contra quien no puede resistir, hace su protesta ante el mundo civilizado y ante todas las naciones amigas contra el proceder incalificable del Gobierno Argentino”.

En otro pasaje de la nota expresaba:. . . “el territorio del Chaco incontestablemente ha pertenecido al Paraguay de tres siglos atrás, sin que la República Argentina jamás pretendiese semejante territorio. La primera vez que salió a luz la pretensión de ese dominio fue cuando apareció publicado el Tratado de la Triple Alianza que fija la frontera de la República Argentina en la Bahía Negra” . ..

Más adelante se muestra todavía más categórico y preciso al mencionar que “el Gobierno de la República del Paraguay ve en el Decreto del Gobierno Argentino una amenaza a su existencia política; un desconocimiento de sus derechos como nación soberana, independiente y libre; un ataque directo a su integridad territorial; y por último, mira como una conquista que hace, prevalido de la fuerza, a falta de títulos legítimos” ... “Pero ante semejante Decreto ya no queda duda al pueblo paraguayo de las ideas de absorción que tiene la República Argentina sobre el Paraguay, y es por esta razón que el Gobierno cumpliendo su deber, protesta y no reconocerá el Chaco por territorio argentino, hasta que no se presenten mejores títulos que los que él posee”.

La vehemencia del tono en que fue escrita la nota precedentemente mencionada, supone inevitablemente la influencia de los diplomáticos brasileños en el Gobierno paraguayo.

 

d) LA DISCUSIÓN SOBRE EL ARROYO ESTRELLA

Las discusiones que se suscitaron sobre el arroyo Estrella tuvieron su causa en un equívoco técnico. “En 1873, al hacerse la demarcación de las fronteras —dice Marco Antonio Laconich—, se planteó un conflicto entre los comisionados de ambos países en relación con la horqueta formada por aquel río y el arroyo Estrella, su afluente. La Comisión Paraguaya sostenía, como era la verdad, que el brazo norte, como corriente principal, debía ser considerado por el verdadero río Apa y que por su curso debía seguir, hasta sus nacientes, la línea demarcatoria. La Comisión Brasileña defendía el brazo Sud, no obstante la evidencia de que se trataba solamente de un afluente, conocido con el nombre de arroyo Estrella. La divergencia se solucionó por el acuerdo del 7 de enero de 1874, suscrito por el Canciller Miranda y el Ministro Gondim. Y la línea siguió por donde lo quería el Brasil, no por el río aceptado en el Tratado, sino por el Arroyo de última hora. Nueva pérdida de territorios, cien leguas de ricos yerbales ... El Jefe de la Comisión paraguaya se retiró dignamente”.

 

e)       LA PROPIEDAD DEL SALTO DEL GUAIRA

El Salto del Guairá o Salto Grande de las Siete Caídas como lo llama el Tratado de 1872, es un accidente acuático fluvial que se forma cuando el río Paraná, que corre de Norte a Sur, es interceptado por la Cordillera de Mbaracayú, originándose un gran embalse que produce numerosas caídas de agua, de las cuales siete son las principales.

Casi hasta fines de la década de 1960 el Paraguay y el Brasil se disputaron su propiedad en la medida en que avanzaba la demarcación de las fronteras hasta ahora inconclusas. Sobre dicha propiedad existieron dos tesis que en su oportunidad fueron objeto de las más encontradas opiniones en el ámbito nacional aunque el Brasil sostuvo invariablemente que el Salto le pertenecía íntegramente.

La primera pertenece al historiador Efraím Cardozo, tesis tradicional basada en títulos seculares y tratados vigentes con el Brasil que considera que el dominio territorial y fluvial se extiende sobre el Salto del Guairá en la medida que será determinada por los resultados de la demarcación y caracterización de la frontera.

Según esta tesis, gráficamente expuesta en un mapa de la Comisión Nacional Demarcadora de Límites del año 1964, la línea roja de la frontera, siguiendo las cumbres del Mbaracayú, por el ramal norte, toca el río a la altura de la Primera Caída, atraviesa todo el estuario y va a tocar territorio brasileño, a la altura de Ciudad Guayra, dejando la totalidad de los Saltos, sin excepción dentro del dominio paraguayo. Sobre el particular, el doctor Cardozo expresa: “Al firmarse el Tratado de 1872 la situación posesoria era clara: el Paraguay estaba en posesión de los Saltos del Guairá. Era el soberano secular. Pero el Brasil era el vencedor. Y el Paraguay estaba hecho ruinas, sin voluntad ni fuerza para oponerse a los designios de su victorioso contendor. Así como el tratado que se le arrancó con la punta de la bayoneta ensangrentada de Cerro Corá consumó la pérdida de tantas tierras que anteriormente habían sido del Paraguay, pudo haberse adjudicado el Brasil la soberanía de los Saltos del Guairá. De nada hubieran valido, en ese momento, todos los títulos de la historia. ¿Fué así? ¿El Tratado de 1872 innovó la situación existente en los Saltos? ¿Consagró su cesión al Brasil?

A dichas interrogantes responde el mismo Cardozo diciendo: “Si de manera tan fácil y expeditiva con un sólo trazo de caligrafía, en la mesa de las “negociaciones”, el Barón de Cotegipe logró el traspaso de enormes extensiones de territorio de manos de su primitivo soberano, el Paraguay, a las del Imperio del Brasil cuyo único derecho era el de la conquista, por qué habría de encontrar dificultad en hacer la misma operación tratándose de los Saltos del Guairá? De nada hubieran valido los títulos emanados de la historia y la posesión ininterrumpida, ante el hecho brutal de la conquista. Loizaga hubiera tenido que aceptarlo como consintió todas las otras adjudicaciones. Si tal hubiera sido su voluntad el Brasil se hubiera adjudicado los Saltos. Pero no lo hizo. En el Tratado de 1872 no se registró la adjudicación de los Saltos del Guairá al Brasil. Ni siquiera su partición, como se hizo con los demás accidentes geográficos adoptados como fronteras (los ríos por su cauce o canal, las cordilleras por sus cumbres). Los Saltos conservaron su unidad. Quedaron como estaban. El Brasil dejó en pie el estado de derecho vigente en 1872 respecto de la soberanía de los Saltos. Y el Paraguay era en el momento de la firma del Tratado, como lo fue desde el comienzo de su historia, el único señor, con soberanía jamás compartida ni nunca restringida. El Brasil respetó esa situación”.

“Al no convenirse en 1872 nada en contrario —continúa Cardozo—, el Paraguay prosiguió en la propiedad entera y legítima de todos los territorios y aguas de que expresamente no fue despojado por el Tratado, entre ellos los Saltos. De que estos no le hayan sido atribuidos expresamente nada arguye en contra de sus derechos. El Paraguay no necesitaba de ninguna adjudicación de lo que nunca fue contencioso ni había salido de su dominio. La presunción de derecho prevalecía en su favor, y no requería adjudicación, ni siquiera expresa declaración. La traslación de dominio es lo que reclama plena prueba. Para que los Saltos pasaran de la soberanía del Paraguay en que estaban, a la del Brasil bajo la cual nunca estuvieron, era menester una explícita adjudicación en favor de este país. Al no formularla, el Tratado de 1872 vino a consagrar, con la firma del Brasil, la soberanía única y exclusiva del Paraguay sobre la totalidad de ese accidente geográfico”.

La segunda tesis pertenece al doctor Juan José Soler, quien en cambio sostiene la copropiedad del Salto en su trabajo “Las Cataratas del Guairá son del Brasil, del Paraguay o de ambos?”. “Tesis aceptada por el Paraguay según instrucciones cursadas por la Cancillería Nacional a la Embajada del Paraguay en Río de Janeiro el 12 de junio de 1963. Además, en un mapa de la Comisión Nacional Demarcadora de Límites del año 1966, la línea roja de la demarcación ya no llega a la otra orilla sino que muere en el canal del río, a la altura de la primera caída.

En efecto, en las negociaciones preliminares del Tratado de Límites, se adoptó la línea del Guairá por ser la intermedia entre las pretensiones de ambas partes, pues Loizaga propuso la línea del río Igamití y Cotegipe la del río Ygurey, río que los brasileros ubicaban al sur del Salto (y que no era, pues, el verdadero Ygurey localizado por Azara en el Ivinheima).

Volvamos otra vez al artículo primero del Tratado de 1872 que dice: “El territorio del Imperio del Brasil se divide del de la República del Paraguay por el cauce o canal del río Paraná, desde donde comienzan las posesiones brasileñas en la boca del Yguazú hasta el Salto Grande de las Siete Caídas del mismo río Paraná”. La soberanía del Paraguay no puede, por tanto, morir en la costa. Debe llegar al canal porque ese es su límite. Y debe llegar, siguiendo ese canal, hasta el Salto, porque es allí y no en la costa, donde empieza la segunda línea divisoria.

Prosigue el artículo primero: “Del Salto Grande de las Siete Caídas, continúa la línea divisoria por la cumbre de la Sierra de Mbaracayú hasta donde ella concluye”. La cumbre del Mbaracayú es el ramal norte.

Siendo, pues, el Salto un mojón natural —donde termina la línea y nace otra— se puede prescindir de él. Además, —continúa Soler— no está en un río nacional brasileño, sino en un río internacional. Para lo primero —es decir para que sea nacional— es menester que el tratado dijera que el límite empieza o termina en la costa paraguaya, cosa que el tratado no dice. Y siendo el Paraná en ese tramo un río internacional, sus aguas son de ambos ribereños, separados por el canal o la línea media. Y la comunidad apuntada, se extiende en los ríos internacionales a la caída de sus aguas.

De modo que, como queda visto, el Brasil se reservaba la apropiación de todo el Salto mediante el Ygurey como límite. Y aunque no se adoptó dicho río, la tesis predominante en el Brasil sigue siendo la de que el salto del Guairá le pertenece íntegramente”.

“El nombre de Ygurey —consigna por su parte Marco Antonio Laconich—, que se da al primer río que desemboca en el Paraná por su margen derecha abajo del Salto Grande, era seguramente una forma de resolver igualmente por la fuerza las controversias pasadas, sobre la verdadera ubicación de dicho río Ygurey, que era conocido también por los nombres de Yaguarey, Monice o Ybineima según comprobación de los comisionados españoles y está situado muy al norte del Salto Grande, aún más arriba del río Igatimí.

Así lo entendieron siempre todos los gobiernos paraguayos, desde la independencia, y no por otro motivo Don Carlos Antonio López dio el nombre de “Ygurey” a una de las unidades de nuestra marina, lo que jamás hubiera hecho si el río Ygurey estuviese abajo del Salto del Guairá, de tradición multisecular como dominio exclusivo del Paraguay”.

 

f)       LAS NEGOCIACIONES PARAGUAYO BRASILEÑAS

Consignemos ahora que el río Paraná es un río internacional continuo y contiguo porque atraviesa en su curso distintos Estados y porque también los divide o se constituye en límite arcifinio. En la parte denominada “Salto del Guairá” el río Paraná es un río internacional contiguo, porque su margen izquierda pertenece al Brasil y su margen derecha al Paraguay. A pesar de ello, el gobierno del Brasil invocó para sí el dominio y soberanía exclusiva sobre el Salto del Guairá o de “Sete Quedas”.

El 19 de enero de 1964 mantuvieron una entrevista en “Tres Marías”, Estado de Matto Grosso, los Presidentes Stroessner y Goulart del Paraguay y Brasil respectivamente, acordando y resolviendo que era de interés para ambos países que la Comisión Mixta concluyera cuanto antes sus trabajos y, que a tal fin, ambos gobiernos darían las instrucciones necesarias y proporcionarían todas las facilidades para que dicha Comisión Mixta diera cuanto antes fin a su cometido. Sm embargo, en junio de ese mismo año, un destacamento militar brasileño se instaló en el trecho de 70 kilómetros de línea de límites no caracterizados aún, cuyos componentes manifestaron a los miembros de la Comisión Paraguaya de Límites que tenían instrucciones de instalarse en Puerto Renato, lo que fue posteriormente confirmado por el Embajador del Brasil en Asunción al propio Presidente de la República el 1º de septiembre de 1965.

La Cancillería paraguaya reclamó entonces en nota de fecha 25 de septiembre de 1965, diciendo que el contingente militar brasileño no estaba instalado en Puerto Cnel. Renato sino en la zona donde la frontera debe ser caracterizada y los límites fijados mediante los últimos hitos a ser colocados e inaugurados sobre las cumbres del Mbaracayú, obstáculo que debía salvarse para que la Comisión Mixta continúe en forma regular y normal su trabajo, por lo que se considera que él no presta servicio alguno a las relaciones existentes entre ambos países.

Itamaraty instruyó a su embajada en Asunción para que respondiese a la nota paraguaya con otras de fechas 29 de octubre y 8 de noviembre de 1965 respectivamente, en las que se expresa que el gobierno brasileño “considera enteramente demarcado el trecho de la frontera común que se extiende desde el hito demarcatorio del Ybicuí hasta el Salto Grande de las Siete Caídas”. Pero nuestra Cancillería, en su nota del 14 de diciembre de ese mismo año, rechaza la errónea apreciación y expresa que ella contradice y niega todo valor a tratados y convenios internacionales, y desconoce el trabajo conjunto que por decenas de años realizaron de común acuerdo el Paraguay y el Brasil para demarcar sus fronteras. En la misma nota expresa que “el Paraguay no desea un centímetro de territorio que no le pertenezca, pero tampoco está dispuesto a ceder un centímetro del suyo propio”. Seguidamente analiza el contenido del Tratado de límites del 9 de enero de 1872, los trabajos cumplidos por la Comisión Mixta Demarcadora de Límites durante 1872-74; recuerda el Tratado de Límites Complementario firmado en Río de Janeiro el 21 de mayo de 1927 y el Protocolo de Instrucciones para la demarcación y caracterización de la frontera del 9 de mayo de 1930 que crea una comisión mixta de demarcación y caracterización de fronteras, que está en actividad y que había colocado e inaugurado 846 hitos, de los cuales 341 corresponden a la línea de cumbres del Mbaracayú, enumera los trabajos cumplidos por la Comisión Mixta y termina reiterando su demanda de que el gobierno brasileño retire de la zona no demarcada sus fuerzas militares de ocupación para hacer posible la solución pacífica del diferendo de demarcación; que la Comisión Mixta prosiga normalmente sus trabajos; y que en caso de desacuerdo entre ambos gobiernos se recurra a todos los medios de solución pacífica de los conflictos internacionales, comenzando por las negociaciones directas (7).

 

g)      ACTA DE FOZ DE YGUAZU

La solución del diferendo, en lo que al retiro de tropas se refiere, vino con la entrevista de los Cancilleres Raúl Sapena Pastor y Juracy Magalhaes en Foz de Iguazú, donde se firmó el Acta de su nombre el 22 de junio de 1966. También en dicho acta, ambos cancilleres proclamaron la disposición de sus respectivos gobiernos de proceder, de mutuo acuerdo, al estudio y evaluación de las posibilidades económicas, en particular de los recursos hidráulicos, pertenecientes en condominio a los dos países, del Salto del Guairá; y acordaron “en establecer, desde ya, que la energía eléctrica eventualmente producida por los desniveles del río Paraná, desde e inclusive el Salto del Guairá hasta la boca del río Iguazú, será dividida en partes iguales entre los dos países.

Se nota así que, si bien el Brasil ha variado en forma radical su posición con respecto a los recursos hidráulicos del Salto del Guairá, ha mantenido en cambio, firme su posición en el diferendo sobre demarcación y caracterización de un tramo de la línea fronteriza.

Brasil mantiene las siguientes pretensiones:

1) Que la frontera común, en esa parte, está demarcada desde 1874.

2) Que la línea de frontera llega frente a la Quinta Caída y surca el río Paraná dejando al norte y al este, —es decir a Brasil— el Salto.

3) Que el Salto del Guairá es de pertenencia exclusiva del Brasil y se halla íntegramente situado en territorio brasileño y sobre el que dice ejercer posesión desde hace casi un siglo.

4)      que estos puntos no admiten discusiones.

 

h)      EL TRATADO DE ITAIPU

Las relaciones paraguayo-brasileñas cobraron inusitado impulso cuando el 7 de julio de 1971 se entrevistaron el Presidente del Paraguay, General de Ejército Alfredo Stroessner, y el Presidente del Brasil, General de Ejército Emilio Garrastazú Médici, con motivo de inaugurarse el puente sobre el río Apa. En la ocasión se apreciaron, entre otras cosas, los estudios conjuntos que sin interrupción venían realizándose sobre el aprovechamiento hidroeléctrico del río Paraná desde e inclusive el Salto del Guairá hasta la desembocadura del río Yguazú.

Poco después, en abril de 1973, el Presidente Stroessner visitó Brasilia correspondiendo a una invitación del Presidente Garrastazú Médici en cuya oportunidad los cancilleres del Paraguay y Brasil, Raúl Sapena Pastor y Mario Gibson Barboza respectivamente, firmaron el Tratado de Itaipú el 26 de abril a pesar de una tenaz oposición argentina que en la víspera llegó a protestar violentamente contra el Brasil acusándole de no cumplir sus compromisos internacionales en torno a la obra de la represa brasileña de la Isla Solteira, sobre el río Paraná. Así es como la firma del tratado para la construcción de la mayor represa del mundo en Itaipú, cortando las aguas del río Paraná, avivó la vieja rivalidad cultural, política y económica entre la Argentina y el Brasil. Con una producción del orden de diez millones de kilovatios, Itaipú superará a las de gran capacidad de los Estados Unidos, Unión Soviética, Canadá y Egipto.

Por el art. 3º del citado tratado, “las Altas Partes Contratantes crean, en igualdad de derechos y obligaciones, una entidad binacional denominada Itaipú, con la finalidad de realizar el aprovechamiento hidroeléctrico a que se refiere el Artículo Iº. En el parágrafo 1° se menciona que “la ITAIPU será constituida por la ANDE y la ELECTROBRAS, con igual participación en el capital, y se regirá por las normas establecidas en el presente Tratado, en el Estatuto que constituye su Anexo A y en los demás Anexos”.

El Tratado de Itaipú fue ampliamente debatido en el Parlamento paraguayo donde la oposición criticó sus consecuencias políticas y económicas a más del pertinente instrumento jurídico, tanto en la Cámara de Diputados como en la de Senadores. La bancada liberal radical produjo un dictamen en minoría aconsejando rechazar el pedido de aprobación del tratado, expresando entre otras cosas que, “al no definirse previa o simultáneamente la demarcación de la zona litigiosa del Salto del Guairá, pueden suscitarse situaciones de hecho y conflictivas en perjuicio del legítimo interés paraguayo”. También la prensa independiente opuso numerosos reparos que fueron objeto de enconadas controversias en el ámbito nacional.

Sin embargo, el Tratado de Itaipú fue aprobado en el Parlamento con los votos de los parlamentarios de la mayoría colorada y la minoría liberal con la sola oposición de los liberales radicales. Entonces el Poder Ejecutivo promulgó la Ley Nº 389, el 11 de julio de 1973. El canje de los instrumentos de ratificación se produjo en Asunción el 13 de agosto siguiente. La instalación del ente binacional por los presidentes Alfredo Stroessner del Paraguay y Ernesto Geisel del Brasil se produjo en Foz de Iguazú, el 27 de mayo de 1974.



CAPITULO TERCERO

BOLIVIA ANTE LOS ALIADOS

 

a) LAS REVERSALES DE LOS ALIADOS Y LAS GESTIONES DE REYES CARDONA EN BUENOS AIRES Y RIO DE JANEIRO.

Por el artículo XVI del Tratado de la Triple Alianza se establece que la República Argentina “será dividida de la República del Paraguay, por los ríos Paraná y Paraguay hasta encontrar los límites con el Imperio del Brasil, siendo éstos por la margen derecha del río Paraguay la Bahía Negra”. Estas disposiciones, que afectaban las pretensiones que sobre el Chaco guardaba Bolivia desde la protesta de Benavente, fue motivo para que su gobierno se dirigiese a los Aliados solicitando una declaración oficial respecto a la autenticidad del Tratado.

El pedido de Bolivia motivó las reversales de los Aliados, los que expresaron que las estipulaciones del Tratado “no perjudicaban cualquiera reclamaciones que haga la República de Bolivia de territorios en la margen derecha del río Paraguay”. Embarcados los Aliados en una guerra, no iban a crear dificultades voluntariamente y tal vez otro enemigo disponiendo del territorio de un país cuya amistad o neutralidad deseaban asegurar (8).



CAPITULO CUARTO

LAS NEGOCIACIONES CON EL URUGUAY

 

TRATADO MIRANDA-SIENRA CARRANZA DE PAZ, AMISTAD, COMERCIO Y NAVEGACIÓN.

El Uruguay, al que por el Protocolo Mitre-Pimenta Bueno se le reconoce el derecho de negociar la paz por separado con el Paraguay, autoriza a su Plenipotenciario en Asunción, José Sienra Carranza, a suscribir el Tratado de Paz, Amistad, Comercio y Navegación con el Paraguay. Lo hizo el 13 de diciembre de 1873, en la ciudad de Asunción. Por parte de nuestro país lo hizo el Ministro de Relaciones Exteriores, Don José del Rosario Miranda.

El tratado, que consta de 43 artículos, expresa en su considerando que ambas repúblicas, “deseando confirmar en los más formales términos los vínculos de paz, unión y amistad restablecidos entre ambas naciones por el hecho de la conclusión de la guerra y por lo estipulado en el acuerdo preliminar de 20 de Junio de 1870, resolviendo las cuestiones pendientes y conviniendo en las bases que deban servir para sus mutuas relaciones en lo futuro, de modo que se evite toda nueva perturbación de la concordia y fraternidad que deban reinar entre pueblos vecinos enlazados por la comunidad de origen, de idioma, de instituciones y de intereses, resolvieron celebrar un tratado definitivo de paz, amistad, comercio y navegación”.

Por el artículo primero se establece que “habrá paz y amistad perpetua entre la República del Paraguay, su Gobierno y ciudadanos por una parte, y la República Oriental del Uruguay, su Gobierno y ciudadanos por la otra”.

Por el artículo segundo el Paraguay reconoce como deuda suya:

1º el importe de los gastos de guerra hechos por la República Oriental del Uruguay para la campaña del Paraguay;

2º el importe de los daños y perjuicios causados por la guerra a los ciudadanos y demás personas amparadas por el derecho de la República Oriental.

Por el artículo 25 se establece que “todos los ríos navegables de la República del Paraguay quedan abiertos para el comercio honesto de los buques orientales; y todos los ríos navegables de la República Oriental quedan abiertos para el comercio honesto de los buques paraguayos”. . .



CAPITULO QUINTO

NEGOCIACIONES DE LIMITES CON ARGENTINA

El Imperio del Brasil, que domina el campo militar y, entre bastidores el diplomático, decide por sí mismo lo que entiende “su perfecto derecho” en los tratados de 1872; pero cuando la Argentina pretende proceder en la misma forma, se encuentra con una raya, el río Pilcomayo, que su aliado no le consiente pasar.

La expansión territorial hasta la Bahía Negra, adjudicada a la Argentina por el artículo XVI del Tratado Secreto, no era más que una promesa del Imperio hecha en un momento difícil, para contar con un aliado decisivo; pero sin intención alguna de darle satisfacción, en cuanto las circunstancias lo permitiesen.

En efecto, el famoso dictamen de la Sección Negocios Extranjeros del Consejo de Estado del Imperio sobre el Artículo XVI del Tratado de 1865, vendría muy pronto a determinar la posición brasileña ante su aliada del Sur. De modo que después de servirse del Gobierno de Buenos Aires para destruir al Paraguay, la intención es atraer a Bolivia para contrarrestar las concesiones hechas a la Argentina. En ambos casos, el precio ofrecido son tierras paraguayas. El 5 de Mayo de 1866, el Canciller Saraiva instruye en estos términos al agente diplomático en Buenos Aires, Octaviano de Almeida Rosa:

“El Gobierno Imperial propone que el Argentino, conservando el territorio de la margen derecha del Paraguay, en la boca de este río hasta la del Pilcomayo, reconozca desde luego, como de entera propiedad de Bolivia la región que se extiende desde este segundo punto hasta la Bahía Negra”.

Son estas mismas las ideas del Emperador, Don Pedro II: “A condición del arrasamiento de las fortificaciones, es importante y conviene que Bolivia sea también ribereña del río Paraguay en esa parte (Chaco Boreal) para que más fácilmente se mantenga la libre navegación”. (Carta al Barón de Cotegipe, Mayo 9 de 1869).

Los estadistas más influyentes del Imperio preparan el plan que pronto entrará en ejecución.

 

a) MISION MITRE AL BRASIL

Como las relaciones entre los dos grandes aliados habían alcanzado un grado tal de tensión y hasta de gravedad después de la firma de los tratados Loizaga- Cotegipe, el Gobierno de Buenos Aires decidió que era conveniente la normalización de dichas relaciones enviando a Río de Janeiro al hombre capaz de cumplir una misión tan importante. Tejedor, Canciller de Sarmiento, seleccionó entonces para el efecto al general Bartolomé Mitre, a quien encomendó fundamentalmente la misión de entenderse con el Gobierno del Brasil “a fin de arribar a un acuerdo que, ajustándose a las prescripciones del tratado de alianza y tomando en cuenta los hechos que se han producido, establezca la buena armonía que debe existir entre los dos Gobiernos, así en el presente como en el futuro”.

Mitre quiso rehuir la misión, pero finalmente la aceptó, llegando a Río de Janeiro el 6 de Julio de 1872. Desde su llegada sufrió amargos y notorios desaires personales, aún de parte del propio Emperador; los soportó con resignación comprendiendo cuánto interesaba a él y a su país el éxito de su misión. Su paciencia y su habilidad lograron al cabo de largas gestiones que la alianza quedara nuevamente soldada, mal que bien. El 19 de Noviembre se consignaron en el Acuerdo Mitre-San Vicente el fruto de las conferencias sostenidas en Río de Janeiro. Los artículos más interesantes son los siguientes:

“Art. 1º — Se declara y conviene que el tratado de 1º de Mayo de 1865 continúa en toda su fuerza y vigor, y por lo tanto el Brasil está dispuesto a cumplir todas las obligaciones recíprocas que él impone a los aliados, y dar y aceptar todas las garantías en él estipuladas.

Art. 2º — Queda igualmente declarado y convenido que los tratados de la Asunción celebrados por parte del Brasil en 9 y 18 de Enero de 1872, continúan en su positivo y pleno vigor. . .

Art. 3° — La República Argentina negociará por su parte con el Paraguay sus respectivos tratados definitivos de paz, comercio y navegación, así como de límites con sujeción al tratado de alianza...

Art 4º El Gobierno Imperial cooperará eficazmente con su fuerza moral, cuando los aliados así lo juzgaren oportuno, a fin de que la República Argentina y el Estado Oriental lleguen a un acuerdo amigable con el Paraguay respecto a los tratados definitivos a que se refiere el pacto di alianza.

Art. 5º— Si la República del Paraguay no se prestase a un acuerdo amigable, el Brasil y los demás aliados examinarán la cuestión y combinarán entre sí los medios más adecuados para garantir la paz, removiendo las dificultades.

Art. 6º — La República Argentina y el Brasil retirarán las fuerzas de sus ejército: que aún conservan en territorio paraguayo, tres meses después de celebrados los tratados definitivos de paz entre los aliados y la República del Paraguay, o antes, si ambos aliados así lo acordaren entre sí. . .

 

b)      MISION LOIZAGA A BUENOS AIRES

Con el acuerdo, precedentemente mencionado, que significaba la promesa del apoyo brasileño a las pretensiones argentinas, Mitre regresó a Buenos Aires.

Mientras tanto, el Gobierno de Asunción, que también deseaba una pronta solución de su diferendo de límites con la Argentina, decidió comisionar a Buenos Aires al propio firmante de los tratados con el Brasil, Don Carlos Loizaga Este tenía como instrucciones reclamar como paraguayo el territorio de Misiones y el comprendido entre una línea de Bahía Negra hasta el grado 63 de longitud, frente a Corrientes. Si no podía obtener esto, cediese las Misiones en cambio del reconocimiento por parte de la Argentina de todo el territorio del Chaco hasta el Bermejo. Si aún esto no era concedido al Paraguay, se aplazará la cuestión de límites por diez años, pero a condición de evacuar la Argentina Villa Occidental y retirar sus fuerzas de la Asunción.

Sin embargo, en vez de empeñarse en cumplir las instrucciones, de entrada las enseñó al Dr. Tejedor para al final hablar lisa y llanamente de anexión del Paraguay a la Argentina.

Conocida la posición paraguaya, Tejedor respondió a Loizaga que el gobierno argentino no podía ni siquiera oír esas proposiciones”. Entonces, éste se vio en la necesidad de solicitar al Gobierno de Asunción nuevas instrucciones; en cambio recibió solamente la orden de regresar.

Una vez logrado el Acuerdo Mitre-San Vicente, el Gobierno de Buenos Aires tenía las manos libres, para exigir al Gobierno paraguayo el inicio de negociaciones que debían satisfacer sus demandas de límites.

 

c)       MISIÓN MITRE A ASUNCIÓN

El Dr. Tejedor consideraba que era el general Mitre, que tanto éxito había obtenido en Río de Janeiro, el negociador indicado para el efecto.

Mitre se trasladó entonces a la Asunción en 1873 con instrucciones expresas del Presidente Sarmiento y el Canciller Tejedor para exigir como argentino todo el Chaco hasta la Bahía Negra. Ministro de Relaciones Exteriores del Paraguay era entonces Don José del Rosario Miranda.

También es destacado a Asunción el señor Magalhaes, Barón de Araguaya, con el fin de prestar al general Mitre, Plenipotenciario argentino, la ayuda moral prometida en el Protocolo del 19 de Noviembre.

"Sobre el alcance de esta ayuda moral —dice Marco A. Laconich— arroja mucha luz lo que el Barón manifestó al general Mitre cuando fue explorado en ese sentido:

“El Sr. Magalhaes me replicó, con viveza y casi interrumpiéndome, que ciertamente no debíamos contar con la cooperación del Brasil en esta cuestión, sino hasta cierto punto; que en ningún caso nos ayudaría en nuestras exigencias para pretender todo el Chaco hasta Bahía Negra, agregando que si tales hubieran sido las disposiciones del Gobierno, él no se hubiese encargado de ejecutarlas por ser de todo punto contrario a ellas (a esas pretensiones)”. Nota confidencial de Mitre al Canciller Tejedor, fechada en Asunción el 30 de Junio de 1873.

Confirmaba ello que la diplomacia brasileña había cambiado de frente. Desconocía el Tratado de Alianza, en la parte de límites con la Argentina, y lanzaba al Paraguay a resistirle en la cuestión del Chaco. El acuerdo Mitre - San Vicente no resultaría tan efectivo como lo esperaban en Buenos Aires.

Las bases presentadas por el general Mitre para un acuerdo sobre las fronteras definitivas se concretan en los siguientes puntos: 1º) Las Misiones para la Argentina; 2º) La isla del Cerrito o Atajo, idem; 3°) El Chaco Central, entre los ríos Bermejo y Pilcomayo, idem; 4º) Desde el Pilcomayo hasta la Bahía Negra, a decidirse por comisarios nombrados de común acuerdo o sometido a arbitraje.

“El Plenipotenciario paraguayo —dice el Dr. Aceval en su alegato (citado por Laconich)— atendiendo a las circunstancias especiales en que se encontraba el Paraguay en su calidad de vencido y destruido por la Alianza, después de muchas hesitaciones y aunque firmemente convencido de los derechos del Paraguay a todo el territorio que siempre ha poseído, se consideró obligado a hacer las mayores concesiones posibles en obsequio a la paz y armonía con sus vecinos, y se resignó, con el dolor del patriota, a acordar la cesión a la República Argentina: 1º Del territorio de las Misiones a la izquierda del Paraná; 2° De la isla del Atajo o Cerrito; 3° De la parte del Chaco paraguayo comprendido desde el Bermejo hasta el río Pilcomayo, en el brazo que desemboca casi frente a la Asunción, debiendo quedar lo demás del Chaco, al Norte de este río hasta la Bahía Negra, reconocido como paraguayo; y para el caso de no arreglarse así por transacción, propuso que se sometiera al arbitraje todo el territorio del Chaco discutido, desde el Bermejo hasta la Bahía Negra”.

El general Mitre tenía el ánimo dispuesto para aceptar la línea transaccional del Pilcomayo, convencido de que será inútil pretender más; pero en Buenos Aires el Canciller Tejedor, tenaz y agresivo, no pensaba ni remotamente dejar de lado su pretensión casi obsesional de poseer la Villa Occidental. Dichas divergencias surgen del intercambio de notas confidenciales habidas entre Mitre y Tejedor.

El Plenipotenciario argentino había escrito que “la Villa Occidental es una población originariamente paraguaya, que siempre estaría presente ante los ojos de este país como un despojo hecho en nombre de la fuerza”. Refiriéndose al derecho que nace de las glorias militares —aducidas por Tejedor— replicaba que debió pensarse en eso “cuando se proclamó que las armas triunfantes no daban ningún derecho y cuando se declaró que la Villa Ocicdental se conservaba a título de depósito para entregarla al Paraguay si probaba que era suyo”... “A la penetración de V. E. no puede ocultarse, que someter al fallo arbitral la Villa Occidental es lo mismo que hacer abandono de ella” (previsión que el fallo Hayes confirmó después).

Varadas las conversaciones con el Paraguay debido al incidente Mitre-Tejedor a propósito de la Villa Occidental, el Plenipotenciario argentino regresó a Buenos Aires con las manos vacías quedando nuevamente interrumpidas las negociaciones, sin plazo fijo.

Por nota del 2 de setiembre de 1873 el Gobierno paraguayo se permite advertir al Canciller Tejedor que “no pudiendo la República ceder más de lo que ha cedido, ni voluntariamente decretar por un tratado su propia ruina”, espera una contestación de parte del Gobierno argentino hasta el día 30 de noviembre venidero, “pues fenecido ese término se considerará sin efecto y sin ningún valor las concesiones que el Paraguay vencido se resignaba no por reconocer derecho alguno a la República Argentina al territorio que ella exige, sino tan sólo por la fuerza de las circunstancias y por el íntimo deseo de vivir en paz y buena armonía con una vecina República”.

Tejedor contestó en la parte pertinente del modo siguiente: “el Gobierno argentino no está dispuesto a cambiar sus anteriores proposiciones, comunicando lo mismo al Gobierno Imperial”. Y proponiéndose obtener él mismo lo que Mitre no pudo, decidió viajar a Río de Janeiro para encargarse personalmente de sus deseos.

 

b)      MISIÓN DE JAIME SOSA A RIO; SUS INSTRUCCIONES

Fracasada la Misión Mitre al Paraguay, las conferencias paraguayo-argentinas tienen por escenario la Corle del Brasil. A tal efecto nuestro Gobierno comisionó al joven Jaime Sosa y el argentino al propio Dr. Tejedor. El Imperio, por su parte, confía la defensa de su política a los vizcondes de Río Branco y de Caravellas.

Nuestro comisionado recibió las siguientes instrucciones:

1º Queda autorizado a negociar, ajustar y firmar el tratado de límites con la República Argentina, bajo una de las siguientes bases:

1) Abandono espontáneo por parte del Gobierno Argentino del arbitraje limitado... y su sustitución por la línea del Pilcomayo aceptada ad-referéndum por el general Mitre (cuya línea divisoria debe ser por el brazo principal al Sur de la Asunción).

2) Recomendación de esta línea por Brasil, con la declaración de la retirada inmediata y simultánea de las fuerzas brasileras que se conservan en esta Capital y en la isla del Atajo o Cerrito y las argentinas que ocupan el Chaco al Norte del Pilcomayo inclusive la Villa Occidental, según la indicación hecha por el Sr. Tejedor en la conferencia con el Sr. Araguaya.

3) Esa misma recomendación, pero modificada cuanto a la retirada de las fuerzas brasileras, la cual limitaría a las que ocupan la isla de Atajo o Cerrito.

2º Aceptar la línea divisoria por parte del Alto Paraná, por la mitad de la corriente del canal principal de dicho río, desde su confluencia con el río Paraguay hasta encontrar los límites del Imperio del Brasil por la margen izquierda, perteneciendo la isla de Apipé a la República Argentina y la de Yacyretá a la del Paraguay, sin perjuicio de los arreglos que se hagan sobre las demás islas.

3º Reconocerá las propiedades acordadas por el Gobierno Argentino en la Villa Occidental, sin perjuicio de tercero.

4º Hará todos los esfuerzos posibles para obtener la devolución de la Villa Occidental en el estado que hoy se halla, sin indemnización de clase alguna, y para ese fin solicitaría la amistosa cooperación del Gobierno Imperial.

5° Cederá la isla de Atajo o Cerrito a la República Argentina, haciendo todo lo posible para obtener la declaración explícita que en ella no se hagan trabajos que perjudiquen la libre navegación y que los dos canales serán comunes a ambas Repúblicas.

Estas instrucciones llevan fecha 21 de agosto de 1874 y están suscritas por el Vice-Presidente en ejercicio de la Presidencia Salvador Jovellanos y su Ministro Juan B. Gill. Sin embargo, según el doctor Cecilio Báez, el Presidente Jovellanos procedió de una manera desleal y antipatriótica: entregó una instrucción secreta a Jaime Sosa revocando sus instrucciones oficiales, le autorizaba a confabularse con el Ministro Tejedor y ceder a la Argentina la Villa Occidental hasta el río Verde.

Por su parte, el Dr. Tejedor era portador de las siguientes instrucciones:

“El Gobierno aceptaría sin embargo esta misma transacción (la línea del Pilcomayo) siempre que se convienen en el mismo acto el Paraguay en ceder a la República Argentina la Villa (Occidental) con un territorio que tenga por lo menos cuatro leguas de fondo al Oeste sobre el frente comprendido entre el Arroyo Confuso y cualquier río más inmediato al Norte. La República Argentina por su parte renunciaría, como ya lo había anunciado en otra ocasión a la indemnización por gastos de guerra”.

Tejedor, que ya algo tiene aprendido del modus eperandi de la diplomacia imperial, se asegura antes de emprender viaje la cooperación del plenipotenciario paraguayo. Una carta confidencial de Sosa, escrita desde Río de Janeiro en fecha 1º de abril de 1875, lleva a Tejedor este importante secreto: “Cúmpleme manifestar a Vuestra Excelencia con sincera franqueza, que tanto Vuestra Excelencia como su Gobierno pueden contar con mi humilde contingente y buena voluntad en todo aquello que de mí dependa para la consecución de sus grandes y elevados propósitos”. Agregaba Sosa en su referida carta que, si bien esos grandes y elevados propósitos no son los que abrigan los hombres de su gobierno, en cambio son “con toda seguridad los de la Nación paraguaya, y en particular de aquellos que, como elementos más inteligentes, combatieron al lado de la alianza al tirano López y a los verdugos del pueblo paraguayo”:

“Tras proporcionarle consejos, “con conocimiento de causa”, el diplomático legionario —dice Marco A.    Laconich— define su papel en las próximas conferencias: “Creo que con lo dicho basta para que Vuestra Excelencia conozca la disposición en que me encuentro respecto a la persona de Vuestra Excelencia y su gobierno”.

 

c)       EL TRATADO SOSA-TEJEDOR CEDE VILLA OCCIDENTAL; SU DESAPROBACION POR EL CONGRESO PARAGUAYO

En Abril de 1875 se iniciaron las conferencias diplomáticas. En dichas conferencias se plantearon dos soluciones: el arbitraje o la transacción.

La propuesta de arbitraje presentada por Tejedor, comprendía en someter a la decisión de un árbitro o árbitros nombrados de común acuerdo, la pertenencia de la Villa Occidental, con su territorio de dos leguas al Sur, cuatro al Norte y cuatro al Oeste.

Las reglas a las cuales estaría sometido al arbitraje, serían las siguientes:

1º Que cualquiera fuese el resultado, en ningún caso la Villa Occidental podrá salir del poder de la República a que se adjudicare.

2º Que en la hipótesis de un fallo desfavorable a la República Argentina, los derechos territoriales adquiridos por los actuales pobladores, serán respetados en propiedad y dominio.

3º Que en la misma hipótesis, el Gobierno Argentino será indemnizado, previamente a la entrega, de los gastos hechos en la ocupación y fomento de la Villa, fijándose por una sentencia arbitral el monto y forma de pago.

4º Que la misma indemnización será debida a los pobladores, desde la posesión que tomaron las armas argentinas, si quisiesen mudar de domicilio y lo declarasen así dentro del primer año.

5º Que durante el juicio arbitral podrá mantenerse el statu-quo de la ocupación brasileña, reduciendo sus fuerzas al número que sostenga el Gobierno Argentino en la Villa Occidental.

6º Que por el mismo hecho quedan apartados de toda discusión y reconocidos como propios del Paraguay los territorios al Norte del Pilcomayo, con excepción de la Villa y municipio sujeto a arbitraje; y como igualmente propios de la República Argentina los territorios al Sud del río Pilcomayo en toda su extensión, debiendo por lo tanto desocuparse y entregársele la isla del Atajo.

El Plenipotenciario paraguayo Don Jaime Sosa, no obstante los consejos del Brasil de decidirse por el arbitraje, optó por la transacción de ceder la Villa Occidental a cambio de la condonación de la deuda de guerra. Pero la diplomacia imperial no se aviene a prestar su conformidad con esta decisión, que siempre había rechazado, y por tercera vez se rompen las negociaciones. Entonces Tejedor ensaya su jugada maestra y, a lo Cotegipe en Asunción del año 1872, prescinde de su aliado y firma separadamente con Jaime Sosa el Tratado de Límites del 20 de Mayo de 1875 y la Convención adicional, de la misma fecha, sobre daños y perjuicios de la guerra. El ajuste de límites registra todas las pretensiones de la transacción citada. He aquí sus cláusulas:

Art. Iº No obstante el Tratado de 1º de Mayo de 1865, la República Argentina se dividirá por el Sud y Este de la República del Paraguay por la mitad del canal del río Paraná hasta encontrar por su margen izquierda los límites del Imperio del Brasil; por el Oeste, por el Río Paraguay desde su confluencia con el Río Paraná hasta la desembocadura del Arroyo Verde, situado inmediatamente al Norte de la Villa Occidental, continuando por el brazo principal del mismo arroyo hasta la distancia de cuatro leguas en línea recta, por su margen derecha y desde este punto por una línea paralela del río Paraguay, hasta encontrar el Pilcomayo.

Art. 2º Las islas de los ríos Paraná y Paraguay, dentro de los límites expresados, serán adjudicadas de conformidad con los principios del derecho internacional con excepción de la isla del Atajo o Cerrito, en la confluencia de los ríos, que desde ahora se declara del dominio de la República Argentina; y de las islas Apipé y Yacyretá en el Paraná, de las cuales la primera seguirá perteneciendo a la República Argentina y la segunda al Paraguay, según lo estipulado en el tratado del 29 de Julio de 1856.

El mismo día se suscribía la Convención Adicional de Daños y Perjuicios. Por esta Convención el Gobierno Argentino renuncia en favor del Paraguay los gustos de guerra y daños públicos (art. 1º), y se fija un plazo de un año para que los ciudadanos argentinos perjudicados por la guerra presenten sus reclamos, pasado el cual ninguno será admitido. Estos reclamos serán examinados y liquidados por una Comisión Mixta que se nombrará, dos meses después de canjeadas las ratificaciones y se compondrá de dos árbitros y dos jueces, escogiéndose a la suerte en el caso de divergencia de éstos, a uno de los árbitros, quien decidirá la cuestión sin más recurso. Esta Comisión funcionará en la Asunción. La deuda de esta procedencia será abonada por el Gobierno paraguayo a medida que se vaya liquidando, en bonos a la par, que ganen el interés de seis por ciento y gocen de uno por ciento de amortización al año. La amortización se hará a la par y a la suerte, con asistencia del Cónsul Argentino. Los intereses de los bonos comenzarán a correr desde la fecha en que se haga el canje de las ratificaciones del Tratado de Límites y de este Convenio (art. 2º).

“Pero la creencia de Tejedor —dice Marco A. Laconich—, de que ha conquistado al fin la Villa Occidental, es solamente una ilusión. Pronto el Imperio toca otros resortes de su mecanismo diplomático. “Si los elementos más inteligentes que combatieron al lado de la Alianza” respondían a la Argentina, “los menos inteligentes” —según la autoclasificacion de Sosa— respondían al Brasil. Y como éstos estaban en el Gobierno, no se hizo esperar una resolución estrepitosa en Asunción”.

De modo que el Gobierno paraguayo, a cuyo frente ya estaba el señor Gill, a los pocos días de conocer el tratado lo desaprobó por el Decreto del 17 de Junio de 1875, en cuyo considerando consignaba: “que en dicho tratado, a la vez de haberse separado el Plenipotenciario Paraguayo de sus instrucciones, llegando hasta el punto de contrariarlas, se desconocen y perjudican no ya los intereses que la dignidad y el buen deseo de arribar a un arreglo le habían permitido a la República sacrificar, sino también sus derechos vitales”.

Por otro Decreto de la misma fecha se expresaba que: “No pudiendo ni debiendo el gobierno continuar depositando su confianza en don Jaime Sosa por la manera como se ha conducido en su misión de Plenipotenciario, desviándose de sus instrucciones y defraudando profundamente aquella confianza al celebrar el Tratado de Límites ad-referéndum entre esta República y la Argentina en Río de Janeiro, Decreta: 1º Cesa don Jaime Sosa en el carácter de Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario en misión especial cerca del Gobierno de Su Majestad el Emperador del Brasil”.

El presidente Gill (9), temiendo el resentimiento del Brasil, cuyo apoyo solicitaba en la cuestión con la Argentina, envió al doctor Facundo Machaín ante la Corte de Río de Janeiro, a fin de dar las satisfacciones correspondientes. Le entregó una carta dirigida al Vizconde de Río Branco, don José María da Silva Paranhos, en la cual se expresaba que el viaje del doctor Machaín tiene por objeto hacer presente al Gobierno Imperial “toda la indignación que nos ha producido un hecho tan detestable y tan en contradicción con los intereses de la Nación en el espíritu del Gobierno y pueblo paraguayos, y darle a la vez la más amplia satisfacción por el resentimiento que pudiera haber producido en el ánimo del gobierno imperial la conducta altamente desleal e impolítica del señor Sosa, que lejos de buscar, para facilitar y acertar el desempeño de su cometido, el poderoso y benévolo concurso del gobierno imperial, como se le ha recomendado en sus instrucciones y notas particulares, se ha retraído, sancionando una afrenta más sobre el pueblo paraguayo y su gobierno” (julio 22 de 1875).

Comentando la rápida reacción del gobierno paraguayo ante Sosa y las satisfacciones hechas llegar al Brasil, Eduardo Amarilla Fretes escribe del modo siguiente: “Indudablemente que la política del Gobierno Paraguayo de aquel entonces, no estará libre de críticas, por la influencia del Brasil en las cuestiones del Paraguay, pero contemplados los hechos desde un punto de vista sereno y elevado, nosotros interpretamos que al Paraguay no le quedaba otro camino para salvarse: buscar el apoyo del Brasil para sentirse fuerte contra la Argentina que deseaba a toda costa quedarse con la Villa Occidental y su territorio. En caso contrario, el Paraguay aislado, sólo, en su calidad de país vencido, desorganizado y pobre, no tendría partida frente a su contendor victorioso. En ese sentido, la política paraguaya, en lugar de ser errada estuvo acertada, mediante ella se salvó la Villa Occidental que de quedar en poder de la Argentina, sería un permanente peligro para la estabilidad del Paraguay, tanto desde el punto de vista interno como internacional. Interno, porque hubiera sido el foco de todas las subversiones y atentados contra la estabilidad institucional del Paraguay, e internacional, por su situación estratégica respecto a nuestra Capital. La República Argentina, desde la Villa Occidental, podría decretar si lo deseare, la asfixia del Paraguay”.

Por otra parte, debe consignarse que ambos aliados seguían manteniendo sus fuerzas de ocupación en nuestro país. “Evidentemente, dice Marco A. Laconich, la permanencia de las tropas brasileñas después de los ajustes de 1872 tenía una sola razón de ser: respaldar la intervención de la diplomacia imperial en el arreglo de los límites de la Argentina y el Paraguay en la parte del Chaco. Comprendiéndolo así, el Canciller Tejedor deseaba eliminar ese estorbo, interesándose especialmente por la evacuación de las tropas de ocupación, para descontar ventajas; pero el Brasil tenía otro punto de vista, primero el arreglo de las fronteras paraguayas y la desocupación después.

“Por otra parte, el gobierno legionario, que con taba con las tropas extranjeras para su estabilidad política, tenía interés en que la ocupación continuase. La aludida carta de Jaime Sosa a Tejedor revela que “por orden de mi gobierno debo solicitar por escrito (y solicité ya verbalmente en varias conferencias) del Gobierno Imperial, la permanencia de sus tropas en territorio paraguayo por el mayor espacio de tiempo posible”.

 

f)       TRATADO MACHAIN-IRIGOYEN

La presencia de un hombre de temperamento más moderado frente a la Cancillería argentina, como don Bernardo de Irigoyen, atenuó la política agresiva de Tejedor con miras a conservar la Villa Occidental “por conveniencias políticas y militares”, como un trofeo más de la victoria.

El nuevo Canciller insistió, no obstante, por última vez, en una propuesta confidencial, en las mismas pretensiones; pero una contrapropuesta paraguaya en sentido contrario fue aceptada en principio. Delineadas entonces las bases generales para un acuerdo, el Imperio, que comenzaba a inquietarse ante un posible entendimiento directo sin su intervención, fue invitado para hacerse representar en las conferencias conjuntas, que esta vez radicarían en Buenos Aires.

Las conferencias se iniciaron el 21 de enero de 1876. Representó en ellas al Paraguay, el Dr. Facundo Machaín y a la Argentina, el Dr. Bernardo de Irigoyen, ambos Cancilleres. En nombre del Brasil estuvo presente su Ministro Plenipotenciario en Montevideo, Barón Aguiar D’Andrada.

El Canciller Irigoyen recordó que dos eran las propuestas discutidas en Río; la transacción y el arbitraje. El Canciller Machaín manifestó que la transacción fue rechazada por su Gobierno, de modo que sólo quedaba discutir el arbitraje.

El Plenipotenciario argentino propuso entonces discutir el arbitraje apartando aquellos territorios sobre los cuales había acuerdo, como ser los límites por el Este y el Sur (Protocolo Mitre-Miranda 1873) que fijaba las fronteras en el río Paraná. El Plenipotenciario paraguayo manifestó que reconocería dichos límites, siempre que se arribara a un acuerdo sobre los demás puntos, y con esta reserva aceptó la redacción de las bases que posteriormente pasaron a ser los tres primeros artículos del tratado firmado, poniendo fuera de discusión los territorios de Misiones al Sur del Paraná y el Chaco hasta el Pilcomayo (línea del general Mitre).

En este estado, el Dr. Irigoyen declara que establecidos los límites por los ríos Paraná, Paraguay y Pilcomayo, restaba discutir el territorio comprendido entre este último río y Bahía Negra, hasta cuyo punto decía, la Argentina creía tener derechos, como lo reconoció el Tratado de la Alianza, y que en tal virtud, proponía se sometiera al arbitraje el territorio entre Bahía Negra y el Pilcomayo.

El Dr. Machaín se mostró extrañado por la proposición enunciada, dado que la Argentina se había conformado con limitar el arbitraje a la Villa Occidental y territorio anexo, y que la Alianza no había reconocido a la Argentina más allá del Pilcomayo.

De modo que, después de un intercambio de discusiones en que ambos Cancilleres expresaron sus respectivas posiciones, prevaleció como no pudo ser de otra manera las pretensiones del Dr. Irigoyen, suscribiéndose por fin, el 3 de febrero de 1876, los tratados de paz, de límites y de comercio y navegación.

El Tratado de Paz impone al Paraguay los gastos de la guerra, daños y perjuicios; determina la forma de su liquidación y pago. Dispone sobre la navegación de los ríos, policía fluvial, etc.

El Tratado de Límites deslinda las fronteras argentino-paraguayas en la forma siguiente:

Art. 1º La República del Paraguay se divide por la parte del Este y Sud de la República Argentina por la mitad de la corriente del canal principal del río Paraná desde su confluencia con el río Paraguay, hasta encontrar por su margen izquierda los límites del Imperio del Brasil; perteneciendo la isla de Apipé a la República Argentina, y la Isla de Yacyretá a la del Paraguay, como se declaró en el tratado de 1856.

Art. 2º Por la parte del Oeste, la República del Paraguay se divide de la República Argentina por la mitad de la corriente del canal principal del río Paraguay, desde su confluencia con el río Paraná, quedando reconocido definitivamente como perteneciente a la República Argentina el territorio del Chaco hasta el canal principal del río Pilcomayo, que desemboca en el río Paraguay en los 25º 20 m. según el de Brayer.

Art. 3º Pertenece al dominio de la República Argentina la isla del Atajo o Cerrito. Las demás islas firmes o anegadizas que se encuentran en uno u otro río, Paraná y Paraguay, pertenecen a la República Argentina o a la del Paraguay, según sea su situación más adyacente al territorio de una y otra República, con arreglo a los principios del Derecho Internacional que rijan esta materia. Los canales que existen, entre dichas islas, incluso la del Cerrito son comunes para la navegación de ambos Estados.

Art. 4º El territorio comprendido entre el brazo principal del Pilcomayo y Bahía Negra se considerará dividido en dos secciones, siendo la primera comprendida entre Bahía Negra y el río Verde que se halla en los 23º 10 m. de latitud Sud, según el mapa de Mouchez; y la segunda la comprendida entre el mismo río Verde y el brazo principal del Pilcomayo, incluyéndose en esta Sección la Villa Occidental.

El Gobierno Argentino renuncia definitivamente a toda pretensión o derecho sobre la primera  sección.

La propiedad o derecho en el territorio de la segunda sección, inclusa la Villa Occidental, queda sometida a la decisión definitiva de un fallo arbitral

Art. 5º Las Altas Partes Contratantes eligen como Árbitro para resolver el dominio de la segunda sección arriba citada, al Presidente de los Estados Unidos de Norte América.

Marco Antonio Laconich juzga en estos términos la firma de dichos tratados: “Así, pues, la Argentina renunció a lo que no podía renunciar, porque nunca le perteneció, y el Paraguay reconoció como argentino lo que siempre había sido paraguayo. El despojado reconoce y el conquistador renuncia”. . .

 

g)      LAUDO ARBITRAL DEL PRESIDENTE ESTADOUNIDENSE RUTHERFORD B. HAYES

El arbitraje fue aceptado por el Presidente de los Estados Unidos de Norte América, Dr. Rutherford B.      Hayes. Para la presentación de sus respectivos alegatos el Paraguay designó al Dr. Benjamín Aceval, y la Argentina al Dr. Manuel R. García. Las respectivas memorias fueron redactadas, para el Dr. Aceval, por el Dr. José Falcón con valiosos datos; y para el Dr. García, por el Dr. Ángel J. Carranza.

Aceval no se limitó a demostrar los derechos del Paraguay en la zona litigada. Su exposición abarca no solamente la región situada entre los ríos Verde y Pilcomayo, sino también el Chaco Central, entre los ríos Bermejo y Pilcomayo, y la zona comprendida entre la Bahía Negra y el río Verde. El alegato paraguayo considera el Chaco como unidad histórica y geográfica, y demuestra que el Paraguay ejerció dominio sobre ese territorio en general, sin particularizar su posesión sobre zona o región determinada.

Aceval presentó su memoria con los anexos el 20 de marzo de 1878. El alegato hacía constar que “tantos y tan preciosos documentos que eran más concluyentes aún sobre los derechos del Paraguay han desaparecido de los Archivos de la Asunción en el torbellino de la desastrosa guerra de cinco años”, pero que, “con todo”, los documentos que se han salvado de la gran catástrofe que ha desolado al Paraguay, y cuyos testimonios van anexos, así como los mapas y autores que se citan, son a mi juicio más que suficientes para llevar al ilustrado criterio de V. E. la suficiente luz y el convencimiento de sus innegables derechos”.

El 12 de noviembre de 1878 se produjo el fallo arbitral sobre el mejor derecho a la zona del Chaco comprendida entre el río Verde y el Pilcomayo. Laudo breve y conciso, resolvió la cuestión a favor del Paraguay. Como se recordará, ya el general Mitre había prevenido a Tejedor en 1873 que: “A la penetración de V. E. no puede ocultarse, que someter el fallo arbitral a la Villa Occidental es lo mismo que hacer abandono de ella”. Con este criterio razonaría el doctor Juan Bautista Alberdi cuando, —nos relata Marco A. Laconich— en tren de confidencias con el señor Mallarin, no ocultó que de someterse también al arbitraje el Chaco Central y las Misiones “eran muy fácil su pérdida’'.

"La opinión de Alberdi no es caso aislado, pues lo mismo pensó otro gran argentino, don Carlos Pellegrini: “La frase (la victoria no da derecho) no fue una realidad ni en el momento que se la lanzaba, puesto que nuestras fronteras hasta el Pilcomayo, aunque para nosotros fuera una reivindicación, para el Paraguay fue una imposición de la victoria, y la sentencia del árbitro sobre la pequeña porción de territorio que sometimos a juicio, vino a comprobarnos que nuestro título no era tan incuestionable como pretendíamos”. (Carta a Indalecio Gómez, julio 21 de 1902).

El Presidente Hayes declaró: que “habiendo tomado en debida consideración las referidas exposiciones y documentos, vengo en decir por la presente que la expresada República del Paraguay tiene legal y justo título a dicho territorio situado entre los ríos Pilcomayo y Verde, así como a la Villa Occidental comprendida dentro de él; en consecuencia, vengo en adjudicar por la presente a la expresada República del Paraguay el territorio situado sobre la orilla occidental del río de dicho nombre entre el río Verde y el brazo principal del Pilcomayo, inclusa la Villa Occidental.

Definida en la forma precedentemente mencionada la cuestión de la Villa Occidental, se acordó que la entrega de ella se haría el 14 de mayo de 1879, y fue designada para tomar posesión del territorio reconocido como indiscutiblemente paraguayo, una comisión especial integrada por los Sres. general Patricio Escobar, Dr. Benjamín Aceval y D. Higinio Uriarte.

El día señalado embarcóse la Comisión a bordo de la cañonera de la escuadra brasileña “Fernándes Viera”, siendo recibida en la plaza por el Secretario Gobernador interino, Luís J. Fontana, y conducida al edificio de la Gobernación.

Siendo las 12 horas del día, los comisionados de ambos países, se encaminaron a la plaza donde estaba enarbolada la bandera argentina. Allí, ante las fuerzas paraguayas y argentinas formada, entre una salva de 21 cañonazos fue bajada la bandera argentina por el Gobernador interino Fontana, después de haber pronunciado un breve discurso alusivo al acto.

Inmediatamente después fue enarbolada por los miembros de la Comisión Paraguaya, el tricolor nacional, también saludado por 21 cañonazos. El Dr. Aceval pronunció el discurso de circunstancia.

Seguidamente, al pie del asta de bandera donde volvía a flamear nuestro estandarte, se firmó el acta respectiva de toma de posesión por el Paraguay del territorio reintegrado a su dominio.

Cabe destacar, finalmente, que en mérito al justiciero acto del Presidente Rutherford B. Hayes, el Congreso paraguayo —por ley del 13 de mayo de 1879— tuvo un gesto no menos justiciero para él: determinó que será cabeza del Departamento del Chaco, la Villa Occidental, en lo sucesivo con el nombre de Villa Hayes.

El Chaco fue salvado de la voracidad argentina (10).

El 22 de junio de 1876 las fuerzas imperiales evacuaron Asunción tras una ocupación de siete años.

El día fue declarado fiesta nacional. La desocupación del territorio fue un triunfo para la Nación y el Gobierno.

 

h)      RETIRO DE LOS ULTIMOS INVASORES

“El Presidente Juan Bautista Gill, —nos relata Efraím Cardozo— a poco de firmado el tratado Machaín-Irigoyen reclamó la inmediata desocupación del territorio paraguayo. Y se empeñó grandemente en obtenerla. No fue sino el 12 de mayo de 1876 que comenzó la evacuación. El efectivo que mantenía el imperio era de ocho mil hombres . . El día 22 de junio de 1876 se embarcaron en el puerto de Asunción los últimos soldados del imperio, que formaban el 8º de infantería. Inmenso fue el júbilo nacional.

Ese mismo -día el Congreso Nacional sancionó y el Poder Ejecutivo promulgó una ley que declaró feriado el 22 de junio. . . También el Presidente Gill lanzó una proclama señalando la significación del acto. Comenzaba así: “Como consecuencia de la desastrosa guerra de cinco años que sostuvo el país contra los ejércitos de la Triple Alianza,-quedó a pesar de la paz, ocupado militarmente nuestro territorio por una fuerza argentina, otra brasileña. El estado de postración a que quedó reducida nuestra patria, indujo tal vez a los primeros gobiernos nacionales constituidos bajo el amparo de la alianza, a no oponerse a esa ocupación, que sin duda consideraron como una garantía de orden y estabilidad. En efecto, rotos totalmente los resortes que vinculaban y unían al sistema administrativo del dictador Francisco Solano López; derribado su gobierno y rebajado el principio de autoridad, no fuera extraño que los primeros ciudadanos que ocuparon el poder, creyeran necesitar las fuerzas extranjeras para crear a su sombra, una nueva administración y afianzar la tranquilidad interna de la República. Más de seis años han transcurrido desde que se firmó el tratado preliminar de paz; más de seis que la guerra llegó a su definitivo término; hemos logrado reconstruir nuestra nacionalidad y restablecer la autoridad requerida para el libre ejercicio de nuestros derechos como nación soberana e independiente. Agrupados todos en torno a nuestra gloriosa bandera, proclamamos leyes fundamentales, y organizados al fin de una manera conveniente, no había ya razón ostensible para que esa ocupación militar se prolongara por más tiempo”.



CAPÍTULO SEXTO

RELACIONES CON BOLIVIA

 

a)      TRATADO DECOUD-QUIJARRO

Después del laudo Hayes fue comisionado a Asunción con el rango de Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario el Dr. Antonio Quijarro, quien sin hacer ninguna exposición de los títulos de Boiivia pretendía aducir la conveniencia económica que reportaría al Paraguay la cesión de una parte del litoral y el consiguiera acusamiento del comercio boliviano hacia el Río de la Plata por el territorio paraguayo. Bolivia, conviene recordar, terminaba de perder su costa marítima en la guerra del Pacífico que juntamente con el Perú sostuvo contra Chile, y quiso ganar una salida al Río de la Plata por el río Paraguay para romper su enclaustramiento.

Las proposiciones de Quijarro, amistosamente planteadas, encontraron atmósferas favorable en la esfera oficial donde se creía que ella aportaría la solución de los angustiosos problemas económicos en que se debatía el Paraguay. Así, el 15 de octubre de 1879, el Ministro Plenipotenciario Quijarro y el Ministro de Relaciones Exteriores José Segundo Decoud, firmaron el tratado por el que el segundo cedía al primero el territorio chaqueño situados al norte del Paralelo del río Apa. Más de la mitad del Chaco era transferido a Bolivia por una supuesta conveniencia económica verdaderamente absurda. Sin embargo, el Congreso Nacional, haciéndose eco del sentir del pueblo, repudió indignado esta donación simple y llana del territorio chaqueño.

El Art. 1º decía: “Las Repúblicas del Paraguay y de Bolivia declaran que han convenido amigablemente en fijar sus límites divisorios, sin discutir títulos ni antecedentes, y sin que las estipulaciones del presente Tratado importen la renuncia de los derechos que Bolivia tuviere que hacer valer en su cuestión de límites con la República Argentina”.

El Art. 2º consignaba: “La República del Paraguay se divide de la de Bolivia, al Norte del territorio en la derecha del Río Paraguay, por el paralelo que parte de la desembocadura del Río Apa hasta encontrar el Río Pilcomayo. En consecuencia, el Paraguay renuncia a favor de Bolivia el derecho al territorio comprendido entre el mencionado paralelo y la Bahía Negra; y Bolivia reconoce como perteneciente al Paraguay la parte Sud hasta el brazo principal del Pilcomayo”.

El Art. 3º aclaraba que “Aquella parte del Río Pilcomayo que antes o después del arreglo de límites entre la República Argentina y Bolivia fuera del dominio de esta última, se entiende que se divide de la República del Paraguay por la mitad del canal principal de dicho Río o de su brazo más importante.

 

 

b)      FIN DE LA PRIMERA DECADA DE LA GUERRA

Con don Cándido Bareiro, que había asumido la presidencia de la República el 25 de noviembre de 1878, habría de terminar la primera década de la post-guerra. Su Gobierno, que duró hasta su muerte el 4 de septiembre de 1880, “era la transición del poder de las manos quemantes para nuestro nacionalismo, a las de la ciudadanía irreductible y heroica de la raza. Representaba la hora de las retiradas estratégicas de las servidumbres enemigas; de los que rubricaron el dicterio oprobioso contra el primer soldado de la República: Francisco Solano López”, al decir de Alonso Ibarro.

Por su parte, Antonio E. González, nos hace la siguiente descripción: “La primera década de la post-guerra transcurre en medio de sobresaltos políticos anunciadores de graves sucesos futuros; los encomenderos transformados en comerciantes, de comerciantes en ideólogos liberales, de ideólogos liberales en legionarios y de legionarios en gobierno liberal, no se entienden entre sí: no se trata de trabajar para rehacer los derruidos hogares, sino de apoderarse del mando, de usufructuarlo, de actuar en intermediarios de empresas nacientes. Y los cargos públicos son escasos en cantidad y exiguos en remuneración: el presupuesto de la nación derrumbada, y las posibilidades son demasiado pequeñas para tanto aspirante. Los arañazos se suceden. La puja es sin piedad ninguna. Se mata por el poder, se asalta el palacio y la silla presidencial, se toman los cargos a manotones y a tiros de fusil. El batallón “Guarará”, predecesor conspicuo de la policía liberal y del ejército liberal, asegura a unos los puestos y baja a otros a empellones o asesina presos en la cárcel y en las calles.

Los antiguos soldados del mariscal regresan de los campos de prisioneros, y los campesinos rehacen a golpes de brazo la pequeña economía individual. Pero todos ahora chocan con una triste realidad: el producto del trabajo no les pertenece, ahora son sus dueños los nuevos encomenderos que han empezado a vender al extranjero las fuentes de la riqueza nacional. Ahora el paraguayo debe trabajar, a jornal o vender sus productos agrícolas a un intermediario. La libertad liberal se ha encargado de encontrar dueño a la plusvalía del brazo paraguayo.

La rebelión se enciende: el paraguayo no puede soportar la estafa. Pero sus fuerzas son demasiado pequeñas: se produce el período de la lucha entre el arco aborigen de madera y la coraza del conquistador. El paraguayo debe bajar la cabeza y aceptar el salario, y si quiere trabajar la tierra, debe pagar un arrendamiento al nuevo dueño que ha llegado a la patria envuelto en nubes de incienso liberal, al nuevo dueño que le ha despojado de la tierra.

La tierra ya no pertenece a quien la trabaja. Asunción deja de ser el asiento del estado fuerte, del estado control, del estado regulador, del estado motor: ahora es sede de agentes de comercio, de revendedores, de intermediarios, y de gobernantes liberales cuya ejecutoria es actuar de capataces de compradores de tierra y de productos y de empresarios que todos los días llegan en vapores que surcan las aguas del río nacional hasta entonces libres.

La patria vieja, la patria de la independencia, la patria del guaraní y del paraguayo, ha muerto. Ahora imperan soberanos y prepotentes, el encomendero, el comerciante y el político asalariado por las empresas.

Ya un existe el estado fuerte. Ahora es el estado liberal”.


NOTAS

ASUNCION OCUPADA POR LAS FUERZAS ALIADAS

(1) Con el título del acápite, el diario “La Tribuna” publicó el 16 de diciembre de 1965 una interesante colaboración de Carlos Zubizarreta. En algunos de sus párrafos se lee lo siguiente: "Los historiadores, los intérpretes de toda investigación adecuada resbalan sobre esa época con medroso, suspicaz apresuramiento. Comprendo y disculpo este escrúpulo. Se trata de materia histérica exudada por un momento sobrecargado de penosas resignaciones, de vergonzosas indignidades, de humillantes renunciamientos, de miseria sórdida. Inhibitoria atonía colectiva tras el holocausto de un pueblo. Esa es la verdad, aunque duela confesarla.

Más, si son escasos los valederos enjuiciamientos desinteresados de aquel comportamiento social y político, existe, en cambio, un testimonio fehaciente de esa oprobiosa realidad. Es LA REGENERACION, primer órgano oficioso del gobierno provisional instalado en Asunción, mientras se prolongaba aún, agónica, la gesta heroica. La lectura del periódico abochorna. A veces, da náuseas. Sólo puede comprenderse esa actitud si consideramos que en todos los pueblos del mundo, aún en los más viriles, prima siempre sobre sus más nobles postulados egoísta apetito de supervivencia, que no selecciona —no puede seleccionar— sus modos de logro. Se trata de una energía vital primaria, libérrima, imperiosa, de sentido amoral, meramente biológica, de incontinencia abyecta ...

Tras el prolongado abandono y el saqueo metódico al cual se entregaron las fuerzas brasileñas de ocupación, es de imaginar el aspecto desolado que ofrecería la capital paraguaya cuando se instaló en ella el triunvirato de gobierno provisorio. De su relativa prosperidad anterior no restaban ni las ratas. Sin un solo grano por devorar, las había acabado de exterminar el extraño, maullante gaterío que pululaba en la espesa maraña de los tejados. Carpiéronse los yuyales de las calles, ordenóse la reconstrucción de las veredas, el blanqueo y compostura de los edificios. Pero —¡ay!— la mayor parte de sus antiguos propietarios estaba ausente o había desaparecido. Otros, sin solvencia suficiente para afrontar la exigencia municipa1, ofrecían las casas en venta a cualquier precio o su uso a quienes se comprometieron a reparar tan ruinoso estado. .

La autoridad municipal inauguró precario servicio de colección de basura. En carretillas y carretas, primero, en carros de caballos o mulas, después. Tres días alternados de la semana laboral para las calles largueras y otros tanto para las transversales. El ejército argentino acampado en Patiño-cué estableció también en Asunción su Comandancia General de Armas y —como el brasileño— su propio hospital, dirigido por el coronel Biedmann. Una administración imperial se hizo cargo del paralizado ferrocarril y lo puso en funcionamiento, concediendo a sus aliados sendos trenes diarios. Si el argentino estaba plenamente justificado para la necesaria comunicación con Patiño-cué nada explicaba la existencia de tren Oriental, como no fuera el simple aspecto financiero. Famélica, harapienta caravana fluía ininterrumpidamente sobre la ciudad desde la campaña desértica y esquilmada, en busca de alimento y medios de vida. Acampaba en la plaza San Francisco, las adyacencias de la estación ferroviaria y los corredores del templo de San Roque, en promiscuo hacinamiento diezmado por las enfermedades. Hondamente preocupado por la acumulación de aquella imbele, desamparada masa humana, el gobierno ordenó el desalojo y retorno de quienes pertenecían a otros vecindarios o su traslado forzoso al asilo improvisado en las inmediaciones de Luque.

Se vacunaba en forma intensiva para evitar la propagación de la viruela. Cualquier jinete de Apocalipsis, apareció la peste del cólera y la fiebre amarilla, quizá importada por los barcos de la carrera con Buenos Aires, donde hacía estragos. Como aluvión incontenible arribaba también pujante inmigración europea, desde Brasil y la Argentina, tentada por las nuevas perspectivas de la ciudad recién pacificada Abundaba en ella italianos y portugueses, honrados trabajadores, aventureros y maleantes. Los buques de cabotaje, cada día más numerosos, y los de la flota brasileña fondeada en la bahía volcaban sobre el barrio portuario heteróclita muchedumbre con tremendo apetito de vida. La calle de la Ribera se colmó pronto de áridos fonduchos de madera, cafetines, casas de lenocinio y garitos. Barriada bullanguera, de escándalo y peligro, donde los escasos agentes de policía y los veinte marineros del Resguardo no osaban penetrar sino en patrulla armada. Era la nueva faz asuncena, distorsionada cual máscara de carnaval, discorde con ese otro escuálido, lacerado rostro indígena de la periferia boscosa.

Al comenzar octubre de aquel año 1869, el gobierno decretaba abolida para siempre la esclavitud en todo el territorio de la República. Ya por entonces eran poco numerosos los esclavos en el Paraguay. La libertad de vientres estaba en vigencia desde la época de don Carlos Antonio López. Pero cabía, en cambio, la inminente posibilidad de su incremento por la importación de esclavos practicada desde el Brasil.

Soportando resignada la humillante presencia —léase injerencia— de los vencedores, Asunción renacía paulatina, penosa, denodadamente. Se abrían tiendas y hoteles. El municipio creaba la escuela para ambos sexos, a cargo de don Francisco Valletti y su esposa. Un flujo constante de médicos, abogados y técnicos la culturaba de nuevo. Junto a los anuncios de hielo importado de Buenos Aires, de la fábrica de refrescos gasificados de los hermanos Cohén, “recomendados como segura prevención contra la cólera”, un Roberto A N. Chodasierwiez, conde de Haddang, ofrecía sus servicios de arquitecto, ingeniero y agrimensor. El peluquero José Ballet avisaba “su regreso de las Cordilleras”, la venta de pelucas, postizos, rapé helados, paraguas, “perfumes sin falsificación” y libros de romance. Proveedurías recién instadas anunciaban haber recibido vinos y quesos de Europa...

(2) Como Bareiro desde la jefatura del Partido Popular había preconizado la unión de los paraguayos, por encima de cualquier disidencia partidaria, obtuvo que el 5 de mayo de 1870 concurriera lo mejor de la ciudadanía en el Teatro Nacional para la fusión de ambos grupos políticos. La fusión se produjo, pero como el mismo Bareiro resultó electo presidente de la nueva entidad por abrumadora mayoría, los partidarios del “Gran Club del Pueblo” abandonaron el recinto quedando sin efecto tan encomiable anhelo.

(3) El triunviro José Díaz de Bedoya había viajado a Buenos Aires, de donde no volvió más, con 36 arrobas y 5 libras de oro y plata de nuestras Iglesias que debía vender para sufragar los gastos que demandaban la subsistencia de los sobrevivientes de la guerra. Desde esa capital envió su renuncia ... pero nada más.

(4) Tal designación, sin embargo, tiene algunos antecedentes que convienen traer a luz para colegir el grado de ambición de mando que existía por entonces. Para el efecto retrocederemos al 31 de agosto, fecha en que fue ejecutado un golpe de Estado cuando algunos convencionales como Juan Silvano Godoi, Machaín y otros pretendieron designar Presidente Provisorio de la República, por el voto de la Convención, al Dr. Facundo Machaín. Con ese fin, prepararon la aoefalía del Triunvirato, aprovechando la ausencia del Miembro José Díaz de Bedoya, comisionado a Buenos Aires, y de la renuncia de Carlos Loizaga hábilmente obtenida por Godoi, para que quedase sólo Cirilo Antonio Rivarola, contra quien precisamente se dirigía el golpe, por venir acompañado del coronel Iturburu, amigo a su vez de Cándido Bareiro. Cumplidos en principio los planes de la conjura, el Dr. Facundo Machaín fue designado Presidente Provisorio en la mañana del 31 de agosto, y esa misma tarde prestaba juramento y tomaba posesión del cargo.

Pero apenas se enteró Bareiro del suceso, se apersonó ante Rivarola y le propuso su permanencia en el Gobierno, mediando condiciones que desde luego fueron aceptadas. Entonces, recurrió inmediatamente a su amigo el Dr. Gallegos, Médico-Jefe de la Sanidad en Campaña del Ejército Argentino, obteniendo por su intermedio la neutralidad de los jefes aliados. Por último, acudió a las guarniciones nacionales que, tal como estaba previsto, le prestaron su apoyo. Así fue como para el día siguiente, 1º de septiembre, amanecía otra vez Rivarola sustituyendo al Dr. Machaín en la Presidencia Provisoria. Acto seguido la Convención aprobaba lo actuado restableciéndose el orden.

Su consecuencia política fue una nueva escisión en el legionarismo con el alejamiento de Rivarola y sus partidarios del grupo de los Decoud.

(5) El Dr. Tejedor, que había sucedido al Canciller Varela, reclamó todo el Chaco hasta la Bahía Negra; Paranhos le contestó que “Brasil sólo podía apoyarle hasta el Pilcomayo”...

(6) En Asunción también, en diciembre de 1871, se produjeron cambios de importancia. El Presidente Rivarola fue obligado a renunciar a raíz de una hábil maniobra de sus mismos allegados, dirigida por Juan Bautista Gill, sucediéndole el Vice-Presidente Salvador Jovellanos hasta completar el período constitucional de 4 años. Su gobierno debió soportar, a su vez, tres revoluciones armadas del sector adverso de los “legionarios”, pero las influencias brasileñas patentizadas por la intervención militar impidió su separación suscribiéndose entre los beligerantes un “acuerdo de conciliación”, en el que se imponía, además, la candidatura de Gill para el segundo período constitucional de 1874-78.

Durante la presidencia de Jovellanos se negoció en Londres el famoso empréstito de 528 mil libras esterlinas, que tuvo tan catastróficos resultados para el erario público.

(7) En un análisis que hace el Cnel. Emilio Meza Guerrero, Delegado Demarcador Paraguayo, del Tratado Complementario de 1927 y del Protocolo de Instrucciones de 1930, así como de la realidad de los hechos, colige que el objetivo aparentemente fundamental del primero, el levantamiento del río Paraguay, no había sido sino una cortina de humo para ocultar la verdadera finalidad, mimetizada en el art. 10 del referido protocolo. Efectivamente, la Comisión Mixta, en cuyo seno casi siempre primó en el pasado la iniciativa de la Comisión Brasileña (C. B.) en lo relativo a la ejecución de los trabajos visados por los intereses brasileños, no se ha ocupado aun propiamente en hacer levantar la planta del rio Paraguay, sino que se ha limitado a la aparentemente secundaria tarea de reparar, reemplazar y colocar nuevos hitos intermedios en la frontera demarcada en 1872-74, a fin de poder consolidar mediante estas tareas los escusables logros de la “demarcación” de 1872-74, fundamentalmente en lo relativo al Salto del Guairá.

Así buscaron aprovecharse de todas las coyunturas que se les había presentado a fin de restablecer el valor que, desde el punto de vista demarcatorio, la C. B. atribuye a la Cartografía firmada en la 18º Conferencia, que deja el Salto del Guairá íntegramente en territorio brasileño, no obstante contrariar manifiestamente el espíritu y la letra del tratado, las actas de demarcación y las instrucciones a los demarcadores. Un ejemplo ilustrativo de tales intentos se encuentra en la erección, en 1934, del Pilar Astronómico en frente a la 5º Caída, y las posteriores propuestas de considerarlo como hito terminal de la línea Oeste-Este sobre el Mbaracayú, dicha timada enérgicamente por la Comisión Paraguaya (C. P.)

El Cnel. Meza Guerrero relata que la Comisión Mixta comenzó su tarea con la reunión plenaria realizada en Asunción el 24 de mayo de 1932, dejándose constituida en esta reunión la “Comisión Mixta de Límites y de Caracterización de la Frontera Paraguay-Brasil” que es su actual denominación. Desde entonces hasta ahora se realizaron 29 conferencias o reuniones plenarias con la aprobación de 871 hitos construidos en el divisor de aguas de las sierras de Amambay y Mbaracayú, que fueron supuestamente reconstruidos en los mismos lugares señalados por los demarcadores Ortíz y Galvao, y donde sólo existían ya las excavaciones o ruinas de los antiguos.

La Comisión Mixta llegó a dividir la frontera seca del Amambay-Mbaracayú en 4 sectores, con el objeto de facilitar la identificación y localización de los hitos construidos. Desde 1932 hasta 1938 intercaló 85 hitos en el Primer Sector de la frontera seca; de 1939 a 1941 intercaló 263 hitos en el Segundo Sector; de 1942 a 1945 intercaló 154 hitos en el Tercer Sector; y hasta fines de 1977 lleva construidos 366 hitos en el Cuarto Sector. Falta aún por demarcar el trecho de aproximadamente 11 kilómetros comprendido entre el hito 366/IV y el Salto del Guairá, amén de los levantamientos de los ríos Paraná, entre el Salto del Guairá y la boca del Yguazú; Paraguay, entre la desembocadura del Apa y la Bahía Negra; y el Apa propiamente, a los efectos de la adjudicación y localización de las islas de los mismos.

La C.P., percatada de la pretensión brasileña de adecuar a sus intereses el error cartográfico de la demarcación de 1872-74, y con el objeto de conseguir una documentación cartográfica fidedigna relativa a la zona del Salto del Guairá, propuso muy atinadamente en 1954 la suspensión de      los trabajos demarcatorios en la frontera seca, desde la naciente del Guavirá-Yacarey hacia el Salto del Guairá, “hasta tanto se decida la línea de continuidad de la frontera seca y húmeda del último trecho de la frontera común, en aquel sector para lo cual era necesario previamente un levantamiento aerofotogramétrico que arrancando de la naciente del Guavirá, tome ambos lados del divisor de aguas de la cordillera de Mbaracayú en un ancho de 10 a 20 kilómetros, y en profundidad en una extensión de 70 kilómetros, a fin de obtener los datos necesarios para el mejor esclarecimiento de dicho divisor de aguas que permitirá una mejor caracterización de la zona que circunda el Salto del Guairá”. La C. B. sólo admitió su realización en 1959, procediéndose al levantamiento aerofotogramétrico bajo la supervisión del Cnel. Emilio Meza Guerrero, que sirvió para obtener una orientación en el Planeamiento racional de los     trabajos topográficos por el proceso clásico que debían ser realizados en torno del Salto del Guairá, de modo a probar y apoyar las argumentaciones relativas al indiscutible derecho que el Paraguay se adjudica y tiene intrínsecamente sobre el Salto del Guairá.

El resultado de dicho trabajo se sometió a consideración de la C. B. durante la 25º Conferencia de la Comisión Mixta de Río de Janeiro del 20 de noviembre de 1969. El cual fue aceptado con mucha reluctancia después de dos semanas de laboriosas como tormentosas discusiones; pues la C. B. no quería levantar sino el divisor que va a incidir a la altura de la 5º Caída del Salto, por ser según ella, el establecido como límite en la campaña de la Comisión Mixta de 1872-74. Los trabajos de levantamiento duraron doce meses y fruto de ello es la copia cartográfica presente, que prueba fehacientemente la falacia de la citada demarcación, y sobre todo, que abre, gracias al divisor principal o cumbre encontrado más al norte y a la altura de la 1º Caída, una gran posibilidad de ser sustentada con convicción y eficiencia las argumentaciones en pro de nuestro derecho sobre el Salto del Guairá.

La cartografía resultante de las campañas de 1962-63, una vez autenticada, debía servir para proyectar la ubicación de los hitos a ser construidos en el trecho aún no demarcado de nuestra frontera adyacente al Salto, y luego ser sometida a la consideración de los Primeros Comisarios para su aprobación. Posteriormente correspondería construir los hitos en el trecho referido, vinculando el accidente geográfico Salto del Guairá, de modo a deslindar consecuentemente la jurisdicción del mismo. Pero precisamente por eso el Delegado Demarcador Brasileño, visto el resultado del trabajo, se negó a proceder a la autenticación, proponiendo hacerla recién en la plenaria de la 26º Conferencia de la Comisión Mixta que hasta el presente no tuvo lugar. En cambio, se produjo la ocupación militar del denominado Puerto Yporá (Puerto Philips) situado en la zona litigiosa entre el divisor que va a incidir a la altura, de la Primera Caída y la que va a ser la Quinta, alegando una supuesta provocación por parte del Paraguay y con el arbitrio de que “cualquiera de los países podría ocupar el territorio de su lado de la línea encarnada del mapa, y establecerse plenamente en él”.

Tal información es realmente absurda, pues nunca hubo provocación alguna por parte del Paraguay, y porque es posible probar plenamente sobre el propio terreno y con las Actas de la actual Comisión Mixta, que la línea encamada, que simboliza o representa ciertamente en la Cartografía de 1874, a la línea cumbre de Mbaracayú, no fue materializada o trazada en ese boscoso terreno durante la campaña de 1872-74, por medio de una demarcación propiamente dicha o por medio de una caracterización que permita la identificación de esa línea de límites. Lo que sólo es posible ahora en el trecho de la cordillera de Mbaracayú comprendido entre el hito del Ybycuí y el 366/IV, demarcado y caracterizado perfectamente por la actual Comisión Mixta, de 1945 a 1969, pese a la insistente afirmación brasileña de que ya fue definitivamente demarcado desde 1874. Tanto es imposible fijar en el terreno la línea de límites estipulada en el tratado de 1872 en base a la línea encarnada, que a iniciativa brasileña se introdujo el importante artículo 10º en el Protocolo de 1930, para salvar esa deficiencia, abriendo a través del mismo la posibilidad de completar esa insuficiencia de demarcación con la construcción en las cumbres de Amambay y Mbaracayú de hitos caracterizadores intervisibles entre sí.

Puede decirse todavía, que esa insuficiencia de la demarcación de 1872-74 en la fijación de la línea de cumbre, había provocado la necesidad del trazado de la línea convencional, basado en el concepto del uti possidetis y no de la línea de cumbre, en las localidades de Pedro Juan Caballero (Ponta Pora); Zanja Pyitá (Sanga Puitá); Cap. Batío (Ñú Verá) e Ipé Jhú (Paranhos), como solución adoptada por el “Acuerdo de los Primeros Comisarios”. A este mismo arbitrio y antecedente pensó remitirse Itamaraty al estimular la ocupación de la franja de litigio, por pobladores de nacionalidad brasileña.

(8) La Argentina no tuvo el propósito de reconocer los pretendidos derechos bolivianos. El Canciller Carlos Tejedor, declaró en 1872 al Plenipotenciario Reyes Cardona, “que respecto del Chaco era evidente que ni Bolivia ni la República Argentina tienen títulos claros e incontestables; que por consiguiente los argentinos habían ocupado el Chaco Central con el mismo derecho que los bolivianos; que Villa Occidental era un pueblo paraguayo fundado por el Paraguay a ciencia y paciencia del Gobierno boliviano; que al ocuparlo el Gobierno argentino por el derecho de la victoria, lo tomaba al Paraguay que era su tranquilo poseedor, sin que pueda comprenderse con qué derecho Bolivia venía a interponerse entre el vencedor y el vencido... que la República Argentina tal vez consentiría en dejarla para Bolivia, si no fuese evidente la impotencia de esa República para sostener su bandera en las márgenes del Paraguay. Que no habiendo esperanza alguna de que Bolivia pudiera conquistar el Chaco a los salvajes ni poblarlo y colonizarlo, el interés de la civilización y del progreso de Sud-América, no permitía que se le reconociese un derecho, cuyo único resultado sería perpetuar el desierto y la barbarie en el corazón de Sud- América, con perjuicio de la prosperidad y desarrollo de esta parte del Continente”.

También el Gobierno del Brasil se manifestó explícito sobre el verdadero alcance de dichas reversales. El Ministro de Negocios Extranjeros, Manuel Francisco Córrela, rechazó la representación boliviana, declarando el 4 de noviembre de 1872 que “esas reversales no obligan a los aliados que no tienen interés propio en la cuestión del Chaco, a envolverse en el litigio que sobre esa territorio existe entre Bolivia y sus dos limítrofes, República Argentina y Paraguay”, y agregando que, “si el Gobierno Imperial no debe perjudicar cualesquiera derechos de Bolivia sobre el contestado territorio del Chaco, lo que tuvo siempre muy en vista, es también su deber y cordial deseo no constituirse parte en la cuestión, ya sea contra sus aliados, o aún contra el Paraguay”.

(9) El Presidente Juan Bautista Gill entró en funciones el 25 de Noviembre de 1874, iniciando la era de las emisiones de papel —moneda inconvertible— sin garantía ni encaje metálico —emitiendo billetes por un millón de pesos oro. Logró también vencer otra subversión armada y campal después de sangrientas luchas en Diciembre de 1875, creándose en el país un medio impropio de zozobras que sólo pudo terminar trágicamente con su propio asesinato el 12 de abril de 1877. Durante su Gobierno, el 22 de junio de 1876, las fuerzas Imperiales se retiraron del territorio de la República.

Gill, en lo tocante a la política externa, se hacia esta reflexión: “echarse en brazos del Brasil es salvarse; desprenderse del Brasil, es perderse". Y obró como convenía. Le sucedió el Vicepresidente Uriarte iniciándose una serie de represalias que culminó con el asesinato del doctor Facundo Machaín en la cárcel de la Policía de la Capital.

(10) El vigor con que el Paraguay defendió sus derechos sobre el Chaco, al día siguiente de la más grande catástrofe de su historia, arrancó a un escritor argentino la siguiente exclamación: “Esa firmeza inquebrantable, manifestada en horas de difícil prueba, después de una catástrofe sin ejemplo, cuando el pueblo había caldo aniquilado al golpe inmensamente abrumador de la triple alianza, perdiendo tres cuartos de su población total y teniendo todavía su suelo bajo el constreñimiento de un ejército de ocupación, revela la existencia de hondas convicciones y de sentimientos inextinguibles, que traen su origen desde muy lejos”. (Cuestión de límites entre la República Argentina y el Paraguay. Ojeada retrospectiva Por unos amigos de la Justicia).








SEGUNDA PARTE

DEL OCHENTA AL NOVECIENTOS

 

CAPITULO PRIMERO

LA RECONSTRUCCIÓN NACIONAL

 

a)      PROGRESO MATERIAL

Muerto el Presidente Bareiro en 1880 debido a una enfermedad, en vez de reemplazarle para completar su período el Vice-Presidente Adolfo Saguier que renunció, fue electo Presidente Provisional el general Bernardino Caballero por mayoría de votos del Congreso Nacional. En 1882 fue designado ya Presidente Constitucional hasta 1886.

“La labor administrativa del Presidente general Caballero —escribe Víctor N. Vasconcellos— es quizá una de las más interesantes de nuestro pasado Durante su gobierno se creó el Registro del Estado Civil de las Personas; se fundó el pueblo de Villa Florida; el plan de estudios del Bachillerato sufrió una reforma de conformidad a los principios pedagógicos modernos para aquella época; se promulgó una ley destinada a fomentar la colonización del Paraguay destinándose para ese fin más de 30.000 pesos anuales que fueron invertidos en las colonias fundadas por los inmigrantes; se creó un Departamento General de Inmigración que a criterio del primer mandatario de la República tendría que desempeñar un papel tan fundamental que gran parte de nuestro posterior progreso dependía de la política inmigratoria;... se extendió el Telégrafo Nacional hasta Paso de Patria; se autorizó la compra de armamentos por valor de 10.000 pesos y una cañonera; y lo que revela claramente la vocación democrática del Presidente Caballero y su interés por la normalización institucional: dictó un decreto de repatriación de ciudadanos paraguayos con pasajes oficiales y por primera vez en nuestra historia los opositores de un régimen pudieron ocupar sus bancas en el Parlamento para criticar al gobierno y emitir libremente sus opiniones desde la prensa”.

Otras obras de gran importancia fueron: la inauguración de la escuela de derecho a cargo del Dr. Ramón Zubizarreta, se fundó el Ateneo Paraguayo; se fundó la Bolsa de Comercio; se comenzó la pavimentación de Asunción en sus calles y avenidas principales; se prolongó la vía férrea de Paraguarí a Villa Rica; se creó una Junta Central de Agricultura y otra de Crédito Público; se instaló una Oficina de Estadísticas; en el Alto Paraguay se fundó Puerto Pacheco para iniciar desde allí la construcción de una gran carretera a lo largo del Chaco hasta la ciudad boliviana de Sucre se creó en Buenos Aires la Legación del Paraguay; y se establecieron las primeras vías de tranvía en Asunción a cargo del Sr. Francisco Morra

En mayo de 1885 el Presidente del Uruguay, general Máximo Santos, devolvió los trofeos de guerra. Con este motivo se efectuaron importantes ceremonias.

 

b)      FUNDACIÓN DE LA UNIVERSIDAD

En las elecciones convocadas para suceder al general Caballero, resultó electo el general Patricio Escobar, asumiendo sus funciones el 25 de noviembre de 1886.

“Así como Caballero —escribe Víctor N. Vasconcelos—, el general Escobar había sido un héroe de la guerra grande. La amistad entre estos dos hombres hizo que su gobierno no se aparte de las directivas de su antecesor.

Un censo general del país demostró que el mismo se estaba reponiendo rápidamente de las heridas de la pasada conflagración. La industria y el comercio iban aumentando sensiblemente alcanzando también esta evolución a la vida política. Los ciudadanos llegaron a la conclusión de que organizando y estructurando los cuadros de sus partidarios podían actuar ventajosamente en las luchas cívicas.

El 10 de Julio de 1887 se constituyó el Centro democrático para defender los derechos populares de la Constitución Nacional, especialmente la libertad de prensa y reunión además de la inviolabilidad de la ley electoral. Días después se aprobó la declaración de principios y estatutos eligiéndose sus primeras autoridades. Antonio Taboada fue el primer Presidente del Centro Democrático que luego se denominó Partido Liberal.

Otro sector de la opinión pública fue convocado para una reunión que se realizó en el Teatro Olimpo el 11 de septiembre de 1887. En esta oportunidad se constituyó la Asociación Nacional Republicana con el “laudable objeto de ocuparse preferentemente de todas las cuestiones de interés público que interesen la prosperidad y el engrandecimiento y felicidad de la patria, así como de propender al afianzamiento de las libertades públicas, consagradas por la carta fundamental de la República”. El general Caballero y José Segundo Decoud fueron los jefes de esta agrupación política conocida también por Partido Colorado”.

En 1887 se creó el Consejo Superior de Educación y dictó la Ley de Enseñanza obligatoria. La Universidad Nacional de Asunción se inauguró el 31 de diciembre de 1889 con las facultades de Derecho y Ciencias Sociales y de Ciencias Médicas.

 

c)       TRATADO DE COMERCIO CON EL BRASIL DE 1883

El 7 de junio de 1883 se firmó en Asunción un tratado de Amistad, Comercio y Navegación con el Brasil, que revisa el Tratado de Amistad, Comercio y Navegación del 18 de enero de 1872 y el Acuerdo del 30 de abril de 1874. Este Tratado resolvió entonces sustituir los dos anteriores introduciendo modificaciones y alteraciones convenientes.

En representación del Paraguay actuó el Señor José Segundo Decoud, Ministro de Relaciones Exteriores, y en representación del Imperio del Brasil el Señor Enrique de Barros Cavalcanti de Lacerda, Encargado de Negocios en Asunción.

 

d)      URUGUAY RENUNCIA AL COBRO DE LOS GASTOS DE GUERRA Y DEVUELVE LOS TROFEOS

Terminado el cálculo de indemnización debida por el Paraguay de acuerdo a los tratados de paz, se encontró que ascendía a más de 300 millones sin los intereses. Esta suma excedía en diez a lo que Francia indemnizó a Alemania en 1870.

El Paraguay no llegó a pagar un centavo de esta deuda pero los aliados tampoco permitieron que prosperaran numerosas iniciativas en favor de las condonaciones. Solamente el Uruguay, por el Tratado de Paz, Amistad y Renuncia al Cobro de los Gastos de Guerra del 20 de Abril de 1883, condonó la deuda al Paraguay como prueba de amistad y simpatía.

Dicho tratado establece en su artículo 2º que la República del Paraguay reconoce como deuda suya la cantidad de 3.690.000 pesos y el importe de los daños y perjuicios irrogados por la guerra a los ciudadanos y demás personas amparadas por el derecho de la República Oriental del Uruguay. Sin embargo, en el artículo 3º se consigna que “la República Oriental del Uruguay, accediendo a los deseos manifestados por el Gobierno del Paraguay, y deseando dar a ésta República una prueba de amistosa simpatía, a la vez que como un homenaje a la confraternidad sudamericana, declara por el presente que renuncia formalmente al cobro de los gastos de la guerra a que se refiere el inciso 1º del artículo anterior, con excepción expresa del importe de las reclamaciones de que trata el inciso 2º del mismo artículo.

Este tratado lo suscribieron, por el Paraguay Don José Segundo Decoud; y por el Uruguay Don Enrique Kubly.

 

e)       TRATADO DE COMERCIO CON ARGENTINA DE 1885

Habiendo encontrado convenientes las partes contratantes revisar el tratado de amistad, comercio y navegación firmado el 3 de febrero de 1876, en lo concerniente a algunas estipulaciones, lo sustituyeron por uno nuevo que suscribieron el 31 de enero de 1885. En representación del Paraguay lo hizo José Segundo Decoud, Ministro de Relaciones Exteriores; y por la Argentina, Héctor Alvarez, Ministro residente en el Paraguay.

 

 

f)       TRATADO ACEVAL-TAMAYO

Ya sabemos que el 25 de noviembre de 1886 asumió la presidencia de la República el general Patricio Escobar. Bajo su gobierno Bolivia reanudó sus gestiones de límites con nuestro país. En 1887 comisionó a la Asunción al doctor don Isaac Tamayo con el rango de Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario, quien inició las negociaciones con el doctor Benjamín Aceval, Ministro de Relaciones Exteriores. Como entonces pesaba en el ambiente el antecedente del tratado no ratificado Decoud-Quijarro, el Paraguay no vio otra salida que continuar haciendo concesiones territoriales a Bolivia.

El Art. 1º de este tratado dice así; El territorio situado a la derecha del río Paraguay se divide en tres secciones:

1º — La parte comprendida entre el Brazo principal del Pilcomayo que desemboca frente a Lambaré a los 25º 21’ de latitud austral según el mapa de Mouchez, y una línea paralela al Ecuador que de la orilla del río Paraguay frente a la parte media de la desembocadura del río Apa que se encuentra en opuesta orilla de dicho río, hasta encontrar el grado 63 de longitud del Meridiano de París.

2º — La parte comprendida entre esta última línea y el paralelo que pase una legua al Norte del Fuerte Olimpo hasta el mismo grado 63 de longitud del Meridiano de París.

3º — La parte comprendida entre el paralelo que pase una legua al Norte del Fuerte Olimpo y la Bahía Negra.

En el Art. 2º se expresa que “queda reconocida como perteneciente a la República del Paraguay la primera fracción y como perteneciente a la República de Bolivia la tercera. En cuanto a la propiedad o derecho a la segunda sección o sea el territorio comprendido entre la línea del Apa y la línea que pase una legua al Norte del Fuerte Olimpo queda sometida a la decisión definitiva de un fallo arbitral”.

Por el Art. 4º se dispone que las Altas Partes Contratantes de común acuerdo eligen como Arbitro a S.M. el Rey Leopoldo II de Bélgica, para resolver sobre la propiedad o derecho a la sección sometida a arbitraje; cuya aceptación deben solicitar las Partes Contratantes, conjunta o separadamente, dentro del término de noventa días, contados desde el canje de las ratificaciones”.

Afortunadamente el Parlamento se negó a ratificar este nuevo tratado y no hubo necesidad de someter al arbitraje real ninguna porción de nuestro territorio.

 

g)      NOTA CENTURION DE 1889 QUE DEFINE LA ACTITUD DEL PARAGUAY A RAIZ DE LOS SUCESOS DE “PUERTO PACHECO”

Con conocimiento de la soberanía paraguaya se había instalado en Bahía Negra un destacamento boliviano cuya finalidad era buscar comunicación con Bolivia, pero enterado el Gobierno paraguayo de que la nueva población fue bautizada con el nombre de “Puerto Pacheco” reconocida como de jurisdicción boliviana, se envió a la cañonera “Pirapé” cuyos hombres al grito de “peyé” obligaron a los bolivianos a arriar la bandera boliviana y apresaron a las autoridades el 13 de septiembre de 1889.

Boiivia protestó alegando que el puerto estaba en la porción territorial que le fue reconocida y sostuvo por primera vez “su indiscutible derecho de propiedad sobre todo el Chaco”. El Canciller paraguayo, Juan Crisóstomo Centurión, propuso a Bolivia la caducidad de los tratados y definió la tesis —que el Paraguay iba a sostener invariablemente en el curso de su controversia con Bolivia— de que “todo litigio o diferendo presupone necesariamente una demanda o una reivindicación sobre el río Paraguay, de suerte que lo que llamamos cuestión territorial no puede referirse sino a la parte extrema o a los confines del Chaco donde la frontera de los Estados se confunden, no podría significar otra cosa que la determinación de la línea divisoria de las respectivas soberanías de las dos repúblicas en aquel vasto territorio”. Para el Paraguay, su litigio con Bolivia era una simple cuestión de límites (1). El Chaco se considera como unidad geográfica enteramente nacional. Para Bolivia la cuestión era de discusión sobre el mejor derecho a todo ese territorio.

 

h)      TRATADO BENITEZ-ICHAZO

Convencido el Gobierno boliviano de la imposibilidad de obtener del Parlamento paraguayo la ratificación de los tratados de 1879 (Decoud-Quijarro) y de 1887 (Aceval-Tamayo), comisionó a Asunción al doctor Telmo Ichazo con el rango de Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario.

Antes de comenzar las nuevas negociaciones, el Ministro Ichazo debió suscribir con el Ministro de Relaciones Exteriores del Paraguay, Dr. Gregorio Benítez, el Protocolo del 3 de agosto de 1894 por el que se declaraba la caducidad de los tratados del 15 de octubre de 1879 y del 17 de febrero de 1887. Por el artículo 2º se conviene en proceder a un avenimiento equitativo o a una transacción definitiva, que sin discusión ni examen de títulos, deslinde los derechos territoriales de ambas Repúblicas. Solamente en caso que no llegasen a tal avenimiento —dice el art. 3º— “ingresarán a la discusión y examen de los títulos invocados por sus respectivos países”.

Luego de la interrupción por algunas semanal, de negociaciones de límites por desacuerdos manifestados por el Canciller Benítez, se suscribió finalmente el 23 de noviembre de 1894 el nuevo tratado de límites Benítez-Ichazo. Por este tratado ambas repúblicas convienen en “fijar definitivamente sus límites sobre el territorio situado entre la margen izquierda del brazo principal del Pilcomayo, por medio de una línea recta, que partiendo tres leguas al Norte del Fuerte Olimpo en dicha margen derecha del río Paraguay cruce el Chaco hasta encontrar el brazo principal del Pilcomayo en el punto de inter- sección de los 61 grados 28 minutos del Meridiano de Greenwich”. Por el artículo 2º se establecía “la línea divisoria entre las Repúblicas del Paraguay y Bolivia, correspondiendo a la primera el territorio situado al Norte”.

“Dentro de los doce meses —decía el art. 3°— contados desde el canje de las ratificaciones del presente tratado, las Altas Partes Contratantes nombrarán Comisarios que de común acuerdo fijen la línea divisoria arriba estipulada”.

Inútil mencionar que tampoco este proyecto de tratado mereció la atención del Parlamento que ya antes había suscitado acalorados debates en la prensa y en el propio Parlamento. Conviene señalar aquí que, contrariamente a lo acontecido en nuestro país, Bolivia sí ratificó los tres proyectos de tratado ya mencionados y realizó grandes esfuerzos para que el Paraguay hiciera otro tanto. Significa eso que en Bolivia no existía conciencia sobre sus derechos. El caso es que este país nació a la vida independiente sin tener convicción sobre sus pretendidos derechos, pues en su heredad colonial el Chaco nunca figuró como campo de ningún esfuerzo. De modo que la firma de los tratados que sus plenipotenciarios suscribieron en Asunción fueron celebrados como verdaderos triunfos de su diplomacia. Quijarro, Tamayo e Ichazo, que pusieron su firma al pie de esos ajustes de límites, merecieron la consideración y el honor de sus conciudadanos. Jamás nadie les enrostró su obra como error o derrota.

En el Paraguay esos tratados hirieron vivamente la conciencia nacional. Los Gobiernos que los auspiciaron (seguramente con noble y sincero propósito) rectificaron su conducta, al no intentar siquiera ejercitar su influencia sobre la voluntad de los Parlamentos donde contaban con mayoría partidaria.

Los proyectos de tratados no ratificados entre el Paraguay y Bolivia no constituyen precedente jurídico. Ellos fueron elaborados sin cotejo de títulos. Fueron tentativas de solución amistosa, explicables en otra época, pero que no pueden amenguar la validez de los títulos paraguayos sobre la unidad geográfica llamada Chaco.

 

 

i)       RESALVA OUEIROLO DE 1900 RELATIVA A LOS DERECHOS DEL PARAGUAY SOBRE “PUERTO QUIJARRO”

Esta resalva tuvo su origen en la nota remitida por el Dr. Antonio Quijarro, Agente Confidencial del Gobierno de Bolivia en Buenos Aires, el 30 de septiembre de 1900, en la que expresaba que “Bolivia posee un vasto territorio que por conformación geográfica corresponde al sistema del Río de la Plata y que para los departamentos de Santa Cruz y El Beni está indicada por naturaleza, como una salida adecuada, la laguna Gaiba, donde estuvo situado el antiguo Puerto de los Reyes, que designó el insigne Capitán Domingo dé Irala y que estableció el no menos famoso Nufrio de Chaves”. Seguía luego expresando que “comprendiendo el Gobierno de Bolivia la conveniencia de rehabilitar ese puerto, ha dictado las disposiciones convenientes, reconociendo al propio tiempo la necesidad de que previamente se practique un estudio técnico entre Corumbá y la laguna Gaiba”.

En la misma nota hacía la presentación del marino inglés Henry Bolland, a cuyo cargo estaría el estudio, y para lo cual le agradecía la atención que pudiera prestarle. “El establecimiento de esa línea de comunicación —decía luego la nota— creará un nuevo vínculo entre las repúblicas del Paraguay y de Bolivia, porque el puerto de Asunción servirá de conveniente escala dando lugar a importantes transacciones”. . .

El Canciller Fabio Queirolo contestó expresando no estar en su ánimo anticipar una discusión que vendrá a su debido tiempo y sería planteada sin duda alguna en tono de perfecta calma y cordialidad; y que el Gobierno paraguayo por la Ley del 23 de mayo de 1896 estableció el estudio o exploración de los territorios del Chaco, del dominio histórico del Paraguay, a fin de obrar con todo acierto en sus relaciones con el Gobierno de Bolivia.

Al mismo tiempo, a la atención con que se le enviara el folleto Propuesta de Guillermo Arming y Cnia., correspondió al Agente boliviano enviándole el folleto “Los Límites de la antigua Provincia del Paraguay”, publicado por el Dr. Alejandro Audivert en 1893, para que pudiera apreciar debidamente los títulos históricos del Paraguay sobre aquella región del Chaco. La nota está fechada el 20 de noviembre de 1900.

La Ley mencionada por el Canciller Queirolo es de fecha 23 de mayo de 1896 y en su artículo 1º expresa: “Autorízase al P. E. a crear una comisión científica que practique el estudio o exploración de los límites de la República con Bolivia, de acuerdo con sus títulos históricos, debiendo informar a la mayor brevedad de tiempo posible”.

 

j) RESALVA FLECHA DE 1901 RELATIVA A LOS DERECHOS DEL PARAGUAY SOBRE LAS LAGUNAS CACERES, MANDIORE, GAI BA Y UBERABA.

Como reacción a un proyecto de ley en que se proponía la creación de nuevos distritos electorales, entre los cuales se comprendían Villa Mayes, Fuerte Olimpo y Bahía Negra, (“Puerto Pacheco" para los bolivianos), el mismo Antonio Quijarro remitió dos notas al Canciller paraguayo, Dr. Juan Cancio Flecha. Una del 21 de enero de 1901 sobre la cuestión de límites con el Paraguay y otra del 11 de mayo del mismo año sobre el proyecto electoral citado.

En su respuesta, el Canciller Flecha expresaba en su nota del 10 de junio de 1901, que “el Paraguay, hasta la fecha, no ha admitido todavía como litigio el territorio de la orilla derecha del río Paraguay, desde el Pilcomayo hasta Bahía Negra...” La posesión del Paraguay a ese territorio —sigue el Canciller Flecha— y su título de dominio son tan antiguos como su propio descubrimiento; y el Fuerte Olimpo, llamado anteriormente Borbón, fue establecido, mantenido y defendido , por el Gobierno de Asunción desde 1792. Por lo expuesto en el memorándum y en la nota última de V. S., se ve que en Bolivia no es muy bien conocida la historia de dicho fuerte, tomado en 1812 por los portugueses y recuperado el mismo año por el Gobierno del Paraguay, quien lo conservó constantemente guarnecido con sus tropas hasta los sucesos militares de la Guerra de 1864, como asimismo continúa conservándolo actualmente; y jamás consintió que otro lo creyere por suyo”.

Refiriéndose a la caducidad del Tratado de 1894 (Benítez-Ichazo), decía “que los nuevos arreglos se celebrarán a la luz de los títulos o derechos históricos y legales de ambos países”; y que “en las nuevas negociaciones, se pronunciará sobre aquellos puntos de su territorio que juzgase litigables; y hará cuestión de soberanía en aquellos puntos que reputa e incontrovertibles; pero en cualquier caso, el Paraguay tratará de conservar una vieja amistad ligada con la misma sangre y el mismo idioma y los comunes intereses económicos, que impelen a ambos pueblos a estrecharse, confundiendo sus esfuerzos en la tarea del progreso y la civilización”.

La resalva que hace el Canciller Flecha de los derechos del Paraguay sobre las lagunas del norte, dice así: “Los actos legislativos y administrativos realizados por el Paraguay, sobre las poblaciones o pueblos situados en la margen derecha del río Paraguay, desde el Pilcomayo hasta Bahía Negra y los límites sur de Chiquitos o los orientales de Santa Cruz de la Sierra, en nada perjudicarán a los títulos y derechos del país de V. E., si del examen de ellos resultasen ser buenos y legítimos; de igual manera que el Gobierno de mi país espera que sus títulos y derechos sobre las lagunas Cáceres, Mandioré, Gaiba y Uberaba no serán perjudicados por las ocupaciones bolivianas que hubieren dentro de los límites de la antigua Provincia del Paraguay con Chiquitos y Santa Cruz de la Sierra”. . .

 

k) RESALVA IRALA DE 1904 RELATIVA A LOS DERECHOS DEL PARAGUAY EN OCASION DEL TRATADO DE PETROPOLIS

Con motivo de la firma del Tratado de Petrópolis, del 17 de noviembre de 1903, entre Brasil y Bolivia, que solucionaba el diferendo entre ambos países sobre el territorio de Acre, se produjo una importante resalva paraguaya.

El Ministro de Relaciones Exteriores, Dr. Antolin Irala, dirigió el 29 de abril de 1904 una nota al Canciller brasileño, José María da Silva Paranhos, Barón de Rio Branco, poniendo de resalto que en el Tratado de Petrópolis y su Exposición de Motivos, contenían artículos y párrafos perjudiciales para el Paraguay.

En efecto, en el art. 1º de dicho tratado se establecía que la frontera entre Brasil y Bolivia “comienza al norte de Bahía Negra", o sea, en la región litigiosa donde aún no se había llevado a cabo la de marcación entre Bolivia y Paraguay, no pudiendo invocarse por el Brasil sino derechos inciertos y eventuales sobre dicho territorio, pues sólo si resultase favorable a Bolivia el examen del territorio podría ser tenida como limítrofe del Brasil por esa parte.

Se expresaba también en la nota que, la fórmula que resume nuestras declaraciones en cuanto al límite del Norte del Chaco, es la que coincide con el límite Sur del antiguo Gobierno de Chiquitos, y la única cuestión sostenida con Bolivia era la de definir la jurisdicción que alcanzaba aquel Gobierno al tiempo de la independencia, cuyo “uti possidetis” era la norma a la que se sujetará la solución. Agregaba que en la Convención de Amistad, Comercio y Navegación, firmada en Febrero de 1858 entre López y Paranhos, se estipuló que ambos gobiernos reconocían la Bahía Negra “como límites de los dos países por ese lado”. Por este Convenio el Paraguay no hacía más que reconocer el “uti possidetis” del Brasil en el litoral derecho del río Paraguay arriba de Bahía Negra; pero aquella declaración en nada aludía a los límites aún no trazados con Bolivia, y así continuó en el interior indivisa en esa zona, porque tanto el Paraguay como los españoles, no habían hecho aún la partición de la herencia con el necesario deslinde de la tierra.

“Por estas consideraciones —dice la resalva del Canciller Irala— la Cancillería a mi cargo juzga deber presentar al Gobierno de V. E. esta nota para precautelar sus derechos y no asentir con su silencio a la presunción de que considera legítimos los títulos con que los plenipotenciarios bolivianos, al firmar la convención de noviembre, dieron a su patria por única soberana en aquellos territorios. El Paraguay, pues, no puede ver en el reciente ajuste de límites boliviano-brasileño un perfecto convenio entre terceros, res ínter alios acta, por cuanto uno de los gobiernos signatarios se presenta como poseedor de derechos que él con justo título controvierte, y así salva su actitud ante ese tratado cuya consideración definitiva, como ya se ha dicho, sólo le será posible después de arreglado su actual diferendo con Bolivia".

Irala dejaba así a salvo la integridad de los derechos del Paraguay en la zona en que debía trazarse el límite con Bolivia. Y seguidamente pasaba a hacer las anotaciones que suscitaban ciertos párrafos de la exposición, del Canciller Paranhos. “Prosiguiendo el análisis de aquel documento, escribe V. E. que por él quedaban a Bolivia cinco salidas sobre el río Paraguay, a saber las mitades de la Bahía Negra y de las lagunas Cáceres, Mandioré, Gaiba y Uberaba, y agregaba después: “su parte en la Bahía Negra los bolivianos la perdieron de hecho en 1888 por haber sido entonces ocupada por los paraguayos”.

Seguidamente, pasaba el Canciller Irala a hacer, entre otros, los siguientes reparos:

“El tratado de 1858, ya recordado, establecía la Bahía Negra como límite entre el Brasil y el Paraguay en el lado derecho del río de este nombre, e implicaba por consiguiente que las tierras del norte de la bahía eran reconocidas brasileñas, y paraguayas las que se hallan al sur, esto es, a los territorios paraguayos inmediatos a Bahía Negra (que, precisamente, reciben su nombre de ese accidente geográfico), es evidente cuando se releen las líneas transcriptas: “su parte en la Bahía Negra los bolivianos la perdieron de hecho en 1883 por haber sido ocupada por los paraguayos”. En esta cláusula alude V. E. a las medidas de fuerza que se vio obligado a tomar el Gobierno de mi país, cuando en 1888 recibió la noticia de que la bandera y el escudo bolivianos habían sido enarbolada la una y colocado el otro en las casas de la administración de una empresa particular que, en virtud de una concesión otorgada por este Gobierno, había establecido un puerto en litoral paraguayo al sur de Bahía Negra. El Gobierno de mi país hizo entonces lo que hacen todos los gobiernos: recabar enérgicamente el respeto debido a su soberanía dentro de su territorio, y castigar a los que clandestinamente intentaban ejecutar en él actos de jurisdicción extraña que pudiesen más tarde fundar pretendidos derechos territoriales. Esto fue en breve síntesis, lo ocurrido en 1888, episodio al que alude V. E. en su mensaje”.

Tampoco lo que la margen septentrional porque no aparecía clara la respuesta afirmativa si se consideraba que la línea arrancaba al fondo de la Bahía Negra (evidentemente esta cláusula se refiere a los territorios al sur de la susodicha Bahía, y la medida de fuerza que el Paraguay hubo de tomar en 1888 a raíz de los sucesos del Puerto Pacheco o Bahía Negra).

Claramente se encontraba probado que esos territorios fueron siempre paraguayos. Resultaba también la opinión de la prensa y publicista brasileños que nuestro Chaco era boliviano en toda su extensión o por lo menos hasta el frente de la desembocadura del Apa o Fuerte Olimpo. Expresaron que tales opiniones fueron vertidas cuando los interiores momentáneos del Imperio no coincidían con la existencia permanente de nuestro derecho porque el definir categóricamente la actitud brasilera ante nuestras declaraciones de límites, los diplomáticos brasileros, desde Pimenta Bueno (1845) hasta Paranhos (1858) reconocieron que el Chaco era paraguayo en todo el litoral que se extendía al sur de Bahía Negra.

 

I) PLAN DE IRALA DE 1904 PARA LA DEFENSA DEL CHACO

El octavo período presidencial le correspondió a un hombre de prestigio y reconocida capacidad. La nación depositó su confianza en Emilio Aceval para que rija su destino hasta 1902. Durante su gobierno se organizó la Guardia Nacional previendo las posibles contingencias de una guerra con Bolivia. Se formó también un batallón de aspirantes a oficiales para preparar en la carrera militar a los jóvenes con vocación militar.

A principios de 1902 estalló un golpe de estado. El Presidente Aceval fue derrocado por los que no estaban de acuerdo con su candidato para el próximo período presidencial y eligieron a Héctor Carballo para reemplazarle provisoriamente hasta fines del mismo año, época en que se debía designar al nuevo, Presidente.

El coronel Juan A. Escurra subió a la presidencia en diciembre de 1902 para gobernar constitucionalmente hasta 1906. Le acompañó como Ministro de Relaciones Exteriores el Dr. Antolín Irala en momentos en que se manifestaba siempre activo el conflicto de límites suscitado por Bolivia.

Fue con motivo de un informe elevado por el Ministro Plenipotenciario del Paraguay ante los Gobiernos de Chile, Perú y Bolivia, Don Juan Cogorno, en el que comunicaba los preparativos militares de Bolivia y los planos trazados para conquistar el Chaco, que el Canciller Irala elevó al Presidente las curra un plan completo para contrarrestar la proyectada conquista boliviana.

El plan, que lleva fecha 13 de Mayo de 1904, decía así:

“Cumplo con el deber de someter a la ilustre consideración de V. E. el informe elevado con fecha 7 de los corrientes al Ministerio de Relaciones Exteriores por el señor Juan Cogorno, Ministro del Paraguay ante las Repúblicas de Chile, Perú y Bolivia, así como las observaciones que su lectura me ha sugerido.

A pesar de la nota marcadamente pesimista que predomina en todo el informe y de no armonizarse algunas de las apreciaciones en él vertidas con la manera de pensar de la Cancillería, no se puede negar que dicho documento viene a corroborar y robustecer lo manifestado a V. E. en privado y en Consejo de Ministros en más de una ocasión, de que la cuestión de delimitación de fronteras pendiente con Bolivia reclama, sin pérdida de tiempo, la adopción de un plan diplomático y militar que ponga a salvo a la República de las contingencias del porvenir y deje a cubierto nuestra responsabilidad ante la historia.

Abrigo, señor Presidente, la íntima convicción de que las medidas tomadas antes de ahora por la Cancillería y que V. E. conoce, y las aconsejadas en esta exposición, colocarán al Gobierno en condiciones de afrontar la dilucidación de cuestión tan importante en forma ventajosa y que con ellas se arribara a una solución que se encuadre con la justicia de nuestra causa y las heroicas tradiciones de nuestra raza.

No se me escapa que las medidas aconsejadas no son las únicas que podrían tomarse y que en el terreno meramente especulativo pueden ellas ser tachadas de insuficientes, más por poco que se compulse la potencia económica del país no se puede menos que convenir que constituyen el máximo de sacrificio que puede hacer la Nación en tiempos normales, sin maltratar su hacienda pública y traer el consiguiente entorpecimiento en la marcha regular de la administración”.

Pasaba  luego el Canciller Irala a examinar el informe del Ministro Cogorno, algunos de cuyos párrafos más resaltantes son:

Respecto a las resistencias que van surgiendo en la Cancillería boliviana para adoptarse la fórmula arbitral como solución aceptable al diferendo fronterizo entre ambos países, decía Irala: “En esta parte el señor Cogorno da a entender que el hecho de declinar en Bolivia la idea de dilucidar nuestro pleito por la formula arbitral pueda ser un mal para la causa del Paraguay. El suscripto, por el contrario, quiere descubrir en ello, que es pensamiento del Jefe de la Cancillería de Bolivia, que su Gobierno, a poco que se informe de los títulos que sirven de fundamento a nuestros derechos, se mostraría razonable y renunciaría a la pretensión de considerar dicho pleito como cuestión territorial para considerarla como delimitación de fronteras, en cuyo caso, como se comprenderá sin esfuerzo alguno, el arreglo directo será más fácil, sin necesidad de recurrir al dispendioso expediente del arbitraje”.

El Canciller Irala terminaba su exposición con estas palabras: “No se puede perder de vista, señor Presidente, que el informe del señor Cogorno, no obstante los reparos a que se presta, viene a advertir nos de la gravedad de nuestra situación en relación con la de Bolivia, por lo que se impone con urgencia la adopción de las medidas que voy a permitirme enumerar.

1º) Proseguir los trabajos de catequización en el Chaco por intermedio de la Misión inglesa y establecer estaciones, especialmente hacia el Parapití y a lo largo de éste.

2º) Crear varios piquetes militares en las proximidades de la línea del Parapití, en posiciones de fácil comunicación con las estaciones inglesas.

3º) Enviar emisarios secretos por las poblaciones bolivianas más próximas para estar al tanto de los movimientos de los bolivianos, a fin de tomar las medidas necesarias para el sostenimiento de los derechos territoriales de la República.

4º) Adquisición de materiales modernos de guerra.

5º) Adquisición de buques y transportes de guerra.

6º) Levantamiento del plano militar del Chaco.

7º) Apertura de caminos estratégicos en el mismo territorio.

8º) Construcción de un fortín en Bahía Negra y revisión de Fuerte Olimpo.

9º) Empadronamiento de todos los habitantes de la República aptos para el servicio de las armas.

10º) Formación de uno o dos cuerpos nuevos bajo la dirección de Jefes y Oficiales de Escuela.

Este plan fue aprobado en Consejo de Ministros.

Irala, hombre brillante e inteligente, “comprendió perfectamente que un país pequeño como el nuestro debe fortalecer la diplomacia sin descuidar su ejército”. Sin embargo, el plan de Irala, que hubiera ahorrado al país sangre, dolor y sufrimiento, no pudo ponerse en ejecución. Ese mismo año los liberales, bajo la dirección del general Benigno Ferreira, prepararon una revolución contando para el efecto con la alianza cívico-radical y la simpatía del gobierno argentino.

En Buenos Aires se encontraba un barco mercante adquirido por el gobierno paraguayo para transportar los frutos que se exportaban a la capital argentina. Este barco, de nombre “Sajonia”, estaba capitaneado por un liberal que se complotó para colaborar con la revolución.

A medida que el “Sajonia” venía remontando el río Paraguay, atracaba en los puertos sureños que pasaban a los dominios liberales. En otros puntos del país también ocurrieron levantamientos.

Con la mediación del Cuerpo Diplomático se firmó en diciembre de 1904 el Pacto del Pilcomayo por el que se entregó el poder al Partido Liberal, tomando posesión el nuevo mandatario Juan B. Gaona.

Un nuevo período se inició entonces en la historia del Paraguay independiente. Revoluciones, cuartelazos, golpes de Estado y asonadas estuvieron a la orden del día. La anarquía devoraba al Paraguay mientras los liberales se dividían a su vez en numerosos grupos antagónicos que se disputaban el acceso al poder. En estas condiciones la defensa del Chaco se hacía cada vez más difícil y los bolivianos comenzaron su penetración en dicho territorio. La defensa del país fue descuidada y, salvo raras y muy honrosas excepciones, ningún preparativo fue efectuado para el equipamiento de las fuerzas armadas. Sin embargo, a la hora de la prueba final, todo el pueblo se aprestó a defender lo que consideraba de su legítima pertenencia y la victoria de las armas vino a otorgarle el derecho que más tarde la diplomacia iba a ceder definitivamente.

La serie de golpes de Estado comenzaron rápidamente. El Presidente Gaona fue derrocado por los mismos liberales; esta vez fueron los cívicos los que se impusieron. El 9 de diciembre de 1905 fue reemplazado por el Dr. Cecilio Báez a raíz de una maniobra atribuida al general Ferreira para preparar su candidatura presidencial por el décimo período (1906-10). Efectivamente, las dos fracciones del liberalismo se pusieron de acuerdo en 1906 para llevar a la presidencia al general Benigno Ferreira. Pese impusieron. El 9 de diciembre de 1905 fue reemplazado por Don Emiliano González Navero después del golpe del coronel Albino Jara en julio de este mismo año.

La anarquía ya estaba en marcha y nada podía detenerla, ni siquiera el peligro de la heredad común acechada desde el norte por la penetración boliviana. .


NOTAS

(1) Criterio que ya se había sentado en la época de Don Carlos A. López al producirse la protesta de Benavente en 1852. Esto es: que el litigio chaqueño no es de reivindicación sino de deslinde, no es de territorio sino de límites y que por tanto no hay zona alguna que establecer sino líneas, como lo expresa H. Sánchez Quell.

 

 

 

EPÍLOGO

 

No quisiéramos cerrar este libro sin agregar algunas consideraciones sobre las conclusiones aleccionadoras que, a nuestro criterio, merece el estudio de los capítulos comprendidos en él.

En primer lugar hemos de destacar que la azarosa y no menos controvertida historia de nuestras relaciones internacionales, aún de la parte no comprendida en este libro (desde 1.811 hasta la guerra contra la Triple Alianza), nos muestra que la diplomacia paraguaya salvo algunas excepciones se mantuvo a la defensiva en relación con la de los países limítrofes. Por tal entendemos el hecho de que las iniciativas diplomáticas correspondieron casi siempre a dichos países, limitándose la del Paraguay a responderlas asumiendo así una actitud pasiva.

Comprendemos, desde luego, que ha contribuido para ello la situación pollina interna del país, especialmente durante el período de la ocupación extranjera, cuando estábamos subordinados a los dictados de los Aliados. El período de estabilidad política comprendida entre 1880 y 1904, que corresponde a la reconstrucción nacional en todos los órdenes y que con el Plan Irala de 1904 permitía encarar por primera vez en forma activa el litigio de soberanía con Bolivia, infortunadamente quedó trunco con la revolución de ese año. El período de anarquía política que siguió luego, en el que los de arriba se preocupaban fundamentalmente por mantenerse en el poder mientras los de abajo luchaban por llegar a él, hicieron poco para que encaremos la organización de nuestra diplomacia a pesar de la constante presión boliviana.

Cuando llegó la guerra, el pueblo todo respondió al llamado de la patria amenazada y con singular y mancomunado esfuerzo alcanzó la victoria final. Sin embargo, ésta no impidió que de inmediato empuñemos nuevamente las armas para deshacernos recíprocamente en luchas fratricidas. Otra vez no hubo tiempo para organizar nuestra diplomacia. A las negociaciones diplomáticas pendientes concurrieron nuevos dirigentes políticos sin el asesoramiento de un equipo estable, capaz y experimentado de la Cancillería que hiciera posible o por lo menos diera la impresión de que el simple cambio de guardia no implicaba debilidad en el frente interno.

En 1938, un año después de la contrarrevolución de febrero, retornaron a las negociaciones diplomáticas los dirigentes antiguos, pero muchas cosas ya habían cambiado en relación a lo alcanzado el 12 de junio de 1935. La situación interna había dañado nuestra fuerza negociadora. Y tuvimos que conformarnos con un acuerdo que no estuvo en proporción al sacrificio desplegado por nuestro pueblo en la contienda chaqueña ni permitió el reconocimiento de los límites históricos y jurídicos de nuestra heredad territorial. En todo caso, culminaba por fin, el problema de límites.

En segundo lugar notamos que nuestra historia diplomática nos refiere frecuentemente que existen los bandos fuertes, donde la fuerza impone un tipo determinado de diplomacia; y los bandos débiles, donde la fuerza puede ser solamente reemplazada por la habilidad. Como no pertenecemos a los primeros, es necesario que confiemos exclusivamente en la habilidad de nuestros diplomáticos para obtener en el futuro lo que en derecho nos corresponde. Para que ello sea factible es menester formar un equipo estable, experimentado y patriota que solamente podrá entregarnos una Academia Diplomática.

Podemos creer, entonces, que llegamos por fin a la meta de nuestras aspiraciones y esperanzas con la creación de la carrera diplomática dispuesta por la Ley Nº 219 del 3 de Diciembre de 1970, que permitirá a los postulantes y futuros diplomáticos prepararse para alcanzar las metas actuales de nuestra diplomacia. Es decir, compenetrarlos en el arte de hacer lo que se desea o conseguir lo que se ambiciona.

Y si tenemos en cuenta las aleccionadoras experiencias de nuestra historia diplomática y la necesidad de que un país como el Paraguay confíe plenamente en la habilidad de sus diplomáticos para obtener lo que en derecho le corresponde, habremos preparado a nuestro país para las inciertas contingencias del futuro y cumplido el más caro anhelo de nuestros grandes gobernantes.





BIBLIOGRAFÍA

 

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CNEL. EMILIO MEZA GUERRERO — Resumen parcial de conferencia pronunciada en la Academia Diplomática y Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores en 1977.

El Tratado de Itaipú — Texto y crónicas periodísticas.

Fallo sobre la ubicación del vértice VIII (Cerro Chovoreca).

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, Libre Navegación de los Ríos, edición de 1970.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, Ley No. 433, que aprueba y ratifica el Tratado de “Yacyretá” entre la República del Paraguay y la República Argentina.

COLECCION DE DIARIOS “ABC Color” sobre desvío del río Pilcomayo.

 

 

 

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