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JUAN BAUTISTA RIVAROLA PAOLI (+)
  LA ECONOM脥A COLONIAL - Autor: JUAN BAUTISTA RIVAROLA PAOLI


LA ECONOM脥A COLONIAL - Autor: JUAN BAUTISTA RIVAROLA PAOLI

LA ECONOMIA COLONIAL

Por JUAN BAUTISTA RIVAROLA PAOLI

COLECCI脫N: Tratado de Historia Econ贸mica del Paraguay.

漏 Juan Bautista Rivarola Paoli

Edici贸n al cuidado del autor

Dise帽o gr谩fico de tapa:聽 Jorge Gonz谩lez Saborido

Se acab贸 de imprimir el 12 de abril de 1986

en los Talleres gr谩ficos de Editora Litocolor


Versi贸n digital:

BIBLIOTECA VIRTUAL DEL PARAGUAY

Asunci贸n, Paraguay




PRIMERA PARTE

CAP脥TULOS I AL III

CAP脥TULOS IV AL VI聽

SEGUNDA PARTE

CAP脥TULOS I AL II

CAP脥TULOS III AL IV


CONTENIDO DEL LIBRO

INTRODUCCION


PRIMERA PARTE

CAPITULO I

LA ETAPA DE LA CONQUISTA

EL DESCUBRIMIENTO. LOS ADELANTADOS. LA CONQUISTA DE LA PROVINCIA. EL PA脥S DEL HAMBRE.

FUNDACI脫N DE LA CIUDAD DE LA ASUNCI脫N.

LOS PRIMEROS TRUEQUES. LA LLEGADA DE LAS PRIMERAS MERCADER脥AS.

CREACI脫N DE MONEDAS. LA ILUSI脫N DEL ORO.

LA C脡DULA REAL DEL 12 DE SETIEMBRE DE 1537.

LA NOCHE DE SAN MARCOS. SEGUNDO GOBIERNO DE IRALA.

LA TRANSCULTURACI脫N EN EL SIGLO XVI.


CAPITULO II - LAS INSTITUCIONES DE DERECHO P脷BLICO

LOS 脫RGANOS DE GOBIERNO EN ESPA脩A.

LA CASA DE CONTRATACI脫N DE SEVILLA.

EL CONSEJO REAL Y SUPREMO DE LAS INDIAS

EL R脡GIMEN DE LAS CAPITULACIONES LAS ORDENANZAS DE POBLACI脫N

LOS ADELANTADOS EN D NUEVO MUNDO

LAS AUDIENCIAS

LOS VIRREYES Y LOS CAPITANES GENERALES

LOS VIRREYES Y LA REAL HACIENDA

EL VIRREY Y LA AUDIENCIA

LOS VIRREYES Y EL REGIO PATRONATO INDIANO

OTROS FUNCIONARIOS DEL ESTADO ESPA脩OL

A) LOS GOBERNADORES

B) LOS ALCALDES MAYORES Y CORREGIDORES

C) LOS CORREGIDORES DE PUEBLOS DE INDIOS

EL R脡GIMEN MUNICIPAL. LOS CABILDOS DE ASUNCI脫N.



CAPITULO III - LOS OFICIOS CONSEJILES Y LA ORGANIZACI脫N FISCAL

LA VENTA DE LOS OFICIOS CONSEJILES

LOS SUELDOS DE LOS FUNCIONARIOS.

LOS OFICIOS DE LOS PRIMEROS DECENIOS DE LA CONQUISTA

LA ORGANIZACI脫N FISCAL: LOS OFICIALES REALES.

LOS DIFERENTES T脥TULOS OTORGADOS


CAPITULO IV - LA EXPANSI脫N FUNDADORA.

EL ADELANTADO JUAN ORTIZ DE Z脕RATE. FUNDACI脫N DE CIUDADES.

INCORPORACI脫N AL VIRREINATO DEL PER脷.

FUNDACI脫N DE LA SEGUNDA BUENOS AIRES.

LOS FRANCISCANOS EN EL PARAGUAY


CAPITULO V - LA PRIMERA MERCADER脥A AMERICANA: EL ESCLAVO ABORIGEN

EL "PARAYSO DE MAHOMA"

LAS "INDIAS MONEDA"

FUNDACI脫N DE SAN VICENTE

LOS ESPA脩OLES EN EL GUAIR脕

EL ESTANCAMIENTO DE LA CONQUISTA EN EL PARAGUAY

SISTEMA DE PESAS Y MEDIDAS

LA POBLACI脫N DEL PARAGUAY EN 1600

EL MONOPOLIO COMERCIAL.

LA PERMISI脫N DE 1602

COMERCIO DEL PARAGUAY CON SEVILLA

LA ADUANA SECA DE C脫RDOBA.


CAPITULO VI - LAS MISIONES JESU脥TICAS

LLEGADA DE LOS JESUITAS AL BRASIL. FUNDACI脫N DE SAN PAULO

LOS COMIENZOS

OR脥GENES DE LAS MISIONES JESU脥TICAS EN EL PARAGUAY. LAS LEYES APLICADAS EN LAS REDUCCIONES.

EL SISTEMA PRODUCTIVO DE LAS MISIONES JESU脥TICAS.

LA ERA DE LOS BORBONES Y LA ACTUACI脫N DE LOS JESUITAS

LA C脡DULA GRANDE DE 1743.

LOS TRIBUTOS DE LOS INDIOS A LAS REDUCCIONES

EL COMERCIO ILEGAL

JESUITAS Y ENCOMENDEROS

ATAQUES DE LOS VICENTINOS A LAS REDUCCIONES ESPA脩OLAS DEL GUAIR脕. LA VERSI脫N BRASILE脩A DE LOS SUCESOS.

SIMILAR ATAQUE DE LAS REDUCCIONES DEL TAPE Y URUGUAY

LOS JESUITAS Y LA ESCLAVITUD DE LOS IND脥GENAS AL SUR DE BRASIL

LOS PRIMEROS ATAQUES DE LOS MAMELUCOS PAULISTAS

CRONOLOG脥A DE LOS SUCESOS PROVOCADOS POR LOS PORTUGUESES

LA CUESTI脫N DE L脥MITES CON PORTUGAL

LA POBLACI脫N DE LAS MISIONES GUARAN脥ES ENTRE 1702 鈥 1767



SEGUNDA PARTE - LA ETAPA DE LA COLONIZACI脫N


CAPITULO I - LOS GOBIERNOS DE HERNANDARIAS.

EL COMERCIO PORTUARIO Y EL CONTRABANDO. LA CLAUSURA DE BUENOS AIRES

LA ESPA脩A DEL SIGLO XVI. DECADENCIA DE LOS HABSBURGO Y APOGEO DE FRANCIA

HABSBURGOS Y BORBONES

LA ECONOM脥A EN LA 脡POCA DE FELIPE IV

LAS DESVENTURAS ECON脫MICAS DE LA 脡POCA DE CARLOS II

SIGUE LA POBREZA DE ASUNCI脫N

DIVISI脫N DEL PARAGUAY EN DOS GOBIERNOS

CONSECUENCIAS ECON脫MICAS DE LA SEPARACI脫N DE BUENOS AIRES

EL OBISPO FRAY BERNARDINO DE C脕RDENAS

EL TRANSPORTE EN EL SIGLO XVII

LOS NAV脥OS DE REGISTRO.

EL PARAGUAY A MEDIADOS DEL SIGLO XVII

ASENTAMIENTO EN VILLARRICA


CAPITULO II - EL SISTEMA DE LAS ENCOMIENDAS.

LAS LEYES GENERALES SOBRE ENCOMIENDAS EN INDIAS. ORDENANZAS DE RAM脥REZ DE VELASCO.

LA POBLACI脫N IND脥GENA EN AM脡RICA. LAS "VISITAS," Y LAS ENCOMIENDAS

CONFLICTO ENTRE ENCOMENDEROS Y JESUITAS

LA RELACI脫N DE ENCOMIENDAS DEL GOBERNADOR FELIPE REXE CORVAL脕N

VISITA DEL GOBERNADOR FELIPE REXE CORVAL脕N.

DIVERSAS ENCOMIENDAS.

LOS IND脥GENAS EXENTOS DE ENCOMIENDAS. LOS MANCEBOS DE LA TIERRA.

LAS ORDENANZAS DE ALFARO Y LAS ENCOMIENDAS

ESTRUCTURACI脫N JUR脥DICA DE LAS ENCOMIENDAS

SERVIDUMBRE Y ESCLAVITUD IND脥GENAS.

LA DECADENCIA DE LAS ENCOMIENDAS.

PADRONES DE IND脥GENAS.

EXTINCI脫N DE LAS ENCOMIENDAS.

LOS MULATOS Y PARDOS

LA TRATA DE NEGROS

LOS ASIENTOS DE NEGROS

LA VENTA DE ESCLAVOS



CAPITULO III

LOS BIENES ECON脫MICOS

LA GANADER脥A

LAS VAQUER脥AS

EL PORCINO, CARNEROS Y CABRAS

LOS INICIOS DE LA PRODUCCI脫N Y COMERCIO COLONIAL

EL AZ脷CAR

EL ALGOD脫N

LAS INDIAS TEJEDORAS. "LOS OBRAJES"

LAS INDUSTRIAS

LOS OR脥GENES DE LA YERBA

MILICIAS Y BENEFICIADORES DE YERBA

CULTIVO DEL CAF脡 Y CACAO

EL LINO Y D C脕脩AMO

LA SAL



CAPITULO IV - EL PUERTO PRECISO DE SANTA FE


NOTAS

BIBLIOGRAF脥A


INTRODUCCI脫N


Al elaborar un estudio sistematizado de la Historia Econ贸mica Colonial 鈥 prescindiendo de algunos hechos suficientemente repetidos por historiadores que nos han antecedido, 鈥 creemos haber cumplido con el objetivo propuesto. Para ello, hemos recorrido en primer lugar, la fuente documental, realizando una intensa, persistente y tenaz investigaci贸n cuyos frutos se recogen en las p谩ginas de este libro. Millares de folios han sido compulsados pero debido a lo extenso y costoso del emprendimiento, hemos tenido que resignarnos al recurso de la cita concisa y al comentario breve.

En lo fundamental, participamos de la frase que Lewis Hanke se complace en citar atribuida al historiador sueco Severker Arnoldsson, seg煤n el cual: "Los problemas econ贸micos, sociales y raciales que surgieron durante la conquista del Nuevo Mundo persisten todav铆a. La conquista, por tanto, es en el sentido amplio, un pasado con vida".

En otras palabras "Las bases econ贸micas y pol铆ticas que se echaron en siglos ya remotos, de acuerdo con los principios de gobierno imperantes en Espa帽a y en el mundo para la 茅poca de la colonizaci贸n de las Indias Occidentales, constituyen el origen de nuestra organizaci贸n social y perduran a煤n en nuestras costumbres, a pesar de los cambios profundos ocurridos en la esencia de nuestras instituciones. Punto por punto podr铆an se帽alarse en las leyes y usos de anta帽o, los antecedentes precisos de pr谩cticas actuales, consustanciadas de tal modo con nuestro car谩cter nacional que logran ejercer mayor impulso sobre nuestras acciones que todas las teor铆as modernas adquiridas en las aulas, en los libros, en la prensa y en el contacto frecuente con el mundo exterior".

El sistema inicial de Espa帽a para con el Nuevo Mundo, fue el r茅gimen del Monopolio, mediante el cual los colonizadores se beneficiaban con el comercio de sus dominios. "Desde Espa帽a deb铆an partir las mercader铆as y regresar a ella las naves cargadas con los productos intercambiados; solamente los nacidos en la pen铆nsula pod铆an dedicarse al tr谩fico y nada m谩s que sus barcos tocar en los puertos americanos; los diferentes dominios ni siquiera pod铆an comerciar entre ellos salvo excepciones, expresa Sergio Villalobos R. Y prosigue: "Las manufacturas americanas fueron 煤chas ueces sacrificadas en beneficio de los metropolitanas y algunos cultivos prohibidos para asegurar el mercado a los productos espa帽oles. El papel de Am茅rica, seg煤n la doctrina mercantilista, era el de retribuir el comercio con metales preciosos y materias primas.

"Pero la existencia del monopolio, para que 茅ste se cumpliese adecuadamente, exig铆a una serie de factores sin los cuales el sistema ser铆a una simple ilusi贸n. Deb铆a la metr贸poli, en primer lugar, tener una flota mercante y de guerra poderosa a fin de asegurar La atenci贸n del comercio y su resguardo; poseer una industria desarrollada con que responder a las necesidades de los dominios; competir en un plano de igualdad o de superioridad en el comercio con otras potencias; mantener sus colonias aisladas de interferencias extra帽as, etc茅tera. En el caso de Espa帽a ninguna de estas condiciones se cumpli贸, y por eso el r茅gimen establecido dist贸 mucho de la realidad; su crisis ten铆a que producirse tarde o temprano".

"Los barcos que se dirig铆an a las Indias, sal铆an de Sevilla, adonde eran sometidos a estricto control. El sistema de flotas fue introducido en los a帽os 40, esto es, medio siglo despu茅s de los viajes de Col贸n, como respuesta a la p茅rdida creciente de barcos en manos de piratas y corsarios, refiere el economista brasile帽o Celso Furtado. Y prosigue: "en 1548, durante la guerra con Francia, se estableci贸 que solamente los barcos de m谩s de 100 toneladas y en grupos de 10, pod铆an partir para las indias. Cada flota era protegida por un barco de guerra, financiado por un impuesto cobrado a los comerciantes cuyas mercader铆as estaban siendo transportadas. Finalmente en 1561 se estableci贸 un r茅gimen de las flotas anuales. Sal铆an cada a帽o dos flotas, una en Enero y otra en agosto, destinadas respectivamente a Tierra Firme y a Nueva Espa帽a. La venta de mercader铆as transportadas por las flotas tambi茅n estaba sometida a control; una vez liberadas por las autoridades locales, las mercader铆as eran ofrecidas en venta en un local preestablecido, dando lugar a las famosas FERIAS DE FLOTAS. Esa forma de organizaci贸n del comercio permiti贸 que se constituyese una clase comerciante local, que se abastec铆a directamente en las ferias anuales y pasaba a disfrutar de una situaci贸n de monopolio (u oligopolio) en la reventa de las mercader铆as".

Es oportuno recordar aqu铆, que la Real C茅dula del 8 de setiembre de 1501, no fue derogada nunca en su esp铆ritu. Para comerciar, como para trasladarse o establecerse en Indias, tanto nacionales como extranjeros necesitaban permisos especiales. Estos daban el rey o los oficiales de la Casa de Contrataci贸n, nos recuerda Diego Luis Molinari.

Si se analizan los datos de ese comercio 鈥揷ontin煤a Furtado鈥, considerando los env铆os de metales preciosos por personas privadas, y las importaciones de bienes provenientes de Espa帽a, se constata que estas 煤ltimas cubr铆an apenas una fracci贸n reducido de los mismos. Si se consideran medias para periodos prolongados, se ve que el valor de los env铆os de metales preciosos que realizaba el sector privado, era cerca de cuatro veces mayor que el valor de las importaciones (7). Parece fuera de duda, por tanto, que el trabajo realizado en tierras de Am茅rica ten铆a como principal objetivo crear un flujo de recursos a ser acumulado en Espa帽a. El elevado saldo positivo de la balanza comercial, pone en evidencia que la clase de encomenderos se permit铆a ahorrar una parte substancial de su renta, parte esa transferencia para Espa帽a.

La Provincia del Paraguay, lejos se hallaba en las primeras d茅cadas de asumir un rol protag贸nico de importancia vital para la consecuci贸n de tales objetivos, propios del r茅gimen Mercantilista, cuya premisa fundamental era, de que el poder estaba dado por la riqueza, y 茅sta por los metales preciosos, y a su vez los metales preciosos dados por una balanza comercial superavitaria. Como veremos en el curso de este libro, al despejarse la ilusi贸n del oro, Espa帽a fij贸 sus miras en la mano de obra ind铆gena. Sin embargo, 茅sta se redujo a la artesan铆a local y a la explotaci贸n de los ricos yerbales naturales, especialmente en las Misiones Jesu铆ticas, donde si se dio un sistema comercial de caracter铆sticas netamente definidas como monopol铆sticas.

De all铆 que Ricardo Levene haya expresado. "No es f谩cil pronunciar un juicio de conjunto sobre la Espa帽a econ贸mica de los siglos XVI y XVII. Estamos a煤n entre los t茅rminos extremos de quienes proclaman su postraci贸n y de quienes afirman su prosperidad.

"Puede aceptarse la demostraci贸n de que la prosperidad econ贸mica de Espa帽a fue ostensible en el siglo XVI y sobre todo en la primera mitad.

Por su parte Luis Roque Gondra afirma: "Inglaterra inici贸 su colonizaci贸n cuando empezaba su preponderancia mundial; Espa帽a la suya cuando empezaba su decadencia". "El colono ingl茅s emigr贸 al nuevo mundo por motivos pol铆ticos y religiosos y llev贸 sus ahorros, sus costumbres pol铆ticas y sus h谩bitos de trabajo. El espa帽ol, en cambio, fue de preferencia el aventurero, el hidalgo fam茅lico en busca de fortuna f谩cil o de un cargo rentado en la administraci贸n colonial, se帽alados y saheridos por los m谩s insignes escritores de la madre patria, o el burgu茅s que buscaba destino en la covachuela u ocupaci贸n entre los mercaderes beneficiarios de un monopolio ro铆do por el contrabando.".

La colonizaci贸n inglesa 鈥揹ice Gondra鈥, fue accesoriamente una empresa de conquista y principalmente de colonizaci贸n, de organizaci贸n permanente del trabajo productivo. La espa帽ola, por el contrario, fue principalmente empresa de conquista, 芦algo as铆 como un capitalismo de Estado de tipo burocr谩tico, y accesoriamente, obra de poblaci贸n y organizaci贸n del trabajo".

Puiggros por su parte expresa al respecto. "El abastecimiento de Am茅rica estaba nominalmente en manos de unas cuantas familias de grandes de Espa帽a a las cuales el monarca hab铆a entregado ese monopolio. Pero como no pose铆an industrias y carec铆an de inclinaciones comerciales, esas familias arrendaban sus derechos a fabricantes y comerciantes holandeses, franceses, portugueses, italianos, ingleses y flamencos, quienes resultaban ser, en definitiva, los verdaderos proveedores aunque sometidos al r茅gimen mercantil impuesto por la Corona. El mercader extranjero que llevaba a C谩diz o Sevilla el producto destinado al Nuevo Mundo no pod铆a venderlo directamente a ninguna de las poblaciones americanas. De esa manera quedaba un enorme beneficio en las arcas de los intermediarios y el precio de la mercanc铆a puesta en su lugar de origen se multiplicaba infinidad de veces antes de llegar al consumidor de ultramar. La estructura pol铆tico administrativa del imperio colonial espa帽ol resguardaba con su coraza de hierro la intangibilidad de tales ganancias sagradas e inmerecidas".

"El comercio libre o directo 鈥損rosigue Puiggros鈥, entre los pa铆ses industriales y los consumidores americanos, significaba la ruina y desplazamiento de las familias espa帽olas que se enriquec铆an con el monopolio. Exist铆an en la pen铆nsula, por consiguiente, poderosos intereses que defend铆a el r茅gimen del mercado cerrado, 煤nico y exclusivo. El comerciante que se apartaba de la norma ca铆a dentro del calificativo de contrabandista o pirata".

Visto el contexto global de las relaciones de la Madre Patria con sus Colonias,. es de advertir las contradicciones e implicaciones ideol贸gicas que dejaron tres siglos de dominaci贸n. As铆 se ve el marcado car谩cter de sojuzgamiento del ind铆gena sometido al encomendero, que se analiza bajo el sistema de las Encomiendas; la venalidad de los distintos gobernadores 鈥搒alvo excepciones鈥; el enfrentamiento del hijo de la tierra, el mancebo frente a la poderosa organizaci贸n jesu铆tica detentadora del cuasi monopolio del principal producto de exportaci贸n provincial: la yerba: la situaci贸n de dependencia tributaria proveniente de Sisas y Arbitrios injustamente cargados sobre el comercio provincial. Formuladas a grandes rasgos tales imposiciones, es f谩cil advertir el casi nulo desenvolvimiento de la Provincia del Paraguay, y s铆 la b煤squeda de una fren茅tica lucha por medios de subsistencia, que no dieron lugar a su extinci贸n.

As铆, el Cap铆tulo I, se ocupa de la Etapa de la Conquista, abordando someramente, aspectos relativos al Descubrimiento, la Conquista de la Provincia, Fundaci贸n de Asunci贸n, los primeros trueques, la llegada de las primeras mercader铆as, la creaci贸n de monedas, la ilusi贸n del Oro, y el papel del Gobernador Domingo Mart铆nez de Irala, en una r谩pida visi贸n de las primeras d茅cadas de desenvolvimiento social, pol铆tico y econ贸mico de la Provincia del Paraguay.

El Capitulo II, se ocupa de las Instituciones de Derecho P煤blico, sin cuyo conocimiento, al lector poco familiarizado, le resultan de gran importancia para el conocimiento de los 贸rganos y autoridades que reg铆an tanto en la Madre Patria, como en la Provincia.

El Cap铆tulo III, contempla la situaci贸n de la Organizaci贸n Fiscal y los Oficios Consejiles. Una importante novedad constituye el estudio de la percepci贸n fiscal, a cargo de los Oficiales Reales que fueron cuatro funcionarios: el Tesorero, Contador, Factor y Veedor.

El Cap铆tulo IV, se ocupa de la expansi贸n fundadora, la incorporaci贸n al Virreinato del Per煤 y la canalizaci贸n de todas las actividades de la Provincia por la ruta que llevaba a esa Ciudad, y la fundaci贸n de Buenos Aires (1580), mediante la cual se completan y se enlazan las dos corrientes de la conquista.

El Cap铆tulo V, se ocupa del embrionario desarrollo del Paraguay Provincial, con la primera mercader铆a americana: el esclavo aborigen. Las "Indias Moneda", y el estancamiento del Paraguay alrededor de 1600, y el sistema restringido de las permisiones (1602).

El Cap铆tulo VI, se ocupa de las Misiones Jesu铆ticas, buscando las ra铆ces econ贸micas de su existencia hasta su expulsi贸n.

La Segunda Parte del libro, trata de la Etapa de la Colonizaci贸n, del comercio portuario y el contrabando. La clausura de Buenos Aires al comercio interprovincial. De la Espa帽a del Siglo XVI 鈥 Decadencia de los Habsburgos y apogeo de Francia, y las econom铆as en la 茅poca de Felipe IV y Carlos II. La Divisi贸n del Paraguay en dos Gobiernos y sus consecuencias perniciosas para el comercio provincial. El Transporte y los Nav铆os de Registro.

El Capitulo II, refiere el Sistema de las Encomiendas, las leyes generales sobre las mismas, las Ordenanzas y "Visitas", los conflictos entre encomenderos y jesuitas, la decadencia de las mismas, y la situaci贸n social de Mulatos y Pardos, la Trata de Negros y la venta de esclavos. El Capitulo III, se ocupa de los bienes Econ贸micos, es decir a aquellos objetos o cosas cuyas cualidades tienen la capacidad de satisfacer necesidades. De ah铆 que se impon铆a el estudio de los medios satisfactores de los primitivos conquistadores: La Ganader铆a, el Caballar, las Vaquer铆as, gl porcino, Carneros y Cabras. En este mismo Capitulo hemos incluido, el inicio de la producci贸n y comercio colonial integrados por el Az煤car, el Algod贸n, La Yerba, y otros productos. Establecidos con abundante documentaci贸n in茅dita las bases de sustentaci贸n de los primitivos habitantes de la Provincia, pueden trazarse pautas y formularse apreciaciones ciertas del contexto econ贸mico 鈥 social de la 茅poca colonial.

Por 煤ltimo, en el Cap铆tulo I V, se abordan las Sisas y Arbitrios, ese candado econ贸mico impuesto a la suerte de la Naci贸n Paraguaya en el Puerto Preciso de Santa Fe, y que tanto perjuicio causara a su desenvolvimiento. Es de advertir, que en este primer volumen, no se agotan los diferentes temas que han sido estudiados en los tres siglos de vida. colonial. S贸lo que por razones de espacio, y de m茅todo, hemos tenido que subdividir el mismo en diferentes tomos, que 鈥揇ios mediante鈥, saldr谩n a la luz de acuerdo a nuestras posibilidades.

De all铆, que no adelantaremos juicios definitivos sobre la Historia Econ贸mica Colonial, hasta examinar otros aspectos que fueron analizados, hasta ser publicados en su totalidad. Entonces, s铆 tendremos una plena conciencia global del proceso social de la colonia.

Por 煤ltimo, vayan nuestros sinceros agradecimientos a aquellas personas e instituciones que han colaborado para el mejor 茅xito de esta obra.

EL AUTOR - Asunci贸n, marzo de 1986.



LA ETAPA DE LA COLONIZACI脫N

LOS BIENES ECON脫MICOS

LA GANADER脥A

Debido a las serias investigaciones realizadas por Emilio A. Coni, se est谩 en la certeza de la primera partida de animales vacunos introducidos a la Provincia del Paraguay.

"Es bien conocido 鈥揹ice Coni鈥, el p谩rrafo de LA ARGENTINA", de Rui D铆az de Guzm谩n, en el que relata la introducci贸n al Paraguay de las llamadas "siete vacas de Coes", y que ha servido hasta hoy de irremplazable introito a la historia de nuestro ganado bovino".

"Interesado en comprobar si la aseveraci贸n de Rui D铆az era exacta, he efectuado una prolija revisi贸n de todos los documentos de la 茅poca, llegando a 1a conclusi贸n de que lo afirmado por el cronista es muy veros铆mil a pesar de no encontrarse el documento concreto y categ贸rico que lo ratifique" (1033).

"Scipion Goes y Vicente Goes, hijos de un caballero 鈥搉os dice Rui D铆az de Guzm谩n鈥 de aquel reino llamado Luis Goes; estos fueron los primeros que trajeron vacas a esta provincia, haci茅ndolas caminar muchas leguas por tierra, y despu茅s por el r铆o en balsas, eran siete vacas y un toro a cargo de un fulano Gaete que lleg贸 con ellas a la Asunci贸n con grande trabajo s贸lo por inter茅s de una vaca que se le se帽al贸 por salario de donde qued贸 en aquella tierra un proverbio: m谩s caras que las vacas de Gaete. Llegados ante el general el Capit谩n Ruy Diaz de Melgarejo y Salazar fueron muy bien recibidos, sin hacer memoria de las antiguas diferencias que entre ellos hab铆an tenido" (1034).

"Ahora 鈥揹ice un historiador brasile帽o鈥 admiten de forma general, los historiadores que el primer ganado vacuno introducido al Brasil aport贸 la Capitan铆a de San Vicente, en 1534, por iniciativa de do帽a Ana Pimentel, esposa de Mart铆n Alfonso de Sousa" (1035).

"En cuanto a las siete vacas 鈥搇as c茅lebres "siete vacas de Gaete"鈥 es un punto pac铆fico que, muy por el contrario, no fueron los paraguayos que los trajeron al Brasil, y s铆, fueron los brasile帽os que los llevaron para las planicies platinas" (1036).

Otro historiador brasile帽o da cuenta de que "En un art铆culo divulgado en JORNAL DO COMERCIO del 6-4-1968, Joao Le谩es Sobrinho rebati贸 juiciosamente dos errores cometidos por una publicaci贸n de conocimientos generales, que afirmaba en primer lugar, que la criaci贸n de ganado bovino habr铆a comenzado en San Vicente, con siete vacas y un toro venidos del Paraguay. Cosa que no es cierta" (1037).

Lo cierto es que en el a帽o 1567, hemos le铆do en el Archivo Nacional de Asunci贸n, una reclamaci贸n de los bienes de Vicente de Goes, formulada por sus herederos, su hijo Luis de Goes y su madre Mar铆a de Mendoza, recordando ser su padre el primer introductor del ganado vacuno en la Provincia y solicitando se reconozcan la reproducci贸n lograda en el tiempo gracias a aquellas primeras vacas (1038).

"Seg煤n Garay 鈥揺xpresa Luis Roque Gondra鈥, cuando 茅l lleg贸 a la Asunci贸n, en 1568, una vaca sal铆a 300 pesos. Si se tratase de pesos o duros (reales de a ocho), como cada uno de 茅stos val铆a entonces $ 1,31 o/s. valor relativo: 1/12,13 poco m谩s o menos, resultar铆a que la vaca costaba entonces $ 393 o/s. La exageraci贸n salta a la vista. Quince a帽os despu茅s, seg煤n el mismo Garay, val铆a cuando m谩s 2 pesos, es decir, $ 2,62 o/s. Como el poder de compra era en 1583 dos veces y media mayor que en 1914, el valor de la vaca ascend铆a entonces a $ 6,55 oro sellado, poco m谩s o menos: valor muy probable. Fuera como fuese, no hay duda que la importaci贸n de ganado vacuno hecha por el mismo Garay en 1568, al venir del Per煤, y su multiplicaci贸n posterior contribuyeron a provocar un fuerte descenso de su precio" (1039).

"Seg煤n se desprende de varios documentos 鈥損rosigue Coni鈥, parece que en 1552 hab铆an salido ciertos espa帽oles de la Asunci贸n, en viaje a San Vicente, en la costa del Brasil, con el fin de traer vacas, inexistentes hasta entonces en el Paraguay. Llevaban para la compra cantidad de piezas laabradas de oro y plata tomadas de los indios y provenientes del Per煤. No era cuesti贸n de llevar para la compra moneda corriente entonces en a Asunci贸n: cu帽as de hierro o varas de lienzo, siendo necesario ofrecer a los portugueses algo m谩s positivo" (1040).

"Las vacas de San Vicente deb铆an valer un Per煤 entonces, y adem谩s la rivalidad hispanoportuguesa no pod铆a ver con buenos ojos el hecho de que se llevaran los espa帽oles un factor de progreso como el vacuno, y por esto el Gobernador del Brasil manifest贸 a los expedicionarios que sin licencia expresa del Rey de Portugal no se mov铆a ni una vaca".

"Parece que los espa帽oles resolvieron prescindir de la licencia y traerlas sin ella, seg煤n se desprende del siguiente p谩rrafo de una carta del cl茅rigo Mart铆n Gonz谩lez, fechada en la Asunci贸n a 3 de enero de 1559, que dice as铆: "Otro sy esta mandado por el diho "el Rey de Portugal" que no saquen Bacas ni otro ganado ninguno de ss tierras para otras partes so pena de la vida y asy los espa帽oles que vinieron de san vicente las truxeron contra su voluntad" (1041).

"La segunda introducci贸n al Paraguay fue la efectuada por Felipe de C谩ceres y sus acompa帽antes en 1568, desde Santa Cruz de la Sierra, con lo que el vacuno, introducido al Per煤 por el Pacifico, vino a juntarse en la Asunci贸n con el entrado por el Atl谩ntico".

"Felipe de C谩ceres hab铆a sido designado Gobernador del Paraguay por el Adelantado Ortiz de Z谩rate en virtud de su convenio con la Corona, en el cual se hab铆a comprometido a introducir desde sus estancias de Tarija "cuatro mil cavezas de vacas".

"Mis investigaciones efectuadas sobre copias de documentos del Archivo de Indias (1042), 鈥損rosigue Emilio A. Coni 鈥, me permiten afirmar que Ortiz de Z谩rate no cumpli贸, ni tampoco sus sucesores con la obligaci贸n. Esta, en cambio, fue llenada en parte por los pobladores, entre los cuales figuraba Juan de Garay, el futuro fundador de Buenos Aires. Garay ha dejado escrito, que al llegar a la Asunci贸n la expedici贸n C谩ceres, val铆a all铆 una vaca trescientos pesos (1043), lo que demuestra que la descendencia de las "siete vacas de Goes" no deb铆a ser a煤n muy numerosa. No hay constancia del n煤mero de cabezas que se trajeron de Santa Cruz de la Sierra; pero parece que excedi贸 de varios cientos".

"Reforzado el rodeo asunce帽o con este nuevo aporte, su desarrollo fue r谩pido y de 茅l hab铆an de salir las semillas que poblar铆an todo el sur del Continente, empezando con Santa Fe y siguiendo con el Chaco, San Juan de Vera, Buenos Aires, Las Misiones y la Banda Oriental".

"Consta, en efecto, que Garay, al fundar en 1573 la ciudad de Santa Fe, llev贸 all铆 ganado vacuno procedente de la Asunci贸n, y poco despu茅s envi贸 a C贸rdoba al capit谩n Juan de Espinoza quien por su orden trajo vacuno a esta ciudad (1044).

Jaime Rasquin pondera las perspectivas de las pampas porte帽as y santafecinas dos d茅cadas despu茅s de la primera fundaci贸n de Buenos Aires: "Ser谩 lo mejor, pues tendr谩n dehesas para criar infinitos ganados..., hay en esta provincia tantos campos y dehesas que tendr铆a por imposible poblarlos en doscientos a帽os" (1045).

Poco antes de la fundaci贸n de Santa Fe en 1573, un redactor an贸nimo pondera el porvenir ganadero de las comarcas de Santi Sp铆ritu, donde podr谩n fundarse "dehesas de inmensa grandeza por ser tierra rasa en la cual por maravilla se hallar谩n 谩rboles", y termina diciendo que para poblar de ganados la tierra "podr谩n traerse del per煤 y de tucum谩n y de la ciudad de la asunci贸n tanto n煤mero dellos que en diez a帽os, su multiplico hinchar谩 toda aquella tierra" (1046).

"Siete a帽os despu茅s de fundada Santa Fe, Garay puebla de nuevo a Buenos Aires, abandonada desde 1541, y lleva de la Asunci贸n 300 cabezas vacunas, seg煤n unos, 500 seg煤n otros (1047), y posteriormente unos vecinos traen nuevas partidas de C贸rdoba para reforzar el rodeo porte帽o". M谩s adelante prosigue Coni: "Por medio de los diezmos cobrados en 1585, cinco a帽os despu茅s de la fundaci贸n de Buenos Aires, he reconstruido la masa diezmada llegando a la conclusi贸n de que el rodeo porte帽o s贸lo constaba de 675 cabezas" (1048).

"En l604 el vacuno es todav铆a escaso en Buenos Aires, pues el gobernador Hernandarias, para su expedici贸n a los C茅sares, se ve obligado a traerlo de la Asunci贸n, (1049), y al a帽o siguiente una vaca vale en Buenos Aires tres pesos y medio, mientras que en la Asunci贸n s贸lo llegaba su valor a peso y medio (1050).

A. Coni, da cuenta tambi茅n de que con la fundaci贸n de la ciudad de San Juan de Vera de las Siete Corrientes, en 1588, adonde se llevaron 1.500 cabezas de la Asunci贸n (1051), las que al reproducirse, permitieron a los jesuitas poblar con ellas todas sus Misiones del Uruguay en ambas bandas (1052).

Por otra parte, en la regi贸n del Chaco, no s贸lo se repart铆an tierras para los conquistadores, seg煤n consta en los repartos hechos por Mart铆n Su谩rez de Toledo, Tte. de Gobernador y Justicia Mayor, en la otra banda del r铆o en fecha 17 de agosto de 1573, (1053). sino que adem谩s se tra铆an ganados vacunos y caballar para la venta en la ciudad de la Asunci贸n, en fecha 9 de diciembre de 1591 (1054).

"Fue ganadero progresista de su 茅poca, afirma Roberto Quevedo de Gabriel Riquelme de Guzm谩n, por sus servicios y el de sus mayores el gobernador Sarmiento le otorg贸 en 1663 la mayor merced real de tierras de la provincia, se extend铆a desde Quiindy hasta el r铆o Tebicuary. Tierras que heredaron sus hijos, y otras fracciones posteriormente fueron vendidas por el mismo don Gabriel, a los Gonz谩lez Freire, Garcia de Roa, Cava帽as y Ampuero y Fern谩ndez Montiel, quienes a su vez formaron las primeras estancias del Paraguay; a finales del siglo XVIII fueron sus 煤ltimas poseedoras dos nietas de don Gabriel" (1055).

EL CABALLAR: El primer ganado existente en el R铆o de la Plata 鈥揹ice Fulgencio R. Moreno鈥, fue el caballar, que como es sabido, vino con la expedici贸n de don Pedro de Mendoza. A pesar de hondas investigaciones hechas acerca de esa 茅poca, no se ha podido establecer en forma definitiva, el n煤mero de animales que arribaron entonces a las plazas rioplatenses. Schmidel, dice que en esa expedici贸n vinieron "72 caballos y yeguas, cifra cuya exactitud no ha sido comprobada y en la que parece no incluirse los caballos de guerra pertenecientes a varios capitanes e hidalgos (1056). Pero de cualquier modo, el ganado que trajo el Adelantado lejos de prosperar disminuy贸 bastante en medio de las calamidades que azotaban a los conquistadores. Y cuando se efectu贸 la despoblaci贸n de Buenos Aires en 1541, los caballos y yeguas existentes, en n煤mero de 44, seg煤n el c谩lculo m谩s probable, fueron abandonados por sus due帽os en los campos circunvecinos. Dicho ganado pertenec铆a, seg煤n un testigo que pudo apreciar, medio siglo despu茅s, su extraordinaria multiplicaci贸n", a las castas de C贸rdoba y Xeres de la Frontera" (1057).

Seg煤n el P. Lozano, "los caballos trajo el primero de Andaluc铆a a estas provincias, el infeliz adelantado don Pedro de Mendoza, cuya gente al despoblar el primer sitio de Buenos Aires, para trasladarse a la ciudad de la Asunci贸n, dej贸 abandonados, a帽o de 1537, en aquel pa铆s de que hu铆an como desgraciados, siete caballos y cinco yeguas, por no hallar comodidad para conducirlos, pero les probaron tan bien para su multiplice los pastos y el terreno que en menos de sesenta a帽os no cab铆a su n煤mero en el guarismo..." (1058).

"Esos animales 鈥揹ice Gilberti鈥, como los posteriormente introducidos, eran sacados de Andaluc铆a, cuya caballada hab铆a sido mejorada por el 谩rabe, entonces la mejor cabalgadura del mundo" (1059).

Hablando de Juan de Garay 鈥揺scribe Juan Francisco Aguirre: "La primera disposici贸n que hemos visto de 茅l es la ordenanza que public贸 para la mejor cr铆a de los caballos y yeguas concejiles. Es menester advertir que desde la entrada de estos animales en la provincia se destinaron (tal vez por el Adelantado Cabeza de Vaca que era el due帽o de todos) algunos para la carga del servicio del Rey en cuyas cr铆as llamadas manadas consejiles andaban tambi茅n las que obtuvieron los dem谩s vecinos, sea por compra o de cualquiera modo. Es natural que para el tiempo de la ordenanza de Garay ya estuviesen las m谩s de las cr铆as separadas de la consejil en las tierras de sus respectivos due帽os, pero siempre hab铆a muchas mezcladas con aqu茅lla, y como en esto" hubiese confusi贸n para las hierras sucediesen robos y los mancebos perdiesen varios caballos por las sobas con que sol铆an afligirlos, "se trat贸 de poner remedio en todos tiempos. Garay renov贸 la ordenanza de que se hiciesen las hierras en el corral consejil con presencia de los due帽os, pag谩ndose a costa del com煤n los guardas y yeguarizos e imponi茅ndose varias penas con el fin de conservar y adelantar aquellos animales (1060).

"Pero no es cierto, como algunos creen 鈥 dice Fulgencio R. Moreno 鈥 que ning煤n otro ganado, existiera en la Asunci贸n hasta la introducci贸n del vacuno, pues en 1542, lleg贸 a la capital paraguaya con la expedici贸n de Alvar N煤帽ez una peque帽a partida de padrillos y yeguas, que fue el origen de la riqueza caballar de esta parte de la provincia".

"Las autoridades intervinieron desde el principio en la procreaci贸n del ganado, se帽alando los animales que deb铆an servir de padres cuyos due帽os cobraban por cada potrillo o potranca que nac铆a de las yeguas la cuarta parte de su precio. Los mejores padrillos y yeguas pertenec铆an al Adelantado" (1061).

"Cinco yeguas y siette cavallos delos quales el dia de oy auido tanto moltiplico enmenos de sessenta a帽os q. no se pueden numerar, por q. son tantos los cavallos y yeguas q. parecen grandes Monta帽as y tiene ocupado desde el cauo blanco hasta el fuerte de Gauotto q. son m谩s de ochenta leguas y llegan a dentro hasta la Cordillera" (1062).

"Groussac ha demostrado el error de Ruiz D铆az de Guzm谩n que ha suministrado el dato de las cinco yeguas y siete caballos. Entre los a帽os 1536 a l581 de aquel plantel inicial no resultar铆an m谩s de 5.000 cabezas. En cambio, el Contador Montalvo dio la cifra de 80.000 cabezas para el a帽o 1585. El error est谩 en "la base 铆nfima sugerida por Guzm谩n: bastar铆a en efecto, atenernos a la de 44, indicada por Rivadeneira (admitiendo que en efecto hubiera 4 padres, que es proporci贸n excesiva) para acercarnos a las 80.000 cabezas..." (1063).

El caballo espa帽ol gozaba desde el siglo X de un justo renombre. Entendidos como Thomas Blundeville. el rnarqu茅s de Newcastle. el bar贸n de Eisenberg o Robich贸n de la Guerni茅re ensalzaron sus condiciones. Y a煤n entrado el siglo XVII, en cualquier corte Europea se dec铆a "parece espa帽ol" para ponderar la calidad o belleza de un caballo (1064). Estos famosos animales, que galoparon por casi todas las calzadas de Europa, se transportaron a Indias como factor b茅lico o como mero semental parte de toda una generaci贸n acreditada. Los servicios que en la lucha prestaron fueron considerables, se les cuidaba con mimo y se les mataba con dolor cuando era necesario, bien porque estaban heridos o para servir de alimentos (1065).

M谩s adelante prosigue Morales Padr贸n: "Alcanzaron algunas de estas bestias precios fabulosos por su escasez 鈥30.000 pesos el m谩s caro鈥, pero cuando procrearon en Indias descendieron much铆simo en su valor, pudi茅ndose comprar uno por ochenta pesos (1066).

El Cabildo asunceno en un extenso memorial elevado al Presidente y oidores del Real Consejo de Indias, afirma en una de sus partes... "por el mes de ote de cinquenta y nueve llegaron a esta cibdad y puerto setenta ombres de los vos casados y solteros q fueron con el capitan nufrio de chaves ala poblaci贸n delos xaraya con honze navios y setenta canoas y cirto numo de cavallos y setencientos yndios de los que qles vario desta trra Dieron qta al gobernador y oficiales de su mt..."

"ebel a帽o pximo p de sesenta y dos seacord贸 y determin贸... se fuese a los reynos del peru a dar aviso de las cosas convenientes al Real servicio e pa q en los confines delas sierras en la pte q mas comoda y provechosa se pudiese ser se fundase un pueblo... todos los mancebos hijos Dla trra en q quisiere yr con su armas y cavallos y estdo el negocio entermio de partida... salieron de esta cibdad pa este efeto hasta qenta espa帽oles e veynte mancebos hijos dela trra con sus armas e muchos cavallos y el mejor... m谩s de setencientos cavallos E yeguas y m谩s de myll yndios Delos naturales encomendados..." (1067).

El Cabildo asunceno, en fecha 29 de octubre de 1596, acord贸 que todos los vecinos y moradores de la ciudad que tienen yeguas y cavallos en las manadas consejiles vayan a Recoger las yeguas/cavallos y potros y cada uno tiene en las dichas manadas/ todas las veces que se hicieren los dichos Rodeos de los dichos ganados y que el se帽or de ganado que no acudiere a hacer lo que es obligado como los dem谩s y la persona que en nombre de la real Justicia se hallare presente puedar dar y de a los que lo travajaren su premio y paga de su sudor y travajo de los ganados que entraren en los dichos Rodeos de los due帽os que no hubieren ydo o enbiado y que no produjeron proveyereon y mandaron lo firmaron de sus nombres de lo cual se ade ebtebder que la paga a de ser del ganado que estuviere por herrar y no de lo herrado." (1068).

Para festejar y solemniar el d铆a de Corpus Cristi, el Cabildo de Asunci贸n, el d铆a 12 de mayo de 1587, en honra "y reverencia del santisimo sacramto como otros aos se suele hazer y para qe suso dho se aninie y lo haga con mas voluntad, acordaron sele den seys potros de las q est谩n aplicados por este cabo para obras p铆as las cuales tome y se le den enel corral y manada grande..." (1069).

En fecha 25 de febrero de 1557, una C茅dula Real ordena a la Justicia y regidores proveer de ejidos para los ganados de la ciudad (1070).

"Despu茅s de esta ordenanza 鈥揷ontin煤a Aguirre鈥 public贸 Garay el 17 de octubre de 1578 sobre los ganados vacunos: mand贸 "que todos los se帽ores de vacas desde el r铆o de el Tobaty hasta el que sale de la laguna de Tapaigu谩, hasta donde entra el R铆o del Paraguay, hagan corrrales donde metan el ganado de noche y de d铆a le tengan con guarda porque hacen da帽o a las rozas y labranzas de los indios comarcanos de esta ciudad que es causa padezcan grandes necesidades y hambres y desamparen sus asientos y se vayan a partes remotas apart谩ndose de la doctrina cristiana y servicio de los espa帽oles 谩 quienes est谩n encomendados. Que est茅n hechos los corrales dentro de ocho d铆as y que se cumpla so pena de que por cada res del ganado que est茅 sin guarda de d铆a y sin corral de noche se han de pagar 4 varas de lienzo, la tercera parte para el alguacil de campo que lo denunciare y lo dem谩s para gastos de guerra".

"Aqu铆 tenemos claramente 鈥揷omenta Aguirre鈥 un estado de la provincia en tiempo de Garay: su bando manifiesta que los indios a煤n no se hab铆an reunido en pueblos y expresa los extremos que abrazaban las estancias".

"Es muy digna de citarse por 煤ltimo prop贸sito la Ordenanza del Adelantado Juan Ortiz de Z谩rate de 24 de agosto de 1575, mando "que habi茅ndose quejado los vecinos de las zonas de que les hac铆an da帽os las vacas y que yendo como va el dicho ganado en aumento que se saque de sus heredades y rozas y se lleve al campo grande donde hagan sus corrales y estancias teni茅ndolas con guarda para que no hagan perjuicio, pena de perdimiento de las vacas que se vender谩n en almoneda p煤blica para pagar perjuicios" (1071).

Fulgencio R. Moreno, desconoc铆a a Aguirre, de ah铆, su falta de informaci贸n sobre la situaci贸n de la ganader铆a incipiente en los primeros a帽os de la Colonia, y coloca en primer lugar al ganado porcino, afirmando que los caballos y yeguas que vinieron en la expedici贸n de Mendoza fueron abandonados por los conquistadores en las Pampas de Buenos Aires. Aunque esta 煤ltima aseveraci贸n resulta exacta y coincidente con la opini贸n de Vedoya quien dice: "Nosotros sostenemos y creemos poder demostrarlo documentalmente que el origen del capital comercial porte帽o RADICO EN LA EXPLOTACION DE LAS MANADAS DE YEGUARIZOS CIMARRONES, descendientes de aquellos alzados cuando se despobl贸 la primera fundaci贸n de don Pedro de Mendoza que en 1580 se calculaba en ochenta mil cabezas que corr铆an libremente por la pampa".

"En consecuencia 鈥揹ice m谩s adelante Juan Carlos Vedoya鈥, si alg煤n aliciente hubo cuando se levant贸 el rollo de la segunda fundaci贸n, lo constitu铆an los yeguarizos, 煤nica riqueza positiva de la tierra tan considerable y apreciada como para justificar que por su explotaci贸n todos los enrolados en la empresa de Garay los fueran exclusivamente "a su costa y misi贸n". Lo prueba, y sin discusi贸n, el Acuerdo del Cabildo realizado el 16 de octubre de 1589 donde al referirse a esos caballos cimarrones los regidores dec铆an: "que de derecho son suyos (de los vecinos) y debajo de esta merced vinieron a poblar con el fundador de esta ciudad" (1072).

Pero seg煤n F. R. Moreno, la abundancia relativa del ganado pecuario correspondi贸 a a帽os posteriores y fue el proveniente del Alto Per煤 tra铆do por Juan Ortiz de Z谩rate. Una de las condiciones impuestas a este 煤ltimo fue la de "meter en la dicha Gobernaci贸n por la Provincia de las Charcas donde tiene su casa y vecindad quatro mil cabezas de vacas, quatro mil ovejas, caballos, yeguas y cabras". El encargado de la traslaci贸n del ganado fue el Teniente Felipe de C谩ceres, por la v铆a de Santa Cruz de la Sierra, el a帽o 1568 (1073). El lote tra铆do debi贸 ser importante para que en 1573, se constituyeran campos de uso com煤n 鈥 ejidos 鈥 para el pastoreo de los animales.

En cuanto al ganado caballar, el Gobernador Ortiz de Vergara llev贸 al Per煤 en 1564, alrededor de 700 caballos, habiendo podido sacar dos mil sin la tierra hacer falta" (1074). Posteriormente fueron extra铆dos de la provincia para la fundaci贸n de Buenos Aires y Santa Fe, desde 1582, hasta 1588 alrededor de cuatro mil caballos (1075).

El 29 de mayo de 1595, el Cabildo dispuso. "de com煤n consentimiento de que su (md del alld/andres lobato degodoy tome asucargo la solicitud que fuere necesaria/pa q consu buena orden se amansen las yeguas de la manada grande/y q haga Enello todo aquello q pa elRemedio dello combenga/pa lo cu谩l y los gastos dello... Y asimismo las dem谩s manadas de toda la tierra y q las pagas y gasto sea del ganado por herrar y lofirmaron (1076).

Ell 2 de junio de 1595, el Cabildo pareci贸 presente/franco camelo Residente Enesta Cabdad y se oblig贸/primer en su custodia y guarda todos los cavallos y potros q Est谩n Enla derecha de lambar茅 e/conlas condiciones q las antenido asu cargo los dem谩s q hasta/aqui los an guardado (1077).

El 26 de junio de 1595, el Cabildo asunceno trat贸 un petitorio presentado por el procurador de la ciudad en que trata acerca de la carnicer铆a est谩 abastecida de carne, porque es de extrema necesidad a los pobres padecen solo por lo cual... mandaron se notifique al dho Antono dela vega/q parezca Eneste Cabido/ahacer la fian莽a q el (uso y costumbre/dando por cada un peso deaocho Reales.quarenta y cinco libras/de carne/como es costumbre/y q como ttayga/cada sabado/quatto Ressen grandes/seEntienda/aver cumplido consu obligaci贸n y que no le fuer莽en/amas/aunq falte alguna cosa)".

El 10 de julio de 1595, el Cabildo resolvi贸 "q por quanto como es puco y notorio Enesta Cabdad/antiguamente seherravan las yeguas por herrar con un hierro que tenia. El nombre y voz deste Cabildo/y aunque sus mds. lo an procurado/no lo an podido hallar por averlo perdido, y no saben quien/ni quandoseperdio y conviene sehagan diligencias apara amansar los dhos ganados por la esttema necesidad q la tierra tiene de cavallos pa acudir.alas cosas tocantes ala guerra y pacificaci贸n delos naturales Reveldes contta. por lo cual mandavan y mandaron sebuelvan ahacer/dos hierros semejantes alos q primero avia/con q se hierren las crias g an parido las dhas yeguas herradas, con los hierros pasados del dho cabi pa que sea conocido por Estar como Esta enlites. El dho ganado y se de y Enttiege ala persona q dr mente le tocare y perteneziere y de como asi lo proveyeron." (1078).

El 31 de julio del mismo a帽o, el Cabildo iwelve a reiterar de que atento a que en las manadas corsejiles ciertos ganados yeguas y cavallos herrados con un hierro que ha mandado hacer este Cabildo fue hecho antiguamente... conviene y es necesario se de cargo dello a una persona de confian莽a q lo administre y beneficie y tenga/a su cargo herrando todo aquello q pareciere ser tocante y perteneciente al dho ganado y procedido delo que sehallare herrado con el Hierro deste cabi, tiniendo.En ello quenta y Ra莽on y libro En q lo tenga por asientoconla mas claridad posible por lo cual nombraban a agustin cantero... dieron comision para que hierre los ganados y los haga curar/y pague los diezmos cada un a帽o... de cada seys cabe莽as q herrare machos o hembras una cabe莽a como saliere pa lo qual la davan sus (mds licencia pa q luego comience a herrar el dho ganado (1079).

El 7 de agosto de 1595, al Cabildo compareci贸 Juan de Quintana persona ha obligado a amansar el ganado de las yeguas y potros de guarnipit谩n (Hoy Villeta) (1080).

En el a帽o 1596, se present贸 un interrogatorio a la Audiencia de Charcas por los vecinos y pobladores de Buenos Aires, en el pleito que siguieron con el adelantado Juan de Torres de Vera y el Fiscal de S.M. sobre el aprovechamiento de los potros y cavallos procediso de las Yeguas cimarronas, de las que quedajaron los Conquistadores y pobladores que entraron en aquella tierra con el Sr. Don Pedro de Mendoza, Gobernador del Rio de la plata q. los ten铆an como suyos en virtud de md, que les hizo por sus servicios el Genl. Juan de Garay, cuyo interrogatorio est谩 firmado por Pedro Sanchez de Luques. Los Dhos Sres. de la Real Audiencia hubieron por presentado dho interrogatorio en 9 Dizre. de 1596 as. y mandaron y declararon asu tenor los testigos y firma: Fernando de Medina y se halla corrediocen el original por Jome Sosa. En la 2a. pregunta de dho interrogatorio tiene una foxa; consta que de esta Ciudad de la Asunci贸n del Paraguay fueron sesenta hombres casados y solteros por los a帽os 1580 a poblar la Ciudad de Buenos Aires llevando pertrechos, cavallos y demas necesario todo a su costa sin que S.M. les hubiese dado socorro alguno ni el dho Adelantado Torres y que los mas de esas todos estos sesenta pobladores eran hijos y nietos de aquellos que entraron en esta tierra del Paraguay con el referido Sr. Gov. Dn. Pedro de Mendoza. Se registr贸 en la Asunci贸n 11 de febrero de 1793 por mi Juan Baleriano de Zevallos, Alcalde ordinario de 1潞 voto. Luego se procedi贸 a varias preguntas, contestando los testigos de que llevaron yeguas y de las que por aquellas savanas se les quedaron fueron multiplicando orejanas sin hierro ny se帽al de cuyos aprovechamientos... en cuya posesio quieta y pacifica han estado. En el Plata nueve de diziembre de mill y quinientos noventa e dos a帽os. En Audiencia puca.ante los ss. presidente y oydores se presento este ynto. Los dhos ss mandaron declaren por el Fernando de medina" (1081).

Se inici贸 en 1573, con la fundaci贸n de Santa Fe, habi茅ndose llevado 55 caballos seg煤n el Factor Pedro Dorantes. Salieron tambi茅n dichos ganados para Buenos Aires, Concepci贸n y San Juan de Vera de las Siete Corrientes. Para esta fundaci贸n Alonso de Vera, llev贸 1.500 vacas, e igual cantidad de caballos.

En 1582, Garay volvi贸 a sacar de Asunci贸n, para su expedici贸n al Per煤 m谩s de 1.000 caballos de los cuales cedi贸 300 a don Alonso de Sotomayor, gobernador de Chile (1082). Concepci贸n del Bermejo fue fundada llev谩ndose de Asunci贸n, en 1585, 1.000 caballos. Poco despu茅s fue llevado a Corrientes otra partida de 1.500 caballos (1083).

El 28 de enero de 1680, el Cabildo resuelve sobre un "potrero cercadoy acabado con corral" en el valle de Tacumb煤 para guardar caballos de guerra y design贸 a dos cuidadores: "se les se帽alaba a dichos potreros para su saca y trabajo, que todas las veces que se sacase un caballo, sea obligado su due帽o a darles y pagarles (a los cuidadores) un pollo o su valor en cualquier moneda o fruto de la tierra" (1084).

Juan Alonso de Vera y Z谩rate, hijo del fundador de Vera, en representaci贸n hecha al Rey, fija en mil quinientas vacas y bueyes y mil quinientos caballos y yeguas, el n煤mero de animales tra铆dos del Paraguay por Saavedra. Sospecho que la cifra es exagerada 鈥損rosigue Manuel Florencio Mantilla鈥, pero lo consigno a falta de prueba contraria. Eran de propiedad del Adelantado, quien los puso al servicio de los pobladores, reserv谩ndose los derechos de dominio. De esta reserva procedi贸 la merced hecha el 5 de junio de 1633 por Juan Alonso de Vera y Z谩rate a la Compa帽铆a de Jes煤s "de los ganados que pose铆a en e1 distrito de la Ciudad de Vera, en las siete corrientes" (1085).

Al promediar la conquista, el vacuno y el yeguarizo comenzaron a cobrar su verdadero valor de cambio. Ya no se pensaba s贸lo en las riquezas del Potos铆, sino que los antiguos pobladores, tomaron en serio sus derechos de propiedad sobre ellos, y dieron nacimiento al primer partido pol铆tico que se recuerda en estas comarcas, el partido de los HEREDEROS, cuyo dirigente fue, en cierto modo, Hernandarias, casado con una hija de Juan de Garay.

"El partido de los HEREDEROS 鈥搉os cuenta Puigross鈥 reivindicaba para los descendientes directos de los espa帽oles que fundaron los poblados y trajeron los animales dom茅sticos luego abandonados, la propiedad exclusiva de las bestias que proven铆an de aquellas importaciones iniciales. En consecuencia, consideraba delito y ordenaba que se castigara como tal, la matanza y cuereada de la hacienda cimarrona. Los HEREDEROS pretend铆an ser los 煤nicos que legalmente pod铆an no solamente sacrificar el ganado, sino tambi茅n vender sus productos". Quienes lo hac铆an sin pertenecer al mencionado partido, o sea, sin ser hijos o nietos de conquistadores, eran considerados ladrones o contrabandistas".

"Dos resoluciones ayudaron a los HEREDEROS a hacer respetar el derecho que invocaban: a) en setiembre de 1606 el Cabildo porte帽o "hizo pregonar que ninguna persona de ninguna condici贸n y estado que sea, aunque sea obligada, no mate ni venda res alguna a persona, si no fuere herrada o se帽alada de hierro o se帽al (marca) so pena de seis pesos de multa y la carne perdida", y b) el 22 de abril de 1609 el Cabildo abri贸 un registro de los accioneros, vale decir las personas, legalmente autorizadas a matar ganado en la campa帽a, en que se inscribieron 40 vecinos".

"La marca de las haciendas 鈥揷oncluye Puigross鈥 y la calificaci贸n de los accioneros constituyen las bases originarias de la ganader铆a rioplatense" (1086).

Este incipiente comercio ganadero rioplatense dar铆a lugar a fabulosos contrabandos realizados a la Madre Patria, sin pagar impuestos como veremos m谩s adelante. Aunque carecemos de estad铆sticas ciertas sobre el volumen de la Ganader铆a en el Paraguay, la importancia de estos puede apreciarse por v铆a indirecta mediante el vertical descenso de precios. Cabe admitir que el valor disminuyese por aumento de la oferta. Giberti, nos trae este interesante cuadro:

PRECIO DE UNA VACA EN PESOS

A脩OS

PERU

ASUNCION

Bs. As.

1550

100

1554

17

1559

5

1568

300 (#)

1583

1,50

1585

10-12

1588

8-10

1604

1,50

3,50

1660

0,50

#) Gondra (1943, p谩g. 81) estima exagerado este precio

Fuente: Coni (1930), Gondra (1943), Pillado (1908) (1087).

"Aunque los precios no sean estrictamente comparables por el distinto poder adquisitivo de la moneda en las diversas 茅pocas 鈥揷onsecuencia de la inflaci贸n que provocara la avalancha de metales preciosos鈥 proporcionan clara idea sobre el aumento num茅rico atribuible a importaciones y proceso. Obs茅rvese como el valor baja primero en el Per煤, centro inicial de colonizaci贸n; una vez que los vacunos alcanzan all铆 precio bastante razonable, se los lleva al Paraguay, donde su escaso n煤mero m谩s los sacrificios necesarios para introducirlos desde el Per煤, el Alto Per煤 o Espa帽a se traduce en valores alt铆simos; poco despu茅s se logran niveles que permanecen estables a trav茅s del tiempo. Buenos Aires, poblada posteriormente, pasa por per铆odos similares".

"Cuando los rodeos vacunos exced铆an la demanda local de carne, su precio bajaba considerablemente por la absoluta imposibilidad de utilizar el producto. Cuero, grasa y sebo, factibles de conservar y susceptibles de demanda m谩s el谩stica, pasaban entonces a defender el valor de los animales; quedaba tambi茅n la posibilidad de exportarlos por v铆as legales o clandestinas. Cualquiera fuere la causa del valor mercantil 鈥揷arne, cuero, etc 鈥, manten铆ase la propiedad del ganado como medio m谩s efectivo para asegurarse el usufructo de los bienes resultantes".

"En 1602 鈥揷ontin煤a Giberti鈥, Felipe III, permite a las provincias del R铆o de la Plata, por el t茅rmino de 6 a帽os, extraer frutos de su cosecha en av铆os propios, hasta completar 2.000 fanegas de harina, 500 quintales de cecina (1088) y 500 arrobas de sebo, con destino al Brasil, Guinea e islas circunvecinas, para traer de retorno tejidos, calzado y metales, (Coni, ps. 15-17), cuya labor de filtro hist贸rico es admirable, destaca que el hecho motiv贸 el equivocado juicio de muchos historiadores sobre la capacidad productiva de Buenos Aires" (1089).

La costumbre de la provincia 鈥揳firma Aguirre鈥 ha sido llamar una merced de Estancia (1090). 3 leguas de frente y una de fondo, si as铆 se hubieran gobernado, el derecho de la media anata era justo lo que no es en la Provincia de Buenos Aires, que estando impuestos igualmente por frente dan poco a este y agrandan mucho el fondo. Con prevenci贸n dije que la costumbre de la del Paraguay era de llamarla o de nombre porque en la pr谩ctica no se puso, ni era posible, siendo sus terrenos llenos de montes y otros mojones que se prescribieron en los t铆tulos como era natural y comprend铆an los campos y lugares que sacaban por merced. Tan antojadizos como hoy se admira en la merced llamada de Riquelme, la cual comprend铆a desde los arroyos del Acai al Ibicui, el Mbuyapei, el Tevicuari y el Paraguay que es la mejor tierra de la provincia. No s茅 cu谩ndo le fue dada pero creo fue por los a帽os 1680. Su extensi贸n se admirar谩 en la carta que se puede ver".

Hacienda que baja de la Villa. A煤n en tiempo que exist铆an las miserables ciudades de arriba me constan diferentes partidas redituadas a S.M. y algunas de ellas remitidas a la Caja Real de Buenos Aires. Dn. Luis Salcedo oficial real en este puerto/ acusando en globo el recibo de una cantidad de hierba de estas ciudades escrib铆a en 17 de mayo de 1624 al Capit谩n Dn. Juan Bautista Corona su Teniente en la Asunci贸n "embiase simpre cuanta hacienda sobrara a S.M. porque eran tantos los gastos que hac铆a en el puerto que pasaban de veinte mil pesos" (1091).

Sin embargo, ante la escasez de ganado en la Provincia del Paraguay, se estima que en 1650, una vaca vale en Asunci贸n casi 4 pesos fuertes y en la vecina Corrientes se regalan por unos reales, siendo la relaci贸n de precios de 1 a 48 entre las dos ciudades. A estar por un Acta Capitular de Corrientes, una vaca de dos a帽os vale una libra de yerba y en la misma 茅poca, esa misma vaca se vende en Asunci贸n a 4 pesos fuertes, es decir 12 pesos corrientes, o lo que es igual, 96 reales corrientes y la libra de yerba vale 2 reales... (1092).

En febrero de 1695, el Gobernador de la Provincia D. Sebasti谩n F茅lix de Mendiola, nombra al Capit谩n Jos茅 Abalos y Mendoza Administrador en la repartici贸n de ganados tra铆dos de Corrientes, y que sumaban a unas 2.900 cabezas. Al mismo tiempo, se recaudaron los derechos de Alcabala sobre los mismos (1093).

"La gran escasez de ganado 鈥揳firma Manuel Florencio Mantilla鈥, sentida en el Paraguay en 1717 nulific贸 la orden prudente, porque le opuso el esp铆ritu de lucro excitado por la constante demanda de los paraguayos. Cuando acordaron contenerse, ya era tarde: estaban en plena carest铆a. Los habitantes (de Corrientes) se vieron precisados a gestionar ante el Cabildo, por intermedio del Procurador de ciudad, una providencia general del Gobernador para que de todas las tropas de ganado que cruzasen el territorio con destino al Paraguay fuese vendido un tercio por v铆a de repartimiento a los vecinos", solicitud que el Cabildo tom贸 a su cargo y que Zabala despach贸 favorablemente en 1727" (1094).

El 14 de noviembre de 1723. el Gobernador de la Provincia del Paraguay, ordena sobre la distribuci贸n y administraci贸n de los ganados traidos de la Ciudad de Corrientes y vayan a la tablada de 脩andu谩 (1095).

Seg煤n Juan Alvarez, el ganado en el a帽o 1714, no ten铆a valor en Rosario, ya que se cotizaba a poco m谩s de un peso por cabeza, bien que no se trate de venta sino de estimaci贸n prudencial. "En vida del titular de la merced (1685, abril 12), los cabildantes de Buenos Aires reputaban precios razonables: res en pie nueve reales, un cuero dos reales, una lengua medio, la arroba de sebo dos, igual una tercera, y el cuarto de carne real y medio; pero en junio de 1720 un vecino de Santa Fe ofrece al mismo Cabildo seis mil cabezas a siete reales pieza" (1096).

El 27 de febrero de 1771, Juan Bautista Lasida, vecino de la Ciudad de Buenos Aires, suplica a S. Magestad sobre permiso para introducir mulas en el Brasil por v铆a del Paraguay, la cantidad de 25.000 mulas durante cuatro a帽os (1097).

En el a帽o 1771, se plante贸 un curioso cobro de un supuesto gravamen que impusieron las autoridades de Buenos Aires, desde el a帽o 1766, por el jIlgTeso de partidas de mulas, caballos, yeguas y vacas, seg煤n una informaci贸n recibida por mercaderes en el Juzgado de 2do. Voto. Seg煤n una presentaci贸n de uno de los ganaderos, de fecha 11 de setiembre de 1771, la "Licencia", era otorgada en forma precaria y el pago no ingresaba en la Real Hacienda, y desaparec铆a en las arcas particulares de los distintos Gobernadores de aquella 茅poca (1098).

LAS VAQUERIAS

"Eran las vaquer铆as 鈥搉os explica Giberti鈥, incursiones en los campos, para cazar el ganado cimarr贸n que pastoreaba libremente. El procedimiento resulta peculiar: se reun铆a un grupo de hombres, muy buenos jinetes, con abundante n煤mero de perros; sal铆an todos a la campa帽a y al toparse con vacunos cimarrones los rodeaban ayudados por los perros; corriendo tras ellos los her铆an en el garr贸n con un instrumento especial, el desjarretadero (1099), compuesto de una filosa media luna atada al extremo de una ca帽a. Seccionados los tendones del miembro posterior, el animal, imposibilitado de correr, ca铆a al suelo. Terminada esta etapa, volv铆an los jinetes sobre sus pasos y mataban las reses, sac谩ndoles cuero, sebo y lengua; el resto quedaba sin aprovechar, para alimento de fieras y perros salvajes que pululaban por la campa帽a. Otra forma de vaquear consist铆a en enlazar o bolear los animales para sacrificarlos despu茅s".

"Las vaquer铆as eran empresas de riesgo, por el peligro del indio y la combatividad del ganado cimarr贸n; en ellas no participaban los esclavos cuya escasez elevaba grandemente su valor mercantil".

"Las vaquer铆as tuvieron su origen en correr铆as que efectuaban los estancieros por terrenos vecinos a sus propiedades, en busca del ganado huido; pero con frecuencia esas incursiones no se limitaron a recuperar los anima alzados: arreaban tambi茅n vacunos orejanos (sin marca). Cuando la difusi贸n del procedimiento provoc贸 conflictos entre hacendados y amenaz贸 extinguir una fuente de riquezas, las autoridades tomaron cartas en el asunto" (1100)

Para Emilio A. Coni el origen de las vaquer铆as est谩 en lo siguiente: "Nueve a帽os despu茅s de fundada la ciudad viene un fraile pretendiendo las vacas alzadas, a lo que los vecinos contestan por acta de Cabildo del 16 de octubre de 1589: En lo que toca a las vacas que dice ser mostrencas, que en esta ciudad no hay ninguna, porque todas son de los vecinos de esta ciudad y que si han dejado por descuido de herrar alguna se han aplicado a San Mart铆n nuestro patrono, porque de otro pueblo no entra aqu铆 ganado vacuno ni puede entrar". En esas pocas vacas dom茅sticas huidas y cuya existencia negaba el Cabildo, por razones obvias, estaba el germen de las vaquer铆as porte帽as".

Es importante establecer el sistema utilizado en Buenos Aires, referente a las vaquer铆as, ya que poco es lo que sabemos al respecto de la Provincia del Paraguay, por la escasez de documentaci贸n.

As铆 por ejemplo Coni, expresa: "La primera menci贸n de que el vacuno cimarr贸n existe en Buenos Aires en cantidad apreciable, la encontramos en 1608, es decir, veintiocho a帽os despu茅s de fundada la ciudad, a帽o en que el Cabildo concede el primer permiso a Melchor Maciel. Con fecha 29 de marzo del a帽o siguiente se presentan ante el Cabildo otros dos interesados solicitando licencia para hacer matanza en 茅l".

"Esta solicitud sirvi贸 al Cabildo para sentar la doctrina de que proviniendo el ganado cimarr贸n del dom茅stico alzado, los due帽os de este 煤ltimo deb铆an ser los primeros en gozar de sus frutos. Por esto se abri贸 la matr铆cula en base de las declaraciones juradas de los vecinos, contando el n煤mero de cabezas que se les hab铆an huido. Estos vecinos se llamaron accioneros y transmitieron su derecho por herencia, donaci贸n, o venta hasta el siglo XVIII, llegando a confundirse la propiedad de las tierras con la acci贸n de vaquear" (841).

El Padre Nicol谩s del Techo tambi茅n nos da cuenta de las mismas pr谩cticas: "Otros entraban a vaquear (as铆 llaman el recoger este ganado), para hacer copiosas cargazones de corambre que se conduc铆an no s贸lo a Espa帽a, sino a Francia y otros pa铆ses extra帽os, y as铆 como en unas como en otras entradas era imponderable el estrago que causaban en las vaquer铆as, porque para tener sujetos por la noche much铆simos millares de vacas cerriles, o como ac谩 llamamos CIMARRONAS, que cada tropa de gente iba recogiendo no hab铆a otro cerco o corral, sino el que forman de las reses, que cada noche mataban y en circuito muy grande les pegaban fuego, para que sus llamas contuviesen en un lugar las recogidas lo cual duraba meses enteros; la carne de las que mataban, o para corambre, o para s贸lo sacar sebo y grasa, se dejaba perdida por los campos, fuera de eso, cada uno de los peones vaqueaban, y eran much铆simos, o de los viandantes, mataban por su antojo la vaca que mejor les parec铆a por s贸lo sacarle ya la lengua, ya otro bocado de su gusto, abandonando todo lo restante para sustento de las fieras y de las aves de rapi帽a".

"Este desorden ocasion贸 la ruina total de aquella masa que parec铆a infinita de ganado vacuno, con que no teniendo que echar mano muchos vecinos de Buenos Aires y Santa Fe; que para enriquecer se dedicaron a este ejercicio de vaquear, abrieron otra vaquer铆a, que de la otra parte del R铆o de la Plata, entre el Uruguay, el mar y el Brasil, se hab铆a formado as铆 de las vacas que abandonaron los indios de nuestras Misiones cuando, horrorizados de las hostilidades mamelucas, desampararon su provincia del Tap茅, para retirarse a las del Paran谩 y Uruguay, como de otras que fueron metiendo de nuevo los mismos indios" (1102).

"Sin embargo, 鈥揹ice Coni鈥 los rodeos cimarrones crecen m谩s lentamente que los apetitos de los vecinos, y es necesario tomar medidas para evitar su menoscabo, tal como se hab铆a hecho en 1612. En 1615 el gobernador Hernandarias de Saavedra, exagerando la nota, dice "que los vecinos han quedado m谩s pobres por haver consumido todos los ganados de la provincia", y dos a帽os despu茅s manifiesta el mismo: "E puesto mucho cuidado en que no se pagan matan莽as de ganado vacuno en que avia grande desorden porque matavan las terneras y las reses hembras con que a ydo en mucho augmento en estos dos a帽os" (1103).

Este gobernador Hernandarias de Saavedra inst贸 a los pobladores para que, en vez de matar el ganado cimarr贸n, para utilizar s贸lo el cuero y el sebo, lo utilizaran para poblar estancias, y tom贸 severas medidas para que sus disposiciones se cumplieran, llegando hasta confiscar los desjarretaderos (1104). As铆 se llamaba a una filosa media luna colocada en la punta de una ca帽a, y con la cual desde a caballo se cortaba el jarrete de las vacas, imposibilit谩ndolas de huir, hasta el momento de ultimarlas".

De 1619 a 1621 los vecinos de Santa Fe recogieron, gracias a la previsi贸n de Hernandarias, m谩s de 50.000 cabezas vacunas, con las cuales poblaron sus estancias (1105).

Las primeras vaquer铆as de los pobladores asuncenos, fueron realizados hacia el Chaco, lugar de asentamiento natural del ganado. Pero, es reci茅n en 1626, que tenemos noticia de una contrata para realizar una vaquer铆a (1106). Con posterioridad, (1639), la situaci贸n de los indios infieles, convertir谩 tales correr铆as en factor de absoluta inseguridad, y mirar la Provincia del Paraguay, de abastecerse de fuente correntina. (1107).

Sin embargo, por una orden de Hernandarias del 26 de setiembre de l621, se confiscaron las "desjarretaderas", cuando prohibi贸 las vaquer铆as, fue en realidad la supresi贸n del uso libre del instrumento de la explotaci贸n ganadera vacuna, para proteger as铆 su explotaci贸n ordenada por la clase hacendada. En este sentido 鈥揹ice Juan Carlos Vedoya鈥, fue una cl谩sica expropiaci贸n de instrumentos de producci贸n, realizada en beneficio de una determinada clase social" (1108).

"El siglo XVII se帽al贸 el hallazgo de un producto que pronto se transformar铆a en mercanc铆a b谩sica de la vida econ贸mica de las poblaciones y campa帽as rioplantenses: los cueros".

"Los vacunos y yeguarizos introducidos por los conquistadores se ha criado y multiplicado a campo abierto, lejos de los cuidados del hombre, y constitu铆an una riqueza potencial. Nada val铆a, sin embargo, puesto que no los demandaba el mercado exterior y abundaban al punto de estar alcance del primero que los quisiera".

"Al principio se mataban esos cuadr煤pedos con el s贸lo fin de comer su carne casi cruda y sin sal, abandonando el resto sin utilizarlo. M谩s adelante la carne se emple贸 tambi茅n cort谩ndola en tiras y haci茅ndola secar, vendiendo el producto as铆 obtenido 鈥搇a cecina鈥 a las tripulaciones de los barcos o envi谩ndolo a las costas del Brasil para consumo de los esclavos negros".

"Luego se sac贸 provecho del cuero y del sebo, especialmente del primero. Como se desconoc铆a el procedimiento para curtirlos, los cueros eran usados AL PELO, o sea en estado natural. Aplic谩ronse a diversas funciones: sacos, retobas de fardos y cajones, guacas, correas, sogas y hasta en vez de clavos en la construcci贸n de las casas. Perd铆anse gran n煤mero de ellos, por los estragos que hac铆a la polilla, pero su abundancia era tal que compensaba con creces esas p茅rdidas. Generaliz贸se tanto su uso que un escritor ha denominado a esa 茅poca del R铆o de la Plata, la civilizaci贸n del cuero".

En 1605. sali贸 de Buenos Aires la primera exportaci贸n de cecina y tasajo con destino a Cuba y Brasil; en 1607, 50 cueros tuvieron igual destino; en 1609, la cantidad aument贸 a 80, y en 1625, lleg贸 a 27.006. A fines del siglo la exportaci贸n adquiri贸 un vuelco tan extraordinario que en 1670 partieron de Buenos Aires veintid贸s barcos holandeses cargados de cueros" (1109).

Sin embargo, esta etapa de abundancia, decay贸 notablemente con la extraordinaria exportaci贸n de cueros, experimentando un retroceso notorio la existencia de ganados. En 1718, el ganado cimarr贸n hab铆a casi desaparecido, y esto caus贸 una seria preocupaci贸n a las autoridades del Plata (1110).

Las Misiones jesu铆ticas por l720, abastec铆an c贸modamente a sus pueblos por medio (le grupos de indios que arreaban el ganado necesario, pero luego dice un testigo "entraron los espa帽oles a esta gran vaquer铆a a hacer faenas, no de carne, que harto tienen de esto en sus ciudades, sino de cueros para cargar los nav铆os de Espa帽a, y ha sido tanto el desorden junto con la codicia, que ya no hay vacas" (1111).

Cuando formul贸 sus acusaciones respecto a la yerba, Bola帽os represent贸 tambi茅n sobre la prohibici贸n de extraer cueros que exist铆a en el Paraguay con el pretexto que eran indispensables para hacer zurrones y petacas para la yerba, el tabaco, etc., y para formar embarcaciones del tr谩fico fluvial, en que estos productos eran transportados a Buenos Aires. La prohibici贸n ten铆a visos de irregularidad y hab铆a que hacer lo posible para levantarla y fomentar la exportaci贸n de cueros. A simple vista, se sab铆a que el Paraguay 鈥揹ice Tjarks 鈥, contaba con 1.200.000 cabezas de vacuno aproximadamente, con un procreo de unos 300.000 animales por a帽o. De ellas, se sacrificaban unos 10.000 para los 20.000 zurrones de yerba de exportaci贸n y otros 10.000 para las petacas y el forrado de los barcos, o sea que si se sacrificaba el remanente, habr铆a la friolera de 280.000 cueros sobrantes, que forzaban a pedir la autorizaci贸n para el giro en beneficio del erario, del comercio local, y nacional. Para la yerba y el tabaco bastaban los cueros de vaca y apolillados que no se pod铆an negociar y tambi茅n mermar铆a el consumo para usos navales cuando se reglamentara la navegaci贸n y todas las barcas tuvieran su cubierta de madera, en vez de toldillas de cuero.

El expediente pasado al diputado de Asunci贸n, fue girado al gobernador Rivera, quien a su vez mand贸 que los ministros de real hacienda asentaran las exportaciones de cueros registradas. Surgieron cifras interesantes: En 1796 se extrajeron 5.062 cueros de garra y 700 redondos, en 1797, fueron 4.623 de garra y 576 redondos; en 1798, salieron 4.447 de garra y 630 redondos. Ello sumaba un total de 14.182 cueros de garra y 1.900 redondos. A continuaci贸n se copiaron declaraciones de varios comerciantes asunce帽os, que coincidieron en afirmar que nunca se hab铆an experimentado dificultades para exportar a otras provincias o a la capital, informaci贸n que corroborar铆a el ayuntamiento local. Todos estos informes complementaban el del diputado, quien recordaba que durante la gobernaci贸n de Melo de Portugal se hab铆a prohibido la exportaci贸n en forma temporaria, para suplir a la demanda local de envases, mas a pesar de ello se siguieron sacando cueros en licencia. Sebasti谩n de Aramburu y dos o tres comerciantes m谩s, ven铆an realizando una exportaci贸n m谩s o menos regular de corambre. Las licencias se regularizaron durante el gobierno de Al贸s, pero fueron muy pocos los que usufructuaron de ello, por desconocer los beneficios de ese comercio o considerarlo labor poco honrosa y "con desprecio". Ten铆an dificultades de transporte y el terrible inconveniente de "estar expuestos a la polilla de que abunda el territorio" pero solucionados con el reglamento los problemas de navegaci贸n, se esperaba el aumento en el tr谩fico de cueros, "teniendo a la mano la facilidad de beneficiarios con curupay, para preservarlos de polilla, cuyo costo deve sin duda influir a su mayor estimaci贸n, de este modo se dar谩 salida a tanto ganado detenido, pues no ay quien compre a quatro rreales la cabeza en partida, ni quien quiera pagar dos rreales por cada cuero de garra en los mismos pueblos". Por falta de mercado los hacendados iban descuidando los hatos de ganado y paxa estimular otra vez su inter茅s 鈥揹ec铆a la Cerda鈥 conven铆a abrir una "f谩brica de suelas... por los experimentos que han hecho dos zurradores de tal qual inteligencia". Con artesanos eficientes f谩cilmente se pondr铆a en marcha una "tener铆a capaz de dar anualmente de treinta 谩 quarenta mil zuelas". Tal era la abundancia de materia curtiembre en la jurisdicci贸n, que estaba por salir con destino a Santa Fe un buque, cargado de "c谩scara" (curupay) para la tener铆a instalada en aquella ciudad. Bastaba hallar dos maestros curtidores con 600 pesos anuales, casa y comida, para que ense帽aran el oficio a los artesanos locales. Todos esos datos llegaban a la Junta el 9 de junio de 1799. El s铆ndico de la Cagigas observ贸 que los informes de Cerda no coincid铆an con las declaraciones del conciliario Bola帽os, de lo que resultaba con absoluta seguridad que no exist铆a tal prohibici贸n de ex cueros. El Consulado no ten铆a fondos para mantener una curtiembre, pero el proyecto pod铆a realizarse si el diputado estimulaba a los vecinos pudientes, para que instalaran tal f谩brica y se proporcionaran maestros a su costa. Esa tambi茅n fue la opini贸n de la Junta, al conformarse con el dictamen (1112)

La necesidad de curtiembre 鈥搉os dice Tjarks鈥, se manifest贸 tambi茅n en el Paraguay, donde la polilla produc铆a grandes estragos. Un informe del representante consular en Asunci贸n, Gregorio Tadeo de la Cerda, ped铆a la instalaci贸n de una f谩brica de suelas en esa provincia en la que abundaba la "cascara" (curupay), que se enviaba a Santa Fe "para la tener铆a que all铆 se ha establecido". De la Cerda requer铆a el env铆o de maestros curtidores, de cuyo salario y manutenci贸n se encargar铆an los pueblos ind铆genas a quienes ense帽ar铆an ese arte y pensaba instalar la primera f谩brica en el pueblo de Yaguar贸n, cuyo administrador ya ten铆a todo dispuesto para poner mano a la obra, no bien llegaran los t茅cnicos. El plan del diputado consular fue ampliamente apoyado por el gobernador Ribera, pero no hab铆a artesanos en Buenos Aires para enviar a aquella regi贸n. La guerra y otras dificultades impidieron atender m谩s adelante en forma conveniente este interesante proyecto del diputado De la Cerda (1113).

Por investigaciones realizadas sobre propiedades y testamentos en el Archivo Nacional de Asunci贸n, arribamos a la conclusi贸n de que la consolidaci贸n de las primeras estancias hacia el Norte del Paraguay, fueron realizadas sobre la direcci贸n de los jefes militares de los diferentes fuertes y presidios de esa zona. En la lista que veremos m谩s adelante desde luego, aparecen los nombres de los principales estancieros de la 茅poca.

Una de las principales estancias de la zona Norte, fue la denominada Estancia del Rey, que se pobl贸 con 2.019 cabezas de ganado, realizada par donaci贸n de los vecinos de Asunci贸n, y se hallaba ubicada a 1 legua de la Villa Real de la Concepci贸n, y de una extensi贸n aproximada de 5.500 H谩s. (1114).

La funci贸n primordial pues de las estancias en la 茅poca colonial seg煤n Wisner de Morgenster, fue el abastecimiento de carne y caballos a las tropas fronterizas, de cueros a las curtiembres y beneficios de yerba y carne a las familias indigentes (1115).

En el "Repartimiento de terrenos", en la Villa Real de la Concepci贸n entre 1792 y 1806, se concedieron 56 mercedes reales para "puesto de Estancia", variando las mismas seg煤n su extensi贸n siendo las mismas de 25.000 H谩s., las de tipo latifundistas; de esta a 10.000 H谩s., las m谩s grandes; y de estas a 5.000 H谩s. las regulares; y de 茅stas a 1.000 H谩s. las peque帽as y las menores de 1.000 H谩s. (1116).

Si bien se llegaron a formar algunas grandes estancias en la zona de Concepci贸n, Ycuamandiy煤 o Villa de San Pedro y los fuertes del R铆o Apa, fueron debidos a los diferentes jefes militares que se convirtieron en importantes hacendados. En 1797, la invasi贸n de los indios Mbayaes produjo una dispersi贸n de casi toda la zona ganadera del Norte, motivo por el cual el Gobernador encomend贸 al Comandante Juan Bautista Rivarola a repoblar las antiguas estancias abandonadas, la mayor铆a de las cuales no fueron repobladas quedando en estado de abandono (1117).

Como puede apreciarse, la suerte de la ganader铆a en el Paraguay, a fines del Siglo, comienza a cobrar una importancia mayor, y se comienzan los primeros embarques de cueros al pelo realizados por primera vez desde Asunci贸n, en los a帽os 1796, 1797 y 1798 (1118).

El Gobernador Militar y Pol铆tico del Paraguay y Misiones, en fecha 2 de marzo de 1809, orden贸 cortar de ra铆z los crecidos robos de animales que se hac铆an en las campa帽as, obligando a los hacendados a presentar una relaci贸n documentada de sus marcas al Alcalde Provincial o jueces comisionados, bajo pena de una multa de 12 pesos. Se prohibi贸, a la vez, a los herederos la fabricaci贸n de marcas sin permiso previo del Alcalde Provincial, y se Orden贸 la contramarcaci贸n del ganado entregado al diezmo, o que fuera objeto de venta, donaci贸n y permuta. Se estableci贸 el tiempo de rnarcaci贸n entre marzo y agosto para evitar la apropiaci贸n indebida de ganado, bajo pena de perderlo en beneficio del Rey, si pasado dos a帽os se hallase orejano. Hay que destacar que los robos de ganados entre los propios estancieros era lo com煤n por falta de alambradas (1119).

Seg煤n Aguirre, a fines del siglo XVIII el sueldo de un pe贸n de estancia ascend铆a a dos pesos plata, pagaderos inicialmente en g茅neros o ganado y posteriormente en efectivo (1120).

Hay que destacar que los capataces y peones de las estancias estaban exentos del servicio militar, seg煤n una disposici贸n del 15 de octubre de 1789, pero contribu铆an al Ramo de Guerra, con una prestaci贸n de 20 pesos anuales, por su liberaci贸n de la prestaci贸n del servicio militar (1121).

El 24 de enero de 1792, el Gobernador dispuso que tanto los capataces como los due帽os de estancia se hallaban exonerados del impuesto de 10 pesos plata anual y del servicio militar, bajo la sola condici贸n de entregar una res por cada quinientas cabezas de ganado de su propiedad. Esta liberalidad les fue concedida gracias a las m煤ltiples y continuas colaboraciones de los hacendados hacia la mantenci贸n de los fuertes y presidios existentes (1122).

Estancias que se hallan sobre la costa del r铆o, desde la Angostura hasta la cayda del Tibiquari.

Bedoya Achucaxxo

Puerto de este Juan Osoxio

El Rey Pedro Jph. Recalde

Chapxxo Frano. Xavier Recalde

Noguera el Dor. Almada

Sandobal Pexo Guayxe帽o

Ayala Gaspar Fern谩ndez

Lugo Poblaci贸n de Remolinos

Gex贸nimo S. Migl. Jose Ayala Pedro Jph. Tillex铆a

Reynoso Melchor Tillexia

Juan dela Crux Acosta Meza

Toxarles D谩maso Rodxiguez

Nu帽ez Gauto

Casco el P. Rexalaga

Don Juan Cipriano Delgado Loxenco Benitez

Samaniego Baxxreto

Bauptista Machuca Gonzalez

Manuel Nu帽ez Chevexx铆a

Caxeres Moxa

Caxlos Rodas Dn. Pastor Toxxrez

Pasqual Machuca Don Jose Espinola

Melchor Alegre Juan Franco Lescano

Chxristobal Belasquez Salvador Gonzalez

Gaxc铆a Lucas Delgado

Jos茅 Ram贸n Amaxilla Don Roque Recalde

Juan Jos茅 Rodas Don Franco Poxtillo

Silvestxe Amaxilla el Pueblo de Atixa

El Pueblo de Guaxambax茅

Baldovinos MANL. GAXCIA"

Pexeyxa

El Yexno de Baldobinos.

Asumpon y Junio one de mil setecientos noventa y uno" (1123).

Todas estas estancias de particulares, desaparecer铆an por completo en 1818/9, al advenir la larga dictadura de Francia, al efectuar una comparaci贸n con dicho per铆odo (1124).

"Raz贸n de los sugetos que han pagado el derecho de alcabala en la Receptuxia de esta capital y en la Villa Rl. de Concepci贸n por ventas que han vexificado de ganado bacuno y otros animales sacada de los cuadernos de los mismos receptores a saber:

En esta Capital

Ns. de pdas. del Gno.3

FECHAS

81

Mayo 17

Dn. Domingo Franco Rodriguez

114

Septxe 14

Don. Igno. Bexasategui p. Alejandxo Aguinaga

1782

209

Novxe 27

Dn. Mat铆as Sald铆var

1783

29

Frebxexo 11

Dn. Vicente Chapaxxo

65

Maxzo 26

Dn. Loxenzo Garzete

104

Mayo 24

Dn. Toxibio Maxia

107

Mayo 24

Dn. Ramon Rivaxola

111

Junio 5

Juan de Villalba

129

Junio 20

Ram贸n Flecha

126

Junio 20

Dn. Santiago Baez

128

Junio 26

Gxegpxop de Acosta

205

Ocbxe 30

Da. Rosa Antonia Osuna

239

Dbxe 23

Dn. Felipe Segovia

230

Dbxe 23

Dn. Juan Tomas Pexez Segovia

1784

48

Enexo 19

鈥 鈥 鈥 鈥 鈥 鈥 鈥

48

Maxzo 1

Dn. Franco. Ygno. de Roxas

56

Maxzo 29

Dn. Franco. Duarte

74

Mayo 8

Dn. Franco. de Ysati

111

Julio 16

Dn. Juan Ygno. Villasanti

149

Octxe 3

Dn Lauxeano Baxxeto

1788

22 (Gno. de Yexxa)

Dicxe 19

Dn. Pedxo Pablo Leon

1789

5

Enexo 9

Dn. Pedxo Pexeyxa

15

Enexo 14

Dn. Pasqual Palabisino

77

Mayo 22

Dn. Juan de Roxas

139

Agosto 22

Dn. Diego

193

Novxe 9

Dn. Felipe Ysca

222

Dicxe 7

Dn. Pedxo Pexeyxa

231

Dicxe 10

Dn. F茅lix Oxtiz

10 (Gno. de Yexxa)

Dcre. 24

Dn. Pedro Nolasco Domecq

1790

47

Maxzo 10

Dn. Domingo Balenzuela

72

Junio 4

Dn. Antonio Maxt. Viana

113

Svxe 28

Dn. Juan Riquelme

156

Nvxe 6

Dn. Loxenzo Gomez

1791

23

Febrero 8

Dn. Domingo Balenzuela

151

Novxe 28

Dn. Miguel Anto. Fexxeyxa

161

Dizxe 3

Dn. Domingo Balenzuela

1792

113

Septxe 28

Dn. Domingo Balenzuela

173

Dizxe 14

Dn. Juan Guillexmo. Admor. del Real Hospl.

1794

60

junio 1

Dn. Juan Bautista de Goyas

1795

43

Abril 14

Dn. Juan Anto. Montiel

102

Agosto 20

Dn. Antonio Cxuz Fexnandez

1796

28

Abril 3

Dn. Juan Loxenzo Gaona

49

Junio 14

Dn. Tomas Roxas

89

Octxe 5

Dn. Juan Loxenzo Gaona

3 (Gno. de Yexxa)

Febxexo 3

Dn. Jos茅 de Ysasi

1798

24

Febxexo 23

Dn. Mat铆as Maiz p. Dn. Franco. Maiz

31

Maxzo 5

Dn. Sebasti谩n Jos茅 Mixanda

161

Novxe 5

Dn. Juan Lorenzo Gaona

1800

19

Febxexo 6

Dn. Franco. Gaciga

129

Julio 19

Dn. Franco. Vexdejo

181

Novxe 4

Dn. Fexnando Anto. de la Moxa

230

Dicxe 19

Dn. Juan Loxenxo Gaona

1801

129

Sepvxe 12

Dn. Juan Loxenzo Gaona

1803

41

Julio 16

Dn. Ysidro Xaques

51

Septxe 1

Dn. Loxenzo Roxas P. Dn. Ram贸n Roxas.

EN VILLA REAL

A帽o de 1788

23

Julio 10

Dn. Juan estevan Roxas

30

Julio 29

Dn. Ygnacio Maldonado

31

Agosto 13

Dn. Juan Jos茅 Bogado

1789

24

Abril 28

Dn. Juan Santos Hexxexa

28

Mayo 16

Jos茅 Ygno. Cuanca

47

Septxe 16

Dn. Maxt铆n Tom谩s de Mendiola

1794

23

Abril 22

Dn. Gexaxdo Ugaxte

40

Sepvxe 22

Dn. Juan Bautista Espinoza

42

Sepvxe 22

Dn. Anselmo Sanguina

43

Sepvxe 23

Dn. Jos茅 Ayala

26

Agosto 21

Dn. Juan Manuel Gamaxxa

28

Sepxe 4

Dn. Juan Ygn. Cavallexo

41

Octxe 24

Juan Masiel

43

Octxe 30

Dn. Franco. de Mesa

48

Novxe 5

Dn. Juan Andx茅s Gaxc铆a

53

Dicxe 29

Dn. Juan Asencio Ocampos

16 (Gno. de Plata)

Dicxe 4

Dn. Jos茅 Teodoro Aguax

1798

5

Maxzo 10

Dn. Manuel Ant. Coene

15

Junio 9

Dn. Juan Gelli

1799

2

Febxexo 5

Dn. Martin Rodxiguez

9

Febxexo 21

Dn. Gaspar de Escobax

50

Octve. 28

Dn. Luis Maxtin de Caminos

1 (Gno. de Pta.)

Febxexo 9

Dn. Juan Franco. Lezcano

2

Febxexo 5

Dn. Vicente de Castxo

1800

49

Mayo 29

Dn. Jos茅 Anto. Rivarola

51

Junio 4

Dn. Maxiano Bogax铆n

80

Otre 27

Dn. Maxiano Bogax铆n

1801

81

Dicxre 14

Dn. Ram贸n Lopez

1802

14

Maxzo 13

Dn. Franco. Quevedo

61

Novre. 22

Dn. Aslonso Ramos

79

Dicxe 22

Dn. Alonso Ramos

1803

29

Maxzo 24

Dn. Jos茅 Ant. Gaxc铆a pr. Dn. Jos茅 Espinola

34

Mayo 7

Dn. Anselmo Ramos y pox 茅l Dn. Fexnando de la Concha

31

Junio 1

Dn. Jos茅 Anto. Gaxc铆a

81

Dicxe 29

Dn. Ram贸n Espinola pr. Dn. Jos茅 Esp铆nola

Asunci贸n del Parag.y de Agosto de 1804

BARNABE GONZALEZ JPH ZAQN. DE GOYBURU" (1125)

EL PORCINO, CARNEROS Y CABRAS

Seg煤n Fulgencio R. Moreno, atribuye la aparici贸n del porcino a una carta de Irala del a帽o 1541, antes del abandono del R铆o de la Plata. Y de all铆 sin duda, procedi贸 el primer plantel de dichos animales en la ciudad de la Asunci贸n (1126).

"Por delicadeza no lo incluimos en el ep铆grafe, pero el cerdo forma, con las otras dos bestias, la trilog铆a animal de la conquista. El ganado porcino sirvi贸 como elemento de conquista y de colonizaci贸n, al contrario que la vaca utilizable s贸lo para la colonizaci贸n, nos dice Francisco Morales Padron. El cerdo pod铆a formar parte de las expediciones bajo dos personalidades: como tocino o como tal cerdo que vivo y apreciado, marchaba en largas recuas a retaguardia. Su facilidad para multiplicarse, y los abundantes pastos que all铆, hizo de 茅l un factor importante y familiar prontamente transformado en cimarr贸n (1127).

Resulta por dem谩s elocuente, la venta de una puerca en mayo de 1544, seg煤n un documento que dice: "Conozco yo min de orue escrivano de governaci贸n que vendo a vos pedro de corral estante en esta ciudad media puerca que yo tengo y me pertenece de vna puerca que tenemos de compa帽ia entre mi e diego de tobalina e lope de vgarte e los suso dichos then铆an la otra mitad de la dicha puerca e por concierto que entre mi e voz el dicho pedro de corral ha avido os he vendido e vendo la dicha media puerca/por Raz贸n que por ella me deys e pageys dos cochinos embras destetadas e por que yo os devia... quesfecho en la ciudad de la asunci贸n a diez e ocho d铆as del mes de mayo de mil e quinientos e cuarenta equatro a帽os... (1128).

"Lo que fue, quiz谩, 鈥揹ice W. Parish鈥, de m谩s importancia para los pobladores del Paraguay fue la adquisici贸n de algunos carneros y cabras tra铆dos de Europa, que compraron a sus paisanos del Per煤 (1129), los primeros que se hab铆an visto en el pa铆s" (1130).

"Cabras y ovejas 鈥揹ice el P. Nicol谩s del Techo鈥, metieron en el a帽o de 1549 a la provincia del Paraguay Nuflo de Chaves y Miguel de Rutia desde el Per煤, a donde hab铆an pasado a ofrecer al licenciado Pedro de la Gasca el ausilio de los castellanos del Paraguay contra la rebeli贸n de Gonzalo Pizarro, y de vuelta las trajeron por el pa铆s donde Chaves fund贸 despu茅s la ciudad de Santa Cruz de la Sierra. Ha sido poco el multiplico, quiz谩 por descuido m谩s que por inhabilidad del terreno" (1131).

"Los burros son tambi茅n tra铆dos de Europa 鈥損rosigue del Techo鈥 y de su comercio con las yeguas hay entabladas cuantiosas cr铆as de mulas algunas veloc铆simas para caminos, y todas muy fuertes para el trabajo; procrean con tanta copia, que de solas las ciudades de Buenos Aires, Santa Fe y C贸rdoba, se sacan cada a帽o para el Per煤, donde sirven para el ordinario traj铆n, cincuenca mil mulas, siendo m谩s estimadas las que se cr铆an en las serran铆as de C贸rdoba" (1132).


LOS INICIOS DE LA PRODUCCI脫N Y COMERCIO COLONIAL

Los primeros impuestos nos describe Juan F. Aguirre: "Todo se deb铆a pagar de los diezmos y merece expongamos la mara (sic) de ellos que pagaron los conquistadores y pobladores desde 23 de julio de 1539 hasta 28 de enero de 1541, cobrados por el veedor Alonso Cabrera, quien lo manifest贸 de acuerdo a la 煤ltima fecha. Se compon铆a de 319 panaques de maiz de Mandioca. 124 pollos, 80 hanegas de mahiz y 65 hanegas de frijoles, tambi茅n dijo que ten铆a de los rescates 6 hanegas de Mahiz, 5 gallinas y 4 patos. Se pag贸 al capell谩n Andrada (que por entonces ganaba por a帽o 20 hanegas de maiz, 10 de frijoles, 30 pollos, 50 Panacus de raiz de mandioca El primer ornamento que se hizo en la tierra fue de/4 varas de lienzo, que constaron en 10 de agosto de 39,4 hanegas de mahiz".

"No hay necesidad de especificar los precios de los bastimentos 鈥揹ice Aguirre鈥, s贸lo por ser la manteca de pescado nueva en estas noticias diremos que en la Asunci贸n a 8 de octubre de 1541 se acord贸 vender 6 arrobas a 800 maravedises de la mala moneda. Luego se ver谩 cual fuese la distinci贸n de monedas" (1133).

"El 25 de noviembre de 1546, con motivo de la partida de todos los oficiales reales que iban en busca de los Mbayas, nombraron a Pedro Antonio Aquino para que en adelante recaudase la Real Hacienda: su salario desde 1 de Dbre 30 hanegas de maiz, 6 de frijoles, 2 arrobas de algod贸n en cuero (en pepita), 6 cabezas de cochino y 6 panacues de Mandioca al a帽o".

"Regresaron en esta ocasi贸n a Castilla 鈥搉os informa Aguirre鈥, el capit谩n Garc铆a Rodr铆guez de Vergara llamado por el Rey. Tambi茅n fue esta la ocasi贸n que condujo al soberano las primicias del R铆o de la Plata, que su real acuerdo consigui贸 a los oficiales reales de Sevilla, como muestras de los productos de la tierra. Consist铆an en panes de az煤car, yei o trementina de la tierra, cueros de Anta, de tigre y venado, unos crudos y otros adobados que costaron 2638 cu帽as y en 3786 vs. de lienzo de algod贸n que importaron 60846 cu帽as, siendo curiosa la especificaci贸n del lienzo".

"Las cu帽as de moneda de que se habla en la anterior relaci贸n de lienzos, eran de las que se llamaron de mala moneda y tambi茅n moneda com煤n. 14 val铆an una de las buenas o del ayunque o 100 mrs y por consiguiente val铆a una de las malas 7 1/7 mrs".

La subsistencia estaba tan adelantada que ya casi nada ten铆an que desear. Las expediciones al Per煤 la proporcionaron el bien de algunas plantas, y aunque no se dice cu谩les, es probable fuese la m谩s apreciable, la ca帽a dulce. El trigo, la uva, la cebada, estaban ya arraigados, tra铆dos desde Espa帽a. La cera, aves, caza, pesca y varias legumbres de Chacareo eran abundantes y grande el servicio que ten铆an. Toda clase de ganados procreaba en sus campa帽as (1134). S贸lo el rengl贸n del vestuario fue generalmente pobre, reducido a lencer铆a de algod贸n y al uso de la peleter铆a. La pobreza de su conquista les puso en una total incomunicaci贸n mercantil y por consiguiente en una carest铆a de otros bienes para un pasar tal cual decente y acomodado, nos refiere Aguirre (1135).

"Cuando cundi贸 en Espa帽a 鈥揹ice E. Cardozo鈥, la convicci贸n de que su seno no guardaba oro ni plata, el Paraguay qued贸 librado a su propia suerte". "Ya ten茅is entendido, reza una Real C茅dula dirigida en 1553 a la Casa de Contrataci贸n, la dificultad que hay en la provisi贸n de las cosas de la prouincia del rrio de la plata y quanta necesidad ay de remedio en aquella tierra, ansi en las cosas tocantes a la doctrina cristiana y conversi贸n de los naturales della como en lo de la justicia, lo cual parece que se podra mal hazer y con gran dificultad y gasto si en aquella tierra no se descubriesen minas de oro e plata para que en ocasion desto pudiesen yr navios con las cosas necesarias para la provisi贸n della" (1136). Tan bajo cay贸 el prestigio del Paraguay, sin minas de plata y oro, que el cl茅rigo Mart铆n Gonz谩lez dudaba que se hallaran soldados y gente para pr贸ximas expediciones desde Espa帽a, por "la mala fama que ha cobrado aquella tierra, que en ment谩ndola, escupen..." (1137).

"A帽os pasaron sin una noticia, sin un socorro, sin un solo barco de Espa帽a. En 1562, luego de cerca de una d茅cada de absoluta incomunicaci贸n con Espa帽a, las autoridades asunce帽as admitieron que el abandono del Paraguay por la Corona se deb铆a, antes que nada, al poco o ning煤n cr茅dito que destas provincias se tiene, viendo las muchas armadas y gentes que a ella an venido y las pocas o ningunas que buelven por no aver en ellas oro ni plata ni grangerias provechosas que son principales causas de la perpetuidad de las tierras". Tal afirm贸 el contador real Felipe de C谩ceres (1138).

El "Agro del Mundo", le llamaba Ortiz de Vergara, que es cosa maravillosa y no hay otra necesidad de que S.M. la mande poblar" y en otro documento dec铆a: "la gran ciudad de la Asunci贸n donde hay de todas las cosas." (1139).

"El primero y principal producto 鈥搉os dice Fu1gencio R. Moreno鈥 agr铆cola fue el MAIZ, el oro de la tierra, que la naturaleza pr贸vida permitia florecer y fructificar dos veces al a帽o".

"La MANDIOCA, otro fruto nativo, contribuy贸 tambi茅n con abundancia a la provisi贸n de la conquista" (1140).

"En 1564, cuando Asunci贸n despert贸 con la conciencia de que deb铆a cumplir una misi贸n civilizadora y no solamente buscar minas de oro y de plata, a煤n no confiaba en sus propias fuerzas. Por eso su empe帽o en contar ayuda de la lejana metr贸poli. Las fundaciones que plane贸 no se podr铆an asentar sino es con el calor que venga de esos Reynos para que se pueda estrechar en fundar con todo lo necesario, dec铆a el Cabildo en 1564 (1141). Craso error de los Cabildantes asunce帽os que pronto enmendar铆an los hechos. No solamente Asunci贸n continu贸 sustent谩ndose a s铆 misma, sino que fracasada la armada de Ortiz de Z谩rate coste贸 ella sola la obra fundacional, y concurri贸 sol铆cita y generosa a la ayuda de sus ciudades filiales cada vez que de ella ten铆an menester".

"Asunci贸n pudo realizar tal esfuerzo porque pronto constituy贸 una unidad econ贸mica que se sustentaba a s铆 misma: su feraz tierra le proporcionaba cuanto requer铆a para satisfacer sus necesidades. Ortiz de Vergara aseguraba: "que todas las cosas que se siembran producen con mucha facilidad; los ganados no se an visto en el mundo darse mejor. Vacas, caballos, ovejas, cabras, puercos, vi帽as de todo bidue帽o, blanco y negro, granadas, higos y muchas frutas de la tierra... Es cosa marabillosa el grandor de las cidras y el vi莽io de los dem谩s 谩rboles del agro" (1142).

Mart铆n de Oru茅, por la misma 茅poca, registraba un no menos extasiado inventario de lo que se cultivaba en la tierra paraguaya; ma铆z, frijoles, cebada, trigo, habas, calabazas, melones, mandulgues (sic), uvas, higos, granadas, algod贸n, batata, mandioca, ca帽a de az煤car. Hab铆a tambi茅n salitre que basta para hacer p贸lvora, desde muy cerca de la ciudad comenzaban los mayores y m谩s hermosos pastos y aguadas del mundo y tierras de labor, y el ganado crec铆a tanto que era menester alejarlos del pueblo porque van en crecimiento Dios mediante". Para la construcci贸n de navios, segu铆a diciendo Oru茅, la tierra ofrec铆a ligaz贸n de laurel, tablaz贸n de cedro, m谩stiles, antenas y remos, garabata mejor que el c谩帽amo para hacer jarcias y cables, estopa para calafatear. Las velas se hac铆an de los lienzos de algod贸n que m谩s se usaban para la vestimenta; la lana serv铆a para mantas y telas de invierno; curt铆anse cueros de vaca para suelas y se adobaban cordobanes para calzado. Pon铆an en movimiento la naciente industria paraguaya una legi贸n de artesanos, h谩biles en todas las manufacturas. "Ay 鈥揹ec铆a Oru茅鈥 todo g茅nero de oficiales, de carpinteros, de calafates, herreros que hazen muy buenos arcabuzes, cordoneros, toneleros, sastres" (1143).

"Simult谩neamente con la adjudicaci贸n de sitios cerca de la casa fuerte, e1 gobierno procedi贸 a la repartici贸n de terrenos en las afueras de la ciudad a medida que 茅sta fue creciendo, multiplic贸se tambi茅n el n煤mero de propietarios de aquellas fincas 鈥揺xpresa Fulgencio R. Moreno. Esas peque帽as heredades, destinadas a los cultivos, eran el granero de la Asunci贸n; y la determinaci贸n de sus situaciones podr铆a se帽alar tambi茅n claramente la direcci贸n de la expansi贸n agr铆cola en el territorio asunce帽o, que se acentu贸 con el tiempo, aun bajo la presi贸n del peligro".

"El Per铆metro inicial del cultivo asunceno arranc贸 de ese modo de la vial y, al abarcar mayor espacio, tendi贸 primero hacia los f茅rtiles valles de Tapu谩 en cuya extremidad plant贸 su chacra el m谩s grande caudillo de la conquista, y desde donde se extend铆an, entre bosques y colinas, peque帽as haciendas r煤sticas hasta los terrenos salinos de Lambar茅".

M谩s adelante apunta Moreno. "Esos peque帽os centros de explotaci贸n rural, situados en derredor del primitivo n煤cleo urbano, ocuparon al principio en las cercan铆as del r铆o Paraguay, los amenos valles y boscosos terrenos de preferencia en la primera regi贸n, determinaron el sentido de la expansi贸n agr铆cola en los contornos de la ciudad"

"Los productos principales de las chacras eran el "abat铆" (ma铆z) "el trigo de la tierra" como le llamaba Alvar N煤帽ez, y el "mandiog" (mandioca), que proporcionaba la preciosa harina alimenticia, que constituy贸 la provisi贸n predilecta de la conquista: el "cumand谩" (porotos), casi de tantas variedades como el ma铆z, el "manduv铆" (cacahuete), "especie de avellana", seg煤n dec铆an los espa帽oles; y por fin el "yety", el "andai" y el "curapep茅". Y juntos con ellos, el "mandiy煤" (algod贸n), amorosamente cuidado, que suministraba en abundancia esa util铆sima materia prima, genuinamente guaran铆, a la incipiente manufactura de la ciudad" (1144).

En esta ciudad y su tierra se da mucha comida, 鈥揹ec铆a Mart铆n de Oru茅鈥, en tal manera que casi todo el a帽o se provee de la heredad, porque el ma铆z da dos veces en el a帽o" y "cerca de Asunci贸n hay los mejores y m谩s hermosos pastos y aguadas del mundo y tierras de labor". Un Oidor de Charcas informaba al rey en 1566: "La tierra es muy apacible y larga y muy f茅rtil. donde se da trigo y hay vi帽as y todas frutas de Castilla y arroz en gran cantidad" (1145).

Con los impuestos obtenidos de esos renglones (algod贸n, caraguat谩, el lienzo), se satisfac铆an en gran parte los sueldos de los empleados civiles y los emolumentos eclesi谩sticos, figurando en primera l铆nea el algod贸n, el ma铆z, los frijoles, la mandioca y la cera, sin contar con el ganado. El producto de los diezmos, por los primeros conceptos, durante el bienio de 1567 a 1568, fue de 10.800 libras de algod贸n y 9.000 fanegas de ma铆z" (1146).

"De los frutos importados 鈥揷ontin煤a Moreno鈥 el que dio vida a la primera industria, fue la ca帽a de az煤car, cuyo trabajo corr铆a a cargo de las indias. El primer instrumento algo m谩s eficaz para exprimir la ca帽a dulce se debi贸, seg煤n su propia referencia, a Diego Mart铆nez, conquistador que se hizo cl茅rigo a mediados del Siglo XVI, y que aparece asimismo, como un h谩bil industrial que provey贸 a la colonia de los primeros anzuelos, agujas, tijeras, cuchillos, dagas y fuelles de fabricaci贸n asuncena (1147). En la misma 茅poca se produc铆a tambi茅n az煤car en abundancia para el consumo interno de la que, en 1556, se envi贸 una peque帽a partida, como muestra a los oficiales de Sevilla. "El az煤car se hace sin haber maestro ni ingenio, ni trapiche", dec铆a con tal motivo, el fundador de la Asunci贸n, Juan de Salazar. La falta de maquinarias y personas competentes para la industria dificult贸 bastante su desarrollo hasta la llegada de Juan de Garay quien trajo consigo del Per煤 "el primer maestro de hacer az煤car" dando ocasi贸n a un sensible progreso en la producci贸n de miel, az煤car, y dulce, que comenzaron a ser objeto de exportaci贸n".

"La introducci贸n de la vid, y su cultivo, que se inici贸 con 茅xito, dieron asimismo nacimiento a otra de las industrias m谩s antiguas de la provincia. El vino que se produc铆a en los primeros tiempos fue, seg煤n parece de excelente calidad. "Dase todo vi帽edo y se coje mucho y buen vino", dice L贸pez de Velazco en su "Geograf铆a y Descripci贸n Universal de las Indias" de 1571. Y Martin de Oru茅 escrib铆a al rey en 1573 que la cosecha alcanzaba ese a帽o a m谩s de 6.000 arrobas, agregando que el "vino es bueno y cada d铆a va en alzamiento" (1148). En 1602, exist铆an en el espacio de seis leguas alrededor de la Asunci贸n, 127 vi帽edos con 1.778.000 cepas".

"El vino procedente del Paraguay ten铆a en Buenos Aires, todav铆a en 1620, un precio superior al que introduc铆a de Chile y de C贸rdoba". Y ese mismo producto, as铆 como otros no menos apreciables, se exportaba a las poblaciones del interior. Santa Fe era el punto intermedio del comercio asunceno con las ciudades de occidente: "es puerto de muchas mercader铆as, escrib铆a el tesorero Montalvo, que vienen de la Gobernaci贸n de Tucum谩n para subir de ally a la ciudad de la Asunci贸n y de ally bajan otros muchos a Santa Fe de az煤cares y confituras y diacitriones y diversidad de conservas y vinos y otras cosas para los llevar a la gobernaci贸n del Tucum谩n y al Per煤" (1149). A pocos d铆as de fundada Buenos Aires, despach谩banse tambi茅n para Espa帽a en una carabela una buena partida de productos an谩logos, procedentes de la Asunci贸n" (1150).

Oscar Luis Ensink, dice "que en Asunci贸n no hab铆a moneda met谩lica, por lo tanto, quienes de all铆 partieron para fundar Santa Fe nada pod铆an llevar". En otra parte anota: "El problema de la escasez de moneda met谩lica no tuvo soluci贸n alguna en estos a帽os iniciales de la ciudad de Santa Fe. Por un auto datado el 5 de mayo de 1595, nos enteramos que se especulaba con mercader铆as como vino, miel, az煤car, vinagre, etc, y que la quer铆an sacar de Santa Fe. Se oblig贸 a los tenedores de las mismas a que no saquen el tercio de todo lo referido y lo den a las personas que por ellos fuere en las monedas que est谩n establecidas en esta ciudad..." Pocos d铆as despu茅s, el 5 de junio de ese a帽o 1595, se trata en el Cabildo el precio del vino que se hab铆a tra铆do de Asunci贸n. Se establece la arroba de vino en 22 pesos si se pagaba en lienzo, en 24 pesos si en sayal; de 30 pesos en otras monedas" (1151).

Garzon Maceda, comenta que Juan de Soria y Lope de la Pe帽a formaron una compa帽铆a con un capital de 2.700 pesos oro y ropas de la tierra con el objeto de vender en C贸rdoba y Paraguay por bueyes, vacas, etc.", y todo esto consta en un protocolo del a帽o 1590 de la ciudad de C贸rdoba.

"Precisamente en el a帽o 1600 鈥揺xpresa otro documento de C贸rdoba鈥, los rnercaderes, ante ciertas medidas de control de sus actividades consiguen que las multas por infracciones se han de pagar en reales las que lleguen a diez, pesos, y de diez para arriba en ropa de la tierra".

"Los g茅neros de la tierra 鈥揹ec铆a en 1607 el Gobernador de Tucum谩n, Alonzo de Rivera鈥, son lienzo, pa帽uelos, alpargatas, calcetas de algod贸n, cordobanes, zuelas y vaquetas y ganado". Y prosigue; los principales miembros de esta provincia son mercaderes que van de Potos铆 a Buenos Aires y de aqu铆 a Chile y al Paraguay" (1152).

"Con este fomento 鈥揷omenta el Padre Guevara鈥, se cultivaron las granjas en n煤mero, que visitando el a帽o 1595 el teniente Juan Caballero Baz谩n los pagos de Tapyperi, Capiat谩 y Valsequillo, hall贸 ciento cincuenta y tres granjas; y visitando el a帽o de 1602 Hernando Arias de Saavedra los contornos de la ciudad, en distancia de seis para siete leguas hasta Capiat谩 y Salinas, encontr贸 272 alquer铆as, 187 vi帽as, y en 茅stas un mill贸n setecientas sesenta y ocho mil cepas. As铆 los antiguos, como laboriosos, sab铆an utilizarse de la buena cualidad del terreno" (1153).

El Cabildo de Asunci贸n, en acuerdo del 26 de marzo de 1596, prohibe sacar dos nav铆os con vino para Santa Fe, luego la autoriza, pero limit谩ndola a las dos terceras partes de la cantidad inicial (1154).

El 5 de marzo de 1596, el Cabildo de Asunci贸n, establec铆a el Precio del Vino del presente a帽o, "... a un precio moderado/cada arroba por diez pesos corrientes y no m谩s".

D铆as despu茅s, el 1 de abril de 1596, el mismo Cabildo establecio lo siguiente: "... mandavan y mandaron se pregone pucamente en esta cibdad y todas las personas que tuviesen vino q sacar della sean obligados a Registrar bajo juramenteo el vino, q cada uno tuviera y proveyere en esta ciudad, y q dejando la tercia parte dello/en poder de la persona o personas q por sus mds. les fuere mandado pa lo tenga en su custodia y guarda para con ello por su quenta, y ra莽on acudir a las personas q dello tuviere/necesidad a un precio moderado/..." (1155).

Por Acta del Cabildo del 18 de enero de 1600, se determin贸 que por conocimientos y escrituras p煤blicas a pagar en vino por San Sebasti谩n de este presente a帽o, que siendo el vino bueno, caro y asentado y de dar y recibir que valga y se cuente cada una arroba a doce pesos corrientes, y no m谩s ni menos y porque esta cosecha ha sido algo tard铆a y el vino que se ha hecho no est谩 asentado, para que de todo punto est茅 bueno, mandaron se dilaten los pagamentos para hasta el d铆a del Se帽or San Blas y en todo el mes de febrero de este presente a帽o, etc." (1156).

Francisco S谩nchez de Vega. Certificado de que el Cabildo puso postura al vino que se hizo en la cosecha. Asunci贸n, noviembre 2 de 1618. Esfuerzo para regular el precio del vino. Asunci贸n, Noviembre 2 de 1618. (1157).

Manuel de Fr铆as, refiere las Semillas introducidas en las Provincias del R铆o de la Plata y Paraguay, el 21 de mayo de 1621. Adem谩s del comercio de granos con el Brasil, c谩帽amo, jengibre, lino, almendras, apicultura y el comercio de Contrabando portug茅s (1158).

En este 煤ltimo aspecto, el comercio de Contrabando por el Brasil, lleg贸 hasta el Consejo de Indias, un Dictamen fiscal sobre queja de Manuel de Frias contra la entrada de extranjeros en el Paraguay por v铆a del Brasil, en fecha 13 de diciembre de 1621, y solicitaba se tomen medidas preventivas contra el contrabando comercial con Brasil (1159).

El 6 de febrero de 1640, el Cabildo de Asunci贸n, dispuso entre otras cosas "...q鈥 en esta ciudad se a cogido este a帽o muy poco vino por la esterilidad de las vi帽as y porque se an hecho algunas escrituras a pagar en Vino a la postura del cavildo y abiendo dado y tomado sobre el como acordamos de un acuerdo conformes que valgan la arrova de vino a quarenta pessos corrientes en monedas usuales de esta tierra. A este precio se paguen las deudas que establecen fechas, sin pedir, m谩s ni menos precios por ello..." (1160).

El cabildo de Asunci贸n, el 30 de enero de 1645, fija el precio del Vino a 50 pesos de monedas esto para las pagas. Y por otro acuerdo del 5 de febrero de 1647, se mantuvo el mismo precio en las pagas que se hubieren de hazer" (1161).

Por C茅dula Real, del 7 de junio de 1618, dada en Madrid, el Rey, orden贸 uniformar el sistema de las pesas y medidas de pan y vino, mandando que todas las dem谩s ciudades tengan el mismo sistema que los observados en la Ciudad de Asunci贸n, "os mando me env铆es relaci贸n sobre ello con parecer en la primera Ocasi贸n para que visto en el dho mi consejo seprobea lo que conbenga enceytes probexereis seguarden lospesos y medidas quetiene p煤blicos y sellados en su Ayuntamientos los Ciudades Cabezas..." (1162).

Por otra C茅dula Real del a帽o 1618, se prohibe meter frutos del Brasil y de otros reinos, salvo ropas y otras cosas muy forzosas, "el gobernador Hernando Arias de Saavedra lo prohibi贸 por el bien de los dem谩s... suppme. fuese exidido mandar nosemetan... los dichos frutos del Brasil nidestos Reynos... (1163).

Por C茅dula Real del a帽o 1618, se dispuso "que para que por Tiempo de seis a帽os suspendiese sacar... dos mil fanegas de ma铆z... quinientos... y quinientas arrobas de sebo y llevarlo al Brasil... lo mismo de caballos m铆os... y en premio a la gran escasez de lienzo calzado y otras cosas puedan traer en compensaci贸n... (1164).

Por C茅dula Real del a帽o 1619, se ordena se procure plantar "de arboles de granos, an铆s, claero, canela, pimienta, nuez, nogueras, nogales, trigo, cebada, ca帽amo y lino que por cedula me de primero de psdo osembr茅 a mandar procurarles introducir enessa tierra xon estentida y de tanbuenos pueblos y apacibles temples de que resultare mucho aprovechamiento asuvisitantes y naturales y beneficio am Real hacienda por los derechos que me pertenezcan mediante su tr谩fico..." Prosigue el Rey haciendo alusi贸n al importante comercio del ganado del Paraguay que podr铆a ser llevado por Chile o el Per煤 y mat谩ndolos "... cuyos cueros se podr谩n traer asi Reynos en los navios de... introduciendo lo que quedare aparte Y lugares donde seconserven sin hazer da帽o...". Esta disposici贸n es de extrema importancia ya que en la parte que nos referimos a la Ganader铆a, se da cuenta de la forma en que faenaban los vacunos en los primeros tiempos de la Colonia, s贸lo para extraerles el cuero, sebo y cecina exportables, dejando el resto para comida de los cuervos.

Por C茅dula Real se dispone remediar los da帽os en los plant铆os ocasionas por los muchos ganados existentes (1165).

EL AZUCAR

"Originaria de Asia 鈥揺xpresa Pereira Pinto鈥, y cultivada desde la remota antig眉edad en China, Java, pas贸 a Egipto y fue introducida por los 谩rabes despu茅s del a帽o 636 d.C., y plantada, posiblemente, en el sur de Sicilia. Hasta el siglo XIV el az煤car fue un producto de lujo y sumamente escaso".

"Comerciantes genoveses y portugueses 鈥損rosigue Pereira Pinto鈥, la llevaron a Lisboa y de all铆 fue reembarcada a las islas del Cabo Verde y de Madeira, en el siglo XV".

"En 1534, Martin Affonso de Souza celebr贸 un contrato con capitalistas italianos y flamencos para instalar un ingenio en la capitan铆a de Sao Vicente, en el Sud del Brasil. Autores antiguos aseguran que 茅se fue el primero establecido en la colonia." (1166).

Seg煤n este mismo historiador, procedente de la Isla de Madeira, el az煤car fue llevada en 1532 a Sao Vicente, pr贸ximo al actual puerto de Santos, por el nombrado de Souza.

"En 1541 la expedici贸n de Alvar N煤帽ez Cabeza de Vaca desembarc贸 en la costa frente a la isla de Santa Catalina y atravesando territorio nunca pisado por hombre blanco alguno, lleg贸 con numeroso ganado a la ciudad de Asunci贸n", refiere Pereira Pinto. No descartamos la posibilidad de que fuera el mismo Alvar N煤帽ez, el que tambi茅n introdujera el az煤car en la provincia del Paraguay, ya que 14 a帽os despu茅s el Factor Pedro Dorantes declaraba: "En el a帽o 1556, ya se fabricaban az煤car SIN HABER MAESTRO NI INGENIO NI TRAPICHE Y SIN RIESGO" (1167).

"A los siete u ocho d铆as de fundada la ciudad 鈥揺l 18 o 19 de junio 鈥, ya part铆a para Espa帽a la embarcaci贸n SAN CRISTOBAL DE BUENAVENTURA, con pasajeros portadores de comunicaciones de Garay, y con cargamentos de cueros y az煤car (1168), afirma Ricardo Levene (1169).

El 5 de junio de 1595, se re煤ne el Cabildo de Asunci贸n, y dijeron que por cuanto en esta ciudad hay mucho desorden en el excesivo precio que los maestros de hacer az煤car llevan a los vecinos de esta Ciudad, de lo que resulta que se los llevan la mayor parte, quedando los se帽ores del az煤car pobres padeciendo mucho trabajo en el beneficio de las dichas ca帽as, atento a lo cual acudiendo al remedio "mandavan y mandaron/ q todos los dhos aqucareros q al prte ay Enesta cabdad,lleven por su trabajo y solicitud de cinco partes olibras una del a莽ucar q ans铆 hicieren dandol贸/acabadoy purgado y atento/ a q maestto loren莽o persona q a si mismo hace az煤qar/lleba de ordinario quatto calderas de cobre y espumadores yla ayuda necesaria y ser como es un onbre preminente... los cuales lo cumplan so pena de ducientos pesos aplicados por tercias partes denunciador gastos de Repuca y desposito de Esta cabdad/En los cuales desde luego davan y dieron por condenados alos q lo quebrantaren y no lo cumplieren/y mandavan y mandaron sea pregonado pucamente por q venga anotia de todos y ninguna pretenda ygnorancia..." (1170).

El 17 de agosto de 1595, el Cabildo de Asunci贸n... dijo q a su noticia habenido q el cabido y rejimto desta dha cabdad hapuesto horden y tasa Enlo q ande llebar los maestros dehacer azuqar por su trabajo reserbando de todo: En todo: amaese lorenzo menaglioto y como seentienda conel/1 dha tasa/como consta por El auto q dello sehico que Esta Enl libro del Cabdo... El dho su abto agrabiando Enel alos Bezos y moradores desta Cabdad y alos demas/maestros dela dha a莽ucar reserbando como tienen reserbado al dho mae lorenco) deciendo q nose Entienda con el/Elllebar de cinco partes la una como semanda a los demas maestros/diciendoser hombre prominente y q por llevar calderas y espumadores/se pueda concertar con los vezos y se帽ores delos ca帽aberales como le pareciere/como en el dho autor secontiene/ a q se debe considerar... dijo q mandaba y mandda. mi El pretes帽o. notifique al dho me, lorenco q Embargante El gravamen q la Jusa.y regimto. tienen pu茅s por sus autos por donde aElsolamente no letienen puesta tasa En lo que obrare y hiciere en lotocante ael a莽ucar de los vz y moradores desta Cabdad/En como su (md le manda/q En ninguna manerapueda/llevar ni lleve/mas delo q llevan los demas maestros dehacer la dha a莽ucar/seg煤n la horden q se declara por el dho auto/q se entiende decinco partes uno/o de cinco libras una.../so pena de quets pesos pa la camara desumat denunciador y deposito deste cibdad por terciar partes///y q. si por llevar calderas y dem谩s materiales necesarios pa labrar los dhos a莽ucares se concertare con el se帽or del ca帽averal/lleve por llevar las algun tanto mas confore al concierto q conel se帽or delos ca帽averales hiciere/y no de otta manera y q si ottas obras hace como son curar y visitar Enfermos.. ./al dho loren莽o menaglioto q no deje de hacer los dhos a莽ucares como hasta/aqui ahecho guardando y cumpliendo Este su auto y proveymto dela manera y como Enel se contiene sola dha pena y mas dos a帽os de destierro pa las provincias de guayr谩/de los quales desde luego con mas los dos qutos pesos le dava y dio por condenado con ttaviniendo sin otta sentencia mayor ni menor/..." (1171).

El 25 de agosto de 1595, se notific贸 de la resoluci贸n anterior al interesado y este respondi贸 seg煤n el documento que transcribimos: "... fuy alas casas dela morada del dho loren莽o menaglioto y le notifiq y ley deberbo adberbo El auto desuso proveydo por su (md del dho se帽or general En su persona/El qual aviendol贸 aydo y Entendido dijo q El no es maestro dehace a莽ucar/ni como tal lo a usado sino tan solamte por hacer placer a sus se帽ores y amigos, hecholo q hasta aqui ahecho/y q jamas no allevado por calderas ni espumadores/ni obras buenas q al pueblo aya hecho premo ninguno) sino tan solamente lo q buenamente lean querido dar por su ttabajo los due帽os/de los dhos ca帽averales/ y ansi En lo q alos gravamenes obligaci贸n q su (md por su auto le pone y ansi por no ser maestro del dho oficio de a莽ucar como por no aver llevado anadie mas de tan solamente lo q buenamente le an qrido dar los duelos delos ca帽averales/El dho auto y loEnel contenido/Es muy agraviado y En da帽o y perjuycio del y de su hacienda y ansi//apela del dho auto pa ante quien y con dro debe y puede/ y con q el dho oficio/ no es mecanico pa q se le pueda poner tal y que los maesttos son de diferentes manera y ansi cada uno lleva El premo conforme a sus obras q En el dho oficio hacen/y Esto dio por su Respuesta y lo firmo de su nombre... Laurentio Menaglioto, ante mi: Juan Cantero, Esc. Puco y cado" (1172).

El 28 de agosto del mismo a帽o, el Cabildo toma nota de la respuesta dada por Lorenzo Menaglioto... "tocante a los precios y paga q los maestros de hacer a莽ucar/ ande llevar de su trabajo por El a莽ucar q hicieren Enesta cabdad/ y la apelaci贸n interpuesta por Eluso dho/Respondiendo/ a ello, dijo, q no embarjante lo dho y articulado por Elsuso dho q mandaba y mando se cumpla y guarde/ En todo, por todo el Auto proveydo..." (1173).

El 12 de octubre de 1598, por acuerdo del Cabildo se dispuso ".que se de salario al dicho capell谩n o cura, que tomase a su cargo la administraci贸n de los dichas doctrinas por cada un indio un peso corriente de a ocho reales, como sea de catorce a帽os para arriba los cuales se han de pagar en los cosas y frutos de la tierra, que son vino, az煤car, garavata" (1174).

En Acta Capitular, de Santa Cruz de la Sierra (Bolivia), el 2 de enero de 1687, dice: Por la escasez y carest铆a del ganado, se resolvi贸 que la arrelde de carne que se pagaba a real de az煤car, se pague a real de plata a partir de Pascua de Resurrecci贸n, etc." (1175).

Por otra Acta, del 1 de noviembre de 1637, se expresaba: "El Justicia Mayor General, don Diego Hidalgo de Paredes, propuso que los vecinos socorran al Rey con donativos como lo pide en Real C茅dula que se ley贸, y da el ejemplo donando cien arrobas de az煤car, que es la moneda que corre en esta ciudad" (1176).

"Con la ca帽a de az煤car 鈥揹ice Olinda Massare de Kostianosky鈥, industrializaron el az煤car, existe un documento en el Archivo Nacional donde afirma que en 1650 exist铆an en Asunci贸n 250 trapiches de donde se extra铆an miel de ca帽a" (1177).

"Otros productos que exporta el Paraguay son el tabaco, el az煤car y la miel de ca帽a, sobre los cuales existen numerosos contratos celebrados con vecinos de Santa Fe y Buenos Aires y asentados en los protocolos de los notarios asunce帽os de la segunda mitad del siglo XVII y comienzos del XVIII. Es frecuente encontrar escrituras de obligaci贸n en algunas de estas especies, a pagar en uno de los referidos puertos, a plazo fijo o al primer viaje de determinada embarcaci贸n" (1178).

"A fines del siglo XVI, seg煤n pudo comprobar en una visita el gobernador Hernandarias de Saavedra, exist铆an en los alrededores de Asunci贸n trescientas noventa y nueve alquer铆as y granjas", dice Hip贸lito S谩nchez Quell. "La subsistencia estaba tan adelantada 鈥揹ice Juan Francisco Aguirre鈥 que ya casi nada ten铆an que desear. Las expediciones al Per煤 les proporcionaron el bien de algunas plantas, y aunque no se dice cu谩les, es probable fuese la m谩s apreciable la ca帽a dulce. El trigo, la uva, la cebada, estaban ya arraigados, tra铆dos desde Espa帽a" (1179).

Por Real C茅dula dada en San Lorenzo el 25 de noviembre de 1776, el Rey se dirige al Gobernador y Capit谩n General de la Ciudad y Provincia de Buenos Aires, inform谩ndole que habi茅ndose experimentado en ella una gran escasez de az煤car porque asociados los Confiteros compraban enteramente toda la que iba de Espa帽a, Chile y Paraguay, la estancaban y pon铆an el precio a su antojo y luego la enviaban a Espa帽a en detrimento de los comerciantes espa帽oles, algunos genoveses. El Monarca advert铆a de que ello no volviera a ocurrir en desmedro de los naturales y de sus leg铆timos beneficios (1180).

En el a帽o 1795, la elaboraci贸n de ca帽a para consumo en forma de bebida alcoh贸lica, cobr贸 alguna importancia, lo que motiv贸 que las autoridades se pronunciaran sobre el abuso del mismo (1181).

EL ALGOD脫N

Si bien existen serias sospechas de que el algod贸n era conocido por las distintas parcialidades ind铆genas que habitaban el Paraguay, no poseemos testimonios escritos valederos para afirmarlo. S铆 relatos de un soldado alem谩n, Ulrico Schmidel, quien llegado al Paraguay en 1586 da cuenta en reiteradas oportunidades... "los indios, estos andan desnudos, pero las mujeres, estas tienen un peque帽o trapo hecho de algod贸n, esto lo tienen delante de sus partes desde el ombligo hasta las rodillas". Tambi茅n dice en otra parte: "hay en divina abundancia la miel de la cual se hace vino, tienen much铆simo algod贸n". "... (tambi茅n) las mujeres hacen estos lugares grandes mantas de algod贸n y (tales) son muy sutiles 鈥揷omo ac谩 afuera el arras鈥 y en ellas, en las mantas, hay bordados adentro muchos diversos animales como venados y avestruces y ovejas indias, tambi茅n otras cosas, como una sabe y ha aprendido, etc. Ellas duermen entre estas mantas cuando hace fr铆o o se sientan sobre ellas (o) para lo que quieren usarlas". ... "La cama que uno tiene 鈥揷ontin煤a Schmidel鈥, 茅sa pesa cuatro o cinco h. libras de algod贸n, 茅sa est谩 hecha como una red" (1182).

"Cubr铆an sus partes vergonzosas con un cuero 贸 con un vestido de plumas 贸 adornado con conchitas y en lo dem谩s iban desnudos" comenta el Padre Techo (1183).

Para Alvar N煤帽ez, los indios guaran铆es desconoc铆an el vestido, dato de su importancia por cuanto fue el primer cronista, antes de Ulrico Schmidel. Por el contrario Alvar N煤帽ez, narra c贸mo los "indios de estos pueblos de la venida del Gobernador y gente que consigo iba, lo salieron a recibir al camino, cargados con muchos bastimentos, muy alegres... a los cuales el Gobernador recibi贸 con gran placer... y a los indios principales de los pueblos les dio graciosamente y hizo mercedes de muchas camisas y otros rescates..." (1184).

Por el mes de mayo de 1556, regres贸 a Castilla el Capit谩n Garc铆a Rodr铆guez de Vergara llamado por el Rey y otros. Tambi茅n fue esta la ocasi贸n 鈥搉os describe Juan Francisco Aguirre鈥, que condujo al soberano las primicias del R铆o de la Plata, que su real acuerdo consigui贸 a los oficiales reales de Sevilla, como muestras de los productos de la tierra. Consist铆an en panes de az煤car, yei o trementina de la tierra, cueros de Anta, de tigre y venado, unos crudos y otros adobados que costaron 2.638 cu帽as y en 3.786 V.s de lienzo de algod贸n que importaron 60.846 cu帽as, siendo curiosa la especificaci贸n del lienzo, pondremos el siguiente detalle de que se compon铆a: Lienzo de 4 V.s. por libra 106 V.s a 26 cu帽as V.S a 2.756 cu帽as.

M谩s adelante Aguirre, nos da cuenta del estado de la Ciudad de la Asunci贸n, en sus comienzos: "La subsistencia estaba tan adelantada que ya casi nada ten铆an que desear. Las expediciones al Per煤 le proporcionaron el bien de algunas plantas y aunque no se dice cu谩les es probable fuese la m谩s apreciable la ca帽a dulce... S贸lo el algod贸n del vestuario fue generalmente pobre/reducido a lencer铆a de algod贸n y al uso de la peleter铆a" (1185).

Esta escasez del algod贸n o su rarefacci贸n es lo que la convertir谩 en moneda de la tierra substituyendo al hierro. El mismo Aguirre se encarga de explicar su mecanismo: "Las cu帽as de moneda de que se habla en la anterior relaci贸n de lienzos, eran de las que se llamaron de mala moneda, y tambi茅n moneda com煤n...".

El 4 de diciembre de 1562, es neto el predominio de la vara de lienzo de algod贸n, en las transacciones comerciales, empezando por el propio Gobernador quien "se carg贸 con la deuda total a favor del Rey y de 1.104 1.2 p潞 de oro, a pagar en oro o plata y de no, tres varas de lienzo por peso" (1186).

E1 Peso Plata igual a 3 varas de lienzo.

Apunta Azara al hablar del testamento de Irala: "No he visto otra noticia de los bienes que dej贸, sino la raz贸n tomada ante escribano por el Alcalde Sim贸n Jacqu茅s en 1574 y por la tasaci贸n que se hizo ascend铆a el total a 1.432 varas de lienzo del pa铆s, regulada la vara en dos reales de plata porque no hab铆a otra moneda" (1187).

En 1574, s贸lo reg铆a la vara de lienzo, valor tipo que se prolong贸 hasta 1595. En dicho a帽o y en fecha 26 de junio, el Cabildo estableci贸 una reestructuraci贸n cambiaria modificando las monedas anteriores. El documento expresa:

"El hierro que se contar谩 por medio peso cada libra, el acero por dos pesos, la libra; el algod贸n por doce pesos el quintal; el lienzo por un peso la vara, las cuales monedas nadie podr谩 desechar y valdr谩n todas igualmente incurriendo porque no la reciban o quieran recibirla por menos, en la pena de cien pesos corrientes de a ocho" (1188).

Del uso de la Vara de Lienzo tenemos varios testimonios documentales, tales como la ejecuci贸n pedida el 15 de febrero de 1572, por Diego de Ayala por 105 varas de lienzo que debe a la real hacienda, Segura, Ca帽ete y De la Puente (1189).

El 31 de agosto de 1576, Bartolom茅 Mi帽o, pide venia para gastar 50 varas de lienzo en provecho de Francisca Venencia, de quien est谩 encargado" (1190).

En 1578, se pide permiso para vender estando a precio de dos y medias varas de lienzo para cabra pre帽ada (1191).

El 6 de setiembre de 1593, Bartolom茅 Veneciano, reclama 24 varas de lienzo (1192).

Garz贸n Maceda, expresa que en C贸rdoba "los encomenderos cabildantes negaron a los doctrineros de indios el pago de sus estipendios, en reales o en lienzo, pues en esta tierra no lo hay, y si alg煤n poco de lienzos se hace, es en cuatro o seis vecindades y el tributo que se nos acostumbra a dar es en las especies que tenemos puestas por monedas". Y prosigue m谩s adelante: "La vara de lienzo que se generaliz贸 como moneda de la tierra, figura entre las fijadas por el Cabildo de C贸rdoba, reci茅n en acuerdo de 1598, por no ser de producci贸n abundante hasta 1597 en los obrajes, y no percibirse por tributos". En otra parte, este mismo autor acota: La fijaci贸n de especies monetizadas no era s贸lo una cuesti贸n de escasez de moneda met谩lica. El grupo social dominante, due帽o de la tierra y de la mano de obra india y esclava, fijaba las especies que le conven铆an para sus transacciones locales" y agrega: "Los encomenderos asociados a mercaderes portugueses, reservaban sus reales de plata para los negocios de importaci贸n de mercader铆as europeas y compra de esclavos. y manten铆an los pagos en especies para los tratos locales" (1193).

"Entre tanto 鈥揺xpresa Silvio Zavala鈥, el procurador de las provincias del R铆o de la Plata, Tom谩s de Garay, present贸 al virrey del Per煤, don Luis de Velazco, un memorial. Dec铆a en 茅l que siendo Gobernador Juan Ram铆rez de Velazco, alter贸 y derog贸 todas las c茅dulas y provisiones reales quela ciudad de Asunci贸n. Ten铆a. y en particular derog贸 una en que mandaba su Majestad a la justicia y regimiento de dicha ciudad, que, atento que no hab铆a moneda en aquellas provincias, se hiciese de los "usofrutos" de la tierra, apreciando cada cosa en su valor, y as铆 dicho Cabildo ten铆a hechas ordenanzas... que valieran por monedas, como eran lienzo, hierro, cera, acero, y otras cosas" (1194).

De manera pues, que la historia del algod贸n se halla indisolublemente ligada a la historia de la moneda en el Paraguay, como lo acabamos de demostrar. Y hay m谩s, el mismo documento para probar la extraordinaria escasez de la vara de lienzo, establec铆a que ni las monedas ni rentas, ni g茅neros de compra se pedir铆an terciado. Esta prohibici贸n naci贸 como consecuencia de que el "terciado", o sea la tercera parte de la paga en las compras y ventas en dicho g茅nero introduc铆a una serie de dificultades en el comercio y la Real Hacienda por la escasez del lienzo.

El algod贸n y la vara de lienzo, representaban pues no s贸lo g茅neros de la tierra de uso cotidiano de los habitantes, sino que como expresa el sagaz historiador don Fulgencio R. Moreno; ...el algod贸n y el caraguat谩 continuaron desarrollando las primitivas manufacturas ind铆genas, cuyos productos 鈥揺l lienzo principalmente鈥 reemplazaron bien pronto al hierro y al acero en sus funciones monetarias" (1195).

En esta funci贸n monetaria hay que ver la importancia primitiva del algod贸n (1196), hasta su desmonetizaci贸n o su reemplazo por otros g茅neros de la tierra como la yerba y el tabaco a帽os m谩s tarde. Es ah铆 donde reci茅n el algod贸n adquirir谩 su importancia como producto de la tierra, como veremos m谩s adelante.

No se descarta la explotaci贸n ha que hayan sido sometidos los indios de encomiendas, en las plantaciones de algod贸n, pero no nos consta documentalmente tal explotaci贸n, pero s铆 cabe suponer que los indios se ocuparon por cuenta de sus encomenderos, guardar ganados, reparar casas y sustentar caballos de guerra y otras menudencias personales de poco inter茅s, como es hilar lana y algod贸n para vestirse.

El Gobernador Ram铆rez de Velazco suministr贸 datos bastante completos cuando escrib铆a. "la tasa que hoy tienen es que trabajan cuatro d铆as de la semana en hilar un poco de algod贸n o lana y d谩rsela cada d铆a a cada india tres onzas de algod贸n y vuelven una de hilado, de manera que hecha la cuenta de diez meses, porque los otros dos se les da para sus sementeras, vienen a trabajar, quitadas las fiestas, ciento y treinta y seis d铆as de manera w cada india hila ocho libras y media de hilado en un a帽o, y entran en a varas de lienzo de veinte a veintid贸s libras, las cuales valen treinta pesos de a ocho reales, de manera que tres indias dan provecho a su encomendero los dichos treinta pesos, que cabe a diez cada una". Esta tasa del tributo ind铆gena, transformada en tejidos, adquiri贸 importancia considerable". Esto escrib铆a desde Tucum谩n, donde la plata acu帽ada era atesorada y s贸lo se usaba en el mercado interno tucumano "el lienzo de algod贸n", como sustituto de la moneda. Por eso Juan Carlos Vedoya, denomina al camino de las Provincias de Tucum铆n, Salta y despu茅s Jujuy, hacia Potos铆, 茅l "camino del algod贸n", pues la entrada de plata fue s贸lo una consecuencia de la salida de los tejidos elaborados por las manos de los ind铆genas tucumanos. Esas manos industriosas tejieron la estructura econ贸mica de aquella provincia y hasta le dieron en parte su configuraci贸n pol铆tica al determinar la fundaci贸n de poblaciones" (1197).

El Cabildo de Asunci贸n, en fecha 12 de junio de 1595, se reuni贸 a fin de deliberar a los efectos de determinar la validez de algunas monedas. El documento expresa... "dijeron q por quanto Enesta Cabdad/ay extrema necesidad/de lien莽o/ por lo cual las Rentas Reales desu ma y dem谩s ventas y compras q se hacen/vienen Engran disminuci贸n/por defeto de pedir el tercio En lienqq/atento alo qual por la pre mandavan y mandaron/q desde ei dia q fuere pregonado pu mente/Este su auto y proveym En adelante valgan y seguar谩en y usen las monedas siguientes/hierro a me peso cada una libra/acero a dos pesos cada libra la cera aseys tomines libra/garabata a medio peso cada libra/algod贸n/cada quintal/doce pesos/y una bara de lienqoj un peso/las cuales dhas monedas/niaguna persona de ningun Estado las pueda desechar/siqo que En todo los ttatos q se hicieren/valgan tanto la una como la otta/ no obligando a aadie/ a q pueda ni deva/dar lienqo sino lo tuviere/ni jenero de terciado/los cuales desde luego sus (mds davan y dieron por condenados atodos los quebrantadores E ynobedientes q lo quebrantaren sin otto auto ni sentencia mayor/ni menor los quales desde luegopa en toco/tipo/los aplicaban y aplicaron/En tercias partes/gastos deste cabildo y deposito desta Cabdad y denunciador q dello denunciare). es declaracion q en Almonedas ni Rentas ni Jenero de compras sellame ni pidan terciado/por convenir asu servicio a Dios nro se帽or y buen gobierno desta Cabadad y repu. (1198).

El 9 de octubre de 1595, el Cabildo dispuso "q por quanto a su noticia/ avenido En como/La Casa y padres dela compa帽ia del nombre de Jes煤s/Estan muy necesitados de moneda pa/pagar alos carpinteros q Estan ttabanado Enla obra de!a yglesia q Esta comenqada y noo acabada/y por q sus (mds son ynformados q los dhos oficiales se contenta con alg煤n sayas pa se vestir/y pa su Remedio// todos unanimes y conformes dijeron q su (mds del alld tomas degaray/y andr茅s lobato degodoy//saquen delos mercaderes opersona q lo tubiere/una partida de cien baras de El dho yas pa el dho efecto/los quales sepagaron sin falta alguna/por los capitulares del dho cabildo/cada q los sea pedido//..." (1199).

El Cabildo habla sobre lienzo diciendo "En la ciudad de Asunci贸n, en veinti煤n d铆as del mes de abril de mil seiscientos catorce a帽os, de esta ciudad, estando en su cabildo este dicho acordaron un谩nime y conformes de que se hiciese... en raz贸n del valor del lienzo as铆 del que se trae de la Gobernaci贸n como del que se teje en la tierra e lo pusieron lo uno y lo otro a peso y medio y que corra por moneda de las del cabildo como lo ha sido antes de ahora y que nadie la venda a m谩s de peso y medio so pena de perdido el lienzo que as铆 vendiese y de cincuenta pesos de pena para cada vez que lo vendiese a mas del dicho precio y de... en tercias partes Juez denunciador y su magestad as铆 lo proveyeron y mandaron a pregonar para que venga la noticia a todos" (1200).

En las Cajas Reales de la Ciudad de Corrientes, durante los a帽os 1613 a 1646, se entregaban "lienzo, cera y algod贸n". Este se recib铆a a tres pesos. El algod贸n es una de las monedas que corren esta ciudad", as铆 como "el lienzo de ley como se acostumbra hacer las pagas a Su Magestad" (1201).

En el a帽o 1648, "Pedro de Baldivia y Brizuela, vecino de la ciudad de Asunci贸n del Paraguay", pago "Real alcavalas de veintid贸s pesos en tantas varas de lienzo de algod贸n que jur贸 a Dios... ser la cantidad que debe de los g茅neros que trajo de la dicha ciudad y lo firm贸 de mi nombre" (1202).

El 5 de enero de 1629, el Cabildo dispuso, ".. .Por quanto no correr en esta dha ciud. plata acu帽ada El Cavildo Justa. y Regimto. tiene se帽alado Por monedas usuales de cavildo Para hacer los pagos de las Rentas rreales y otras que se hazen de tratos y contratos: el lien莽o a dos ps. vara y el hierro ados Reales y acero a Pesso libra cera quatro Reales, libra, garavata tres livras al pesso dandol茅 el valor de la Plata y asi corri贸 muchos a帽os hasta que de a poco tpo 谩 esta parte por eso se 谩 alterado en los precios subiendolos contra lo dispuesto y ordenado/ ...y asimismo el algod贸n por ser genero tan conveniente en esta ciudad valga x dos rreales libra..." (1203).

Por otra disposici贸n del Cabildo, del 29 de octubre de 1640, se estableci贸 que "... los Cabildos pasados decretaron en forma de ordenanza q una de las dichas monedas corrientes fuese el lienzo de algod贸n q se texe en esta tierra de una vara de ancho bien tejido y q no sea sencillo d谩ndole valor de dos pesos por cada vara siendo el Lienzo en la forma dicha y assi a corrido y corri贸 muchos a帽os..." (1204).

LAS INDIAS TEJEDURAS

"LOS OBRAJES"

Jos茅 Mar铆a Ots Capdequi, afirma que el Virrey del Per煤 don Francisco de Toledo debi贸 dictar disposiciones especiales para evitar que los "indios caciques" obligaran a las indias a trabajar en los obrajes de pa帽os "horas excesivas con salarios irrisorios". Pero en cambio y lo que s铆 observamos y nos llama la atenci贸n es que el catedr谩tico haya silenciado 鈥搚 con ello introducido confusi贸n鈥 que fue verdaderamente el emperador Carlos I quien por Real C茅dula del 9 de noviembre de 1549 (Recopilaci贸n, Libro I, t铆tulo 1, ley 15) dispuso que "ning煤n encomendero u otra persona Premie a las indias a que se encierren en corrales, ni otras partes a hilar y tejer ropa que hubieren de tributar en ning煤n caso ni forma, y tengan libertad para hacer esto en sus casas, de modo que no se les haga ni reciban agravio", y entendemos que el emperador antecedi贸 en bastantes a帽os al virrey. (1205).

Contrariamente a lo que ocurri贸 en algunas provincias como Tucum谩n, donde se impusieron r铆gidas medidas, por el Gobernador Gonzalo de Abreu, el 10 de abril de 1576, y que podemos resumir en los siguientes: 1) El servicio personal obligatorio y sin ning煤n salario, durante cuatro d铆as de la semana 鈥搎ue pudo ser por toda la semana鈥, y en transcurso de diez meses, 2) La concentraci贸n obligatoria para hilar y tejer en el lugar "que les fuere dedicado", y de donde habr铆an de "soltarlas" durante una hora para su descanso y comida, 3) La imposici贸n de un horario de trabajo, pr谩cticamente de sol a sol, efectivo entre once y catorce horas, seg煤n invierno o verano; 4) La obligaci贸n de hilar y tejer sin tasa durante todo el horario por falta de una cantidad fija predeterminada, y 5) La inclusi贸n en las obligaciones anteriores de todas las indias entre diez y cincuenta a帽os de edad. Todos estos puntos 鈥揷omenta Juan Carlos Vedoya鈥, infring铆an abiertamente lo dispuesto en las Leyes de Indias, tornaban legal lo que en ellas estaba penado y so color de la protecci贸n del indio 鈥搕al como se titularon las "ordenanzas"鈥 reglamentaban su explotaci贸n por la clase feudataria". Por eso, en los cinco puntos que hemos se帽alado 鈥揷oncluye Vedoya鈥, la contradicci贸n entre el derecho y la costumbre es flagrante y total. Y como de ambos, sin discusi贸n, debieron primar en la aplicaci贸n las "ordenanzas" locales de los gobernadores, cae de su peso la ineficacia total del llamado "Derecho Indiano", cuando sus prescripciones contradec铆an la realidad "productiva" imperante en las provincias americanas" (1206).

Por el contrario, en la Provincia del Paraguay, hemos visto las disposiciones tomadas por Irala y Cabeza de Vaca, a fin de morigerar el trato dado a los indios, que lejos estaba de parecerse a las descriptas anteriormente.

Sin embargo, ante las protestas de los vecinos de Asunci贸n, referentes a que os indios llamados originarios no vivan en las ch谩caras de sus encomenderos, dec铆an estos vecinos que la fatiga que ocasiona el ejercicio de la hilansa en quese ocupan estas indias, se puede reputar antes por gran servicio a Dios, porque en la Ciudad y Provincia todo el vestuario deste gentio dimana de dha hilansa ytoda lagente com煤n assi de espa帽ola Indias Negras sean de Pueblo originarias hilan por virtud. Con una diferencia que las del los pueblos trabajan doblado, porque hilan para que les den algod贸n amedias, para su Vestuario, el de su marido, e hijos. Y estas como es encomendero les da el algod贸n hilan s贸lo para s铆 y para sus hijos y maridos. Luego manifiestan que las indias del Paraguay, no saben hilar lana, ni telas, ni bordar, ni coser, labrar ni hacer juntas, como las de las Provincias del Tucum谩n y otras (1207).

"Los "obrajes" 鈥 talleres de hilados y tejidos 鈥 se encontraban organizados en su mayor铆a de acuerdo con el tipo de trabajo ARTESANAL: con sus maestros, oficiales y aprendices y requiri茅ndose haber pasado los dos grados inferiores y rendido el examen de "obra maestra", para lograr con el t铆tulo de MAESTRO la licencia de regentear un obraje", refiere Jos茅 Mar铆a Rosa.

"No fue el taller artesanal el 煤nico tipo de producci贸n colonial: algunos encomenderos de indios emplearon la mano de obra de 茅stos, excus谩ndose en la carencia de oficiales libres de nacionalidad espa帽ola. Pero las "encomiendas industriales", constituyeron excepciones toleradas solamente mientras se consolidaron los "obrajes" artesanales. El Virrey del Per煤, don Francisco de Toledo, reglament贸 minuciosamente en 1601 el trabajo de los ind铆genas en las industrias manufactureras evitando cualquier abuso de los encomenderos (1208). Y finalmente fue suprimido por varios decretos y ordenanzas reales (1209).

En cambio 鈥 prosigue Rosa 鈥, en las REDUCCIONES Y MISIONES con mano de obra ind铆gena fueron habituales, por cuanto constitu铆an uno de los fundamentos mismos de la creaci贸n de tales establecimientos que era la educaci贸n ind铆gena tanto en las labores agr铆colas como en las manuales. Aqu铆 el producto de la industria ind铆gena reca铆a exclusivamente en beneficio de las mismas reducciones y misiones" (1210) (1211).

"Los due帽os de los talleres textiles tambi茅n constitu铆an un sector importante de la poblaci贸n. La actividad que desempe帽aban lleg贸 a su m谩xima intensidad en las 煤ltimas d茅cadas del siglo XVII. Una fuente estima que en el 谩rea que ocupa actualmente el Per煤 exist铆an alrededor de trescientos talleres. Estos establecimientos textiles eran llamados "obrajes".

"Durante el siglo siguiente su importancia decreci贸 y se especializaron solamente en la producci贸n de ropas del tipo m谩s barato (denominadas "ropa de la tierra"), ya que no pod铆an competir con aquellas de mejor calidad producidas en Europa. En el episcopado de Cuzco hab铆a una gran concentraci贸n de obrajes de dimensiones diferentes (algunos de ellos conocidos como "chorrillos", eran peque帽os y estaban organizados sobre la base de trabajo familiar. Algunas f谩bricas textiles daban ocupaci贸n a numerosos obreros, que en algunos pocos casos llegaban al millar (1212). Como ya se mencion贸, Cuzco desempe帽aba el papel de exportador neto de tejidos burdos para el Alto Per煤, una parte de esta mercanc铆a llegaba desde otras regiones del Per煤 y tambi茅n desde Quito (M. Helmer, REVISTA DE INDIAS, y Viedma, 1836). (1213).

"El algod贸n se coge en mucha abundancia en toda la Gobernaci贸n del Paraguay 鈥揹ir铆a m谩s tarde el Padre Lozano鈥 y en partes de ella como hacia Curuguaty y Caaguaz煤, se forma la planta 谩rbol..." (1214).

Al respecto comenta Manuel Dom铆nguez. "Hacia Curuguaty el algodonero es 谩rbol, seg煤n el citado sabio jesuita. Ni para ir tan lejos. En la Asunci贸n vemos algodoneros tama帽os 谩rboles. En los Estados Unidos (otra variedad) es anual, trienal en Tejas. La variedad m谩s com煤n del Paraguay (Gossipium barbadense d Gossipium peruvianum) dura diez a帽os. Parece que hay ventaja en esto de la duraci贸n".

"Crece espont谩neamente 鈥 contin煤a Dom铆nguez 鈥 隆C贸mo que no hay algod贸n nativo del Paraguay! La voz ind铆gena MANDY-YU ya lo est谩 diciendo" (1215).

El sabio Bertoni, habla de otra especie por 茅l conocida denominada "Gossypium Religiosum", es muy probablemente ind铆gena de estas regiones tambi茅n, y el antiguo cultivo guaran铆 nos ha dejado algunas variedades muy apreciables" (1216).

Yendo un poco m谩s lejos en las Misiones Jesu铆ticas se vest铆an del algod贸n que los indios cog铆an y trabajaban sobrando mucho "para vender y comerciar", nos dice Gortari (1217).

Mois茅s S. Bertoni, sabio suizo que dirigi贸 la Escuela de Agricultura a comienzos del siglo pasado es concluyente al afirmar; "Entre los cultivos cuyos resultados pueden probar de una manera irrefutable el grandioso porvenir reservado a este pa铆s como productor agr铆cola, uno de los m谩s importantes es seguramente el algodonero".

"La enorme producci贸n ser谩 una de las mayores fuentes de riqueza" (1218).

"Tambi茅n 鈥揹ice Angles y Cortari鈥, conducen de las dichas Misiones en sus embarcaciones propias m谩s de setenta a ochenta mil varas de LIENZOS DE ALGOD脫N, que es muy gastable en aquellas partes, y se vende a cuatro, cinco, seis reales cada vara... que todo se vende, y adquieren considerables porciones de caudal, sin pagar, ni contribuir alcabala alguna ni derecho de entrada, o impuestos para la defensa de la Ciudad de Santa Fe, a煤n estando tan fatigada y afligida del Enemigo" (1219).

El Corregidor del Cabildo y Administrador del Pueblo de Guarambar茅, don Jos茅 Joaqu铆n de Zevallos, se dirige al Gobernador Intendente, manifest谩ndole "haver convenido con Don Juan G贸mez, de hacerle hilar en este pueblo veinte y cinco arrobas de Algod贸n, pagando 谩 esta Comunidad el mencionado G贸mez por la total hilanza cien Baquillas de dos a帽os escogidas a nuestra satisfacci贸n", solicitando para el caso la correspondiente licencia (1220).

LAS INDUSTRIAS

Seg煤n Andr茅s M. Carretero, en la Am茅rica Colonial todo lo producido estaba orientado a satisfacer el mercado mundial regimentado por las naciones m谩s desarrolladas industrialmente. Por otra parte, las manifestaciones artesanales y manufactureras que se implantaron escala en Am茅rica, fueron siempre inferiores en calidad y adelanto tecnol贸gico, pues las metr贸polis prefirieron ser ellas las manufacturera de las materias primas, relegando a Am茅rica a satisfacer las necesidades de subsistencia con elementos t茅cnicos atrasados. De ninguna manera permitieron la introducci贸n en los dominios coloniales de m谩quinas o artefactos altamente evolucionados, reserv谩ndose el privilegio de explotaci贸n. Desde el punto de vista tecnol贸gico las colonias tambi茅n fueron supeditadas".

"Ese es el caso de las manifestaciones textiles de todo el Virreinato 鈥損rosigue Carretero鈥. La estructura de estas manifestaciones estaba limitada a satisfacer las demandas del mercado interno y si bien el volumen f铆sico de ellas era considerable la calidad de la producci贸n no alcanz贸 un nivel suficiente para satisfacer la demanda de las clases m谩s acomodadas de la colonia. Tampoco alcanz贸 una calidad suficiente para competir con productos similares en los pa铆ses europeos poseedores de industria textil. Esa inferioridad estaba compensada temporalmente cuando exist铆a guerra internacional y no pod铆an llegar mercader铆as ultramarinas. Al fin lo de la iniciaci贸n del siglo XIX los informes existentes sobre la industria textil del virreinato eran todos pesimistas, pues el peso de la tarea estaba en manos de mujeres que realizaban la obra en telares arcaicos y obsoletos, manteniendo no obstante la originalidad de la producci贸n artesanal" (1221).

Transcribiendo opiniones del historiador espa帽ol Flores Estrada, Andr茅s M. Carretero aclara que son muy ilustrativas a este respecto las palabras que se reproducen: "... Por 煤ltimo nos resta a煤n por analizar la situaci贸n de la industria colonial en las postrimer铆as del siglo XVIII y comienzos del XIX. Al respecto, ya advertimos en la introducci贸n de este apartado, que la industria fue el sector menos favorecido, por el gobierno de la metr贸poli, de la econom铆a americana. Todos los intentos de poner en marcha un cierto desarrollo industrial fracasaron, unas veces por propia iniciativa del gobierno espa帽ol y otras cediendo a las presiones ejercidas por los grupos olig谩rquicos predominantes en los principales centros mar铆timos y comerciales de la Pen铆nsula".

"Hay que tener presente que aquellas posesiones constitu铆an el principal mercado consumidor de las manufacturas nacionales y que por ello, tanto la corona como los propios fabricantes y comerciantes, estaban vivamente interesados en impedir el establecimiento de manufacturas en dichos dominios. Su objetivo era evitar a toda costa que la demanda de manufacturas espa帽olas sufriese disminuci贸n alguna. Pese a todo, hubo algunos establecimientos industriales que lograron un cierto grado de desarrollo, sobre todo los del ramo textil..." (1222).

Carretero afirma: "No es que la producci贸n de las mencionadas manufacturas coloniales estuviese en condiciones de competir con la espa帽ola, sin embargo consum铆a una parte de la demanda interior, provocando la consiguiente disminuci贸n de las exportaciones nacionales, y esto era algo que no estaban dispuestos a consentir en la metr贸poli. La respuesta del gobierno espa帽ol al incremento de las manufacturas coloniales fue la Real Orden de 28 de noviembre de 1800 prohibiendo el establecimiento de manufacturas en las colonias, orden que a su vez fue ratificada por otra de 30 de octubre de 1801, "relativa al exceso notado en el establecimiento en aquel Reyno de F谩bricas y artefactos contrarios a los que prosperan en Espa帽a y tienen por principal objeto el surtido de nuestras Am茅ricas". Aunque el t铆tulo de esta real orden es bastante expl铆cito y responde fielmente a su contenido, no obstante reproducimos a continuaci贸n su texto 铆ntegro, por considerarlo altamente sugerente:

"S.M. no puede permitir que se multipliquen o aumenten ni a煤n que subsistan hasta la 茅poca de paz porque lo estima contrario al bien y a la felicidad de todos sus vasallos y dominios y recela que acostumbrados sus vasallos a los calores y trabajos de dichos establecimientos rehusaron despu茅s volver a las minas de oro y plata y al cultivo de los preciosos frutos y efectos de esos reinos que tienen seguro consumo en esta pen铆nsula".

"As铆 que quiere S.M. de V.E. se dedique con toda prudencia, celo y la preferencia correspondiente a examinar cu谩ntos y cu谩les son los establecimientos de f谩bricas y manufacturas que se hallan en todo el distrito de su domando... y a procurar la destrucci贸n de ellos por los medios que estime conveniente aunque sea tom谩ndolos por cuenta de la Real Hacienda y so calor de hacerlo para fomentarlos".

"Como puede comprobarse 鈥損rosigue Carretero鈥, el texto resulta realmente revelador. En 茅l se pone claramente de manifiesto el verdadero significado que tenian las colonias para el gobierno de la metr贸poli. Su contenido, por tanto, encierra mucho m谩s de lo que el t铆tulo anunciaba. En efecto, no se trata solo de una disposici贸n por muy dr谩stica e injusta que ella sea, por la que se prohibe el establecimiento de manufacturas en aquellos dominios y se ordena la destrucci贸n de las existentes. En este texto, se exponen adem谩s con toda claridad y sin lugar a dudas de ning煤n g茅nero, los verdaderos intereses de la metr贸poli en aquellas colonias. Hay un orden claramente establecido: en primer lugar, las minas de oro y planta, y en segundo, "los preciosos frutos y efectos de esos reinos". A la industria, en cambio no se le reservaba lugar alguno, es m谩s, deb铆a desaparecer, ya que iba en contra del "bien y la felicidad" de los vasallos y dominios de la monarqu铆a espa帽ola..." (1223).

"Las autoridades espa帽olas no tuvieron empacho en pretender destruir las manifestaciones artesanales o manufactureras del virreinato si ellas pod铆an dificultar la venta de los productos europeos, como es el caso de la Real Ordenanza de 1784, para destruir la industria sombrerera".

"Para comprender el proceso de decaimiento de Espa帽a y su dependencia con respecto a otras naciones europeas, es necesario tener un panorama de los hechos internacionales ocurridos entre 1750 y 1810". Dicho per铆odo ha sido abundantemente abordado en la 煤ltima parte de este trabajo, por lo que all铆 nos remitimos para su mejor comprensi贸n.

S贸lo diremos, que Andr茅s M. Carretero, por 煤ltimo sostiene que la "corona de Espa帽a facilit贸 su dependencia econ贸mica al otorgar permisos a firmas espa帽olas y extranjeras para introducir grandes cantidades de mercader铆as y sacar de retorno frutos de la tierra".

"En 1804, pese a la situaci贸n internacional, se permiti贸 la libre introducci贸n de mercader铆as inglesas al R铆o de la Plata (1224), aument谩ndose de esta manera la introducci贸n de productos industrializados, que al internarse a las regiones interiores hac铆an la competencia a la producci贸n local. Ese a帽o Santa Coloma sintetiz贸 el panorama comercial de Buenos Aires al expresar la sensible baja de precios debido al contrabando y los permisos reales, y el auge de salida de cueros y dem谩s productos de la tierra. El desequilibrio general se tradujo en un inusitado aumento del costo de la vida y el inter茅s del dinero alcanz贸 el 6%. A todo esto deben agregarse los fraudes realizados por los comerciantes para aumentar sus ganancias" (1225).

"El triunvirato capitular 鈥揺xpresa Fulgencio R. Moreno鈥, que ejerc铆a el gobierno, en ausencia de Velasco, recibi贸 la noticia cuando m谩s empe帽ado se hallaba en aumentar los recursos de la defensa".

Seg煤n Moreno, los Sres. Haedo, Car铆simo y Bedoya, que ejerc铆an el gobierno interino hab铆a resuelto activar la instalaci贸n de una f谩brica de p贸lvora, bajo la direcci贸n de don Agust铆n Mar铆a Ant煤nez, ordenando que prestaran su cooperaci贸n, en la forma que fueran solicitados, todos los jefes militares "corregidores, cabildos; administradores de los pueblos deindios, jueces comisionados y dem谩s autoridades de los pueblos de campa帽a" (M.S. del Archivo Nacional Garay, obra citada (1226).

LOS ORIGINES DE LA YERBA

Es indudable que los indios guaran铆es, fueron los primitivos habitantes de los yerbales. Esta planta, exist铆a en estado natural en casi toda la provincia.

Los primeros documentos que encontramos sobre el particular, datan de mucho tiempo despu茅s de la conquista y colonizaci贸n, lo que hace suponer la tenaz defensa que sobre dichos yerbales ejercieron los indios para no ser despojados de tan preciado producto.

El 1 de enero de 1603, encontramos un arrendamiento de "coca" o Yerba de Mbaracay煤 a Lucas de Balbuena en 510 pesos de Reales comprado en Remate, y dicho arrendamiento era s贸lo por 40 d铆as (1227).

El 25 de mayo de 1603, un documento dispuso sobre la venta de yerba "viendo la gran falta que en esta ciudad ay de yerba por haberse serrado el puerto de moracay煤 y no navegarse a comprador la cantidad de ella para despu茅s en adelante revenderla, cediendo el precio com煤n que el cavildo se tiene puestos... ordeno y mando que de ninguna manera la dicha yerba sino fuera seis libras de pesso como se ha acostumbrado vender en tipo que estaba recibido por moneda y fruto de la tierra, so pena de multa de 200 pesos y perdida de tal yerba aplicados por tercias partes Camara de S. Magestad. Sanchez Valderrama" (1228).

El 3 de agosto de 1605, Juan de Rodas, apoderado del Cabildo de Asunci贸n, reclama sus derechos en yerbales por ante el Capit谩n General de estas Provincias (1229).

"Posesi贸n de los extra帽os. Indios "Guan谩". Poco a poco 鈥搑elata C茅sar C. Samaniego鈥, dichos indios fueron cediendo, especialmente los m谩s bravos y temerarios, palmo a palmo, sus dominios a los yerberos extra帽os, y 茅stos esparc铆an yerbas por los aires y vociferaban "posesi贸n, posesi贸n" en se帽al de victoria y de dominio, en los yerbales de CURUGUATY, YCUAMANDYYU, CAREMA, etc., hasta el Paran谩. Los indios que ocupaban los yerbales del Alto Paraguay, despu茅s de Concepci贸n y sus inmediaciones se caracterizaban por cierto grado de bondad y hasta concesiones hospitalarias. Estos indios manifestaron siempre un terror p谩nico ante un indio "GUANA" "AVA PYTA" (cabello colorado), al extremo de huir del rancho yerbatero, como asustado, y de no volver a 茅l mientras un GUANA custodie el rancho".

"Se cree 鈥揷ontin煤a Samaniego鈥 que los indios que habitaban el Paraguay conoc铆an y usaban la yerba-mate desde remotas 茅pocas, y que la yerba preferida era la YLEX LATIFOLIA; la YLEX LONGIFOLIA no era utilizada".

"Se escribe, que en el a帽o 1592, Hernando Arias de Saavedra, y en 10, Ruiz D铆az de Guzm谩n, sorprendieron a unos indios guaran铆es que le eran hostiles y hechos prisioneros, fueron revisadas las GUAYACAS" (peque帽os sacos de cueros en el que transportaban todo lo de m谩s preciado pose铆an, por su valor, o por sus propiedades o virtudes extraordinarias), y encontraron en ellas, bien envueltos, en pieles delgadas y suaves, polvo que result贸 ser "CAA", o yerba mate" (1230).

"Es uno de los mayores encantamientos que ai en esta tierra" dec铆a en 1628 el Padre Nicol谩s Mastrillo Dur谩n. Y segu铆a: "Quando no tien con que comprarla dan sus calzones y frezadas, y uvo mujer que quit贸 las tejas del texados por hierva, en que dizen que consiste su salud en tanta forma que quando les falta hierva desfallecen y dicen que no pueden vivir" (1231). Sin embargo, el Padre jesuita Nicol谩s del Techo opinaba de diferente manera: Muchas son las virtudes que se atribuyen a dicha yerba 鈥揹ec铆a 鈥 lo mismo reconcilia el sue帽o que desvela, igualmente calma el hambre que la estimula y favorece la digesti贸n; repara las fuerzas, infunde alegr铆a y cura varias enfermedades. Los que se acostumbran a ella no pueden pasar sin usarla, y afirman que si dejaran tal h谩bito, se debilitar铆an y no podr铆an prolongar la existencia, y de tal manera los domina este vicio, que si no pueden adquirir buenamente dicha yerba, venden cuanto tienen para hacerse con ella" (1232).

"En 1618 鈥揹ice Efra铆m Cardozo鈥, Hernandarias qued贸 espantado al comprobar c贸mo entre uno y otro viaje a Asunci贸n, la yerba se hab铆a apoderado tan violenta y enteramente del 谩nimo y la voluntad de sus compatriotas, que se propuso cortar de ra铆z EL MAL USSO DESTA BEBIDA QUE HACE A LOS ONBRES VICIOSOS y araganes. Orden贸 muchos castigos en los mercaderes y personas que la trajinaban, ASTA QUEMARSELA, y pidi贸 a la Corona que se vedara TRATO TAN PERJUICIALY DE TANTO DA脩O AUN PARA LOS QUE LO TOMAN PUES DEMAS DEL ESTRAGO DE LA VIDA ES GRANDE EL DE SU HAZIENDA QUE LA GASTAN EN COMPRARLA" (1233).

"En la Audiencia de Charcas, se formul贸 una denunciaci贸n del embargo y destrucci贸n de yerba ordenado por Hernandarias" (1234).

Seg煤n del Techo, las palabras pronunciadas por Hernandarias fueron: "No estra帽茅is esta demostraci贸n, porque me mueve a ello el grande amor que os profeso, pues oigo que me dice presagioso mi coraz贸n que esta yerba ha de ser fatal ruina de vuestra numeros铆sima naci贸n, y 隆ojal谩!, jam谩s ninguno de vosotros hubiera descubierto a los espa帽oles el pernicioso uso de ella, que tan caro os ha de costar en los tiempos futuros" (1235).

Y el Padre Ruiz de Montoya, otro c茅lebre jesuita, asegur贸 a sus superiores, en abono de aquella denuncia que el laboreo de la yerba en las selvas de Maracay煤, mina principal de la infusi贸n, NUNCA PUEDE SER SIN PECADO, porque de fuerza le siguen MUERTES DESASTRADAS SIN CONFESION, HAMBRE ORDINARIA, AGRAVIOS INFINITOS, QUE PARA DEZIRLOS ERA NECESARIO HACER HISTORIA" (1236).

Seg煤n el Padre Guevara S.J., Hernandarias quem贸 en p煤blica plaza la talega, conteniendo la yerba, diciendo a los indios; "no extra帽茅is esta demostraci贸n, porque a ella me mueve el grande amor que os profeso, pues oigo, que me dice presagioso el coraz贸n, que esta yerba ser谩 la ruina de vuestra naci贸n" (1237).

En un Memorial del provincial de la Compa帽铆a de Jes煤s, P. Torres, acus贸 el uso de la yerba ante el Santo Oficio de la Inquisici贸n como una superstici贸n diab贸lica que acarrea muchos da帽os (1238).

El doctor Gaspar de Escalona Ag眉ero, oidor de la real audiencia de Chile, en su gazophilacio Regio Peruano, libro 2, p. 2, cap. 31, escribe que es general opini贸n en las Provincias del Paraguay que San Bartolom茅 la mostr贸 y descubri贸 a los naturales. "Tengo por ap贸crifa esta relaci贸n 鈥揹ice el P. del Techo鈥, por las razones dichas y creo discurre con mayor verosimilitud el licenciado Diego de Zevallos, quien en su docto Tratado del Recto uso de la Yerba del Paraguay, impreso en Lima, a帽o 1667, dice que descubri贸 su uso y aun le dio la virtud desde el Brasil, predicando el Evangelio, a la provincia de Mbaracay煤, hall贸 selvas dilatadas de estos 谩rboles cuyas hojas eran mort铆fero veneno, pero tostadas por el santo ap贸stol, perdieron en su manos y en el fuego, todo lo nocivo, quedando eficaz ant铆doto". (1239).

Pero la verdad, es que, San Bartolom茅, Santo Tom谩s y todos los conquistadores, catequistas, hasta ap贸stoles que pisaron el Paraguay, en vez de ense帽ar lo aprendieron fue, precisamente, el uso de la yerba-mate y sus efectos.

Del uso que hac铆an los indios, Samaniego da cuenta de que usaban la yerba-mate, en la forma de mate en las tolder铆as o en el "tapyhi" (rancho de paja o yuyo muy bajo y chico, que serv铆a de refugio al indio y su familia) y que absorb铆an el mate en bombillas de peque帽as ca帽as (ca帽a de castilla, Arundo donax sp. L) pero mascaban la yerba mate, durante largas marchas guerreras o correr铆as tras la pesca o la caza. Mascaban la yerba que hoy llamamos MBOROVIR脡. Desde much铆simos a帽os atr谩s, la costumbre de mascar la yerba mate fue, en absoluto, abandonada.

"Los Jesuitas generalizaron la costumbre del uso de la yerba-mate en forma de t茅, y validos de esta gran tisana hac铆an olvidar a sus feligreses y ne贸fitos la tentaci贸n de la embriaguez. Los catec煤menos de las treinta localidades, mentadas con mucha fama en la historia, como misiones jesu铆ticas, de gran m茅rito en la obra benefactora de civilizaci贸n y progreso de la Provincia del Paraguay, recib铆an al par de comestibles, la suficiente raci贸n de yerba-mate para el t茅".

"Los cultivos de las plantas de la yerba-mate fue, puede asegurarse, iniciado por los mismos jesuitas, m谩s o menos, desde el a帽o 1609, persiguiendo un doble objetivo: 1. Acercar a sus poblaciones planta tan valiosa cuanto 煤til, por su precio y gran consumo; 2. Alejar la tendencia a la haraganer铆a, estimulando, en vez, el amor al trabajo, y asimismo, ense帽ar que es obligaci贸n del hombre construir, y reconstruir lo destruido, para la permanente existencia de las cosas".

"Los primeros jesuitas que llegaron al Paraguay, fueron los italianos Si贸n Mazeta y Jos茅 Cataldino, enviados por Felipe II, en 1608, a pedido e Hernando Arias de Saavedra, el primer paraguayo que gobern贸 el Paraguay en la era colonial, durante tres per铆odos (1591-1618), m谩s o menos 15 a帽os.

En 1609 los dos jesuitas nombrados ejerc铆an funciones de misioneros en Guayr谩. En esta misma 茅poca los P.P. Lorenzana y Francisco de San Mart铆n, fundaron la reducci贸n de San Ignacio Guaz煤, y puede decirse que, as铆 inici贸 lo que m谩s tarde se llamar铆a Misiones del Paraguay. Luego el franciscano Luis de Bola帽os fund贸 las reducciones de Yuty y Caazap谩 al norte del Tebicuary. El Padre Montoya en 1631 baj贸 el r铆o Paran谩 seguido por 12.000 indios catequizados y fund贸 las reducciones de Corpus, San Ignacio Mini, Loreto, Candelaria y otras, sobre los r铆os Paran谩 y Uruguay que m谩s tarde pasaron a constituir la Provincia de las Misiones, hoy territorio Nacional de Misiones.

Hay que recordar, que los jesuitas obtuvieron como concesi贸n especial del gobierno espa帽ol, la exclusividad para la explotaci贸n y comercio, de la yerba-mate, merced a la valiosa intervenci贸n en favor de la Compa帽铆a de San Ignacio de Loyola" (1240).

En efecto, por Real C茅dula se declara a los colegios y casas de la Compa帽铆a de Jes煤s exentos del pago de imposiciones y otros tributos, Sisas y Arbitrios (1241).

"La yerba-mate tan perseguida por los jesuitas de la primera hora 鈥揺xpresa Guillermo Furlong S.J.鈥 s贸lo tolerada por los de la segunda, lleg贸 a ser uno de los elementos civilizadores, pues acab贸 con la borrachera, y con la secuela de males que 茅sta trae y fue la m谩s rica fuente de recursos".

La regi贸n yerbatera era Maracay煤, distante como 120 贸 140 leguas as铆 de la Asunci贸n, como de la regi贸n misionera. All铆 crec铆a en estado silvestre y de la m谩s excelente calidad".

Haciendo un par茅ntesis, debemos acotar aqu铆 que fue el Gobernador C茅spedes Xeria, emparentado con la poderosa familia de los S谩 (1242), quien viniera desde San Pablo, pasando por Mbaracayu, quien comprender铆a el aprovechamiento racional de la fuerza de trabajo de los pueblos de encomienda en los beneficios yerbateros (1243).

Ya hemos indicado en otra parte, que fue el Gobernador C茅spedes Xeria en 1629, qui茅n inicio una pol铆tica distinta a la practicada por sus antecesores. Su sucesor, Mart铆n de Ledesma Valderrama, no le qued贸 la saga y fue durante su gobierno que se produjo un aumento considerable del estanco en Mbaracay煤, pasando de una producci贸n de 2.000 libras a unas 6.600 libras anuales entre 1630 y 1636. No obstante, su modesto desarrollo ser谩 reci茅n a partir de los a帽os 1660, cuando la Yerba desplaza al vino, al az煤car y al algod贸n, como materia netamente exportable y sufre a la vez una de las peores contracciones, a su comercio, al imponerse las gabelas en el Puerto Preciso de Santa Fe. Precisamente son elocuentes los datos de la cantidad de yerba entrada en Santa Fe en el a帽o 1675, cuyo total fue de 19.437 arrobas (26.942 por los beneficiadores exportadores) y 2.493, por los Jesuitas, cantidad que no vari贸 sino sensiblemente para el a帽o 1682.

De acuerdo a datos extra铆dos de las entradas de yerba a Santa Fe, entre los a帽os 1700 a 1716, el volumen de las mismas fue de 21.191 arrobas, arrojando la cantidad de 74.253 arrobas para el 煤ltimo a帽o. Esto nos da idea de la importancia del volumen exportable del Paraguay.

"Los indios, desde tiempos inmemoriales, y los espa帽oles, desde principios del siglo XVII, y tal vez antes, conocieron los yerbales de Maracay煤, y estos 煤ltimos los explotaron afanosamente por medio de los ind铆genas, que ten铆an a su servicio. Muchas veces, sin proveerles siquiera de los bastimentos necesarios para un viaje y una estad铆a de cuatro a seis meses, y sin proporcionarles los medios m谩s adecuados para el acarreo de la yerba no pocos espa帽oles abusaban criminalmente de los pobres indios".

"Como se ve por lo que llevamos dicho 鈥損rosigue el P. Furlong鈥, lo nefasto y criminal en el laboreo de los yerbales de Maracay煤 no estaba en la cosa misma, sino en la manera: 茅poca inadecuada del a帽o, falta de las necesarias provisiones, carencia de medios para trabajar y acarrear la yerba. En esto estuvo la enorme diferencia entre el proceder de todos, o de muchos de los encomenderos, y el proceder de los jesuitas con sus indios. En casi todo el decurso del siglo XVII las Reducciones dependieron exclusivamente de los yerbales de Maracay煤 para proveer de yerba dos veces al d铆a a unos 100.000 entusiastas del mate y para recoger la necesaria yerba con qu茅 pagar el tributo al Rey, ya que era el 煤nico producto misionero de venta segura".

En otra parte el P. Furlong S. J. se refiere al predicamento de que gozaba sin lugar a dudas la yerba del Mbaracay煤, expresando: "No solamente en 1670, a帽o que escrib铆a el Padre Ricardo, pero a煤n en 1720, la yerba misionera no ten铆a el predicamento y aceptaci贸n de la yerba de Maracay煤. Por eso, aun en este postrer a帽o, consta que, para sacar con qu茅 pagar el tributo del Rey, de las doce mil arrobas que les era l铆cito exportar, prefer铆an valerse de la yerba de Maracay煤. Era, pues, una necesidad, aunque pesada para los indios. Por eso se les hac铆a lo m谩s tolerable, as铆 los viajes como la estad铆a".

Despu茅s de hablar del manipuleo para la elaboraci贸n de la yerba, su molienda y la cerraz贸n cosi茅ndolas en sacos de cuero, el P. Furlong, afirma: "Cada saco constitu铆a un TERCIO DE YERBA o ZURRON DE YERBA, y conten铆a el peso de seis o ocho arrobas".

"Pero fue a principios del siglo XVIII que las cosas cambiaron sensiblemente, ya que los diversos pueblos misioneros adem谩s de contar con sus propios yerbales, los ten铆an de buena calidad. Ello se debi贸 no poco al Padre Jos茅 Arce, quien se empe帽贸 en que todos ellos poseyeran las plantaciones necesarias (1244).

La mejor relaci贸n que nos merece fe, es la del Padre Lozano, quien dice de la yerba: "Si se mira a la utilidad que rinde, sobresale entre todos os 谩rboles el que produce la yerba que llaman comunmente del Paraguay, y el cual es tan propio de estas provincias, que no se halla en otra alguna".

"Son 谩rboles bien altos, frondosos, y gruesos, la hoja es algo gruesa, muy verde y en su figura parece una lengua. El modo de hacer la yerba 鈥揷ontin煤a el Padre Lozano鈥, es cortar los ramos, y poni茅ndolos sobre zarzos, lo tuestan a fuego lento; muelen las hojas tostadas a fuerza de brazos, en unos hoyos que abren en la tierra y la forran con cueros, en todo lo cual, es tal el trabajo de los indios, que se resuelven en sudor, porque preservan todo el d铆a entero en continua acci贸n, muy faltos de alimentos, pues no prueban otro en todo el d铆a que el que les ofrece su ventura en algunas frutas silvestres y cuando a la noche cenan tienen tan corto reposo que dentro de cuatro horas les obligan a levantarse para trasegar a hombros la hoja molida a otros sitios, donde se forman los zurrones de cuero en que se conducen a otras provincias".

"Llamamos a esta penosa labor BENEFICIO 鈥搉os sigue diciendo el P. Lozano鈥, y cierto que no s茅 por qu茅, pues en el due帽o no lo es porque generalmente es su suerte cual la de los mineros de Potos铆 y otras partes, que enriqueciendo al mundo con sus afanes y sudores son por lo com煤n, la gente m谩s pobre, cargada de deudas que no les dejan convertir en propia substancia su trabajo. De los indios, mucho menos, porque es el medio m谩s id贸neo que pudieran haber discurrido los tiranos para destruir el g茅nero humano, o la naci贸n miserabil铆sima de los indios. Era la provincia del Paraguay la m谩s poblada de naturales que se hab铆a descubierto en las Indias, y hoy est谩 casi desierta que apenas se hallan sino los de las Misiones que est谩n a cargo de los jesuitas, 谩 los cuales de piedad nuestros reyes cat贸licos, padres amant铆simos de los pobres indios, tienen eximidos de la intolerable carga de acudir a1 beneficio de la yerba, en remuneraci贸n de su fidelidad y grandes servicios".

"En ida, vuelta y trabajo de los yerbales, suelen emplear los indios diez y seis meses, o cuando menos un a帽o, el af谩n es all谩 continuo sin interrupci贸n aun en los tiempos en que el sol m谩s abrasa que calienta, el alimento tenue y de poca sustancia, por lo que perecen tantos, que afirma el venerable padre Antonio Ruiz de Montoya (1245) que vio por aquellos bosques, osarios bien grandes de indios, que dieron por all铆, sin ning煤n alivio, fin a sus desdichas. Con tan larga ausencia no les queda tiempo para atender a sus casas, hacer sus sementeras, y criar sus hijos, no pueden cobrar amor a sus consortes, y much铆simos desamparan de una vez sus pueblos, y se huyen a provincias distantes, o entre infieles, para no experimentar tan pesado yugo, de donde los pueblos se fueron disminuyendo de tal forma que ahora desmerecen tal nombre".

"Cundi贸 de tal manera en pocos a帽os el uso 鈥損rosigue el P. Lozano鈥, o el abuso de la yerba que s贸lo en la Ciudad de Asunci贸n, se consum铆an de catorce a quince mil arrobas cada a帽o por el de 1620; siendo as铆 que apenas se contaban quinientos vecinos espa帽oles, seg煤n refiere el venerable Padre Marcial de Lorenzana, en una relaci贸n que por mandato del se帽or Felipe Tercero hizo de las cosas del Paraguay".

"El precio a que se compraba cada arroba en el Paraguay era a doce pesos huecos (modo inventado para suplir la falta de moneda sellada, que no hay ni corre en la dicha provincia, equivaliendo un peso acu帽ado a tres huecos" (1246). Conducida a Santa Fe donde corr铆a y corre la moneda de plata, se vend铆a cada arroba en ocho o diez pesos, en la provincia de Tucum谩n de 18 贸 20; y as铆 iba subiendo el precio seg煤n se acercaba al Per煤 (1247) Despu茅s como se iba beneficiando en mayor cantidad, con mayor detrimento de los naturales, fue abaratado este g茅nero de manera que por los a帽os de 1640 val铆a la mitad menos, seg煤n refiere el venerable padre Antonio Ruiz, y hoy ha bajado tanto que se vende ordinariamente en Santa Fe a peso, o doce reales de plata la arroba de yerba que llaman de PALOS".

"Porque es de saber que hay dos diferencias de yerba del Paraguay, una con este nombre, y otra que llaman Caamin铆; ambas se hacen de las hojas de un mismo 谩rbol, pero con diverso beneficio, porque la Caamin铆 despu茅s de bien tostada y molida, se cierne y quitan los m谩s menudos palos, a las de palos se le dejan 茅stos, y pareciendo la diversidad tan poco considerable, con todo eso tal que no aciertan los espa帽oles a beneficiar la Caamin铆 y s铆 tal vez han intentado contrahacerla, les sale tan mala que es menos estimable que la de palos".

"Los m谩s pueblos que doctrina la Compa帽铆a benefician dicha Caamin铆, porque con la plata que produce vendida en Santa Fe o Buenos Aires pagan el tributo que como vasallos deben a su magestad y compran lo que necesitan para adorno de sus lucidas iglesias, y servicios de sus pueblos, en cuya consideraci贸n les es permitido, por real c茅dula del a帽o de 1679, bajen cada a帽o doce mil arrobas, pero siempre les falta mucho para llenar ese n煤mero..." (1248).

Hay que distinguir aqu铆 dos clases de BENEFICIOS, los Generales y los mandamientos o beneficios simples. Los primeros eran aquellos dictados por el Gobernador C茅spedes Xeria, y que arrancan de 1629, y que constituyen todo un ordenamiento jur铆dico, cuyas principales caracter铆sticas son: extensi贸n del servicio de la mita, a seis meses en total, que pueden descomponerse en 4 meses de trabajo en los yerbales y dos meses en las tareas de acarreo. Los ind铆genas que acud铆an al beneficio pod铆an estar a cargo de encomenderos como de no encomenderos ya sea mediante "mandamientos", o simplemente enganchados. No debemos olvidar lo que hab铆amos examinado en otra parte, cual es el papel 鈥揳parte del laboreo de la yerba鈥, la construcci贸n de balsas y canoas, y el oficio de marineros que prestaban los ind铆genas anualmente. Este sistema durar谩 hasta la ca铆da de la regi贸n de Mbaracay煤 en poder de los Bandeirantes en 1676.

En cuanto al beneficio simple y "Mandamientos", se realizaban en cualquier momento del a帽o, y no se hallaban sujetos a las limitaciones del beneficio general, y sol铆an recaer sobre indios de cualquiera de los pueblos. Los Gobernadores otorgaban pues estos "mandamientos", que tuvo una gran importancia desde el inicio de la colonia, y relativo al transporte entre Asunci贸n y las provincias de abajo, y era una asignaci贸n obligatoria del trabajo por parte del conquistador As铆, la construcci贸n de balsas, canoas, puentes, presidios etc., dependieron de los mandamientos, hasta casi fines del siglo XVII, y comprend铆an toda clase de ind铆genas sean comunes o caciques, con el claro objetivo de mantener Mano de obra ocupada en diferentes tareas presuntamente remuneradas.

Sin embargo, a pesar de su gran utilidad, gusto popular y valor comercial, la yerba ten铆a sus detractores como hemos visto en el padre Diego de Torres Bollo quien exhorta al obispo del Paraguay en un memorial de fecha 1 de junio de 1619, a que "ponga todo empe帽o en desarraigar mal tan pernicioso, como el usar dicha yerba con grande da帽o de la salud de las almas y de los cuerpos".

Charlevoix, opina sobre la yerba. "Dist铆nguense com煤nmente dos clases (1249), aunque son salidas de la misma hoja. La primera se llama CAA o CAAMINI, y la segunda CAACUI o YERBA DE PALOS (1250), pero el P. Techo dice que el nombre gen茅rico es CAA, y que hay tres especies llamadas caacui, caamin铆 y caaguaz煤".

"Seg煤n este autor, que pas贸 la mayor parte de su vida en el Paraguay, el caacu铆 es la primera yema cuando empieza apenas a desplegar las hojas, el caamin铆 es la hoja totalmente desarrollada, y de la que se sacan nervios antes de ponerla a tostar: si se dejan, entonces se llama caaguaz煤 o de palos".

"La gran f谩brica de esta yerba se encuentra en la Villa, o sea la nueva Villarrica, que est谩 inmediata a la sierra de Mbaracay煤, situada al este del Paraguay, hacia los 25潞 y 25鈥 de latitud Sur. Esta comarca es la mejor de todas para el cultivo del 谩rbol, mas no crece en las monta帽as mismas, sino en los valles pantanosos que las separan. S谩canse a veces para s贸lo el Per煤 hasta 100.000 arrobas de 25 libras de a 16 onzas cada una, y el precio de la arroba es de siete escudos de nuestra moneda. Sin embargo, la caacu铆 no tiene precio fijo, y la caamin铆, se vende a doble precio que la yerba de palos. Los indios establecidos en las provincias del Uruguay y Paran谩 bajo la direcci贸n de los Jesuitas han sembrado las semillas del 谩rbol tra铆das de Mbaracay煤, las cuales nada o muy poco han degenerado" (1251).

El consumo medio por cada habitante es de una onza por d铆a 鈥搒eg煤n Bounganville鈥. Un obrero puede recolectar 鈥揹ec铆a este autor 鈥 y preparar al menos un quintal, y a veces tres, por d铆a" (1252).

F茅lix de Azara, explica: "As铆, sin hacer caso de los pedacitos de palo ni de la mayor o menor divisi贸n de las hojas, se divide la hierba del Paraguay en dos clases: una que llaman ESCOGIDA O DULCE y otra llamada FUERTE. Una parte de la primera se consume en el Paraguay y la Provincia del R铆o de la Plata, en lo que se pueden emplear unos 5.000 quintales, La otra s贸lo sirve para la exportaci贸n a saber: cerca de 1.000 quintales a Potos铆, y el resto al Per煤, a Chile y a Quito" (1253).

Distinta es la opini贸n del General Math铆as de Angl茅s y Gortari, quien expresa entre otras cosas: "La yerba de palos ha tomado varios precios, seg煤n los tiempos, y la abundancia en unos ha valido dos pesos la arroba, y ha baxado a catorce reales y menos, y a fines del a帽o pasado (escribe en 1769), estando yo en la Ciudad de Santa Fe, la vendi贸 el P. Procurador de Misiones Joseph Astorga 谩 nueve reales la arroba, todo 谩 plata, y despu茅s la vendi贸 a diez reales, y he tenido noticias que ha subido de precio. Y haciendo juicio regular, y moderado de la yerba de palos, que dichos Padres Procuradores vender谩n cada a帽o, pasar谩 de ochenta mil arrobas, y por lo que mira a la m谩s estimada yerba de CAAMINI DE LORETO, durante muchos tiempos se ha vendido a quatro pesos la arroba, todo a plata, y ahora la vendi贸 dicho Padre Astorga a tres pesos y medio; y lo menos que cada a帽o saldr谩n de dichos oficios de Misiones, ser谩n de treinta 谩 quarenta mil arrobas" (1254).

Seg煤n F茅lix de Azara: "Se ha extendido tanto el uso de esta yerba, que se lleva mucho a Potos铆, Chile, Per煤 y Quito, el a帽o 1726 se extrajeron del Paraguay 12.500 quintales de ella, y el de 1798, 50.000 (1255).

"La 煤ltima partida que probablemente utiliz贸 la Real Hacienda de dichas ciudades fue de 1894 libras de hierba que cobr贸 personalmente el tesorero Capit谩n dn. Francisco S谩nchez de Vera, pues pas贸 a tomar cuentas a sus tenientes. En 20 de octubre de 1629 se hizo cargo en la Asunci贸n de 361 pesos 4 rs. Valor de once cestos de hierba que conten铆an 1447 libras. La otra mitad se dio como era de costumbre por los fletes (1256). Despu茅s las 1447 libras las envi贸 en 5 tercios a la caja de Buenos Aires para donde salieron el 22 de abril de 1630. La Villa Rica el a帽o 1674 enter贸 liquidas a S.M. en la Asunci贸n 300 arrobas a 12 libs., y en 1682, 225 arrobas. Estas cantidades no prueban que sean anuales pero s铆 que val铆 algo a S.M.". (1257)

En fecha 3 de julio de 1629, cay贸 en poder de los Oficiales de la Real Hacienda una barca y una balsa, provenientes del pueblo de Mbaracay煤, y seg煤n las declaraciones tomadas por el Cap. Francisco S谩nchez, la yerba tra铆da era de cincuenta mil libras y pertenece a Francisco Garc铆a de Villanueva y a Miguel Gonz谩lez. Sin embargo, sus declaraciones son contradictorias ya que ora dicen haber tra铆do treinta mil libras, ora haber tra铆do sesenta y tres mil libras de yerba cargada (1258).

En el a帽o 1641, se pregon贸 un Bando sobre venta de yerba-mate a los mercaderes de Villa Rica, recomend谩ndoles "que no tomen negociaci贸n, no labren ni cultiven sus cosechas y sementeras, y s贸lo para su sustento..." (1259).

Por otro Bando de esa misma fecha (1641), se emite uno sobre la venta de yerba-mate, que los pobladores de la Villa Rica del Esp铆ritu Santo no lo hagan a los extra帽os a la Villa, y dejen para su consumo, bajo pena de quinientos pesos de plata acu帽ada y m谩s el decomiso de la yerba que se encontrare en infracci贸n. Dado en la Ciudad de la Asunci贸n a 16 de julio de 1641.

Dos a帽os despu茅s, en el a帽o 1648, se presenta una petici贸n al Gobernador por el Procurador General para que no se saque fuera de la ciudad ninguna cantidad de yerba-mate, bajo pena de "mil pesos de plata acu帽ada aplicado todo para la R. Camara de su mag. Dado en Asunci贸n a los 19 d铆as del mes de enero de 1643 (1260)

En el a帽o 1657, por Auto del Gobernador del Paraguay Juan Bl谩squez de Valverde, se prohibe el traslado y conducci贸n de yerba-mate en 谩rganas y a caballos. "Habiendo considerado que los da帽os que esta Rep煤blica padece de falta de cavallos para las ocasiones de guerra y de Indios para beneficiar las tierras y sembrados Resulta de averse permitido despu茅s de pocos a帽os aesta parte trajinar la Yerba desa Villas estta ciudad de buena Sacas Aviendos茅 traydo siempren en balsas, y canoas por el Rio y sucede que la mayor parte no vuelve deste Ciudad, la mitad de los cavallos que se llevan por morirse en Los caminos con la Aspereza ymas de ellos y por consiguiente Los Indios que los arrean... y se ausentan de sus pueblos ando menos faltan con ella ocasi贸n a la ocupaci贸n principal aque est谩n destinados de sembrar las tierras y cultivarlas Para que esta Rep煤blica abundase de mantenimientos y la milicia de gente y decavallos para las ocasiones de guerra v facciones que cada d铆a se ofrezcan..." Todo bajo pena de confiscaci贸n de la yerba traida, los caballos que ser谩n vendidos en p煤blica subasta y doscientos pesos m谩s deacho que se cobrar谩n a los que contravinieren a este auto. Publicaci贸n el d铆a 3 de mayo de 1657" (1261).

El Paraguay sin metales preciosos, y a pesar del descr茅dito en que Hernandarias y los Padres Torres y Ruiz de Montoya, intentaron sumirla, la Corona no les crey贸, y con raz贸n. Ser铆a con el tiempo su principal fuente de recursos, de gran volumen y escaso costo de origen, con impuestos de f谩cil percepci贸n que se fueron escalonando a trav茅s del tiempo estrangulando la 煤nica riqueza apetecida producida de las entra帽as de las selvas milenarias.

"Era un monopolio paraguayo. S贸lo el Paraguay produc铆a la yerba 鈥揹ice Cardozo鈥. Tanto y universalmente se la apetec铆a en todas partes que la estimulante hoja pudo soportar en un mundo comercial sin competencia, los m谩s altos precios. La Real Hacienda se encarg贸 de discriminar ganancias: para el Paraguay nada m谩s que la reposici贸n de los costos y una moderada utilidad, la suficiente para la subsistencia de la industria; el resto para satisfacer la voracidad fiscal, so pretexto de atender necesidades p煤blicas, ni siquiera concernientes a la provincia productora. El Paraguay pronto se convenci贸 de que tampoco la yerba le deparar铆a la grandeza econ贸mica tantas veces so帽ada. No estaba en su destino la opulencia, la. econom铆a no era el faro que guiaba los pasos de su historia" (1262).

En el a帽o 1675, el Regidor y Procurador de Villa Rica del Esp铆ritu Santo, solicita el regreso de los indios que prestaron servicios en la defensa de Asunci贸n contra los guaycur煤es, para destinarlos a los beneficios de yerba mate "para comprar lo necesario por no tener ni dar la tierra otros g茅neros con que aber Lo Como a Vm. Leconsta y que todos los Espa帽oles pobres del Com煤n desta villa, me parece salen en Persona, a hazerla para susustento bestuario..." (1263).

Miguel Castellano y Pedro Rodr铆guez de Cos铆o, se dirigen a S. M. en carta sobre medidas que deben tomarse para impedir que la yerba elaborada en la provincia venga por caminos extraviados a Itat铆n o Corrientes eludiendo el paso por Asunci贸n para evitar el pago de derechos, fechado en Buenos Aires, 28 de noviembre de 1699 (1264).

Melchor de Navarra Rocaful, dirige Carta a S.M. en que pide se suspenda la ejecuci贸n de la Real C茅dula de 26 de febrero de 1680 en que se establecen nuevos impuestos sobre la yerba, vacas; corambres, etc., fechado en Lima, el 24 de octubre de 1683 (1265).

El 28 de octubre de 1673, Francisco Ram铆rez de Guzm谩n, se dirige desde Villa Rica al Gobernador del Paraguay, sobre la dif铆cil situaci贸n que plantea la conducci贸n de la yerba por los r铆os interiores en barcas o canoas por la continua hostilidad de los indios, lo que da lugar a que ciertos vecinos encomenderos formen hombres de escolta para la conducci贸n de las flotas de yerba (1266).

El representante del procurador de Villa Rica, se dirige al Gobernador de la Provincia D. Felipe Rege Corval谩n, para que permita que las cargas de yerba se conduzcan por tierra y no en flotas por el r铆o Curuguat铆 (donde estar铆a fundada entonces la Villa Rica del Esp铆ritu Santo), y cuya solicitud concedi贸 el Gobernador en fecha 2 de marzo de 1673, desde Villa Rica del Esp铆ritu Santo donde se encontraba (1267).

Felipe Rege Corval谩n se dirige en Carta a S.M. sobre el estado de la provincia del Paraguay, fechado en Asunci贸n, 20 de octubre de 1677. Adem谩s se refiere a la regulaci贸n del comercio de la yerba en las Misiones Jesuitas, agricultura y comercio entre Misiones (1268).

Carlos II dirige una Real C茅dula al Presidente y Oidores de la Audiencia Real de la Ciudad de la Plata en la Provincia de Charcas, pidiendo informe sobre las denuncias de Reje Corval谩n sobre el comercio de yerba hecho por los jesuitas impidiendo con la competencia el de la Provincia del Paraguay. Madrid, 25 de julio de 1679 (1269).

"El cabildo dispuso el 15 de mayo 鈥揺xpresa R. Quevedo鈥 que en Villa Rica ya asentada en el paraje de Espinillo, antiguo puesto sobre el r铆o Curuguaty, se perciba el cobro del estanco de la yerba por cuenta del ayuntamiento de Asunci贸n, pues se hab铆a dejado de cobrar desde la invasi贸n portuguesa de 1676".

M谩s adelante expresa Quevedo: "En junio de 1681 la audiencia de Charchas inform贸 al rey sobre la necesidad que ten铆an los vecinos de Asunci贸n y Villa Rica de la explotaci贸n de la yerba-mate, opinaban que los pueblos del Paran谩 y Uruguay a cargo de los jesuitas, s贸lo deber铆an exportar lo necesario y dejar a los paraguayos la explotaci贸n de los yerbales, "pues es el principal fruto del Paraguay, que si les falta no tienen a qu茅 apelar" (1270).

Jos茅 de Herrera y Sotomayor, eleva un Informe a S.M. sobre la falsedad de que los sacerdotes jesuitas eran negociantes. Buenos Aires, 9 de enero de 1683 (1271).

Diego de Altamirano. Carta del Procurador General de la Compa帽铆a de Jes煤s en que suplica a S.M. que no se obligue ninguno de los pueblos que doctrinan los jesuitas a acudir al beneficio de la yerba del Paraguay. 驴1687? (1272).

Carlos II emite una C茅dula Real prohibiendo provisionalmente que los indios de Santiago de Jerez, San Ignacio y Santa Mar铆a sean mitados para explotaci贸n de yerba, Madrid, 6 de abril de 1688 (1273).

Francisco de Monforte, escribe a S.M. sobre beneficio general de yerba que se debe hacer realmente. Asunci贸n, 1 de noviembre de 1689. Adem谩s se refiere al comercio en Paraguay de yerba. (1274).

Bartolom茅 Gonz谩lez B贸veda, Arzobispo de La Plata, escribe a S.M. sobre la inconveniencia de la saca de yerba por los indios de San Ignacio de Nuestra Se帽ora de Fe y Santiago. La Plata, julio 27 de 1690. Adem谩s se refiere al traslado de comercio de la yerba en el Paraguay y sus efectos que tienen sobre ciudades del Paraguay (1275).

El 6 de mayo de 1698, peticiona el teniente oficial D. Esteban Rodr铆guez de Carvajal al Gobernador D. Juan Rodr铆guez Cotta, para que cargue la fragata y lanch贸n cantidad de yerba a cuenta de la real hacienda. Se opuso al mismo y en consecuencia el Gobernador orden贸 se cargue s贸lo en el lanch贸n. En testimonio de verdad. Firma: Juan M茅ndez de Carvajal, Esc. P煤b y Cav. (1276).

En los a帽os 1699-1703, se form贸 un expediente relativo a diversos testimonios de las hostilidades y da帽os que efect煤an los indios infieles de la Naci贸n Montex en los Beneficiadores y Beneficios de la yerba, moneda principal usual y corriente de la Provincia del Paraguay". En este expediente sumamente extenso se detallan todos los acontecimientos protagonizados por los vecinos y los perjuicios causados por los indios monteses, lo que demuestra la falta de sometimiento a la Corona Espa帽ola de los mismos (1277).

El 4 de julio de 1681, el Capit谩n Juan Pati帽o hace la publicaci贸n de la C茅dula Real, manifestando de que"... se public贸 una C茅dula Real de 26 de febrero del a帽o pasado de mil seiscientos y ochenta, por la cual manda su Magestad que de la yerba (moneda usual de esta ciudad y Provincia) que bajare a la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz se pagase a sus Reales Cajas por cada arroba y de la que pasase a las Provincias del Tucum谩n y Per煤 se pagase a peso de ella con cuya noticia el Cabildo de esta ciudad en el acuerdo referido, suplic贸 de ello por las causas y razones expresadas en 茅l, orden谩ndome como un procurador los repitiese ante V.Sa., suplicando asimismo como por 茅l pudiese hablando con el respeto y acatamiento debido". Y luego concluye: "por defecto de plata que no corre en esta Provincia introdujo la costumbre por moneda usual de ello la yerba" (1278).

El 7 de julio de 1681, el cl茅rigo de esta di贸cesis, licenciado Juan Fern谩ndez de Sosa, expres贸: "Que sabe de experiencia que la dicha yerba tiene precio acertado de dos pesos de a ocho reales la arroba y en el mismo precio lo compran los mercaderes a trueque de ropa y otros muchos g茅neros de mercader铆as que traen en esta ciudad, de las provincias de abajo de los que carece esta provincia y sin el dicho comercio es sin duaa que no se podr谩 conservar" (990).

Por orden de los Oficiales Reales de Hacienda, el Maestre de campo, Antonio Cava帽as Ampuero, Tesorero, Juez Oficial de la Real Hacienda de esta Ciudad de la Asunci贸n del Paraguay, embarg贸 bienes labrando la siguiente acta: "En veinticinco de febrero del a帽o pasado de mil seiscientos y ochenta y cuatro se embargaron de cuenta del dicho Capit谩n Pedro Gonz谩lez de Alderete, trescientos y cincuenta y siete tercios y cinco sacas de dicha yerba que pesaron dos mil setecientas y catorce arrobas brutas y en quince sacos de tabaco y cuarenta y cuatro y siete libras, y sigue la que se remiti贸 a Santa Fe de la dicha cuenta" (1280).

Opina Ricardo Levene, sobre la yerba y otras especies que hac铆a de moneda, lo que sigue: "La desvalorizaci贸n intr铆nseca de estas especies, fue mucho mayor cuando perdieron su car谩cter de instrumentos de cambios. Prod煤jose ese hecho en oportunidad de acrecentarse. las fuentes de producci贸n de los frutos nacionales, estimulados por las permisiones de exportaci贸n. Las especies monetizadas aumentaron su valor como mercader铆as prefiriendo el cambio exterior, e incorporando de este modo 鈥損or efecto de los saldos favorables鈥 la moneda met谩lica. Las monedas especies, que no se exportaban y ten铆an su destino en los mercados de consumo propios, perdieron su car谩cter de tales, y libradas a su propio valor, como mercanc铆as sufrieron una sensible desvalorizaci贸n, tanto m谩s notable cuanto que en seguida la Real Hacienda las hizo materia de grav谩menes. Esa fue la situaci贸n creada para la yerba del Paraguay, cuando en 1680 se fij贸 sobre ella un impuesto de medio peso por arroba que bajaba a Buenos Aires y un peso la que se conduc铆a a Tucuman y Peru. Su precio era de do reales "plata" (equivalente a los diez y seis de su anterior valor en peso hueco), de cuyo importe hab铆a que descontar cuatro, en concepto de fletes (cuyo valor tambi茅n se manten铆a) y cuatro por el impuesto de sisa destinado a mantener 850 hombres para el fuerte de buenos Aires (1281).

El P. Pablo Hern谩ndez, tambi茅n hace referencia a esta circunstancia de la desvalorizaci贸n de esta moneda de la tierra: Aparte de la raz贸n de facilitarles el pago, evitando el intermediario las leyes dispon铆an que los indios pod铆an satisfacer el tributo en especies, porque el numerario era escaso. Pero en 1659 el Virrey del Per煤 orden贸, a ra铆z de una petici贸n entablada por el padre Antonio Ruiz de Montoya, que el tributo de los indios de las misiones guaran铆ticas, deb铆a pagarse en plata y no en especie, "un peso de ocho reales por cada indio". Esta resoluci贸n produjo graves inconvenientes en el seno de las misiones, pues siendo la principal riqueza de los indios, la yerba, no pudieron darle salida y f谩cil venta. Los mercaderes del Per煤 que bajaban a comprarla, quer铆an pagar con g茅neros y efectos" (1282).

Los religiosos de la orden de los Predicadores, Fray Alonso Gonz谩lez de Guzm谩n, Vicario Provincial, Fray Felis de Ag眉ero, vice, y Fray Matheo Fern谩ndez y dem谩s religiosos, expresan que habiendo el Rey, y el Virrey del Per煤, y la Real Audiencia de La Plata y Tucum谩n, se orden贸 por Real C茅dula mandar que de la "yerba (moneda usual de esta Prov.) que bajase alas ciudades de S. Fe y Puerto de Buenos ayres, se entracen en sus Rs. Cajas dentro del R. de Plata por cada arroba y de la que se saca alas de mas Prov. de Tucum谩n YPer煤 sepgasen a un peso por arroba de ella para Lamanutenci贸n del Precidio del dho Puerto de Buenos ayres su fecha en medrida a veinte y seis de febrero del a帽o pasado de mil seiscientos ochenta... dado los inconvenientes, los religiosos solicitan del Rey" ...puspendan la dha ejecuci贸n y cumplimiento deladha Rl. Cedula. cuyos motivos se reducen aquesiendo como esta del Paraguay Tan pobre Ynesecitada de todo Lonecesario... ysin tener nigozar de ningunos Thesoros deminerales, plata, oro y otros metales, ni correr en ella la moneda de Plataacu帽ada, se valio de tiempo inmemorial a esta parte del genio Yevua quelaCostumbre introdujo por moneda y el comercio, y el comercio Santo por trato penetrando conella por el inter茅s de su valor hasen entendidos Reynos del Per煤 de cuyo comercio ycorresponden eompuesto lo util y provechoso alos moradores de esta Prov y adyacentes a ella, hasta que abra tiempo de Seis a ocho an esse suprecio y valor llegando al de los pessos y algunosReales Ms. plase de Sta. fee como aycorre en ella por falta de plata y otros de suerte por esta causa la Ropa y otros g茅neros de mercader铆as que se traen a esta Ciud. sevenden los precios crecidos y por nessesidad compran con el trato sehacontinuado moderadamte. tolerando con alguna esperanza de mejorarse en los precios hasta q. lleg贸 la Dha C茅dula de la imposisision en el yerba: que cierra lapuerta alos mejores del comercio porq. los mercaderes comprar a dos pesos la arroba por la Ropa de todo g茅neros, fierro, Jabon, Cobre, hileras, herrajes, vino y otros g茅neros que traen de las Provincias de abajo y de que carece esta y en ella pagan las alcabalas RS, el derecho de romana y al tiempo de conducirla ala ciudades de abajo pagan assimismo quatro Reales de fletespor arroba de ella y la venden ) destarada y pagando en conformidad dha Cedula otros quatro Rs. de cada arroba seviene alos a condicion y con este ejemplar no abra mercader que continue en esta Prov., y los dem谩s no poder viniesen a ellascon... vender谩n entan exse sibos precios jusgando resarcir con el desus ventas Los quatro Reales de la dha imposicion Yapocosdes enga帽ados de superdida esusan el venir a tales vesinos de ella dejar谩n el beneficio de la yerva como consecuencia de que resultar谩 menoscabos en la Rl. hasienda... se servir谩n de suspender la execuci贸n dela dha Rl. Sedula en el inter铆n... En la Assumpn. del Paraguay en dose de elmes de Ehnero de 1682 A帽os" (1283).

En el a帽o 1699, se form贸 un extenso expediente referente a los indios monteses, que hostilizaban y "mataban y despojaban a los beneficiadores de la yerba de todos los efectos de un Beneficio Unica Moneda usual de esta Provincia en grave da帽o y perjuicio del comercio, bien com煤n y utilidad de los Vesinos... "La zona predilecta de estos indios monteses era la de Curuguaty y la de Palomares, y la lucha contra los infieles se prolong贸 por varios a帽os como consta en dicho proceso, ya que en el a帽o 1732, desde la Villa San Isidro de Curuguati, el maestre de Campo, Francisco Fern谩ndes de Mora, tuvo a su cargo la represi贸n de los nombrados indios. Tambi茅n el Cabildo de Asunci贸n se preocup贸 de estas incursiones disponiendo el alerta a las ciudades vecinas de Villa Rica y otras. Luego, en Asunci贸n el 7 de marzo de 1731, el Cap. Joseph Luis Bareiro, vecino feudatario y Alcalde ordinario de primer voto, que corre con el gobierno pol铆tico Aviendo visto estos autos, y el 煤ltimo proveido por los se帽ores del Ilustre Cavildo, Justicia y Regimiento de esta Ciudad... se nombr贸 promotor fiscal y defensor de la Real Hacienda al Cap. don Domingo de Flecha, el cual acept贸 el cargo previo juramento de ley que prest贸 en forma. Posteriormente los autos pasaron a poder del Gnbernador de la Provincia Antonio Ruiz de Arellano, y all铆 qued贸 (1284).

El 6 de octubre de 1699, el Cap. Esteban Rodr铆guez de Carvajal, en su car谩cter de Tesorero y Oficial Real, formula un exhorto sobre suspensi贸n del beneficio de la yerba (1285).

"El principal giro de estos vecinos es conchavarse, para los beneficios de la yerba 鈥揺xpresa Azara鈥, a los que comprenden estas faenas, las cuales son lucrativas en ciertos casos a los amos, y nunca a los peones, que trabajando b谩rbaramente ning煤n adelanto consiguen, porque, sobre pagarles la yerba que trabajan con g茅neros, dan 茅stos tan subidos de precio que aseguran todos que es un asombro. Los troperos o beneficiadores son tan tiranos, que hasta el machete con que los peones cortan la yerba, lo alquilan; y esto da bien a entender lo que har谩n en orden a lo dem谩s. Ya se sabe que los toros que llevan para la mantenci贸n de los peones, se venden a estos a buen precio; resultando de tanta usura, que como los precios antes de ir a sus beneficios, se empe帽an cuanto pueden, cuando han trabajado alguna cosa toman LAS DE VILLADIEGO, y dejan al beneficiador con sus ideas frustradas, 茅stos tambi茅n suelen ser enga帽ados de los mercaderes habilitadores" (1286).

Por Real C茅dula del a帽o 1708, se dirige al "Presidente y Oidores de la Ciudad de la Plata en la Prova. De las charcas en treinta de mayo del presente a帽o mando dar, y d铆 la Cedula del Tenor siguiente: ... se guardase y se cumpliese lo dispuesto p.Dn. Frano. de Alfaro y leyes del Reyno sobre los Yndios que est谩n a cargo de los Padres de la Compa帽铆a de Jess煤s en el Paraguay. En sus tres doctrinas sean compelidos a assistir al beneficio de la Yerba y dec铆s se lo ameis mandado guardar y cumplir y recoger el despacho y prohici贸n para lo contrario en conformidad delo q yo ten铆a resulto,Y aviendose acudido aora ami Consejo de las Yndias Franco. Burges Procor. General de la Compa帽铆a de Jhs de esas Prova.en q. le avisan (entreotras cosas) que obligaban a los Yndios de tres pueblos de dhas reducciones llamados San Ignacio, Nuestra Se帽ora de Fee, o Santiago, a que fuessen a Mbaracay煤 al beneficio de la Yerba que llaman del Paraguay (y ella es la mas penada carga del servicio personal a los Espa帽oles que se les puede imponer), en virtud de Reales C茅dulas expedidas por informes de essa Audiencia y Arzobispo aquienes se remiti贸 estas materias como tienen las Cossas mas proximas y que se se llega a cumplir la Real Cedula, seria para Suynab espiritual y temporalno s贸lo de los indios presidiarios, sino de todos los dem谩s de dhas Reducciones, yaun de las Ciudades y Pueblos de los Espa帽oles de los gobiernos del Paraguav y Buenos Ayres, con que los Portugueses Mamelucos del Brasil tendr谩n el camino franco para apoderarse de los reynos del Per煤 y Minas de Potos铆, y se cerrar谩 la puerta ala conversi贸n de los infieles y a la mantencion de los ya convertidos en el Paraguay. Suplicando me mande recoger las Cedulas en q. se ordeno se obligue a estos indios al servicio y beneficio de la yerba del Paraguay, y aumentar sus tributos en atenci贸n a ser indios presidiarios, y a estar en pofsemon desde su Conquista de no emplearse en semejante travaxo dando los fundamentos para esta suplica de q. distando dhas tres Doctrinas de Mbaracay煤 mas de cien leguas era preciso que los tiempos contrarios a la salud de sus Indios les toque a la yda, estada, o buelta contra lo que dispone la ley tres Tit. 17, lib. 6 de la recopilaci贸n q. ordena no poder ser obligados a este trabajo en tiempos contrarios a su salud... he venido en q. no se haga novedad suspendiendo por aora qualesquiera ordenes y entanto se cumpla con la Expedida. (1287).

Esta situaci贸n del trabajo o no de los indios en los beneficios de la Yerba, dio motivo a varias C茅dulas del Soberano espa帽ol, siendo la 煤ltima de 茅stas la dada en Madrid, el 9 de octubre de 1708, en la que reitera "en que se haga novedad en que los indios que est谩n a cargo de los Religiosos de la Compa. de Asump. del Paraguay sean compelidos al Beneficio de la Yerba Suspendiendo por Aora qualesquiera ordenes, yen tanto seCumple Con la expedida..." (1288).

Aguirre comenta: "Aunque siempre con el recelo de los indios se deduce por diversos papeles no fue en verdad tan afligida la provincia. Diez de Andino se atrevi贸 a publicar en 12 de octubre de 1682, haciendo general el beneficio de la hierba, para que todos la gozasen como 煤nico comercio de la provincia, son sus palabras pero los sujet贸 a que persiguiesen pidiendo licencia, porque seg煤n las ocurrencias procurase el gobierno no dejar indefensa la ciudad sus pagos y presidios" (1289).

En el a帽o 1705, se form贸 una Junta de Guerra contra los mamelucos portugueses atacantes de Villa Rica, organizada por el Gobernador Juan Diez de Andino. Tambi茅n ese mismo a帽o se form贸 una expedici贸n sobre la defensa contra los portugueses que incursionaban hasta el territorio de Jer茅s, ya que ese mismo a帽o se hab铆a descubierto un yerbal en el Ybyturuz煤 y costas del r铆o Tebicuary, por varios vecinos de Villa Rica (1290).

A consecuencia de esas incursiones peri贸dicas de los portugueses el 16 de abril de 1705, por Bando del Gobernador Juan F茅lix de Mendiola, se form贸 un proceso y embargo de bienes de varias personas de la naci贸n portuguesa, y en especial se orden贸 la prisi贸n de Enrique Barrios, portugu茅s (1291).

Diego de los Reyes Balmaceda, solicita permiso de los Oficiales de la Real Hacienda de Buenos Aires, Cap. Miguel Castellanos, Contador y Pedro Guessala, Tesorero, para llevar a Santa Fe de la Vera Cruz, 6.000 arrobas de yerba, libres de flete, en sus dos embarcaciones, accediendo el 27 de octubre de 1704, dichos oficiales reales, ya que se beneficiar铆a la Real Hacienda con 3.000 pesos de flete, aparte del deterioro en que se hallaba la susodicha yerba por hallarse en los Almacenes (1292).

El Gobernador de la Provincia, comisiona al Cap. Tom谩s Candia, en el paraje de Aj贸s, camino de la Villa Rica por donde pasan las tropas que van a beneficiar yerba, y a fin de darlos protecci贸n a los beneficiadores de la misma (1293).

El 28 de agosto de 1716, el Gobernador de la Provincia ordena al Teniente de la Villa Rica, D. Mauricio de Escobar y Guti茅rrez, aliste 20 hombres, para que sigan el camino de la yerba, y se internen hacia el valle llamado Carema (1294).

驴CONSEJO DE INDIAS?. Carta al Duque de Alba sobre sisa impuesta a los colegios de la Compa帽铆a por la venta de yerba que llaman del Paraguay Madrid (?), 14 de febrero de 1760 (1295).

En el a帽o 1761, iba adquiriendo suma importancia la yerba proveniente de la zona de Caaguaz煤, por lo cual se form贸 un expediente con los antecedentes de su manipuleo y comercio en dicha zona el 29 de noviembre de 1762 (1296).

Con relaci贸n al mercadeo de la yerba expresa el P. Furlong: "Largos y enojosos fueron los altercados que los indios de las Reducciones tuvieron con los espa帽oles a causa de la venta de la yerba mate en el mercado rioplantense, ya que pod铆an aquellos ofrecerla de igual calidad y a precio mucho m谩s bajo. Los comerciantes espa帽oles, jam谩s pudieron prescindir de Maracay煤, y el traer la yerba de tan lejos, aunque era de la mejor calidad, resultaba muy oneroso y en manera alguna pod铆an competir con los precios de la yerba misionera".

"Despu茅s de repetidos pleitos se convino en que las Reducciones, con el fin de pagar el tributo y obtener algunas divisas en met谩lico para otros fines, pod铆an enviar a Buenos Aires y Santa Fe, doce mil arrobas al a帽o, y as铆 se practic贸 durante el 煤ltimo cuarto de siglo que estuvieron los jesuitas aquellos pueblos y a este env铆o se refiere esta Orden que en 1745 imparti贸 el Padre Nussdorffer: "No se ha de enviar cada a帽o a los Oficios de Santa Fe y Buenos Aires m谩s cantidad de yerba, que la de doce mil arrobas, seg煤n lo permite la C茅dula Real y se determin贸 en todas las Juntas con parecer uniforme de todos los Padres que asistieron a ellas. Y en estas doce mil arrobas entra tambi茅n la yerba de palos, como la yerba caamini (1297).

"As铆 eliminaron los jesuitas, despu茅s de muchos ensayos, las peligrosas expediciones a Maracay煤, y todos los pueblos, unos m谩s y otros menos, tuvieron sus propios yerbales. Como 茅stos eran hortenses, como se expresa S谩nchez Labrador, requer铆an un cuidado casi continuo, ya en cavar como en regar, cuidado que despu茅s de la expulsi贸n de los Jesuitas en 1768 decay贸 sensiblemente, seg煤n advert铆a Doblas, y por consecuencia natural decay贸 la producci贸n y a煤n la calidad de la Ca谩 mir铆 del tiempo de los Jesuitas" (1298).

Resulta pues de suma importancia, los registros de las salidas de yerba desde Santa entre los a帽os 1755-1768, que arrojan para el primer a帽o la cantidad de 52.829 arrobas y para el ultimo a帽o (1768), la cantidad de 106.673 arrobas, (seg煤n referencias tomadas del Archivo General de la Naci贸n (Argentina).

El 11 de julio de 1763, se estableci贸 un Reglamento sobre fletes para la conducci贸n de la yerba, debiendo necesariamente percibirse los derechos de la Real Hacienda en el Puerto de Asunci贸n y que eran entre otros: de 4 reales del pa铆s por arroba pagaba la yerba de flete hasta Santa Fe; y 6 reales el tabaco al mismo destino. Si las mercanc铆as iban con destino a Buenos Aires, pagaban el az煤car y la yerba 6 reales de flete y el tabaco 4 reales (1299).

A ra铆z de una queja del Procurador general de Villa Rica, en el a帽o 1763, se forma un expediente que presento al Gobernador, contra "los Mercaderes que comercian en la villa para establecer beneficios de yerba, obrajes de embarcaciones y fletamentos de mulas que introduc铆an en calidad de venderlas todo en grave perjuicio del vecindario" (1300).

El Beneficiador de Yerba, para ser tal, deb铆a obtener una licencia del gobierno, previo pago de 40 pesos al Ramo de Guerra (1301). Los que contraven铆an a esta disposici贸n se hallaban expuestos a una multa de una o de dos cargas del producto elaborado (1302).

Por Bando del 23 de febrero de 1780, el Virrey V茅rtiz estableci贸: "Se "hace saver a todos los Carreteros, o viajantes con carga de Yerva, o con mulas para las provincias de arriva, y con arreglo 谩 lo prevenido por Reales C茅dulas, deven pagar al receptor de arvitrios de la ciudad de Santa Fe, Dn. Martin Perales en el acto de tomar raz贸n, el due帽o de la Yerva el dro. que le corresponde de quatro Reales por tercio y el carretero los suyos de tres quartillos rs todo lo cual cumplir谩n vajo las penas prevenidas en dichas Reales cedulas, que para que llegue a noticia de todos se publicara por vando" (1303).

El 12 de abril de 1780 el virrey V茅rtiz, confirm贸 la nueva escala de impuestos creados por el Cabildo de C贸rdoba para "todos los efectos de la tierra y de Castilla que se conduzcan por los caminos de la frontera de Sauce o Saladillo". Ser铆an aplicados 鈥揺xplica Verdaguer鈥, a los productos que se dirijan desde Buenos Aires "a la provincia de Cuyo, a las ciudades de la provincia de Tucum谩n o a las del Per煤" y viceversa. Regir铆a la siguiente escala:

Cada tercio de hierba de palos y camin铆 del Paraguay... 4 rs.

El pago deb铆a ser satisfecho por los due帽os de las carretas o los encargados de ella" (1304).

En el "Arancel y precios 谩 que han de vender los Panaderos y Pulperos de esta Ciudad y su Jurisdicci贸n", dado en Buenos Aires, en el a帽o 1784, se establec铆a la Libra de Yerba a 1 real (1305).

De acuerdo a los Libros de Aduana de Buenos Aires y Hojas terrestres, conservados en el Archivo General de la Naci贸n, la entrada de yerba a dicha ciudad durante los a帽os 1781-1789, en arrobas, fue la siguiente:

1781

114.417

1782

146.035

1783

132.939

1784

94.770

1785

144.751

1786

131.530

1787

152.633

1788

161.567

1789

188.215

Desde el pueblo de Santa Rosa, el Gobernador Ribera. el 19 de abril de 1798, escribe a los Ministros de Real Hacienda: "Necesita esta Yntendencia una razon individual dela Yerva que se ha extrahido de esta Prov. en cada uno de los cinco a帽os antecedtes.. al pxesente, cuya diliga. espexo la evaquaxan Vms. a la mayor bxevedad, por intexesax esta noticia al sexvo. de S.M.".

Los yerbales m谩s extensos estaban situados hacia el final de las d茅cadas del a帽o 1790, en Tacurupit谩, Chirig眉elo y Concepci贸n, ubicados sobre el arroyo Estrella, las nacientes del r铆o Aquidab谩n y el rio Ypan茅, alcanzando las estribaciones de la Cordillera de Amambay y la sierra de las Quince Puntas. Segu铆an no obstante las explotaciones en la zona de Curuguaty.

Por esta misma 茅poca Juan Francisco de Aguirre en un extenso relato refiere la forma de elaboraci贸n. "Hallado un Hierbal que promete utilidad y se trata de beneficiarle se puebla, se levantan, uno, dos y tres ranchos para el perchel; capataz y peones, y es obligaci贸n de estos hacerlo todo. Esta poblaci贸n se llama rancho. El pe贸n del rancho entra en el Caaty a busqar la hierba, derriba los 谩rboles, desgaja y con las manos a la espalda por encima de los hombros, tira su arrastre, que regula una arroba de yerba. Luego enciende una hoguera y comienza a chamuscar la hierba, hasta 8 a 10 arrobas, que luego desmenuza, separando las hojas y ramas peque帽as del tronco principal, hasta formar un mont贸n considerable, con el cual posteriormente se hac铆a el haz. Despu茅s de la operaci贸n del "pep煤", y del Barbacoa, la yerba era metida en unas bolsas de cuero llamadas pelotas. Luego esta yerba semi-procesada, era molida, es decir aporreada en un agujero, a modo de mortero. Terminada esta labor era entregada su producci贸n al capataz. Luego se las llevaba a un perchel, o dep贸sito construido en el rancho. Luego se envasaba, es decir, se acomodaba el producto en tercios. Se obten铆an a veces dos "tercios" o "una carga", envasados en cuero de res.

Luego, prosigue Aguirre, el transporte de la yerba desde el beneficio al lugar de su comercializaci贸n se hac铆a a lomo de mula. Luego se utilizaron las carretas (1306).

El 25 de diciembre de 1783, el Comandante de la Villa Real de la Concepci贸n Juan Jos茅 Gamarra, solicit贸 al Gobernador Melo de Portugal, la inhabilitaci贸n de los "for谩neos" que explotaban la yerba debido a las cuantiosas deudas en que incurr铆an los pobladores por culpa de estos comerciantes (1307).

El 14 de enero de 1791, se aboli贸 el sistema de monopolio, en la Villa Real, adquiriendo los vecinos todos los derechos sobre la explotaci贸n de los yerbales (1308).

El 29 de abril de 1798, el Gobernador Ribera escribe al Comandante y Subdelegado de la Real Hacienda de Villa Rica, rog谩ndole se sirva le remita sin dilaci贸n una raz贸n de la Yerba que con Gu铆as de esa Tesorer铆a hubiese salido de la Provincia en los a帽os 1793, 1794, 1795, 1796 y 1797, con advertencia de que s贸lo se necesita el total que se hubiese extra铆do cada a帽o, sin necesidad de contraerse al por menor de Partidas, cuya diligencia espero se evacue sin demora alguna.

El 2 de mayo de 1798, el Gobernador Ribera, se dirige a los Ministros de Real Hacienda, manifest谩ndole que hab铆a practicado varias diligencias con el fin de saber el costo que tiene la Yerba desde esta Provincia hasta os Almacenes de Buenos Aires incluyendo derechos Reales, conducciones, fletes, y dem谩s gastos; y de mis averiguaciones fundadas en notas comunicadas por comerciantes expertos, resultan pr贸ximamente cuatro reales y medio por arroba, pero deseando asegurar m谩s esta noticia, y considerando que Vmds. pueden darme luces que la afiancen, como encargados de todos los ramos de las Rentas y Aduana, espero que a la mayor brevedad, me comunicar谩n, dirijiendom茅 el Informe por cuadruplicado (1309).

En el a帽o 1799, se forma un expediente promovido sobre falta del precepto moral en que incurren los vecinos de Villa Real de la Concepci贸n y trabajos en d铆as festivos. En efecto, don Jos茅 Baltazar de Casaj煤s, se quejaba al Gobernador Intendente don L谩zaro de Rivera, de que los empleados de los "Beneficios de la Yerba", no se confesaban ni comulgaban, y los d铆as domingos los mercaderes vend铆an en sus carretas y mulas con Yerba a los pobladores alterando la tranquilidad de la Villa. El mismo d铆a 5 de noviembre de 1799, el Gobernador Intendente se expidi贸 mediante un Bando a ser publicado en toda la zona, prohibiendo a los mercaderes los negocios los d铆as domingos (1310).

En un informe de la Villa Real sobre el Beneficio de la yerba mate, del a帽o 1801, se establec铆a que los beneficios pod铆an ser de tres clases: 1) peque帽os beneficios; 2) beneficios de entidad, explotados por tres o cuatro grupos de vecinos de la Villa, por tiempo limitado para satisfacer necesidades inmediatas; y 3) beneficios grandes, explotados por vecinos acaudalados, por un tiempo prolongado y con fines lucrativos (1311).

El 12 de mayo de 1801, el Gobernador Rivera, escribe a los Ministros de Real Hacienda, a los efectos de que a la mayor brevedad le remitan una raz贸n del valor que tuvieron los Diezmos en cinco a帽os 煤ltimos al mando de mi antecesor y el que han tenido en los cinco que Rivera ejerc铆a el Gobierno de esta Provincia. Otra en los mismos t茅rminos relativa a las Alcabalas. Y otra que acredite el total de la Yerba que se ha extra铆do en aquellos cinco a帽os y en los m铆os, dec铆a Rivera" (1312).

"Otro rengl贸n apreciable era la YERBA, 鈥揹ice el historiador Lucio Funes鈥. No porque se cultivara en Mendoza, sino porque siendo esta provincia "garganta", por ella pasaba a Chile este producto del Paraguay que llegaba por v铆a de Buenos Aires. Al respecto, el procurador de la ciudad advert铆a que si nuestra ciudad cortaba el comercio con Buenos Aires por el exceso de impuestos quedar铆a "impedido el de la yerba del Paraguay y otros efectos que se internan de Buenos Aires y Santiago a esta provincia y reino de Chile" (1313).

"De las mil carretas que hac铆an el viaje de Mendoza a Buenos Aires volv铆an "500 con yerba del Paraguay para el consumo de Chile" (1314). En 1791 el receptor de C贸rdoba registr贸 el pago de 30 reales que hizo Juan A. Videla "por el buque de quince carretas que lleva para Mendoza cargadas de yerba..." (1315).

En el resumen que la Real Hacienda de Mendoza proporcion贸 a los carreteros con motivo del pleito contra Serra Canals se registraban 155.160 tercios entrados entre 1792 y 1799. De estos, buena cantidad deb铆an de ser de hierba para Chile" (1316).

El Gobernador de la Provincia, Agust铆n Fernando de Pinedo, explicaba a la Corona espa帽ola en el a帽o 1777 "... la yerba es el fruto m谩s apetecido, de m谩s estimaci贸n, de que se coge m谩s cantidad, y cuyo comercio se extiende a todo el Per煤 y Chile. Su uso es com煤n en ricos y pobres, t贸mase su substancia en agua caliente, y es un equivalente al chocolate pero mucho m谩s usado que lo es este g茅nero en Espa帽a: ni se guarda en su uso moderaci贸n que en el chocolate el cual cuando m谩s se acostumbra tomar dos veces al d铆a, pero la yerba que condimentada llaman Mate, toman tres, cuatro, v m谩s veces por la ma帽ana y otras tantas a la tarde, y no solo se acostumbran tambi茅n todos los europeos, de que resulta un gran comercio, y hay personas tan enviciadas en su uso que prefieren el mate a otros m谩s s贸lidos sustentos y aplican en primer lugar el dinero que tienen a esta apetecida especie" (1317).

El Gobernador Pinedo era consciente de la importancia de la yerba y en mismo informe dec铆a que juntamente con la labor agr铆cola, las principales ocupaciones "... de todos los habitantes de esta provincia por inclinaci贸n o por necesidad, (son) la recolecci贸n de la yerba en los montes donde crecen... (y) su transporte por r铆o en naves comerciales a Buenos Aires".

F茅lix de Azara, por su parte inform贸 que del total del comercio paraguayo de 395.108 pesos para los a帽os 1788 y 1792, s贸lo a la yerba correspond铆a las tres cuartas partes del total (292.653 pesos) (1318).

Sabemos positivamente por las Gu铆as de Aduana, que al registrar las exportaciones de 2.700 toneladas de yerba para el a帽o 1800 no daban a entender otra cosa que la mercader铆a de mayor preferencia y salida era la yerba (1319).

Pinedo en el mismo informe al Rey ilustra con meridiana claridad las circunstancias por la que atravesaba el comercio, y su principal producto exportador: la yerba. Dec铆a Pinedo: ".las causas de la quiebra y atrasos del comercio de este g茅nero y de lo dem谩s de esta provincia, consiste lo primero en que por su pobreza no hay ning煤n mercader que comercie con caudal propio. Las facturas, que tienen les f铆an en Buenos Aires y les dan muy caras y con la obligaci贸n de pagar un 8 por ciento de r茅ditos todo lo que demorare la paga en el plazo que les ponen, que suele ser de un a帽o o a帽o y medio, por la experiencia que tienen de que los habilitados al Paraguay no han de acabar de pagarles en seis, ocho, diez o m谩s a帽os. Lleguen aqu铆 con esta carga tan pesada, y la consideran sobre sus experiencias las p茅rdidas a que se arriesgan, f铆an sus g茅neros a un beneficiador de yerba, que nada tiene suyo, y con la mira de subsanar su p茅rdida, la ganancia a que aspira y los cargados que traen los g茅neros desde Buenos Aires le pone unos precios exorbitantes, ll茅valos al beneficiador, procura venderlos, 驴y a qui茅n? A unos miserables peones, a quienes la desnudez y suma desdicha obliga a ofrecer lo que no puede pagar: en suma, ellos no tienen qu茅 comer, ni instrumentos o herramientas con que trabajar en el beneficio de la yerba y todo compran o alquilan al beneficiador para quien trabajan, y 茅ste les da a un precio exhorbitante de que resulta que estos miserables no pueden pagar ni aun la mitad (mejor dir茅 la tercia parte) de aquello en que se empe帽an: porque a 茅stos no se les paga jornal diario, ni salario mensual, compran ellos la ropa y la comida y alquilan los instrumentos con que trabajan y todo fiado, y no alcanz谩ndoles el tiempo para poder pagar con su trabajo personal se ven otra vez desnudos y empe帽ados, y en la necesidad de empe帽arse de nuevo".

Pinedo prosegu铆a, su an谩lisis prolijo de la realidad econ贸mica diciendo: estas quiebras que padecen los Beneficiadores en los Peones resultan de los comerciantes que trafican en esta provincia: la de 茅stos, las de o de Buenos Aires, que les f铆en. De las de los de Buenos Aires. las de C谩diz cuyo comercio los surte, y en las quiebras de los de C谩diz pierden su dinero infinitas personas de ese Dominio que ponen a giro sus caudales en aquel comercio, de modo que la quiebra que causa por necesidad el miserable pe贸n desnudo de los yerbales del Paraguay va a resultar al primero que puso su caudal a giro en C谩diz de donde dimanan los g茅neros que recibi贸 y no pudo pagar".

Pinedo por su parte, despu茅s de este an谩lisis sobre el mecanismo del comercio provincial e internacional, expuso: "El sistema que empiezan a observar al presente los mercaderes, al mismo tiempo a que es menos perjudicial para ellos, causa y causar谩 en lo sucesivo m谩s desdichas y desnudez" (1320).

En otra parte Pinedo, expresa: "... no dudo en afirmar produce a la Real Hacienda y otros objetos dirigidos a la defensa y conservaci贸n de estos dominios diez veces m谩s del principal valor que tienen dentro de esta Provincia".

"Como los frutos caminan cerca de dos mil leguas desde el lugar de su Beneficio hasta el de su 煤ltimo consumo, y con tales aumentos de precio, seg煤n las respectivas distancias, que del valor de dos reales de plata en que se aprecia cada arroba en el lugar del beneficio, asciende su estimaci贸n en las Provincias m谩s distantes donde se consume a veinte y cinco y treinta pesos m谩s o menos, seg煤n su abundancia o escasez, y regul谩ndose la Alcavala, seg煤n el precio de la venta, siendo tan repetidas las que tiene, se infiere el crecid铆simo caudal que produce a la Real Hacienda" (1321).

En cuanto a los caminos utilizados para el transporte de la Yerba es interesante transcribir lo siguiente: "Ahora bien, en PARAGUAY, seg煤n afirmaba el diputado interino Arga帽a, los caminos de Yuti, Caazap谩 y Villa Rica se hallaban muy buenos para el paso de carretas y tropas de yerba, pero conven铆a poner algunos puentes sobre los r铆os Acanguaz煤, Acam铆 y Teviguarimy, para que las crecientes no cortaran el tr谩nsito en 茅poca de lluvia. Algo m谩s escabrosas eran las sendas a Carand谩, Pir煤 y de los Ajos, por las piedras al pie del monte y algunas ca帽adas, que no permit铆a mejorar la misma naturaleza del terreno. Desde Curuguaty al r铆o, donde se embarcaba la yerba, se hab铆a pedido la erecci贸n de algunos puentecillos o pasarelas en los arroyos, pero eran obras sin importancia. Sab铆a Arga帽a que entre los montes de Villa Real de Concepci贸n y la costa del r铆o, hab铆a que construir puentes sobre los r铆os Caaguat谩, Ipane Guaz煤 e Ipan茅mi, todos de madera labrada, para que no hubiera tanta aver铆a en la yerba, pero los pod铆an costear los mismos beneficiarios, al mando del juez diputado de esa villa (1322).

"El comercio que mantiene afuera esta Provincia (Buenos Aires) 鈥揹ice Francisco Millau鈥, es s贸lo al presente con las del Tucum谩n y Paraguay y algunas ciudades de la de Chile, no siendo ahora permitido el trato que en otro tiempo igualmente hac铆a con las poblaciones del Per煤".

"Se ejecuta el del Paraguay por medio de embarcaciones de esa misma provincia que llegan con su navegaci贸n por el Paran谩 hasta el Puerto de las Conchas, que a poca distancia de la salida de ese r铆o est谩 a la boca de uno peque帽o de ese nombre, que desagua en la costa meridional del r铆o de la Plata seis leguas de Buenos Aires. La carga de 茅stas consiste lo m谩s en yerba de mate, o del Paraguay, como en tabaco de hoja, az煤car, cera, miel y algod贸n. Vienen tambi茅n en unas grandes balsas hechas de palos (y ll谩manse tapayeres) unas grandes porciones de maderas medio labradas para toda suerte de f谩bricas. Este rengl贸n y el de la yerba son los de m谩s consideraci贸n, cuya paga reciben los del Paraguay parte en plata y otra en g茅neros proporcionados al temple algo c谩lido de su Provincia" (1323).

Ca铆da la ciudad de Buenos Aires, en poder de las tropas inglesas, 茅stas dictan sus propias leyes. As铆 se establece un Reglamento de Beresford para las aduanas de Buenos Aires por el que se declara el comercio libre, exento de viejas trabas y el derecho en art铆culos de exportaci贸n e importaci贸n que pagar铆an al fisco. En el art. 10 del citado reglamento se establece: "Yerba del Paraguay a su introducci贸n dos reales por tercio y 谩 su extracci贸n para el interior dos reales por tercio, y quatro por ciento m谩s sobre el valor de diez pesos cada uno, y dos reales de Derecho Municipal". Buenos-Ayres, agosto 4 de 1806. W.C. Beresford. Mayor General" (1324).

Igualmente se experimentan anomal铆as en la exportaci贸n de los principales productos del PARAGUAY, infrigiendo las normas del libre comercio. Nos da cuenta Germ谩n O. E. Tjarks. El 15 de abril de 1799, el consiliario Jos茅 Gonz谩lez de Bola帽os expresa en Junta que la yerba est谩 pagando el 2 por ciento de ramo de propios de Asunci贸n y otro 2 por ciento de ramo de guerra, o sea un 4 por ciento de impuestos no autorizados por el virrey o el gobernador intendente. Se acuerda escribir a Asunci贸n, para que el diputado y las autoridades informen.

El primero en contestar es el diputado (de comercio) Gregorio Tadeo de la Cerda quien lo hace el 5 de junio, indicando que por el ramo de guerra se "exaccionan" 8 arrobas por millar a los barqueros, habiendo un "pleyto pendiente en grado de apelaci贸n sobre dicha exacci贸n", que considera completamente arbitraria. Tiempo atr谩s, se comenz贸 pidiendo como derecho algunas libras de p贸lvora por cada carga de yerba; luego se fij贸 un tercio (8 arrobas) por carga y luego por cada mil arrobas. Como no hab铆a autorizaci贸n real, los barqueros se resistieron a pagar, hasta obtener dictamen en el litigio, pero el gobernador intendente hab铆a dispuesto que se depositara la mitad de los derechos, en calidad de fianza, hasta que se produjera el fallo. De la Cerda ofrec铆a a la consideraci贸n de la Junta otras anomal铆as, tan arbitrarias como la anterior. Se hab铆a fijado un derecho de 20 arrobas de yerba por cada licencia a un capataz y 12 peones para las cosechas en cada plantaci贸n. El valor asignado a la arroba de yerba variaba seg煤n los a帽os, entre 7 y 10 reales Plata, aunque no estaba seguro el diputado si se cobraba por hacendado o por cada plantaci贸n. Los peones y capataces eran milicianos, que para quedar en libertad para trabajar pagaban 10 pesos plata anuales, con lo que se exim铆a de todo servicio, pero cuando iban a las cosechas por "pase del gobierno", el beneficiador o cosechero del yerbatal ten铆a que Pagar el impuesto arriba citado, para poderlos emplear".

Tampoco 鈥損rosigue Tjarks鈥, parec铆a haber suficiente control con respecto a esto, ya que los patrones empleaban mucho m谩s gente en la cosecha, que disimulaban bajo el rubro de peones, soldados, conductores, etc. en ning煤n caso se involucraba a menores, "guaynos en cuia clase se comprehenden los de menor edad que ban sirviendo". A煤n exist铆a otra clase de infractores, que all谩 se llamaban "changadores y son los que centran 谩 los yerbales sin las devidas licencias... estos changadores son los que perjudican m谩s al comercio... y aunque el govierno quisiera escarmentarlos es quasi imposible encontrarlos... recojen peones fugitivos de otros yervales, y lo que es mas trabajan yerva sin sason... tales peones... por lo com煤n locan su trabajo 谩 dos y m谩s personas de quienes segun la costumbre del pa铆s reciven la paga anticipada." Muchos eran tambi茅n los que pagaban el derecho y entraban a cosechar en los yerbales realengos, que constitu铆an la gran mayor铆a. En un principio los cosecheros tuvieron s贸lo que pagar la alcabala de la venta y el diezmo para la corona, luego se instaur贸 el ramo de guerra, pero seguro que no rend铆a como los impuestos anteriores (1325).

En 1808 volver谩 a mencionarse otra vez el comercio de la yerba mate. El diputado Francisco Vicente Gonz谩lez informa a la Junta haber recurrido al gobernador intendente, para esclarecer si la yerba era o no especie a ser considerada entre los ramos mercantiles, porque exist铆a noticia en Buenos Aires que se la hab铆a excluido, pero tal resoluci贸n no exist铆a ni se ten铆a en mente y tampoco se hall贸 antecedente alguno en los papeles de la diputaci贸n (1326).

MILICIAS Y BENEFICIADORES DE YERBA

Era evidente al promediar fines de la d茅cada de 1790-1800, los Regimientos del Norte del pa铆s distribuidos a lo largo de fuertes y presidios, hab铆an llegado a enfrentar un problema de singular gravedad. En efecto, los militares por un lado, mal pagados y alimentados, y la escasez de peones para la elaboraci贸n de la yerba mate cada d铆a m谩s apreciada en el R铆o de la Plata, motivaron una serie de medidas que veremos a continuaci贸n.

En efecto, en forma escalonada y s贸lo refiri茅ndonos a los lugares de existencia de las "minas" de yerba de la zona m谩s rica del Mbaracay煤, exist铆an una cadena de guardias, denominadas del Castillo (antes San Ildefonso), del Pe帽贸n (hoy Piquete-cu茅), Arecutacu谩, y luego vienen los dependientes directamente del Regimiento de Dragones de la Cordillera, y que fueron: Manduvir谩, Ypyt谩, Urundey-Yur煤, Yacav铆, Cuarepot铆, Pedernal, Ycuamandiy煤, hasta llegar a la Villa Real de la Concepci贸n. A trav茅s de estos lugares, se apoyaba "log铆sticamente", a los "beneficiadores de la yerba", tanto en la incursi贸n de indios Mbay谩s desde el Chaco, como la protecci贸n de sus haciendas que les serv铆a de sustento en la zona (como Las Estancias de los Rvdos. PP. Mercedarios, en Poitagu茅; de los Altos, en Ypit谩, de don Felipe Acosta; la de don Francisco Mais; la de don Jos茅 Coene, la de Cuarepoti, la de Caba帽as en Urundey y la estancia de Antonio Carrillo (1327).

Los diferentes Comandantes de Compa帽铆a (ya que exist铆an 12), elevan un informe al Gobernador-Intendente, en donde manifiestan que de 702 soldados, en n煤mero de 328 en los montes trabajando como peones, y 47 en viaje a Buenos Aires, sirviendo de ocasionales marinos de las fr谩giles embarcaciones coloniales que bajaban hasta los puertos de Santa Fe y Buenos Aires (1328).

De all铆, que en fecha 31 de mayo de 1791, desde Aparipi, los Comandantes reunidos elevan un informe al Gobernador del siguiente tenor: "NOTICIA DEL NUMERO DE SOLDADOS MILICIANOS QE鈥 DEL REXIMTO: DXAGONS: DE LAS COXDILLERAS SE HALLAN AUSENTES EN CALIDAD DE PEONES EN LOS BENEFICIOS DE LA YERVA, CUIO NUMEXO VA PUESTA SEGUN EL QE. CADA COMPA. HA DADO POR AUSENTES EN DHOS DESTINOS EN EL APTO DE LA REVISTA SIN CONTAXSE EL NUMERO DE MILICIANOS DE ESTE CUERPO QE: EN EL DIA SE HALLAN CONCHAVADOS CON LOS TROPEROS Y PROXIMOS A CAMINAR A LOS MONTES SIN LAS LICENCIAS DE SU COMAND. QE. LA DE VOLUNTAXIEDAD, CUIO EXESO ES DIGNO DEL MAS PRONTO REMEDIO".

COMPA脩IAS

EN LOS MONTES

1陋. Comte. Dn. Roque Acosta

37

2陋. 2潞 Comte. Dn. Juan Baupta. Rivaxola

21

3陋. Dn. Estanislao Villamayor

12

4陋. Dn. Ygnc. Rivas Resquin

16

5陋. Dn. Luis Rodas

30

6陋. Dn. Franco Maxecos

10

7陋. Dn. Gexvasio Acosta

22

8陋. Dn. Maxiano Venitez

24

9陋. Dn. Juan Franco Recalde

13

10陋. Dn. Juan Jos茅 Villamayor

28

11陋. Dn. Salvador Qui帽ones

14

12陋. Dn. Luis Cavallero

16

Total 243

NOTA: Ninguno de los Capitanes, ni Subalternos de este reximto. Tiene Soldads. Milicianos en calidad de Peones en los Beneficios de la Yerba, 谩 execci贸n del Primer Comandte. y el Ayudte. Dn. Manl. Cava帽as, pexo deve entendexse qe. El n煤mero qe. Se pone a cada compa. son de difexentes tropexos".

Apaxipy, 31 de mayo de 1791. Manuel Garc铆a"(1329).

Seguidamente los diferentes Comandantes de Compa帽铆a reunidos formulan un petitorio al Gobernador, manifestando que es preciso mandar que cada Compa帽铆a solo se conceda la licencia de Peones para el Beneficio el n煤mero de ocho Soldados que ascienden al n煤mero de noventa y seis hombres por a帽o, atendiendo a que los que quedan libres del servicio pueden los Troperos conchavar para esta faena. Al mismo tiempo se establec铆a un sistema de permiso que deb铆a ser otorgado por los Capitanes de cada Regimiento que correspondan a los peones que desean trabajar en el "beneficio de la yerba" y solo de esta manera se conseguir铆a que estos milicianos hagan el servicio con el descanso que exige el Reglamento.

"RAZON DE LOS BENEFICIADORES DE YERBA QUE HA HAVIDO EN ESTE PXESENTE A脩O HTA OYDIA DELA FHA, CON EXPXESION DE TIEMPO Y PEONES A SAVER:

BENEFS.

N. PEONES

A脩O

MESES

D. Juan Gregorio Almir贸n

4 y Caps.

鈥撯

6

D. Manl. Cardozo

3 y Caps.

鈥撯

6

D. Thomas Gomes

10 y Caps.

鈥撯

6

D. Valexiano Balmaseda

12 y Caps.

鈥撯

6

D. Ant. Juan Muxica

12 Yd.

1

鈥撯

D. Angelo de Aguero

11 Yd.

鈥撯

3

D. Solano Cabxal

6 Yd.

鈥撯

4

D. Esteban de Leiba

4 Yd.

鈥撯

4

D. Miguel Ger贸nimo Diaz

6 Yd.

鈥撯

3

D. Pedro Benitez Rodxiguez

2 Yd.

鈥撯

4

D. Exiano Gomes

12 Yd.

鈥撯

4

D. Josef Dom.o Leiba

6 y Yd.

鈥撯

3

D. Joaqu铆n Talabera

6 y Yd.

鈥撯

4

D. Thom谩s Cano

3 y Yd.

鈥撯

4

D. Joaqu铆n de Envexx铆a

12 y Yd.

鈥撯

4

D. Juan de Dios Lopez

6 y Yd.

鈥撯

6

D. Julian Axce

3 y Yd.

鈥撯

6

D. Gregorio Moxales

8 y Yd.

鈥撯

8

D. Migl. Gexonimo dias

4 y Yd.

鈥撯

4

D. Josef. Coene

15 y Id.

1

鈥撯

D. Juan Bapta. Nu帽es

6 y Id.

鈥撯

4

D. Olegario Lacunzce

6 y Id.

鈥撯

5

D. Luis Caballero

12 y Id.

1

鈥撯

D. Maxiano Maxcos Delgado

3 y Id.

鈥撯

6

D. Soxiano Gomes

12 y Id.

鈥撯

6

D. Juan Franco. Recalde

12 y Cap.

鈥撯

6

D. Ponciano Aguirre

6 Yd.

1

鈥撯

D. Franc. Luis Godoy

12 Yd.

1

鈥撯

D. Carlos Axguello

3 Yd.

鈥撯

6

D. Franco. Xavier Fernandes

4 Yd.

鈥撯

4

D. Isidxo Escobeixo

6 Yd.

鈥撯

6

D. Gervasio Acosta

12 Yd.

鈥撯

鈥撯

D. Bexnaxdino Duaxte

6 Yd.

鈥撯

鈥撯

D. Franco. Yavr. Chilavert

12 Yd.

鈥撯

6

D. Jose Gregoxio Contxexas

6 Yd.

鈥撯

鈥撯

D. Sebasti谩n Gonzales

4 Yd.

鈥撯

鈥撯

D. Salbador Bogado

4 Yd.

鈥撯

鈥撯

D. Josef Joaqn. Faxi帽as

12 Yd.

鈥撯

鈥撯

D. Juan Rojas

12 Yd.

鈥撯

6

D. Josef Ygno. Paxedes

6 Yd.

鈥撯

4

D. Angelo de Aguexo

12 Yd.

鈥撯

5

D. Florencio Melgarejo

12 Yd.

鈥撯

3

D. Maxiano Benitez

8 Yd.

鈥撯

6

D. Ygnacio Delgado

6 Yd.

鈥撯

6

D. Isidro Pais

6 Yd.

鈥撯

6

D. Josef. Anto. Caceres

8 Yd.

鈥撯

6

Son:

341

鈥撯

Asumpon. 15 de dize. de 1799.

Nicol谩s Mu帽oz

Seg煤n este documento consta pues, que exist铆an 47 empresarios individualizados antecedentemente, con 341 peones y trabajando por un per铆odo de 1 a帽o en contadas ocasiones, pero s铆 com煤nmente de 4 a 6 meses (1330).

El 31 de mayo de 1791, en carta dirigida desde Aparip铆, al Gobernador y firmada por su Comandante Francisco Garc铆a, Juan Bautista Rivarola, Juan Francisco Recalde, Luis Caballero y otros oficiales, exponen sus inquietudes con relaci贸n a las licencias que se conceden a los beneficiadores de yerba, sugiriendo mandar que cada compa帽铆a solo se conceda la licencia para peones de Beneficio del n煤mero de ocho soldados que ascienden al n煤mero de 96 hombres al a帽o. Adem谩s que todos los soldados de los Regimientos vayan munidos (en calidad de peones) de permisos firmados por sus capitanes, con el Vo. Bo. de su Comandante. Sin embargo, el 1 de junio del mismo a帽o, merced al abuso de las licencias otorgadas el Gobernador Al贸s orden贸 suspender la facultad de otorgar licencias o pr贸rrogas al Comandante de Curuguaty para evitar que los troperos, carentes de ellas, consiguieran de la Villa Real de la Concepci贸n, pagando s贸lo el estipendio correspondiente (1331).

No bastaron las restricciones para evitar los abusos de las licencias, y el Cnel. Jos茅 de Esp铆nola, en un Reglamento para oficiales de la Villa Concepci贸n, expedido en 1797 orden贸 mayor precauci贸n en la concesi贸n de las licencias a fin de no faltar gente para las funciones militares. (1332). El Cnel. Esp铆nola el 2 de agosto de 1797, organiz贸 una inspecci贸n a los yerbales de la Villa Real de la Concepci贸n para evitar el ausentismo de los peones y posibilitar la aplicaci贸n de las multas (1333).

El Cte. de la Cordillera, Juan Bautista Rivarola, se dirije desde Yacav铆, el 16 de abril de 1796, al Gobernador Ribera, expres谩ndole entre otras cosas, sobre la cantidad de peones conchavados que bajan a la Villa Real, y a fin de evitar perjuicios, solicita que ning煤n tropero lleve m谩s de 12 peones, despu茅s de obtenida la licencia correspondiente y evitar que bajo el nombre de Guainos, lleven 30 贸 50 y hasta el n煤mero que quieran. Otros llevan las licencias y se encuentran en determinado lugar del monte, donde no existe control. De esta suerte los troperos introducen en sus beneficios triplicado el n煤mero del que sacan licencias solicitando se le autorice para que pueda comisionar a alguna persona conveniente a fin de verificar los ranchos y las transgresiones a aplicar las penas pecuniarias que correspondan. El Gobernador Ribera, lleva la inquietud de Rivarola al Cabildo, cuyo cuerpo deliberante se re煤ne el 29 de mayo, disponiendo que los beneficiadores de yerba no conduzcan m谩s peones que 12 inclusive los llamados Guainos, que por su minoridad no son soldados, y a los que fueren de mayores fondos se les pueda extender la licencia hasta el n煤mero de 16 贸 20 sin que se incluyan dichos Guainos. Dispuso adem谩s que todos aquellos Beneficiadores que tengan mayor cantidad de peones que les hayan sido concedidos por esta "Superioridad, han pecado contra superiores, justas y arregladas providencias" y por consiguiente deben dejarlos libres. El 26 de mayo, Ribera remite el Acta del Cabildo a Rivarola, a fin de dar la m谩xima difusi贸n. (1334).

El 26 de mayo de 1798, Ribera se dirige a Rivarola, manifest谩ndole los graves perjuicios que pueden seguirle a la seguridad del pa铆s con los abusos introducidos en los beneficios de yerba adonde se agolpa crecido n煤mero de gente dejando la frontera abandonada a los insultos de los indios b谩rbaros... reiter谩ndole que los beneficiadores no conduzcan m谩s de 12 peones inclusive los llamados Guainos que por su menor edad no son soldados, y a las personas de mayores fondos se les puede extender la licencia hasta el n煤mero de 16 贸 20. Los que tienen m谩s de esta cantidad deben dejarlos en libertad (1335).

El 20 de diciembre de 1799, el Gobernador Ribera, refiere las circunstancias en que proceden los Beneficiadores de yerba que introducen en sus faenas mayor n煤mero de peones que el que se les concede en sus respectivas licencias con abandono de las defensas de la frontera y muchos de ellos triplicando o cuadruplicando, particularmente en la Villa de Curuguaty y su Distrito, cuyos vecinos unidos a los citados beneficiadores cometen al mismo tiempo el fraude de conducir a las Provincias de Buenos Aires clandestinamente porciones de Yerba por el r铆o Paran谩 en balsas, canoas y piraguas, usurpando los Reales Derechos de Alcabala y los de Diezmos, Ramos de Ciudad y de Guerra, sin que hayan bastado las multas y otras penas que se les han conminado. Siendo necesario poner remedio a semejantes des贸rdenes conmisionar a Juan Ignacio Villasanti y Luis de Bargas Machuca, pasen a la referida Villa a fin de levantar una informaci贸n completa (1336).

En 1805, el privilegio de las licencias qued贸 derogado cuando se orden贸 al Comandante de la Villa Real de la Concepci贸n no conceder por ning煤n motivo, sin que proceda la del Gobierno y la satisfacci贸n del derecho del Ramo Municipal de Guerra del que no pod铆an eximirse por motivo algo ninguno de los vecinos (1337).

Por 煤ltimo, debemos decir que el nombre de ILEX PARAQUARIENSIS St. HIL debe su nombre y su clasificaci贸n en el g茅nero de los trabajos cient铆ficos de Auguste de Saint Hilaire, quien viajando por el Brasil, alrededor de 1820 estudi贸 de cerca la planta. Sus informes al Museum d鈥橦istoire Naturele y al Institut de France, otorgaron el nombre cient铆fico al nombre y su aplicaci贸n a la yerba mate.

CULTIVO DEL CAFE Y CACAO

La importancia del Cacao, est谩 se帽alada en la preocupaci贸n del Monarca, quien el 20 de setiembre de 1720, formul贸 un "Reglamento sobre los derechos que se deben exigir del Cacao que en Flotas, Galeones y Nav铆os de Registro se condujere de la Am茅rica a Cadiz; con expresi贸n de lo que se ha de observar con los de registro, que fueren de Cadiz a los Puertos de la permissi贸n de ella" (1338).

"El Rey para fomentar el cultibo y Comercio de Guaiaquil se ha servicio declarar 1a rebaja de una mitad de los Derechos con que hasta ahora ha contribuido este fruto... Madrid, 5 de julio de 1776 鈥揓os茅 de Galvez鈥 Se帽or Virrey del Per煤". Este 煤ltimo dio cumplimiento a la antecedente resoluci贸n mandando publicar por Bando para todo el territorio del Virreinato. Lima, 29 de abril de 1780 (1339).

El Gobernador L谩zaro de Ribera, escribe, el 9 de junio de 1797, sobre las semillas de cacao y caf茅, alentando en la plantaci贸n de las mismas a la poblaci贸n y recordando que se remitieron semillas tambi茅n a Thomas de Ortega en junio de 1797; Garcia Rodriguez de Francia el 19 de junio de 1797, a Francisco Azavedo el 16 de junio de 1797, a Jos茅ph Caceres el 16 de junio de 1797; Sebasti谩n Antonio de Villalba el 17 de junio de 1797 Pablo Antonio Gonz谩lez del pueblo de San Cosme el 3 de julio de 1797; a Jos茅 Fortunato Roalcano de Yuti en julio 4 de 1797, a Rafael Diaz de Los R铆os el 6 de julio de 1797, de Yta煤a, a Ygnacio Blanco de Caazap谩 el 22 de julio de 1797" (1340).

En el a帽o 1798, diversos pueblos del interior se dirigen al Gobernador, inform谩ndole del resultado del cultivo del "porotos y dem谩s ministras" (1341).

EL LINO Y EL CA脩AMO

Ley 20, t铆tulo 18 del Libro IV de la Recopilaci贸n de Leyes de Indias, corroboraba la que el Emperador don Carlos y el Pr铆ncipe gobernador Ponferrada, el 13 de junio de 1545, encargan a los virreyes y gobernadores que han de sembrar y beneficiar en las Indias lino y c谩帽amo, y procuren los indios se apliquen a esta granjer铆a, y entiendan en hilar y tejer lino.

Al respecto Manuel Belgrano, expresaba: "que el lino y el c谩帽amo antes de poder servir para ponerlo en el telar, que deber铆a ser el modo con que se mandase a nuestra padre patria, tiene que pasar por una porci贸n de operaciones, ya propias del labrador, como con siembra, siega, remojo, cocimiento a beneficio del sol, secar y ponerlo a fuerza de maza en fibras, ya propias de las mujeres de estos y otras gentes infelices de la ciudad, como son espalar, rastrillar e hilar; con 茅l sin duda tendr铆amos otro objeto de cambio para nuestras necesidades y usos, y m谩s comodidades se aumentar铆an". Adem谩s explica Belgrano se tendr铆an cables y dem谩s especies de jarcia, y la fabricaci贸n de tejidos de diversas especies. Por 煤ltimo plantea la compra por parte del Gobierno de la producci贸n de Linos y C谩帽amos que se cosecharen, teniendo los labradores la certeza de la venta de sus cosecha" (1342).

El 23 de agosto de 1796, desde Buenos Aires, Pedro Melo de Portugal, da cuenta de la gracia concedida por Su Majestad a los vasallos que quieran emplearse en el cultivo del lino y c谩帽amo en la Provincia del Paraguay. La misma fue recibida por el Gobernador Intendente de la Provincia, L谩zaro de Rivera el 4 de enero de 1797, en Asunci贸n (1343).

El 12 de enero de 1777, por Real Orden, y de acuerdo a lo establecido en la Recopilaci贸n de Indias, "haga que los Indios, y dem谩s castas de los Pueblos de esos Dominios se apliquen a la siembra, cultivo y beneficio del c谩帽amo, y Lino, para que estos frutos como primeras materias se puedan traer 谩 Espa帽a libres de todos derechos de extracci贸n y entrada en estos Reynos para fomento de las F谩bricas de Lienzos, Lonas y Jarcias de que tanto necesitan, as铆 esta Pen铆nsula como esos vastos Dominios" (1344).

LA SAL

"La SAL 鈥揹ice Mariano Antonio Molas鈥, se elabora en esta provincia, por destilaci贸n y cocimiento en los parajes de las Salinas, de TAPUA, de LAMBARE, IBIRAI, SALADO, y en otros varios. De ella se abastece suficientemente la provincia, basta el Paran谩, y antes se sacaba para Corrientes, y pueblos de Misiones, hasta el Uruguay. A la banda del norte del r铆o AQUIDABANIGUI, hay tambi茅n salinas, y antes de la despoblaci贸n de aquellos lugares se trabajaba en ellos muy buena sal, y de ella se prove铆an los vecinos de Concepci贸n" (1345).

El padre Jos茅 S谩nchez Labrador escribi贸 sobre la existencia y distribuci贸n de la sal, que "en el Paraguay abunda por todos sus territorios de sal; no necesita mendigarla de estados y pa铆ses extra帽os, pues goza de salinas inagotables".

"Las Salinas del Paraguay Propio est谩n repartidas 鈥損rosigue S谩nchez Labrador鈥, en varios lugares de su jurisdicci贸n. Las famosas son dos, una llamada Lambar茅, y la otra Valle de las Salinas. Estas 煤ltimas deben su abundancia a un arroyo de poco caudal por lo com煤n, que corta el valle, cuyas aguas son un poco salobres, y en la tierra de sus orillas depositan la sal, que se incorpora con la tierra, que en tiempo de calores se ve blanquear superficialmente toda".

"Los salineros de Lambar茅, territorio poco distante de la ciudad de la unci贸n, hacen la sal con m谩s esmero. Estas salinas est谩n en ciertos sitios bajos que, con las inundaciones del R铆o Paraguay, se llenan de agua. Por el verano seca ya el agua, brota la sal, la recogen, la separan de la tierra por colada y la cristalizan evaporando por hervor el agua. Sale una sal dur铆sima y puede competir con la llamada sal de piedra. Forman panes de grande volumen y peso; yo los he visto de trece y diez y ocho arrobas cada uno; y llevada a Italia en poca cantidad, mereci贸 la aprobaci贸n de personas inteligentes; sobre otras sales, para los usos en que la emplea la medicina. De esta sal se abastecen casi todos los vecinos de la ciudad para los menesteres de sus cocinas. Molida, excede en blancura a la nieve; y en terr贸n o en piedra, se conserva insensible a la humedad".

Otras industrias de Subsistencia, fueron la de la Mandioca, cuyo cultivo fue popular entre los indios Guaran铆es, y de sencilla industrializaci贸n, Schmidel se refiere a dichos cultivos, as铆 como V谩zquez de Espinosa en los primeros lustros del Siglo XVII: "Es una ra铆z de que se hace razonable harina; la mata es a modo de sauco, para sembrarla ponen un pedazo de palo o estaca debajo de la tierra y dentro de tres meses viene a saz贸n. De esta harina hacen mazamorra y baip铆, que es a modo de sopada y otras comidas y guisados". Por su parte S谩nchez Labrador dice: "Sus ra铆ces, se comen asadas, cocidas o en harina. Son de grand铆simo alimento y muy sano. Suplen muy bien el pan de trigo y de ma铆z".

En cuanto al Ma铆z, el mismo S谩nchez Labrador dice que era la "panacea" de las gentes del Paraguay, "por ser alimento muy com煤n, que no solamente en algunas partes suple el pan de trigo, sino que en todas se come cocido, tostado, en harina y en grano, fresco y seco".

Seg煤n Dobrizhoffer explica que "Cuando yo llegu茅 al R铆o de la Plata, (1748), el arroz escaseaba y se tra铆a de otros pa铆ses. No se sembraba y nadie pensaba en ir a recoger el que crec铆a en la parte norte del Paraguay. Por otra parte, el cultivo del arroz fue grande en los pueblos de guaran铆es, pero no cont贸 con la simpat铆a de los ind铆genas, pero dice el P. Furlong, se podr铆a pensar que todav铆a al tiempo de la expulsi贸n (1767) se cultivaba arroz en esa zona del pa铆s".

NOTAS DE LA 2a. PARTE

聽CAPITULO III

1034) GUZMAN, Ruy Diaz de. Anales. ib. Ib铆dem. p. 208. Casi textualmente repite lo mismo FUNES, Gregorio en su "Ensayo de la Historia Civil del Paraguay, Buenos Aires y Tucum谩n". Tercera Edici贸n ilustrada. Tomo Primero. Buenos Aires. Talleres Gr谩ficos de L. J. Rosso y C铆a. 1910. p. 154.

1035) SIMONSEN, Roberto C. Historia Econ贸mica do Brasil. CEN, S. Paulo, 1962, CXII, p. 151. GOULART, Jos茅 Alipio. "Tropas e Tropeiros na Forma莽茫o do Brasil". Conquista, R铆o, 1961, 1965 -LX. p. 13.

1036) SIMONSEN, Roberto C. Historia Econ贸mica... Ib铆dem, ib. pp. 194-196.

1037) BUESCU, Mircea. Historia Econ贸mica do Brasil. APEC. R铆o de Janeiro, 1970. APEC Editora S.A. p. 74.

1038) Volumen 348. S.N.E. fs. 1 ss. A.N.A.

1039) GONDRA, Luis Roque. Historia Econ贸mica. Ib铆dem, ib. pp. 82.

1040) Carta al Rey del capit谩n Juan de Salazar, Villa de San Vicente y Puerto de Santos, 30 de junio de 1553. Archivo de Indias, 59-4-3. Copia en la Biblioteca Nacional de Buenos Aires. C. 42-604. Cit. por CONI, Emilio A. "Historia...".

1041) Requerimiento del cl茅rigo Mart铆n Gonz谩lez al gobernador Francisco de Vergara, Asunci贸n 3 de enero de 1559. Archivo de Indias. 75-6-2. Copia en B.N., C. 45-687.

1042) V茅ase mi trabajo "Las Capitulaciones del adelantado Ort铆z de Z谩rate", en Suplemento de LA NACION, de Buenos Aires, Mayo, 2-926.

1043) Declaraci贸n de Juan de Garay en la informaci贸n levantada en Santa Fe, en 1583. Copia en "GARAY, fundador de Buenos Aires". p. 106.

1044) Declaraci贸n del capit谩n Juan de Espinosa en la informaci贸n levantada en la Asunci贸n en 1596. Copia en GARAY, etc. p. 169.

1045) Carta de Jaime Rasqu铆n al Rey (1557-8). Archivo de Indias, 1-1-2.9. Copia en B.N. N潞. 2116 y 2118.

1046) Archivo de Indias, 1-1-1/28. Copia en B.N.C. 1-15.

1047) Informaci贸n levantada en la Asunci贸n a 23 de julio de 1596. Archivo de Indias. Patronato, l贸47/10. Copia en GARAY, etc. p谩ginas 152 y 160.

1048) V茅anse 鈥 dice Coni 鈥 m谩s detalles en mi trabajo "La producci贸n agropecuaria de Buenos Aires en 1580-88". LA NACION, Noviembre 8-24.

1049) Informaci贸n levantada en Buenos Aires por el Procurador de la Ciudad, Copia en "Correspondencia de la Ciudad de Buenos Aires con los Reyes de Espa帽a". T. I, p. 143.

1050) "Extracto de la certificaci贸n y testimonio de los gastos que se hicieron para los mil y m谩s soldados que su magestad fue servido de ynviar por este puerto con el gobernador antonio de mosquera para la pacificaci贸n del Reyno de Chile. Buenos Aires, 2 de febrero de 1605" Archivo de Indias 74-621. Copia en B.N.C. 90. Todav铆a en 1610 se trae ganado de Santa Fe para poblar en Buenos Aires. En dicho a帽o Melchor Maciel trae 800 cabezas, con las cual cuales puebla una estancia en la otra banda del Riachuelo. (Varios individuos [roto] presentado una solicitud sobre el ganado cimarr贸n 1661-86. Archivo General de la Naci贸n. Secci贸n Tribunales. Leg. V. 1, n煤mero 2, foja 10).

1051) Presentaci贸n de Juan Alonso de Vera y Z谩rate, ante la Audiencia de La Plata. 7 de agosto de 1606. Archivo de Indias. Escriban铆a de C谩mara, leg. 846 - O.Copia en B.N.C. 63-753.

1052) Informaci贸n hecha en Buenos Aires y San Juan de Vera a petici贸n del gobernador Pedro Esteban D谩vila. Buenos Aires, 17 de noviembre 1635. Archivo de Indias 74-4-13. Copia en B.N.C. 90-2517.

1053) Volumen N潞. 307. S.N.E. f. 30. A.N.A.

1054) Volumen N潞. 305. S.N.E. f. 12. A.N.A.

1055) QUEVEDO, Roberto. PARAGUAY - A帽os 1671 a 1681. Asunci贸n: Editorial El Lector - Talleres Gr谩ficos Editora Litocolor, 1983. p. 76.

1056) El Maestre de campo Juan de Osorio, trajo dos caballos. V茅ase "Mendoza y Garay", por Paul Groussac.

1057) MORENO, Fulgencio R. La Ciudad... Ib铆dem, ib. p. 122.

1058) DEL TECHO, Nicol谩s P. Conquista del R铆o... Ib. Ib. Tomo I. pp. 272.

1059) GIBERTI, Horacio C.E. Historia Econ贸mica de la Ganader铆a Argentina. Buenos Aires: Solar. Hachete, 1961. p. 20.

1060) AGUIRRE, Juan Francisco. Diario... Ib铆dem, Ib. Tomo II. Primera parte. pp. 196 ss.

1061) MORENO, Fulgencio R. La Ciudad... Ib铆dem, ib. pp. 124.

1062) DIAZ DE GUZMAN RUIZ. La Argentina. cit. en "Anales de la Biblioteca", tomo IX, p. 18.

1063) GROUSSAC, Paul. Mendoza y Garay, nota de la p. 507, cit. por Ricardo Levene en "Investigaciones." Ib铆dem, ib. p. 183.

1064) CABRERA, Angel. Caballos de Am茅rica. Buenos Aires, 1945. Los Cap铆tulos III y IV recogen interesantes noticias, pareceres y bibliograf铆a sobre el caballo en la historia de Am茅rica.

CUNNINGHAME, Graham, R. B.: "Los caballos de la Conquista". Buenos Aires, 1946.

JOHNSON, J. J.: "The introduction of the horse into the western hemiphere". "The Hispanic American Historial Review", 1943, XXIII, p谩ginas 587-610.

LA ROCQUE TINKER, Edward: "Los jinetes de las Am茅ricas y la literatura por ellos inspirada". Buenos Aires, 1952.

1065) Un resumen de la importancia del caballo y su aparici贸n en las distintas zonas se lograr谩 consultando TUDELA, Jos茅: 9. Econom铆a. Apud. El legado de Espa帽a... Tomo III, pp. 695-726.

1066) MORALES PADRON, Francisco. Los conquistadores de Am茅rica. Madrid: Espasa Calpe S.A., 1974, pp. 110, 112. (Colecci贸n Austral).

1067) ACTAS DEL CABILDO DE ASUNCION. Carpeta N潞. 2. Copiador.

1068) ACTAS DEL CABILDO DE ASUNCION. Vol. 318. N.E. fs. 14 ss. A.N.A. 26 de octubre de 1564.

1069) ACTAS DEL CABILDO DE ASUNCION. Vol. 429. N.E. fs. 21. A.N.A.

1070) Vol. 1. N潞. 25. S.H. A.N.A.

1071) AGUIRRE, Juan Francisco. Diario... Tomo II. Primera Parte. p. 196.

1072) VEDOYA, Juan Carlos. La expoliaci贸n de Am茅rica. Ib铆dem, ib. p. 361.

1073) MORENO, Fulgencio R. La Ciudad... Ibidem, ib. pp. 126. ss.

1074) Probanza de Juan de Salazar. Asunci贸n: Talleres Krausse, 1899. (Colecci贸n Garay).

1075) Carta de Ortiz de Vergara y el Cabildo de Asunci贸n en Memorial dirigido al Presidente y oidores del Real Consejo de Indias, en fecha 26 de octubre de 1564. Volumen N潞. 318. N.E. Archivo Nacional de Asunci贸n. fs. 13 a fs. 16.

1076) ACTAS DEL CABILDO DE ASUNCION. S.H. Vol. 12. Hoja 5.

1077) ACTAS DEL CABILDO DE ASUNCION. S.H. Carpeta 2. (Copiador).

1078) ACTAS DEL CABILDO DE ASUNCION. S.H. Carpeta 2. (Copiador).

1079) ACTAS DEL CABILDO DE ASUNCION. S.H. A.N.A.

1080) ACTAS DEL CABILDO DE ASUNCION. S.H. A.N.A.

1081) Volumen 13. N潞. 1 S.H. A.N.A. fs. 1 y 2 (original) 2 al 7 (copia).

1082) Volumen 16. S.H. fs. 114. A.N.A.

1083) MANTILLA, Manuel Florencio. Cr贸nica Hist贸rica de la Provincia de Corrientes. Buenos Aires: Espiasse y C铆a., 1928. Tomo I. p. 35.

1084) GROUSSAC, Paul. Mendoza y Garay. Bs.As., 1916.

1085) "Correspondencia de los Oficiales Reales" y Trellez. "Revista Patri贸tica del Pasado Argentino", tomo III, cit. por Moreno, Fulgencio R. en "La Ciudad...", ib铆dem, ib. p. 129.

1086) PUIGROSS, Rodolfo. Historia... Ib铆dem, ib. pp. 41, 42.

1087) GIBERTI, Horacio C.E. Historia Econ贸mica... ib铆dem, ib. p. 25

1088) Ya antes de la colonizaci贸n hisp谩nica los ind铆genas preparaban el charqui o charque, carne secada al sol, sin agregado de sal, por lo cual se llam贸 tambi茅n charque dulce, en oposici贸n al tasajo o charque salado, que se preparaba con sal. La cecina es charque envuelto en grasa y puesto en barricas. M谩s tarde charque y cecina fueron substituidos por tasajo.

1089) GIBERTI, Horacio C.E. Historia Econ贸mica... ib铆dem, ib. pp. 25, 26.

1090) "El nombre de "Estancia" dado en el siglo XVII a los grandes dominios, deja lugar en el siglo siguiente al de "hacienda". Es un cambio que coincide con el paso de la econom铆a puramente pastoril del siglo XVII a la uni贸n de la ganader铆a y agricultura cerealista del siglo XVIII. Reci茅n a fines de ese siglo y, sobre todo, a comienzos del XIX, aparece el cambio. Pero se siguen usando los dos nombres indistintamente para designar a la riqueza ganadera" (BORDE, Jean y GONGORA, Mario. "Evoluci贸n de la propiedad rural en el valle del Puang茅" Santiago de Chile, 1956, p. 58).

1091) AGUIRRE, Juan Francisco. Diario... ib铆dem, ib. T. II Segunda Parte. p. 456.

1092) Actas Capitulares de Corrientes. Tomo II. p. 214.

1093) Volumen 39. N潞. 9. S.H. fs. 142 al 145.

1094) MANTILLA, Manuel Florencio. Cr贸nica Hist贸rica de Corrientes. Ib铆dem, ib. p. 93.

1095) Volumen N潞. 109, S.H.

1096) ALVAREZ, Juan. Historia de Rosario. (1589-1939). 1陋. Reimpresi贸n. Santa Fe de la Vera Cruz, Rep煤blica Argentina: Universidad Nacional del Litoral, 1981. pp. 40, 41.

1097) Volumen N潞. 136. N潞. 9. S.H. A.N.A.

1098) Volumen N潞. 136. N潞. 15. S.H. A.N.A.

1099) Desjarretadero [Falta la nota en el original]

1100) GIBERTI, Horacio C.E. Historia Econ贸mica de la Ganader铆a Argentina. Buenos Aires: Solar Hachete, 1961. pp. 29, 30.

1101) CONI, Emilio A. Historia de... ib. ib. pp. 12-14.

1102) DEL TECHO, Nicol谩s. Historia de la Conquista... ib铆dem, ib. T. I. pp. 274-276.

1103) Carta al Rey de Hernandarias. Buenos Aires, 8 de julio 1617. Archivo de Indias. 74-4-12. Copia en B.N.C. 74-2129.

1104) Parecer del Cabildo de la ciudad de Santa Fe sobre varios asuntos que le somete el gobernador don Diego de G贸ngora. Santa Fe, 26 de septiembre de 1621. Archivo de Indias, 74-4-12. Copia en B.N.

1105) CONI, Emilio A. Historia de las Vaquer铆as de R铆o de la Plata, 1555-1750. Buenos Aires: Librer铆a Editorial Platero S.R.L., 1979, pp. 14, 15.

1106) Volumen N潞. 64. S.N.E. fs. 130 y 131. A.N.A.

1107) Actas Capitulares de Corrientes. Ib铆dem, ib.

1108) VEDOYA, Juan Carlos. La expoliaci贸n... ib铆dem, ib. p. 394. Este autor sostiene que el uso de las "desgarretaderas", es de origen espa帽ol, ya comenz贸 en las Islas de Barlovento en las Antillas.

1109) PUIGROSS, Rodolfo. Historia Econ贸mica del R铆o de la Plata. Buenos Aires: A. Pe帽a Lillo Editor SRL., 1974, pp. 39, 40.

1110) CONI, Emilio A. La Agricultura, ganader铆a e industrias hasta el virreinato. En "Historia de la Naci贸n Argentina", Tomo IV, I. Buenos Aires. Argentina.

1111) FURLONG S.J., Guillermo. Jos茅 Cardiel S.J. y su Carta-relaci贸n. p. 143.

1112) Archivo General de la Naci贸n. T. IV. pp. 144, 145, 218, 242 y 243 y Div. Col., Secci贸n Gob., Consulado - Expedientes leg. 3 exps. 13, 14 y 22 (S. IX, 4-7-5), Cit. por Tjarks German O. E. "El Consulado..." Ib铆dem, ib. pp 442, 443.

1113) Documentos para la historia argentina, T. VI. pp. 405, 436, 437, donde puede leerse el pedido para la venida de Sevilla de los primeros t茅cnicos curtidores a Am茅rica; A.G.N. Actas y Documentos del Consulado, etc., cit. T. II. pp. 87, 270; T. IV. p. 218; 铆dem, Div. Col. Sec. Gob., Consulado - Expedientes, leg. 3, exp. 22 (S. IX, 4-7-5) y Consulado - Paraguay, fol. 173 (S. IX, 4-6-11). Cit. por TJARKS, German O. E. "El Consulado de Buenos Aires..." Tomo II. p. 763.

1114) Volumen 190. S.H. N潞. 6. f. 25. A.N.A. y Volumen 519. S.H. N潞. 7. f. 7.

1115) MORGENSTER, Francisco Wisner de. El Dictador del Paraguay Dr. Gaspar Rodr铆guez de Francia. Concordia, Entre R铆os, 1925, pp. 135 ss.

1116) Volumen 176. S.N.E. A.N.A.

1117) Volumen 24. N潞. 8. S.P. y T. A.N.A.

1118) Volumen N潞. 177. S.H. fs. 36-45. A.N.A.

1119) Volumen 3405. S.N.E. A.N.A.

1120) AGUIRRE, Juan Francisco. Diario... ib. ib. T. III. p. 189.

1121) Volumen 3372. S.N.E. A.N.A.

1122) Volumen 482. S.N.E. f. 27. A.N.A.

1123) Volumen N潞. 3376. S.N.E. A.N.A. A帽o 1791.

1124) Volumen N潞. 229. S.H. "Raz贸n de las Estancias del Estado". 3. fs. A.N.A.

1125) Volumen N潞. 193. S.H. A.N.A.

1126) MORENO, Fulgencio R. La Ciudad de... Ib铆dem, ib. p. 122.

1127) MORALES PADRON, Francisco. Los conquistadores de Am茅rica. Madrid: Espasa-Calpe S.A., 1974. p. 117. (Colecci贸n Austral).

1128) Revista del Archivo Nacional. Asunci贸n: Talleres Nacionales de H. Krauss, 1901. Director, Manuel Dom铆nguez. A帽o I - 1 de abril de 1901. N潞. XI. pp. 388-390.

1129) Eran muy escasos en ese tiempo, a煤n en el Per煤, donde los carneros se vend铆an de 40 a 50 pesos fuertes cada uno.

1130) PARISH, Woodine. BUENOS AIRES, y las Provincias del R铆o de la Plata. Buenos Aires: Librer铆a Hachete, 1957. pp. 84, 85.

1131) DEL TECHO, Nicol谩s P. Conquista del R铆o de la Plata. Ib铆dem, ib. Tomo I. p. 277.

1132) DEL TECHO, Nicol谩s. Conquista del R铆o de la Plata, Ib铆dem, ib.

1133) AGUIRRE, Juan Francisco. Diario del Capit谩n de Fragata D. Juan Francisco Aguirre. T. II Primera Parte. En Revista de la Biblioteca Nacional de Bs. As. Buenos Aires: Imprenta de la Biblioteca Nacional, 1949. Tomo XVIII pp. 71, 73.

1134) "Como se ha escrito, la 茅poca en que vinieron los frutos solo el diezmo no[s] le dar谩 a conocer. Los caballos vinieron en tiempo de Alvar Nu帽ez no obstante el primer diezmo de este ganado lo pag贸 9 de Dbre. de 1555, Jaime Resqu铆n y lo fue una potranca overa. Del mismo tiempo son las cabras y ovejas y esto prueba que como es natural no pagaron diezmos hasta un regular procreo. Tampoco las plantas hasta cierto pie de industria no pagaron diezmo y consta que a lo mas tardar la uva, la ca帽a, el trigo, la cebada, la lana y el queso lo pagaron en 1560. En 1567 consta ya se hac铆a vino en la tierra. Diezmo de tabaco no le he hallado en ning煤n documento de esta especie y he visto muchos de aquel tiempo; me persuado que no obstante el nombre de petui que tiene en Guaran铆 no la hac铆a en la provincia y que la trageron del Brasil".

"Si por el diezmo se pueden regular los frutos, diremos consta que el arrendaiento de la uva en 1568 fue de 33 (o) v.s de lienzo; y que la cebada dio de diezmo 9 fanegas y un almud: las vi帽as tomaron tal incremento como que el arrendamiento de la uva de 1577 fue de 500 v.s de lienzo; el de la ca帽a y menudencias 264 y el del ganado y sus rechas 636. El a帽o anterior la cuarta y media del obispo que se despositaba en Luis de Le贸n, import贸 318 1/2 vs. el quintal; 118 l/2 arrobas de lana burda a 3 lbs. por una vara; 16 l/2 lib.s de lana merina a l/2 la libra; 75 libras de queso a 10 libras por tres varas; 16 becerros y becerras a 4 vs. cada cabeza; y 71 cabezas de potro y potrancas 谩 1 1/2 v.a cada cabeza; y en la cuarta de 1574 toc贸 al Cabildo creo de los arrendamientos de Mayo y Junio, Dbre y Enero 603 1/2 harnegas de ma铆z 30 frijoles; 164 pollos y 28 cochinos. Desde 1555 se dieron a remate los diezmos y siendo tan abundantes como se deja ver, solicit贸 el Cabildo en 1572 ser pagados por frutos y no por renta que les concedi贸 el acuerdo de Real Hacienda.

1135) Aguirre, Juan Francisco. Diario... Tomo I. Primera Parte, p. 138 y llamadas l y 2.

1136) R. C茅dula de diciembre, 15, 1553, en Archivo General de Indias, 122, 3, I. L. III.

1137) CARDOZO, Efra铆m. El Paraguay Colonial. Ib铆dem, ib. pp. 81, 82. Carta de enero de 1566, en Levillier, Audiencia de Charcas, T. 1. p. 170

1138) CARDOZO, Efra铆m. El Paraguay... pp. 82.

1139) Probanza de Ortiz de Vergara. La Plata, 1567; Col. G., 468, Memorial de Ortiz. de Vergara., D.H.G., I. 114, en CHAVES, J.C. "Historia..." Ib铆dem, ib. p. 268.

1140) MORENO, Fulgencio R. Resumen de la Historia Econ贸mica del Paraguay. En Album Gr谩fico del Paraguay, de Arsenio L贸pez Decoud. Buenos Aires: Talleres Gr谩ficos de la Compa帽铆a General de F贸sforos, 1911. pp. 89 ss.

1141) Carta de Octubre 26, 1564, en Arc. G. de Indias, 1, 4, 12/17., cit. por Cardozo, Ib铆dem, ib. p. 86.

1142) Memorial de 1571, en Arch. Gral. de Indias, 1. l. 2/19.

1143) Memorial de 1573, en Colecci贸n Garay. T. 1, p. 164.

1144) MORENO Fulgencio R. La Ciudad de la Asunci贸n. 2ed. Asunci贸n: Am茅rica Moreno Hnos, 1968, pp. 111 ss.

1145) Carta en "Colecci贸n Garay. ib铆dem Ib.

1146) M. S. del Archivo Nacional, cit. por Moreno, en "La Ciudad..." pp. 116.

1147) Carta citada de Mart铆n Oru茅. "Colecci贸n Garay".

1148) "Acuerdos del extinguido Cabildo de Buenos Aires. Tomo IV. El vino del Paraguay val铆a 12 pesos la arroba y el de C贸rdoba y Chile 10 pesos.

1149) Carta del 12 de octubre de 1586. "Correspondencia de los Oficiales Reales".

1150) MORENO, Fulgencio R. La Ciudad de la Asunci贸n. 2ed. Asunci贸n: Casa Am茅rica Hnos., 1968, pp. 111 ss.

1151) ENSINCK, Oscar Luis. Precios y Monedas en la Antigua Santa Fe. Cuadernos Numism谩ticos y Ciencias Hist贸ricas. Bs. As., diciembre de 1981. Tomo VIII, N潞. 29.

1152) GARZON MACEDA, Ceferino. Econom铆a del Tucum谩n - Econom铆a Natural y Econom铆a Monetaria - Siglos XVI, XVII, XVIII, C贸rdoba, Rep煤blica Argentina, 1968. pp. 36, 38, 49.

1153) GUEVARA P. Historia del Paraguay, R铆o de la Plata y Tucum谩n. Buenos Aires: Imprenta del Estado, 1836, en "Colecci贸n de obras y documentos relativos a la historia antigua y moderna de las provincias del R铆o de la Plata", por Pedro de Angelis. Con pr贸logos y notas de Andr茅s M. Carretero. Buenos Aires: Editorial Plus Ultra, 1969. T. I. p. 656.

1154) ACTAS DEL CABILDO DE ASUNCION. Acuerdos del 26 de marzo y 1 de abril de 1596. Carpeta N潞. l. A.N.A.

1155) Actas del Cabildo de Asunci贸n. Carpeta N潞. 2 - fs. 30 y 31.

1156) ACTAS DEL CABILDO DE ASUNCION. Vol. 2 fs. 171. A.N.A.

1157) AGI 74-6-47 (MG 1669b).

1158) AGI 74-4-37-C (MG 32c).

1159) AGI 74-4-37-C (MG 32d).

1160) Actas del Cabildo de Asunci贸n. Carpeta N潞. 6. (Copiador). A.N.A.

1161) Actas del Cabildo de Asunci贸n. Carpeta N潞. 7 (Copiador). A.N.A.

1162) Volumen N潞. 2. N潞. 1. S.H. fs. 1 y 2. A.N.A.

1163) Volumen N潞. 2. N潞. 5. SH. fs. 6 al 8. A.N.A.

1164) Volumen N潞. 2. N潞. 6. S.H. fs. 9 A.N.A.

1165) Volumen N潞. 2. N潞. 2. N潞. 7. S.H. f. 10. A.N.A.

1166) PEREIRA PINTO, Juan Carlos. Breve Historia Econ贸mica y Social del Brasil. Buenos Aires: Ediciones Pannedille, 1971. Cap. I. pp. 22-25.

1167) Carta del Factor Pedro Dorantes en Colecci贸n de Documentos...", por Bl谩s Garay, Asunci贸n, 1899. T. I. p. 141.

1168) En cuanto al az煤car a quando el general Juan de garay vino con los poderes del licenciado torres de vera truxo consigo un maestre de hazer a a莽ucar y al tiempo que vino acert贸 a aver pocos ca帽aberales y de algunos que avia hizo ciertos quintales de a莽ucar muy blanco y muy bueno dequel Res莽ibio mucho contento en ver ser la tierra tan Aparejada y buena para poner y ampuesto grandes ca帽aberales para con ello tener alg煤n aprovechamiento" (Carta del Contador Geronymo Ochoa de Eyzaguirre y del tesorero Adame de Olaberriaga al Rey... Asunci贸n, 12 de mayo de 1580, en "Correspondencia de los Oficiales reales, cit. T. 1. p. 335).

1169) LEVENE, Ricardo. Investigaciones... ib铆dem, ib.

1170) Actas del Cabildo de Asunci贸n. S.H. Cazpeta N潞. 1. (Copiador).

1171) Actas del Cabildo de Asunci贸n. S.H.

1172) Actas del Cabildo de Asunci贸n. S.H. A.N.A. Carpeta N潞. l (Copiador).

1173) Actas del Cabildo de Asunci贸n. S.H. A.N.A. Carpeta N潞. l (Copiador).

1174) Actas del Cabildo de Asunci贸n. Cap. 1- p. 198 - A.N.A. Carpeta N潞. l (Copiador).

1175) Actas Capitulares de Santa Cruz de la Sierra. Publicaciones de la Universidad Boliviana "Gabriel Ren茅 Moreno". La Paz, 1977- p. 30.

1176) Actas Capitulares de Santa Cruz de la Sierra. Ib铆dem, ib. p. 33.

1177) KOSTIANOSKY, Olinda Massare de. Descripci贸n Hist贸rico-cultural del Paraguay Colonial. En Revista "Historia Paraguaya". 1980. Vol. XVI. p. 63.

1178) Volumen N潞. 162. N.E. A.N.A. A帽os 1659/06. Registro de Contratos P煤blicos pasados ante el Escribano Pedro Villafa帽e. Volumen N潞. 186. N.E. A帽os 1603. Registro de Contratos p煤blicos pasados ante el Escribano Alonso Fern谩ndez y 1699. Registro de Contratos P煤blicos pasados ante el Escribano Juan de Abalos y Mendoza.

1179) VELAZQUEZ, Rafael E. Navegaci贸n Paraguaya de los Siglos XVII y XVIII. En "Estudios Paraguayos". Revista de la Universidad Cat贸lica "Ntra. Sra. de la Asunci贸n", 1973. V. 1. N潞. l. pp. 45 ss.

1180) Archivo General de la Naci贸n. Legajo: Reales C茅dulas, Gobierno del R铆o de la Plata, (1773-1776). Buenos Aires, Argentina.

1181) Volumen 163. N潞. 15. S.H. A.N.A.

1182) SCHMIDL, Ulrico. Derrotero y viaje. Ib铆dem, ib. pp. 18, 55, 122, 222.

1183) TECHO, Nicol谩s de. Historia de la Provincia del Paraguay de la Compa帽铆a de Jes煤s. Versi贸n del texto latino por Manuel Serrano y Sanz, con un pr贸logo de Blas Garay. Asunci贸n: A. de Uribe y C铆a., 1897. Impreso en Madrid. 5V. V. ?. Cap. VII.

1184) CABEZA DE VACA, Alvar Nu帽ez. Comentarios de... Adelantado y Gobernador del R铆o de la Plata. Biblioteca de Autores Espa帽oles, reproducidos por la Revista del Instituto Paraguayo. Separata. pp. 12 ss.

1185) AGUIRRE, Juan Francisco. Diario... Ib铆dem, ib. Tomo II. Primera Parte. pp. 128-137, 138.

1186) AGUIRRE, Juan Francisco. Diario... p. 160.

1187) AZARA, F茅lix de. Ib铆dem, ib. pp. 194.

1188) Actas del Cabildo de Asunci贸n. En Revista del Archivo Nacional. 26 de junio de 1595.

1189) Volumen N潞. 312. fs. 86-47. A.N.A. S.H.

1190) Volumen N潞. 307. N.E. f. 62. A.N.A. S.H.

1191) Volumen N潞. 312. f. 201 -202. A.N.A. S.H.

1192) Volumen N潞. 284. N.E. f. 150.

1193) GARZON MACEDA, Ceferino. Econom铆a del Tucum谩n - Econom铆a Natural y Econom铆a Monetaria - Siglos XVI, XVII, XVIII, C贸rdoba, Rep煤blica Argentina, 1968. pp. 7, 8.

1194) ZAVALA, Silvio. Apuntes sobre la Moneda Paraguaya. Sobretiro de el "Trimestre econ贸mico", abril-junio 1946. M茅xico.

1195) MORENO, Fulgencio R. La Ciudad... Ib铆dem, ib. pp. 113, 114.

1196) Para la mejor comprensi贸n del tema ver "Historia Monetaria del Paraguay" Cap铆tulo II, p. 27 y siguientes, donde se encuentra abundante documentaci贸n sobre la vara de lienzo.

1197) VEDOYA, Juan Carlos. La expoliaci贸n... Ib铆dem, ib. pp. 157-159.

1198) Actas del Cabildo de Asunci贸n S.H. A.N.A.

1199) Actas del Cabildo de Asunci贸n. S.H. A.N.A.

1200) Volumen 284. N.E. Folio 147. A.N.A.

1201) Archivo de Corrientes. Ib铆dem, ib. pp. 251-284.

1202) Archivo de Corrientes. Ib铆dem, ib. pp. 478.

1203) Actas del Cabildo de Asunci贸n Carpeta N潞. 5 A.N.A. (Copiador).

1204) Actas del Cabildo de Asunci贸n Carpeta N潞. 6. f. 177. A.N.A. (Copiador).

1205) OTS CAPDEQUI. Instituciones Sociales de la Am茅rica Espa帽ola en el Per铆odo Colonial.

1206) VEDOYA, Juan Carlos. La expoliaci贸n... Ib铆dem, ib. pp. 165 ss.

Nota: Puede consultarse ALEN LASCANO, Luis C. "El Obraje". Buenos Aires: Centro Editor de Am茅rica Latina, 1972.

1207) Volumen N潞. 7. N潞. 28. S.H. fs. 143. S.H. A帽o 1679.

1208) SOLORZANO. Pol铆tica Indiana. p. 65. La reglamentaci贸n de Toledo "se帽ala las tareas a que les han de obligar (a los indios encomendados) jornales y salarios que se les han de pagar, la distancia de leguas de donde podr铆an ser llevados, y todo lo conveniente para excusar que no fueran oprimidos ni agraviados en este servicio, ni se pudiese tener por duro e injusto" (L. II, cap. XII).

1209) C茅dula del Consejo de Indias de 1601, y disposiciones posteriores de 1603, 1610 y 1615. En una Carta de la Audiencia de Lima de 1621 se lee: "Que no se permita que los encomenderos tengan obrajes dentro de sus encomiendas, ni tan cerca de ellas que se pueda rescatar, que se aprovecharan de los indios y de sus servicios personales para ellos (Solorzano, ob. cit. p. 66).

1210) R. R. Caillet-Bois. Un ejemplo de la industria textil colonial (en Bolet铆n del Instituto de Investigaciones Hist贸ricas de la Facultad de Filosof铆a y Letras. XX, 67 y 68, p. 19). En este trabajo se describe la vida industrial en las reducciones de Moxos, al finalizar el siglo XVIII.

1211) ROSA, Jos茅 Mar铆a. Defensa y P茅rdida de nuestra Independencia Econ贸mica. Buenos Aires: A. Pe帽a Lillo Editor S.R.L., 1975. pp. 15, 16.

1212) SILVA SANTISTEGAN. Los Obrajes en el Virreinato del Per煤. p. 161.

1213) CORNBLIT, Oscar. Levantamientos de masas en Per煤 y Bolivia. Traducido por Dinorah Gabenini, en "El ocaso del orden Colonial en Hispanoam茅rica", por Tulio Halperin Longhi (compilador). Buenos Aires: Editorial Sudamericana, 1978, pp. 79, 80.

1214) LOZANO, Pedro P. Historia de la Conquista... S.H.

1215) DOMINGUEZ, Manuel. El algod贸n: su producci贸n en el Paraguay. Asunci贸n: Talleres Nacionales de H. Kraus, 1903. En ese entonces Dom铆nguez ocupaba el puesto de Vice-Presidente de la Rep煤blica.

1216) BERTONI, Mois茅s. Imprenta ex-Silvis, Puerto Bertoni, 1927.

1217) ANGLES Y GORTARI. Los Jesuitas en el Paraguay. Ib铆dem, ib.

1218) BERTONI, Mois茅s. Art铆culo en la Revista de Agronom铆a, a帽o 1, N潞. 1.

1219) ANGLES Y GORTARI. Los Jesuitas en el Paraguay. Asunci贸n: Librer铆a y Casa Editora de A. de Uribe y C铆a., 1896. Reimpresa seg煤n la Edici贸n de 1769. pp. 21, 22.

1220) volumen N潞. 2518. S.N.E. A.N.A.

1221) EL TELEGRAFO MERCANTIL, 3-1-1801, 20-2-1801, 26-9-1801, 20-4-1802, 2-8-1802. Memorias de los Virreyes del R铆o de la Plata. p. 245. Buenos Aires, REVISTA DE BUENOS AIRES, A帽o. II, T. IV, p. 483, Buenos Aires; Jos茅 Torre Revello, EL MARQUES DE SOBREMONTE, Buenos Aires, 1946; Guillermo Furlong, BIBLIOGRAFIA DE DEAN FUNES, C贸rdoba 1939; Germ谩n Tjarks, EL CONSULADO DE BUENOS AIRES T. II, Buenos Aires.

1222) FLOREZ ESTRADA. Comercio Colonial y Guerras Revolucionarias. Sevilla, 1972. pp. 41, 47.

1223) Garcia, Baquero; Gonz谩lez, Antonio. Op. cit. pp. 82-85.

1224) M.H.N. (Hoy en A.G.N. Archivo General de la Naci贸n. Buenos Aires Argentina).

1225) CARRETERO, Andr茅s M. Or铆genes de la dependencia econ贸mica argentina. Ib铆dem, ib. pp. 18-30.

1226) MORENO, Fulgencio R. Estudio sobre la independencia... Ib铆dem, ib. p. 447. Cit. l.

1227) Volumen N潞. 50. N潞. 20. S.H. A.N.A.

1228) Volumen N潞. 50. S.H. A.N.A.

1229) Volumen N.E. N潞. 284 N潞. 148. S.H. A.N.A.

1230) SAMANIEGO, C茅sar C. Ylex Paraguayensis -Yerba Mate-caa. 2ed. Asunci贸n, 1937. pp. 18, 19.

1231) CARTA ANNUA de 1628, en Documentos para la Historia Argentina, T. XX, p. 350.

1232) DEL TECHO; Nicol谩s. Historia de la Provincia... T. l. p. 96.

1233) Carta de mayo 13, 1618, Revista de la Biblioteca Nacional de Bs. As. T. II. A.G.I. 74. 4.12.0.

1234) AGI 74-4-4-F (MG 1667).

1235) DEL TECHO. T. 1. pp. 201, 202.

1236) CARTA ANNUA, de 1628, en Manuscritos de Collec茫o De Angelis, R铆o de Janeiro, 1951. p. 291. Cit. por CARDOZO, Efra铆m, en "El Paraguay Colonial..." ib. ib. pp. 94, 95.

1237) GUEVARA S. J. Historia del Paraguay... Ib铆dem, ib. p. 756.

1238) Memorial del P. Torres, en MEDINA, Jos茅 Toribio. Historia del Tribunal del Santo Oficio de la Inquisici贸n de Lima.

1239) DEL TECHO, Nicol谩s. Historia... ib. ib. T. I. p. 203.

1240) SAMANIEGO CESAR C. Ylex Paraguayensis... Ib铆dem, ib. pp. 18-20.

1241) Volumen N潞. 8. N潞. 18. S.H. fs. 124 y 125. A.N.A.

1242) Boxer, Ch.

1243) Annaes do Museu Paulista y Anais do Museu Paulista. "Documenta莽茫o espanhola", volumen I, S茫o Paulo, 1925.

1244) FURLONG, S. J. Guillermo. Misiones y sus pueblos de guaran铆es. 2ed. Posadas, Argentina, 1978. Cap. 43. Los Yerbales de las Reducciones, pp. 410 ss.

1245) Ruiz Montoya. Conquista Espiritual... p7. cit. por el P. Pedro Lozano. T. I. pp. 200.

1246) Montoya. Ubi Supra, p. 2. Cit. por el P. Lozano. p. 205.

1247) Idem, p. 7. Cit. por el P. Lozano. p. 205.

1248) LOZANO, Pedro. Historia de la Conquista del Paraguay, R铆o de la Plata y Tucum谩n. Buenos Aires: Imprenta Popular, 1873. T 1. pp. 198-214.

1249) MUR. Otras especies se mencionan, pero en sustancia vienen a ser las mismas. La yerba poco desmenuzada se llama YERBA EN HOJA. La YERBA DE LORETO, tiene este nombre porque se hace o se hac铆a en Loreto, y es o fue particular porque se tostaba a la llama del 谩rbol copa铆, que es el b谩lsamo; con lo que la misma yerba conservaba y desped铆a aroma especial.

1250) MUR. Los indios la llaman CAA-IBIRA.

1251) CHARLEVOIX, Pedro Francisco Javier de. Historia del Paraguay... T. I. Madrid, 1910, pp 38-40.

1252) BOUGANIVLLLE, L. A. de. Viaje alrededor del mundo. Madrid: Espasa Calpe. T. I. V. 3. (Colecci贸n de "Viajes Cl谩sicos).

1253) AZARA, F茅lix de. Viajes por la Am茅rica Meridional, Ib铆dem, ib. pp. 87, 88.

1254) ANGLES Y GORTARI, Mathias de. Los Jesuitas en el Paraguay. Asunci贸n: Librer铆a y Casa Editora de A. de Uribe y C铆a., 1896. Reimpresa seg煤n la edici贸n de 1769. pp. 20 y 21.

1255) AZARA, Felix de. Descripci贸n e Historia del Paraguay y R铆o de la Plata. Madrid, 1847. Tomo I. p. 70.

1256) En monedas 2 ps. en el Guair谩 eran 1 en la Asunci贸n. Los fletes por mitad hasta hoy se conservan desde Curuguati lo que es muy gravoso al comercio de la hierba. El costo ven铆a a ser de 5 arrobas que era la carga del indio desde el beneficio de Mbaracay煤 al puerto de Xejui. Y el otro antiguo mayor que el de ahora en una mitad.

1257) AGUIRRE, Juan Francisco. Diario del... Ib铆dem, ib. p. 456. T. II. Segunda Parte.

1258) Volumen 17. N潞. 9. S.H. fs. 75. al 78. A.N.A.

1259) Volumen 19. N潞. 2. S.H. fs. 3. A.N.A.

1260) Volumen 19. N潞. 14. S.H. 2 fojas. A.N.A.

1261) Volumen 21 S.H. N潞. 3. fs. 126-127. A.N.A.

1262) CARDOZO, Efra铆m. El Paraguay Colonial. ib铆dem, ib. pp. 95, 96.

1263) Volumen 30. N潞. 7. S.H. fs. 50-57. A.N.A.

1264) AGI 76-1-35-F (MG 1023).

1265) AGI 76-3-8-0. (MG 1030).

1266) Volumen N潞. 29. N潞. 4. S.H. fs. 37-53. A.N.A.

1267) Volumen N潞. 29. N潞. 5. S.H. fs. 54-61. A.N.A.

1268) AGI 76-3-8-B (MG 1036).

1269) AGI 76-3-8-N. (MG 1032).

1270) PASTELL Historia de la Compa帽铆a de Jes煤s en la Provincia del Paraguay; Actas capitulares citadas A.N.A.

QUEVEDO, Roberto. "Paraguay, a帽os 1671 a 1681". Asunci贸n: El Lector. Impreso en Editora Litocolor, 1983. pp. 52, 53.

1271) AGI 74-6-40-E. (MG 609).

1272) AGI 76-3-8. (MG 600).

1273) AGI 76-3-8-Q. (MG 1026).

1274) AGI 74-6-40-H. (MG 607).

1275) MG 490

1276) Volumen N潞. 43. N潞. 4. S.H. fs. 51-56. A.N.A.

1277) Volumen N潞. 43. N潞. 8. S.H. fs. 66-234.

1278) Volumen N潞. 8. S.H. fs. 12. A.N.A.

1279) Volumen N潞. 8. S.H. fs 77. A.N.A.

1280) Archivo de la Ciudad de Corrientes. En "Revista del Archivo". T. II. Entrega 1. pp. 65, 66. Corrientes, 1909.

1281) LEVENE, Ricardo. Investigaciones acerca de... Ib铆dem, ib. pp. 215, 216.

1282) HERNANDEZ, Pablo. Organizaci贸n social de las doctrinas guaran铆es. Barcelona, 1913. p. 158.

1283) Volumen N潞. 45. N潞. 7. S.H. fs. 126-138. A.N.A.

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1286) AZARA, F茅lix de. Diario de la Navegaci贸n y reconocimiento del R铆o Tebicuar铆. Obra p贸stuma. Buenos Aires: Imprenta del Estado, 1836. Colecci贸n Pedro de Angelis. Editorial Plus Ultra. Tomo Sexto, pp. 196, 197.

1287) Volumen N潞. 47. N潞. 15. S.H. fs. 131 al 133. A.N.A.

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1289) AGUIRRE, Juan Francisco. Diario... ib铆dem, ib. T. II. Segunda Parte. p. 443.

1290) Volumen N潞. 78. S.H. 4 de abril de 1705. A.N.A.

1291) Volumen N潞. 78. S.H. A.N.A.

1292) Volumen N潞. 78. N潞. 7. S.H. A.N.A.

1293) Volumen N潞. 81. S.H. N潞. 2. A.N.A. 30 de octubre de 1708.

1294) Volumen N潞. 88. N潞. 1. S.H. A.N.A.

1295) AGI 120-4-8-D. (MG 590).

1296) Volumen N潞. 133. N潞. 5. y N潞. 8. S.H. A.N.A.

1297) A.G.N. C. de J. 1745.

1298) FURLONG, S.J., Guillermo. Misiones y sus pueblos de guaran铆es. 2ed. Posadas, 1978. Cap. 43. Los Yerbales de las Reducciones. pp. 410-419.

1299) Volumen N潞. 133. N潞. 11. S.H. A.N.A.

1300) Volumen N潞. 134. N潞. 6. S.H. A.N.A.

1301) Volumen 477. S.N.E. Enero de 1779. A.N.A.

1302) Volumen 147. S.H. N潞. 21. A.N.A.

1303) "Documentos para la Historia del Virreinato del R铆o de la Plata". T. I. Bs. As., 1912. Facultad de Filosof铆a y Letras. Secci贸n Historia. pp. 292, 293

1304) VERDAGUER, Jos茅 An铆bal. Lecciones de Historia de Mendoza Colonial (1560-1810). 2ed. Mendoza, 1920, p. 67.

1305) "Documentos para la Historia del Virreinato del R铆o de la Plata. Tomo I. Bs. As., 1912. Facultad de Filosof铆a y Letras. Secci贸n Historia, p. 65.

1306) AGUIRRE, Juan Francisco. Diario de... Ib铆dem, ib. T. II. Primera Parte. pp. 239-282.

1307) Volumen 3367. S.N.E. A.N.A.

1308) Volumen 3373. S.N.E. A.N.A.

1309) Volumen 3381 S.N.E. A.N.A.

1310) Volumen 131. S.N.E. A.N.A.

1311) Volumen 183. S.H. N潞. 1. N潞. 127. A.N.A.

1312) Volumen 3381. S.N.E. A.N.A.

1313) FUNES, Lucio. Mendoza Colonial. Mendoza, 1931. p. 85.

1314) FUNES, Lucio. Mendoza... ib. ib. p. 416, f. l.

1315) FUNES, Lucio. Mendoza... ib. ib. p. 272, f. 9.

1316) FUNES, Lucio. Mendoza... Ib. ib. p. 329.

1317) Archivo General de Indias, Audiencia de Buenos Aires, 322, Pinedo al Rey, 29 de enero de 1777.

1318) AZARA, F茅lix de. Descripci贸n e historia del Paraguay y del R铆o de la Plata Buenos Aires, 1943. pp. 204, 205.

1319) Volumen N潞. 3360. Libro de Asiento de Gu铆as para el a帽o de 1800. S. N.E. A.N.A.

1320) Archivo General de Indias, Audiencia de Buenos Aires, 322, Pinedo al Rey, 29 de enero de 1777. Revista del "Instituto Paraguayo", a帽o IV. N潞. 51-52. pp. 3 ss.

1321) Informe del Gobernador Pinedo, en Revista del Instituto Paraguayo. Ib. ib. pp. 3 ss.

1322) A.G.N. Divisi贸n Colonia. Secci贸n Gobierno. Consulado. Paraguay, f. 231 (S. IX, 44-11). Cit. por TJARKS, Germ谩n O. E. "El Consulado de Buenos Aires..." Ib铆dem, ib. p. 735.

1323) MILLAU, Francisco. Descripci贸n de la Provincia del R铆o de la Plata, (1772). Buenos Aires: Espasa Calpe S.A.,1947. p. 64. (Colecci贸n Austral).

1324) Museo Mitre. "Documentos sobre las invasiones inglesas publicados por la Real Imprenta de Ni帽os Exp贸sitos". N潞. 7. 20-5-98. Buenos Aires, Argentina.

1325) TJARKS, Germ谩n O. E. El Consulado... ib铆dem, ib. pp. 439-441.

1326) Archivo General de la Naci贸n. Divisi贸n Secci贸n Gobierno, Consulado. Paraguay. fol. 247. (S. IX. 4-6-11).

1327) Volumen N潞. 3377 S.N.E. A.N.A. Carta del Comandante Juan Bautista Rivarola al Gobernador-Intendente Joaqu铆n Alos, del 28 de diciembre de 1790.

1328) Volumen N潞. 3374. S.N.E. A.N.A.

1329) Volumen N潞. 3376. S.N.E. A.N.A.

1330) Volumen N潞. 179. S.H. A.N.A. N潞. 6.

1331) Volumen 3376. S.N.E. A.N.A.

1332) Volumen 172. S.H. N潞. 3. F. 3. A.N.A.

1333) Volumen 3383. S.N.E. A.N.A.

1334) Volumen 176. S.H. A.N.A.

1335) Volumen 173. S.H. A.N.A.

1336) Volumen 173. S.H. A.N.A.

1337) Volumen 196. S.H. N潞. 8. f. 12.

1338) Documentos para la Historia Argentina. Tomo I. Buenos Aires, 1913, pp. 58 ss.

1339) Documentos para la Historia Argentina. Tomo I. Ib铆dem, ib. pp. 372 ss.

1340) Volumen N潞. 169. N潞. 1. S.H. A.N.A.

1341) Volumen N潞. 172. N潞. 7. S.H. A.N.A.

1342) BELGRANO, Manuel. "Memoria escrita por el Licenciado Manuel Belgrano, Abogado de los Reales Consejos y Secretario de Su Majestad del Real Consulado del Virreinato de Buenos Aires en 1797", Ap茅ndice, Cit. por GONDRA, Luis Roque: "Las Ideas Econ贸micas de Manuel Belgrano", Buenos Aires: Imprenta de la Universidad. Universidad de Buenos Aires. Facultad de Ciencias Econ贸micas, 1927. pp. 170-186.

1343) Volumen N潞. 3382. S.N.E. A.N.A.

1344) Documentos para la historia del Virreinato del R铆o de la Plata Tomo III. Ib. ib. p. 39.

1345) MOLAS. Mariano Antonio. Descripci贸n hist贸rica... ib. ib. pp. 82, 83; FURLONG S. J., Guillermo: "Las Industrias en el R铆o de la Plata desde la Colonizaci贸n hasta 1778". Academia Nacional de la Historia. Buenos Aires, 1978, pp. 59 ss.



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